DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Subdirección de Servicios Generales
Departamento de Servicios de Apoyo
Procedimiento de contratación: Invitación a Cuando Menos Tres Personas
Carácter: Nacional
Clasificación: Electrónica
Número de Compranet: IA-O12NCZ002-E20-2018
Tipo: Servicio Plurianual
Objeto de la Contratación: Servicio de Aseguramiento de Bienes
Patrimoniales.
Índice
2. Información específica del servicio 6
2.4 Fecha de inicio y terminación de los servicios 7
2.5 Modificaciones que podrán efectuarse 7
3 Aspectos Técnicos e información específica de la Invitación a Cuando 7
3.1 Calendario de actividades 8
3.2 Obtención de la Invitación 8
3.3 Requisitos para participar 8
3.5 Presentación de proposiciones, 10
3.6 Periodo de validez de las propuestas 10
3.7 Visita a las instalaciones del Instituto Nacional de Pediatría. 10
3.8 Visita a las Instalaciones del Licitante. 11
3.9 Aclaraciones a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas 12
4 Requisitos para participar 13
7 Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas 18
7.1 Instrucciones para elaborar las proposiciones. 18
7.2 Forma en que deberán presentarse las proposiciones 19
8 Entrega de las proposiciones 19
9 Acto de presentación y apertura de proposiciones 19
9.1.1 Apertura de propuestas técnicas y económicas 19
10.1 Evaluación de las propuestas técnicas y económicas 21
11 Descalificación de Licitantes 22
11.1 Causa para descalificar 22
13 Adjudicación del contrato 23
13.2 Rescisión del contrato 27
13.3 Procedimiento a seguir 27
14 Cancelación de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas 28
15 Declaración de Invitación a Cuando Menos Tres Personas desierta 28
16 Inconformidades, Controversias y Sanciones 28
17 Penas convencionales y deductivas al pago 29
PRESENTACIÓN
El Instituto Nacional de Pediatría, con domicilio oficial en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000-X, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, en cumplimiento a lo establecido en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3 Fracción IX, 26 Fracción II, 26 Bis Fracción II, 28 Fracción I, 29, 32, 33, 33 Bis, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 37 Bis, 38, 42, 43, 44, 45, 46, 48 fracción II, 50 y
57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 35, 39, 40, 44, 45 fracción II, 47, 48, 49, 50, 51, 55, 77, 78, 80, 81, 93 y 107 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 148 de su Reglamento; y demás relativos y aplicables, a través de la Dirección de Administración, de la Subdirección de Servicios Generales, y por conducto del Departamento de Servicios de Apoyo, emiten la siguiente Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. IA-012NCZ002-E20-2018, relativa al Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales.
Glosario de Términos
Para efectos de esta Invitación y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2°, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 1o, 2° de su Reglamento se entenderá por:
Instituto y/o INP | Instituto Nacional de Pediatría |
Secretaría | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
SFP | Secretaría de la Función Pública. |
OIC | Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Pediatría. |
SE | Secretaría de Economía. |
Compranet | Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales desarrollado por la Secretaría de la Función Pública xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
ITP | Invitación a Cuando Menos Tres Personas. |
Licitante | La persona física o moral que participe en el presente procedimiento de contratación. |
Proveedor | La persona física o moral con quien el Instituto Nacional de Pediatría celebre el CONTRATO derivado del presente procedimiento de contratación. |
Ley | Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
Reglamento | Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
Contrato | Acuerdo de voluntades que crean derechos y obligaciones entre el INP y el Licitante Adjudicado, de conformidad con la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas. |
Área contratante | Es la facultada en la Dependencia o Entidad para realizar procedimientos de contratación a efecto de adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que requiera la Dependencia o Entidad de que se trate; para el presente caso es la Subdirección de Servicios Generales, a través del Departamento de Servicios de Apoyo. |
Área Requirente | La que en la Dependencia o entidad, solicite o requiera, formalmente la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, o bien aquélla que los utilizará. Para el presente procedimiento de contratación es la: Subdirección de Recursos Materiales y la Subdirección de Servicios Generales |
Área técnica | La que establece las especificaciones y normas de carácter técnico que se deberán incluir en el procedimiento de contratación; evalúa la propuesta técnica de las proposiciones y es responsable de responder en la Junta de Aclaraciones, las preguntas que sobre estos aspectos realicen los licitantes sobre los requisitos técnicos establecidos de los Servicios requeridos. Para el presente procedimiento es la: Subdirección de Recursos Materiales y La Subdirección de Servicios Generales |
Convocatoria | Documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con respecto de los servicios objeto de la contratación y las personas interesada en prestarlos, así como los términos a que se sujetara el procedimiento de contratación y los derechos y obligaciones de las partes. |
Convocante | Instituto Nacional de Pediatría, a través de la Dirección de Administración |
Web | Conjunto de Información que se encuentra en una dirección determinada de Internet |
1. Convocante
El Instituto Nacional de Pediatría, a través de la Dirección de Administración, de la Subdirección de Servicios Generales, y por conducto del Departamento de Servicios de Apoyo, sito en Avenida de los Insurgentes Sur N.° 3700-C colonia Insurgentes Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, con teléfono 0000-0000 Ext. 1181, celebrará la Invitación a Cuando Menos Tres Personas No IA-012NCZ002-E20-2018, a fin de contratar el Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales.
2. Información específica del servicio
De conformidad con el artículo 39, Fracción II, inciso a), segundo párrafo del Reglamento de la Ley, las especificaciones técnicas, así como la descripción del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales, se detallan en el anexo VI de la presente Invitación.
2.1 Errores u Omisiones
Si el(los) Licitante(s) al revisar las especificaciones del Servicio a contratar encuentra(n) errores u omisiones o requiere(n) información adicional o complementaria, deberá(n) actuar conforme a lo estipulado en el punto 3.9 de esta Invitación.
2.2 Relación de anexos
Anexo I | Documentación requerida. |
Xxxxx XX | Formato de acreditación de personalidad jurídica del Licitante y el Representante Legal. |
Xxxxx XXX | Formato de carta poder. |
Anexo IV | Formato de los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la ley. |
Anexo IV BIS | Escrito de estratificación de la empresa |
Anexo V | Modelo de contrato. |
Anexo VI | Especificaciones del servicio que se contratará. |
Anexo VII | Propuesta económica. |
2.3Lugar del servicio
En los inmuebles que integran las unidades Administrativas del Instituto Nacional de Pediatría, ubicadas en el domicilio establecido en el punto 1 de esta Invitación y los inmuebles que conforman los centros de Salud e Investigación de Tlaltizapan y de Huatecalco, ambos en el estado xx Xxxxxxx.
2.4 Fecha de inicio y terminación de los servicios
El(los) Licitante(s) deberá(n) cotizar el total del Servicio objeto de la misma, considerando que la vigencia de la prestación del servicio será a partir de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx del 2018 al último minuto del día 31 xx xxxx de 2019.
2.5 Modificaciones que podrán efectuarse.
A) A la Invitación
El INP podrá modificar aspectos establecidos en la presente Invitación a más tardar el séptimo día natural previo al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en Compranet, a más tardar el día hábil siguiente; a aquél en que se efectúen, de conformidad con lo establecido por el Artículo 33 de la Ley.
B) Realizadas en la Junta de Aclaraciones
Los aspectos establecidos en la Invitación sólo se podrán modificar cuando existan razones plenamente justificadas, por lo que, al concluir la Junta de Aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de ulteriores Juntas, considerando que entre la última de éstas y el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales, de resultar necesario, la fecha señalada en xxxxXxxxxxxxxx, para realizar el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, podrá diferirse en el Acta correspondiente a la última Junta de Aclaraciones, en la cual se indicará expresamente esta circunstancia.
Cualquier modificación derivada del resultado de la(s) Junta(s) de Aclaración(es), será(n) considerada(s) como parte integrante de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
C) Al contrato
El INP podrá dentro de su presupuesto autorizado, acordar el incremento en tiempo y en monto mediante modificación al contrato vigente, en los términos que establecen los Artículos 52 de la Ley, y 146 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, siempre que las modificaciones no rebasen, en conjunto, el 20% del monto o cantidad de los conceptos del “Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales” y los términos sean iguales a los pactados originalmente.
3 Aspectos Técnicos e información específica de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
3.1 Calendario de actividades
Actividad | Xxxxx | Xxxxxxx |
Publicación en el sistema Compranet, página Web del INP y envío de Invitaciones. | 05 xx xxxxx del 2018 | --------- |
Visita a las instalaciones del INP. | 09 xx xxxxx del 2018 | 09:00 hrs. |
Junta de aclaraciones. | 13 xx xxxxx de 2018 | 09:00 hrs. |
Presentación y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas. | 20 xx xxxxx de 2018 | 10:00 hrs. |
Fecha de fallo. | 24 xx xxxxx de 2018 | 14:00 hrs. |
Inicio del servicio. | 12:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2018 | -------- |
Terminación del servicio. | Al último minuto del día 31 xx xxxx de 2019. | -------- |
Formalización del contrato. | Dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo de adjudicación. | De 8:00 a 14:00 Hrs. |
Recepción de Fianza. | Dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato. | De 8:00 a 14:00 Hrs. |
3.2 Obtención de la Invitación.
La presente Invitación se podrá obtener en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales de la SFP, Compranet xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y ésta no tendrá costo alguno. La Convocante entregará mediante oficio la Invitación a los concursantes invitados y tendrá disponible un ejemplar sólo para consulta en la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en la planta baja del Edificio de Administración, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000-X, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
3.3 Requisitos para participar.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, deberán presentar un escrito mediante el
sistema Compranet, en el que expresen su interés en participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante.
Asimismo, en la Presentación y Apertura de Proposiciones, el Licitante, deberá enviar un escrito a través del Sistema Compranet, en el que su firmante manifieste Bajo Protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse, por si o por su representada. Por el hecho de presentar proposiciones, el Licitante acepta y se obliga a cumplir con las condiciones establecidas en esta Invitación y, en la(s) Acta(s) de la(s) Junta(s) de Aclaraciones, no pudiendo renunciar a su contenido y alcances, en el entendido que sólo podrá presentar una proposición para esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
El escrito, al que se refiere el párrafo anterior, deberá contener lo siguiente:
Del Licitante:
R.F.C., nombre y domicilio, así como, en su caso del apoderado o representante legal.
Para Personas Xxxxxxx además; descripción del objeto social de la Empresa, número y fecha de Escrituras Públicas en las que conste su Acta Constitutiva, señalando nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó, así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente, y Relación de los Accionistas, hasta llegar a Personas Físicas.
Del representante del Licitante:
Número y fecha de las Escrituras Públicas en que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó.
Previo a la firma del Contrato, el Licitante ganador, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo, de los documentos con los que acredite su existencia Legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
3.4 Idiomas.
Las proposiciones, así como todos y cada uno de los documentos que la integran, y cualquier documento relacionado con la misma; intercambiados entre los licitantes y la Convocante, deberán estar redactados en idioma español.
Los eventos relacionados con el presente procedimiento de contratación serán conducidos en idioma español, incluyendo las preguntas y respuestas derivadas de las Juntas de Aclaraciones, y/o cualquier documento al respecto de la presente Invitación.
3.5 Presentación de proposiciones
El envío de proposiciones será a través de los medios remotos de comunicación electrónica Compranet, en donde serán generados los archivos que contendrán la oferta técnica y económica, mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública. De conformidad a lo establecido en el ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011. Para la presentación y firma de proposiciones a través de CompraNet, los Licitantes deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberá numerar de manera individual las propuestas técnicas y económicas, así como el resto de los documentos que entregue el Licitante. Conforme a lo dispuesto en el Artículo
50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La moneda en que deberá presentarse las propuestas será: Peso Mexicano (Moneda Nacional).
3.6 Periodo de validez de las propuestas.
La(s) propuesta(s) presentada(s) por el (los) licitante(s) deberá(n) tener como mínimo 60 días naturales de validez y deberá manifestarse en la propuesta económica, sin que sea motivo de desechamiento no ajustarse al periodo de validez solicitado.
Los licitantes deberán cotizar los servicios a precios fijos durante la vigencia del contrato.
3.7 Visita a las instalaciones del Instituto Nacional de Pediatría.
Para mejor elaboración de sus propuestas, él (los) licitante(s) deberá(n) verificar las instalaciones donde se prestarán los servicios, el día y hora señalados en el punto 3.1 de esta invitación con el propósito de constatar el área del donde se proporcionará el servicio y sus condiciones. se entregara a los licitantes que asistan a dicho evento la constancia correspondiente que será entregada en el Departamento de Servicios de Apoyo; dichas constancias se integrarán como documento número 7 del Anexo I. no obstante, siendo opcional la visita a las Instalaciones; en caso de no asistir a la visita, deberán presentar escrito bajo protesta de decir verdad de conocer, identificar las
Instalaciones y áreas del Instituto, y que cuenta con la capacidad técnica, de equipamiento y la experiencia para llevar a cabo el servicio que aquí se contrate.
Acuerdo por el que se expide el “Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015, así como su modificación dada a conocer por el mismo medio el 19 de febrero de 2016.
De conformidad con lo previsto en el numeral 6 de la Sección II del Protocolo, denominado “Reglas Generales para el Contacto con Particulares, las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el Protocolo y que éste puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el Portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx) a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, e indicar la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
b) Que a fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de conflictos de interés, en los procedimientos que a continuación se enuncian, las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados; y esa información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de dichos procedimientos y podrá ser utilizada como elemento de prueba:
i. Contrataciones públicas
ii. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
iii. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que enliste la Unidad Especializada de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la liga xxx.xxx.xx/xxx
c) Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y,
d) Que tienen derecho de presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
3.8 Visita a las Instalaciones del Licitante.
El INP, por conducto del Jefe del Departamento de Servicios de Apoyo, podrá efectuar visita a las instalaciones de los Licitantes cuyas propuestas se hayan determinado que son solventes técnicamente y solicitar información que tienda a garantizar al INP las mejores condiciones de ejecución y capacidad instaladas.
3.9 Aclaraciones a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
Para aclarar las dudas que se pudieran derivar del contenido de la presente Invitación, así como, de sus Anexos, se celebrará una Junta de Aclaraciones el día y hora señalados en el numeral 3.1, en el Edificio de la Dirección de Administración, ubicada en la dirección citada en el punto 1 de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas, los Licitantes deberán formular, todas las dudas que requieran aclaración, mismas que deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la Invitación indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona y enviarlas a través del Sistema Compranet, con el objeto de agilizar la junta de aclaraciones se solicita a los Licitantes que envíen sus aclaraciones, en formato Word o Excel versión 2003 ó 2007. Que deberán presentarse como máximo el día 12 xx xxxxx del 2018 hasta las 09:00 horas.
Se tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración, la hora que registre el sistema CompraNet al momento de su envío o el que se advierta en el acuse del documento que se exhiba para ese efecto.
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo antes previsto no serán contestadas, por considerarse extemporáneas. Mismas que se asentaran en el acta que al efecto se elabore.
La presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas y las proposiciones presentadas en ningún momento serán negociadas.
Los cuestionamientos formulados por los Licitantes y las respuestas del INP derivadas de la Junta de Aclaraciones constarán en Acta que al efecto se levante, la que contendrá la firma de los asistentes.
Al concluir la primera Junta de Aclaraciones si se considera necesario, podrá señalarse hora y fecha para la celebración de una segunda o posteriores Juntas; de no ser así, en el Acta que se elabore con motivo de la primera Junta de Aclaraciones se asentará que ya no habrá una posterior.
Para efectos de su notificación, El acta se dará a conocer a través de Compranet el mismo día en que se celebre la Junta Pública. A los Licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que la misma se encuentra a su disposición en Compranet, al finalizar cada Acto se fijará un ejemplar del Acta correspondiente en un lugar visible de la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en la planta baja del Edificio de Administración, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000-X, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, por un término no menor de cinco días hábiles. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia, este procedimiento será sustituto de la notificación personal.
4 Requisitos para participar
No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la SFP, en los términos del Artículo 50 de la Ley.
No presentar la Manifestación Bajo Protesta de decir verdad de que por su conducto, no participan en los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Personas Físicas x Xxxxxxx que se encuentren Inhabilitadas en los términos del párrafo anterior, con el propósito de los efectos de la Inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los supuestos siguientes:
A) Personas Xxxxxxx en cuyo capital social participen Personas Físicas x Xxxxxxx que se encuentren Inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta sección;
B) Personas Xxxxxxx que en su capital social participen Personas Xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen Personas Físicas o en caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta sección, o si de la información y Documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que Personas Físicas x Xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la Inhabilitación, el Instituto se abstendrán de firmar el Contrato correspondiente, en caso de que dicho Licitante lleguen a ganar la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
El (los) licitante(s) deberá(n) enviar junto con el Xxxxx X, la siguiente documentación:
Documento N° 1.- Los interesados en participar en esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas, deberán presentar escrito en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad su deseo de participar, y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. Tanto el escrito como sus proposiciones deberán ser enviados a través del sistema Compranet. (Documento del anexo I).
Por el hecho de presentar propuesta, el Licitante acepta y se obliga a cumplir con las condiciones establecidas en la presente Invitación y, en la(s) Acta(s) de la(s) Junta(s) de Aclaraciones, no pudiendo renunciar a su contenido y alcances, en el entendido que solo podrá presentar una proposición para esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
Documento N° 2.-Acreditación de la existencia legal y personalidad jurídica; el Licitante o el representante del Licitante deberán presentar un escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
Del licitante:
Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso de su apoderado o representante legal.
Para personas xxxxxxx, además; descripción del objeto social de la Empresa, identificando los datos de las escrituras públicas con la que acredita la existencia Legal de las personas
xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como, nombre de los socios que aparezcan en estas, y los datos del Registro Público de Comercio donde se hayan inscrito.
Del representante del Licitante:
Número y fecha de las Escrituras Públicas en que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó.
Previo a la firma del contrato el Licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia Legal y las Facultades de su Representante, para suscribir el Contrato correspondiente.
Este documento deberá presentarse conforme al formato del Anexo II de esta Invitación (Documento 2 del anexo I)
Documento N° 3.-Manifiesto de no existir impedimento para participar, el Licitante o el representante del Licitante deberán presentar un escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de los supuestos que establecen los Artículos 50 y 60 de la Ley.
Este documento deberá presentarse conforme al formato del Anexo IV de esta Invitación.
Documento N° 4.- Deberán presentar los Licitantes una declaración de integridad, en la que manifiesten que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Dependencia o Entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, y con ello el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, tomando en consideración que la presente ITP es Electrónica, el envío de documentos y propuestas deberán hacerlo a través del Sistema Compranet.
Documento N° 5.-Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad manifieste (n) que la Empresa Licitante es (son) de Nacionalidad Mexicana.
DOCUMENTO No 6.- “CARTA DE ACEPTACIÓN”. Los Licitantes deberán presentar carta de aceptación debidamente firmada por el representante legal, en la que manifiesten que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al Instituto”.
NOTA IMPORTANTE: La CARTA DE ACEPTACIÓN deberá ser enviada a más tardar una hora antes del inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas Gubernamentales en la Plataforma de CompraNet 5.0, dentro del apartado Mensajes de la Unidad Comprador. Se tomará como hora de recepción la que registre el sistema CompraNet al momento de su envío o la que se advierta en el acuse del documento que se exhiba para ese efecto.
Documento N° 7.-Constancia de la visita a las Instalaciones de haber realizado el reconocimiento físico, o en su defecto el documento donde manifiesten bajo protesta de decir verdad el conocer las áreas donde se prestarán los servicios.
Documento N° 8.-Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal del año 2016, con todos sus anexos, acuse de recibo y comprobante de pago en caso de haber resultado impuesto a cargo, así como, pagos provisionales del año 2017.
Documento N° 9.-Curriculum Vitae del Licitante en donde demuestre que cuenta mínimo con un año de experiencia en otorgar servicios iguales o similares al objeto de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, el Currículum Vitae deberá estar acompañado con copias simples o copias certificadas de los Contratos y/o Facturas que avalen esta experiencia, así como, el nombre, dirección y número telefónico del Contratante, para en su caso solicitar referencias del servicio prestado.
Presentar documentación que acredite que cuenta con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como Institución de Seguros de conformidad con el Artículo 5 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Documento N° 10.- Organigrama del Licitante, así como la plantilla del personal Directivo, Administrativo y Técnico que intervendrán en la prestación del servicio.
Documento N° 11.- Escrito mediante el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad que cuentan con la capacidad técnica y económica para la prestación de los servicios, objeto de esta invitación, indicados en el Anexo VI.
Documento N° 12.- Escrito en el que bajo protesta de decir verdad manifiesten que cuentan con personal discapacitado en una proporción del cinco por ciento cuando menos del total de su planta de empleados. La falta de entrega de este documento no será motivo de descalificación (requisito opcional).
Documento N° 13.- Descripción, Alcances, Características, Especificaciones, Términos y Condiciones del Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales, es decir, la descripción específica del servicio que se solicita conforme a lo que se establece en el Anexo VI de esta Invitación.
Documento N° 14.- Propuesta Económica de acuerdo al Anexo VII.
La omisión en la entrega de cualquiera de los documentos antes referidos será causa de desechamiento de la propuesta, excepto el documento No. 12
Aspectos a considerar en las propuestas presentadas a través del Sistema Compranet:
Las propuestas presentadas a través de COMPRANET deberán efectuarse conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable en la materia y a lo establecido en esta Invitación, así como enviar los archivos de cada uno de los documentos solicitados. La presentación de propuestas a través de COMPRANET, no es óbice para omitir alguno de los términos,
especificaciones o condiciones solicitadas en la presente invitación o aquellas que se llegasen a derivar de la junta de aclaraciones.
Para las proposiciones presentadas por COMPRANET, todos los documentos deben ser incluidos invariablemente dentro del sobre electrónico en el que se considera la propuesta técnica y la propuesta económica y enviar los archivos correspondientes, preferentemente en archivos tipo: Zip, pdf, doc, docx.; se sugiere que cada uno de éstos tengan el tamaño que el sistema COMPRANET le requiera; en el caso de que sean varios archivos, cada uno de ellos se sugiere ser nombrado de manera consecutiva (ejemplo: propuesta_1_de_3, propuesta_2_de_3, propuesta_3_de_3).
El sobre será generado mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable, mediante el programa informático que la SFP les proporcione, una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica.
Las proposiciones hechas a través de COMPRANET se tendrán como no presentadas cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante.
Presentación Conjunta de Proposiciones
De conformidad con el artículo 34 de la Ley; y 44 y 48 del Reglamento, los Licitantes que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 y 60 de la Ley, podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos:
I. Tendrán derecho a participar obteniendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de esta Invitación.
II. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un Convenio en los términos de la Legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
A) Nombre y domicilio de las personas integrantes, identificación en su caso, los datos de las Escrituras Públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx;
B) Nombre de los representantes de cada una de las personas agrupadas; en su caso, los datos de las Escrituras Públicas con las que acrediten las facultades de representación;
C) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
D) La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.
III. En caso de resultar adjudicado con el contrato, dicho instrumento, deberá ser firmado por el Representante Legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del Procedimiento y del Contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.
IV. Los demás documentos necesarios de acuerdo a las particularidades de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
V. En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II del artículo 44 del Reglamento de la Ley y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
5 Aclaraciones
Se aclara que no se negociará ninguna de las condiciones contenidas en la presente Invitación, ni las Proposiciones presentadas por él(los) Licitante(s).
Única y exclusivamente podrán asistir en calidad de observadores a los diferentes eventos de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, un representante de Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales, así como, cualquier persona física, que sin haber adquirido la Invitación, manifieste su interés por estar presente en los mismos, bajo la condición de registrar su asistencia, acreditando mediante identificación su personalidad y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del Licitante o Proveedor según sea el caso. Salvo que exista impedimento, la indicación de que los mencionados derechos, para el caso de la contratación de servicios de consultoría, asesorías, estudios e investigaciones, se estipularán a favor del Instituto, en los términos de las disposiciones legales aplicables.
6 Aspectos económicos
6.1 Anticipos
No se otorgará anticipo.
6.2 Pago a proveedores.
Con fundamento en el artículo 51 de la “LAASSP”, el “INP” pagará al “PROVEEDOR” en una sola exhibición por ejercicio fiscal, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes, a la presentación de la factura correspondiente debidamente validada y autorizada por el Servidor Público que designe el INP y contenga los datos fiscales indispensables.
6.3Precios
Los precios unitarios deberán ser fijos durante la vigencia del contrato y cotizarse en moneda nacional (pesos), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), de acuerdo al formato Anexo VII.
6.4 Garantías
(Para esta Invitación no aplica)
6.5 Impuestos y derechos.
Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el/los Licitante(s) seleccionado(s) y el impuesto al valor agregado (IVA), será cubierto por el Instituto.
7 Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas 7.1Instrucciones para elaborar las proposiciones.
Elaborar sus proposiciones por escrito, en idioma español, preferentemente en papel membretado del Licitante.
Xxxxxx xxxxxxxxxx y enmendaduras. Cotizar en Moneda Nacional (pesos).
Establecer precios fijos durante la vigencia del contrato considerando que la cotización deberá presentarse hasta centavos (máximo dos dígitos)
Cuidar que las operaciones aritméticas realizadas sean correctas en los importes unitarios y totales.
Los Licitantes deberán presentar los precios en sus propuestas de conformidad con lo dispuesto en el Anexo VII de la presente Invitación.
Las propuestas deben ser firmadas por persona que tenga facultades para ello.
7.2 Forma en que deberán presentarse las proposiciones.
Las propuestas deberán presentarse de acuerdo con los requisitos descritos en el punto 4 de esta Invitación, y que se dividen en catorce documentos, debiéndose identificar de la siguiente forma.
Documentación Legal y Administrativa (documentos del 1 al 12) Documentación Técnica y Económica (documentación 13 y 14)
8 Entrega de las proposiciones.
La entrega de las propuestas será conforme a lo indicado en el punto 9 de la presente Invitación.
9 Acto de presentación y apertura de proposiciones.
El acto de presentación y apertura de proposiciones, se realizará conforme al artículo 35 de la LAASSP, o en su caso, de acuerdo a lo establecido en la última junta de aclaraciones celebrada; llegada la hora programada para la realización del acto, se declarará iniciado el acto.
Los licitantes enviarán sus proposiciones en medio electrónico en formato PDF, a través del sistema CompraNet, asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del “Reglamento”, a partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, se hará constar las propuestas recibidas a través del sistema CompraNet.
9.1Desarrollo
9.1.1 Apertura de propuestas técnicas y económicas
El servidor público de la CONVOCANTE que presida el acto, será la única persona facultada para aceptar o desechar las propuestas y tomar todas las decisiones durante la realización del mismo; lo anterior con fundamento en el artículo 47, segundo párrafo del Reglamento.
El acto se celebrará el día, hora y lugar señalados en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas. A la hora señalada para el inicio de este acto, misma que verificará el servidor público de la convocante que presida el evento.
El acto de presentación y apertura de proposiciones, se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
Se declarará iniciado el acto por el servidor público facultado para presidirlo por la Convocante.
Se pasará lista de asistencia a los servidores públicos que asistieren.
Se procederá a abrir la bóveda virtual y se accesará a los archivos que contengan las proposiciones de los licitantes, enviadas a través de CompraNet.
Se procederá a su apertura y recabar la documentación de sus propuestas y demás documentación entregada a través del Sistema Compranet,
Se realizará una revisión cuantitativa de la documentación diversa, propuesta técnica y económica presentada por los licitantes, para una posterior revisión detallada (cualitativa) del área técnica requirente de los servicios, misma que se hará saber al momento del fallo.
Dentro de la revisión cuantitativa de la documentación, propuestas técnicas y económicas, se hará constar la documentación entregada por los licitantes.
La convocante rubricará las proposiciones económicas que hayan sido recibidas e integrará al acta una versión impresa de las mismas.
Concluido lo anterior, se levantará el acta correspondiente del evento, haciendo constar las propuestas recepcionadas, así como el importe total de cada una de las mismas. También se dará a conocer fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el fallo respectivo. Así mismo, se difundirá en un lugar visible de la Subdirección de Servicios Generales, el acta correspondiente se apegará a lo establecido en el apartado correspondiente, descrito en la presente convocatoria.
Concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, inicia el periodo de evaluación detallada o cualitativa de las proposiciones, en la cual se verificará que las mismas cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria y de las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones. El análisis cualitativo de las propuestas técnicas se llevará a cabo por el área solicitante, y en su caso por el área técnica.
Las propuestas rechazadas en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas serán devueltas o destruidas por el Instituto, transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
Las propuestas presentadas por los Licitantes que reunieron los documentos solicitados, salvo los documentos originales, serán conservadas en definitiva por el Instituto.
El Instituto podrá desechar aquellas propuestas que hubiesen sido recibidas, y que posteriormente en el análisis detallado de las mismas se determine que no cubrieron con los requisitos exigidos, para lo cual, se emitirá el análisis en el que se asiente las propuestas que se aceptaron y las que se desecharon, informándose a cada uno las causas que lo motivaron.
10 Criterios de evaluación.
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 36 y 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el Artículo 51 de su reglamento, los criterios para la evaluación y la adjudicación del contrato serán los siguientes:
10.1 Evaluación de las propuestas técnicas y económicas
Los criterios en que se fundamentará la evaluación para la dictaminación y la adjudicación del contrato serán los siguientes:
Se utilizará el criterio de evaluación Xxxxxxx y se adjudicará a la propuesta que después de la evaluación resulte solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y cuyo precio sea el más bajo, una vez verificados los siguientes aspectos.
La capacidad legal de cada licitante se evaluará en base a los documentos presentados como 1, 2, 3 y 4 del anexo número 1 de esta convocatoria.
La capacidad financiera, técnica, de respuesta y experiencia de cada licitante se evaluará en base a la información que se obtenga de los documentos 5, 6, 7, 8, ,9 10, y 11 del anexo número 1 de la presente invitación.
El Instituto elaborará tablas comparativas, relativas a las propuestas técnicas, económicas, y todos aquellos aspectos específicos que se consideren necesarios para la elaboración y determinación del fallo correspondiente.
El instituto podrá verificar la información proporcionada por los licitantes.
En caso de empate, para la adjudicación se determinará mediante sorteo por insaculación que se celebrará en el propio acto de fallo.
La convocante, por conducto del Departamento de Servicios de Apoyo elaborará un análisis que servirá como base para el fallo, en el que se presentará la relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la
convocatoria que en cada caso se incumpla, así como, la relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes
En virtud de que formará parte del dictamen técnico, se realizará un estudio pormenorizado de cada una de las propuestas técnicas para garantizar que las mismas cumplan íntegramente con lo solicitado en el numeral 4 y anexo 6 de estas bases. Aquellas propuestas que a consideración del Instituto no cumplan con estos requisitos, serán descalificadas y se hará del conocimiento de los licitantes mediante el acta de fallo.
11 Descalificación de Licitantes
11.1 Causa para descalificar
Se descalificará(n) al (los) Licitante(s) que incurra(n) en cualquiera de las siguientes situaciones:
Incumplimiento de los requisitos especificados en esta Invitación que afecten la solvencia de la propuesta o no presenten su propuesta puntualmente el día y la hora indicada como límite, para la entrega de las propuestas.
La falta de algún documento solicitado en la Invitación y/o que éstos no cumplan con los requisitos solicitados.
Si el INP, previa investigación, comprueba que existe acuerdo con otro proveedor para elevar los precios.
Si se comprueba que proporcionó información falsa para cubrir los requisitos de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
Por cualquier violación de las disposiciones contenidas en la Ley, el Reglamento y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y esta Invitación.
Los escritos, bajo protesta de decir verdad, que se solicitan como requisito de participación en los procedimientos de contratación, de no presentarse dichos documentos en la proposición, será motivo para la descalificación de la propuesta.
12 Fallo.
El Fallo se difundirá a través de COMPRANET el mismo día en que se emita, y a los LICITANTES, se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en COMPRANET.
Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el Contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el mismo.
Para estos efectos se emitirá un dictamen que servirá como base, en el que se hará constar el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas, se emitirá contemplando lo siguiente:
Nombre de los Licitantes cuyas propuestas económicas fueron desechadas como resultado de su análisis detallado y las razones que se tuvieron para ello; indicando el monto de las mismas.
Nombre de los Licitantes cuyas propuestas económicas fueron determinadas como solventes de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36 y 36 Bis de la Ley; indicando el monto de las mismas.
Nombre del Licitante a quien se adjudique el Contrato, e identificación de cada uno de los conceptos y montos asignados,
Información de fecha para firma del Contrato y presentación de garantías, conforme a esta convocatoria de Invitación.
13 Adjudicación del contrato
El contrato se adjudicará a un solo proveedor, conforme a lo señalado en el punto número 10.
El(los) Licitante(S) adjudicado(s) deberá(n) firmar el Contrato correspondiente, dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo y el mismo tendrá una vigencia hasta el último minuto del día 31 xx xxxx de 2019.
Para la elaboración de contrato, el licitante ganador a quien se hubiere adjudicado el contrato se obliga a presentar ante el Instituto dentro de los 3 días posteriores a partir de conocer el fallo, copia y original para cotejo de los siguientes documentos: copia certificada de su acta constitutiva, en los casos de persona moral y del poder notarial que demuestre que el representante está facultado para suscribir el contrato, en el caso de personas físicas proporcionar copia de acta de nacimiento, en ambos casos se identificarán con credencial de elector, cartilla del servicio militar nacional o pasaporte vigente y presentarán copia del alta ante la SHCP e ISR 2016, así como la última declaración fiscal del año en curso, copia de la cédula de identificación fiscal.
13.1 Firma del contrato
El representante del Licitante seleccionado deberá presentarse a firmar el Contrato en un plazo no mayor a 15 (Quince) días naturales, siguientes a la fecha en que se hubiese comunicado el fallo, conforme a lo dispuesto por el Artículo 46 de la Ley, en la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en el Edificio de Administración, Avenida Insurgentes Sur No. 3700-C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, C.P. 04530, Ciudad de México.
La(s) empresa(s) que resulte(n) ganadora(s) deberá(n) ajustarse al modelo de contrato que el INP proporcione para tal efecto.
Nota importante:
Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el Modelo de Contrato, del Procedimiento de Contratación, y obligará al Instituto y al Licitante a quien se haya adjudicado, a firmar el Contrato con base en lo establecido en el Primer Párrafo de este numeral. Con la notificación de dicho fallo el Instituto realizará la requisición de los servicios de que se trate al Proveedor adjudicado y éste se obliga a proporcionarlos.
La Invitación a cuando menos tres personas, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la Invitación a Cuando menos Tres Personas y sus juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
Derivado de la publicación de la resolución miscelánea fiscal para el año 2017, en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de diciembre de 2016, la empresa a la que se le adjudique contrato cuyo monto exceda de un importe de $300,000.00 sin incluir I.V.A, observará lo siguiente:
Por cada Contrato, el Proveedor presentará al INP, un documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Para efectos de lo anterior, los Licitantes con quienes se vaya a celebrar el Contrato, deberán solicitar la opinión sobre el cumplimento de obligaciones conforme a lo siguiente:
1. Presentar solicitud de opinión por internet en la página del SAT, en el apartado “Tramites” en la opción “Opinión de Cumplimiento”
2. En la solicitud deberán incluir los siguientes requisitos:
A. Nombre y dirección de la dependencia en la cual se Licita.
B. Nombre y RFC del Representante Legal, en su caso.
C. Monto total del contrato.
X. Xxxxxxx si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública.
E. Número de Invitación.
I. Ingresarán al Portal del SAT, con su clave en el RFC y Contraseña o firma.
II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.
III. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico, Marca SAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México o 00 (00) 000 00 000 del resto del país o bien, por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano administrativo desconcentrado para efectos de la e.firma.
IV. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente haya autorizado, para lo cual ingresará al Portal del SAT, en el que autorizará al tercero para que este último utilizando su e.firma, consulte la opinión del cumplimiento del contribuyente que lo autorizó. La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
Positiva.- Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
No inscrito.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.
Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.
a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:
1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento y que la clave en el RFC esté activa.
2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de las declaraciones anuales del ISR e IETU, y la DIM, correspondientes a los cuatro últimos ejercicios.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como de los pagos definitivos del IVA y del IEPS y la DIOT; incluyendo las declaraciones
informativas a que se refiere el artículo 31-A del CFF y las reglas 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.24. y 5.2.26.
Las declaraciones informativas trimestrales a que se refiere la regla 5.2.24., corresponden a los ejercicios fiscales de 2011 a 2013.
3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos de ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.
4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.14.5.
5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.
3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales. Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración correspondiente a través xxx xxxxx tributario; tratándose de aclaraciones de su situación en el padrón del RFC, sobre créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantía, la autoridad resolverá en un plazo máximo de tres días siguientes al ingreso de la aclaración; en el caso de aclaraciones en el cumplimiento de declaraciones fiscales, la autoridad deberá resolver en un plazo máximo de cinco días. Una vez que tenga la respuesta de que han quedado solventadas las inconsistencias, el contribuyente deberá solicitar nuevamente la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de treinta días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite
considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados. CFF 31, 31-A, 65, 66, 66- A, 141, LIVA 32, RMF 2017 2.8.4.1., 2.14.5.,4.5.1.,5.2.2.,5.2.13.,5.2.15., 5.2.17., 5.2.18.,
5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.24., 5.2.26.
El Licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo, se dará parte a la Secretaria de la Función Pública para que proceda en los términos del Artículo 60 de la Ley.
13.2 Rescisión del contrato.
El INP podrá rescindir Administrativamente el Contrato que haya Adjudicado al (los) Licitante (es) de acuerdo al artículo 54 de la Ley, cuando se presente alguna de las siguientes causas:
Si no inicia la prestación de los servicios en la fecha convenida en el punto 2.4.
Por el incumplimiento de sus obligaciones contenidas en el contrato.
Asimismo, se podrán dar por terminados anticipadamente los contratos conforme a lo dispuesto en el Artículo 54 Bis de la Ley, que a la letra dice: “La dependencia o entidad podrá dar por terminados anticipadamente los contratos cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos la dependencia o entidad reembolsará al proveedor los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato correspondiente”.
13.3 Procedimiento a seguir
Si por causas imputables al(los) Licitante al(los) que se hubiere adjudicado él o los Contratos, no lo formalizan dentro del plazo establecido en el punto número 13.1. De esta Invitación, se podrá adjudicar él(los) contrato(s) al(los) Licitante(s) que haya presentado la segunda proposición solvente más baja, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre y cuando se apegue a lo establecido en el punto número 13 de esta Invitación, de acuerdo a lo asentado en el dictamen a que hace
referencia el Artículo 36 Bis de la Ley. Lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 46 de la Ley.
14 Cancelación de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas
Únicamente se podrá cancelar por parte del Instituto, la Invitación a Cuando Menos Tres Personas por caso fortuito o de fuerza mayor, en relación con el Artículo 38 Cuarto Párrafo de la Ley.
15 Declaración de Invitación a Cuando Menos Tres Personas desierta
El INP podrá declarar desierta la Invitación a Cuando Menos Tres Personas por cualquiera de los supuestos previstos en el Artículo 38 de la Ley y 58 de su Reglamento:
Cuando no se tenga por lo menos una oferta susceptible de evaluar técnicamente.
Cuando no se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura.
Cuando ningún Licitante se hubiese inscrito para participar en el acto de apertura de propuestas.
Cuando ninguna de las propuestas presentadas a juicio del Instituto reúna los requisitos establecidos en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas o que sus precios no sean aceptables.
Si esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas se declara desierta en su totalidad, se expedirá una segunda Invitación.
16 Inconformidades, Controversias y Sanciones.
16.1 Inconformidades
El(los) Licitante (s) podrá(n) inconformarse por escrito ante el OIC, o ante la Dirección General de Inconformidades de la SFP, dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes a aquel en que ocurra el Acto objeto de Inconformidad, o el inconforme tenga conocimiento del acto impugnado, de conformidad con los Artículos 65 y 66 de la Ley.
De conformidad con lo previsto por el artículo 29, Fracción XIV de la LEY y el artículo 39, Fracción VII del REGLAMENTO, se señala a los Licitantes que la presentación de inconformidades contra los actos de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas se llevará a cabo en las oficinas del OIC del INP ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, 0000 letra “X” Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000. O en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública ubicadas en Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000 Xxx. Xxxxxxxxx INN, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X 00000.
Asimismo, se señala que tales inconformidades podrán presentarse mediante el sistema CompraNet en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
16.2 Controversias
Las Controversias que se susciten en materia, objeto del Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales de la presente Invitación Cuando Menos Tres Personas, se resolverán con apego a lo previsto en las disposiciones de carácter federal aplicables, establecidas en el Titulo VI de la Ley.
16.3 Sanciones
Se harán efectivas las garantías relativas al cumplimiento del contrato cuando:
El (los) proveedor(es) ganador(es) presente(n) una demora en el inicio en la prestación del servicio convocado.
Por incumplimiento a lo dispuesto en las cláusulas del contrato correspondiente.
17 Penas convencionales y deductivas al pago
Las penas convencionales que se aplicarán por atraso en la prestación del servicio y/o deducciones por incumplimiento en la entrega parcial o deficiente del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 53, 53 Bis de “LAASSP”, 95, 96 y 97 del “Reglamento” es del 5% por cada día natural de atraso, sobre el valor de las pólizas no entregadas oportunamente. La suma de las penas convencionales no excederá en su caso del monto de la garantía de cumplimiento del Contrato.
Auditorias, visitas o inspecciones por la SFP a través del OIC. El Instituto y/o INP y el proveedor están conformes y tienen pleno conocimiento de que la Secretaría de la Función Pública a través del Órgano Interno de Control en el INP, en ejercicio de sus facultades, podrá verificar en cualquier tiempo, que las adquisiciones arrendamientos y servicios contratadas por el INP se realicen conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento o en otras disposiciones aplicables.
Con motivo de las Auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a él prestador información y documentación relacionada con el contrato, por lo que el prestador deberá proporcionar la información que en su momento le requieran las autoridades antes referidas.
Así mismo, las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública, solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo
establecido por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico. Pasar al capítulo de resolución de controversias.
Por último, de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del Artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en concordancia con la fracción IV del artículo 81 de su Reglamento, manifiestan las partes que el vínculo jurídico que las une, son la Invitación a cuando menos tres personas, la junta de aclaraciones y sus anexos, de los cuales emanan sus derechos y obligaciones, por lo que el contenido del contrato se ajustará en todos los términos a lo establecido en dichos instrumentos, por lo que las partes se obligan a no modificar las condiciones contenidas en los mismos y para el caso que exista discrepancia entre el contenido del contrato y lo dispuesto en dichos documentos, prevalecerá lo dispuesto en ellos.
18 Responsabilidades
La(s) empresa(s) ganadora(s) quedará(n) obligada(s) ante el Instituto a responder por la óptima calidad de los servicios, así como, de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la normatividad que en el mismo se establece.
Ciudad de México, a 10 xx xxxxx de 2018
Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Director de Administración
del Instituto Nacional de Pediatría
ANEXOS
Anexo I
(Sólo para conocimiento de los Licitantes) Control de descarga de documentos de las proposiciones enviadas por los Licitantes mediante el Sistema Compranet.
La documentación deberá presentarse conforme a lo señalado en el punto N°4 identificando debidamente las proposiciones técnicas y económicas (Documentos número 1 al 14)
Documento | Presenta | |
Documentación Legal y Administrativa | Si | No |
Documento N° 1.- Los interesados en participar en esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas, deberán presentar escrito en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad su deseo de participar, y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. Tanto el escrito como sus proposiciones deberán ser enviados a través del sistema Compranet. (Documento del anexo I). Por el hecho de presentar propuesta, el Licitante acepta y se obliga a cumplir con las condiciones establecidas en la presente Invitación y, en la(s) Acta(s) de la(s) Junta(s) de Aclaraciones, no pudiendo renunciar a su contenido y alcances, en el entendido que solo podrá presentar una proposición para esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas. | ||
Documento N.° 2.- Acreditación de la existencia Legal y personalidad jurídica, el licitante o el representante del licitante deberán presentar un escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes: Del Licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso de su apoderado o representante Legal. Para personas xxxxxxx, además; descripción del objeto social de la Empresa, identificando los datos de las escrituras públicas con la que acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como, nombre de los socios que aparezcan en estas, y los datos del Registro Público de Comercio donde se hayan inscrito. Del Representante del Licitante: |
Número y fecha de las Escrituras Públicas en que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó. Previo a la firma del contrato el Licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia Legal y las Facultades de su Representante para suscribir el Contrato correspondiente. Este documento deberá presentarse conforme al formato del Anexo II de esta Invitación. | ||
Documento N.° 3.- Manifiesto de no existir impedimento para participar, el licitante o representante del licitante deberán presentar un escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de los supuestos que establecen los Artículos 50 y 60 de la Ley. Este documento deberá presentarse conforme al formato del Anexo IV de esta Invitación. | ||
DOCUMENTO N.° 4.-Deberán presentar los Licitantes una declaración de integridad, en la que manifiesten que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Dependencia o Entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, y con ello el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, tomando en consideración que la presente ITP es Electrónica, el envío de documentos y propuestas deberán hacerlo a través del Sistema Compranet. | ||
Documento N.° 5.- Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad manifieste(n) que la Empresa Licitante es (son) de Nacionalidad Mexicana. | ||
DOCUMENTO No 6.- “CARTA DE ACEPTACIÓN”. Los Licitantes deberán presentar carta de aceptación debidamente firmada por el representante legal, en la que manifiesten que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa |
ajena al Instituto”. NOTA IMPORTANTE: La CARTA DE ACEPTACIÓN deberá ser enviada a más tardar una hora antes del inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas Gubernamentales en la Plataforma de CompraNet 5.0, dentro del apartado Mensajes de la Unidad Comprador. Se tomará como hora de recepción la que registre el sistema CompraNet al momento de su envío o la que se advierta en el acuse del documento que se exhiba para ese efecto. | ||
DOCUMENTO N.° 7.-Constancia de la visita a las Instalaciones de haber realizado el reconocimiento físico, o en su defecto el documento donde manifiesten bajo protesta de decir verdad el conocer las áreas donde se prestarán los servicios. | ||
Documento N° 8.-Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal del año 2016, con todos sus Anexos, acuse de recibo y comprobante de pago en caso de haber resultado impuesto a cargo, así como, pagos provisionales del año 2017. | ||
Documento N° 9.- Curriculum Vitae del Licitante en donde demuestre que cuenta mínimo con un año de experiencia en otorgar servicios iguales o similares al objeto de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, el Currículum Vitae deberá estar acompañado con copias simples o copias certificadas de los Contratos y/o Facturas que avalen esta experiencia, así como, el nombre, dirección y número telefónico del Contratante, para en su caso solicitar referencias del servicio prestado. Presentar documentación que acredite que cuenta con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como Institución de Seguros de conformidad con el Artículo 5 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. | ||
Documento N.° 10.- Organigrama del Licitante, con la plantilla del Personal Directivo, Administrativo y Técnico que intervendrán en la prestación del servicio. | ||
Documento 11.- Escrito mediante el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad que cuentan con la capacidad técnica y económica para la prestación de los servicios, objeto de esta Invitación indicadas en el Anexo VI. | ||
Documento N° 12.- Escrito en el que bajo protesta de decir verdad manifiesten que cuentan con personal discapacitado en una |
proporción del cinco por ciento cuando menos del total de su planta de empleados. La falta de entrega de este documento no será motivo de descalificación (Requisito opcional). | ||
Documentación técnica | ||
Documento N.° 13.- Descripción, Alcances, Características, Especificaciones, Términos y Condiciones del Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales, es decir, la descripción específica del servicio que se solicita conforme a lo que se establece en el Anexo VI de esta Invitación. | ||
Documento N.° 14.- Propuesta Económica de acuerdo al Anexo VII. |
La omisión en la entrega de cualquiera de los documentos antes referidos será causa de desechamiento de la propuesta, con excepción del documento N0. 12.
Anexo II
(Formato de Acreditación de Personalidad Jurídica)
(Nombre Representante Legal), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como, que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas, a nombre y/o representación de: (Licitante/Empresa) .
Invitación a Cuando Menos Tres Personas:
Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio : Calle y numero: Colonia : Delegación o municipio: Código postal: Entidad federativa: Teléfonos : fax: Correo electrónico: N.° de escritura pública en la que consta fecha: Su acta constitutiva: Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se dio fe de la misma: Inscripción en el Registro Público de Comercio: fecha: Razón o denominación social: Descripción del objeto social: Reformas al acta constitutiva: | |
Nombre del apoderado legal: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública N.°: fecha : Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se otorgó: Inscripción en el registro público de comercio : | |
Protesto lo necesario. Firma | Lugar y fecha |
Instructivo para llenar el escrito “Bajo protesta de decir verdad”
Nombre: Anotar el nombre completo de la persona que tiene facultades suficientes para suscribir las proposiciones.
Representación de: Anotar el nombre completo del licitante; tal como aparece en la escritura constitutiva, tratándose de empresa.
Registro Federal de Contribuyentes: Anotar el Registro Federal de Contribuyentes, a trece posiciones, que otorgó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Licitante.
Domicilio, calle y número, colonia, delegación o municipio, código postal, Entidad federativa, teléfonos, fax y correo electrónico: Anotar la calle y el número exterior e interior, la colonia, la delegación (para el D.F.) o el municipio (para los estados), el código postal, la entidad federativa (Estado), los números de teléfono, fax y correo electrónico, donde tiene su domicilio fiscal del Licitante.
N.° de escritura pública en la que consta su acta constitutiva. Fecha: anotar la fecha de la escritura constitutiva del Licitante.
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: anotar el nombre completo, el número y el lugar donde se ubica el Notario Público que dio fe de la Escritura Constitutiva.
Razón o Denominación Social: anotar el nombre completo del licitante.
Descripción del objeto social: Anotar la descripción completa del objeto social de la persona física o moral, donde conste que entre sus funciones se encuentran las necesarias para dar cumplimiento a los contratos que se deriven del procedimiento.
Reformas al Acta Constitutiva: Anotar las descripciones de las modificaciones al acta constitutiva.
Nombre del Apoderado Legal: Anotar el nombre de la persona que es el apoderado legal acreditado por el Licitante.
En su caso, datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades (escritura pública N.°, fecha, nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó): Anotar el número de la escritura pública, fecha y lugar de expedición el nombre, y número donde se ubica el notario público, documento mediante el cual se otorgaron las facultades suficientes del representante para suscribir las propuestas, así como, describir en forma completa las facultades que le fueron conferidas.
Firma: El representante acreditado deberá estampar su firma.
Lugar y fecha: Anotar el lugar y fecha de elaboración de este escrito, que deberá coincidir con la de presentación de las propuestas.
Anexo III Carta Poder
Bajo protesta de decir verdad, (Nombre de quien otorga el poder)
En mi carácter de de
,
(Licitante)
Según consta en el testimonio notarial Nº de fecha , otorgado ante Notario Público Nº de , y que se encuentra Lic. Inscrito en el Registro Público de Comercio de (cd. Donde se registró)
(En el caso de personas físicas, favor de omitir el párrafo anterior)
Por este conducto autorizo a , para
(Nombre de quien recibe el poder)
Que a nombre de mi Representada, se encargue de entregar las propuestas, participando en los diferentes eventos de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
(Xxxxx y fecha de expedición)
Nombre, domicilio y firma de quien Otorga el poder | Nombre, domicilio y firma de quien Recibe el poder |
T e s t i g o s
Nombre, domicilio y firma | Nombre, domicilio y firma |
Este Documento deberá entregarse en papel membretado de la empresa |
Anexo IV
Modelo de la carta de declaración bajo protesta de decir verdad de no encontrarse bajo los supuestos de los Artículos 50, y 60 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Ciudad de México, a de de 2018.
Instituto Nacional de Pediatría Dirección de Administración Subdirección de Servicios Generales
At’n: Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx
Director de Administración
Presente
En relación a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas relativa a la contratación del servicio .
El suscrito en mi carácter de Representante Legal de
. Personalidad que acredito con el Testimonio Notarial Nº , expedido por el Notario Público Nº
, de la ciudad de , comparezco a nombre de mi representada a declarar bajo protesta de decir verdad:
(En el caso de personas físicas, la personalidad deberá ser acreditada con acta de nacimiento, credencial de elector o cartilla del servicio militar mexicano)
Que una vez leído detalladamente el contenido de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de referencia, que ninguno de los integrantes de mi representada se encuentra en los supuestos establecidos en los Artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Mi representada se da por enterada que en caso de que la información anterior resultase falsa, será causa suficiente para que opere la descalificación y/o la rescisión del Contrato sin responsabilidad alguna para el Instituto Nacional de Pediatría.
Lo anterior con el propósito de dar cumplimiento a dicha disposición y para los fines y efectos a que haya lugar.
A t e n t a m e n t e
Nombre del representante legal | Firma | Cargo |
A N E X O IV BIS
ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
SEÑALAR EL NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
de de (1)
(2)
P r e s e n t e
Me refiero al procedimiento _(3) No. (4) en el que mi representada, la empresa
(5) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6), cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10), atendiendo a lo siguiente:
ESTRATIFICACIÓN | ||||
Tamaño (19) | Sector (6) | Rango de número de trabajadores (7) + (8) | Rango de monto de ventas anuales (mdp) (9) | Tope máximo combinado* |
Micro | Todas | Hasta 10 | Hasta $4 | 4.6 |
Pequeña | Comercio | Desde 11 hasta 30 | Desde $4.01 hasta $100 | 93 |
Industria y Servicios | Desde 11 hasta 50 | Desde $4.01 hasta $100 | 95 | |
Mediana | Comercio | Desde 31 hasta 100 | Desde 100.01 hasta $250 | 235 |
Servicios | Desde 51 hasta 100 | |||
Industria | Desde 51 hasta 250 | Desde $100.01 hasta $250 | 250 |
* Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.
(7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8).
(10) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es:
(11); y que el Registro Federal de Contribuyentes del(los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es(son): (12).
A T E N T A M E N T E
(13)
INSTRUCTIVO DE LLENADO
(Para el anexo IV BIS)
Instructivo para el llenado del formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal
NÚMERO | DESCRIPCIÓN |
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. |
3 | Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, Licitación Pública Nacional, Invitación a Cuando Menos Tres personas o adjudicación directa. |
4 | Indicar el número respectivo del procedimiento. |
5 | Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. |
6 | Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios). |
7 | Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS. |
8 | En su caso, anotar el número de personas subcontratadas. |
9 | Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp), conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. |
10 | Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación. |
11 | Indicar el Registro Federal de contribuyentes del licitante. |
12 | Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del(los fabricante(s) de los bienes que integran la oferta. |
13 | Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. |
MODELO DE CONTRATO
INSTRUMENTO NÚMERO: P/S///2018.
Anexo V
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, QUE OTORGAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, EN LO SUCESIVO “EL INP”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LIC. XXXXXXX XXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y APODERADO LEGAL, Y POR LA OTRA PARTE,………..…, EN SU CARÁCTER DE , AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S I.- DECLARA “EL INP”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
PRIMERO.- Que es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que rige su organización y funcionamiento según lo dispuesto por la Ley de los Institutos Nacionales de Salud publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis xx xxxx del año dos mil.
SEGUNDO.- Que al tenor del artículo 6 del cuerpo normativo mencionado, tiene por objeto, entre otras actividades:
1. Prestar servicios de salud en aspectos preventivos, médicos, quirúrgicos y de rehabilitación en sus áreas de especialización;
2. Proporcionar consulta externa, atención hospitalaria y servicios de urgencias a la población que requiera atención médica en sus áreas de especialización, hasta el límite de su capacidad instalada;
3. Promover acciones para la protección de la salud, en lo relativo a los padecimientos propios de sus especialidades;
4. Formar recursos humanos en sus áreas de especialización, así como en aquellas que le sean afines;
5. Formular y ejecutar programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en sus áreas de especialización y afines, así como evaluar y reconocer el aprendizaje;
6. Otorgar constancias, diplomas, reconocimientos y certificados de estudios, grados y títulos, en su caso, de conformidad con las disposiciones aplicables;
7. Coadyuvar con la Secretaría a la actualización de los datos sobre la situación sanitaria general del país, respecto de las especialidades médicas que le correspondan;
8. Actuar como órganos de consulta, técnica y normativa, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en sus áreas de especialización, así como prestar consultorías a título oneroso a personas de derecho privado;
9. Asesorar y formular opiniones a la Secretaría cuando sean requeridos para ello;
10. Asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médica de las entidades federativas y, en general, a cualquiera de sus instituciones públicas de salud;
11. Promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines;
12. Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realice, así como difundir información técnica y científica sobre los avances que en materia de salud registre, y
13. Realizar las demás actividades que le correspondan conforme a la ley y otras disposiciones aplicables.
TERCERO.- Que el Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, en su carácter de Director de Administración y Apoderado Legal de "EL INP", quien en éste acto interviene con las facultades que se le confiere en el testimonio de la escritura pública número dieciocho mil doce, de fecha ocho de enero del año dos mil trece, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número Doscientos veintiocho del Distrito Federal, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx, y que dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este instrumento.
CUARTO.- Que requiere contratar los servicios de “EL PRESTADOR”, a efecto de que éste le otorgue el servicio denominado aseguramiento de bienes patrimoniales de “EL INP”, de acuerdo a las necesidades establecidas en la
Invitación materia de adjudicación del presente contrato.
QUINTO.- Que para los fines de su ejecución y pago, el presente contrato se afectará la partida presupuestal número
SEXTO.- Que se contratan los servicios de “EL PRESTADOR”, en atención a que dicha empresa manifestó contar con el personal propio necesario y los elementos adecuados y suficientes para la prestación de un servicio óptimo.
SEPTIMO.- Que estos servicios fueron adjudicados a “EL PRESTADOR” mediante el procedimiento de la Invitación número , según consta en el acta de fallo de fecha
OCTAVO.- Que señala como domicilio para los efectos de este contrato, el número 3700 "C" de la avenida de los Insurgentes Sur, Colonia Insurgentes Cuicuilco, en la Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000.
II.- DECLARA “EL PRESTADOR”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
PRIMERO.- Que es una sociedad legalmente constituida conforme a las Leyes Mexicanas, lo que se acredita con el testimonio de la escritura pública número , de fecha
, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número , Lic.
, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de , en
, con fecha
SEGUNDO.- Que al tenor de sus Estatutos, tiene por objeto, entre otros:
" "(sic).
TERCERO.- .- Que el , en su carácter de
de "EL PRESTADOR", en éste acto interviene con las facultades que se le confieren en el testimonio de la escritura pública número , de fecha
, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número , Lic. , y que dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este instrumento.
CUARTO.-Que se encuentra inscrita en:
a) El Registro Federal de Contribuyentes, con la clave
b) En el Instituto Mexicano del Seguro social, con la clave patronal:
QUINTO.- Que cuenta con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para operar como Institución de Seguros, de conformidad con los dispuesto por el artículo 5º de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y demás disposiciones aplicables en ésta materia.
SEXTO.- Que no se encuentra en los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SEPTIMO.- Que conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y sus disposiciones reglamentarias, así como las necesidades de “EL INP” y habiendo considerado los factores que intervienen en el cumplimiento de este contrato y de acuerdo a las necesidades establecidas en la Invitación, manifiesta estar en aptitud de proporcionar el servicio amparado en este instrumento, a fin de asegurar los bienes muebles e inmuebles de “EL INP”.
OCTAVO Que tiene establecido su domicilio en número , colonia , Delegación y/o Municipio , C.P. en la Ciudad de , mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.
En mérito de lo anterior, las partes sujetan su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El objeto del presente contrato consiste en que “EL PRESTADOR” realice el aseguramiento de bienes patrimoniales propiedad de “EL INP”, los que se describen con su glosario de términos técnicos y especificaciones del servicio que se contrata en el Anexo Uno del presente instrumento, mismo que firmado por las partes, forma parte integrante de éste contrato, y se tiene aquí por reproducido como sí a la letra se insertare.
SEGUNDA.- “EL INP” cubrirá por concepto de los servicios objeto de este contrato, a “EL PRESTADOR” descritos en la cláusula anterior, la cantidad de $ ( PESOS /100 MONEDA NACIONAL), más el Impuesto al Valor Agregado.
Dicha cantidad se cubrirá en una solo exhibición por “EL INP”, dentro de un plazo que no podrá exceder de veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, debidamente validada y autorizada por la persona que tenga delegada esta atribución y que contenga los datos fiscales indispensables, esto es, previa prestación del servicio y conforme a los procedimientos establecidos por “EL INP”, atendiendo a sus disposiciones internas y a lo establecido en la Invitación materia de adjudicación de este contrato.
El pago será mediante transferencia electrónica bancaria o con cheque emitido por “EL INP”, en el caso de cheque se realizará en el domicilio que se precisa en su Declarando Octavo.
TERCERA.- “EL PRESTADOR” se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato a partir de las doce horas del día del dos mil trece y hasta las doce horas del día del
año dos mil trece, inclusive.
“EL INP” podrá optar por prorrogar una o varias veces, total o parcialmente este contrato, en cuyo caso las partes acordarán lo conducente; siempre y cuando se sujeten a lo establecido por el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a lo establecido por su Reglamento.
CUARTA.- Además de las obligaciones previstas en las cláusulas que anteceden; así como las que se deriven de las pólizas respectivas, “EL PRESTADOR” tendrá las siguientes:
a.) No podrá ceder, traspasar, ni de ninguna forma enajenar total o parcialmente, a título oneroso ni gratuito, los derechos y obligaciones que el presente contrato le impone, así como a la Invitación que dio origen a la adjudicación de este contrato.
b.) Responder por la negligencia, impericia, dolo y falta de calidad que le sean imputables en la prestación del servicio.
c.) Acudir a prestar el servicio, por conducto de su ajustador, a más tardar en un máximo de treinta minutos siguientes en que haya recibido el llamado de emergencia por parte de "EL INP" en el caso de siniestro o de cualquier eventualidad que sobrevenga en los bienes muebles e inmuebles, de acuerdo a lo establecido en la póliza.
d.) Las demás necesarias para la óptima prestación de sus servicios.
QUINTA.- “EL PRESTADOR” garantiza que prestará sus servicios con la mejor calidad y esmero, por lo que se compromete hacer uso de todos sus conocimientos y experiencia, y en tales términos asume la responsabilidad que resulte de conformidad con lo establecido por la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley sobre el Contrato de Seguro, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Así mismo, manifiesta contar con las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones es necesario contar para la prestación del servicio materia de este contrato.
Por lo que, se obliga a responder de los defectos y vicios ocultos y de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable.
En relación a lo anterior, “EL INP”, nombra como responsables para darle cumplimento al objeto materia de este contrato, al titular del Departamento de Servicios de Apoyo, quien será responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato.
SEXTA.- "EL PRESTADOR", como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos a que se refiere el contrato, será respecto de éste, el único responsable de las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social y civiles que resulten; "EL PRESTADOR" se obliga, por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en contra de él o de “EL INP”, sea cual fuere la naturaleza del conflicto.
"EL PRESTADOR" se compromete a sacar en paz y a salvo a “EL INP” de cualquier reclamación que con motivo del presente contrato pretendiese su personal, pagando en todo caso los gastos y prestaciones necesarios.
SÉPTIMA.- “EL PRESTADOR” será responsable de los daños y perjuicios que cause a “EL INP” o a terceros con motivo del presente contrato, cuando éstos resulten de:
A). Su incumplimiento a los términos y condiciones del contrato, incluido su anexo y a las bases de la Invitación que dieron origen a la adjudicación de este instrumento y a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento;
B). La falta de Profesionalismo en la atención y servicio y lo establecido en la cláusula cuarta; C). Su inobservancia a las recomendaciones que “EL INP” le hubiere dado por escrito, y
D). Actos u omisiones imputables a “EL PRESTADOR” o al personal que emplee.
El pago de los daños y perjuicios que resulten lo hará “EL PRESTADOR” dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación que “EL INP” le haga.
OCTAVA.- Queda expresamente estipulado, que tratándose de atraso en el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento y de acuerdo a las necesidades establecidas en para su adjudicación, así como en las pólizas respectivas, “EL PRESTADOR” se obliga a pagar a “EL INP” por concepto xx xxxx convencional el cinco por ciento por cada día de retraso en el cumplimiento de las obligaciones contraídas en los tiempos de respuesta establecidos en este instrumento y su anexo, porcentaje que se aplicará al precio unitario conforme a dicho anexo y se descontara de la facturación correspondiente el importe una vez realizado el servicio, sin rebasar el monto de la garantía xxx xxxx por ciento del valor total del contrato antes del Impuesto al Valor Agregado. En el caso de que “EL PRESTADOR” sea penalizado en tres ocasiones por incumplimiento parcial o deficiente de las obligaciones del contrato, “EL INP” podrá rescindir administrativamente el contrato.
De igual manera el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PRESTADOR” deba efectuar por concepto de estas penas convencionales.
Así mismo, cuando el incumpliendo de las obligaciones de “EL PRESTADOR” no deriven del atraso mencionado en esta cláusula, sino por otras causas establecidas en el presente contrato, se podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión de contrato conforme al procedimiento que se establece en las subsecuentes cláusulas.
NOVENA.- Las partes convienen en que “EL INP” podrá rescindir administrativamente el presente contrato de acuerdo al procedimiento establecido por el artículo 54 y demás relativos y aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y lo dispuesto por su Reglamento.
DÉCIMA.- Las partes convienen en que “EL INP” podrá dar por terminado el contrato anticipadamente, en cualquier momento, por razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio por la Secretaría de la Función Pública, esto es, conforme a lo establecido por el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA PRIMERA.- “EL INP” podrá suspender temporalmente los efectos del presente contrato dando aviso por escrito con cinco días naturales de anticipación, cuando concurra razones de carácter presupuestal o cualquier otra causa justificada pudiendo activar este contrato toda vez que haya desaparecido las causas de la suspensión temporal,
notificando por escrito a “EL PRESTADOR” la fecha en que deberá reanudar la entrega de los bienes, de acuerdo a lo establecido por el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SEGUNDA.- Las partes convienen en que “EL INP”, independientemente de lo establecido en las cláusulas anteriores, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato con el solo requisito de comunicar por escrito a “EL PRESTADOR”, sin necesidad de hacer valer las penas o la rescisión administrativa, pudiendo elegir únicamente la terminación anticipada, ya sea por incumplimiento de éste último a sus obligaciones establecidas en el presente contrato, por razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el suministro de los bienes originalmente contratados, ya que se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL INP”.
DÉCIMA TERCERA.- Las partes convienen en que la rescisión o terminación de este contrato no afectará de manera alguna la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas con anterioridad.
DÉCIMA CUARTA.- Las partes están conformes y tienen pleno conocimiento de que la Secretaría de la Función Pública a través del Órgano Interno de Control en “EL INP”, en ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier tiempo, que las adquisiciones, arrendamientos y servicios contratadas por el "EL INP" se realicen conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento o en otras disposiciones aplicables.
Además podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes con motivo de las mismas, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos del "EL INP" y al “EL PROVEEDOR”, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
Con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a “EL PROVEEDOR” información y documentación relacionada con el presente contrato, por lo que “EL PROVEEDOR” deberá proporcionar la información que en su momento le requiera las Autoridades antes referidas.
DÉCIMA QUINTA.- Siendo este contrato de derecho público, las partes se obligan a sujetarse para su interpretación y cumplimiento con fundamento en el artículo 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en todas y cada una de las cláusulas que lo integran, a su(s) anexo(s) que forma(n) parte del mismo, las instrucciones y recomendaciones que por escrito emita "EL INP", así como a los términos, bases, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, a las demás normas y disposiciones administrativas, y en general a la legislación federal aplicable, en razón de que los recursos para la adjudicación de este instrumento son federales.
DÉCIMA SEXTA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no este expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Federación en la Ciudad de México, renunciando a la jurisdicción y competencia que pudiere corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
Previa lectura y debidamente enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal de cada una de las cláusulas que integran el presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que en su otorgamiento no existe ningún vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo, lo firman y ratifican en todas sus partes, por cuadruplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los días del mes de del año dos mil catorce.
POR "EL INP" | POR “EL PRESTADOR” |
LIC. XXXXXXX XXXXX XXXXXX DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y APODERADO LEGAL. |
T E S T I G O S
SUBDIRECTOR DE SERVICIOS GENERALES. | JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE APOYO. |
Anexo VI
ANEXO TÉCNICO
La contratación de seguros sobre bienes patrimoniales tiene por objeto promover las coberturas adecuadas y suficiente contra cualquier siniestro que pudiera afectar el patrimonio del Instituto Nacional de Pediatría. Comprende las siguientes características:
1.- Vigencia del contrato de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx del 2018 al último minuto del día 31 xx xxxx de 2019.
2.- Coberturas: Las ofertas técnicas deben presentarse con las coberturas que se solicitan para cada póliza.
Cedula de identificación de los inmuebles a asegurar
P.M.E. Póliza Múltiple Empresarial
P.E.E. póliza de equipo electrónico
P.R.M. póliza de rotura de maquinaria.
P.C.A.P. póliza xx xxxxxxxx y aparatos sujetos a presión
P.A. póliza de automóviles.
P.C. póliza de vehículos de carga.
R.C.T.P póliza de responsabilidad civil por el transporte de personas
Altas y bajas
Exclusiones
Condiciones generales
Vigencia de las pólizas
Pago de reclamaciones por siniestros mediante el sistema de pago en especie
Reporte de siniestros
Glosario de términos técnicos
Cedula de identificación de los inmuebles a Asegurar
No. | Edificio | m2 Construidos | Ubicación |
1 | Hospitalización | 14,871 | Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000 X Xxx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
0 | Servicio de Apoyo Diagnóstico y Tratamiento | 13,502 | |
3 | Planeación | 4,945 | |
4 | Bunker | 537.72 | |
5 | Consulta externa | 2,935 | |
6 | Toma de productos | 683.33 | |
7 | Estacionamiento C.E. | 4,618.20 | |
8 | Estacionamiento público | 4,589 | |
9 | Neurodesarrollo | 425.71 | |
10 | Residencia medica | 3,350 | Xx. xxx Xxxx Xx. 0 Xxx. Xxxxxxxxx |
00 | Administrativo | 1,326 | |
12 | Urgencias | 3,469 | |
13 | UPHO | 5080 | |
14 | Banco de sangre | 542 | |
15 | Centro de información y documentación | 1,086 | |
16 | Torre de investigación | 8,115.30 | |
17 | Archivo general | 468 | |
18 | Centro Pediátrico e Investigación Comunitaria (CePIC) | 1,200 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00 Xxx. Xxxxxxxxxxxxx xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx. |
19 | Xxxxxxxxxx | 000 | Xxxxx xxxxxxxxx x/x Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx |
SEGURO MÚLTIPLE EMPRESARIAL
Sección Incendio y/x Xxxx
Bienes Cubiertos:
Toda propiedad del Instituto Nacional de Pediatría, en comodato y/o de terceros en donde se tenga un interés asegurable, siempre y cuando se encuentren dentro del territorio nacional, consistente en, pero no limitado a:
A. Edificios, construcciones, cristales, mejoras, adaptaciones, ampliaciones, sótanos, estacionamientos, bardas, jardines, incluyendo sistemas de seguridad, sus accesorios y las instalaciones de servicios, tales como: agua, alumbrado, saneamiento, clima artificial, protecciones contra incendio, refrigeración, telefonía, suministro eléctrico y alumbrado.
X. Xxxxxxxxxx, equipo de oficina, equipo médico y de hospital, equipo de laboratorio, material de docencia, refrigeradores, ultra refrigeradores, medicamentos, maquinaria, refacciones, herramientas, acervo científico y cultural.
Riesgos Cubiertos:
Todo riesgo de incendio y líneas aliadas
Terremoto y erupción volcánica
Fenómenos hidrometeorológicos Tipo de seguro: a primer riesgo
Valor de reposición de los bienes al 100%
A. Edificios $ 1,150.000.000.00 (Un Mil Ciento Cincuenta Millones de Pesos 00/100 M.N.)
B. Contenidos $ 600.000.000.00 (Seis cientos Millones de Pesos 00/100 M.N.) Límite máximo de responsabilidad por evento:
$ 700.000.000.00 (Setecientos Cientos Millones de Pesos 00/100 M.N.)
Limite adicional para:
Remoción de escombros: 10% del valor de la estructura o bien afectado, en adición a los límites establecidos por evento
Deducible:
Incendio, Rayo y/o Explosión: sin deducible
Naves Aéreas, Vehículos y Humo: sin deducible
Remoción de Escombros: sin deducible
Riesgos Hidrometeorológicos: 1% del valor de reposición del edificio o estructura afectada o de sus contenidos, según sea el caso, para el riesgo xx xxxxxxx y vientos tempestuosos se limita a un máximo de 750 UMA.
Terremoto y Erupción Volcánica: Ciudad de México (zona E) y Morelos (zona B) 2% sobre el valor de reposición del edificio o estructura afectada.
Demás Riesgo: 1 % del valor de reposición del edificio o estructura afectada o de sus contenidos, según
sea el caso, con un máximo de 750 UMA*.
Coaseguro:
Terremoto y Erupción Volcánica: Ciudad de México (zona E);25%, Morelos (zona B);10%
Riesgos Hidrometeorológicos: 10 %
Demás Riesgos: Sin Coaseguro
*UMA: Unidad de medida de actualización diaria, en donde aparezca
Condiciones Especiales:
Todo Riesgo
Primer Riesgo
Cancelación de la Cláusula de Proporción Indemnizable
Valor de Reposición, aplicable también al Acervo Científico y Cultural
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
Cobertura Automática para Incisos Nuevos o no Conocidos, con reporte hasta de 30 días, hasta la cantidad de $2.500.000.00 en adición al Límite Máximo de Responsabilidad establecido
Anticipo en Pago de Siniestros del 50% en un plazo no mayor a 7 días naturales contados a partir de que sea establecida la procedencia del siniestro, se tenga un estimado de los daños y sea solicitado por escrito por el Asegurado
Renuncia de inventarios al 10%
No Subrogación de Derechos
Errores u Omisiones, Gravámenes, Permisos, Libros y Registros, Honorarios a Profesionistas, Autorización para Reponer, Reconstruir o Reparar, Venta de Salvamentos
Interés Moratorio
Prelación
No Adhesión
Cobertura de Paralización de Plantas Refrigeradoras
Cláusula de Bienes en Cuartos o Aparatos Refrigeradores:
Con sujeción a las condiciones generales y particulares de la póliza, el seguro se extiende a cubrir los daños a bienes contenidos en cuartos o aparatos refrigeradores que provengan del cambio de temperatura, siempre que tal cambio se produzca por cualesquiera de los riesgos cubiertos en las secciones de incendio y/x xxxx anterior y de rotura de maquinaria que aparece más adelante, si fuera el caso, que eviten el funcionamiento de los aparatos de refrigeración. También quedan amparados los daños ocasionados por el escape imprevisto y repentino del medio refrigerante, siempre tratándose de accidentes.
En caso de escape gradual del medio refrigerante, los daños que sufran los bienes contenidos en cuartos o aparatos refrigeradores, están excluidos.
Condiciones del Seguro:
La presente cobertura solo tendrá validez:
a) Si la unidad de refrigeración es vigilada por personal capacitado en días laborables o si se encuentra conectada a un puesto de alarma día y noche.
b) Si en el momento de ocurrir el siniestro los bienes asegurados se hallan almacenados en las cámaras frigoríficas o cuartos refrigerados.
c) Si el asegurado lleva un libro de almacenaje con registro diario que muestre para cada cámara o cuarto el tipo, la cantidad y el valor de los medicamentos almacenados, así como el comienzo y fin del periodo de almacenaje
d) Si el asegurado lleva un libro de control por toda la duración del almacenaje, en el que se registre el estado en que se encuentren los bienes almacenados y, por lo menos, tres mediciones de temperatura cada día laborable, para cada cámara frigorífica, debiendo revisar la exactitud de los valores de medición de la temperatura, por lo menos cada quince días, por un termómetro de control independiente y calibrado.
Límite Máximo de Responsabilidad por Evento:
$ 3`000.000.00 M.N.
Se cubren todos los bienes en los tenga un interés asegurable, por ejemplo, pero no limitado a: medicamentos, reactivos, muestras y alimentos, los valores fluctúan constantemente por eso se requiere un límite máximo de responsabilidad. Se consideran 10 cuartos refrigerados.
Deducible:
10% del monto de la pérdida
Observación: para este riesgo de paralización de plantas refrigeradoras, el mayor valor de los bienes está en la ubicación de Insurgentes Sur 3700-C y Av. xxx Xxxx, ubicados en áreas de laboratorios, almacenes fijos y temporales, hospitalización, consulta externa y Torre de Investigación. Los equipos se encuentran conectados a plantas de emergencia.
El mantenimiento preventivo y predictivo programado a las plantas refrigeradoras e incubadoras lo realiza una empresa externa, se cuenta con servicio interno y externo y se cuenta con planta de emergencia, conectada a una línea regulada.
Existe un programa de mantenimiento preventivo y correctivo con una recurrencia semestral, se aplican penas convencionales conforme a lo estipulado en el artículo 53 de la LAASSP.
Los refrigeradores y ultracongeladores que se encuentran en los predios del Instituto en Insurgentes y Tlaltizapan Morelos solamente.
Responsabilidad civil general
Materia del Seguro:
Daños, perjuicio y daño moral, por los que el asegurado, sus empleados y/o funcionarios, deban de responder ante terceros conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en los estados unidos mexicanos, por hechos u omisiones no dolosos ocurridos durante la vigencia de la póliza y que causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos terceros o el deterioro o la destrucción de bienes propiedad
de los mismos, así como la responsabilidad por bienes que se encuentren bajo su custodia.
No existen bienes propiedad de terceros y en cualquier caso se afectaría la cobertura de daños directos, solo es preventiva la descripción.
Riesgos Cubiertos:
1. Actividades e Inmuebles.
2. Productos (medicinas, alimentos y en general por las actividades propias del Instituto)
3. Carga y descarga
4. Asumida
5. Contratistas Independientes
6. Estacionamiento (sin acomodadores)
7. Contaminación (residuos peligrosos biológicos-infecciosos) de manera repentina, súbita e imprevista.
Este seguro no incluye Responsabilidad Civil por Profesiones Médicas. Alcance del Seguro:
Xxxxx, perjuicios y daño moral
Gastos de defensa, prima de fianzas judiciales, gastos, costos e intereses legales.
Gastos en que incurra el asegurado con motivo de la tramitación y liquidación de reclamaciones. Límite Máximo de Responsabilidad:
Con excepción de la cobertura de estacionamiento que señala un límite diferente, las demás coberturas quedan dentro del límite de Actividades e Inmuebles.
Actividades e inmuebles, producto y demás coberturas (limite único y combinado) : $ 5.000,000.00 (Cinco Millones de pesos 00/100 M.N.)
Estacionamiento de 51 cajones: $ 370,000.00 (trescientos setenta mil pesos 00/100 M.N.) por vehículo.
Los 51 cajones de estacionamiento corresponden al total para todas las diferentes ubicaciones del Instituto (cuatro en total).
Gastos de defensa legal: 50% adicional al límite máximo de responsabilidad para actividades e inmuebles evento
Deducibles:
Actividades e Inmuebles y demás Coberturas: Sin deducible
Productos y Contaminación: 10% sobre pérdida con mínimo de 100 UMA.
Estacionamiento: Daños materiales 5% sobre el valor comercial al momento del siniestro, robo total 10 % sobre el valor comercial al momento del siniestro y cristales 20 % sobre la perdida.
Condiciones Especiales:
Reinstalación automática de suma asegurada, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
Para esta sección de responsabilidad civil general los vehículos propiedad de los trabajadores se consideraran como terceros. Se requiere la cobertura, debido a que algunos trabajadores estacionan sus vehículos en nuestros predios. Solo se cubrirán los daños que genere el Instituto por sus
actividades mientras se encuentren dentro de los predios asegurados y en zonas de estacionamiento y no se cubrirán los daños cuando se presenten colisiones entre los vehículos de los trabajadores.
Interés Moratorio
Prelación
No subrogación de derechos
No adhesión
Las medidas de seguridad que se aplican en el manejo de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos, así como en su traslado, son las que emanan de las leyes vigentes en la materia, que son: Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Robo con Violencia
Bienes Cubiertos:
Contenidos en general propiedad del Asegurado, en comodato y/o sobre los que tenga un interés asegurable, como son, pero sin quedar limitados a: mobiliario, equipo de oficina, equipo médico, equipo de laboratorio, maquinaria, refacciones, herramientas, acervo científico y cultural.
Riesgos Cubiertos:
Robo con Violencia
Xxxxxx o intento del mismo
Robo sin Violencia
Daños materiales que sufran los bienes muebles o inmuebles como consecuencia del robo y/o asalto o intento de los mismos
Límite Máximo de Responsabilidad por Evento:
$300,000.00 (Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
Sublimite por evento para robo sin violencia: $ 50,000.00 (Cincuenta Mil Pesos 00/100M.N) Deducible:
Robo sin Violencia: 20% de la pérdida con mínimo de 150 UMA Demás riesgos: 10 % de la pérdida con mínimo de 100 UMA Condiciones Especiales
Primer Riesgo
Valor de reposición, aplicable también al acervo científico y cultural solo se tiene acervo científico y la suma está contemplada en contenidos.
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad, en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
Anticipo en pago de siniestros del 50% en un plazo no mayor a 7 días naturales contados a partir de que sea establecida la procedencia del siniestro, se tenga un estimado de los daños y sea solicitado por escrito por el asegurado
No subrogación de derechos
Errores u omisiones
Interés moratorio.
Prelación
No adhesión Medidas de Seguridad:
Vigilancia las 24 horas, por elementos de seguridad y sistema de video vigilancia
Arco detector de metales fijo y manual a la entrada y salida
registro de visitas y del personal
Se revisan maletas, mochilas y cajuelas al entrar o salir del Instituto.
Dinero y/o valores
Bienes Cubiertos:
Dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, valores, vales de gasolina y despensa, otros documentos negociables y no negociables, como son, pero no limitados a: letras de cambio, pagares, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro y cédulas hipotecarias, propiedad del asegurado y/o bajo su custodia o responsabilidad, dentro y fuera de las instalaciones del asegurado.
Riesgos Cubiertos:
Dentro de las instalaciones
Robo con Violencia
Robo por Xxxxxx o intento del mismo
Daños materiales que sufran los bienes muebles o inmuebles como consecuencia del robo y/o asalto o intento de los mismos.
incendio y/o explosión.
Fuera de las instalaciones:
Robo con Violencia y/o Asalto.
Incapacidad Física de la Persona Portadora.
Accidente del Vehículo Porteador.
Límite Máximo de Responsabilidad por Evento:
Dentro de las instalaciones señaladas en la cédula de ubicaciones: $ 80,000. (ochenta mil pesos 00/100 M.N.)
Fuera de dichas instalaciones: $ 20,000. (veinte mil pesos 00/100 M.N.) Deducible:
10 % de la pérdida con mínimo de 100 UMA Condiciones Especiales:
Se anula cualquier texto de las condiciones que obligue al asegurado, a efectuar depósitos todos los días hábiles o cuando el local permanezca cerrado mantener los bienes Asegurados dentro de caja fuerte o bóveda.
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad, en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata.
Anticipo en pago de siniestros del 50% en un plazo no mayor a 7 días naturales contados a partir de que sea establecida la procedencia del siniestro, se tenga un estimado de los daños y sea solicitado por escrito por el asegurado
Errores u Omisiones
No subrogación de derechos
Interés moratorio
Prelación
No adhesión
Medidas de Seguridad:
Dentro del edificio de Insurgentes Sur número 3700 C, se cuenta con caja fuerte ubicada en la caja general, aunque los bienes pueden ser guardados en cajones con llave.
Vigilancia las 24 horas, por elementos de seguridad y sistema de video vigilancia
Arco detector de metales fijo y manual a la entrada y salida
Fuera de la ubicación de acuerdo al monto que se traslada llega a utilizarse un vehículo con chofer y acompañante.
Rotura xx Xxxxxxxxx
Bienes Cubiertos:
Toda clase xx xxxxxxxxx, espejos, lunas, cubiertas de muebles, vitrinas, domos y acrílicos, con espesor mayor o igual a 4 mm, así como el decorado, biselado, grabado o cinta magnética de los mismos y sus xxxxxx, colocados o en proceso de colocación en el inmueble o inmuebles asegurados.
Riesgos Cubiertos:
Pérdidas o daños de los bienes cubiertos, su instalación y remoción causados por la rotura por cualquier causa.
Límite Máximo de Responsabilidad por Evento:
$ 100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) Deducible:
5% sobre pérdida, con mínimo de 3 UMA Condiciones Especiales:
Primer Riesgo
Cancelación de la Cláusula de Proporción Indemnizable
Valor de Reposición
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad, en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
No subrogación de derechos
Errores u Omisiones
Interés moratorio.
Prelación
A opción del asegurado la restitución de los cristales dañados se hará directamente por proveedores de la aseguradora
No adhesión
EQUIPO ELECTRÓNICO
Bienes Cubiertos:
Equipos como son, pero sin quedar limitados a: aparatos y equipos para informática, oficinas, impresoras, monitores, pantallas, equipo médico, equipo de laboratorio, equipo móvil o portátil, dentro o fuera de la ubicación asegurada y todos los demás bienes propios y/o en comodato y/o bajo la custodia o responsabilidad del asegurado.
Riesgos a Cubiertos:
Cobertura Básica. (Todo Riesgo)
Terremoto y Erupción Volcánica
Granizo, Ciclón, Huracán o Vientos Tempestuosos
Inundación
Huelgas, Alborotos Populares, Conmoción Civil, Vandalismo y Daños por actos de personas mal intencionadas
Robo sin Violencia o Xxxxx
Climatización hasta el sublímite por equipo como Límite de Responsabilidad
Remoción de Escombros; opera de forma similar a la cobertura de Incendio cuando se requiera en equipo electrónico
Valor de Reposición de los Bienes al 100%: $100.000,000.00 (Cien Millones de pesos 00/100 M.N) Sublímite por:
Equipo: $ 25.000,000.00 (Veinticinco Millones de Pesos 00/100 M.N.)
Equipo Móvil: $ 750,000.00 (Setecientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) Límite Adicional para:
Remoción de Escombros: 10% del Valor de Reposición del equipo afectado Deducibles:
Cobertura Básica y Demás Riesgos: 1 % sobre el valor de reposición del equipo afectado
Terremoto y Erupción Volcánica: Ciudad de México (zona E) y Morelos (zona B), 2% sobre el valor de reposición del edificio o estructura afectada
Robo sin Violencia o Hurto: 25% sobre la perdida
Equipo Móvil: de acuerdo al riesgo causante del daño
Remoción de Escombros: sin deducible Coaseguros:
Terremoto y Erupción Volcánica: Ciudad de México (zona E);25% y Morelos (zona B), 10%
Inundación: 10 % de cada equipo dañado
Demás riesgos: Sin coaseguro
Condiciones Especiales:
Todo Riesgo
Este seguro operara sin relación de bienes tipo “BLANKET”
Primer Riesgo
Valor de reposición para pérdidas parciales y totales en equipos con 5 años de antigüedad
Cancelación de la Proporción Indemnizable
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad, en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
Cobertura automática para incisos nuevos o no conocidos, hasta la cantidad de $500,000. en adición a los límites establecidos
Ajuste Automático por Inflación con Límite del 5% de la Suma Asegurada
Anticipo en pago de siniestros del 50% en un plazo no mayor a 7 días naturales contados a partir de que sea establecida la procedencia del siniestro, se tenga un estimado de los daños y sea solicitado por escrito por el asegurado
Renuncia de inventarios opera al 10% de $90.000,000.00 (Noventa Millones de pesos 00/100 M.N.), que es el Valor de Reposición de los Bienes Asegurados en este seguro
No subrogación de derechos
Errores u Omisiones
Prelación
Interés moratorio
Se permite el uso de plantas de emergencia en caso xx xxxxx del suministro eléctrico
No adhesión
ROTURA DE MAQUINARIA
Bienes Cubiertos:
Maquinaria y aditamentos necesarios para el asegurado y, en general, sobre todo equipo que sea utilizado con fines de transformación, producción o servicios, que sean de su propiedad y/o los tenga en comodato y/o se encuentren bajo su custodia.
Riesgos Cubiertos:
Cobertura Básica (Todo Riesgo)
Explosión Física y de motores de combustión interna
Fuerza centrifuga
El periodo de inactividad por reparación, limpieza, revisión, reacondicionamiento, mantenimiento y pruebas, cubriendo los riesgos de la cobertura básica
Valor de Reposición al 100%:
$ 22.000,000.00 (Veintidós Millones de Pesos 00/100 M.N.) Sublimite por:
Equipo: $ 2.200,000.00 (Dos Millones Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
Deducible:
1% sobre el valor de reposición de la máquina afectada. Condiciones Especiales:
Todo Riesgo
Este seguro operara sin relación de bienes tipo “BLANKET”
Primer Riesgo
Valor de Reposición para perdidas parciales y totales en equipos con 5 años de antigüedad
Cancelación de la Proporción Indemnizable
Reinstalación Automática de Límite Máximo de Responsabilidad, en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
Cobertura Automática para incisos nuevos o no conocidos, hasta la cantidad de $400,000.00 en adición a los límites establecidos
Ajuste Automático por Inflación con límite del 5% de la Suma Asegurada
Anticipo en pago de siniestros del 50% en un plazo no mayor a 7 días naturales contados a partir de que sea establecida la procedencia del siniestro, se tenga un estimado de los daños y sea solicitado por escrito por el asegurado
Renuncia de inventarios opera al 10% de $20.100,000.00 (Veinte Millones Cien Mil Pesos 00/100 M.N.), que es el Valor de Reposición de los Bienes Asegurados en este seguro
No subrogación de derechos
Errores u Omisiones
Prelación
Interés moratorio
no adhesión
CALDERAS Y APARATOS SUJETOS A PRESIÓN
Bienes Cubiertos:
Calderas y Recipientes Sujetos a Presión, incluyendo las tuberías a presión, tanques y en general, sobre todo equipo que sean de su propiedad y/o los tenga en comodato y/o se encuentren bajo su custodia.
Riesgos Cubiertos:
Cobertura Básica (Todo Riesgo)
El periodo de inactividad por reparación, limpieza, revisión, reacondicionamiento, mantenimiento y pruebas
Valor de Reposición al 100%:
$ 32.500,000.00 (Treinta y Dos Millones Quinientos Mil Pesos 00/100 M.N.) Sublimite por Equipo:
$ 9.500,000.00 (Nueve Millones Quinientos Mil Pesos M.N.) Deducibles:
1% sobre el Valor de Reposición del equipo afectado Condiciones Especiales:
Todo Riesgo
Este seguro operara sin relación de bienes tipo “BLANKET”
Primer Riesgo
Valor de Reposición para perdidas parciales y totales en equipos con 5 años de antigüedad
Cancelación de la Proporción Indemnizable
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad, en caso de indemnización por siniestro, con cobro de prima, aplicando las cuotas originales de este seguro a prorrata
Cobertura Automática para incisos nuevos o no conocidos, hasta la cantidad de $ 215,000.00 en adición a los límites establecidos
Ajuste Automático por inflación con límite del 5% de la Suma Asegurada
Anticipo en pago de siniestros del 50% en un plazo no mayor a 7 días naturales contados a partir de que sea establecida la procedencia del siniestro, se tenga un estimado de los daños y sea solicitado por escrito por el asegurado
Renuncia de inventarios al 10%
No subrogación de derechos
Errores u Omisiones
Prelación
Interés moratorio
No adhesión
Se cuenta con un programa de mantenimiento preventivo programado y se realiza de manera semestral. Se cuenta con bitácoras de mantenimiento que realiza el personal del Instituto.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL TRANSPORTE DE PERSONAS
Asegurados:
Pacientes y sus familiares e invitados, que sean trasladados a bordo de las ambulancias del Instituto Nacional de Pediatría, hasta una capacidad de 4 personas por unidad.
Riesgos Cubiertos:
Cubre el daño causado a los asegurados con motivo de su transporte en las ambulancias en cualquiera de las vías de comunicación en la República Mexicana, por su:
Muerte
Pérdidas Orgánicas
Incapacidad Permanente Total
Incapacidad Temporal
Gastos Funerarios
Gastos médicos
Pérdida o daño de equipaje
Suma Asegurada Máxima por Persona:
Como límite único y combinado 7,830 días de Unidad de Medida de Actualización.
Cuando el daño se cause a las personas, se determinará el grado de la reparación de acuerdo a la Ley de Vías Generales de Comunicación y a las siguientes cantidades:
Muerte: 7,830 UMA
Incapacidad: 2,920 UMA
Gastos Médicos: 2,920 UMA
Gastos Funerarios: 240 UMA
Equipaje: 50 UMA Unidades Aseguradas:
Ambulancia Chevrolet mod. 1997, xxxxx xx. 0xxxx00x0x0000000
Ambulancia Xxxx f-350 mod. 1997, serie no. 3fekf37nxvma09567
Ambulancia Xxxx f-350 mod. 1997, serie no. 3fekf37n4vma09564
Ambulancia Peugeot manager, modelo 2011, serie vf3yddmfxb1857829
Ambulancia Peugeot manager 3.0, modelo 2011, serie vf3yddmf3b1919541
Ambulancia Xxxxxxxx Xxxx, modelo 2006, serie XX0XX00000X000000 Los choferes no están incluidos en este seguro
Cláusulas Adicionales:
Queda convenido y entendido que desde el momento en que el Instituto haga la designación formal de una nueva unidad, los pasajeros quedarán automáticamente amparados bajo la presente póliza, teniendo 30 días para dar de alta la unidad, cobrando la prima adicional por cada movimiento de alta que se presente en función al número de pasajeros de cada unidad.
Xxxxxxx entendido que el contratante no queda obligado a especificar los datos de cada uno de los Asegurados que inicien un viaje.
Intereses moratorios
Errores u Omisiones
Prelación
No adhesión
AUTOMOVILES
Bienes Cubiertos:
Automóviles según relación anexa:
Cobertura Amplia, con las siguientes Sumas Aseguradas:
Daños Materiales: Valor comercial al momento del siniestro.
Robo total: Valor comercial al momento del siniestro.
Responsabilidad Civil: $1.000,000.00 por evento como L.U.C.
Responsabilidad Civil en exceso personas: $3.000,000.00 por evento (aplica en cada unidad asegurada)
Gastos Médicos a Ocupantes: $50,000.00 por ocupante
Servicio Jurídico: $1.000,000.00
*Adaptaciones y equipo especial: de acuerdo a relación
Asistencia Automovilística: Amparada
*para las unidades que cuenten con adaptaciones o equipo especial, el valor declarado se constituye como el límite máximo de responsabilidad de la Aseguradora por esos conceptos, donde se aplicara la correspondiente depreciación por uso al momento del siniestro, a menos que este valor solicitado este respaldado por un avalúo vigente expedido por un perito autorizado.
Deducibles:
Daños Materiales: 5% del Valor Comercial al momento del siniestro
Robo Total: 10% del Valor Comercial al momento del siniestro.
Rotura xx xxxxxxxxx: 20% sobre el monto de la pérdida
Adaptaciones y equipo especial: El deducible de la cobertura afectada Cláusulas Adicionales:
Las pérdidas totales de vehículos nuevos se indemnizaran a valor factura. El valor factura solo se otorgara a unidades con modelo 2015 autos o pick-up con uso particular, 12 meses a partir de la fecha de facturación.
Las pérdidas totales se pagaran a más tardar en 7 días naturales contados a partir del día en que el asegurado entregue a la aseguradora la documentación completa del caso
Cobertura Automática para vehículos nuevos o usados, con reporte hasta 30 días
Las reparaciones de vehículos último modelo y hasta tres años de antigüedad con la salvedad de casos especiales que se repararan en agencias autorizadas, cuando se trate de modelos anteriores se reparara en los talleres designados por la Aseguradora, se revisara con la propia Aseguradora la necesidad de que sean enviados a una agencia para su reparación modelos anteriores
Quedan amparados los daños ocasionados a consecuencia de Vandalismo
Cuando el costo de la reparación de la unidad asegurada exceda del 50% de su valor comercial, sólo a solicitud del asegurado deberá considerarse como pérdida total.
En Gastos Médicos a Ocupantes la cantidad que resulte de multiplicar la suma asegurada por ocupante por el número de ocupantes permitido para la unidad asegurada, operara como un límite único y combinado para uno o más ocupantes que resulten lesionados en un accidente.
En la cobertura de Gastos Médicos a Ocupantes quedan cubiertas las lesiones o muerte de los ocupantes en caso de Xxxx con Violencia de la unidad asegurada, entregando la denuncia ante el Ministerio Público.
No subrogación de derechos
Errores u Omisiones
Prelación
Interés moratorio
No adhesión
CAMIONES
Bienes Cubiertos:
Ambulancias y Camiones incluyendo su equipo especial, según relación anexa.
Cobertura Amplia, con las siguientes Sumas Aseguradas:
Daños Materiales: Valor Comercial al momento del siniestro.
robo total: Valor Comercial al momento del siniestro.
Responsabilidad Civil: $1.000.000.00 por evento como L.U.C.
Responsabilidad Civil en exceso personas: $3.000,000.00 por evento (aplica en cada unidad asegurada)
Gastos Médicos a ocupantes: $50,000.00 por ocupante
Servicio Jurídico: $1.000.000.00
*Adaptaciones y equipo especial: de acuerdo a relación
Asistencia Automovilística: Amparada
*para las unidades que cuenten con adaptaciones o equipo especial, el valor declarado se constituye como el límite máximo de responsabilidad de la Aseguradora por esos conceptos, donde se aplicara la correspondiente depreciación por uso al momento del siniestro, a menos que este valor solicitado este respaldado por un avalúo vigente expedido por un perito autorizado.
Deducibles:
Daños Materiales: 5% del valor comercial al momento del siniestro.
Robo Total: 10% del valor comercial al momento del siniestro.
Rotura xx xxxxxxxxx: 20% sobre el monto de la pérdida
Adaptaciones y equipo especial: El deducible de la cobertura afectada Cláusulas Adicionales:
Las pérdidas totales de vehículos nuevos se indemnizaran a valor factura
las pérdidas totales se pagaran a más tardar en 7 días naturales contados a partir del día en que el asegurado entregó a la aseguradora la documentación completa del caso
cobertura automática para vehículos nuevos o usados, con reporte hasta 30 días
Las reparaciones de vehículos últimos modelo y hasta tres años de antigüedad con la salvedad de casos especiales que se repararan en agencias autorizadas, cuando se trate de modelos anteriores se reparara en los talleres designados por la Aseguradora. Se revisará con la aseguradora la necesidad de que sean enviados a una agencia para su reparación modelos anteriores.
Cuando el costo de la reparación de la unidad asegurada exceda del 50% de su valor comercial, sólo a solicitud del asegurado deberá considerarse como pérdida total.
Quedan amparados los daños ocasionados a consecuencia de vandalismo
En Gastos Médicos a Ocupantes la cantidad que resulte de multiplicar la suma asegurada por ocupante por el número de ocupantes permitido para la unidad asegurada, operara como un límite único y combinado para uno o más ocupantes que resulten lesionados en un accidente.
En la cobertura de Gastos Médicos a Ocupantes quedan cubiertas las lesiones o muerte de los ocupantes en caso de Xxxx con Violencia de la unidad asegurada, entregando la denuncia ante el ministerio público.
No subrogación de derechos
Errores u Omisiones
Prelación
Interés moratorio
No adhesión
No se cuentan con unidades blindadas.
El servicio de todas las unidades es particular, con excepción de las ambulancias que trasladan pacientes del Instituto.
No se aseguran camiones de carga
Relación de equipo especial en ambulancias:
1. Camilla tipo marina
2. Equipo de cánulas orofaríngeas
3. Tanque de oxígeno portátil “D”
4. Tanque de oxígeno estacionario tamaño “M”
5. Manómetro con regulador
6. Manómetro para tanque fijo
7. Flujometro para tanque fijo
8. Xxxxx Xxxxxxx
9. Laringoscopio con hojas rectas y hojas curvas pediátricas
10. Ventilador automático de traslado Autovent
11. Capnografo
12. Bomba de infusión de dos canales
13. Monitor multiparametrico con presión no invasiva, SPO2 Y temperatura
14. Desfibrilador
15. Equipo de radio comunicación fijo y portátil
16. Sistema GPS
CONDICIONES APLICABLES A TODOS LOS SEGUROS
Altas y Bajas
La Aseguradora acepta cubrir bajo el presente endoso en la póliza de seguro, todas aquellas adquisiciones de bienes muebles e inmuebles hechas por el Instituto Nacional de Pediatría, en relación con la operación de su negocio, bajo las condiciones y precio pactados para cada riesgo, cubriendo el importe correspondiente a prorrata.
Así mismo acepta dar de baja aquellos bienes muebles e inmuebles que el Instituto Nacional de Pediatría ya no tenga la responsabilidad de asegurarlos y devolverá la prima no devengada a prorrata.
Reinstalación Automática del Límite Máximo de Responsabilidad
Queda entendido y convenido que cualquier parte de la suma asegurada que se reduzca por efecto de un siniestro en cualesquiera de los seguros antes descritos, será reinstalada automáticamente, comprometiéndose el mismo a pagar a la Aseguradora la prima correspondiente a la cantidad reinstalada, calculada a prorrata de la cuota anual que corresponda, desde la fecha de tal reinstalación hasta el vencimiento de la póliza
Exclusiones
Las pólizas de seguro, así como sus xxxxx y subramos contemplados, quedan sujetas a las exclusiones mencionadas en las condiciones generales, cláusulas y endosos, impresos, siempre que no limiten el alcance de la cobertura solicitada que el licitante ganador tenga autorizados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, prevaleciendo sobre éstas el alcance de la cobertura solicitada en estas bases.
El riesgo de Terrorismo queda excluido en todas las pólizas del programa de aseguramiento
Condiciones Generales
El licitante ganador deberá incluir en las pólizas de seguro las condiciones generales, cláusulas y endosos adicionales, autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Vigencia de todas las pólizas
De las las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx del 2018 al último minuto del día 31 xx xxxx de 2019.
Pago de Reclamaciones por Siniestros Mediante el Sistema de Pago en Especie
El licitante ganador acepta convenir con el Instituto, pagarle el importe total de las reclamaciones por siniestros ocurridos a los bienes de su propiedad mediante el pago en especie, reservándose el Instituto el derecho de seleccionar los bienes siniestrados que deberán considerarse para su pago en especie así como seleccionar aquellos bienes con que se repondrán estos. Para tal fin y de acuerdo al cuarto párrafo del numeral 43 de las Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 xx xxxx del 2000, se celebrarán convenios de pago en especie que serán proporcionados por el licitante ganador.
Reporte de siniestralidad
La Aseguradora deberá entregar en el Departamento de Servicios de Apoyo del INP un reporte de siniestralidad de cada uno de los seguros adjudicados, que será entregado en un plazo no mayor a cinco días hábiles, siguientes al cierre trimestral. Este reporte deberá contener al menos la siguiente información:
Número de siniestro
Fecha de ocurrencia
Fecha de reporte
Ubicación del siniestro
Causa del siniestro
Descripción del siniestro
Bienes afectados
Riesgo afectado
Póliza afectada
Estatus del siniestro
Montos del siniestro
- estimado
- pagado
- deducibles y coaseguros
- en su caso, motivo de posible rechazo Para la sección de Responsabilidad Civil
Nombre xxx xxxxxxx afectado
Xxxxx pretendido de indemnización
Monto indemnizado
Los reportes se entregarán en medios magnéticos y en papel. El Instituto podrá solicitar la ampliación de cualquier reporte cuando el caso lo amerite.
GLOSARIO DE TERMINOS TECNICOS
TODO RIESGO: Los bienes cubiertos quedan amparados contra pérdidas o daños materiales causados por cualquier riesgo súbito, accidental o imprevisto, que no se encuentre específicamente excluido en las condiciones generales de la póliza que tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto a la cobertura requerida.
PRIMER RIESGO: La compañía pagará el importe de los daños sufridos hasta el monto del Límite Máximo de Responsabilidad, sin exceder del valor de reposición que tengan los bienes al acaecer el siniestro. El Límite Máximo de Responsabilidad únicamente representa la base para limitar la responsabilidad máxima de la Compañía que no tiene que guardar ninguna relación porcentual respecto al valor real o de reposición de los bienes asegurados.
VALOR DE REPOSICIÓN: Cantidad que es necesario erogar para construir, adquirir, reparar, reponer o instalar el bien dañado por otro de la misma clase y capacidad sin considerar reducción alguna por depreciación física
UMAS: Es la unidad de cambio adoptada por las autoridades en reemplazo al salario mínimo que se utilizaba con anterioridad
.
ERRORES U OMISIONES: Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la descripción o ubicación de los bienes asegurados no perjudicará los intereses del asegurado, ya que la intención de esta cláusula es proteger durante la vigencia de la póliza. Por lo tanto, cualquier error u omisión accidental será corregido al ser descubierto y en caso de que dicho error u omisión lo amerite se efectuará el ajuste de prima correspondiente.
NO SUBROGACIÓN DE DERECHOS: La compañía aseguradora no hará uso de su derecho de subrogación que le confiere la cláusula de subrogación de derechos de las condiciones generales de la póliza en contra de cualquier negociación afiliada, subsidiaria o dependiente del asegurado, ni en contra de los empleados y obreros del asegurado.
ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al momento de ocurrir un siniestro que implique pérdida parcial, los bienes asegurados tienen un valor superior a la cantidad asegurada, la Compañía no podrá aplicar una proporción indemnizable y responderá hasta por el cien por ciento del daño y hasta el monto del límite de responsabilidad a primer riesgo fijado en la póliza.
GRAVÁMENES: La Compañía pagará de acuerdo al interés asegurable que demuestre el asegurado sin perjuicio de pagos que deban hacerse a terceros que acrediten tener algún interés asegurable.
PERMISO: Mediante esta cláusula sin límite de tiempo y sin previo aviso el asegurado podrá hacer en el lugar afectado, adiciones, alteraciones y reparaciones, trabajar a cualquier hora, suspender labores, dejar vacío o desocupado cualquier local, llevar a efecto cualquier trabajo o tener en existencia y hacer uso de todos aquellos artículos, materiales aprovisionamientos y aparatos que pueda necesitar para la normal prosecución de su negocio.
AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR: En caso de siniestro que amerite indemnización, el Asegurado podrá previo aviso por escrito a la Compañía, optar por la reposición de los bienes dañados o disponer de ellos para empezar inmediatamente su reparación o reconstrucción, ya sea en el mismo sitio en el que se encontraban o en otro bien para destinarlos a otro uso; quedando entendido que la responsabilidad de la Compañía está limitada al costo de la reparación, reconstrucción o reposición, con
materiales de la misma calidad, clase, tamaño y características que tenían al momento y en el lugar en que ocurrió el siniestro, sin exceder en ningún caso de la Suma Asegurada.
CINCUENTA METROS: Los bienes asegurados quedan igualmente amparados mientras se encuentren temporalmente sobre andenes, plataformas, carros de ferrocarril, camiones o cualquier otro lugar, dentro de los límites de los terrenos de las ubicaciones mencionadas en la Póliza o a una distancia de 50 metros de los mismos.
HONORARIOS A PROFESIONISTAS, LIBROS Y REGISTROS: El seguro se extiende a cubrir honorarios de arquitectos, ingenieros, agrimensores y contadores públicos, así como la pérdida o daño a libros de contabilidad, dibujos, ficheros y otros registros, sin exceder del costo de los libros, páginas o cualquier otro material en blanco, más el costo del trabajo necesario para transcribir o copiar dichos registros, costos legales y servicios relacionados con la reposición o reconstrucción de los bienes asegurados.
VENTA DE SALVAMENTOS: Si la compañía opta por hacerse cargo de cualquier mercancía que resulte como salvamento no podrá disponer de ella bajo el nombre y marca registrada del asegurado sin previa conformidad del mismo.
RENUNCIA DE INVENTARIOS: La compañía no requerirá del asegurado, ningún inventario o avalúo de los bienes asegurados, si la reclamación total no excede del 10% del límite o suma asegurada.
INTERÉS MORATORIO: En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con las obligaciones asumidas en el contrato de seguros en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro de hacerse exigibles legalmente deberá pagar al acreedor una indemnización por xxxx de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 276 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.
PRELACION: No obstante lo establecido en las condiciones generales de las pólizas, se establece que las condiciones especiales siempre prevalecerán sobre las generales.
NO ADHESIÓN: Los términos y condiciones aquí establecidos fueron acordados y fijados libremente entre el asegurado y la compañía aseguradora, por lo que éste no es un contrato de adhesión y por lo tanto no se ubica en el supuesto previsto en el Artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
ASALTO: El riesgo de asalto en donde quiera que se cubra se entenderá como la acción violenta, física o moral sobre las personas para privarlas de sus bienes.
COASEGURO: En donde aparezca como aplicable, se entenderá como la participación del Asegurado en toda pérdida indemnizable.
UMA: Unidad de Medida y Actualización
Invitación a Cuando Menos Tres Personas No IA-012NCZ002-E20-2018
Aseguramiento de Bienes Patrimoniales
Anexo: Relación del Parque Vehicular 2018
No. | No. Inventario | No. Eco. | Tipo de Vehículo | Marca | Modelo | No. Serie | Placas |
1 | 50491 | 01 | Ambulancia | Peugeot | 2011 | XX0XXXXXXX0000000 | 3-CZM |
2 | 50925 | 02 | Ambulancia | Peugeot | 2011 | XX0XXXXX0X0000000 | AM2258 |
3 | 47953 | 03 | Tsuru | Nissan | 2009 | 0X0XX00X00X000000 | 993-WNW |
4 | 47954 | 04 | Tsuru | Nissan | 2009 | 0X0XX00XX0X000000 | 764-WNW |
5 | 34829 | 05 | Yukon | GMC | 1996 | 0XXXX00X0XX000000 | 883-RDK |
6 | 37804 | 06 | Doble Cabina | Nissan | 2005 | 3N6DD13S85K-004609 | 596-XKW |
7 | 37805 | 07 | Doble Cabina | Nissan | 2005 | 3N6DD13S15K-006217 | 530-XKW |
8 | 48010 | 08 | Ram Vagon | Chysler | 1999 | 0X0XX00X0XX000000 | 747-RNZ |
9 | S/N | 10 | Ambulancia | Xxxxxxxx Xxxx | 2006 | XX0XX00000X000000 | MAF-8125 |
10 | 51252 | 12 | Tsuru | Nissan | 1998 | 0X0XX00X0XX000000 | 126-XTJ |
11 | 51246 | 17 | Platina | Nissan | 0000 | 0X0XX00X00X000000 | 557-YFY |
12 | 51254 | 18 | Sentra | Nissan | 2002 | 0X0XX00X00X000000 | 276-YFY |
13 | 54199 | 33 | Combi | Volkswagen | 1992 | 21N0000054 | 308-NSD |
14 | 30708 | 38 | Ambulancia | Chevrolet | 1997 | 0XXXX00X0X0000000 | 8326-BT |
15 | 33302 | 39 | Ambulancia | Xxxx | 1997 | 0XXXX00XXXXX00000 | 8321-BT |
16 | 33303 | 40 | Ambulancia | Xxxx | 1997 | 0XXXX00X0XXX00000 | 8324-BT |
17 | 33944 | 44 | Tsuru | Nissan | 2001 | 3N1EB31S91K38147 | 989-PRF |
Dirección de Administración Subdirección de Servicios Generales Departamento de Servicios de Apoyo
marzo de 2018 Página 67 de 68
Invitación a Cuando Menos Tres Personas No IA-012NCZ002-E20-2018
Aseguramiento de Bienes Patrimoniales
Anexo VII
Propuesta económica del “Servicio relativo al Aseguramiento de Bienes Patrimoniales.”
Forma para cotizar la oferta económica.
Tipo de Seguro | Prima Neta | Descuento Especial | Comisión cedida | Gastos Expedición | Subtotal | I.V.A. | Prima total 2018 | Prima total 2019 |
P.M.E. | ||||||||
P.E.E. | ||||||||
P.R.M. | ||||||||
P.C.A.P. | ||||||||
P.A. | ||||||||
P.C. | ||||||||
R.C.T.P | ||||||||
Importe total |
Los precios serán fijos por 60 días. En caso de adjudicación los precios serán fijos durante la vigencia del contrato.
Nombre y firma del Representante Legal Lugar y fecha
Nota: este documento deberá ser presentado en papel membretado del Licitante.
Dirección de Administración Subdirección de Servicios Generales Departamento de Servicios de Apoyo
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