Contract
PF 001
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MÓDULO A EXPOSITORES PARA EXHIBICIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS, ARTÍCULOS, BIENES Y/O SERVICIOS DURANTE EL EVENTO DENOMINADO ¨FIESTAS DEL SOL 2019¨, A CELEBRARSE ENTRE EL ¨PATRONATO DE LAS FIESTAS DEL SOL DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA¨, REPRESENTADO CONJUNTAMENTE EN ESTE ACTO POR EL ING. XXXXX XXXXX XXXXXXX REAL, Y EL LIC. XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, EN CALIDAD DE PRESIDENTE Y DIRECTOR, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL PATRONATO", Y POR OTRA PARTE, LA C. XXXXXXXXXXXXXXXXX QUIEN REPRESENTA A LA EMPRESA
¨XXXXXXXXXXXXXXXXXX¨, Y EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL EXPOSITOR", LOS QUE ACTUANDO EN CONJUNTO SE DENOMINARÁN COMO "LAS PARTES", DOCUMENTO QUE CELEBRAN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES:
1. DECLARA "EL PATRONATO":
1.1.- Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx denominado ¨Patronato de las Fiestas del Xxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxxx, creado mediante Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 08 xx xxxx de 2001, publicado en la Sección I del Periódico Oficial del Estado, Órgano de difusión oficial del Gobierno del Estado de Baja California del día once xx xxxx de dos mil uno, teniendo como Registro Federal de Contribuyentes PFS990716JY7.
1.2.- Que tiene como objetivo primordial el de organizar, promover y ejecutar en coordinación con el Ayuntamiento de Mexicali el evento denominado "Fiestas del Sol", así como los eventos recreativos, culturales, ferias y exposiciones que tengan por objeto la promoción de la cultura, los valores y la identidad de la comunidad Mexicalense, proyectándola a nivel regional, nacional e internacional.
1.3.- Que con motivo de la realización de la edición del evento denominado las "FIESTAS DEL SOL 2019”, en lo sucesivo la “Feria”, "EL PATRONATO" se ha dado a la tarea de construir y fabricar módulos y espacios para su arrendamiento al público en general, empresas e instituciones interesadas en participar como expositores en la exhibición y venta de diversos productos, artículos, bienes y/o servicios en el Centro de Ferias Eventos y Exposiciones “FEX”, ubicado en Xxxxx Xxx Xxxxx #000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx.
1.4.- Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12 fracción II y III del Acuerdo de Creación del Organismo Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado ¨Patronato de las Fiestas del Sol de la Ciudad de Mexicali, Baja California¨, se encuentra entre las atribuciones del Presidente del Patronato celebrar conjuntamente con el Director los convenios, contratos y actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Patronato.
1.5.- Que comparece a la celebración del presente contrato a través del ING. XXXXX XXXXX XXXXXXX REAL con carácter de Presidente de "El Patronato de las Fiestas del Sol de la Ciudad de
Mexicali Baja California," acreditando su personalidad con copia simple de la escritura pública número (55,959) volumen número (1986), de fecha 6 xx Xxxxx del 2017, expedida por el Lic. Xxxx X. Xxxxx y xx Xxxxxxx, titular de la Notaria Xxxxxxx Xx. 0, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx.
Que el LIC. XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, Director de "EL PATRONATO", cuenta con facultades para celebrar el presente contrato de conformidad con los artículos 36, y 38 fracción I del Reglamento de las Entidades para el Municipio de Mexicali, así como del Poder que le fue otorgado, mediante escritura pública número (55,304) volumen (1961), de fecha 00 xx xxxxx xxx 0000, xxxxxxxxxxx xxxx xx xx pública del Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Notario Público Número Dos, de la ciudad de Mexicali, Baja California.
1.6.- Que las Entidades de la Administración Pública Municipal, deberán planear y conducir sus actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Municipal del Desarrollo y las que fije el Presidente Municipal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Planeación del Estado de Baja California.
1.7.- Que en el Plan Municipal de Desarrollo 2017 – 2019, se previó Promover la formación de valores en la familia, en coordinación con Instituciones Públicas, Privadas y Organismos de la Sociedad Civil, para generar una cultura de respeto y fortalecer los valores en la comunidad en general.
1.8.- El período durante el cual se llevarán a cabo las "FIESTAS DEL SOL 2019", será del 02 de Octubre al 20 de Octubre del 2019, en lo sucesivo denominado “EL PERÍODO DE LA FERIA”.
1.9.- Que tiene establecido su domicilio legal en Calle Río Nuevo #955, Colonia Xxx Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx X.X. 00000, mismo que se señala para los fines y efectos de este contrato.
2.- DECLARA “EL EXPOSITOR":
2.1.- Que tiene capacidad jurídica, reúne las condiciones para obligarse al puntual cumplimiento del presente contrato, y que cuenta con los productos, artículos, bienes y/o servicios necesarios para cumplir debidamente con todas y cada una de las obligaciones a que se compromete.
2.2.- Ser una persona física, debidamente registrado en el Servicio de Administración Tributaria que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes identificado como: XXXXXXXXXXXXXXXXXX
2.3.- Que tiene su domicilio fiscal: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
2.4.- Que tiene el siguiente número de teléfono: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
2.5.- Que desea ser expositor en el evento "FIESTAS DEL SOL 2019", a desarrollarse del 02 de Octubre al 20 de Octubre del 2019 en el Centro de Ferias Eventos y Exposiciones (FEX), y por ende, es de su interés arrendar un módulo o espacio para realizar las siguientes actividades de exhibición durante dicha feria:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Asimismo, declara que para lo anterior cuenta con personal, equipo, maquinaria y todo tipo de aditamentos para la instalación, funcionamiento y servicio con todas las normas y aditamentos de seguridad, tanto para su propio personal como para el público en general que solicite sus productos, artículos, bienes y/o servicios, y para realizar algún tipo de demostración para la venta de los mismos, y contando a su vez con los recursos necesarios para desempeñar las actividades de exhibición y ventas antes mencionadas durante la vigencia del presente contrato.
Hechas las declaraciones que anteceden, “LAS PARTES” convienen en celebrar este Contrato bajo las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- DE LOS MÓDULOS Y ESPACIOS: "EL EXPOSITOR" recibe en arrendamiento por parte de “EL PATRONATO”, el módulo ubicado e identificado en la Zona de exposición: XXXXXXX, con nombre publicitario (XXXXXXX) de acuerdo al plano y especificaciones autorizados por “EL PATRONATO”; Espacio que previamente fue solicitado por “EL EXPOSITOR” quien en este acto manifiesta su conformidad con las características y ubicación del mismo.
SEGUNDA.- VIGENCIA: La vigencia de este contrato es del día: 20 de Octubre del 2019, en lo sucesivo denominado “EL PERIODO DE LA FERIA”. Sin embargo ¨EL EXPOSITOR¨ puede ingresar dos semanas antes de la feria para realizar trabajos de adecuación de módulos, si lo requieren o en caso de necesitar más tiempo lo solicitaran por escrito al patronato de las Fiestas del Sol.
TERCERA.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO: “LAS PARTES” convienen en que el precio del arrendamiento durante “EL PERÍODO DE LA FERIA” es de: $ XXXXXXX (SON XXXXXXX PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que "EL EXPOSITOR" se obliga a cubrir al "EL PATRONATO" en su totalidad antes del 20 de Octubre del 2019, sin embargo, dicho costo quedará sujeto a los precios establecidos en El Plan de Comercialización 2019 aprobado en la reunión del Consejo Directivo del día 26 xx xxxxx del 2019, el cual se adjuntará al presente contrato identificándose como Anexo A, y formará parte integral del presente documento.
“EL PATRONATO” expedirá en este acto a "EL EXPOSITOR" un recibo por la cantidad total, por concepto de pago del arrendamiento elaborándose una factura posteriormente.
CUARTA.- DEVOLUCIÓN O ENTREGA DEL ESPACIO ARRENDADO: “EL EXPOSITOR” tendrá un plazo de
dos días naturales contados a partir del vencimiento del presente contrato para hacer entrega a satisfacción de “EL PATRONATO”, del espacio arrendado en las mismas condiciones en que lo recibió.
“LAS PARTES” convienen en que si al cumplirse el plazo establecido en el párrafo anterior, “EL EXPOSITOR” no hubiere desocupado el espacio arrendado, deberá pagar como pena convencional a “EL PATRONATO”, una cuota diaria a razón de $1,000.00 M. N. (UN MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), acumulativa hasta el día en que se entregue a satisfacción de “EL PATRONATO”, totalmente desocupado el espacio arrendado, lo cual se hará constar en el recibo de entrega correspondiente.
QUINTA.- EQUIPAMIENTO; ”LAS PARTES” están de acuerdo en que el equipamiento con que cuenta el espacio arrendado es el que se detalla enseguida y que “EL PATRONATO” no instalará ni entregará a “EL EXPOSITOR” otro equipamiento diferente al especificado a continuación:
Estructura: Techo xx xxxx, respaldo trasero xx xxxx, estructura tubular o las adaptaciones que haya hecho el expositor anterior.
Incluye: Dos lámparas para tubos de luz fluorescente, 4 tubos de luz de cuarenta Watts colocados al centro del módulo, una salida de corriente eléctrica para la instalación máxima de ciento diez (110) volts y un apagador sencillo para las lámparas del módulo. Los módulos contemplados para la venta de comida, cuenta además con tarja y drenaje.
No se incluye material para cubrir los dos muros laterales ni la parte frontal del módulo, a menos que el expositor anterior haya hecho las adaptaciones necesarias.
SEXTA.- En caso de que “EL EXPOSITOR” coloque aparatos eléctricos dentro el espacio arrendado, se obliga a no instalar más de dos aparatos eléctricos por cada módulo que le haya sido asignado, con una capacidad máxima total de demanda por módulo de 1.0 Kw. En caso de requerir carga adicional, se le autorizara por escrito y será cobrada de acuerdo a los costos establecidos por la Comisión Federal de Electricidad.
Cada expositor tendrá permitido usar un mínimo de 20 amp, por el área contratada, para satisfacer sus necesidades de consumo de energía, como también queda prohibido el uso de focos incandescentes, podrán utilizar solo focos ahorradores, en caso de requerir mayor capacidad de energía, “EL EXPOSITOR” deberá solicitar el apoyo del personal de “EL PATRONATO¨ y los expositores deberán proporcionar el material necesario para cada fin.
SÉPTIMA.- “EL PATRONATO” únicamente se hace responsable del suministro de energía hasta por la capacidad de 110 volts solicitada por “EL EXPOSITOR” como requerida, y será “EL EXPOSITOR”, el único responsable de cualquier accidente que con motivo del uso, conexiones, alambrado, aparatos eléctricos, de gas o cualquier otra modalidad que se utilice en el espacio arrendado o con motivo de su actividad utilice dentro de él. “EL PATRONATO” proporcionará exclusivamente la energía eléctrica que fue solicitada y es “EL EXPOSITOR” el único responsable acerca del uso de la misma y por ende, de las conexiones que realice con respecto a dicho suministro. “EL EXPOSITOR” se hará responsable de la reparación por el uso indebido o cualquier desperfecto o falla ocasionada en su módulo.
“EL EXPOSITOR” será totalmente responsable por el funcionamiento del espacio contratado, siendo en todo caso responsable y pagará a “EL PATRONATO” por cualquier daño tanto al módulo o espacio arrendado, como a terceras personas por los incidentes o accidentes que se deriven del mal uso o utilización del espacio arrendado.
OCTAVA.- “EL PATRONATO” tampoco será responsable por siniestro o por cualquier tipo de accidente, causa fortuita o de fuerza mayor, ocasionado por el uso de la energía eléctrica, instalaciones de las misma, incluyendo el uso, instalaciones, consumo de gas o de cualquier otro combustible, o de cualquier acción que "EL EXPOSITOR" realice dentro del espacio arrendado, ya que las partes aceptan y reconocen que “EL PATRONATO” únicamente proporciona a “EL EXPOSITOR” el espacio arrendado para que exponga, promueva y venda sus productos, artículos,
bienes y/o servicios, o cualquier actividad que este realice. Por lo tanto, “EL EXPOSITOR” deberá responder por cualquier tipo de responsabilidad civil e indemnizatoria que por su negligencia o abuso del bien arrendado realice.
NOVENA.- USO Y OBJETO DEL ESPACIO ARRENDADO: “EL EXPOSITOR” se obliga a utilizar el espacio arrendado exclusivamente para:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Por lo tanto, “LAS PARTES” convienen en que es motivo de rescisión de este contrato si “EL EXPOSITOR” hiciera uso diferente, parcial o total, del espacio arrendado.
DÉCIMA.- PREPARACIÓN Y BUENA PRESENTACIÓN DEL ESPACIO ARRENDADO: “EL EXPOSITOR” se
obliga a tener debidamente acondicionado el espacio arrendado, apegándose al área asignada, y a no obstruir otro(s) módulo(s) o espacio(s) con sus artículos, ni a obstruir pasillos. Se obliga también, a regresarlo en las mismas condiciones en que lo recibió. Así mismo, a mantener el espacio limpio antes, durante y después de la Feria, de manera presentable para sus clientes y visitantes de la Feria.
DÉCIMA PRIMERA.- PROHIBICIÓN DE CEDER DERECHOS Y SUBARRENDAR:”LAS PARTES” convienen en
que “EL EXPOSITOR” no podrá bajo ninguna circunstancia, compartir, ceder o traspasar a terceros los derechos que se deriven de este Contrato, ni las instalaciones del espacio contratado, ni en forma parcial ni en forma total. La violación de esta cláusula será causa suficiente para la rescisión inmediata, y sin previo aviso, de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- PUBLICIDAD SOLO EN MÓDULO: "EL EXPOSITOR" se obliga a no propiciar ni permitir que sus edecanes, promotores de venta, empleados o dependientes recurran o deambulen por el Recinto Ferial con el propósito de distribuir publicidad comercial, engomados, calcomanías, productos promocionales o de cualquier otro tipo, ni en un radio mayor de 5 metros alrededor del espacio o módulo arrendado, a excepción que el “EL PATRONATO” lo autorice por escrito. En caso no cumplir con esta cláusula, se tomaran las medidas establecidas en ¨LOS LINEAMIENTOS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO PARA LA OPERACIÓN DE LAS FIESTAS DEL SOL 2019¨
Queda prohibido exhibir, promocionar, vender, o introducir productos y/o servicios que promuevan o induzcan a la violencia y/o vicio.
DÉCIMA TERCERA.- VENTA DE ALIMENTOS: “EL EXPOSITOR” con venta de alimentos están obligados a utilizar ropa sanitaria (cubre pelo, cubre boca, y mandil) deberán desinfectar sus alimentos, y mantenerlos refrigerados, emplear hielo potable para las aguas frescas, y conservar de manera adecuada los alimentos calientes.
DÉCIMA CUARTA.- GAFETES E IDENTIFICACIÓN: “EL EXPOSITOR” conviene y se obliga a que durante el período de vigencia del presente contrato, tanto él como su personal portarán visiblemente el gafete de identificación entregado para el acceso y durante toda su permanencia en las instalaciones de la Feria, en caso de no portarlo tendrá que pagar su acceso en taquillas. En caso de pérdida o extravío del gafete, “EL EXPOSITOR” conviene en cubrir a “EL PATRONATO” un pago de
$500.00 M. N. por cada reposición de gafete que éste le solicite.
DÉCIMA QUINTA- ¨EL EXPOSITOR” Tiene la obligación de mantener abierto(s) su(s) módulo(s) o espacio(s) y en operación durante los 19 días que dura la feria con acceso al público y respetando los horarios impuestos, si se incumple esta norma por más de tres días, “EL PATRONATO” se verá
obligado a hacer rescisión de contrato, teniendo el derecho de reasignar su(s) módulo(s) o espacio(s) a otro expositor sin realizar alguna devolución del importe pagado.
DÉCIMA SEXTA- “EL EXPOSITOR” conviene y acepta que los gafetes de identificación que “EL PATRONATO” le entregue contendrán la fotografía de la persona a la que corresponde y serán de uso personal e intransferible.
Cualquier uso indebido del GAFETE provocara la retención del mismo, y por ningún motivo será devuelto a su titular.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CANTIDAD Y ENTREGA DE GAFETES O IDENTIFICACIONES: “LAS PARTES” convienen
en que la cantidad de gafetes y/o tarjetas de acceso que se entregarán de acuerdo a la siguiente tabla:
Por cada Módulo | XXXXX Gafetes XXXXX Tarjetas |
Por cada Módulo | XXXXX Pases de estacionamiento |
DÉCIMA OCTAVA.- REPOSICIÓN DE TARJETA DE ACCESO: "LAS PARTES" convienen que en caso de
requerir la reposición de tarjetas de acceso por extravío o destrucción de las mismas, se expedirán a “EL EXPOSITOR” nuevas tarjetas con el costo de entrada de taquilla multiplicado por el número de días que falten de transcurrir del “XXXXXXX XX XX XXXXX”.
XXXXXX XXXXXX.- XX XX XXXXXXXXX, PRODUCTOS O SERVICIOS: Las partes convienen en que “EL
PATRONATO” quedará relevado de toda responsabilidad cuando por causas ajenas, por causa fortuita o de fuerza mayor, la mercancía, productos, artículos, bienes, instalaciones ó equipos propiedad de “EL EXPOSITOR” resulten dañados.
VIGÉSIMA.- PERMISOS Y LICENCIAS: “EL EXPOSITOR” se obliga a realizar con oportunidad los trámites correspondientes ante las diferentes Dependencias Gubernamentales (Servicio de Administración Tributaria, Salubridad, Seguro Social, etc.) para poder operar dentro de la Feria, así como realizar el pago de las contribuciones que le resulten a cargo con motivo de las actividades que se realicen derivadas de la ejecución de este Contrato, declarando conocer sus obligaciones fiscales y laborales, por lo que solo a él obliga el cumplimiento de las Leyes de la materia.
“EL EXPOSITOR” reconoce que todas las obligaciones laborales respecto del uso del espacio arrendado serán de su única y exclusiva responsabilidad, incluyendo pero no limitado a la indemnización de dicho personal, pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, pago de impuestos federales, estatales o municipales, pago de cuotas sindicales y cualquier otro costo o gasto que pueda derivar de una relación de trabajo o laboral; por lo tanto, “EL EXPOSITOR” se obliga a proporcionar documentos necesarios como (Credencial de elector, comprobante de domicilio y su RFC), eximiendo de responsabilidad a “EL PATRONATO” por cualquier reclamación derivada de tales relaciones, y a asumir el pago de cualquier indemnización, daños o perjuicios generados por tales motivos, incluyendo los gastos judiciales y honorarios de abogados.
VIGÉSIMA PRIMERA.- "EL EXPOSITOR" conviene y acepta los términos y condiciones que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California establece en los artículos 116 fracción IV, 122 xx Xxx general de los derechos de niñas, niños y adolescentes; artículos 35 párrafo segundo, 105 fracción IV y 108 de la ley para la protección y defensa de niñas, niños y adolescentes para el
Estado; así como el artículo 21 fracción XVIII de la ley para la protección y defensa de los derechos menores y la familia en el estado de Baja California. En la cual se deben garantizar los Derechos Humanos que contribuye hacer efectivo su libre desarrollo e integridad, y prevenir los fenómenos que atenten contra la niñez, por lo cual se prohíbe la explotación laboral a menores de 15 años dentro xxx xxxxxxx ferial. “EL PATRONATO” realizara una recisión de contrato si no se cumplen los artículos señalados.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGURIDAD Y VIGILANCIA. “EL PATRONATO” se obliga a mantener orden dentro xxx xxxxxxx ferial las 24 horas del día, mediante la participación de elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM), que se asignen para estas labores, misma que consistirá únicamente en la preservación del orden público y la prevención de delitos dentro xxx Xxxxxxx Ferial; Corresponderá únicamente a la responsabilidad de “EL EXPOSITOR”, la preservación y resguardo de los bienes, equipos, mobiliario, productos, artículos, bienes y pertenencias personales, tanto de “EL EXPOSITOR” como de sus dependientes, empleados ó visitantes dentro de los límites del espacio arrendado al mismo.
VIGÉSIMA TERCERA.- “EL EXPOSITOR” conviene que en caso de que el público asistente a la Feria sufra daños o lesiones por causas imputables a “EL EXPOSITOR”, éste será el único responsable de los costos y gastos por los daños y las lesiones ocasionados.
Asimismo, “EL EXPOSITOR” se obliga a no propiciar, promover o permitir que se altere el orden público dentro del área del espacio arrendado por parte suya o de su personal, empleados, dependientes, proveedores, entre otros, ya que estos no ingieran bebidas de graduación alcohólica durante el desempeño de su trabajo y a no elevar el volumen del equipo de sonido que tenga a sus disposición dentro del espacio arrendado, de tal manera que dicho volumen pueda molestar y perturbar las actividades de sus vecinos ó al público que asiste a la Feria, al contaminar el ambiente con exceso de ruido. En caso no cumplir con esta cláusula, se tomaran las medidas establecidas en
¨LOS LINEAMIENTOS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO PARA XX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXX XXX 0000x
XXXXXXXX XXXXXX.- PRODUCTOS: "EL EXPOSITOR" se obliga en su caso a adquirir, exhibir y/o enajenar al público en su módulo, únicamente los productos de las marcas de bebidas gaseosas, bebidas de graduación alcohólica (cerveza), agua potable embotellada, hielo, gas y cualquier otro producto con el que se haya celebrado contrato de exclusividad por parte de "EL PATRONATO", y a no publicitar productos, servicios o marcas diversas a las establecidas en dichos contratos de exclusividad, siendo estos los casos de empresas patrocinadoras de bebidas refrescantes y agua; Bebidas con grado alcohólico, distribuidoras de hielo y empresas patrocinadoras de Gas L.P., y a respetar el sobreprecio de los mismos, así como a observar el precio máximo de cada uno de ellos al público que “EL PATRONATO” autorice.
“LAS PARTES” convienen en que no se permitirá introducir a la Feria cualesquiera de los productos exclusivos descritos en el párrafo anterior, sino que “EL EXPOSITOR” se obliga a adquirirlos directamente a la empresa autorizada para su abasto dentro xxx Xxxxxxx Ferial, y con base en la relación de productos, servicios, y marcas de exclusividad que "EL PATRONATO" le entrega a la firma del presente.
VIGÉSIMA QUINTA.- "EL EXPOSITOR" se obliga a ingresar sus productos o equipo de trabajo exclusivamente por la puerta 6 (SEIS), en un horario comprendido entre las 9:00 y las 15:00 horas. En caso no cumplir con esta cláusula, se tomaran las medidas establecidas en ¨LOS LINEAMIENTOS Y
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO PARA LA OPERACIÓN DE LAS FIESTAS DEL SOL 2019¨
VIGÉSIMA SEXTA.- PUBLICACIÓN DE PRECIOS: ¨EL EXPOSITOR¨ se obliga a colocar los precios de los productos, artículos, comida o bienes a la vista del público, con la intención de que no haya mal entendido alguno con los visitantes de la Feria, en la forma que ¨EL EXPOSITOR¨ desee.
VIGÉSIMA SEPTIMA.- JURISDICCIÓN: Las partes convienen que para el caso de cualquier controversia de carácter judicial se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la Ciudad de Mexicali, Baja California, renunciando a cualquier otro fuero que por razón del domicilio presente o futuro pudieren corresponderles.
VIGÉSIMA OCTAVA.- SANCIONES: "EL EXPOSITOR" será sujeto a las sanciones por parte del departamento de Supervisión y Permisos, dependiente de la Subdirección de Operación y Seguimiento de la Secretaría del Ayuntamiento, en caso de incumplir con "EL PATRONATO", en lo referente a la venta de licor y cerveza a menores de edad y a personas que se encuentren en evidente estado de ebriedad dentro del local; así mismo "EL EXPOSITOR" se compromete a respetar los precios topes definidos y a hacer respetar los horarios para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Ley para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California y el Reglamento para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California.
VIGÉSIMA NOVENA.-SALIDA DE EXPOSITORES "EL EXPOSITOR", se obliga, si fuera necesario, a liquidar la sanción o deuda a la que se hubiere hecho acreedor por incumplimiento de la cláusula anterior, con anterioridad a la conclusión de la vigencia de este contrato, de lo contrario se le negará la salida a su mercancía y/o equipo xxx xxxxxxx.
No se permitirá desmontar, ni comenzar a retirar mercancía antes de los horarios del cierre, debido a que esto podría generar riesgos potenciales de accidentes así como una mala impresión de los visitantes. Para salir xxx xxxxxxx se requiere la autorización de “EL PATRONATO” mediante una hoja de salida que se les otorgara el último día de la feria siempre y cuando no exista adeudo con “EL PATRONATO” y por el cual deberán acudir personalmente.
TRIGESIMA.- El pagar y participar en las ¨FIESTAS DEL SOL 2019¨ y/o en ediciones anteriores, no genera ningún derecho sobre del (los) módulo(s) o espacio(s) para eventos posteriores dentro de las instalaciones xxx xxxxxxx ferial.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- CANCELACIONES: En caso de que “EL EXPOSITOR” desee dar por cancelado anticipadamente el contrato celebrado por la causa que fuere, “EL PATRONATO” reembolsará el recurso pagado de acuerdo a lo estipulado en la solicitud de utilización de módulos y/o espacios por el firmada con anticipación a este contrato, y que se resume a continuación:
80% de lo pagado si la cancelación se tramita antes del 31 de Julio del 2019, devolviéndose el efectivo después de las Fiestas del Sol, siempre y cuando el módulo haya sido arrendado nuevamente.
50% de lo pagado si la cancelación se efectúa entre el 1 y el 31 xx xxxxxx del 2019, devolviéndose el efectivo después de las Fiestas del Sol, siempre y cuando el módulo haya sido arrendado nuevamente.
A partir del 1ro. de Septiembre de 2019, no habrá ninguna devolución por anticipos pagados.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.-DOMICILIOS: Las partes señalan como domicilio para oír y recibir notificaciones los siguientes:
Domicilio de “EL PATRONATO”: Xxxxx Xxx Xxxxx # 000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000 de la Ciudad de Mexicali, Baja California.
Domicilio de “EL EXPOSITOR”: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Leídas por las partes las Declaraciones y Cláusulas de este Contrato y enteradas de su fuerza y alcance legal, lo firman y ratifican el día XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
"EL PATRONATO"
ING. XXXXX XXXXX XXXXXXX REAL PRESIDENTE DEL PATRONATO DE LAS FIESTAS XXX
XXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXX, XXXX XXXXXXXXXX
LIC. XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX DIRECTOR DEL PATRONATO DE LAS FIESTAS XXX XXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXX, XXXX XXXXXXXXXX
¨EL EXPOSITOR¨
XXXXXXXXXXXXXXXXXX
TESTIGOS