JUNTA DE ANDALUCIA
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: DOCKS LOGISTIC SPAIN S.A.
Expediente: 11/04/0037/2022 Fecha: 22/02/2022
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN Destinatario: XXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Código 11104821042022.
VISTA la comunicación presentada en el registro telemático de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, por el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía en Cádiz,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que con fecha 16-02-2022 tiene entrada a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, solicitud de inscripción por el responsable del SERCLA en Cádiz del Acuerdo de Mediación, suscrito entre la representación de los trabajadores y de la empresa DOCKS LOGISTIC SPAIN S.A. el día 10-02-2022.
SEGUNDO.- Que la competencia de esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la inscripción del precitado acuerdo, viene determinada por el R.D. 4043/1982, de 29 de Diciembre, por el que se acuerda el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de trabajo a la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Real Decreto 713/2010, de 28 xx xxxx, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; y todo ello en relación con el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015, de 28 de julio; Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00/0000, xx 00 xx xxxxx, xx xx Xxxxxxxxxxxxxxx y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
TERCERO.-Que constando en el expediente administrativo la precitada acta de acuerdo, alcanzado en procedimiento ante la Comisión de Conciliación Mediación del SERCLA y que dicho acuerdo, logrado a través de la mediación, tiene la eficacia jurídica y tramitación de convenios colectivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 90 del vigente Estatuto de los Trabajadores y acuerdo interprofesional sobre el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía (SERCLA).
Por todo lo expuesto, RESUELVE
UNICO.- Proceder a la inscripción y publicación del acuerdo de mediación, suscrito en el SERCLA, entre la representación de los trabajadores y de la empresa DOCKS LOGISTIC SPAIN S.A. el día 10-02-2022.
Cádiz a 00 xx Xxxxxxx xx 0000. Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
ACTA DE FINALIZACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO GENERAL ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN DEL SERCLA.
En la sede virtual del SERCLA, a 10 de febrero de 2022 en el Expediente número C/11/2022/24, por X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, en calidad de delegado de personal frente a la empresa DOCKS LOGISTIC SPAIN, S.A. (CIF:X00000000) se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los siguientes miembros:
Presidencia: D. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Secretario: D. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Vocalía: X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Vocalía: X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Antecedentes:
Con fecha 20 de enero de 2022 tienen entrada en el Registro electrónico de la Junta de Andalucía (Nº Reg. Entrada: 202299900566631) escrito de inicio interponiendo el presente conflicto ante el SERCLA.
Con fecha 28/01/22 se cursaron citaciones a las partes para celebrar sesión de mediación on line, quedando constancia en el expediente la recepción de las mismas y compareciendo en el día xx xxx, por videoconferencia, las siguientes personas:
Por la parte promotora comparece X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, en calidad de delegado de personal asistido por X. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, letrado; a quien autoriza para que firme el presente Acta en su representación.
Por la Empresa DOCKS LOGISTIC SPAIN, S.A. (CIF:X00000000)
comparece X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, en virtud de poder otorgado ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Valencia, D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, de fecha 25/07/2008 y número de protocolo 1.465.
Ambas partes se reconocen capacidad y representación suficiente para el
presente acto.
Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación y ratificada ante la Comisión : Modificación de condiciones de trabajo y revisión salarial
El presente acto comienza a las 9:30 horas, finalizando a las 10:00 horas.
Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, las partes exponen a los miembros de la CCM sus respectivas posturas y, finalmente, tras varias intervenciones alcanzan el siguiente acuerdo:
Objetivo del Acuerdo.
El objetivo de este acuerdo es reflejar las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras del Puesto de Control Fronterizo (PCF) en un único documento que compile las condiciones reguladas en distintos acuerdos.
PRIMERO. - Convenio Colectivo de aplicación.
En virtud del Acuerdo suscrito por la RLT y la empresa en el año 2014 se reconoce expresamente que a la totalidad de la plantilla del servicio del P.C.F de Algeciras le resulta de aplicación el Convenio Colectivo de DOCKS LOGISTICS SPAIN, S.A y las cláusulas descritas en este acuerdo, por lo que dejará de aplicarse al PCF el Laudo Arbitral de 17 xx xxxxxx de 2001, a partir de la fecha del presente acuerdo. Concretamente dejará de aplicarse la actualización de las retribuciones del personal que perciban una remuneración global por debajo de la retribución establecida en el Convenio Colectivo deAPEMAR, aplicándose únicamente las condiciones económicas que se establezcan en el Convenio Colectivo de DOCKS LOGISTICS SPAIN S.A. y las cláusulas descritas en el presente acuerdo.
En este sentido, ambas partes convienen que en el próximo Convenio Colectivo de DOCKS LOGISTICS SPAIN, S.A, se procederá a modificar el mismo en los términos pactados anteriormente.
SEGUNDO. - Otras condiciones laborales específicas de aplicación a la
plantilla de Docks en el PCF de Algeciras
Que, sin perjuicio de lo acordado en el párrafo anterior, existen distintos acuerdos relativos al centro de trabajo del PCFAlgeciras que complementan dicho convenio, procediéndose a continuación a refundir y compilar los distintos acuerdos del centro vigente:
Categoría Profesional
El personal de movimiento del PCF de Algeciras se encuadrará dentro del grupo IV (Personal de servicios auxiliares con la especialidad de oficial de primera), del convenio colectivo de DOCKS LOGISTICS SPAIN, S.A.
Plus de Disponibilidad
La prestación del servicio del PCF de Algeciras conlleva una dificultad específica habitual de planificar la realización de horas a partir de las 23.00 horas. Por dicho motivo, las partes acuerdan que DOCKS LOGISTICS abonará a los trabajadores un plus de disponibilidad de 250 euros brutos mensuales que retribuye la obligatoriedad en la realización de horas extras por las personas trabajadoras a partir de las 23.00 por necesidades del servicio. La empresa aplicará el concepto de nocturnidad a la hora ordinaria que se efectúe de 22:00 a 23:00 horas.
Precio Horas Extras
Las partes acuerdan que el precio de la hora extra será de 17 euros brutos
/hora.
Servicio de control Casetilla
Las partes acuerdan que el servicio de control de casetilla que actualmente viene prestándose en régimen de subcontratación continúe prestándose en el mismo régimen que viene desarrollándose en la actualidad.
Horarios de Trabajo
Las partes se comprometen a acordar cada año el calendario laboral que mejor convenga a ambas partes.
Plus de turno
Siempre que el volumen de trabajo y las circunstancias lo permitan, Docks se compromete a favorecer la prestación de servicios en turnos de Mañana, Tarde y Turno partido. Únicamente al personal que preste servicios en dicho sistema de turnos, percibirá un plus de 170 euros mensuales por turnos y disponibilidad.
Plus no absorbible + Complemento bruto PCF
Se unificarán estos dos conceptos en un solo complemento, que se denominará PLUS PCF, y será equivalente a las cantidades que actualmente perciban las personas trabajadoras como plus no absorbible y/o Complemento Bruto PIF, pactados en su día para dar cumplimiento a el Laudo arbitral de 17 xx xxxxxx de 2001, a fin de que las personas trabajadoras fueran retribuidas conforme a los salarios fijados en el convenio colectivo xx Xxxxxx. Este plus no será absorbible
TERCERO. Vigencia
Siendo la finalidad del presente Acuerdo, incluir las condiciones en el reflejadas, en el próximo Convenio de Empresa, las mismas tendrán vigencia hasta que se incorporen al próximo Convenio Colectivo.
A la vista de los acuerdos alcanzados, se da por finalizado el procedimiento
CON AVENENCIA.
El Secretario de la Comisión de Mediación, lee el contenido del acuerdo manifestando las partes su conformidad.
X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx. X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx. CERTIFICACIÓN:
X. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxx, como Secretario de la Comisión de Conciliación -Mediación y funcionario del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, doy fe de todo lo practicado, emitiéndose el presente acta a 10 de febrero de 2022 y firmándose electrónicamente por todas las partes. Del presente acta se remitirán copias a las partes de forma electrónica.
10/02/2022. Fdo.: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx. Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx. Nº 18.029
ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXX XXX XXXXX
ANUNCIO
Por Resolución de Alcaldía de fecha 14.02.22, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir 4 plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local del Municipio de San Xxxx xxx Xxxxx, mediante sistema de oposición libre.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 4 PLAZAS VACANTES DE LA POLICÍA LOCAL DE SAN XXXX XXX XXXXX.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario xx xxxxxxx, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento
de selección de oposición, de CUATRO plazas vacantes en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local.
1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes y resultante de la Oferta de Empleo Público del año 2022.
2.- LEGISLACIÓN APLICABLE
Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 31 xx xxxxx de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios xx xxxxxxx de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Estar en posesión del título xx Xxxxxxxxx, Técnico o equivalente
f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente con la presentación de solicitudes, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen médico.
4.- SOLICITUDES
4.1.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía- Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
4.2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General delAyuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3.- A la solicitud deberá acompañarse fotocopia del DNI y del resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 14,33 euros, en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento (UNICAJA IBAN XX00 0000 0000 0000 0000 0000) o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta.
4.4.- Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo xx xxxx días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.
5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES
5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo xx xxxx días hábiles para su subsanación.
5.2.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.
6.- TRIBUNAL CALIFICADOR
6.1.- El Tribunal calificador estará constituido por un Presidente, cuatro
Vocales y un Secretario
Presidente: A designar por la persona titular de la Alcaldía. Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía.
Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto. 6.2.- No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación
o por cuenta de nadie.
6.3.- Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas. 6.4.- Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con
los mismos requisitos.
6.5.- El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.
6.6.- El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
6.7.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
6.8.- A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.
7.- INICIO DE CONVOCATORIA Y CELEBRACIÓN DE PRUEBAS
7.1.- La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme a la resolución que publica anualmente la Secretaria de Estado para la Administración Publica.
7.2.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
7.3.- El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.4.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.
7.5.- Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
8.- PROCESO SELECTIVO
El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:
1. PRIMERA FASE. OPOSICIÓN.
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección.
8.1.1. Primera prueba: conocimientos. Examen Teórico. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes
Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas tipo test con respuestas alternativas, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el temario de la convocatoria que se determina en el Anexo III a esta convocatoria. El número de preguntas y las respuestas alternativas del cuestionario, se determinarán por el Tribunal. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarlo. Para realización de la prueba se dispondrá de 90 minutos.
8.1.2 Segunda prueba. Aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.
8.1.3. Tercera prueba: psicotécnica. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.
A.- Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B.- Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.
8.1.4. Cuarta prueba: conocimientos. Examen Práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes
Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. La puntuación a otorgar por la realización de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar como mínimo 5 puntos para superarlo. Para realización de la prueba se dispondrá de 90 minutos.
La calificación final de la prueba de conocimientos, será la suma de ambas
pruebas (teórico y práctico) dividida por 2.
8.1.5. Quinta prueba: examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, ya citada, que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
Se calificará de apto o no apto
Todas las pruebas de la primera fase, tendrán carácter eliminatorio.
8.2. Segunda fase: curso de ingreso.
Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local.
Estarán exentos de realizar el curso de ingreso quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición.
9.- RELACIÓN DE APROBADOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
10.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
10.1.- Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo, presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3.1. de la presente convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
d) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Declaración del compromiso de conducir vehículos policiales.
f) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
No se presentarán los documentos que anteriormente se acreditaron con la presentación de la solicitud.
10.2.- Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
10.3.- Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
11.- PERIODO DE PRÁCTICA Y FORMACIÓN
11.1.- El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la Base 3 de la convocatoria, nombrará funcionarios en prácticas para la realización del curso de ingreso, a los aspirantes propuestos por el Tribunal, con los deberes y derechos inherentes a los mismos.
11.2.- Para obtener el nombramiento como funcionario xx xxxxxxx, será necesario superar con aprovechamiento el curso de ingreso para los Cuerpos de Policía Local en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuela Concertada o Escuela Municipal de Policía Local.
11.3.- La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
11.4.- La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
11.5.- Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
12.- PROPUESTA FINAL, NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN
12.1.- Finalizado el curso selectivo de ingreso, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o, en su caso, las Escuela Municipal de Policía Local o Escuela Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso de ingreso, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas de la oposición y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario xx xxxxxxx de las plazas convocadas
12.2.- Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, los funcionarios en prácticas serán nombrados funcionarios xx xxxxxxx, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 xx xxxxx, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.
12.3.- El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en la fase de oposición y curso de ingreso.
13.- RECURSOS
Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
ANEXO I
PRUEBAS DE APTITUD FÍSICA
Las pruebas de aptitud física tendrá la calificación de “apto” o “no apto”. Para obtener la calificación de “apto” será necesario no rebasar las marcas establecidas como máximas para las pruebas A.1, A.5 y A.6, y alcanzar o superar los mínimos de las pruebas A.2, A.3 y A.4.
Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente.
Se establecen diferentes marcas para cada sexo y grupos de edad: de 18 a 24 años, de 25 a 29 años y de 30 a 34 años. El opositor estará incluido en el grupo de edad correspondiente, teniendo en cuenta la edad de los aspirantes el día de la celebración de las pruebas, salvo que superase los 34 años, en cuyo caso estará incluido en el grupo de 30 a 34 años.
Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general y natación que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal.
En las pruebas de resistencia general y natación se dispone de una sola posibilidad de ejecución; en el resto se permitirá una segunda realización cuando en la primera no se haya obtenido la calificación de “apto”.
OBLIGATORIAS
A.1.- Prueba de velocidad: carrera de 50 metros lisos.
Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 a 34 | |
Hombres | 8 segundos | 8 segundos y 50 centésimas | 9 segundos |
Mujeres | 9 segundos | 9 segundos y 50 centésimas | 10 segundos |
A.2.- Prueba de potencia de tren superior: los hombres realizarán flexiones de brazos en suspensión pura, y las mujeres lanzamiento xx xxxxx medicinal de 3 kilogramos.
A.2.1.- Flexiones de brazos en suspensión pura. Se realizará en gimnasio o campo de deportes.
Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente, y con los brazos totalmente extendidos.
La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva flexión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimientos de las piernas.
Se contarán solamente las flexiones completas y realizadas correctamente. El número de flexiones mínimo exigible para cada grupo de edad es:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 a 34 | |
Hombres | 8 | 6 | 4 |
A.2.2.- Lanzamiento xx xxxxx medicinal.
Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída xxx xxxxx.
Se marcará una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla, con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.
El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga dentro del sector de lanzamiento previsto.
No se levantarán en su totalidad los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento.
Las marcas mínimas exigidas (en metros) para la superación de la prueba
son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 a 34 | |
Mujeres | 5,50 | 5,25 | 5,00 |
A.3.- Prueba de flexibilidad: test de flexibilidad profunda.
Se realizará en gimnasio o campo de deportes.
El aspirante se colocará de pie sobre el aparato apropiado, sin calzado y con los pies colocados en los lugares correspondientes.
Entre los bordes exteriores de los pies habrá una separación de 75 centímetros.
En el centro de una línea que una los bordes posteriores de los talones de los pies, se colocará el cero de una regla de 50 centímetros, y un cursor o testigo que se desplace sobre la regla perpendicularmente a la línea anterior y en sentido opuesto a la dirección de los pies.
Se flexionará el cuerpo llevando los brazos hacia atrás y entre las piernas,
hasta tocar y empujar el cursor o testigo de la regla, sin impulso.
Se tocará y empujará el testigo (sin apoyarse en él) con los dedos de ambas manos al mismo tiempo, manteniéndose la posición máxima alcanzada, hasta que se lea el resultado.
Para la ejecución el aspirante puede mover los brazos, flexionar el tronco y las rodillas, pero no puede separar del suelo ninguna parte de los pies antes de soltar el testigo.
Hay que mantener el equilibrio y abandonar el aparato por su frente y
caminando.
Las marcas mínimas exigidas (en centímetros) para la superación de la
prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 a 34 | |
Hombres y Mujeres | 26 | 23 | 20 |
A.4.- Prueba de potencia de tren inferior: salto vertical
Se realizará en gimnasio o campo de deportes, con suelo horizontal y junto a una pared vertical y xxxx, con la superficie adecuada para efectuar la medición de las marcas.
El aspirante se colocará de lado junto a una pared vertical, y con el brazo más cercano a la misma totalmente extendido hacia arriba. Desde esta posición inicial el aspirante marcará la altura que alcanza.
Separado 20 centímetros de la pared vertical, saltará tanto como pueda y marcará nuevamente con los dedos el nivel alcanzado.
Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.
Las marcas mínimas (en centímetros) exigidas para la superación de la
prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 a 34 | |
Hombres | 48 | 44 | 40 |
Mujeres | 35 | 33 | 31 |
A.5.- Prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos.
Se realizará en pista de atletismo o en cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará
en pie.
Será eliminado el corredor que abandone la pista durante la carrera. Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 a 34 | |
Hombres | 4 minutos | 4 minutos y 10 segundos | 4 minutos y 20 segundos |
Mujeres | 4minutosy30segundos | 4 minutos y 40 segundos | 4 minutos y 50 segundos |
ANEXO II
CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS
1. - Talla.
Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
2.- Obesidad - Delgadez.
Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las
funciones propias del cargo.
Índice de Masa Corporal (IMC) no inferior a 18’5 ni superior a 29’9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres. La medición del peso se realizará en ropa interior.
3.- Ojo y visión.
3.1.- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
3.2.- Desprendimiento de retina.
3.3.- Patología retiniana degenerativa. Retinosis pigmentaria. 3.4.- Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
3.5.- Glaucomoa y alterarciones de la tensión ocular, uni o bilaterales en todas las formas 3.6.- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
4. - Oído y audición.
4.1. Agudeza auditiva que suponga una perdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una perdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios. El examen auditivo será realizado según norma internacional (ANSI-ISO).
4.2. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte
de manera importante la agudeza auditiva.
5.- Aparato digestivo.
5.1.- Cirrosis hepática.
5.2. Hernias abdominales o inguinales no corregidas, aún las pequeñas y reducibles.
5.3. Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
5.4. Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad xx Xxxxx o colitis ulcerosa).
5.5. Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo. El mero diagnóstico de celiaquía o será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
6.- Aparato cardio-vascular.
6.1. Hipertensión arterial, de cualquier causa, no debiendo sobrepasar en reposo, en el momento del reconocimiento, en posición sentado al menos durante 3-5 minutos, los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica, tras descartar en lo posible el componente emocional o “Síndrome de bata blanca”. En los casos de que sobrepase cualquiera de las dos cifras se repetirán, al menos tres veces, la determinación en ayunas y tras reposo horizontal xx xxxx minutos después de cada comprobación.
6.2. Insuficiencia venosa periférica. No se admitirán varices de miembros inferiores que se acompañen de edemas maleolares, fóveas, úlceras u otros trastornos tróficos de la piel.
6.3. Cualquier otra patología o lesión cardio-vascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
7.- Aparato respiratorio.
7.1. Asma bronquial.
7.2. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
7.3. Neumotórax espontáneo recidivante (en más de una ocasión).
7.4. Tuberculosis pulmonar activa, incluso si se está en tratamiento. Se exigirá un año de inactividad después de concluida un terapéutica correcta. Se valorará la capacidad respiratoria así como la posibilidad de reactivación.
7.5. Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos,
dificulten el desarrollo de la función policial.
8.- Aparato locomotor.
Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares, , entre ellas hernia discal intervenida o no, pérdida o alteración, total o parcial, congénita o adquirida de cualquier parte del cuerpo que menoscabe la morfología general, como fracturas que dejen secuelas o lesiones podológicas con pérdida total o parcial del dedo y primer metatarsiano que dificulten la marcha o bipedestación, etc.
9.- Piel.
9.1. Cicatrices que produzcan limitación funcional.
9.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de psoriasis no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
10.- Sistema nervioso.
10.1. Epilepsia, en todas sus formas. Crisis de actividad comicial o de afinidad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otros) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
10.2. Migraña.
10.3. Movimientos involuntarios anormales uni o bilaterales, generalizados o no en todas su formas, como temblor, tic o espasmo de cualquier causa.
10.4. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros. El mero diagnóstico de disartria o disfemia o tartamudez manifiesta, no será considerada como causa de exclusión, en cambio no así las dificultades importantes de fonación.
11.- Trastornos psiquiátricos.
11.1. Depresión.
11.2. Trastornos de la personalidad.
11.3. Psicosis.
11.4. Trastornos mentales y del comportamiento debido al consumo de sustancias psicotrópicas o drogas, incluido el alcohol.
11.5. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el
desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros.
12. Aparato endocrino.
12.1. Procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de diabetes no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
13. Sistema inmunitarios y enfermedades infecciosas.
13.1. Enfermedades infecciosas y parasitarias que por su contagiosidad sean incompatibles con el desempeño de la función policial.
13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas no asintomática o no controladas con tratamiento médico que imposibiliten el desempeño del puesto de trabajo.
13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de VIH no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
14. Patologías diversas.
Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico, defecto físico o característica somática que, a juicio del personal facultativo médico, limite o incapacite a la persona aspirante en el momento del examen, o previsiblemente en el futuro, para el ejercicio normal desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros.
Para los diagnósticos establecidos en este Anexo se tendrán en cuenta los criterios de las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.
ANEXO III TEMARIO
1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.
5. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.
6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional.
7. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto deAutonomía deAndalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.
8. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
9. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.
10. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
11. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
12. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales.
13. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales.
14. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
15. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
16. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
17. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
18. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
19. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.
20. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
21. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
23. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
24. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
25. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
26. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
27. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
28. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de “Habeas Corpus”.
29. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
30. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
31. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
32. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
33. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
34. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
35. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.
36. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con
superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.
37. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres enAndalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
39. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.
40. Deontología policial. Normas que la establecen.
ANEXO IV
MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE 4 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL OEP 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE SAN XXXX XXX XXXXX
Que D/Xx , con DNI , domicilio a efectos de notificaciones , Tfno. , correo electrónico , que habiéndose publicado en los boletines oficiales de la provincia, Junta de Andalucía y del Estado convocatoria para proveer mediante oposición 4 plazas de Policía Local, SOLICITO participar en el mismo y en base a ello DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: 1º Que reúno los requisitos para participar en el procedimiento selectivo para proveer 4 plazas de Policía Local. 2º Que me comprometo a acreditarlo cuando me sea requerido. Aporto la siguiente documentación: Fotocopia del DNI y documento acreditativo de pago de las tasas. En a de de 2022. Fdo. .
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jerez de la Frontera, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En San Xxxx xxx Xxxxx a catorce de febrero de dos mil veintidós. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Firmado: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx.
Nº 13.372
AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE LA FRONTERA
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx de la Frontera, en sesión celebrada el día 0 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxx Xxxxxxx número 32 del Orden del Día, adoptó acuerdo relativo a la aprobación de la novación del convenio suscrito en fecha 19 de julio de 2019 entre el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y la entidad Servicios y Obras Jerezanos S.A. y D. Xxxx Real Xxxxx, al número 3 de protocolo, y el documento a suscribir, previo a su tramitación.
En fecha 3 de diciembre de 2021 se procedió a la suscripción del documento previo al convenio urbanístico a suscribir entre el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y la entidad mercantil Xxxxx Real State S.L. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la LOUA, vigente al tiempo de la suscripción del documento.
Al objeto de dar cumplimiento a las exigencias establecidas en el citado artículo, a continuación se explicitan las condiciones esenciales del borrador de convenio urbanístico de gestión, a suscribir, tras su tramitación administrativa:
INTERVINIENTES
El EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE LA FRONTERA en
consideración a su condición de Administración urbanística actuante.
La entidad mercantil Xxxxx Real State SLU, actual propietaria de los suelos objeto del convenio urbanístico suscrito en fecha 19 de julio de 2019, en su condición de promotora de la gestión urbanística del ámbito denominado por el Plan General de Ordenación Urbanística de Jerez de la Xxxxxxxx, Xxxx de Ordenanzas G-1 “Actividades Económicas” - Polígono Industrial Guadalquivir.
NATURALEZA JURÍDICA DEL CONVENIO
Convenio Urbanístico de Gestión. Su negociación, tramitación, celebración y cumplimiento se rige por los principios de transparencia y publicidad, de conformidad con la Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, vigente al tiempo de aprobación del documento.
ÁMBITO
Zona de Ordenanzas G-1 “Actividades Económicas” - Polígono Industrial
Guadalquivir del Plan General de Ordenación Urbanística de Jerez de la Frontera.
OBJETO
Convenio Urbanístico de Gestión, al objeto de establecer las condiciones para articular de forma conjunta y coordinada las medidas para el desarrollo de la actividad urbanística en los terrenos que conforman el denominado “Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx”.
XXXXX XX XXXXXXXX
Desde la fecha de suscripción del Convenio Urbanístico de Gestión hasta
el total cumplimiento de los fines establecidos en el mismo.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 de la Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, vigente por la Disposición transitoria Tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) se somete el referido expediente a información pública por el plazo de VEINTE DÍAS, contados a partir de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, durante el cual, podrá ser examinado por cuantas personas estén interesadas en ello y formular, dentro del mismo plazo, las alegaciones que estimen pertinentes.
Durante el período de información pública la documentación estará disponible, para su consulta, en la página web del Ayuntamiento xx Xxxxx (www.jerez. es), en el Portal de Transparencia y de forma presencial, en las oficinas de la Delegación de Urbanismo, sita en Xxxxx xxx Xxxxxx, x/x, xxxxxxxx Xxx Xxxxx, en horario de 9:00 a 13:00 horas. Para la consulta del expediente de forma presencial se deberá solicitar cita previa en los teléfonos 000000000 y 000000000.
Las alegaciones deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en la sede electrónica delAyuntamiento xx Xxxxx, bien en cualquier registro del mismo Ayuntamiento, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, 0del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03/2/22. El Delegado de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente (Por delegación efectuada en R.A. de 14.06.2021), Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx. Firmado. Nº 14.236
AYUNTAMIENTO XX XXXXX FUNDACION MUNICIPAL DE LA MUJER
SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO ÁMBITO MATERIAL MUJERES, EJERCICIO 2022.
BDNS (Identif.): 611991
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/XX/xx/ convocatoria/611991)
Extracto del Decreto de 21 de febrero de 2022 xxx Xxxxxxx-Presidente de la Fundación de la Mujer del Ayuntamiento xx Xxxxx por el que se aprueba la BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. ÁMBITO MATERIAL MUJERES, EJERCICIO 2022.
PRIMERO. Beneficiarios/as:Asociaciones de mujeres y entidades sin ánimo de lucro, con sede social en la ciudad xx Xxxxx, que contemplen entre los objetivos de sus actividades estatutarias el desarrollo de acciones a favor de la promoción de la igualdad de las mujeres.
SEGUNDO. Objeto. Es objeto de la presente Convocatoria la regulación de la concesión de subvenciones -dentro de los límites presupuestarios que se especifican- a las asociaciones de mujeres y entidades sin ánimo de lucro, con sede social en la ciudad xx Xxxxx, que contemplen entre los objetivos de sus actividades estatutarias el desarrollo de acciones a favor de la promoción de la igualdad de las mujeres, así como establecer el procedimiento a que deben someterse en su tramitación, concesión, aceptación y justificación.
TERCERO. Finalidad: La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones a las asociaciones de mujeres y entidades sin ánimo de lucro, con sede social en la ciudad xx Xxxxx, que contemplen entre los objetivos de sus actividades estatutarias el desarrollo de acciones a favor de la promoción de la igualdad de las mujeres, para contribuir a los gastos que posteriormente se detallan y que se realicen durante el ejercicio 2022.
La convocatoria se articula a través de dos líneas: LINEA 1. REALIZACIÓN DE PROYECTOS.
LÍNEA 2. GASTOS DE MANTENIMIENTO Y/O FUNCIONAMIENTO.
CUARTO. Bases Reguladoras: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. ÁMBITO MATERIAL
MUJERES, EJERCICIO 2022, aprobadas por Decreto de fecha 21/02/2022
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en sus bases reguladoras; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento xx Xxxxx para el ejercicio 2021; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxx y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables.
QUINTO: Cuantía: La dotación presupuestaria de la convocatoria asciende a CIEN MIL EUROS (100.000.-)
- Línea 1: 78.500,00
- Línea 2: 21.500,00
SEXTO: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXX.
Cádiz, 21 de febrero de 2022.- Decreto Alcalde-Presidente. Cádiz, 21 de febrero de 2022. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX, XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX.
Nº 18.151
AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE LA FRONTERA
E.L.A. GUADALCACIN
X. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, SECRETARIO INTERVENTOR DE LA ELA DE GUADALCACIN (CADIZ)
CERTIFICO:
Que por JUNTA VECINAL, en sesión ordinaria celebrada el DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MILVEINTIDOS, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: PUNTO TERCERO- Propuesta de Presidencia de modificación de la propuesta resolutiva sobre las dedicaciones y retribuciones de los miembros de la Corporación municipal.
La Junta Vecinal, por UNANIMIDAD, acordó aprobar la propuesta con el siguiente tenor literal:
“…El pasado 31 de julio de 2019 se aprobó por Junta Vecinal de esta ELA de Guadalcacín propuesta relativa a las dedicaciones y retribuciones de los miembros de la Corporación Municipal.
Visto el artículo 75 de la Ley 7/1985 de 2 xx Xxxxx reguladora de Bases de Régimen Local, y los artículos 13 y ss. del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales señalan que “Los miembros de la Corporaciones Locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación parcial o exclusiva, en cuyo caso, serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que correspondan”.
En el supuesto de dedicación exclusiva, su percepción será incompatible con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo
de otras actividades, todo ello, en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En el supuesto de la dedicación parcial, deberán ejercer sus funciones en el porcentaje que tuvieran asignado y las retribuciones serán proporcional a la dedicación que realicen.
Habiéndose aprobado por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 para el personal al servicio del sector público, incremento salarial del 2%
Visto lo dispuesto en la Disposición adicional vigésimo sexta de la Ley 22/2021, de 28 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, sobre Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales, en cuanto al límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales, por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que en su caso tengan derecho aquellos funcionarios xx xxxxxxx que se encuentren en situación de servicios especiales, atendiendo a su población, siendo dicho límite de 50.258,57.-◻ Los miembros de las Corporaciones Locales consignarán en sus presupuestos
las retribuciones o indemnizaciones a las que se ha hecho referencia, dentro de los límites que con carácter general se establezcan.
En consecuencia, SE PROPONEALAJUNTAVECINAL LAADOPCIÓN DEL SIGUIENTE ACUERDO:
PRIMERO. - Modificar las siguientes dedicaciones, que se ejercerán en
régimen de Dedicación exclusiva y parcial:
APELLIDOS Y NOMBRE | DEDICACIÓN | APLIC. PRESUP. | (1) |
CARGO: PRESIDENTA | |||
XXXXXXX XXXXXXXX, Xx XXXXXX | EXCLUSIVA | 912/ 100.00 | 42.649,98.-◻ |
CARGO: VOCAL FERIA Y FIESTAS, JUVENTUD Y DEPORTES | |||
XXXX XXXXXX, XXXXXXXX | EXCLUSIVA | 912/ 100.00 | 26.906,16.- ◻ |
CARGO: VOCAL CULTURA, EDUCACION E IGUALDAD | |||
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | PA R C I A L 5 0 % (20 horas semanales) | 912/ 100.00 | 10.800,62.-◻ |
(1) RETRIBUCION ANUAL BRUTA (Sin coste de S.S.)
SEGUNDO. - Dar de alta o modificar las atribuciones en el Régimen General de la Seguridad Social a los miembros de la Corporación afectados por el presente acuerdo, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
TERCERO. - El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, Sede Electrónica y en el Tablón de Edictos de la Corporación...”
Y para que así conste, expido la presente, haciendo la advertencia de que el acta aún no ha sido aprobada, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación de la misma (art. 206 del R.O.F.R.J.C.L.) y con el Vº Bº de la Sra. Presidenta, a fecha de la firma electrónica.
24/02/2022. Vº Bº LAPRESIDENTA. Fdo.: Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
EL SECRETARIO INTERVENTOR. Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
Nº 18.223
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, EN EL TABLÓN DE EDICTOS Y EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO
Por Resolución de Alcaldía de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxxx someter a información pública el Estudio de Viabilidad relativo a la ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA CONCESIÓN DE SERVICIOS DE CAMPUS DE TECNIFICACIÓN DE FUTBOL ANUAL PARA NIÑOS DE CATEGORIA PRE-XXXXXXXX X
INFANTIL, redactado por el técnico del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
La exposición al público será por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 247.3 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales (Departamento de Contratación) para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Plataforma de Contratos del Estado. xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
22/2/22. El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Firmado. Nº 18.239
AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
ANUNCIO
Por el que se hace público que transcurridos 15 días desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx número 12 de fecha 19 de enero de 2022 del Anuncio relativo a la aprobación inicial de la Plantilla de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, aprobada por Acuerdo del Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de enero de 2022, al punto 3 del Orden del Día, y no habiéndose presentado alegaciones en tiempo y forma dentro del plazo establecido para ello, se considera definitivamente aprobada la misma, quedando redactada de la siguiente manera:
“PLANTILLA DE PERSONAL
A) FUNCIONARIOS XX XXXXXXX.
DENOMINAC.PLAZAS | Nº | Grupo/ Subgru | ESCALA | SUBESCALA | CLASE | CATEGORÍA |
XXXXXXXXXX/X | 0 | X0 | X.Xxxxxxx | XXXXXXXXXX | SUPERIOR | |
INTERVENTOR/A | 1 | A1 | H.Estatal | INTER-TESOR. | SUPERIOR | |
TESORERO/A | 1 | A1 | H.Estatal | INTER-TESOR. | SUPERIOR | |
VICESECRETARIO/A | 1 | A1 | H.Estatal | SECRETARIA | SUPERIOR | |
VICEINTERVENTOR/A | 1 | A1 | H.Estatal | INTER-TESOR | DE ENTRADA | |
TEC.ADMON.GRAL. | 15 | A1 | Ad.Gener | TECNICA | TEC.SUPER. | |
TCO./A DE GESTION | 6 | A2 | Ad.Gener | DE GESTIÓN | XXX.XXX.XX. | |
ADMINISTRATIVO/A | 104 | C1 | Ad.Gener | ADMTVA | ADMTVO. | |
AUXILIAR ADMTVO/A | 137 | C2 | Ad.Gener | AUXILIAR | AUXILIAR | |
XXXXX/X XX XX XXXXXXXXXXX | 0 | X0 | Xx.Xxxxx | TECNICA | TEC.SUPER. | |
XXXXX/A CAMINOS | 2 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
ARQUITECTO/A | 5 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
PSICOLOGO/A | 5 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
GEOGRAFO/A | 1 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XXXXX. | |
XXXXXXXXXX | 0 | X0 | Xx.Xxxxx | TECNICA | TEC.SUPER. | |
VETERINARIO/A | 1 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
INSP. DE SANIDAD | 1 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
TCO/A JURIDICO/A | 3 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
GRADO EN INFORMATICA | 3 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
XXXXX/A TCO/A O.P. | 1 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
ARQTO/A TCO/A | 3 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
XXXXX/A TCO/A INDU | 1 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
TCO/X.XXX.XXXXXX XXXXX.XXX | 1 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
X.XXXXXX / T. SOCIAL | 18 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
EDUCADOR/A SOCIAL | 3 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
GRDO/A SOCIAL | 1 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
ANALISTA | 1 | A1 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | TEC.SUPER. |
T.G.TRIB.Y CONTAB. | 1 | A1 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | TEC.SUPER. |
TEC.MUJER Y CIUD. | 1 | A1 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | TEC.SUPER. |
DENOMINAC.PLAZAS | Nº | Grupo/ Subgru | ESCALA | SUBESCALA | CLASE | CATEGORÍA |
ECONOMISTA | 1 | A1 | Ad.Espec | SERV.E. | TEC.SUPER. | |
ORIENTADOR/A LABORAL | 2 | A1 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | TEC.SUPER. |
ANIMADOR/A CULTURAL | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
XXX.XXX.XXXX.XXXXX | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
ARCHIVERO/A BIBLIOTECARIO/A | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
INSPECTOR/X XXXXXX | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
TÉCNICO/A DE CONSUMO | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
TECNICO/A GESTOR/A JUVENTUD | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
EDUCADOR/A | 2 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
ADMINISTRADOR/A DE SIST Y COMUN | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
ADMINISTRADOR/A DE SISTEMAS | 1 | A2 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | XXX.XX.XXX |
COORDINADOR/A DEPORTES | 2 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
OPERADOR/A PROGRAMADOR/A | 5 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
TECNICO/A DE INFORMATICA | 1 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
DELINEANTE | 10 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
INSPECTOR/A URBANISTICO/A | 3 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
INSPECTOR/A TECNICO/A OBRAS | 1 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
TEC.AUXILIAR TURISMO | 3 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
INSPECTOR/A FISCAL | 2 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | COM. ESP | ADMTVO. |
COORDINADOR/A EN PREVENCION | 1 | C1 | Ad.Espec | SERV.E. | COM. ESP | ADMTVO. |
OFI. INTOR DE OBRAS | 1 | C2 | Ad.Espec | SERV.E | COM.ESP. | AUXILIAR |
MONI. ACADEMIA MUSICA | 1 | C2 | Ad.Espec | SERV.E | COM.ESP. | AUXILIAR |
AUXILIAR DE TMO. | 4 | C2 | Ad.Espec | SERV.E | COM.ESP. | AUXILIAR |
AUXILIAR BIBLIOTECA | 3 | C2 | Ad.Espec | SERV.E | COM.ESP. | AUXILIAR |
AUXILIAR DE INFOR. | 3 | C2 | Ad.Espec | SERV.E | COM.ESP. | AUXILIAR |
XXXXXXXXXX XXXXX | 0 | X0 | Xx.Xxxxx | SERV.E | POLICÍA | INT.MAYOR |
INTENDENTE | 1 | A1 | Ad.Espec | SERV.E | POLICÍA | INTENDENTE |
INSPECTOR/A | 2 | A2 | Ad.Espec | SERV.E | POLICÍA | INSPECTOR |
SUBINSPECTOR/A | 4 | A2 | Ad.Espec | SERV.E | POLICÍA | SUBINSPEC. |
OFICIAL | 16 | C1 | Ad.Espec | SERV.E. | POLICÍA | OFICIAL |
POLICIA | 149 | C1 | Ad.Espec | SERV.E | POLICÍA | POLICIA |
PERSONAL EVENTUAL
En cumplimiento del art. 104-bis Ley 7/85 BRL, el personal eventual que se relaciona se considerará asignado a los servicios generales en base a la función de asesoramiento especial a la Alcaldía-Presidencia para la que han sido nombrados y que se describe en las características de la plaza.
DENOMINACIÓN | Nº Grupo/ Subgrupo | CARACTERISTICAS |
ASESOR/A DE ALCALDÍA/ TECNICO/A GABINETE ALCALDIA | 1-A1 | Trabajos de confianza o asesoramiento especial de la Alcaldía. Cesará cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su función de confianza y asesoramiento. |
ASESOR/A ALCALDIA/ PROTOCOLO | 1-A1 | Trabajos de confianza o asesoramiento especial de la Alcaldía. Cesará cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su función de confianza y asesoramiento. |
ASESOR/A DE ALCALDIA | 2-A1 | Trabajos de confianza o asesoramiento especial de la Alcaldía. Cesará cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su función de confianza y asesoramiento. |
ASESOR/A DE ALCALDIA | 2-C2 | Trabajos de confianza o asesoramiento especial de la Alcaldía. Cesará cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su función de confianza y asesoramiento. |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A | 5-C2 | Trabajos de confianza o asesoramiento especial de la Alcaldía. Cesará cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su función de confianza y asesoramiento. |
DENOMINACION PLAZA | Nº | TITULACION EXIGIDA |
TECNICO/A UNEM | 1 | Dip. Universitario o equivalente |
ANIMADOR/A SOCIOCULTURAL | 1 | Dip. Universitario o equivalente |
ARQUITECTO/A TÉCNICO/A | 3 | Arquitecto Técnico |
INGENIERO/A TCO/A OBRAS PÚBLICAS | 1 | Ingeniero Tco. Ob.Públicas |
INGENIERO/A TCO/A INDUSTRIAL | 1 | Ingeniero Tco.Industrial |
ADMINISTRATIVO/A-ARCHIVERO/A | 1 | Bachiller Superior o equivale. |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | Bachiller Superior o equivale. |
ENCARGADO/X XX XXXXXXX | 1 | Bachiller Superior o equivale. |
TECNICO /A DE MEDIO AMBIENTE | 1 | FP.2 o equivalente |
TECNICO/ADE RECURSOS PAISAJISTICOS | 1 | Tco. Superior de Formación Profesional en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos. |
TECNICO/A DE IMAGEN Y SONIDO | 1 | Tco. Superior en Sonido para Audiovisuales y Espectáculos. |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A | 19 | Graduado en ESO o equivalente |
PORTERO/A CUIDADOR/A | 43 | Graduado Escolar o equivalente |
NOTIFICADOR/A | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
LIMPIADOR/A | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
En la Plantilla de Funcionarios para el año 2022 con respecto a la del año 2021, se CREAN las plazas que a continuación se detalla, quedando integradas en la Plantilla de Personal Funcionario de este Excmo. Ayuntamiento:
DENOMINAC. | Nº | Grupo/ Subg | ESCALA | SUBESCALA | CLASE | CATEG |
XXXXX/A DE LA EDIFICACIÓN | 1 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
PSICOLOGO/A | 2 | A1 | Ad.Espec | TECNICA | TEC.SUPER. | |
TRABAJADOR/A SOCIAL | 3 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX | |
EDUCADOR/A | 1 | A2 | Ad.Espec | TECNICA | XXX.XX.XXX |
B) PLANTILLA PERSONAL LABORAL.
DENOMINACION PLAZA | Nº | TITULACION EXIGIDA |
JEFE/A AREA DE ADMINISTRACION | 1 | Licenciado en Ecas.o Empresar. |
ARQUITECTO/A | 2 | Arquitecto |
INGENIERO/A CAMINOS,CAN.PUERT | 1 | Ingeniero de Caminos,Can y P. |
TÉCNICO/A JURÍDICO/A | 2 | Licenciado en Derecho |
TÉCNICO/A EN MERCADO | 1 | Licenciado en Derecho |
PROFESORA DE REINSERCIÓN SOCIAL | 1 | Dip. Universitario o equivalente |
DENOMINACION PLAZA | Nº | TITULACION EXIGIDA |
TELEFONISTA | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
ENCARGADO/A GENERAL OBRAS | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
ENCARGADO/A DE MEDIO AMBIENTE | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1ª DE OBRAS | 13 | Graduado Escolar o equivalente |
PEON/A DE OBRAS | 33 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1ª ELECTRICISTA | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1ª CARPINTERO/A | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1º MAQUINISTA | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 2ª CARPINTERO/A | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 2ª ELECTRICISTA | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 2ª MECÁNICO | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
CONDUCTOR/A DE PRIMERA | 10 | Graduado Escolar o equivalente |
AYUDANTE ENC. DE OBRAS | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
AYUDANTE ENC. MED. AMB. | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1ª JARDINES | 4 | Graduado Escolar o equivalente |
MECANICO/A | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
MAQUINISTA OFICIAL 2ª CONDUC | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1ª FONTANERO/A | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
ALMACENERO/A | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
MOZO/A MERCADO | 3 | Graduado Escolar o equivalente |
MAESTRO/A DE OBRAS | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
OFICIAL 1ª MANTENIMIENTO | 4 | Graduado Escolar o equivalente |
MONITOR/A TIEMPO LIBRE | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
PEON/A MANTENIMIENTO | 8 | Graduado Escolar o equivalente |
COORDINADOR/A DEPORTES | 1 | Graduado Escolar o equivalente |
PEON/A DE MEDIO AMBIENTE | 10 | Graduado Escolar o equivalente |
Las retribuciones del Jefe de Área de Administración al quedar integrada en la plantilla de personal laboral de este Excmo. Ayuntamiento, tendrá las retribuciones de un Licenciado según el Cuadro retributivo que figura en el Anexo del Convenio Colectivo del personal laboral.
En la Plantilla de Laborales para el año 2022 con respecto a la del año 2021 se CREAN las plazas que a continuación se detallan, quedando integradas en la Plantilla de Personal Laboral de este Excmo. Ayuntamiento:
DENOMINACION PLAZA | Nº | TITULACION EXIGIDA |
TECNICO/ADE IMAGENYSONIDO | 1 | Tco.SuperiorenSonidoparaAudiovisuales y Espectáculos. |
OFICIAL 1º MAQUINISTA | 2 | Graduado Escolar o equivalente |
PROGRAMAS SUBVENCIONADOS
Comprenderán al personal que se contrate para la ejecución de los Programas y Proyectos que para el año 2022 fueran implantados.
CLAUSULA ADICIONAL:
En aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, y de lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora del Uso y fomento del Lenguaje Inclusivo, aprobada por el pleno municipal, toda referencia contenida en el presente documento cuyo género sea masculino se entenderá referida a ambos géneros, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse a mujeres y hombres.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Chiclana de la Frontera a 21/02/22. EL ALCALDE- PRESIDENTE Fdo.:
X. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
Nº 18.348
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA FRONTERA
ANUNCIO
Por el que se hace público que la Relación Puestos de Trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx para el año 2022 fue aprobada por Acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera, en sesión extraordinaria celebrada en primera convocatoria el día 12 de enero de 2022, al punto 4 del Orden del Día, quedando redactada de la siguiente manera:
“RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO
PERSONAL FUNCIONARIO
AREA 1 “POLITICA ECONOMICA Y FISCAL” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
INTERVENTOR/A | 1 | A1 | 30 | X | X | X | 2118,43 |
VICEINTERVENTOR/A | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 2033,22 |
JEFE/A PLAN.ECA Y C.EXT. | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
ECONOMISTA | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
JEF.SECC.CONTABILIDAD | 1 | A2/C1 | 22 | X | X | X | 1344,90 |
JEFE NEGOC.CONTABIL. | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
ADMINISTRATIVO/A | 10 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
JEFE/A GRUPO CONTABI. | 1 | C2 | 18 | X | X | X | 767,17 |
AUX. ADMINISTRATIVO/A | 8 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL”: SECRETARÍA GENERAL | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
SECRETARIO/A | 1 | A1 | 30 | X | X | X | 2170,79 |
VICESECRETARIO/A | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 2033,21 |
J.SEC. DE SERV. GRALES | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,01 |
JEFE/A NEGDO. ACTAS Y ACU. | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
ADMINISTRATIVO/A | 3 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMINISTRA. | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL”: CONTRATACIÓN | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
J. SER.CONTRAT.Y PATRIM | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
**JEF.SERV.GEST Y COMPRAS | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
J.SEC.CONTRAT. Y PATRIM. | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,01 |
T.A.G. | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
JEFE/A NEG.CONT.Y PATRI. | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMINISTRA. | 6 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL”: RECURSOS HUMANOS | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
DIRECTOR/A DE RR.HH. | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,22 |
ORIENTADOR/A LABORAL | 2 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
GRADUADO/A SOCIAL | 1 | A2 | 25 | X | X | X | 1330,61 |
JEFE/A SECCIÓN PERSONAL | 1 | A2/C1 | 22 | X | X | X | 1344,90 |
JEFE/A NEG.PERSONAL | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
JEFE/A NEG. NÓMINA Y REC. | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMINISTRA. | 9 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL”: RÉGIMEN INTERIOR | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
COORDINADOR/A DE ALCAL. | 1 | A1 | 28 | X | X | X | 1961,15 |
LETRADO/A | 1 | A1 | 28 | X | X | X | 1794,27 |
TECNICO/A JURIDICO/A | 2 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
T.A.G. | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
PERIODISTA | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
TECNICO/A DE GESTION | 2 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 |
TCO SUP. EN PREVENCION | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 |
JEFE/A NEG.REG.INFORMAC | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
COORDOR/A DE PREVEN. | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 876,69 |
COORDOR/A DE PREVEN. | 1 | C1 | 22 | X | X | X | 876,69 |
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
JEFE/A GRUPO REG.INF. | 1 | C2 | 18 | X | X | X | 767,19 |
AUXILIAR ADMINISTRA. | 4 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL”: GESTIÓN PADRÓN MPAL. DE HABITANTES | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
JEFE/A XXX.XXX.XXX.XXX.XX. | 1 | A2/C1 | 22 | X | X | X | 1344,90 |
JEF NEG.DIS.ES.QUI.PAD | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMINISTRA. | 5 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 3 “SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
**JEFE/A CUERPO P. LOCAL | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
INTENDENTE MAYOR | 1 | A1 | 28 | X | X | X | 1794,27 |
INTENDENTE | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1640,65 |
INSPECTOR/A | 2 | A2 | 23 | X | X | X | 1328,54 |
SUBINSPECTOR/A | 3 | A2 | 22 | X | X | X | 1112,29 |
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
OFICIAL | 9 | C1 | 21 | X | X | X | 1446,50* |
POLICÍA | 106 | C1 | 20 | X | X | X | 1311,43* |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
7.2.- COORDINADOR ADMINISTRATIVO POLICÍA MEDIO AMBIENTE…... | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
SUBINSPECTOR/A | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1112,29 |
AREA 4 “ORDENACIÓN DEL TRÁFICO Y ESTACIONAMIENTO Y MOVILIDAD” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
SUBINSPECTOR/A | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1112,29 |
OFICIAL | 2 | C1 | 21 | X | X | X | 1446,50* |
POLICÍA | 15 | C1 | 20 | X | X | X | 1311,43* |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
1.- SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL EDIFICIO DE LA JEFATURA DE LA POLICIA LOCAL, EN RÉGIMEN DE TRABAJO A TURNOS DE MAÑANA, TARDE Y NOCHE: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
POLICÍA | 6 | C1 | 20 | X | X | X | 1311,43* |
Deberá ser la Jefatura del Cuerpo, oído el interesado, oídos los representantes sindicales, ponderando las circunstancias del interesado (singularmente no debe tener el mismo tratamiento un funcionario que pasando a la situación de segunda actividad por edad, tenga 55 años, a uno de 63 años, o una funcionaria embarazada), quién proponga a la Delegación de Seguridad Ciudadana, el turno de trabajo que debe ocupar dicho funcionario. | |||||||
2.- REGIMEN INTERIOR: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
OFICIAL | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1275,82** |
OFICIAL | C1 | 21 | X | X | X | 1162,03 | |
POLICÍA | 3 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
2.1.- AULA DE FORMACIÓN | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
INTENDENTE | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1640,65 |
3.- NOTIFICACIONES E INFORMES: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
POLICÍA | 3 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
4.- OPERADORES XX XXXX DE TRANSMISIONES EN RÉGIMEN DE TRABAJO A TURNOS DE MAÑANA, TARDE Y NOCHE: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
POLICÍA | 6 | C1 | 20 | X | X | X | 1311,43* |
Deberá ser la Jefatura del Cuerpo, oído el interesado, oídos los representantes sindicales, ponderando las circunstancias del interesado (singularmente no debe tener el mismo tratamiento un funcionario que pasando a la situación de segunda actividad por edad, tenga 55 años, a uno de 63 años, o una funcionaria embarazada), quién proponga a la Delegación de Seguridad Ciudadana, el turno de trabajo que debe ocupar dicho funcionario. | |||||||
5.- CONTROL Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS Y VESTUARIO: PUESTO TRABAJO | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
OFICIAL | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1275,82** |
OFICIAL | C1 | 21 | X | X | X | 1162,03 | |
POLICÍA | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
6.- VIOLENCIA DE GÉNERO: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
OFICIAL | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1275,82** |
OFICIAL | C1 | 21 | X | X | X | 1162,03 | |
POLICÍA | 3 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
7.- ADMINISTRACIÓN: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
INSPECTOR | 1 | A2 | 23 | X | X | X | 1328,54 |
POLICÍA | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
7.1.- COORDINADOR GENERAL DE SEGUNDA ACTIVIDAD: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
INTENDENTE MAYOR | 1 | A1 | 28 | X | X | X | 1794,27 |
PUESTOS EN SEGUNDA ACTIVIDAD:
PUESTOS EN SEGUNDA ACTIVIDAD:
1.- CONTROL DE VEHÍCULOS ABANDONADOS: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
OFICIAL | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1275,82** |
OFICIAL | C1 | 21 | X | X | X | 1162,03 | |
POLICÍA | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
2.- TRAFICO Y SEÑALIZACIÓN: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
POLICÍA | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
2.1- COORDINADOR DE TRAFICO Y SEÑALIZACIÓN: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
SUBINSPECTOR/A | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1112,29 |
3.- EDUCACIÓN VIAL: | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
OFICIAL | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1275,82** |
OFICIAL | C1 | 21 | X | X | X | 1162,03 | |
POLICÍA | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 1140,75** |
POLICÍA | C1 | 20 | X | X | X | 1026,97 | |
3.1- COORDINADOR EN EDUCACION VIAL | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
SUBINSPECTOR/A | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1112,29 |
AREA 5 “PROTECCIÓN CIVIL” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
TCO/A PROT. CIVIL | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1162,03 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 6 “ADMINISTRACION GENERAL DE EDUCACIÓN” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
JEFE/A SEC. EDUCACIÓN | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1344,90 |
TECNICO/A DE EDUCACION | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,74 |
X.XXXXXX / XXXX.XXXXXX | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,74 |
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 3 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 7 “OBRAS Y SERVICIOS” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | X. | ||||
X.XXXX.PROYECTOS Y OBRAS | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
ARQTO/A DE PROYECTOS | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
INGENIERO/A DE CAMINOS | 2 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
XXX. XX XX XXXXXXXXXXX | 0 | X0 | 00 | X | X | X | 0000,00 |
JEFE/A XXXX. XX XXXXX | 0 | X0/X0 | 00 | X | X | X | 0000,00 |
JEFE/A XXXX. XX XXXXXXXXX | 0 | X0/X0 | 00 | X | X | X | 0000,00 |
ARQUITECTO/A TECNICO/A | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1124,41 |
ING.TEC. OBRAS PUB. | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1124,41 |
JEFE/A NEGOC. SERVICIOS | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/A NEGOC. OBRAS | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | AREA 14 “PROTECCIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS” | ||||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||
INSPECTOR/A DE OBRAS | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 | C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||
DELINEANTE | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 | JEFE/A SEC.CONSUMO | 1 | A2 | 25 | X | X | X | 1334,97 | |
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | TECNICO/A DE CONSUMO | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 | |
OFICIAL INSP. OBRAS | 1 | C2 | 18 | X | X | X | 881,65 | ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |
AUXILIAR ADMTVO. | 3 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | AUXILIAR ADMTVO/A. | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |
AREA 8 “ADMINISTRACION XXXXXXX XX XXXXXXXX” | XXXX 00 “IGUALDAD DE GENERO” | |||||||||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||||
**JEFE/A XXXX.XX MUJER | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,00 | |||||||||
DIRECTOR/A DE Sº DEPOR. | 1 | A1/A2 | 26 | X | X | X | 1953,92 | |||||||||
PSICOLOGO/A | 2 | A1 | 23 | X | X | X | 1247,14 | |||||||||
TEC.GEST.INSTAL.DEPOR | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1325,63 | |||||||||
TECNICO/A MUJER Y CIUD. | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 | |||||||||
ARQUITECTO/A TCO/A | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1124,42 | |||||||||
TECNICO/A JURIDICO/A | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 | |||||||||
JEFE/A NEGDO. DEPORTES | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 | |||||||||
JEFE/A NEGDO. DE MUJER | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |||||||||
COOR./A DEPORTES | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1137,77* | |||||||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 5 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
COOR./A DEPORTES | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 | |||||||||
AREA 16 “PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA” | ||||||||||||||||
COOR./A DEPORTES | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 5 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||||||||
AREA 9 “PROMOCION CULTURAL” | ||||||||||||||||
JEFE/A SECCIÓN SALUD | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,00 | |||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||||||
VETERINARIO/A | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 | |||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | X. | |||||||||||||
XXXXXXXXX/X XX XXXXX. | 0 | X0 | 00 | X | X | X | 0000,00 | |||||||||
ANIMADOR/A CULTURAL | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1200,49 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |||||||||
JEFE/A NGDO. CULTURA | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 | |||||||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 3 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |||||||||
AREA 17 “DESARROLLO EMPRESARIAL” | ||||||||||||||||
MONITOR/A ACA. MUS. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 773,21 | |||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 3 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||||||||
AUXILIAR DE TURISMO | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
JEFE/A SERV. FOMENTO | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 | |||||||||
AREA 10 “ACCION SOCIAL” | ||||||||||||||||
TECNICO/A GESTIÓN | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 | |||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||||||
JEFE/A SECC. FOMENTO | 1 | A2/C1 | 22 | X | X | X | 1344,91 | |||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||||||||
JEFE/A NEG. FOMENTO | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 | |||||||||
JEFE/A SERV. X.XXXXXX | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |||||||||
DIRECTOR/A SER. SOC. | 1 | A1/A2 | 25 | X | X | X | 1349,00 | |||||||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 3 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
PSICOLOGO/A | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1247,14 | |||||||||
AREA 18 “PARTICIPACION CIUDADANA” | ||||||||||||||||
X.XXXXXX/XXXX.XXXXXX | 11 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||||||
TRABAJADOR/A SOCIAL | 3 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||||||||
EDUCADOR/A | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
J.SEC.AT.CIUD Y PARTICIP | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,00 | |||||||||
EDUCADOR/A SOCIAL | 3 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
XXX.XXXX.ATENC.CIUDAD | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |
JEFE/A NEG. B. SOCIAL | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 | AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 9 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | AREA 19 “BIBLIOTECAS PÚBLICAS” | ||||||||
AREA 11 “ORGANOS DE GOBIERNO” | PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ARCHIVERO/A-BIBLIOTECA. | 1 | A2 | 22 | X | X | X | 1083,82 | |||||
JEFE/A SERV.DESA.SOC. | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 | AUXILIAR BIBLIOTECA | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 812,43* | |
GEOGRAFO/A | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 | AUXILIAR BIBLIOTECA | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 812,43* | |
JEFE/A NEGOC.PROTO. | 1 | C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 | AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | AREA 20 “COMUNICACIONES INTERNAS” | ||||||||
AREA 12 “INFORMACION Y PROMOCION TURISTICA” | PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | X. | XXX.SERV.ORG.Y CALIDAD | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 | |||||
J. NGDO.TURISMO | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 | JEFE/A DE DESARROLLO | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,01 | |
TEC.AUX.TURISMO | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 | JEFE/A DE SISTEMAS | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,01 | |
ADMINISTRATIVO/A | 4 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | JEFE/A DE ADMINISTRACION | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,01 | |
AUXILIAR DE TURISMO | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | ANALISTA | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 | |
AUXILIAR DE TURISMO | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 767,83* | GRADO EN INFORMATICA | 3 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 | |
ADMINISTRADOR/A SISTEMAS | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
AUXILIAR ADMTVO. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 | |||||||||
AREA 13 “JUVENTUD” | ||||||||||||||||
ADMTDOR.SISTEMAS Y COM. | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | |||||||||||
JEF.SECC.INFORMATICA | 1 | A2/C1 | 22 | X | X | X | 1344,90 | |||||||||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | |||||||||||||
ANALISTA-PROGRAMADOR/A | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 980,76 | |||||||||
TEC.GESTOR JUVENTUD | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 | |||||||||
JEFE/A NEGO. DESARROLLO | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1018,47 | |||||||||
ADMINISTRATIVO/A | 2 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 | |||||||||
JEFE/A NEGOCIADO SISTEMAS | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 1018,47 | |||||||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
INSP.URBANISTICO | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
DELINEANTE | 4 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
ADMINISTRATIVO/A | 3 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 11 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 25 “URBANISMO”: OFICINA DE PROYECTOS URBANISTICOS” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
JEF.SERV. OFIC.PROYECT | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
AREA 26 “COOPERACIÓN SOCIAL” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 27 “MEDIO AMBIENTE” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
**J.SERV.MEDIO AMBIENTE | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
TECNICO/A DE GESTIÓN | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 |
JEFE SECC. MEDIO AMBIENTE | 1 | A2/C1 | 22 | X | X | X | 1344,90 |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 29 “DISEMINADO” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
**J.SERV.MEDIO AMBIENTE Y DISEMINADO | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
DELINEANTE | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 30 “TRATAMIENTO A FAMILIAS CON MENORES” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
PSICOLOGO/A | 2 | A1 | 23 | X | X | X | 1247,14 |
TRABAJADOR/A SOCIAL | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 |
EDUCADOR/A | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 |
AREA 31 “LEY DE DEPENDENCIA” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
TRABAJADOR/A SOCIAL | 2 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 |
Todas las plazas en función al grupo a que pertenecen ostentarán un Puesto Base siempre que no se encuentre especificado en la R.P.T. y hasta tanto no se le asigne un puesto específico.
RETRIBUCIONES DE LOS PUESTOS BASES:
Grupo/Subgrupo | Nivel C.D. | Específico Euros |
A1 | 23 | 1001,50 |
A2 | 21 | 731,13 |
C1 | 19 | 689,16 |
C2 | 17 | 613,16 |
E (Agrup.Profe.Disp.Adicional 6ª R.D.L. 5/2015) | 14 | 537,51 |
A los puestos de trabajo de nueva creación se les asignarán las mismas retribuciones de los puestos de trabajo creados con anterioridad y de igual similitud, por tener la misma configuración.
PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.-
El sistema de provisión de los puestos de trabajo contenidos en la presente relación será el de Concurso, que es el sistema normal de provisión,conforme a lo establecido en el ar. 36 del Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Todos los puestos de trabajo de Jefe de Servicio de la presente Relación de Puestos de Trabajo se ocuparán por el procedimiento de libre designación.
Además, dadosucarácterdirectivoydeespecialresponsabilidad, seránprovistos por el sistema de Libre Designación los puestos de trabajo que se relacionan, conforme a lo establecido en el art. 51 del Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y y el art. 45.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 xx xxxxx, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional:
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
TECNICO/A EN INFORMATICA | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
OPERAD. PROGRAMADOR/A | 4 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
JEFE NEGOCIADO ADMON. | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
XXX.XX INFORMATICA | 3 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AUX.ADTVO/A.INFORMATICA | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AUX. ADMINISTRATIVO/A | 4 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 21 “GESTION DE LA DEUDA Y DE LA TESORERIA” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
TESORERO/A | 1 | A1 | 30 | X | X | X | 2117,42 |
RECAUDADOR/A | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1354,95 |
TECNICO/A DE GESTION | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 |
JEFE/A NEGOC.EJECUTIVA | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/A NEGOC.VOLUNTARIA | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/A NEGOC.CAJA | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
ADMINISTRATIVO/A | 17 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUX.ADMINISTRATIVO/A | 5 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 22 “GESTION DEL SISTEMA TRIBUTARIO” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
JEFE/A SERVICIO RENTAS | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
JEF.SECC. RENTAS | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,00 |
JEF.SECC. I.B.I. | 1 | A1 | 25 | X | X | X | 1349,00 |
T.G.TRIB.Y CONTAB. | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
T.A.G. | 1 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
XXXX.XX RENTAS | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1083,75 |
TECNICO/A DE GESTION | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 731,13 |
JEFE/A NEGOC.IBI/ADMON. | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/A NEGOC.IBI | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/A NEGOC.RENTAS | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/A NEGOC.RECURSOS | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
JEFE/X XXXXX.GEST.TRIB. | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
INSPECTOR/A URBANISTICO | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
DELINEANTE | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
JEFE/A NEGOC.IAE | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
INSPECTOR/A FISCAL | 2 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
ADMINISTRATIVO/A | 13 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUX.INSPECTOR/X XXXXXX | 3 | C2 | 18 | X | X | X | 767,17 |
AUX. ADMINISTRATIVO/A | 21 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 23 “FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
JEFE/A NEGOCIADO FIESTAS | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 1 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 24 “MERCADO, ABASTOS Y LONJAS” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
ADMINISTRATIVO/A | 1 | C1 | 19 | X | X | X | 812,09 |
AUXILIAR ADMTVO/A. | 2 | C2 | 17 | X | X | X | 731,92 |
AREA 25 “URBANISMO” | |||||||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/ Sub | NIVEL | ESPECIFICO | EUROS | ||
C.DESTINO | De. | Dt. | R. | ||||
JEF.SERV.URBANISMO | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
**JEF.SERV.ASESORIA JDCA | 1 | A1 | 29 | X | X | X | 1953,92 |
JEFE/A XXXXXXX XX XXXXXXXX | 0 | X0 | 00 | X | X | X | 1349,00 |
ARQUITECTO/A | 3 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
T.A.G. | 4 | A1 | 23 | X | X | X | 1001,50 |
ARQUITECTO/A TECNICO/A | 1 | A2 | 21 | X | X | X | 1124,42 |
**X.XXX.URBANISMO | 1 | C1 | 21 | X | X | X | 977,84 |
X.XXX.LICENCIA URB | 1 | C1/C2 | 18 | X | X | X | 1018,47 |
INSP.TCO. OBRAS | 1 | C1 | 20 | X | X | X | 866,70 |
AREA 1 “POLITICA ECONOMICA Y FISCAL” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A PLANIF.ECA Y C.EXT. | 1 | A1 | 29 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL: CONTRATACIÓN” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
X.XXXX.CONTRAT.Y PATRIM | 1 | A1 | 29 |
**JEF.SERV.GEST Y COMPRAS | 1 | A1 | 29 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL: RECURSOS HUMANOS” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
DIRECTOR/A DE RR.HH. | 1 | A1 | 29 |
AREA 2 “ADMINISTRACIÓN GENERAL: RÉGIMEN INTERIOR” | |||
COORDINADOR/A DE ALCALDIA | 1 | A1 | 28 |
LETRADO/A DE LA ASESORIA JCA. | 1 | A1 | 28 |
AREA 3 “SEGURIDAD” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
** JEFE/A CUERPO POL.LOCAL | 1 | A1 | 29 |
AREA 7 “OBRAS Y SERVICIOS” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
**X.XXXX.MEDIO AMBIENT | 1 | A1 | 29 |
X.XXXX.PROYECTOS Y OBRAS | 1 | A1 | 29 |
XXXXXXXXXX/X XX XXXXXXXXX | 0 | X0 | 00 |
XXXX 0 “ADMINISTRACION GENERAL DE DEPORTES” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
DIRECTOR/A DE Sº DEPORTIVOS | 1 | A1/A2 | 26 |
AREA 9 “PROMOCION CULTURAL” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A SERV.DESARRO.SOC | 1 | A1 | 29 |
AREA 10 “ACCION SOCIAL” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A SERV.B. SOCIAL | 1 | A1 | 29 |
DIRECTOR/A SERVICIOS SOCIALES | 1 | A1/A2 | 25 |
AREA 17 “DESARROLLO EMPRESARIAL” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A SERVICIO FOMENTO | 1 | A1 | 29 |
AREA 20 “COMUNICACIONES INTERNAS” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A XXXX.XXX. Y CALIDAD | 1 | A1 | 29 |
AREA 22 “GESTION DEL SISTEMA TRIBUTARIO” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A SERVICIO RENTAS | 1 | A1 | 29 |
AREA 25 “URBANISMO” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
XXX.XXXX.URBANISMO | 1 | A1 | 29 |
XXX.XXXX.OFIC.PROYECT | 1 | A1 | 29 |
**XXX.XXXX.ASESORIA JDCA. | 1 | A1 | 29 |
AREA 25 “URBANISMO: OFICINA DE PROYECTOS URBANÍSTICOS” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
XXX.XXXX.OFIC.PROYECT | 1 | A1 | 29 |
AREA 29 “DISEMINADO” | |||
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
** X.XXXX.XXXXX XXXXXXXX X XXXXXXXXXX | 0 | X0 | 00 |
** El puesto de trabajo de Jefe de Sección de Mujer, además de las tareas administrativas propias del puesto, realizará funciones de gestión, así como otras relativas a las materias que a continuación se detalla: Droga, Cooperación internacional y mujer.
Cuando las necesidades del servicio lo exijan, los puestos de trabajo podrán cubrirse mediante los procedimientos de redistribución de efectivos, o por reasignación de efectivos, temporalmente podrán ser cubiertos mediante comisión de servicios y adscripción provisional; todo ello conforme a lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
En todo lo relativo en los Puestos de Trabajo de Segunda actividad se estará a lo dispuesto en el Decreto 135/2003, de 20 xx xxxx, por el que se desarrolla la situación administrativa de segunda actividad de los funcionarios de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía y en el Reglamento de Organización y Servicios de la Policía Local de Chiclana de la Frontera.
Al objeto de garantizar una adecuada aptitud psicofísica en la prestación de los servicios, se establece la segunda actividad, situación administrativa en la que se permanecerá hasta el pase a la jubilación y otra situación de segunda actividad lo hubiera motivado la pérdida de aptitudes psicofísicas, y hayan desaparecido las causas que lo motivaron.
* En el Complemento Específico para los Oficiales así como para los Policías se retribuyen, además de los conceptos señalados en la Relación de Puestos de Trabajo (Dedicación, Dificultad Técnica, Responsabilidad y Penosidad), los trabajos realizados en nocturnos y festivos. Para los Oficiales en la cuantía de 1.446,50 y para los Policías en la cuantía de 1.311,43.
** El Complemento Específico para los Oficiales así como para los Policías que se encuentra en situación de Segunda actividad y tienen, al menos, una antigüedad de 21 años de Servicios, se les incrementará dicho concepto en la cuantía correspondiente al 40% de la diferencia entre el importe de primera actividad y de segunda actividad. Para los Oficiales en la cuantía de 1.275,82 y para los Policías en la cuantía de 1.140,75.
* En el Complemento Específico para el Coordinador de Deportes (C1), los Auxiliares de Turismo, así como para los Auxiliares de Biblioteca y Auxiliares Administrativos con destino en la Biblioteca se retribuyen, además de los conceptos señalados en la Relación de Puestos de Trabajo (Dedicación, Dificultad Técnica, Responsabilidad y Penosidad), la turnicidad y/o jornada partida. Para el Coordinador de Deportes (C1) en la cuantía de 1.137,77, para los Auxiliares de Turismo en la cuantía de 767,83 y para los Auxiliares de Biblioteca y Auxiliares administrativos con destino en la Biblioteca en la cuantía de 812,43.
año 2021:
VARIACIONES EN LA RPT.-
PUESTO TRABAJO | Nº | Grupo/Sub | C.DESTINO |
JEFE/A NEG. NÓMINA y RECURSOS | 1 | C1/C2 | 18 |
En la Relación de Puestos de trabajo para el año 2022 con respecto a la del Se CREAN los puestos de trabajo que a continuación se detallan:
Se MODIFICAN los puestos de trabajo que a continuación se detallan:
DIRECTOR/A Sº SOCIALES | GRUPO: A1 y C.D.: 25 pasa a GRUPO: A1/A2 y C.D.: 25. |
LETRADO/A | C.E.: 1349,01 pasa a C.E.: 1794,27 |
INSPECTOR/A FISCAL | C.E.: 735,66 pasa a C.E.: 866,70 |
JEFE/ANEGOCIADO MUJER | Grupo: C1, C.D.: 21 y C.E.: 977,84 pasa a ser Grupo: C1/C2, C.D.: 18 y C.E.: 1018,47 |
Se MODIFICAN el Área 4: “Ordenación del Tráfico y Estacionamiento” pasa a ser Área 4: “Ordenación del Tráfico y Estacionamiento y Movilidad” y el Área 7: “Pavimentación de Vías Públicas” pasa a ser Área 7: “Obras y Servicios”.
Se INTEGRA dentro del Área 2: “Administración General” los puestos de trabajos incluidos en el Área 28: “Gestión Padrón Municicpal de Habitantes”, al objeto de establecer dependencia jerárquica de dicha Subárea “Gestión Padrón Municipal de Habitantes” respecto de la Secretaría General.
En el Área 2 “Administración General” la Secretaría General ostenta la máxima jerarquía, sin perjuicio, de las Jefaturas y Direcciones que están establecidas en las diferentes Subáreas.
** Los puestos de Jefe de Servicio de Gestión y Compras, Jefe Servicio de Medio Ambiente, Jefe de Servicio Asesoría Jurídica y Jefe de Servicio de Medio Ambiente y Diseminado podrán ser ocupados por personal con carácter laboral fijo que ostenten plazas que para su acceso se precise un nivel académico de Licenciado.
Las retribuciones, en este caso, serán iguales en cómputo global anual, creándose un concepto denominado Complemento Adicional al puesto, que se percibirá en doce mensualidades.
** El puesto de trabajo de Jefe del Cuerpo de la Policía Local, se provisionará conforme a lo establecido en el artículo 12, de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales. Dicho puesto será ocupado por la máxima categoría ocupada en la plantilla.
PERSONAL LABORAL
La relación de puestos de trabajo del personal laboral se corresponde con la denominación de las plazas de la plantilla de este personal, al producirse la identidad entre la plaza y el puesto de trabajo.
CLAUSULA ADICIONAL:
En aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, y de lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora del Uso y fomento del Lenguaje Inclusivo, aprobada por el pleno municipal, toda referencia contenida en el presente documento cuyo género sea masculino se entenderá referida a ambos géneros, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse a mujeres y hombres.
Se hace saber que conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de lasAdministraciones Públicas, podrá interponerse con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación; o bien directamente Recurso Contencioso-administrativo ante el Juzgado de ese orden jurisdiccional, con sede en Cádiz, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Chiclana de la Frontera, a 21/02/22. EL ALCALDE- PRESIDENTE Fdo.:
X. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 18.352
2. Administración Especial | ||||
Denominación del puesto | Grupo de titulación | Número | Escala | Subescala |
POLICÍA LOCAL | C1 | 3 | Administración Especial | Servicios especiales |
ARQUITECTO TÉCNICO | A2 | 1 | Administración Especial | Técnica |
PERSONAL LABORAL | ||||
1. Administración General | ||||
Denominación del puesto | Grupo de titulación | Número | Escala | Subescala |
ADMINISTRATIVO | C1 | 5 | Administración General | Administrativa |
2. Administración Especial | ||||
Denominación del puesto | Grupo de titulación | Número | Escala | Subescala |
TRABAJADOR SOCIAL | A2 | 1 | Administración Especial | Técnica |
TÉCNICO DE LUDOTECA | C1 | 1 | Administración Especial | Técnica |
3. Técnica auxiliar | ||||
Denominación del puesto | Grupo de titulación | Número | Escala | Subescala |
OFICIALSERVICIOS VARIOS | C2 | 1 | Técnica | Auxiliar |
PEÓN SERVICIOS VARIOS | AP | 2 | Técnica | Auxiliar |
LIMPADOR | AP | 3 | Técnica | Auxiliar |
SUBALTERNO | AP | 1 | Técnica | Auxiliar |
AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | C2 | 6 | Técnica | Auxiliar |
MONITOR DEPORTIVO | C2 | 1 | Técnica | Auxiliar |
AUXILIAR BIBLIOTECA/ RADIO/CULTURA | AP | 2 | Técnica | Auxiliar |
MONITOR ENVEJECIMIENTO ACTIVO | C1 | 2 | Técnica | Auxiliar |
AYUNTAMIENTO DE EL BOSQUE
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el ejercicio 2022 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se publica el resumen del mismo por capítulos:
PRESUPUESTO DE INGRESOS | |
CAPÍTULO | CRÉDITO PRESUPUESTARIO |
1. IMPUESTOS DIRECTOS | 817.595,55 |
2. IMPUESTOS INDIRECTOS | 26.096,26 |
3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS | 355.924,61 |
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES | 786.744,62 |
5. INGRESOS PATRIMONIALES | 64.717,80 |
TOTAL PTO. INGRESOS | 2.051.078,84 |
PRESUPUESTO DE GASTOS | |
CAPÍTULO | CRÉDITO PRESUPUESTARIO |
1. GASTOS DE PERSONAL | 1.113.929,12 |
2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS | 644.373,16 |
3. GASTOS FINANCIEROS | 73.935,56 |
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES | 110.812,79 |
5. FONDO DE CONTINGENCIA | 0,00 |
6. INVERSIONES REALES | 6.500,00 |
7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL | 22.900,50 |
8. ACTIVOS FINANCIEROS | 0,00 |
9. PASIVOS FINANCIEROS | 96.897,03 |
TOTAL PTO. INGRESOS | 2.046.447,67 |
PLANTILLA DE PERSONAL
PLANTILLA DE PERSONAL EJERCICIO 2022 | ||||
1. Funcionarios de la Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional | ||||
Denominación del puesto | Grupo de titulación | Número | Escala | Subescala |
SECRETARÍA- INTERVENCION | A1 | 1 | Habilitación Nacional | Secretaría- Intervención |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
17/02/2022. El Primer Tte. De Alcaldesa. Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx
Xxxxx. Nº 18.366
CAPÍTULO | DENOMINACIÓN CAPÍTULO | PREVISIÓN GASTOS |
8 | Activos Financieros | 0,00 ◻ |
9 | Pasivos Financieros | 298.059 ◻ |
TOTAL GASTOS | 2.721.686,42 ◻ | |
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE INGRESOS | ||
CAPÍTULO | DENOMINACIÓN CAPÍTULO | PREVISIÓN INGRESOS |
1 | Impuestos Directos | 1.059.000 ◻ |
2 | Impuestos Indirectos | 37.800 ◻ |
3 | Tasas y Otros Ingresos | 454.360 ◻ |
4 | Transferencias Corrientes | 1.200.000,00 ◻ |
5 | Ingresos Patrimoniales | 18.500 ◻ |
6 | Enajenación de Inversiones Reales | 0,00 ◻ |
7 | Transferencias de Capital | 0,00 ◻ |
8 | Activos Financieros | 0,00 ◻ |
9 | Pasivos Financieros | 0,00 ◻ |
TOTAL INGRESOS | 2.769.660,00 ◻ |
AYUNTAMIENTO DE ESPERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el 2022, y comprensivo aquel del Presupuesto Municipal de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se publica el resumen del mismo por capítulos:
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE GASTOS | ||
CAPÍTULO | DENOMINACIÓN CAPÍTULO | PREVISIÓN GASTOS |
1 | Gastos de personal | 1.619.850 ◻ |
2 | Gastos en bienes corrientes y servicios | 601.114 ◻ |
3 | Gastos financieros | 13.800 ◻ |
4 | Transferencias corrientes | 128.863,24 ◻ |
5 | Fondo de contingencia y otros imprevistos | 0,00 ◻ |
6 | Inversiones reales | 60.000 ◻ |
7 | Transferencias de capital | 0,00 ◻ |
PLANTILLA DE PERSONAL
1.PERSONAL FUNCIONARIO | |||||||||||
DENOMINACIÓN DE LA PLAZA | EMPLEADO PÚBLICO | (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (6) | P. EXTRA | (7) | (8) | (9) |
SECRETARIO/A INTERVENTOR/A | XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | A1 | 26 | 1 | 1 | 15.133,56 | 4693,20 | 32003,04 | 51.829,80 | 12.552,12 | |
POLICIA LOCAL | XXXXXXX XXXX XXXXXX | C1 | 11 | 9 | 1 | 13.615,44 | 3.121,92 | 11.556,84 | 28.294,2 | 10.367,04 | |
POLICIA LOCAL | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | C1 | 11 | 9 | 1 | 12576,84 | 2.972,28 | 12.539,88 | 28.089 | 10.291,80 | |
POLICIA LOCAL | XXXX XXXXXXXXX XXXXXX | C1 | 11 | 9 | 1 | 12576,84 | 2.972,28 | 11.556,84 | 27.105,96 | 9.931,44 | |
POLICÍA LOCAL | XXXXXX XXXX XXXXXXXXX | C1 | 11 | 9 | 1 | 12.923,04 | 3.022,08 | 11.556,84 | 27.501,96 | 9.540,48 | |
TOTAL | 66.825,72 | 16781,76 | 6.6673,56 | 162.820,92 | 52.682,88 |
2. PERSONAL LABORAL | |||||||||||
DENOMINACIÓN DE LA PLAZA | EMPLEADO PÚBLICO | (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (6) | P. EXTRA | (7) | (8) | (9) |
DIRECTORA MUSEO | XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX | A1 | 24 | 1 | 1 | 5.336,04 | 1.441,68 | 7.770,24 | 14.547,96 | 4.764,36 | |
PEDAGOGA | XXXXX DEL XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | A1 | 20 | 1 | 1 | 8.969,04 | 1.618,92 | 4.351,68 | 14.939,64 | 4.870,2 | |
XXXXXXXXXX | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | X0 | 00 | 1 | 1 | 16.816,2 | 4.353,6 | 20382,84 | 41552,64 | 13.608,6 | |
EDUCADORA | XXXXX XXX XXXXXXXXX XXXXXX | A2 | 19 | 1 | 1 | 17.260,32 | 5.016,26 | 12.836,04 | 35.112,62 | 11.499,36 | |
TRABAJADORA SOCIAL | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | A2 | 19 | 1 | 1 | 18.499,68 | 5.222,64 | 12.836,04 | 36.558,36 | 11.972,88 | |
TÉCNICO MEDIO | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX | A2 | 16 | 2 | 1 | 13.973,04 | 3.278,88 | 8.942,52 | 26.194,44 | 8.539,44 | |
TÉCNICO MEDIO | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX | A2 | 16 | 2 | 1 | 15.802,80 | 3411,12 | 8942,52 | 28156,44 | 9.178,92 | |
ADMINISTRATIVO | XXXXXX XXXXX XXXXXXX | X0 | 00 | 0 | 1 | 13.961,64 | 3.564,96 | 11.411,64 | 28.938,24 | 9.086,52 | |
ADMINISTRATIVO | XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX | C1 | 19 | 2 | 1 | 13.961,64 | 3.564,96 | 11411,64 | 28.938,24 | 9.086,52 | |
MONITORA ENVEJECIMIENTO ACTIVO | XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | C1 | 22 | 1 | 1 | 5.422,92 | 1.907,52 | 6.758,52 | 14.088,96 | 4.614,13 | |
MONITOR GUADALINFO | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | C1 | 11 | 1 | 1 | 10.845,84 | 2.138,52 | 3.458,04 | 16.442,40 | 5.360,22 | |
MONITORA LUDOTECA | C1 | 22 | 1 | 1 | 5.422,92 | 1.790,42 | 6.056,88 | 13.270,22 | 4.346 | ||
MONITOR DEPORTIVO | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | C1 | 11 | 1 | 1 | 5.422,92 | 1.225,92 | 2.668,92 | 9.317,76 | 3.837,48 | |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO | XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX | C2 | 10 | 2 | 1 | 8.816,88 | 2.414,88 | 7.124,64 | 18.356,4 | 5.984,28 | |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO | XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | C2 | 10 | 2 | 1 | 9.995,28 | 2609,28 | 7124,64 | 19.729,20 | 6.195 | |
ENCARGADO DE OBRAS | XXXXXXXX XXXXXXXX XXXX | C2 | 9 | 1 | 1 | 8581,20 | 2.392,08 | 7.754,88 | 18.728,16 | 7.067,16 | |
AUXILIAR DE BIBLIOTECA | XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | C2 | 9 | 1 | 1 | 6.435,96 | 1482,6 | 3542,88 | 11461,44 | 3.736,44 | |
CONDUCTOR | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX | C2 | 9 | 1 | 1 | 9.052,56 | 2.518,32 | 12.543 | 24113,88 | 8.779,44 | |
AUXILIAR TURISMO | XXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | C2 | 9 | 1 | 1 | 5.069,64 | 1.248,84 | 2.770,44 | 9.088,92 | 2.976,48 | |
COORDINADOR DEPORTIVO | XXXXXXX XXXXX XXXX | C2 | 9 | 1 | 1 | 8.345,52 | 2.312,52 | 5.606,16 | 16.264,20 | 5.326,56 | |
JARDINERO | XXXX XXXXX XXXXXXX | E | 7 | 3 | 1 | 8.625,84 | 2.111,64 | 4221,48 | 14.958,96 | 4.719,48 | |
XXXXXXXXX | XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX | X | 0 | 0 | 0 | 3.780,84 | 981,96 | 2.110,8 | 6.873,6 | 2.251,20 | |
JARDINERO | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | E | 7 | 3 | 1 | 7.561,68 | 1.963,92 | 4.221,48 | 13.747,08 | 4.502,16 | |
LIMPIADORA | XXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX | E | 7 | 5 | 1 | 8.271,12 | 2.262,12 | 6.938,64 | 17.471,88 | 6.062,76 | |
LIMPIADORA | XXXXX XXXX XXXXXX XXXXX | E | 7 | 5 | 1 | 6.928,44 | 1.902,24 | 6.072,6 | 14.903,28 | 5.171,40 | |
LIMPIADORA | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | E | 7 | 5 | 1 | 4.312,92 | 1.145,88 | 3.469,32 | 8.928,12 | 3.098,04 | |
LIMPIADORA | XXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX | E | 7 | 5 | 1 | 8.271,12 | 2.262,12 | 6.938,64 | 17.471,88 | 6.062,76 | |
VIGILANTE | XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | X | 0 | 00 | 0 | 4.224,24 | 1.041,12 | 2.110,8 | 7.376,16 | 2.559,48 | |
VIGILANTE | XXXXXXXX XXX XXXX XXXXXXX | X | 0 | 00 | 0 | 3.869,52 | 981,96 | 2.110,8 | 6.962,28 | 2.415,72 | |
VIGILANTE | XXXX XXXXX XXXXX XXXXX | E | 7 | 11 | 1 | 3780,84 | 981,96 | 2110,8 | 6.873,6 | 2.385,24 | |
VIGILANTE | XXXXXXX XXXXXX XXXXX | X | 0 | 00 | 1 | 5.671,32 | 1.472,88 | 3.166,2 | 10.310,4 | 3.577,80 | |
VIGILANTE | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | E | 7 | 11 | 1 | 3.780,84 | 981,96 | 2110,8 | 6.873,6 | 2.385,24 | |
VIGILANTE | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | E | 7 | 11 | 1 | 3.780,84 | 981,96 | 2110,8 | 6.873,6 | 2.385,24 | |
VIGILANTE | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | X | 0 | 00 | 0 | 3.780,84 | 981,96 | 2110,8 | 6.873,6 | 2.385,24 | |
VIGILANTE | XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | X | 0 | 00 | 0 | 3.780,84 | 981,96 | 2110,8 | 6.873,6 | 2.385,24 | |
VIGILANTE | XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX | E | 7 | 11 | 1 | 3.958,2 | 1.011,48 | 2.110,80 | 7.080,48 | 2.456,88 | |
VIGILANTE | XXXXXX XXXXX PLATA XXXXXXX | E | 7 | 11 | 1 | 7.916,4 | 2.022,96 | 4.221,48 | 14.160,84 | 4.913,76 | |
MONITORIA | XXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | E | 7 | 1 | 1 | 4.046,88 | 981,96 | 2.110,8 | 7.139,64 | 2.338,20 | |
OPERADOR XX XXXXXX | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | E | 9 | 1 | 1 | 7.916,40 | 2.172,36 | 6.270,96 | 16.359,72 | 5.357,76 | |
CONSERJE | XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | E | 8 | 4 | 1 | 8.803,20 | 2.061 | 4.457,76 | 15.201,96 | 5.132,88 | |
CONSERJE | XXXXXX XXXXXXXX XXXXX | E | 9 | 4 | 1 | 6.758,76 | 1833,36 | 5.580,48 | 14.172,60 | 4.471,56 | |
XXXXXXXXXX | XXXXX XXXXXX XXXXX | X | 0 | 0 | 0 | 8.448,48 | 1.977,72 | 3.417,24 | 13.843,44 | 4.926,96 | |
AYUDANTE ELECTRICISTA | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | X | 0 | 0 | 0 | 3.958,20 | 994,92 | 4.259,16 | 9.812,28 | 3.709,08 | |
AYUDANTE MUSEO | E | 7 | 2 | 1 | 4.527,6 | 1.159,44 | 2.469,96 | 8.157 | 2.671,44 | ||
AYUDANTE MUSEO | E | 7 | 2 | 1 | 4.527,6 | 1.159,44 | 2.469,96 | 8.157 | 2.671,44 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO | E | 14 | 11 | 1 | 3.423,36 | 1.271,04 | 4.202,52 | 8.896,92 | 3.087,12 | ||
AUXILIAR DE DEPENDENCIA | XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | E | 14 | 1 | 1 | 3.418,56 | 1.172,16 | 3.614,16 | 8.204,88 | 2.847,09 | |
XXXX | XXXX XXXXXXXX XXXXXXX | X | 0 | 0 | 3.780,84 | 981,96 | 2.110,8 | 6.873,6 | 2.385,24 | ||
TOTAL | 388708,44 | 106059,76 | 305530,2 | 685721,66 | 271017,6 |
(1) GRUPO (2) N. CD (3) Nº DE PLAZAS (4) CUBIERTA (5) VACANTE (6) RETRIBUCIONES BÁSICAS (7) RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS (8) TOTAL RETRIBUCIONES (9) SEGURIDAD SOCIAL
3. ÓRGANOS DE GOBIERNO. | |||||||||
PUESTO | NOMBRE | RELACION | nº PLAZAS | Nº Meses | SUELDO BASE | P. EXTRA | TOTAL | XXX.XXXXXX ANUAL | TOTAL |
XXXXXXX | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXX | 0 | 00 | 29.997,36 | 4.999,56 | 34.996,92 | 11.391,48 | 41388,84 |
CONCEJAL/A | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | POLITICO | 1 | 12 | 17.502,84 | 2.917,20 | 20.420,04 | 6.646,68 | 9563,88 |
CONCEJAL/A | XXXXXX XXXXXX XXXXX | POLITICO | 1 | 12 | 18.492,96 | 3.082,20 | 21.575,16 | 7.022,76 | 43150,32 |
CONCEJAL/A | XXXXX XXXXXXX XXXXX | POLITICO | 1 | 12 | 18.492,96 | 3.082,20 | 21.575,16 | 7.022,76 | 43150,32 |
CONCEJAL/A | XXXXXXXXX XXXX XXXXXX | POLÍTICO | 1 | 12 | 12.053,40 | 2.008,92 | 14.062,32 | 4.577,28 | 30693 |
CONCEJAL/A | XXXXX XXXXXXX XXXXXX | POLITICO | 1 | 12 | 12.053,40 | 2.008,92 | 14.062,32 | 4.577,28 | 30693 |
CONCEJAL/A | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | POLITICO | 1 | 12 | 12.864,72 | 2.144,16 | 15.008,88 | 4.885,32 | 34903,08 |
TOTAL | 103.954,8 | 11.225,76 | 86.283,84 | 32.078,04 | 233.542,44 |
RESÚMENES TOTALES.
PLANTILLA ECONÓMICA PERSONAL FUNCIONARIO XX XXXXXXX , PERSONAL LABORAL FIJO, INDEFINIDO Y ORGANOS DE GOBIERNO 2020
nº PLAZAS | cubierta | vacante | RETRIBUCIONES ANUALES | ||||||
SUELDO BASE | RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS | P. EXTRA | TOTAL | SEG SOCIAL | TOTAL | ||||
FUNCIONARIOS | 5 | 5 | 66.825,72 | 6.6673,56 | 16.781,76 | 162.820,92 | 52.682,88 | 215.503,80 | |
LABORAL | 58 | 58 | 388708,44 | 106059,76 | 305530,2 | 685721,66 | 271017,6 | 388708,44 | |
ORGANOS GOBIERNO | 7 | 7 | 103.954,8 | 11.225,76 | 86.283,84 | 32.078,04 | 233.542,44 | ||
TOTAL | 70 | 70 | 0 | 559488,96 | 106059,76 | 316755,96 | 772005,5 | 303095,64 | 837754,68 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Espera a 22/02/22. EL ALCALDE. Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Nº 18.374
AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR XX XXXXXXXXX
ANUNCIO
Con fecha 23/02/2022 se ha dictado por el Alcalde decreto 2022/533, de estructuración administrativa y delegaciones genéricas; que se hace público en cumplimiento del artículo 44.2 Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre:
«En uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23 de la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, Reguladora de Bases del Régimen Local, y los artículos 2, 3, 43, 44, 45, 46.1 y 52 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Xxxxxxx 0000/0000, xx 00 xx xxxxxxxxx (XXX x.x 305 de 22.12.1986) (ROFRJEL), respectivamente, y demás disposiciones concordantes, RESUELVO:
PRIMERO: Dejar sin efecto las resoluciones de esta Alcaldía 2021/871 de 24 xx xxxxx y 2021/3506 de 22 de diciembre.
SEGUNDO: LaAdministración Municipal queda estructurada en seis grandes Áreas, que comprenden el ejercicio de las competencias municipales en relación con las materias y servicios que se indican:
I) ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA CIUDAD, TURISMO, CULTURA, FIESTAS, INFRAESTRUCTURAS Y LIMPIEZA VIARIA: Turismo, Cultura, Fiestas, Salud y Consumo, Infraestructuras y Limpieza Viaria.
• Queda adscrita a este área la Empresa Municipal de Limpieza (EMULISAN).
I) ÁREA DE ECONOMÍA y HACIENDA Y DEPORTES: Economía y Hacienda, Contratación, Patrimonio, Transparencia, y Deportes.
• Quedan adscritas a este área la Empresa de Recaudación y Servicios (ERESSAN) y
el Patronato Municipal de Deportes (PMD).
I) ÁREA DE URBANISMO, DESARROLLO DE FOMENTO ECONÓMICO, EMPLEO, FORMACIÓN, COMERCIO Y EMPRENDIMIENTO: Urbanismo, Fomento, Comercio, Formación y Empleo, Igualdad y Delegación especial de La Xxxx.
• Queda adscrita a este área la Gerencia Municipal de Urbanismo.
I) ÁREA DE MOVILIDAD, SEGURIDAD CIUDADANA Y PLAYAS: Seguridad
Ciudadana, Tráfico y Movilidad, Medio Ambiente y Playas y Oficina de la Vivienda.
II) ÁREA DE PRESIDENCIA, RÉGIMEN INTERIOR Y RECURSOS HUMANOS: Personal, Agricultura y Pesca, Mercados, Participación Ciudadana, Población y Estadística y Delegación especial de La Algaida-Bonanza.
III) ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL: Servicios Sociales, Juventud, Educación y Nuevas Tecnologías.
• Quedan adscritas a este área la Empresa Municipal de Limpieza de Colegios y Dependencias Municipales (ELICODESA) y la Empresa Municipal de Residencia de Mayores (EMUREMASA).
Las competencias relativas a comunicación y a la Oficina del V Centenario
y EDUSI se asumen directamente por el Alcalde.
TERCERO: La Junta de Gobierno Local estará integrada por el Alcalde, que la presidirá, y por los siguientes Concejales:
• XXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX
• XXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
• XXXX XXX XXXXXXXX XXXXXX
• XXXX XXXXXX DE XXXXX XXX XXXXX
• XXX XXXXX XXXXX XXXXXXX
• XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
Se reunirá en sesión ordinaria todos los JUEVES, a las 9:30 horas, salvo que fuere inhábil, en cuyo caso lo hará el siguiente día hábil.
CUARTO: Nombrar Tenientes xx Xxxxxxx, por el orden que se cita, a los siguientes miembros de la Junta de Gobierno:
• PRIMER XXXXXXXX XX XXXXXXX: XXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX.
• XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX: XXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX.
• TERCERA XXXXXXXX XX XXXXXXX: XXXX XXX XXXXXXXX XXXXXX, que
asume la Presidencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
• CUARTA XXXXXXXX XX XXXXXXX: XXXX XXXXXX DE XXXXX XXX XXXXX.
• XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX: XXX XXXXX XXXXX XXXXXXX.
• SEXTA XXXXXXXX XX XXXXXXX: XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX. QUINTO: Delegar de forma genérica, en los términos del artículo 43.3 del ROFRJEL, la facultad de dirigir los servicios correspondientes a las áreas indicadas, así como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la de supervisar la actuación de los Concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en el área respectiva,
en los Tenientes xx Xxxxxxx que se expresan:
• Área de Promoción de La Ciudad, Turismo, Cultura, Fiestas, Infraestructuras y
Xxxxxxxx Xxxxxx: XXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX.
• Área de Economía, Hacienda y Deportes: XXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX.
• Área de Urbanismo, Desarrollo de Fomento Económico, Empleo, Formación, Comercio
y Emprendimiento: XXXX XXX XXXXXXXX XXXXXX.
• Área de Movilidad, Seguridad Ciudadana y Playas: XXXX XXXXXX DE XXXXX
XXX XXXXX.
• Área de Presidencia, Régimen Interior y Recursos Humanos: XXX XXXXX XXXXX
XXXXXXX.
• Área de Bienestar Social: XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX.
SEXTO: Xxxxxxx en favor de los concejales que se expresan, la responsabilidad de la dirección y gestión de los servicios indicados, en los términos previstos en el artículo 43.5.b del ROFRJEL, es decir, incluyendo la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA CIUDAD, TURISMO, CULTURA Y
FIESTAS
• Cultura y Fiestas: XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX.
ÁREA DE MOVILIDAD, SEGURIDAD CIUDADANA Y PLAYAS
• Medio Ambiente y Playas: XXX XXXX XXXXXX XXXXXXX.
ÁREA DE PRESIDENCIA, RÉGIMEN INTERIOR Y RECURSOS HUMANOS
• Agricultura y Pesca, Mercados y Participación Ciudadana: XXX XXXXXXXXX
XXXXXX SAN XXXXXXX XXXXXXXX.
ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL
• Juventud: XXX XXXX XXXXXX XXXXXXX.
• Educación, Nuevas Tecnologías y ELICODESA: DOÑA XXXXX XXXXXXXX
XXXXXXX XXXXXX.
SÉPTIMO: Al amparo de lo establecido en el art. 43.5.c del ROFRJEL, nombrar a XXXX XXX XXXXXXXX XXXXXX, Delegada especial del barrio de La Xxxx; y a XXX XXXXXXXXX XXXXXX SAN XXXXXXX XXXXXXXX, Delegado especial del barrio de La Algaida–Bonanza.
OCTAVO: La presente resolución surtirá efecto el día de la fecha, sin perjuicio de su íntegra publicación en el boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto se despachará, por la Secretaría General testimonio de la misma, y de dar conocimiento de ella al Pleno del Ayuntamiento; por último, de su aceptación, en cuanto les afecte, por aquellos a cuyo favor se efectúa alguna delegación de facultades; todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 44.2 y 114.1 del mismo texto legal».
24/2/22. Fdo.: LA SECRETARIA GENERAL, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx. Firmado. Nº 18.389
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO
NOMBRAMIENTO FUNCIONARIO XX XXXXXXX. TÉCNICO DE GESTIÓN DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN
Una vez superado el proceso selectivo para la selección, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico de Gestión del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (bases publicadas en el BOP nº 66, de 12 xx xxxxx de 2021 y de corrección n.º 90, de 00 xx xxxx xx 0000, x xxxxxxxxxxxx publicada en el BOE núm. 181, de 30 de julio de 2021) y vista propuesta formulada por el Tribunal Calificador designado para juzgar las pruebas selectivas, se ha dictado Decreto n.º 571/2022, de 23 de febrero de 2022, por el que se resuelve lo siguiente:
“Nombrar a X. XxxxxXxxxxx Xxxxxx, provisto del NIF ***4775**, funcionario xx xxxxxxx de este Excmo. Ayuntamiento, para ocupar la plaza de Técnico de Gestión, encuadrada en la Escala Administración Especial, Subescala Técnica Media, Grupo A2.”.
Siendo el plazo de toma de posesión de 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOP xx Xxxxx.
Lo que se hace público, para general conocimiento.
24/2/22. ELALCALDE-PRESIDENTE DELEXCMO.AYUNTAMIENTO
DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN. Firmado. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
Nº 18.500
AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA
ANUNCIO
Estando vacante el cargo de Xxxx xx Xxx Sustituto de este término municipal, se abre un plazo de 15 días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOP para que todas aquellas personas que, reuniendo las condiciones legales, estén interesadas en ocupar el puesto durante los próximos cuatro años, puedan presentar las solicitudes, fotocopia del DNI y documentación que estimen pertinente en el Registro General del Ayuntamiento en horario de oficina.
Los requisitos son:
1. Ser español mayor de edad.
2. No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que señala el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (impedidos física o psíquicamente para la función judicial; condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles).
a) 22.632,94 euros, corresponderán al cargo de Alcaldesa-Presidente.
b) 22.632,94 euros, corresponderán al cargo de Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
c) 7.700 euros correspondientes a la Concejalía con delegación los áreas de Servicios Sociales, Recursos Humanos y empleo y Educación, el régimen de dedicación y retribuciones de los miembros de la Corporación
En los supuestos previstos en los apartados b) y c) anteriores (Xxxxxxxx xx Xxxxxxx y concejal con delegación), para el presente año 2022, se devengarán dichas retribuciones proporcionalmente a partir de sus respectivas fechas de efectos.
Corresponderá a laAlcaldía resolver motivadamente sobre la determinación de los miembros de la Corporación que hayan de realizar sus cargos en régimen de dedicación parcial
CUARTO.- Fijar como régimen de dedicación mínima necesaria para la percepción de tales retribuciones, en ambos casos, de 30 horas semanales para los cargos con dedicación al 75% y de 20 horas semanales en el cargo con dedicación al 50%.
QUINTO.- Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta de todos los miembros de la corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación parcial, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social impone a las Empresas en relación con los trabajadores a su servicio.
SEXTO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx y en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento, dando traslado del mismo a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a los efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.”
Sometido el asunto a votación, el mismo resulta aprobado con los votos favorables de los tres concejales presentes, siendo siete el número legal de miembros de esta Corporación.
Y, para que así conste y surta los efectos oportunos, expido la presente, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, haciendo constar que el acta que contiene el presente acuerdo no ha sido, a fecha xx xxx, sometida a aprobación por el Pleno, por lo que se certifica a reservas de lo que resulte de la aprobación de dicho acta, de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en Benaocaz, a 24 de febrero de 2022.
25/2/22. Vº. Bº. La Alcaldesa, Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. 24/2/22.
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx. Firmado.
Nº 18.613
3. No incurrir durante su mandato en causas de incompatibilidad o prohibición recogidas en los arts. 389 a 397 de la citada Ley Orgánica.
Las solicitudes e información complementaria se facilitarán en el Registro del Ayuntamiento.
Conil de la Fra., a 11 de febrero de 2022. XXXXXXXXX, Xxx.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Nº 18.508
AYUNTAMIENTO DE BENAOCAZ
XXX XXXX X. XXXXXX XXXX, Secretario - Interventor delAyuntamiento de Benaocaz (Cádiz),
CERTIFICA:
Que el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 17/02/2022 adoptó, entre otros, los acuerdos que a continuación se transcriben:
“PUNTO TERCERO.- MODIFICACIÓN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN
PARCIAL DE CONCEJALES CORPORACIÓN.
Por el Secretario municipal se da lectura de la Propuesta de Alcaldía, del siguiente tenor:
“El 28 de enero de 2022, se procedió tras los trámites pertinentes, a la elección de nueva Alcaldesa del Ayuntamiento de Benaocaz tras la renuncia de la persona que anteriormente ocupaba dicho cargo.
En base al informe de Secretaría emitido en fecha 14/02/2022, y al informe de Intervención de fecha 14/02/2022, por el que se declara la existencia de suficiente consignación presupuestaria para hacer frente al gasto de las retribuciones de los miembros de esta Corporación.
En uso de la facultad que me confiere el artículo 13.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales, con base en lo preceptuado en, los artículos 75 y ss de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, formulo al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA sobre régimen de dedicación y retribuciones de los miembros de la Corporación, indemnizaciones y asistencias a órganos colegiados:
PRIMERO.-Aprobar con efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, en el caso de los titulares de la Alcaldía y de la primera Tenencia de Alcaldía y, con efectos desde el día 01/03/2022, en el caso de la Concejalía con delegación los áreas de Servicios Sociales, Recursos Humanos y empleo y Educación, por requerirlo así el desarrollo de las responsabilidades que suponen, el régimen de dedicación y retribuciones de los miembros de la Corporación, en los siguientes términos.
SEGUNDO.- Desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación parcial
al 75 %:
- La Alcaldesa-Presidente.
- El Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
Desempeñará su cargo en régimen de dedicación parcial al 50 % la Concejalía con delegación los áreas de Servicios Sociales, Recursos Humanos y empleo y Educación, el régimen de dedicación y retribuciones de los miembros de la Corporación
TERCERO.- Fijar el siguiente régimen de retribuciones, teniendo en cuenta que se trata de importes brutos anuales y pagaderos en catorce mensualidades, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades xx xxxxx y diciembre:
AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS
EDICTO
Mediante Decreto de esta Alcaldía de esta misma fecha, se han aprobado los Padrones y Listas Cobratorias de los conceptos: PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA
PISCINA CUBIERTA MUNICIPAL correspondientes al MES DE DICIEMBRE del ejercicio 2021, que estarán expuestos al público en las oficinas del Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sitas en Xxxxx xx xx Xxxxxxx, xx 0 de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00, durante el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su examen por parte de quienes tuvieren un interés legítimo, pudiendo interponerse por éstos el recurso previo de reposición previsto en el artículo
14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de UN MES, a contar desde el inmediato siguiente al del término del periodo de exposición pública xxx Xxxxxx.
Transcurrido el periodo de reclamaciones se considerarán firmes los mencionados Padrones y Listas Cobratorias con las modificaciones que, en su caso pudieran acordarse y no surtiendo efecto toda posterior reclamación que no se funde en errores aritméticos o de hecho.
En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Xxxxxxxxxx, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los tributos y ejercicios mencionados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que se termine la exposición al público de los Padrones y Listas Cobratorias.
Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago, de los recibos de los mencionados conceptos, correspondientes a los periodos anteriormente indicados, serán los siguientes:
CONCEPTO: - PRECIO PÚBLICO SERVICIOS PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA (recibos mensuales) | |
PERIODO VOLUNTARIO | FECHA CARGO EN CUENTA |
DICIEMBRE 2021 : Desde el 00 xx Xxxxxxx xx 00 deAbril de 2022 | 4 xx Xxxxx de 2022 |
Habiéndose optado por la modalidad de cobro a través de domiciliación bancaria, autorizada por los contribuyentes en el momento de tramitarse el alta en el Padrón de recibos mencionado, se indica que las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad de crédito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. En este último caso, la Administración deberá notificar el acuerdo por el que se declare la invalidez al obligado al pago a la entidad colaboradora.
Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los siguientes recargos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
1. El recargo ejecutivo que será del 5 por 100 y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido que será del 10 por 100 y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en el período voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto en el apartado 5 del artículo 62 LGT para las deudas apremiadas.
3. El recargo de apremio ordinario que será del 20 por 100 y será aplicable
cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores.
4. El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora. Cuando resulte exigible el recargo ejecutivo o el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento de la normativa legal vigente.
Los Barrios, 24 de Febrero de 2022. EL ALCALDE, Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
Nº 18.625
AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO
Con fecha 22 de febrero de 2022 esta Alcaldía ha dictado el Decreto n.º 541/2022, por el que se establece el procedimiento de tasación individual para la expropiación forzosa del suelo sito en calle Xxxxxxxx, n.º 10D, sin referencia catastral, correspondiente a la finca registral n.º 9.279, inscrita al tomo 401, libro 144, folio 144 del Registro de la Propiedad de La Línea de la Concepción, para su destino a vial público y conexión con las calles Goya y Padre Xxxxx Xxxxx.
Asimismo, se aprueba inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, que son los siguientes:
* Titular registral:
- X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, mitad indivisa en pleno dominio ganancial.
- Xxxxxxxxx, S.A., mitad indivisa en pleno dominio.
* Cargas: - Anotación preventiva de embargo sobre la mitad indivisa de la finca perteneciente a X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, a favor xx XXX XXXXXXX, S.A.
* Descripción del bien: La finca tiene forma trapezoidal con una superficie total de 140,05 m². La parte que ocupa el vial tiene los siguientes linderos: al Norte, en una línea recta de longitud 16,71 m.; al Sur, en línea recta de 15,51 m.; al Este, una línea recta de longitud 5,60 m., y al Oeste con una línea recta de 5,26 m.. La superficie a expropiar es de 83,49 m².
La finca se encuentra en estado baldío sin edificación, cerramiento, plantaciones ni otros bienes que deban valorarse conforme a la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para general conocimiento, sometiéndose el expediente a información pública por plazo de veinte días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, así como en el tablón de anuncios municipal y sede electrónica municipal. Durante dicho plazo se podrán formular las alegaciones que se estimen pertinentes, encontrándose el expediente de manifiesto en la oficina de Urbanismo, con dirección en Plaza Xxxxxx Xxxxxxxx, s/n, en horario de 9 a 14 horas.
23/02/22. El Alcalde, Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
Nº 18.636
AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA
ANUNCIO
Por Decreto núm. VJTRI-00247-2022 han sido aprobadas las listas cobratorias de los siguientes tributos:
PRECIO PÚBLICO ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL – MESES ENERO A MARZO – 2022.
PRECIO PÚBLICO INSTALACIONES DEPORTIVAS (ESCUELAS DEPORTIVAS)
– MESES ENERO A MARZO – 2022.
PRECIO PÚBLICO POR LUDOTECA MUNICIPAL – MESES ENERO X XXXXX
– 2022.
Los mismos quedarán expuestos al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por un período de QUINCE DIAS, de conformidad con lo establecido en el apartado 5º del artículo 103 de la Ordenanza Fiscal General.
Plazo de pago en período voluntario: desde el 1 xx xxxxx de 2022 hasta el 3 xx xxxx de 2022.
Lugar de pago: Entidades bancarias colaboradoras con los dípticos que previamente se podrán obtener a través de la Sede Electrónica del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx o contactando por correo electrónico o por teléfono. Igualmente, presencialmente en la oficina municipal del Servicio situada en la calle Plazuela número 1, de lunes a viernes y de 9 a 13 horas.
Recursos: contra el contenido y el acto de aprobación de los diferentes padrones podrá formularse Recurso de Reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública del correspondiente padrón.
Advertencias: Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Vejer de la Frontera, 25/02/2022. EL ALCALDE, Por Decreto de fecha 27/05/2020. LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO CULTURAL. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Firmado. Nº 18.726
AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR XX XXXXXXXXX GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO
ANUNCIO
Habiéndose producido el silencio administrativo positivo en la tramitación del documento de “Modificado del Estudio de Detalle de la UE-HG-1”, conforme a lo que dispone el artículo 80.b) de la LISTA, y habiéndose instado por la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución UE-HG-1 “Xxxxxx Grande”, promotora de este instrumento hoy complementario de ordenación, el sometimiento a información pública del mismo, conforme a lo dispuesto en el referido artículo 80 de la LISTA se somete a información pública el referido documento de “Modificado del Estudio de Detalle de la UE-HG-1”, tramitado a instancia de la Junta de Compensación de dicha unidad de ejecución y contenido en el expediente administrativo número 691/2021.
Alos efectos oportunos, se hace constar que obran en el expediente informes técnico, de 17 de enero de 2022, y jurídico, de 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxx xxx xxxxxx se informa DESFAVORABLEMENTE el documento de Estudio de Detalle presentado, por no ser conforme la ordenación establecida con las determinaciones básicas y los objetivos generales del PGOU vigente.
De conformidad con los dispuesto en el artículo 78.1 y 80 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), por el plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, cualquier interesado podrá comparecer y examinar el documento sometido a información pública que estará a su disposición en el Departamento de Planeamiento y Gestión de esta Gerencia, previa cita, todos los días hábiles, en horario de 10 a 13 horas y adicionalmente en el portal de transparencia del Exmo. Ayuntamiento [xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/ anuncios] y en la página web oficial de la Gerencia Municipal de Urbanismo [https:// xxx.xxxxxxxxxxx.xx], pudiendo formular cuantas alegaciones tengan por conveniente en defensa de sus derechos e intereses legítimos, mediante escrito dirigido a la Sra. Presidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo, presentando en su Registro General, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 21/02/22. LA PRESIDENTA DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE
URBANISMO, FDO.: XXX XXXXXXXX XXXXXX.
Nº 18.775
AYUNTAMIENTO XX XXXX
Expediente Gestiona: 2354/2022. Asunto: Publicación de la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal número 1.3, reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
ANUNCIO
El Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada en primera citación el día veinticuatro de febrero del año dos mil veintidós, al punto 5º, ha aprobado provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal número 1.3, reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Lo que se hace público para general conocimiento, en observancia de lo dispuesto en el artículo 17.2 del mencionado Real Decreto Legislativo, haciéndose constar que, según establece el artículo 17.3 del mismo precepto, los referidos acuerdos provisionales quedarán elevados automáticamente a definitivos si durante el periodo de exposición pública no se presentase ninguna reclamación contra los mismos, sin necesidad de nuevos acuerdos plenarios.
En Rota, a dos xx xxxxx de dos mil veintidós. EL ALCALDE. Firmado: Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx. Nº 20.317
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
X. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL XX XXXXXXX DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.
HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 1403/20-K, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 27-1-22, resolviendo recurso de suplicación contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Algeciras, en Procedimiento nº 554/18.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrán preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.
Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN a XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX (RESTAURANTE SAWADEE), cuyo paradero es actualmente desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia .
Dado en SEVILLA a diecisiete de febrero de dos mil veintidós. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXX. Firmado.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos,
ni comunicados con fines contrarios a las leyes." Nº 17.588
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 JEREZ DE LA FRONTERA EDICTO
X. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 427/21 a instancia de Dña. Xxxx Xxxxx contra Dña. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, se han dictado resolución de fecha 2/2/22, para la comparecencia en la Oficina Judicial EL DIA 1 XX XXXXX DE 2022 A LAS 11:15 Y 11:30 HORAS para el acto de conciliación y Acto de Juicio, en este Juzgado sito en Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, respectivamente.
Contra dicha resolución cabe recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de las mismas.
Y para que sirva de NOTIFICACION Y CITACION a los demandados Dña. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de laAdministración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jerez de la Frontera, a 21/2/22. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX. Firmado.
Nº 18.512
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 JEREZ DE LA FRONTERA EDICTO
D XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 159/20 a instancia de D./Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX contra TALLERES XXXXXXXX SANLUCAR SL se han dictado la siguiente Resolución:
- SENTENCIAde fecha 16/02/2022. Contra dicha sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma.
Y para que sirva de notificación al demandado TALLERES XXXXXXXX SANLUCAR SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Jerez de la Frontera, a 21/2/22. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX.
Firmado. Nº 18.517
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 190/2021 a instancia de D/Xx. XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX contra DAILY FRESH SEAFOOD, S.L. se han dictado DECRETO de fecha_17 de debrero 2022, que admite la demanda y señala el próximo 20-MAYO-2022; a las 09:00 horas para la celebración del acto de conciliación a celebrar (en la OFICINA JUDICIAL) ante EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA de este Juzgado
y a las 09:15 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado.
Contra dicha resolución cabe recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de las mismas.
Y para que sirva de NOTIFICACION Y CITACION a la demandada DAILY FRESH SEAFOOD, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jerez de la Frontera, a 17/2/22. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX.
Firmado.
Nº 18.521
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
N.I.G.: 1101244420190001182. Negociado: H. Recurso: Recursos de Suplicación 1636/2020. Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 XX XXXXX. Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 403/2019. Recurrente: EXCELLENCE FIEL FACTORY S.A. Representante: XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX. Recurrido: XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXXX, FOGASA, (EDICTO) INFORTELANDALUCIA, S.L. y (EDICTO) BELGITELTELECOMUNICACIONES,
S.L. Representante: XXXXXX XXXXXXX XXXXXX. DªCARMENALVAREZTRIPERO,LETRADADELAADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL XX XXXXXXX DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.
HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación Nº 1636/2020, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 17-02-2022, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 xx Xxxxx, en Procedimiento nº 403/2019.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.
Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN a las entidades INFORTEL ANDALUCIA S.L. y BELGITEL TELECOMUNICACIONES S.L., cuyo actual
paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia.
SEVILLA a dieciocho de Febrero del 2022. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX. Firmado.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos,
ni comunicados con fines contrarios a las leyes." Nº 18.527
Asociación de la Prensa xx Xxxxx Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia
Administración: Xxxxx Xxxxx, xx 0. 00000 XXXXX Teléfono: 000 000 000 (4 líneas). Fax: 000 000 000 Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxx.xx
INSERCIONES: (Previo pago)
Carácter tarifa normal: 0,107 euros (IVA no incluido). Carácter tarifa urgente: 0,212 euros (IVA no incluido). PUBLICACION: de lunes a viernes (hábiles).
Depósito Legal: CAI - 1959
Ejemplares sueltos: 1,14 euros
B.O.P.
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 JEREZ DE LA FRONTERA EDICTO
D XXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX, LETRADO/A DE LA