PLIEGO DE CLAÚSULAS TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN DEL “PROGRAMA DE INTERVENCIÓN SOCIO- EDUCATIVA, PSICOSOCIAL Y COMUNITARIA, EN EL MUNICIPIO DE OROZKO”
PLIEGO DE CLAÚSULAS TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN DEL “PROGRAMA DE INTERVENCIÓN SOCIO- EDUCATIVA, PSICOSOCIAL Y COMUNITARIA, EN EL MUNICIPIO DE OROZKO”
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato la prestación del servicio del “Programa de intervención socio-educativa, psico-social y comunitaria en el municipio de Orozko”, según lo previsto en el Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Xxxxx de Servicios Sociales, en los términos y con la extensión y detalle que se contiene en el presente pliego y pliegos de cláusulas administrativas particulares, teniendo ambos el carácter xx xxx del contrato.
2.- FINALIDAD, CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS GENERALES DEL SERVICIO
Este Servicio consiste en un conjunto de prestaciones relacionales de apoyo socioeducativo, y psicosocial, de carácter individual, familiar y/o grupal, que pueden desarrollarse tanto en el domicilio familiar (educación doméstica, intervención familiar básica) como en el entorno comunitario (educación xx xxxxx, intermediación sociocultural, etc).
Las principales características del mismo son:
- Su carácter preventivo: la intervención se centra en el marco de la prevención, en la detección de los mecanismos que desencadenan procesos de inadaptación, empobrecimiento y aislamiento social, y en la actuación educativa en tal proceso posibilitando el ámbito y la mejora de su situación.
- Su carácter globalizador: se trata de una intervención entendida desde la globalidad, teniendo en cuenta al individuo en todas sus facetas de desarrollo psicológico, sexual, relacional, formativo y familiar.
- Su carácter socio-educativo: entendiéndose como un recurso socio-educativo, no asistencial ni terapéutico, donde las intervenciones van dirigidas a la adquisición por parte de los usuarios de conocimientos, actitudes, hábitos o capacidades útiles para su desenvolvimiento autónomo o integración social.
- La posibilidad de que adopte “formas diferentes” dependiendo de las características, necesidades y demandas de la comunidad a la que va dirigido.
Los objetivos generales del servicio son los siguientes:
- Prevenir y paliar las consecuencias psicoeducativas derivadas de situaciones de vulnerabilidad y dificultad social.
- Que las personas usuarias adquieran y desarrollen capacidades (actitudes, aptitudes, conocimientos, criterios, pautas, habilidades) personales, familiares o grupales que favorezcan su desenvolvimiento autónomo, su inclusión social y la adecuada convivencia en el medio familiar y comunitario.
- Que las personas usuarias sustituyan hábitos, conductas, percepciones, sentimientos y actitudes, que resulten inadecuados por otros más adaptados.
3.- DESTINATARIOS DEL PROGRAMA
Los/as destinatarios/as de las actuaciones previstas en el programa son:
- Personas en riesgo de exclusión.
- Personas en riesgo de dependencia.
- Personas menores de edad en situación de riesgo leve o moderado de desprotección.
- Personas adultas en riesgo de desprotección.
- Familias transnacionales que inician procesos de reagrupación familiar. También son destinatarios/as del programa:
1.- Los/as menores y familias que no presentan problemas pero que, por las características estructurales de la familia, grupo o comunidad, puedan llegar a presentarlos.
2.-Menores y familias que poseen una serie de características concretas y particulares que les hace poder ser catalogados/as de riesgo.
3.- Familias en las que se ha producido un hecho generador de crisis.
4.- Asimismo, aquellas familias con quien se ha adoptado medidas definitivas de separación del/la menor y que pueden ser susceptibles de intervención, sobre todo si siguen conviviendo menores en las mismas.
4.- ÁMBITO DE INTERVENCIÓN Y PRESTACIONES
Los servicios sociales de base serán responsables de la apertura y cierre de los casos de intervención, centralizando las distintas fases del proceso. También serán responsables de las situaciones de riesgo y/o desprotección ante los servicios especializados cuando sea necesaria la derivación o la intervención coordinada entre ambos equipos.
El equipo de intervención socioeducativa garantizará el inicio de la intervención socioeducativa con los menores y/o familias propuestos en el plazo máximo de 15 días.
El adjudicatario deberá respetar el procedimiento de actuación y protocolos que se establezcan por los servicios sociales de base.
El servicio de intervención socio-educativa y psicosocial contempla tres ámbitos de intervención:
- Intervención con familias
- Intervención con menores
- Intervención con la comunidad
A) INTERVENCIÓN CON FAMILIAS
La familia desempeña un papel primordial en la atención, desarrollo físico intelectual y afectivo de los/as menores. Podemos decir que gran parte de lo que asimilan, experimentan, y llegan a ser a lo largo de su desarrollo es producto y reflejo de sus interacciones durante la vida familiar.
B) INTERVENCIÓN CON MENORES
La intervención con menores está dirigida a la población infantil juvenil con la que, a través de un tratamiento personal y/o grupal, se apoya sus procesos evolutivos, priorizando a los/as menores con indicadores de riesgo.
Se pretende realizar con las personas usuarias una intervención de carácter globalizador, esto es que tenga en cuenta al individuo en todas sus facetas: desarrollo psicológico, relacional, formativo y familiar. Por ello, las áreas básicas de intervención se corresponderán con el área personal, el área de educación para la salud, el área de formación escolar, el área de formación laboral/ocupacional, el área de convivencia y relaciones familiares, el área de organización doméstica, el área de ocio y tiempo libre y el área de relaciones con el entorno social.
* Tipos de intervenciones:
-Intervención individualizada puntual o intensiva en función de la valoración de las necesidades y el nivel de riesgo valorado en la unidad familiar o en alguna persona de la misma.
-Intervención grupal: centrada en problemáticas o características comunes del grupo al que va dirigida la intervención.
* Fases de intervención:
- Fase de valoración diagnóstica
- Fase de proyecto socioeducativo y/o psicosocial.
- Fase de seguimiento y final de la intervención.
C) INTERVENCIÓN EN LA COMUNIDAD
La comunidad es el entorno social más próximo y el ámbito o escenario en el que éstos desarrollarán, en mayor o menor medida, sus relaciones sociales formales e informales. Por ello, la necesidad de trabajar en la comunidad y con la comunidad, con todas las instituciones involucradas para prevenir y /o paliar los procesos generadores de las situaciones de riesgo de desprotección.
Prestaciones socioeducativas
Se entenderá por prestaciones socioeducativas todas aquellas actividades dirigidas a mejorar la convivencia familiar, mejorar las habilidades de atención y cuidado de sus miembros y/ o facilitar o posibilitar el desenvolvimiento autónomo.
Se desarrollarán las siguientes prestaciones y tareas:
· Conocimiento del medio y de los recursos comunitarios.
· Difusión entre los agentes comunitarios del municipio de los servicios y actividades, en coordinación y con la supervisión de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Orozko.
· Acompañamiento a las familias a servicios y recursos.
· Incorporar los recursos comunitarios y extracomunitarios como parte del proceso de inclusión.
· Valoración socioeducativa de las necesidades de las personas usuarias de manera individual y/o familiar.
· Intervención socioeducativa.
· Elaboración, desarrollo y evaluación de los proyectos socioeducativos individuales y/o familiares.
· Elaboración de los correspondientes informes socioeducativos con la periodicidad y circunstancias que requiera cada caso.
· Planificación y desarrollo de programas y actividades.
· Registro y sistematización de los datos referidos a las intervenciones que se desarrollen.
· Evaluación de la intervención y memoria anual de la actividad.
Prestaciones psicosociales
Se entenderán por prestaciones psicosociales todas aquellas actividades dirigidas a mejorar la convivencia familiar, mejorar las habilidades de atención y cuidado de sus miembros y/ o facilitar o posibilitar el desenvolvimiento autónomo.
Se desarrollarán las siguientes prestaciones y tareas:
· Difusión entre los agentes comunitarios del municipio de los servicios y actividades, en coordinación y con la supervisión de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Orozko.
· Valoración psicosocial de las necesidades de las personas usuarias de manera individual y/o familiar.
· Valoración de las situaciones de desprotección.
· Intervención psicosocial.
· Elaboración, desarrollo y evaluación de los proyectos psicosociales individuales y/o familiares.
· Elaboración de los correspondientes informes psicosociales con la periodicidad y circunstancias que requiera cada caso.
· Planificación y desarrollo de programas y actividades.
· Registro y sistematización de los datos referidos a las intervenciones que se desarrollen.
· Evaluación de la intervención y memoria anual de la actividad.
5.- FUNCIONES DE LOS/AS EDUCADORES/AS SOCIALES Y EL/LA PSICÓLOGO/A
Funciones de los/as educadores/as
La figura del educador/a social hace referencia al o la profesional que desarrolla su labor en el domicilio de la familia y en el contexto de vida cotidiana de la persona o núcleo familiar en intervención.
Adecuará su intervención a las características de la/s persona/s a atender y a los objetivos planteados por el/la trabajador/a social de base. Partiendo de la vida cotidiana de la familia, sus valores, centros de interés y motivaciones, el objetivo de las/os profesionales de la educación social consiste en facilitar a la persona y /su familia la consecución de los objetivos que para cada área de necesidad se hayan señalado en el Proyecto Educativo.
Así mismo deberá:
- Conocer los recursos y servicios del ámbito donde se va a actuar.
- Participar en todas las fases de intervención socioeducativa.
-Trabajar conjuntamente con las/os trabajadora/es sociales de base y con el/la psicólogo/a en la prevención y actuación ante situaciones de riesgo de desprotección con infancia, juventud y familia.
- Ejercer como figura de apoyo personal para los padres/madres.
- Supervisar directamente el cuidado recibido por los niños/as en el hogar.
- Modelar y enseñar a los padres/madres conocimientos y habilidades para:
• Proporcionar un cuidado adecuado a sus hijos/as en las áreas en las que presenten déficits, y asegurar la satisfacción de sus necesidades básicas.
• Relacionarse adecuadamente con otras personas y con su entorno.
• Mantener una adecuada organización familiar.
- En familias con preadolescentes y adolescentes:
-Mediar en los conflictos padres-hijos, modelar estrategias de resolución de problemas tanto en los padres/madres como en los hijos/as, ejercer funciones de orientación y guía hacia los niños/as.
-Recoger información directa y permanente sobre la situación de la familia.
-Recoger información de otros profesionales implicados en el caso y coordinar su actuación en colaboración con el TS
-Impulsar la gestión de otros recursos comunitarios necesarios para la intervención, en colaboración con el TS.
-Recoger por escrito toda la información relativa al caso.
-Participar en la evaluación del Programa mediante cuestionarios e instrumentos de observación en el domicilio familiar.
Los/as Educadores/as Sociales desarrollarán sus funciones mediante:
- Visitas en el domicilio de las familias.
- Acompañamientos a los miembros de la familia a otros servicios (p.ej., USB, Centro de Salud Mental).
- Reuniones o contactos telefónicos con profesionales en contacto con la familia y el niño/a (p.ej., USB, escuela, pediatra, médico de cabecera de los padres/madres, personal de guarderías).
- Reuniones con el/la Técnico/a que coordina el caso y su equipo en el SSB, siempre que se considere oportuno.
- Reuniones de apoyo con el/la Psicólogo/a del equipo.
- Reuniones periódicas de supervisión con el equipo de profesionales
Funciones de los/as psicólogos/as
El/la psicólogo/a también participa en la intervención socioeducativa, con la finalidad de posibilitar la adquisición de actitudes y hábitos adecuados para el desenvolvimiento autónomo y la integración social. Esta intervención puede desarrollarse a nivel individual, familiar, grupal o comunitario y en diversos contextos.
Entre sus funciones, son de destacar las siguientes:
-La detección, investigación y evaluación de situaciones de desprotección, valorando su nivel y, por tanto, si es de competencia comunitaria o especializada.
-Elaboración de valoraciones diagnósticas psicosociales y pronóstico de casos, y valoración de la necesidad o no de intervención psicosocial.
-Intervención psicológica individual y/o familiar.
-Valoración de situaciones de riesgo y desamparo de la población menor de edad.
-Realización de informes psicológicos de valoración y diagnósticos.
-Organizar, en su caso, dinámicas grupales en función de las necesidades detectadas.
-Registro y sistematización de las intervenciones realizadas.
-Coordinación con otros sistemas comunitarios y/o protección.
-Coordinación con los/as técnicos/as: asesoramiento, orientación y supervisión de casos a los/as profesionales del Servicio Social de Base.
-Atención a dificultades familiares derivadas del déficit de autonomía de alguno de sus miembros.
-Atención psicológica a otras situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo detectados en el Servicio Social de Base u otros recursos comunitarios, en los que, previa valoración, se estime importante la intervención de carácter psicosocial.
-Apoyar en el nivel comunitario el seguimiento de casos de desprotección que han finalizado medidas de protección especializadas, como la reintegración familiar tras una medida de acogimiento, o de algunos tipos de acogimiento familiar como los que se realizan en familia extensa.
6.- ÁMBITO TERRITORIAL
El equipo atenderá a las necesidades de la población destinataria del municipio de Orozko y por tanto estará ubicado y prestará sus servicios dentro del término municipal.
7.- PROYECTO TÉCNICO
La entidad licitadora deberá presentar un Proyecto Técnico con el Plan de Trabajo a desarrollar, que contenga como mínimo, los siguientes aspectos:
- Análisis de la realidad del municipio relacionado con el objeto del contrato.
- Objetivos específicos por cada área posible de intervención.
- Metodología de trabajo.
- Gestión y organización del trabajo de las personas.
- Sistemas de coordinación y evaluación (cuantitativa y cualitativa).
- La detección de nuevas necesidades y propuestas de resolución de las dificultades con el criterio de eficiencia.
- El grado de participación de las personas usuarias.
- Explicación de la incorporación de la perspectiva de género e interculturalidad en el diseño del proyecto, su implantación y evaluación.
La extensión del proyecto está limitada a 30 folios (A-4) a una cara y con letra “Arial 12”, incluidos los anexos o cualquier tipo de documentación complementaria.
8.- ASPECTOS GENERALES METODOLÓGICOS
En cuanto a la metodología específica, se tendrá en cuenta:
1.- Los tipos de intervención, tanto individualizada como grupal, deberán estar desglosados en sus diferentes fases: De Valoración Diagnóstica, de Proyecto Socio- Educativo y Psicosocial, Seguimiento y Final de la intervención
2.- Se incluyen entre las prestaciones contratadas, las siguientes:
2.1.- Análisis y estudio del municipio, a partir de los datos generales de la población; densidad de población, tasa de paro, oferta educativa etc. y de la oferta de servicios sociales y de otro tipo sanitarios, educativos y comunitarios en general.
2.2.- Análisis de la documentación existente.
2.3.- Registro y sistematización de los datos referidos a los casos detectados.
2.4.- Establecimiento de la estructura y organización del equipo con especificación de las reuniones periódicas entre sus miembros.
2.5.- Cauces y vías de información, orientación, asesoramiento, gestión tratamiento y
seguimiento de los problemas que lleguen o que el equipo detecte tanto a nivel individual como familiar.
2.6.- Establecimiento xx xxxxxxx de coordinación con otros recursos sociales locales y supramunicipales.
2.7.- Realización de propuestas y proyectos.
2.8.- Elaboración periódica de la documentación que fuera requerida por la administración para un correcto seguimiento y evaluación del trabajo desarrollado.
2.9.- Evaluación anual, sobre el desarrollo de las actividades realizadas con los análisis cuantitativo y cualitativo de manera que, a partir de objetivos fijados, pueda evaluarse el nivel de éxito del conjunto de las actuaciones llevadas a cabo.
Para esto se presentará una memoria evaluativa sobre el trabajo desarrollado, así como una propuesta presupuestada de actividades y programas para desarrollar durante el próximo año. Esta propuesta será supervisada y consensuada con el Servicio Social de Base.
La propuesta de actividades de ocio, talleres formativos y otras actividades complementarias para las personas destinatarias del programa tendrá un coste mínimo para la empresa adjudicataria de 1.000,00 € anuales que deberá ser justificado al Ayuntamiento de Orozko con la presentación de la memoria económica junto con las oportunas facturas o documentos justificativos.
2.10.- Incorporación en todas las fases del proyecto de la perspectiva de género, fundamentada en el plan de oportunidades entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Orozko
2.11.- A la finalización del contrato, la empresa adjudicataria hará entrega de todos los expedientes generados al Ayuntamiento de Orozko.
2.12 – Para la realización de actividades se requerirá a la empresa contratante un seguro que cubra riesgos, accidentes y responsabilidad civil que se deriven del desarrollo de la actividad.
2.13 – La empresa adjudicataria se compromete a asumir las modificaciones que en cada momento determine el Ayuntamiento.
2.14 – Todas las comunicaciones y notificaciones realizadas por el servicio, deberán formalizarse en euskera y castellano.
9.- MEDIOS O RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
La entidad adjudicataria está obligada a disponer de los medios o recursos materiales y humanos necesarios e idóneos para una adecuada ejecución del contrato.
El Equipo de Intervención Socio-Educativa y psicosocial estará integrado para la ejecución de este programa por un/a educador/a, a jornada completa, y un/a psicólogo/a al 15 % de jornada, con el objeto de que llevar a cabo todas las fases de la intervención socio-educativa y psicosocial con la población usuaria, y realizando su labor de forma coordinada con el personal de los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento.
Todos/as los/as profesionales adscritos al servicio deberán:
-Tener una de estas titulaciones: Diplomatura en educación social, trabajo social o magisterio o titulación superior en psicología, pedagogía o psicopedagogía;
- Contar con experiencia profesional. De al menos dos años, con personas destinatarias del programa.
- Tener un dominio oral y escrito del euskera.
El ayuntamiento pondrá a disposición de la empresa los locales necesarios para el desarrollo del programa.
Entre los/as trabajadores/as contratados/as por la adjudicataria para la prestación del servicio y este Ayuntamiento no existirá relación jurídica de ningún tipo, quedando este último exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la relación entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma.
La entidad adjudicataria deberá comunicar al Ayuntamiento, a la mayor brevedad posible, cualquier incidencia, tales como las bajas temporales de las personas integrantes del Equipo, sus vacaciones, licencias o permisos, así como las bajas definitivas.
El adjudicatario deberá procurar la estabilidad de los profesionales que se adscriban a la prestación del servicio durante el plazo de ejecución del contrato.
En caso de bajas o ausencias por enfermedad, accidente, permisos u otros análogos, la empresa adjudicataria deberá comunicarlo inmediatamente al Ayuntamiento, y deberá reemplazar a los profesionales asignados a la prestación del servicio por otros con el mismo perfil profesional, debiendo acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la prestación del servicio, en el menor tiempo posible, siempre inferior a 15 días.
El adjudicatario está obligado a proporcionar al personal los cursos de formación y actualización necesarios para la mejora de la prestación del servicio, sin que ello afecte a la prestación contratada.
El personal actualmente adscrito al servicio está sujeto al V Convenio Colectivo de Intervención Social de Bizkaia, que regula la subrogación en el artículo 54.
10.- MODO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y RECURSOS HUMANOS
El servicio se prestará ininterrumpidamente a lo largo de todo el año.
La forma de ejecución del contrato en cuanto a tiempo y contenidos será establecido y supervisado por la persona responsable del responsable del Servicio Social de Base.
La coordinación del servicio correrá a cargo de la persona responsable del mismo a nivel municipal y la persona designada a tal efecto por parte de la empresa.
La coordinación de caso corresponderá a la/el trabajador/a social municipal de referencia y a la/el educador/a social o psicólogo/a asignado. En todo caso, la intervención desarrollada debe cumplir los principios que rigen la Ley 12/2008 de 5 de diciembre de Servicios Sociales, así como atenerse a lo establecido en la misma y que le afecte como empresa adjudicataria de una gestión indirecta, dentro del Sistema Xxxxx de Servicios Sociales. Así como lo recogido en la Ley 3/2005 de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia, el Decreto 230/2011, por el que se aprueba el BALORA y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La empresa adjudicataria para la prestación del Servicio de Intervención Socio-Educativa y Psicosocial en el Ayuntamiento de Orozko dotará el servicio con un/a educador/a y un/a psicólogo/a con una dedicación de las horas anuales que establezca el convenio vigente, en coordinación horaria con carácter de flexibilidad con los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento.
Dentro de la jornada laboral anual, 40 horas como máximo se podrán destinar a formación del equipo. Este número de horas solo se podrá superar en el caso de ser requerido por alguno de los Ayuntamientos, previa justificación de dicha necesidad por los Servicios Sociales de Base.