PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS PÓLIZAS DEL GRUPO No. 1 DEL PROGRAMA DE SEGUROS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Bogotá D.C., julio 27 de 2018
CAPÍTULO I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
1.1. OBJETO DE LA INVITACIÓN
Contratar las pólizas del Grupo No. 1 del Programa de Seguros de la Universidad Nacional de Colombia
“INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS PÓLIZAS DEL GRUPO No. 1 DEL PROGRAMA DE SEGUROS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA”.
1.2. ALCANCE DEL OBJETO
La presente invitación pública busca seleccionar la(s) compañía(s) aseguradora(s) que ampare(n) los riesgos que afectan los bienes e intereses patrimoniales de la Universidad Nacional de Colombia, en adelante la UNIVERSIDAD, así como aquellos bienes e intereses patrimoniales por los cuales sea o llegare a ser responsable, tanto en el nivel nacional como en las sedes de la institución durante las vigencias 2018- 2021, y que están contemplados en el Grupo No. 1 del Programa de Seguros de la Universidad, así:
1.2.1. SEDES QUE COBIJA EL PROGRAMA DE SEGUROS GRUPO 1
El programa de seguros, que se llegare a contratar para amparar los bienes e intereses patrimoniales de propiedad de la Universidad Nacional de Colombia, así como aquellos bienes e intereses patrimoniales por los cuales sea o llegare a ser responsable, deberá cubrir las siguientes sedes:
a) Bogotá
b) Medellín
c) Manizales
d) Palmira
e) Caribe
f) Orinoquía
g) Amazonía
h) Tumaco
i) De La Paz
j) Nivel Nacional (Sede administrativa ubicada en la ciudad de Bogotá)
k) Las demás que la UNIVERSIDAD llegare a crear durante el plazo de ejecución del contrato.
1.3. PÓLIZAS DE LA INVITACIÓN
1.3.1. GRUPO No. 1 DEL PROGRAMA DE SEGUROS
El Grupo No. 1 del Programa de seguros está conformado por los seguros que a continuación se discriminan y cuya fecha de vencimiento será la siguiente:
RAMO | VENCIMIENTO | ||
Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 | ||
Seguro de Automóviles | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 | ||
Seguro de Todo Riesgo Equipo y Maquinaria | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 | ||
Seguro xx Xxxxx Barco | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 | ||
Seguro de Transporte de Valores | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
Seguro de Transporte de Mercancías | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
Seguro de Manejo Global para Entidades Estatales | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
Seguro de Responsabilidad Civil (Decreto 1595/2015 Laboratorios) | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
Seguro Responsabilidad Civil Servidores Públicos | A las 24:00 horas del 31 de octubre de 2018 |
a) SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES:
Ampara las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes de propiedad de la UNIVERSIDAD, o aquellos que estén bajo su responsabilidad, tenencia y/o control, y en general los recibidos a cualquier título y/o por los que tenga algún interés asegurable, ubicados a nivel nacional e internacional.
Teniendo en cuenta que son bienes como edificios, muebles y enseres, maquinaria, equipos eléctricos y electrónicos, los cuales están expuestos a riesgos de daños y/o pérdidas, que pueden afectar gravemente el patrimonio, tal es el caso de un evento de los denominados catastróficos (terremoto o cualquier otra convulsión de la naturaleza); lo cual justifica plenamente la necesidad que se pretende satisfacer con la contratación de este seguro.
b) SEGURO DE AUTOMÓVILES:
Ampara los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad o por los que sea legalmente responsable la UNIVERSIDAD, o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros que se causen con dichos vehículos.
c) SEGURO DE TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA:
Amparar contra todo riesgo la maquinaria y equipo que se moviliza por sus propios medios, de propiedad o por los que sea legalmente responsable la UNIVERSIDAD, ubicada en cualquier parte del Territorio Nacional y países limítrofes y por los daños que éstas causen a terceras personas y/o a sus bienes.
d) SEGURO XX XXXXX BARCO:
Amparar contra todo riesgo la maquinaria y equipo marítimo y fluvial y demás embarcaciones de propiedad o por los que sea legalmente responsable la UNIVERSIDAD, ubicada en cualquier parte del territorio nacional y países limítrofes, y por los daños que estas causen a terceras personas y/o a sus bienes, incluyendo equipos y accesorios.
e) SEGURO DE TRANSPORTE DE VALORES:
Amparar las pérdidas y los daños materiales causados como consecuencia del transporte de dineros en efectivo, títulos valores, cheques, y cualquier otro documento de propiedad de la UNIVERSIDAD, que pueda ser convertido fácilmente en dinero en efectivo, incluyendo las movilizaciones de dinero en efectivo realizados por los funcionarios o personal delegado del manejo xx xxxxx menores y demás títulos valores, por los cuales la UNIVERSIDAD, sea o deba ser legalmente responsable.
f) SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS:
Amparar todas las movilizaciones de mercancías nuevas y usadas, por cualquier medio de transporte, de los bienes de su propiedad, bajo tenencia, responsabilidad y/o control; propios del giro normal de las actividades de LA UNIVERSIDAD.
g) SEGURO DE MANEJO GLOBAL PARA ENTIDADES ESTATALES:
Ampara los riesgos que impliquen menoscabo de los fondos o bienes de propiedad, bajo tenencia, control y/o responsabilidad de la UNIVERSIDAD, causados por acciones y omisiones de sus servidores, (Funcionarios y contratistas) que incurran en delitos contra la administración pública o en alcances por incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, incluyendo el costo de la rendición de cuentas en caso de abandono del cargo o fallecimiento de sus servidores (Funcionarios y Contratistas); de conformidad con lo previsto por la Resolución No. 014249 del 15 xx xxxx de 1992, expedida por la Contraloría General de la República, por medio de la cual se adoptó y reglamento este seguro, cuyo objetivo está dirigido a garantizar el manejo de fondos y bienes por parte de los servidores públicos.
h) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL:
Ampara los perjuicios patrimoniales que sufra la UNIVERSIDAD, como consecuencia de la responsabilidad civil extracontractual originada dentro o fuera de sus instalaciones, en el desarrollo de sus actividades o en lo relacionado con ella, lo mismo que los actos de sus empleados y funcionarios dentro y fuera del territorio nacional.
i) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (Decreto 1595/2015 Laboratorios)
Amparar la responsabilidad civil contractual por los perjuicios y pérdidas resultantes de cualquier reclamo formulado al asegurado por primera vez durante la vigencia del contrato de seguro que sean consecuencia de cualquier acto, error, impericia u omisión negligentes (incluyendo la culpa grave) del asegurado o de las personas por las cuales es legalmente responsable, en el proceso de certificación y de infidelidad con el fin de amparar la propiedad y confidencialidad sobre la tecnología de producción utilizada.
j) SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS
Amparar los detrimentos patrimoniales sufridos por la UNIVERSIDAD, con ocasión de la realización de los eventos amparados por el seguro, tales como, actos fraudulentos o deshonestos de los trabajadores, pérdidas por dentro y fuera de los predios, giros postales y papel moneda falso, falsificación o alteración de documentos, fraude de Terceros por computador, fraude en transferencias de fondos, endoso de télex, telegrama, cablegrama facsímile u otras instrucciones similares, virus de computadores, comunicaciones electrónicas.
k) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PÚBLICOS
La cobertura de este seguro se dirige a amparar el detrimento patrimonial generado a instancias de actos de gestión directiva, el cual afecta a LA UNIVERSIDAD, en su carácter de directa responsable de la actuación de sus funcionarios.
Adicionalmente ampara los costos de defensa del funcionario, atendiendo lo preceptuado en la Directiva Presidencial No. 10 de 2002, en la que a fin de lograr el equilibrio entre los deberes y las cargas que el ejercicio de un cargo público impone y la necesaria seguridad de quien lo ejerce, permite considerar la viabilidad de que el Estado asuma con sus propios recursos la defensa de los servidores públicos sujetos a la rigurosidad de las normas que rigen su responsabilidad, en concordancia con el Artículo 49 de la Ley 1593 de 2012.
1.3.2. ESTRUCTURACIÓN DE LOS SEGUROS A CONTRATAR - GRUPO 1
Con el propósito de facilitar la participación de las aseguradoras, buscando pluralidad y economía, el Grupo 1 del programa de seguros se ha estructurado con los siguientes Sub Grupos:
1.3.2.1. SUBGRUPO No. 1
a) Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales
b) Seguro de Automóviles
c) Seguro de Todo Riesgo Equipo y Maquinaria
d) Seguro xx Xxxxx Barco (*)
e) Seguro de Transporte de Valores
f) Seguro de Transporte de Mercancías
g) Seguro de Manejo Global para Entidades Estatales
h) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual
i) Seguro de Responsabilidad Civil (Decreto 1595/2015 Laboratorios)
Nota: (*) En el caso que la compañía de seguros no tenga aprobado éste ramo, podrá expedir la póliza de Incendio y Sustracción, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.1 de la Circular Externa 052 de 2002 de la Superintendencia Bancaria.
1.3.2.2. SUBGRUPO No. 2
j) Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros
1.3.2.3. SUBGRUPO No. 3
k) Seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos
1.4. SELECCIÓN DE PROPUESTA(S) Y ASIGNACIÓN DE CONTRATO
La asignación del contrato se realizará de forma parcial por grupo y/o subgrupos, a una o varias compañías de seguros, ya sea individualmente o en consorcio o unión temporal, al proponente que haya obtenido el mayor puntaje, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Los PROPONENTES podrán presentar oferta para uno o varios de los subgrupos del Grupo No. 1. No obstante, los proponentes que deseen ofertar el subgrupo No. 1 y que tengan autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia, los xxxxx por los cuales pueda expedir los productos de Infidelidad y Riesgos Financieros y Responsabilidad Civil Servidores Públicos y los comercialice; deberán obligatoriamente presentar oferta para el subgrupo No. 2 y subgrupo No. 3 de acuerdo con los xxxxx registrados, so pena de rechazo de la oferta. Por ende, los proponentes que no tengan registrado el ramo por el cual se pueda expedir la póliza del subgrupo No. 2 y del subgrupo No. 3 en la Superintendencia Financiera de Colombia, podrán presentar oferta para el subgrupo No 1 sin que estén obligados a ofertar el subgrupo No 2 y el subgrupo No. 3.
Al proponente que presente oferta para los subgrupos No. 1, 2 y 3 y se le rechace el ofrecimiento en el ramo de infidelidad y riesgos financieros y/o responsabilidad civil servidores públicos, le será rechazada la oferta en todos los subgrupos ofertados.
Cuando la oferta para el Subgrupo No 1 sea presentada bajo las modalidades de consorcio o unión temporal, y alguno o algunos de sus integrantes tenga autorizado en la Superintendencia Financiera de Colombia, los xxxxx por los cuales pueda expedir los producto de Infidelidad y Riesgos Financieros y Responsabilidad Civil Servidores Públicos y los comercialice; se aplicarán las mismas reglas descritas en los párrafos precedentes, podrá presentar la oferta para el subgrupo No. 2 y subgrupo No. 3 como proponente plural o en forma individual por el miembro o los miembros que tengan la aprobación de dichos xxxxx.
b) Las propuestas presentadas para el subgrupo No. 1 del Grupo No. 1 DEBERÁN comprender todas y cada una de las pólizas. No se aceptan propuestas parciales por pólizas para el subgrupo No. 1
Igualmente, la UNIVERSIDAD se reserva la facultad de contratar por un mayor o menor plazo, según la disponibilidad presupuestal, para lo cual la UNIVERSIDAD hará los cálculos tomando las primas a prorrata, mecanismo que es aceptado por el PROPONENTE con la presentación de su propuesta.
c) La UNIVERSIDAD, se reserva el derecho de incluir o excluir de la asignación del contrato, aquellos bienes que hayan sido adquiridos y/o retirados del servicio.
d) El proponente deberá tener en cuenta que la vigencia que deberá proponer para todos los seguros que conforman el presente proceso de invitación, deben corresponder a la fecha de vencimiento
establecida en los Numerales 1.3.1 y 1.3.2, para cada uno de los seguros relacionados, so pena de rechazo de la propuesta.
1.5. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
El PROPONENTE dentro de su propuesta deberá aceptar la ejecución de las siguientes obligaciones específicas:
a) Expedir y entregar el amparo provisional, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la comunicación escrita de asignación del contrato por parte de la Universidad.
b) Expedir y entregar las pólizas de seguros, dentro del mes siguiente a la fecha de legalización del contrato.
c) Incorporar de manera automática al programa de seguros los nuevos bienes que adquiera LA UNIVERSIDAD, según el aviso que se dé sobre el particular.
d) Xxxxxxxxx, en coordinación con el Corredor de Seguros de LA UNIVERSIDAD del presente proceso, la revisión general del programa y disponer los medios y recursos apropiados para ajustar el programa de acuerdo con los amparos.
e) Definir conjuntamente con el intermediario del programa de seguros del presente proceso un mecanismo que permita mantener actualizados los valores asegurados para cada uno de los xxxxx mensualmente. La herramienta de actualización será avalada por el supervisor del contrato.
f) Garantizar una adecuada coordinación entre el intermediario y la aseguradora, mediante comités periódicos de seguimiento al programa.
g) Garantizar que el equipo que atiende la cuenta de la UNIVERSIDAD, sea mínimo de dos personas, sin exclusión de que a los comités asistan los jefes de área de la aseguradora.
h) Generar un sistema de alarmas que le permitan a la UNIVERSIDAD actuar en consecuencia, en caso de posibles vencimientos o prescripciones de siniestros de los cuales la aseguradora ya tenga conocimiento.
i) Mantener actualizada la información referida al clausulado y liquidación de las primas, mediante una herramienta de seguimiento concertada entre las tres partes que interviene en la ejecución del contrato.
j) Adoptar una herramienta de presentación de informes de siniestralidad concertada con las tres partes involucradas en el proceso, que permitan conocer el estado actualizado de siniestralidad.
k) Presentar un informe mensual, que contenga como mínimo, el avance por mes de cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato, anexando adicionalmente información referida a la siniestralidad, estado de reclamaciones y cartera, la información referida a los reportes causados en el programa de seguros, de acuerdo con las directrices emitidas por la UNIVERSIDAD. Esta información deberá describir detalladamente el estado actual de cada uno de las variables descritas. El informe deberá ser presentado, durante los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente.
l) Acreditar, para la firma del contrato, que se encuentra al día en el cumplimiento del pago de los aportes parafiscales de sus empleados por lo menos con seis (6) meses de antelación, para lo cual deberá remitir certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley, o por el representante legal.
m) Responder a las consultas efectuadas por la UNIVERSIDAD, y/o su corredor de seguros, dentro del término ofrecido en su propuesta.
n) Efectuar a LA UNIVERSIDAD, como máximo dos (2) requerimientos relacionados con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos necesarios para hacer efectivo el pago de la indemnización, contados a partir de la comunicación de la ocurrencia de los siniestros por parte de la UNIVERSIDAD, el último de los cuales deberá hacerse dentro de los sesenta (60) días siguientes.
o) Asesorar a la UNIVERSIDAD, en los temas referidos a seguros que se consideren relevantes.
p) Realizar las modificaciones, inclusiones, exclusiones, adiciones o prórrogas, en las mismas condiciones contratadas para el programa de seguros.
q) Realizar una (1) capacitación sobre el programa de seguros de la Universidad, la cual será desarrollada en cualquier sede de la Universidad
r) Cumplir con todas las condiciones y servicios ofrecidos en su propuesta
s) Cumplir las demás obligaciones que se deriven del contrato y las previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en el Código de Comercio y demás disposiciones legales aplicables a las Compañías de Seguros.
t) Las demás obligaciones nacidas xxx xxxxxx de condiciones, de la propuesta y del contrato de seguros suscrito.
NOTA: En el evento en que la propuesta presentada modifique las obligaciones indicadas en el presente numeral, no serán tenidas en cuenta, se entenderán por no escritas y no podrán ser oponibles al asegurado, y solo serán válidas y obligatorias las expuestas en el pliego de condiciones de la presente invitación pública.
1.6. SINIESTRALIDAD – GRUPO 1
En el evento de que la siniestralidad del Grupo 1 del programa de seguros sea menor al 60% durante el plazo inicialmente contratado, de mutuo acuerdo se podrán suscribir adiciones o prórrogas en las mismas condiciones pactadas al inicio del contrato.
Para la determinación del porcentaje de siniestralidad se incluirá el valor de los siniestros pagados y en reserva frente al valor de las primas facturadas por la Universidad.
1.7. VALOR ESTIMADO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN A LARGO PLAZO Contratación a largo plazo, treinta y tres (33) meses distribuidos así:
VIGENCIA | DESDE | HASTA | DÍAS | VALOR |
2018-2019 | Las 00:00 horas del 01 Noviembre de 2018 | Las 24:00 horas del 31 Julio de 2019 | 273 | 2,706,155,534 |
2019-2020 | Las 00:00 horas del 01 Agosto de 2019 | Las 24:00 horas del 31 Julio de 2020 | 366 | 3,599,098,331 |
2020-2021 | Las 00:00 horas del 01 Agosto de 2020 | Las 24:00 horas del 31 Julio de 2021 | 365 | 3,509,192,345 |
VALOR TOTAL DE LA CONTRATACIÓN | $9.814.446.210 |
La UNIVERSIDAD ha estimado un valor del presente proceso de contratación por NUEVE MIL OCHOCIENTOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ
PESOS MONEDA LEGAL ($9.814.446.210) incluido IVA, más el valor del gravamen a los movimientos financieros, para la contratación de los seguros del grupo N° 1 del programa de seguros de la Universidad Nacional de Colombia, para las vigencias comprendidas desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 y hasta las 24:00 horas 31 de julio de 2021.
a. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
1. Para la primera vigencia: Por valor de DOS MIL SETECIENTOS SÉIS MILLONES CIENTOCINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($2.706.155.534) más el valor del gravamen a los movimientos financieros.
En este caso, no afectará la vigencia futura 2019 por cuanto la característica específica de los contratos de seguros es que su pago se realiza de manera anticipada al comenzar la vigencia de las pólizas. Estos recursos se encuentran garantizados con el certificado de disponibilidad presupuestal número 1243 del 5 de julio de 2018, expedido por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal del Nivel Nacional. Estos recursos representan el 27.6% del total de recursos que ampararían el contrato.
2. Para la segunda vigencia: Por valor de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($3.599.098.331), más el valor del gravamen a los movimientos financieros, para el pago de las pólizas de la vigencia
2019-2020 la cual afectará el presupuesto de la vigencia 2019 (del 01/08/2019 al 31/07/2020). Estos recursos representan el 36.7% del total de recursos que ampararían el contrato
3. Para la tercera vigencia: Por valor de TRES MIL QUINIENTOS NUEVE MILLONES CIENTONOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS ($3.509.192.345) para el pago de las pólizas de la vigencia 2020-2021 la cual afectará el presupuesto de la vigencia 2020 (del 1/08/2020 al 31/07/2021). Estos recursos representan el 35.7% del total de recursos que ampararían el contrato.
El valor total de las vigencias futuras es de SIETE MIL CIENTO OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($7.108.290.676) más el gravamen a los
movimientos financieros. Estos recursos se encuentran garantizados mediante la resolución de rectoría número 847 del 17 de julio de 2018 mediante la cual se autorizó un cupo para comprometer apropiaciones de vigencias futuras ordinarias de gastos de funcionamiento de la Universidad Nacional de Colombia para la vigencia fiscal 2019 y 2020.
Los valores establecidos para el Grupo 1 se encuentran discriminados así:
Subgrupos | AÑO 1 Vigencia | AÑO 2 Vigencia | AÑO 3 Vigencia |
2018-2019 | 2019-2020 | 2020-2021 | |
Subgrupo No. 1 | 2,174,867,356 | 2,955,913,265 | 2,939,709,504 |
Inclusiones y modificaciones subgrupo N° 1 | 149,589,041 | 200,000,000 | 200,000,000 |
Inclusiones Valledupar y Tumaco | 83,050,151 | 62,817,841 | 9,121,270 |
Subtotal Subgrupo N° 1 | 2,407,506,548 | 3,218,731,106 | 3,148,830.774 |
Subgrupo No. 2 | 154,482,360 | 196,752,808 | 186,404,471 |
Subgrupo No. 3 | 144,166,625 | 183,614,416 | 173,957,101 |
TOTAL DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL | 2,706,155,534 | 3,599,098,331 | 3,509,192,345 |
TOTAL DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL 3 VIGENCIAS | 9,814,446,210 |
NOTAS:
i. El Grupo 1 está conformado por tres subgrupos.
ii. Para la presentación de la propuesta económica, el oferente solamente deberá tener en cuenta el valor correspondiente a la expedición inicial para el total de los subgrupos No. 1, No. 2 y No. 3, que conforman el Grupo 1, indicada para cada año de vigencia incluido IVA.
iii. La UNIVERSIDAD ha determinado un VALOR FIJO para atender cobros xx xxxxxx adicionales por concepto de modificaciones, inclusiones y similares incluido IVA, para el subgrupo No. 1. Valores contemplados dentro del presupuesto.
iv. La UNIVERSIDAD, en el evento de no contratar alguna o algunas de las pólizas, se reserva la facultad de hacer uso de los recursos disponibles para ampliar la vigencia o mejorar las condiciones de las restantes pólizas, para lo cual tomará las primas ofertadas a prorrata para efectos de determinar el plazo de los seguros.
v. En el evento que la UNIVERSIDAD decida no contratar una o más pólizas, el valor del presupuesto estimado de la(s) póliza(s) no contratada(s), no se incluirá en el valor total asignado de la presente contratación.
vi. El presupuesto asignado a este proceso contractual comprende todos los costos, gastos e impuestos directos e indirectos que se puedan generar para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato. Por lo anterior, el PROPONENTE deberá proyectar el valor de su propuesta incluyendo todos los valores, así como los impuestos a que haya lugar, en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
vii. El valor del gravamen a los movimientos financieros no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente proceso de selección, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.
1.8. PLAZO DE EJECUCUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD
El plazo estimado del contrato requerido por la UNIVERSIDAD es de TREINTA Y TRES (33) MESES, comprendidos entre las 00:00 horas del 1 de noviembre de 2018 y hasta las 24:00 horas del 31 de julio de 2021, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento y legalización exigidos.
1.9. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Como resultado de la presente Invitación, la Universidad Nacional de Colombia, contratará los servicios mediante la suscripción de CONTRATO(S) DE SEGUROS.
1.10. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La presente invitación publica y el contrato que llegare a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, "Por medio de la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia.
1.11. RESERVA DE DOCUMENTOS
Los PROPONENTES interesados en participar en la presente invitación pública, se comprometen bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que se les den a conocer, siempre y cuando la UNIVERSIDAD comunique el carácter de reserva y la norma o sustento legal sobre la cual se soporta dicha reserva.
Dicho compromiso se entiende concertado por el simple hecho de presentar la oferta
1.12. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación.
1.13. INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el PROPONENTE xxxxxxx a esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. NO obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por el PROPONENTE.
1.14. PARTICIPANTES
Podrán participar todas las compañías de seguros, legalmente constituidas en el país, autorizadas para funcionar por la Superintendencia Financiera de Colombia, individualmente o bajo las modalidades de Consorcio o Unión temporal, y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y la ley.
Para efectos de considerar la propuesta, los consorcios o uniones temporales, deben tener oficina principal o sucursal en la ciudad de Bogotá D.C.
NO se aceptan propuestas bajo la figura de xxxxxxxxx.
En el evento de presentarse la propuesta bajo la figura de consorcio o unión temporal, los proponentes deberán diligenciar y adjuntar los Formatos No. 2A o 2B, dependiendo la figura asociativa escogida, dentro de la cual se debe señalar, claramente, la participación de los integrantes en cada una de los seguros a contratar por la UNIVERSIDAD.
Así mismo, todos los PROPONENTES deberán diligenciar y adjuntar el Formato No. 2C.
1.15. CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA PROPUESTA
El contenido de las propuestas será de carácter reservado en la medida que la ley lo determina. El PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, hasta la fecha y hora prevista para el plazo de entrega de la Propuesta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la Invitación y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada.
Si EL PROPONENTE presenta su PROPUESTA con información confidencial, ésta debe presentarse en cuaderno separado, debidamente foliado, con la justificación legal y técnica que ampara los documentos con la confidencialidad invocada, mencionando las normas, disposiciones, decisiones de organismos competentes y actos administrativos que le confieran tal confidencialidad a los mismos.
El PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, hasta antes de la fecha y hora prevista para el plazo de entrega de la propuesta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la Invitación y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada.
1.16. NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el PROPONENTE seleccionado mediante la presente Invitación, no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.
En este evento, la UNIVERSIDAD podrá asignar el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes, al PROPONENTE calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la UNIVERSIDAD.
1.17. DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
No habrá devolución de propuestas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD procederá a archivar los originales de todas y cada una de las propuestas recibidas. Sólo en el caso que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los PROPONENTES el original de sus propuestas previa solicitud escrita dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos.
1.18. DECLARATORIA DE DESIERTA
La Universidad podrá declarar desierto un proceso de invitación pública o directa por los siguientes motivos:
a) La no presentación de ofertas.
b) Incumplimiento por parte de los oferentes de los requisitos habilitantes establecidos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación.
c) Que la oferta no alcance los puntajes mínimos requeridos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación.
d) Cuando no existan razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios del estudio xx xxxxxxx o de referencia y los presentados por los oferentes.
e) Cuando se presenten causales que impidan la escogencia objetiva del oferente.
f) Cuando la oferta resulte inconveniente institucionalmente para la Universidad.
g) Cuando se presenten circunstancias sobrevinientes al proceso de invitación que determinen la inconveniencia de la selección de la oferta para los intereses de la Universidad.
1.19. INTERMEDIARIO DE SEGUROS
La UNIVERSIDAD informa a los participantes que seleccionó y contrató como intermediario de seguros a JARGU S.A. CORREDORES DE SEGUROS, identificado con el NIT 800.018.165-8, quien trabajará en el manejo del programa de seguros Grupo 1 aquí seleccionado.
Los PROPONENTES se comprometen a aceptar al intermediario de seguros seleccionado por la UNIVERSIDAD.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1341 del Código de Comercio, el corredor tendrá derecho al pago de comisiones por parte del asegurador.
CAPITULO II ETAPAS DEL PROCESO
2.1. CRONOGRAMA
El proceso de contratación se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas exactos que se establecen a continuación:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
PUBLICACIÓN Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES | 27 julio de 2018 | |
VISITA DE INSPECCIÓN A LOS CAMPUS UNIVERSITARIOS | 2 agosto de 2018 a partir de las 9:00 am | Sede Medellín: en la xxxxx 00x Xx. 00-00, xxxxxxxxx Xxxxx- Xxxxxx 00. Xxxx Xxxxxx: en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X. Sede Manizales: en la Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00-Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx X, Xxxxx X. |
SOLICITUD DE DOCUMENTOS DE CARÁCTER CONFIDENCIAL | Hasta el 3 agosto de 2018 hasta las 4:00 pm | Solicitar a los correos electrónicos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | 10 xx xxxxxx de 2018 hasta las 12:00 m | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X., o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx. |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | 31 xx xxxxxx de 2018 | |
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN | 14 de septiembre de 2018 a las 11:00 am | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X. |
PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN | 21 de septiembre de 2018 | |
OBSERVACIONES AL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN | 26 de septiembre de 2018 hasta las 12:00 m | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X., o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx. |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR, Y DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN | 12 de octubre de 2018 |
a) Notas: Cuando se presenten razones de conveniencia o necesidad institucional, LA UNIVERSIDAD podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, antes de su vencimiento, para lo cual se informará a los PROPONENTES a través de la página Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, acerca de las modificaciones o variaciones necesarias.
b) Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la Universidad, con relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán comunicadas a través de la página Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/.
c) Las horas señaladas en el anterior cronograma, en especial la relativa a la hora límite para presentación de la oferta, se tomarán según indique el reloj de la página web: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx.
2.2. PUBLICACIÓN Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El pliego de condiciones será publicado a partir de la fecha establecida en el Cronograma, por intermedio de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, y podrá ser consultado por los interesados en la página Web de la UNIVERSIDAD xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, bajo el título “INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS PÓLIZAS DEL GRUPO No.1 DEL PROGRAMA DE SEGUROS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA”.
2.3. SOLICITUD DE ENTREGA DE DOCUMENTOS DE CARÁCTER CONFIDENCIAL
Hasta la fecha, hora y en los correos previstos en el cronograma, la UNIVERSIDAD recibirá de los PROPONENTES interesados, la solicitud de la siguiente información relacionada con la Universidad y con el Grupo No. 1 del Programa de Seguros con que cuenta actualmente:
a) Balance General y Estado de Resultados a 31 de diciembre de 2017.
b) Estado de Pérdidas y Resultados 2017
c) Formulario de Infidelidad y Riesgos financieros
d) Formulario de Responsabilidad Civil Servidores Públicos
e) Siniestralidad Grupo 1 con corte a diciembre de 2017
Dicha información será remitida por la UNIVERSIDAD a quienes lo hayan solicitado, por correo electrónico, a más tardar dentro de las fechas previstas en el cronograma para esta etapa del proceso.
El PROPONENTE que no requiera la información dentro del plazo estipulado en el Cronograma no podrá alegar favorabilidad de la UNIVERSIDAD frente a los que sí la requirieron, ni solicitar extemporáneamente la misma. Tampoco podrá alegar desconocimiento de ninguna índole que no le haya permitido formular su propuesta o hacerlo en condiciones diferentes frente a los demás PROPONENTES.
2.4. VISITAS DE INSPECCIÓN
Las compañías aseguradoras interesadas, podrán adelantar las visitas de inspección de riesgos a los bienes objeto de la presente invitación, de acuerdo con las fechas establecidas en el cronograma de la presente invitación, las cuales serán realizadas a su xxxxx y bajo su responsabilidad. De la visita de inspección se levantará las actas respectivas de asistencia.
Para la sede Medellín: a través de la Dirección Financiera y Administrativa de la Sede se adelantará el recorrido a algunos inmuebles del campus, los interesados, para lo cual, los interesados, deberán presentarse en dicha oficina, ubicada en la fecha y hora establecidos en el cronograma.
Para la sede Bogotá: La División Nacional de Servicios Administrativos de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa, adelantará un recorrido a algunos de los inmuebles del Campus Universitario, para lo cual, los interesados, deberán presentarse en dicha oficina, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 85 Piso 4 Oficina 463 del Edificio Xxxxx Xxxxxxxxx de Bogotá, D.C., en la fecha y hora establecidos en el cronograma.
Para la sede Manizales: a través de la Dirección Financiera y Administrativa de la Sede se adelantará el recorrido a algunos inmuebles del campus, los interesados, para lo cual, los interesados, deberán presentarse en dicha oficina, ubicada en la fecha y hora establecidos en el cronograma
Las aseguradoras podrán visitar otros predios de la sede Bogotá o los Campus de las otras sedes de la Universidad donde están ubicados los bienes asegurables, con el fin de obtener un conocimiento específico de los mismos, para los cual deberán formular solicitud escrita dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000 xx Xxxxxx X.X. o remitirla al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx. Dicha solicitud podrá ser efectuada como máximo hasta el 31 de julio de 2018 a las 12:00 m, indicando la persona autorizada para desarrollar la visita.
Las aseguradoras interesadas que no asistan a las visitas de inspección programadas por la Universidad, o que no formulen solicitud escrita de visitas a otros predios dentro de los términos establecidos en el cronograma del presente pliego para la etapa de visita de inspección, no podrán alegar posteriormente el desconocimiento de los riesgos o de las condiciones o circunstancias que puedan ejecutar la ejecución o el cumplimiento de los contratos de seguro objeto de esta Invitación.
2.5. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
Los PROPONENTES podrán presentar, por escrito, las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones al pliego de condiciones, que consideren convenientes, a más tardar en la fecha y hora establecidas en el CRONOGRAMA, en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000 xx Xxxxxx X.X., o remitirlas al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
2.6. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
La UNIVERSIDAD, publicará la respuesta a las observaciones presentadas por los PROPONENTES al pliego de condiciones, el día establecido en el Cronograma en la página Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/.
La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los PROPONENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las Propuestas. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de este pliego de condiciones y sus adendas.
El silencio por parte de la UNIVERSIDAD a la fecha del vencimiento de la presente invitación, ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones, deberá tenerse como negación de la solicitud.
2.7. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN
Las PROPUESTAS deben ser presentadas en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000 xx Xxxxxx X.X., hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA.
Sólo se evaluarán las propuestas que hayan sido radicadas en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA. El PROPONENTE que envíe su propuesta por correo, será responsable de que la misma sea radicada en el sitio, fecha y hora establecidos.
En la fecha y hora establecidas para el cierre de la invitación, se levantará un acta que contendrá una relación sucinta de las propuestas presentadas, el nombre del PROPONENTE, el número de folios de que consta, haciendo la aclaración si la numeración de la misma presenta tachaduras o enmendaduras o si se encuentran folios en blanco.
En el evento que la PROPUESTA se encuentre sin foliar, la UNIVERSIDAD procederá a hacerlo en presencia de los asistentes y consignará esta circunstancia en la respectiva Acta. Cuando se encuentren folios en blanco se procederá a anular la correspondiente hoja con una nota diagonal que así lo señale. Cuando se presenten folios superpuestos, se procederá a verificar su foliación y también se dejará constancia de ello.
El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD que allí intervengan y por los PROPONENTES presentes que manifiesten su deseo de firmarla.
2.8. SOLICITUD DE ACLARACIONES Y/O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La UNIVERSIDAD, a través de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, podrá solicitar por escrito una vez cerrada la Invitación y hasta antes de la publicación de la evaluación definitiva, subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes, requerir las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, y solicitar los documentos y certificaciones que encuentre convenientes, sin que esto implique adición o modificación de la propuesta presentada.
La solicitud de la UNIVERSIDAD y la respuesta del PROPONENTE deberán constar por escrito, y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en los aspectos substanciales de la Propuesta.
2.9. PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN
Los resultados de la evaluación preliminar de las propuestas serán publicados en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, a partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA.
2.9. OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE PROPUESTAS
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
En este mismo período establecido en el cronograma, los PROPONENTES podrán tener acceso a las propuestas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones.
Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación, la UNIVERSIDAD no ha recibido observaciones por parte de los participantes, el documento quedará ratificado como informe definitivo de evaluación.
2.10. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO
Las respuestas a las observaciones presentadas y los resultados de la evaluación definitiva, serán publicadas en la página Web de la UNIVERSIDAD: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, en la fecha indicada en el cronograma.
CAPITULO III
CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
EL PROPONENTE deberá hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en este Pliego de Condiciones y en sus adendas, y cumplir estrictamente las siguientes condiciones:
a. Seguir las instrucciones, que en el presente pliego de condiciones se imparten para la elaboración de su oferta.
b. Queda entendido que con la presentación de la propuesta se acogen y aceptan todas las condiciones estipuladas en el presente pliego, en los formularios y en la ley.
c. Verificar que no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas, para participar en el presente proceso de selección y para contratar.
d. Examinar rigurosamente el contenido de los pliegos de condiciones, de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación Administrativa con la Universidad Nacional.
e. La propuesta debe ser presentada en el orden exigido en el pliego de condiciones para facilitar su estudio, con un índice o tabla de contenido, y debidamente foliada por página, desde la primera hoja.
f. Las propuestas que se presenten deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones.
g. Debe cerciorarse que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados y proceder a reunir la información y documentación exigida.
h. La presentación de la propuesta constituye evidencia de que el proponente estudió el pliego de condiciones, los estudios y documentos previos, los formularios y demás documentos; que se recibieron las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y se acepta que, el mismo, es completo compatible y adecuado para identificar bienes o servicios que se contratarán.
i. La presentación de la propuesta indica igualmente que el proponente está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
j. No se aceptarán propuestas radicadas en lugar diferente y/o por fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
k. La propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito, utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada página, en estricto orden consecutivo ascendente.
l. La propuesta deberá entregarse, en medio escrito: en original y una (1) copia, debidamente foliadas y en sobres sellados, rotulados en su parte exterior, y en una copia en medio magnético (CD) debidamente marcado.
El Rótulo contendrá como mínimo la siguiente información del PROPONENTE:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS XXXXXXX XXX XXXXX Xx. 0 XXX XXXXXXXX XX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX
Propuesta presentada por: Nombre o razón social Dirección
No. Teléfono No. de Fax
Correo electrónico ORIGINAL / PRIMERA COPIA
m. La propuesta y sus copias (física y digital) deberán contener la totalidad de los documentos exigidos,
con todos sus anexos.
n. La propuesta remitida por correo tradicional, que para la fecha y hora límite, establecidas para su presentación en el Cronograma, haya sido radicada en dependencias distintas a las indicadas en el presente pliego de condiciones, no se tendrá en cuenta.
o. No se aceptarán propuestas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
p. En caso de discrepancia entre el original y la copia, se tendrá en cuenta la información contenida en el original.
q. El PROPONENTE debe diligenciar y presentar todos los formatos enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de este Pliego de Condiciones.
r. En el presente proceso NO SE ACEPTA la presentación de ofertas complementarias o alternativas.
s. No se aceptarán Propuestas cuyos documentos presenten tachaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente.
t. En la propuesta deben indicarse los precios expresados en pesos colombianos, sin centavos, incluyendo todos los costos en que pueda incurrir durante el plazo del contrato.
u. Serán a cargo del PROPONENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta.
v. Los PROPONENTES deberán tener en cuenta que la propuesta básica deberá ceñirse a las condiciones y especificaciones contenidas en los documentos de la Invitación.
w. En caso de contradicción entre el valor ofertado en letras y el valor consignado en números, prevalecerá para todos los efectos el valor consignado en letras, sin perjuicio de las aclaraciones que pueda solicitar la Universidad.
x. Toda comunicación enviada por los PROPONENTES y relacionada con esta invitación pública, deberá ser dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa de la UNIVERSIDAD Nacional de Colombia, ubicada en la Xxx. 00 Xx. 00-00, Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx X.X., o por correo electrónico a xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
CAPITULO IV
DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
4.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA GRUPO 1
4.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El PROPONENTE deberá anexar carta de presentación firmada por el representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, y diligenciarla de acuerdo con el modelo suministrado en el Formato No 1.
En caso que la propuesta sea presentada por el representante legal suplente del proponente, se deberá allegar el documento idóneo que dé cuenta de la falta absoluta, temporal o transitoria del representante legal principal, debidamente suscrita por el Secretario general de la compañía de seguros.
Si el representante legal del PROPONENTE o de alguno de los integrantes de un consorcio o unión temporal, no se encuentra obligado a contar con la señalada autorización, tanto para presentar PROPUESTA como para suscribir y legalizar el respectivo contrato, el PROPONENTE deberá incluir en su PROPUESTA un documento que certifique esta situación, respectivamente firmado por el representante legal principal.
En el evento de que la propuesta sea presentada y suscrita por apoderado, se deberá adjuntar el poder que así lo faculte.
En la carta de presentación, el PROPONENTE debe indicar si la información allegada con la propuesta tiene el carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal naturaleza.
Nota: La no presentación de este documento en el formato establecido por la UNIVERSIDAD, o si este no viene firmado por el representante legal del PROPONENTE o el apoderado constituido para tal efecto, será causal de rechazo de la propuesta. El contenido de este documento será subsanable.
4.1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
El PROPONENTE y los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, como personas jurídicas deberán acreditar su calidad como compañía de seguros y su existencia y representación legal mediante la presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera.
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que esté contemplado el nombramiento del representante legal.
b) Que estén relacionados los xxxxx autorizados.
c) Fecha de expedición con una antelación máxima quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha inicialmente establecida para el cierre del presente proceso (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
d) La persona jurídica debe haberse constituido legalmente por lo menos cinco (5) años antes de la fecha de cierre de la presente invitación. (Cuándo se prorrogue la fecha de cierre, el plazo se contará a partir de la primera fecha de cierre).
Solamente en el caso de no ser posible acreditar en el certificado de existencia y representación legal de la Superintendencia Financiera, a la fecha de cierre del presente proceso, la información requerida en el literal a) del presente numeral, el PROPONENTE deberá presentar el documento idóneo, legalmente permitido, que contenga dicha información. Dicho documento podrá ser:
1) Escrituras públicas de la sociedad.
2) Actas de Asambleas de Accionistas.
3) Estatutos de la sociedad.
4) Certificado de la Cámara de Comercio
En caso de no ser posible acreditar en el certificado de Existencia y Representación Legal de la Superintendencia Financiera, la información requerida en el literal d), el PROPONENTE podrá presentar certificación específica expedida por la Superintendencia Financiera, que contenga dicha información. El certificado deberá ser expedido dentro quince (15) días calendario, anteriores al cierre de la invitación.
Los miembros de los consorcios o uniones temporales, deberán presentar cada uno el documento que acredite su existencia y representación legal y los otros requisitos en los términos de este numeral.
Nota: Serán causales de rechazo de la propuesta, aplicables a este numeral:
1. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
2. Que la información solicitada en las literales b) y c) de este numeral no repose en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera.
3. La no presentación del documento idóneo y legalmente permitido para probar la información solicitada en el literal d), cuando estas no estén contempladas en el Certificado de Existencia y Representación Legal respectivo.
El contenido de los documentos exigidos en este numeral, serán subsanables, a excepción de la información solicitada en el literal b) de este numeral.
4.1.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El PROPONENTE, deberá presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad donde opere la Oficina Principal y de la sucursal en Bogotá D.C. que atenderá el contrato de seguros.
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) El haber sido legalmente constituido como tal.
b) Que su objeto social esté relacionado con el objeto de la presente invitación.
c) Que este contemplado el nombramiento del revisor fiscal.
d) Fecha de expedición con una antelación máxima de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha inicialmente establecida para el cierre del presente proceso (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
Solamente en el caso de no ser posible acreditar en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio, a la fecha de cierre del presente proceso, la información requerida en el literal c) del presente numeral, el PROPONENTE deberá presentar el documento idóneo, legalmente permitido, que contenga dicha información. Dicho documento podrá ser:
1) Escrituras públicas de la sociedad.
2) Actas de Asambleas de Accionistas.
3) Estatutos de la sociedad.
En caso de presentarse la propuesta en Unión Temporal o Consorcio, estos documentos deberán ser presentados en forma individual por cada uno de los integrantes.
Nota: Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral:
i. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
ii. Que la información solicitada en los literales a), b), y d) de este numeral no repose en el Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
iii. La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la presentación de los documentos expresamente exigidos en el presente numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieren presentado.
xx.Xx no presentación del documento idóneo y legalmente permitido para probar la información solicitada en el literal c), cuando estas no estén contempladas en el Documento de Existencia y Representación Legal, respectivo.
El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en las literales a) y b) de este numeral.
4.1.4. DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si el PROPONENTE presenta su PROPUESTA a título de consorcio o unión temporal deberá presentar el respectivo documento de conformación, para lo cual podrá utilizar los Formatos No. 2A o 2B, dependiendo de la figura asociativa escogida, en el que se verificará la siguiente información:
a) Nombre o razón social, NIT, domicilio y Representación Legal, domicilio y representación legal de cada uno de los miembros que conforman la Unión Temporal o el Consorcio.
b) Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, cada una de sus miembros deberá señalar el porcentaje de participación o la extensión de la responsabilidad en la PROPUESTA, el contrato y su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin previa autorización de la UNIVERSIDAD.
c) Señalar la duración del Consorcio o Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior a la del plazo del contrato y cinco (5) años más.
d) Informar quien es el líder del Consorcio o Unión Temporal.
e) Estipular claramente las actividades y obligaciones de todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el marco de la ejecución de la propuesta y el posible contrato que se llegare a suscribir.
f) Designación del representante o apoderado que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o de la Unión Temporal indicando expresamente sus facultades. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva indicando expresamente sus facultades.
g) Xxxxxxx las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
h) Manifestación expresa de cada uno de los Integrantes en el sentido de que conoce y acepta los términos del presente Pliego de Xxxxxxxxxxx y responde solidariamente tanto por la veracidad de la información y demás manifestaciones incluidas en los documentos y en la Propuesta.
i) Declaración de que ninguno de los Integrantes del Consorcio o Unión Temporal se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la UNIVERSIDAD.
El proponente deberá tener en cuenta que independientemente de los porcentajes de participación bajo la figura de consorcio o unión temporal, la UNIVERSIDAD podrá hacer exigible la obligación a cualquiera de los integrantes, en cumplimiento del principio de solidaridad que se les exige a quienes participan bajo estas condiciones.
Nota: Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes y la falta de designación de representante legal, o en el caso de las Uniones Temporales, la falta de señalamiento de los términos y extensión de la participación de los miembros que las integren, no son subsanables y generan el rechazo de la propuesta.
4.1.5. CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL
El PROPONENTE deberá presentar la respectiva copia de la Cédula de Ciudadanía o de Extranjería del Representante Legal.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.
Nota: En caso de no presentarse este documento, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.1.6. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR CONTRATO
Si el representante legal del PROPONENTE requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar propuesta, suscribir y legalizar contrato o en su Certificado xx Xxxxxx de Comercio así lo señala, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente o el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicho permiso, de acuerdo con los estatutos
o reglamentos de la respectiva persona jurídica.
Si el representante legal del PROPONENTE o de alguno de los integrantes de un consorcio o unión temporal, no se encuentra obligado a contar con la señalada autorización, tanto para presentar PROPUESTA como para suscribir y legalizar el respectivo contrato, el PROPONENTE deberá incluir en su PROPUESTA un documento que certifique esta situación, respectivamente firmado por el representante legal principal.
En caso que la propuesta sea presentada por el representante legal suplente del proponente, y dentro del certificado de existencia y representación legal del proponente se establezca que los representantes suplentes tengan las mismas facultades que el principal o se estipule que para la actuación de los suplentes no es necesario acreditar la ausencia del titular, no será necesario allegar el documento idóneo que dé cuenta de la falta absoluta, temporal o transitoria del representante legal principal.
En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el poder que lo faculte para presentar propuestas, y celebrar y legalizar contratos, y la copia de su documento de identidad.
Nota: Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. Será causal de rechazo la no presentación del mismo, o la falta de las firmas de sus integrantes.
4.1.7. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El PROPONENTE debe acompañar su propuesta, como requisito indispensable, con una Garantía de Seriedad a favor de entidades Estatales, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por el representante legal de la entidad bancaria.
En dicho documento se verificará lo siguiente:
a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – NIT 000.000.000-3
b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta (IVA incluido) del grupo o subgrupos a los cuales se presente.
c) Vigencia: noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha prevista para el cierre de la invitación
d) Xxxxxxx/Afianzado: la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre del PROPONENTE o de la razón social que figura en el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.
Cuando la PROPUESTA la presente un consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad podrá ser tomada a nombre de todos o de uno sus integrantes (indicando la razón social y NIT de cada uno de sus integrantes y su porcentaje de participación).
e) Firma del representante legal: la póliza o garantía deberá firmarse por parte del representante legal del PROPONENTE (tratándose de uniones temporales o consorcios por el representante legal designado en el documento de constitución).
El PROPONENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía en caso de presentarse prórrogas en los plazos de la contratación, de la asignación, o de la suscripción del contrato, no cubiertas con la vigencia inicial.
Tanto al PROPONENTE que haya sido seleccionado como a los demás participantes, se les devolverá la garantía de la seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado y legalizado el contrato de seguros, previa solicitud escrita dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos.
La UNIVERSIDAD hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos:
1) Cuando el PROPONENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la PROPUESTA, en caso que la UNIVERSIDAD decida modificar el calendario de la invitación.
2) Cuando el PROPONENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD, no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en su PROPUESTA, en especial no suscribir y legalizar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de su otorgamiento;
Nota: La no presentación de la Garantía de Seriedad de la PROPUESTA, será causal de rechazo por considerar que la PROPUESTA no tiene la seriedad exigida. También será causal de rechazo de la PROPUESTA la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en los literales a) y d).
El contenido de los literales b), c), y e) establecidos en este numeral, podrá ser subsanado.
4.1.8. CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO
Teniendo en cuenta lo contemplado en el artículo 2.2.1.1.1.5.6. del Decreto 1082 de 2015, el PROPONENTE y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes, de conformidad con el artículo 6º de la Ley 1150/07, modificado por el art. 221 del Decreto Ley 0019 de 2012.
Por lo anterior, para la presente invitación pública, los proponentes deberán estar clasificados en el RUP, identificados con el Clasificado de Bienes y Servicios en el tercer nivel así:
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS |
00-00-00-00 |
Servicios financieros y de seguros – servicios de seguros y pensiones – seguros para estructuras y propiedades y posesiones |
Si la propuesta se presenta en forma individual, el oferente debe cumplir en forma total con la inscripción, calificación y clasificación del presente pliego.
En el evento que la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito, calificado y clasificado en la actividad, especialidad y grupo(s) para el que presenta oferta, de acuerdo a los parámetros exigidos por la Entidad para el presente proceso de contratación.
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que el proponente presente la clasificación solicitada.
b) La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al Proponente, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación.
c) Fecha de expedición inferior a quince (15) días calendario a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación, (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
d) Que la información financiera reportada sea a corte 31 de diciembre de 2017.
Nota: Serán causales de rechazo de la propuesta, aplicables a este numeral:
i. La no presentación del RUP por parte del proponente.
ii. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
iii. La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la presentación del documento expresamente exigido en este numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieren presentado.
iv. Que la inscripción y clasificación no se encuentra vigente.
v. Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al proponente en relación con la ejecución del objeto contractual de la presente invitación dentro del término establecido.
El contenido del literal c) y d) del presente numeral, podrá ser subsanado.
4.1.9. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Los PROPONENTES deberán presentar el certificado expedido por el revisor fiscal (Si está obligado a tenerlo) o por el representante legal, en el que conste que se encuentra x xxx y salvo por concepto de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
Las personas jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión temporal deben presentar individualmente el certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales.
Dicha certificación deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días calendarios, a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación.
Nota: Este documento podrá subsanarse en su contenido.
4.1.10. TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL
El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Revisor Fiscal (si está obligado a tenerlo) responsable de la suscripción del certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales y de la información financiera.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar los documentos en los términos de este numeral.
Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios, o si este último no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de rechazo. El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable.
4.2 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA
4.2.1 RUT (Registro Único Tributario)
El PROPONENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.
Nota: En caso de no presentarse con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE
deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo. Este documento podrá subsanarse en su contenido.
4.2.2 INFORMACIÓN FINANCIERA
La UNIVERSIDAD realizará la verificación financiera de los proponentes, de acuerdo a la información del RUP a corte 31 de diciembre de 2017 y de certificación financiera suscrita por el Representante Legal, Revisor Fiscal y Xxxxxxxx, según lo establecido en el numeral 6.1.3.
Nota 1: Frente al indicador de nivel de endeudamiento se verificará mediante certificación suscrita por el revisor fiscal, en atención a que en la información del RUP no se indican las reservas técnicas en la fórmula de dicho indicador. Se anexa formato para su diligenciamiento
Nota 2: Frente al indicador de Patrimonio Técnico vs Patrimonio Adecuado, el mismo se acreditará mediante certificación suscrita por el revisor fiscal, con corte al 31 de diciembre de 2017, conforme a lo dispuesto en el Decreto 2954 de 2010 y en la Circular Externa 035 de 2010. Para tales efectos deberá diligenciar la información de este indicador en el Formato No. 7, teniendo como base la información reportada a la Superintendencia Financiera de Colombia.
La información financiera presentada que no se verifique del RUP, deberá ser tomada fielmente de los estados financieros por parte de los PROPONENTES.
Nota: Esta información podrá ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD en su contenido, para lo cual la UNIVERSIDAD podrá requerir al proponente en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva.
4.2.3 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO
El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Contador Público y Revisor Fiscal que certifiquen la información financiera.
Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios y la correspondiente tarjeta profesional.
Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios, o si este último no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de rechazo. El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable.
4.3 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA
4.3.1 EXPERIENCIA
La UNIVERSIDAD realizará la verificación de la experiencia directamente del RUP, verificando la siguiente información:
a) Nombre del contratante
b) Nombre del contratista
c) Contratos ejecutados en seguros generales: clasificación 84-13-15
d) Clientes PRIVADOS O PÚBLICOS.
e) Sumatoria de los contratos deberán ser iguales o superiores al valor del presupuesto para cada uno de los subgrupos descritos en numeral 1.3.1. de la presente invitación según expresado en SMMLV.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, se verificará la experiencia así:
a. Se deberá indicar en el documento de consorcio o unión temporal el integrante o integrantes a los cuales se les verificará la experiencia en el RUP.
b. La sumatoria de los contratos deberá ser igual o superior al presupuesto para cada grupo, expresado en SMMLV.
Adicionalmente se aclara que, en caso de propuesta singular, se verificará la sumatoria de los contratos, expresados en SMMLV para cada uno de los grupos.
Para efectos de la verificación de experiencia, el oferente deberá indicar en el Formato No. 9 los contratos reportados en el RUP que pretende hacer valer, los cuales deberán estar codificados de conformidad con las exigencias anteriormente descritas, so pena de ser calificada la propuesta como NO CUMPLE.
NOTA: Este documento podrá subsanarse en su contenido. La no presentación será causal de rechazo de la propuesta.
4.3.2 EJEMPLARES DE LAS PÓLIZAS OFRECIDAS
El proponente debe presentar con la propuesta ejemplares de las pólizas propuestas con sus anexos y cláusulas o condiciones generales de acuerdo con las disposiciones de la Superintendencia Financiera.
NOTAS:
a) En el evento que la Universidad lo requiera la aseguradora que haya sido seleccionada, expedirá sin ningún costo la copia de la póliza de seguros que así se solicite.
b) En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.3.3 REQUISITOS PARA EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
El proponente deberá diligenciar y presentar el formato No. 3, para todos y cada uno de los seguros ofertados. En dicho formato deberá detallar cada uno de los documentos que exigirá para el pago de siniestros, el plazo máximo para entregar la liquidación de los siniestros una vez acreditada la ocurrencia del hecho y la cuantía de la pérdida, así como el plazo máximo para el pago de los siniestros una vez recibida la liquidación debidamente suscrita. Dicho formato deberá estar suscrito por el Representante Legal del proponente.
La información requerida se deberá presentar para cada uno de los amparos contemplados en el seguro. Si el proponente no utiliza el formulario antes señalado, la propuesta deberá contener toda la información requerida en el mismo, por cuanto la información contenida en la misma otorga puntaje.
La Utilización de expresiones que permitan a la aseguradora solicitar un mayor número de documentos de los que se relacionan en el formulario o de los que se indican en la oferta, tales como “los demás que la compañía requiera”, “cualquier otro necesario para el trámite”, “los requeridos para acreditar la ocurrencia del siniestro y cuantía de la pérdida”, entre otros, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
NOTA: Este documento no podrá subsanarse, teniendo en cuenta que el mismo otorga puntaje y por lo tanto, no podría ser presentado o modificado por el proponente después del cierre del proceso. La no presentación del mismo tendrá como consecuencia, la no asignación de puntaje. Lo anterior, teniendo en cuenta que los documentos que otorgan puntaje no pueden ser subsanados.
4.3.4 CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS CALIFICABLES
El proponente debe presentar una propuesta técnica que cumpla con las condiciones técnicas exigidas en los Formatos Técnicos Números 3 al 20 del presente pliego de condiciones, así:
a) Nombre y objeto del Seguro.
b) El ofrecimiento de los Amparos Obligatorios y las Clausulas Obligatorias
c) Relacionar los amparos adicionales, las cláusulas adicionales, condiciones especiales y las cláusulas de garantía que apliquen para cada uno de los xxxxx.
d) Deducibles
e) Valor Asegurado Cotizado, el cual deberá ser el que se requiere en el Pliego de Condiciones.
f) Costo del Seguro Cotizado indicando: la Tasa Anual, la Prima Neta Anual, Gastos de expedición (si hay lugar a ellos) y la Prima Total Anual.
g) Valor de las alternativas (opcional) solicitadas en la póliza indicada en los Pliegos de Condiciones.
Para presentar la propuesta técnica, el oferente debe considerar las indicaciones que se describen en los
Formatos Técnicos Números 3 al 20.
La propuesta técnica deberá señalar expresamente la no aceptación de uno o varios de los amparos o de las clausulas adicionales requeridas en el pliego de condiciones y describir al frente de cada una de las clausulas y/o condiciones escritas en el formato de la oferta presentada para cada uno de los xxxxx de seguro, si la otorga, escribiendo SI, o si no la otorga escribiendo NO.
En caso de no escribir alguna respuesta frente a algún amparo o cláusula, se entenderá que no se otorga. Si no se indica el valor del deducible en alguna póliza se entenderá que no se aplica, es decir se indemniza al 100% a partir de cualquier valor de pérdida y si no suministra información acerca del valor de las primas para alguna de las pólizas a contratar, se entenderá que la misma se otorga en las condiciones indicadas en la propuesta sin costo alguno para la Entidad.
NOTA: Este documento no podrá subsanarse, teniendo en cuenta que el mismo otorga puntaje y por lo tanto, no podría ser presentado o modificado por el proponente después del cierre del proceso. La no presentación del mismo tendrá como consecuencia, la no asignación de puntaje. Lo anterior, teniendo en cuenta que los documentos que otorgan puntaje no pueden ser subsanados.
4.3.5 REASEGURADORES
El proponente deberá relacionar en la propuesta técnica, los nombres de los reaseguradores que respaldan la misma y el porcentaje (%) de su participación en el reaseguro de las pólizas a contratar (Si aplica). Si no se presenta este documento, la UNIVERSIDAD podrá solicitar la subsanación del mismo, en el entendido que es un documento que no otorga puntaje y por lo tanto podrá ser subsanado.
Solamente se aceptarán reaseguradores debidamente registrados y autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTA: Este documento podrá subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.3.6 SERVICIOS A OFRECER
El proponente deberá ofrecer con su propuesta los siguientes servicios adicionales:
a) La realización de una visita de firma especializada para el análisis de los riesgos (Survey). En las sedes que determine la Universidad, Las recomendaciones que resulten de los citados estudios no se considerarán como Garantías de la póliza.
NOTAS:
a) La oferta que no presente el documento contentivo de los servicios OBLIGATORIOS anteriormente descritos, SERÁ RECHAZADA.
b) Este documento podrá subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento y por
una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
c) Las recomendaciones que resulten de los citados estudios no se considerarán como Garantías de la póliza.
4.3.7 CUADRO RESUMEN DE PROPUESTA ECONÓMICA
Para facilitar la lectura de la propuesta el proponente deberá presentar un cuadro de resumen económico de la propuesta, con la totalidad de la información requerida en el Formato No. 4 del presente pliego de condiciones. La entidad podrá efectuar las correcciones aritméticas a que haya lugar, en tal caso que se presenten el comité evaluador determinará la que represente mayores beneficios para la Entidad, en cuanto a tasas y/o costos de los seguros.
Nota: Este documento podrá ser subsanado en cuanto a su contenido, sin que esto implique modificación de la oferta económica. La no presentación de la información solicitada en el Formato No. 4, será causal de rechazo de la PROPUESTA.
4.3.8 RELACIÓN DE LAS SUCURSALES Y AGENCIAS DEL PROPONENTE A NIVEL NACIONAL
El PROPONENTE deberá presentar una relación en la cual se indique el domicilio de la oficina principal y la relación de las sucursales o agencias a nivel nacional.
NOTA: Este documento podrá subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.3.9 CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y OPERACIONAL
El PROPONENTE deberá:
a. Establecer el término ofrecido para la expedición de pólizas y anexos, diferentes a los iníciales de cada contrato de seguro o para la contestación de las solicitudes relacionadas con cualquier ramo asignado diferentes a siniestros, el cual no podrá ser superior a 10 días hábiles. Para efectos de la contabilización del término, se tomarán en cuenta las fechas en que se radiquen los documentos en las Entidades (Aseguradora y UNIVERSIDAD). Se aclara que este término es diferente al plazo para la expedición de las pólizas iníciales.
b. Relación del personal directivo y operativo de la Compañía (indicando nombre, cargo, teléfono, e-mail) que atenderá el manejo del programa de seguros de la UNIVERSIDAD, señalando las funciones que realizará frente al programa de seguros de la UNIVERSIDAD.
Como personal directivo para la atención del programa de seguros de la UNIVERSIDAD, el PROPONENTE debe destinar únicamente funcionarios con capacidad de toma de decisiones al interior de la compañía de seguros. Los funcionarios directivos propuestos, podrán desarrollar funciones en varias actividades o áreas de la compañía.
Nota: En el caso de no presentar este documento o la totalidad de la información contenida en él con la PROPUESTA, la UNIVERSIDAD podrá requerir su presentación, en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y si tal requerimiento no es atendido por el PROPONENTE, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA.
El contenido de este documento será subsanable.
4.4. FORMATOS Y/O ANEXOS DE LA PROPUESTA
Los formatos suministrados en el presente pliego, deben adjuntarse a la propuesta, totalmente diligenciados.
Si el PROPONENTE considera que es conveniente para complementar su propuesta anexar otra información adicional a la solicitada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA en los formularios establecidos, podrá hacerlo referenciando el formulario que complementa.
Los formatos a diligenciar son los siguientes:
Formato | DESCRIPCIÓN |
Formato No. 1 | Carta de presentación de la propuesta |
Formato No. 2A | Modelo de minuta de conformación “Consorcio” |
Formato No. 2B | Modelo de minuta de conformación “Unión Temporal” |
Formato No. 2C | Compromiso de transparencia |
Formato No. 3 | Requisitos para el pago de las indemnizaciones |
Formato No. 4 | Resumen de la propuesta económica |
Formato No. 5 | Capacidad administrativa y operacional |
Formato No. 6 | Nota de cobertura |
Formato No. 7 | Patrimonio Técnico Vs Patrimonio Adecuado |
Formato No. 8 | Nivel de Endeudamiento |
Formato No. 9 | Experiencia del proponente |
Formatos Técnicos | |
Formato No. 10 | Todo Riesgo Daños Materiales |
Formato No. 11 | Automóviles |
Formato No. 12 | Todo Riesgo Maquinaria y Equipo |
Formato No. 13 | Casco Barco Navegación |
Formato No. 14 | Transporte de Valores |
Formato No. 15 | Transporte de Mercancías |
Formato No. 16 | Manejo Global para Entidades Oficiales |
Formato No. 17 | Responsabilidad Civil Extracontractual |
Formato No. 18 | Responsabilidad Civil Contractual |
Formato No. 19 | Responsabilidad Civil Servidores Públicos |
Formato No. 20 | Infidelidad y Riesgos Financieros |
Adicionalmente, las cláusulas y/o condiciones complementarías, los deducibles y las primas, deben presentarse en medio magnético (CD).
Si se trata de consorcio o unión temporal se deben anexar los Formatos: Formato No. 2C, Formato No. 3, Formato No. 5, solicitados por cada uno de los miembros que lo conforman.
Los anexos que hacen parte del presente pliego de condiciones son los siguientes:
Anexo No. 1 | Minuta del contrato de seguros |
Anexo No. 2 | Relación bienes inmuebles a asegurar para los años 2018 – 2021 |
Anexo No. 3 | Relación consolidada bienes muebles e inmuebles Todo Riesgo Daños Materiales |
Anexo No. 4 | Relación bienes a asegurar equipo y maquinaria |
Anexo No. 5 | Relación de vehículos |
Anexo No. 6 | Relación bienes a asegurar seguro casco barco |
Anexo No. 8 | Siniestralidad Grupo 1 (Agosto 2014 a junio 2018) |
Anexo No. 9 | Formulario de solicitud Responsabilidad Servidores Públicos |
Anexo No. 10 | Formulario de Infidelidad y Riesgos Financieros |
Anexo No. 11 | Información financiera |
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
La UNIVERSIDAD rechazará las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos:
5.1. Cuando se encuentre que el PROPONENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley.
5.2. Cuando el valor de la propuesta supere el valor de la disponibilidad presupuestal.
5.3. Cuando se presenten varias propuestas por el mismo PROPONENTE por sí, por interpuestas personas (o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente).
5.4. Cuando se descubra serios indicios de falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del PROPONENTE a la UNIVERSIDAD o los demás PROPONENTES.
5.5. Cuando el PROPONENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los xxxxxxx antes de la publicación de la evaluación definitiva.
5.6. Cuando la propuesta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y VI del presente pliego de condiciones.
5.7. Cuando las certificaciones, formatos, anexos y demás documentos necesarios para la evaluación de las PROPUESTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal.
5.8. Cuando no coincida o no guarde correspondencia la información diligenciada en los formatos o certificaciones, con la acreditada en los documentos o soportes solicitados como aclaraciones por parte de LA UNIVERSIDAD.
5.9. Cuando la propuesta contenga condicionamientos, requisitos y/o garantías de imposible cumplimiento por parte de la Universidad, a causa de restricciones y/o disposiciones de orden legal y/o presupuestal o cuando la operación de la Universidad no permita su cumplimiento.
5.10. Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación.
5.11. Cuando la vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido.
5.12. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea.
5.13. Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones.
CAPITULO VI CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación.
6.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
La UNIVERSIDAD efectuará la verificación de los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros de las propuestas, cuyo cumplimiento permite que se pueda entrar a evaluar la propuesta.
Solamente las propuestas calificadas como CUMPLE jurídicamente, financiera, técnica y económicamente, serán tenidas en cuenta para la asignación y ponderación de puntaje.
6.1.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITO ECONÓMICO (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará verificando que el valor ofertado para cada grupo no supere los valores máximos Establecidos en el numeral 1.7.
6.1.2. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral
4.1 del presente Pliego de Condiciones.
El cumplimiento de los requisitos jurídicos es fundamental para que la propuesta sea evaluada financiera y técnicamente.
6.1.3. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS (CUMPLE – RECHAZO)
Se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.2 del presente pliego de condiciones.
Este factor analiza la capacidad del PROPONENTE para realizar la gestión financiera del objeto propuesto en el Pliego de Condiciones. El cumplimiento de este aspecto es requisito fundamental para que la propuesta sea evaluada técnicamente.
El estudio financiero de las propuestas, no tiene ponderación alguna, se efectúa con el fin de medir la fortaleza financiera del interesado, e indica si la propuesta CUMPLE O NO CUMPLE.
El proponente deberá acreditar mediante el Registro Único de Proponentes vigente y en firme, la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con las reglas generales establecidas en el presente documento para efectos de la información consignada en el RUP.
Para la verificación financiera del presente proceso se han determinado tres (3) indicadores en las siguientes condiciones:
INDICADOR | FORMULA | MARGEN SOLICITADO |
LIQUIDEZ | Activo corriente dividido por el pasivo corriente | Mayor o igual a 1 |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | Pasivo total menos reservas técnicas sobre activo Total | Menor o igual al 50% |
EXCESO O DEFECTO DE PATRIMONIO | Patrimonio técnico – Patrimonio Adecuado | Positivo |
Para que un proponente individual se considere habilitado, se requiere que cumpla con los tres indicadores.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la UNIVERSIDAD requiere que cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal cumpla de manera INDIVIDUAL con cada uno de los indicadores financieros.
6.1.3.1. Rentabilidad del patrimonio
El proponente individual o el proponente líder del Consorcio o de la Unión Temporal deberá certificar mediante el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio, la Rentabilidad del patrimonio, así:
RP= Utilidad Operacional Patrimonio | Igual o superior a - 1 |
6.1.3.2. Rentabilidad del Activo RA
El proponente individual o el proponente líder del Consorcio o de la Unión Temporal deberá certificar mediante el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio la Rentabilidad del activo, así:
RA = Utilidad Operacional Activo Total | Igual o superior a -1 |
NOTA: Si la presentación de propuestas se realiza de forma INDIVIDUAL, el proponente debe cumplir con la Rentabilidad del patrimonio y la rentabilidad del activo indicada anteriormente.
Si la presentación de propuestas se realiza a través de Consorcios o Uniones Temporales, el LIDER del Consorcio o de la Unión Temporal, debe cumplir con estos indicadores por sí solo. Frente a los demás integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no se realizará verificación de los mismos.
6.1.4. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS (CUMPLE-RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el
numeral 4.3 del presente Pliego de Condiciones.
6.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA DE LAS PROPUESTAS GRUPO 1 (1.000 PUNTOS)
La evaluación se realizará sobre la base de las propuestas técnicas mínimas que presenten los proponentes en los Formatos Técnicos Número 3 al 20, las cuales deberán ajustarse a todas las exigencias y requerimientos mínimos establecidos en el mismo. Las propuestas que presenten condiciones técnicas y económicas, superiores a las que se exigen en el pliego, no exime a los proponentes de la obligación de presentar la propuesta básica.
Estos criterios serán analizados teniendo en cuenta el cumplimiento de los siguientes factores, sobre un puntaje total, por póliza, de 1.000 puntos.
CRITERIOS A EVALUAR | PUNTOS | TOTAL PUNTOS |
EVALUACIÓN TÉCNICA | ||
Mejora en los Amparos Obligatorios | 50 | 500 |
Mejora en las Cláusulas Obligatorias | 50 | |
Cláusulas Adicionales | 80 | |
Amparos Adicionales | 80 | |
Atención Trámite y Pago de Siniestros | 80 | |
Condiciones Especiales | 80 | |
Cláusulas de Garantía | 80 | |
EVALUACIÓN | ECONÓMICA | |
Menor Costo | 200 | 500 |
Deducibles | 300 | |
TOTAL | 1000 PUNTOS |
6.2.1 EVALUACIÓN TÉCNICA
Para presentar la oferta, el proponente deberá presentar la información del xxxx x xxxxxx en el formato técnico respectivo (Formatos Técnicos Numero 3 al 20) suministrado con el presente pliego de condiciones. En el evento de que el proponente no utilice los mencionados formatos, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en los mismos.
6.2.2.1. MEJORA EN LOS AMPAROS OBLIGATORIOS (50 puntos)
Únicamente el proponente podrá ampliar o mejorar las condiciones de los amparos obligatorios en las cuales se establezcan números de días, porcentajes y/o valores. Cuando en el amparo se haga mención a un mínimo de días, porcentajes o valores, el proponente no podrá ofrecer una cantidad inferior a la requerida so pena de ser rechazada la oferta.
Cada uno de los sublímites expresados en números de días, porcentajes y/o valores asegurados que sean ampliados o mejorados, recibirán una calificación de hasta de cincuenta (50) puntos, los cuales se otorgarán al proponente que ofrezca la mayor cobertura, los demás proponentes recibirán puntaje de manera proporcional aplicando una regla de tres simple. El proponente que no ofrezca ninguna ampliación o mejora sobre determinado amparo no recibirá puntaje alguno.
Cuando un amparo tenga varios elementos objeto de ser mejorados, como por ejemplo valores, porcentajes y días, cada elemento se evaluará con 50 puntos y se promediarán todos los resultados para obtener la calificación de dicho amparo.
Luego se sumará el valor obtenido para cada uno de los amparos obligatorios mejorados en cada uno de los xxxxx y se dividirá entre el número total de amparos solicitados en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total en la mejora de los amparos obligatorios del respectivo ramo.
6.2.1.2. MEJORA EN LAS CLÁUSULAS OBLIGATORIAS (50 puntos)
Únicamente el proponente podrá ampliar o mejorar las condiciones de las cláusulas obligatorias en las cuales se establezcan números de días, porcentajes y/o valores. Cuando en la cláusula se haga mención a un mínimo de días, porcentajes o valores, el proponente no podrá ofrecer una cantidad inferior a la requerida so pena de ser rechazada la oferta.
Cada uno de los sublímites expresados en números de días, porcentajes o valores asegurados que sean ampliados o mejorados, recibirán una calificación de hasta de cincuenta (50) puntos, los cuales se otorgarán al proponente que ofrezca la mayor cobertura, los demás proponentes recibirán puntaje de manera proporcional aplicando una regla de tres simple. El proponente que no ofrezca ninguna ampliación o mejora sobre determinada cláusula no recibirá puntaje alguno.
Cuando una cláusula tenga varios elementos objeto de ser mejorados, como por ejemplo valores, porcentajes y días, cada elemento se evaluará con 50 puntos y se promediarán todos los resultados para obtener la calificación de dicha cláusula.
Luego se sumará el valor obtenido para cada uno de las cláusulas obligatorias mejoradas en cada uno de los xxxxx y se dividirá entre el número total de cláusulas solicitadas en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total en la mejora de las cláusulas obligatorias del respectivo ramo.
6.2.1.3 AMPAROS ADICIONALES (80 puntos)
Se asignará un máximo de 80 puntos con cada uno de los amparos adicionales otorgados en las mismas condiciones en que aparece el formato de la oferta presentada para el ramo objeto de selección, de acuerdo a las siguientes reglas:
a) Los amparos que se otorguen en las mismas condiciones requeridas en la presente invitación se otorgara 80 puntos, los demás proponentes que sublimiten o modifiquen texto se otorgara la mitad del puntaje.
b) Los amparos que se otorguen con sublímites se calificarán proporcionalmente mediante regla de tres en comparación con los demás oferentes, aplicando la siguiente fórmula:
Menor sublímite X 80
P = Mayor sublímite
c) Cuando no sea posible aplicar la regla de tres, por cuanto los elementos del sublímite no sean comparables, se otorgará la mitad del puntaje, a cada uno de los amparos adicionales otorgados.
d) Cuando ninguno de los oferentes otorgue el amparo evaluado en las mismas condiciones solicitadas en cuanto texto, la comparación se realizará contra el amparo requerido en el pliego de condiciones, otorgando la mitad del puntaje.
Luego se sumará el valor obtenido para cada uno de los amparos otorgados en cada uno de los xxxxx y se dividirá entre el número total de amparos solicitados en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total de los amparos adicionales del respectivo ramo.
Si el amparo no es ofrecido, no obtendrá puntaje.
6.2.1.4. CLÁUSULAS ADICIONALES (80 puntos)
Se asignará un máximo de 80 puntos a cada una de las cláusulas otorgadas en las mismas condiciones en que fueron solicitadas, de acuerdo a las siguientes reglas:
a) Las cláusulas que se otorguen en las mismas condiciones requeridas en la presente invitación se otorgara 80 puntos, los demás proponentes que sublimiten o modifiquen texto se otorgara la mitad del puntaje.
b) Las cláusulas que se otorguen con sublímites se calificarán proporcionalmente mediante regla de tres en comparación con los demás oferentes. aplicando la siguiente fórmula:
Menor sublímite X 80
P = Mayor sublímite
c) Cuando no sea posible aplicar la regla de tres, por cuanto los elementos del sublímite no sean comparables, se otorgará la mitad del puntaje, a cada uno de las clausulas adicionales otorgadas.
d) Cuando ninguno de los oferentes otorgue la cláusula evaluada en las mismas condiciones solicitadas en cuanto texto, la comparación se realizará contra la cláusula requerida en el pliego de condiciones.
Las variaciones en los textos y condiciones de la cláusula se deberán indicar en la columna “texto de la cláusula ofrecida”. Queda prohibido modificar el texto señalado en la columna “descripción de la cláusula”.
Si algún proponente indica afirmativamente que otorga alguna cláusula y que su texto es igual al solicitado en el pliego de condiciones, y modifica el texto de la columna “descripción de la cláusula”, se entenderá que el alcance de la misma es el dispuesto en el pliego de condiciones y no el modificado por el proponente.
Si al revisar el texto de la cláusula adicional ofrecida se advierte que el objeto de la misma es diferente al de la descrita en el pliego de condiciones, se tendrá como no otorgada.
Luego se sumará el valor obtenido para cada una de las cláusulas ofrecidas en el ramo evaluado y se dividirá entre el número total de cláusulas solicitadas en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total de las cláusulas adicionales del respectivo ramo, obteniendo un puntaje igual o inferior a 80 puntos.
Si la cláusula no es ofrecida, no obtendrá puntaje.
6.2.1.5. ATENCIÓN, TRÁMITE Y PAGO DE SINIESTROS (80 puntos)
a) Documentos requeridos para el pago (60 puntos)
Se asignará un máximo de 60 puntos al proponente que exija el menor número de documentos para el pago de siniestros. A los demás proponentes se les calificará en forma proporcional descendente.
Para efectos de la evaluación, los documentos solicitados en original, copia al carbón, copia auténtica, etc., serán tenidos como si el proponente solicitará dos (2) documentos y los documentos solicitados en fotocopia simple serán tenidos como un solo documento.
La no presentación de la totalidad de la información requerida en el formato No. 3, requisitos para el pago de las indemnizaciones, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de la documentación de siniestros del respectivo ramo.
La utilización de expresiones que permitan a la aseguradora solicitar un mayor número de documentos de los que se relacionan en el formato o de los que se indican en la oferta, tales como “los demás que la compañía requiera”, “cualquier otro necesario para el trámite”, “los requeridos para acreditar la ocurrencia del siniestro y cuantía de la pérdida”, o etc., no serán tenidas en cuenta y por lo tanto no se podrán aducir para negar el reconocimiento de la indemnización o solicité la nulidad del contrato de seguro, pues es deber del proponente relacionar expresamente las únicas cláusulas de garantía que aplicará para cada seguro y dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
Cuando los documentos requeridos para el pago de siniestros varíen de acuerdo al amparo afectado, el proponente deberá presentar la información para cada uno de los amparos.
b) Plazo para la presentación de la liquidación (10 puntos)
Se otorgará un máximo de 10 puntos al proponente que ofrezca el menor número de días para la presentación de la liquidación del siniestro, una vez se haya presentado la totalidad de los documentos requeridos por la aseguradora, de acuerdo con la siguiente tabla:
NUMERO DE DÍAS | PUNTAJE |
HASTA OCHO DÍAS HÁBILES | 10 |
DE NUEVE A QUINCE DÍAS HABILES | 5 |
MAYOR A QUINCE DÍAS HÁBILES | 0 |
En caso que el proponente no indique el plazo para la presentación de la liquidación del siniestro, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
c) Plazo para el pago de siniestros (10 puntos)
Se otorgará un máximo de 10 puntos al proponente que ofrezca el menor número de días para el pago del siniestro, contado a partir del momento en que la entidad radique la liquidación del siniestro, de acuerdo con la siguiente tabla:
NUMERO DE DÍAS | PUNTAJE |
HASTA OCHO DÍAS HÁBILES | 10 |
DE NUEVE A QUINCE DÍAS HÁBILES | 5 |
MAYOR A QUINCE DÍAS HÁBILES | 0 |
En caso que el proponente no indique el plazo para el pago de siniestros, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
6.2.1.6. CONDICIONES ESPECIALES (80 puntos)
Se otorgarán un máximo de 80 puntos de acuerdo con las condiciones especiales determinadas en los formatos técnicos número 3 al 20, conforme a los criterios de ponderación que se establecen para cada una de tales condiciones y que son parte integral del presente pliego de condiciones. El proponente que no otorgue ninguna de las condiciones especiales, discriminadas en estos formatos técnicos no se le otorgará puntaje.
Las condiciones que se otorguen con sublímites, se calificarán proporcionalmente mediante regla de tres en comparación con los demás oferentes, en cuanto los elementos del sublímite y/o textos no sean comparables, se otorgará la mitad del puntaje
6.2.1.7. CLAUSULAS DE GARANTÍA (80 puntos)
El proponente que no exija garantías se le otorgarán ochenta (80) puntos. El proponente que requiera alguna garantía se le asignaran cero (0)
Las únicas cláusulas de garantía aplicables a cada seguro serán las que se relacionen en el formato técnico dispuesto para cada ramo. Por lo tanto, expresiones como “las indicadas en las condiciones generales del seguro” o “aquellas otras que se relacionen en la póliza” no son de recibo, pues es deber del proponente relacionar expresamente las únicas cláusulas de garantía que aplicará para cada seguro.
En el evento que alguna cláusula de garantía no pueda ser cumplida por la entidad, se RECHAZARA la oferta en el subgrupo respectivo.
6.2.2 EVALUACIÓN ECONÓMICA
La evaluación económica se le asignará un máximo de 500 puntos.
Se aclara que el valor de la póliza se debe cotizar únicamente sobre los valores asegurados indicados en el anexo técnico. El comité evaluador revisará el valor de las primas indicadas en la propuesta contra los valores asegurados y las tasas indicadas por el oferente. Si el valor indicado por el oferente no coincide, se tomará para la evaluación el calculado por el comité evaluador. En caso que el proponente no indique la tasa a aplicar para cada seguro el comité la calculará proporcionalmente tomando el valor asegurado y el valor de la prima neta indicados en la propuesta.
La entidad podrá efectuar las correcciones aritméticas a que haya lugar, en tal caso que se presenten el comité evaluador determinará la que represente mayores beneficios para la Entidad, en cuanto a tasas y/o costos de los seguros.
Para efectos de la evaluación de este factor se procederá así:
6.2.2.1. Menor Costo xx Xxxxxx (200 puntos)
Se asignarán doscientos (200) puntos al proponente que oferte el menor precio incluyendo los impuestos y demás costos a que haya lugar según lo estipulado de acuerdo con las obligaciones contempladas. A los demás proponentes se le asignará el puntaje correspondiente, producto de la aplicación de una regla de tres inversa, es decir, a menor precio mayor puntaje.
La vigencia ofrecida para cada uno de los seguros a contratar, deberá ser uniforme de acuerdo con lo señalado en el numeral 1.9 de la presente invitación
6.2.2.2. Menor Deducible y/o mejora de valores asegurados (300 Puntos)
Se otorgará un máximo 300 puntos por cada uno de los deducibles ofertados para cada evento con base en la tabla de calificación de deducibles que seguidamente se describe y luego se obtendrá el promedio aritmético de la puntuación, sumando el puntaje obtenido en cada uno de los deducibles xxx xxxx y dividiendo el resultado entre el número de deducibles.
Si el proponente no indica el valor del deducible para alguno de los eventos de pérdida en alguna póliza se entenderá que no se aplica ningún deducible para dicho evento o pérdida, es decir, se indemniza al 100% a partir de cualquier valor de pérdida.
Los valores expresados en divisas se calcularán en pesos colombianos a la tasa representativa xxx xxxxxxx, del día en que se cierre la presente convocatoria.
Cuando se establezcan deducibles superiores a los indicados como obligatorios o superiores a los indicados en las tablas de deducibles, que a continuación se describe, el proponente no obtendrá puntaje en este ítem en el ramo respectivo.
Para los seguros de automóviles y responsabilidad civil para servidores públicos, el puntaje previsto para este factor se asignará por mejora en los valores asegurados, de acuerdo con las condiciones abajo descritas.
Los deducibles mínimos aceptados, corresponden a los actualmente contratados, si el proponente oferta un deducible mayor, obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
TABLAS DE CALIFICACIÓN
6.2.2.2.1 SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
Es de obligatorio cumplimiento que el oferente contemple dentro de su propuesta los límites descritos a continuación para la aplicación de deducibles:
a) Cobertura sin aplicación de deducibles para pérdidas amparadas en la póliza hasta $500.000.001. El proponente que no ofrezca esta condición, obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
b) Xxxxxxxxx sin aplicación de deducible para cualquier pérdida amparada en la póliza una vez agotado el límite de $500.000.001, para pérdidas no superiores a $20.000.001. El proponente que no ofrezca esta condición, obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
Una vez copados los límites mencionados se aplicarán los siguientes deducibles:
X. Xxxxxxxxx, temblor y/o erupción volcánica
DEDUCIBLE MÁXIMO ACEPTADO: 0.99% sobre el valor asegurable, mínimo 0 SMMLV
i. Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 250 |
Superior a 0,5 % y menor a 0.99% | 200 |
ii. Porcentaje sobre el valor asegurado
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 200 |
Superior a 0,5 % y menor a 0.99% | 100 |
iii. Porcentaje sobre el valor asegurable
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 100 |
Superior a 0,5 % y menor a 0.99% | 50 |
B. Límite agregado sin aplicación de deducible. En virtud del cual, la aseguradora indemnizará los siniestros que afecten el amparo de terremoto, temblor y/o erupción volcánica sin aplicación de deducible, hasta agotar el límite agregado otorgado el cual será de mínimo
$500.000.001. El límite se agota con el valor indemnizado y no con el valor reclamado.
Se le asignará puntaje al proponente de conformidad con el siguiente cuadro:
LIMITE AGREGADO OFERTADO | PUNTOS |
Mayor a $1.000.000.000 | 300 |
Mayor a $900.000.000 y hasta $1.000.000.000 | 250 |
Mayor a $800.000.000 y hasta $900.000.000 | 200 |
Mayor a $700.000.000 y hasta $800.000.000 | 150 |
Mayor a $600.000.000 y hasta $700.000.000 | 100 |
Mayor a $500.000.000 y hasta $600.000.000 | 50 |
$500.000.000 | Requisito mínimo obligatorio |
C. No aplicación de deducibles para siniestros menores. La aseguradora no aplicará deducible alguno para siniestros cuyo valor reclamado sea igual o inferior a $20.000.001 o al mayor valor que para este aspecto otorgue la aseguradora. Los siniestros reclamados y pagados con cargo a esta condición no reducirán el límite agregado sin aplicación de deducible contratado.
Se le asignará puntaje al proponentede conformidad con el siguiente cuadro:
LIMITE AGREGADO OFERTADO | PUNTOS |
Mayor a $100.000.000 | 300 |
Mayor a $80.000.000 y hasta $100.000.000 | 200 |
Mayor a $60.000.000 y hasta $80.000.000 | 150 |
Mayor a $40.000.000 y hasta $60.000.000 | 100 |
Mayor a $20.000.001 y hasta $40.000.000 | 50 |
$20.000.001 | Requisito mínimo obligatorio |
6.2.2.2.2. SEGURO DE AUTOMÓVILES
Teniendo en cuenta que para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Se calificará con 300 puntos en este factor al proponente que ofrezca con el presupuesto asignado un mayor límite asegurado adicional al básico requerido para el amparo de responsabilidad civil extracontractual, para el seguro de Automóviles. El proponente deberá indicar expresamente el valor del límite adicional al básico que oferta en este evento, a los demás se les asignará el puntaje de manera proporcional.
El proponente que aplique deducibles para el seguro de automóviles, obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
6.2.2.2.3. SEGURO DE TODO RIESGO MAQUINARIA Y EQUIPO
X. Xxxxxxxxx, temblor y/o erupción volcánica
DEDUCIBLE MÁXIMO ACEPTADO: 0.9% sobre el valor de la pérdida, Sin Mínimo
d) Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 250 |
Superior a 0,5 % y menor a 1% | 150 |
B. Para los eventos de XXXX, HMACCoP, terrorismo y sabotaje
DEDUCIBLE MÁXIMO ACEPTADO: 0.9% sobre el valor de la pérdida sin mínimo
Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 250 |
Superior a 0,5 % y menor a 0.99% | 150 |
C. Responsabilidad Civil Extracontractual
DEDUCIBLE MÁXIMO ACEPTADO: 0.9% del valor de la pérdida sin mínimo
Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 250 |
Superior a 0,5 % y menor a 0.99% | 150 |
6.2.2.2.4. SEGURO CASCO BARCO
A. Toda y cada perdida
DEDUCIBLE MÁXIMO ACEPTADO: 1.9% sobre el valor de la pérdida sin mínimo
Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 300 |
Superior a 0% y hasta 0,5 % | 250 |
Superior a 0,5 % y hasta 1% | 200 |
Superior a 1% y hasta 1,5 % | 150 |
Superior a 1,5 % y menor a 1.9 % | 100 |
B. No aplicación de deducibles para siniestros menores. La aseguradora no aplicará deducible alguno para siniestros cuyo valor reclamado sea igual o inferior a $5.000.001 o al mayor valor que para este aspecto otorgue la aseguradora.
Se le asignará puntaje al proponentede conformidad con el siguiente cuadro:
LIMITE AGREGADO OFERTADO | PUNTOS |
Mayor a $50.000.000 | 300 |
Mayor a $40.000.000 y hasta $50.000.000 | 250 |
Mayor a $30.000.000 y hasta $40.000.000 | 200 |
Mayor a $20.000.000 y hasta $30.000.000 | 150 |
Mayor a $10.000.000 y hasta $20.000.000 | 100 |
Mayor a $5.000.01 y hasta $10.000.000 | 50 |
$5.000.001 | Requisito mínimo obligatorio |
6.2.2.2.5. SEGURO DE TRANSPORTE DE VALORES
Teniendo en cuenta que, para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Para el seguro de transporte de valores, se otorgarán 300 puntos al proponente que oferte el mayor límite por despacho, de las alternativas 1 y 2 señaladas en el formato técnico, siempre que se proponga el mismo valor de prima y la misma vigencia establecida en la oferta básica. Los ofrecimientos de los demás proponentes serán calificados de manera proporcional.
6.2.2.2.6. SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Teniendo en cuenta que, para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Para el seguro de transporte de mercancías, se otorgarán 300 puntos al proponente que oferte el mayor límite por despacho, de las alternativas 1 y 2 señaladas en el formato técnico, siempre que se proponga el mismo valor de prima y la misma vigencia establecida en la oferta básica. Los ofrecimientos de los demás proponentes serán calificados de manera proporcional.
6.2.2.2.7. SEGURO DE MANEJO GLOBAL PARA ENTIDADES OFICIALES
Teniendo en cuenta que, para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Para el seguro de Manejo global, se otorgarán 300 puntos al proponente que oferte el mayor valor asegurado, de las alternativas 1 y 2 señaladas en el formato técnico, siempre que se proponga el mismo valor de prima y la misma vigencia establecida en la oferta básica. Los ofrecimientos de los demás proponentes serán calificados de manera proporcional.
6.2.2.2.8. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
Teniendo en cuenta que, para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Para el seguro de responsabilidad civil extracontractual, se otorgarán 300 puntos al proponente que oferte el mayor valor asegurado, de las alternativas 1 y 2 señaladas en el formato técnico, siempre que se proponga el mismo valor de prima y la misma vigencia establecida en la oferta básica. Los ofrecimientos de los demás proponentes serán calificados de manera proporcional.
6.2.2.2.9 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL (DECRETO 1595/2015 LABORATORIOS)
Teniendo en cuenta que, para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Para el seguro de responsabilidad civil contractual, se otorgarán 300 puntos al proponente que oferte el mayor valor asegurado, siempre que se proponga el mismo valor de prima y la misma vigencia establecida en la oferta básica. Los ofrecimientos de los demás proponentes serán calificados de manera proporcional.
6.2.2.2.10. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PÚBLICOS
Teniendo en cuenta que, para este seguro, no aplica deducible alguno, los puntos de este factor se asignarán de la siguiente manera:
Se otorgarán 300 puntos al proponente que ofrezca el mayor valor asegurado adicional al básico para los amparos de gastos de defensa y a los demás proponentes de manera proporcional. Para determinar el valor asegurado ofertado se asignará el puntaje a cada uno de los sublímites ofrecidos y se obtendrá el promedio aritmético sobre las calificaciones de los mismos.
Para este ramo no se acepta la aplicación de deducibles. El oferente que aplique deducibles para el seguro de responsabilidad civil servidores públicos, se rechazara la propuesta.
6.2.2.2.11. SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS
El deducible máximo aceptado para este ramo es de $ 29.999.999.
Los deducibles otorgados que sean inferiores al máximo permitido se evaluarán de acuerdo a la siguiente tabla:
VALOR EXPRESADO EN PESOS | PUNTOS |
Sin deducible | 300 |
Superior a $0 y hasta $5.000.000 | 250 |
Superior a $5.000.000 y hasta $10.000.000 | 200 |
Superior a $10.000.000 y hasta $20.000.000 | 150 |
Superior a $20.000.000 y menor $29.999.9999 | 100 |
6.3 PUNTAJE TOTAL DE LA OFERTA
Para la determinación del puntaje total se multiplicará el puntaje individual obtenido en cada uno de los xxxxx que lo conforman por el porcentaje de relevancia que se indica a continuación:
SUBGRUPO No.1:
RAMO | PORCENTAJE DE RELEVANCIA | ||
Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales | 82,90% | ||
Seguro de Automóviles | 9,94% | ||
Seguro de Todo Riesgo Equipo y Maquinaria | 0,76% | ||
Seguro xx Xxxxx Barco | 0,20% | ||
Seguro de Transporte de Valores | 1.02% | ||
Seguro de Transporte de Mercancías | 0,16% |
Seguro de Manejo Global para Entidades Estatales | 2,18% |
Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual | 0,66% |
Seguro de Responsabilidad Civil (Decreto1595/2015 Laboratorios) | 2,19% |
Total | 100% |
SUBGRUPO No.2:
RAMO | PORCENTAJE DE RELEVANCIA | ||
Infidelidad y Riesgos Financieros | 100% | ||
Total | 100% |
SUBGRUPO No. 3:
RAMO | PORCENTAJE DE RELEVANCIA | ||
Responsabilidad Civil Servidores Públicos | 100% | ||
Total | 100% |
La asignación se efectuará al proponente que obtenga el mayor puntaje sobre el porcentaje de relevancia.
En el evento que sólo exista una propuesta hábil para ser evaluada, de igual manera se procederá a verificar todos y cada uno de los requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones y determinar su cumplimiento, para proceder a realizar la calificación técnica, aun cuando no exista propuesta para su comparación. Solo procederá la asignación al proponente único, después de verificar el cumplimiento de todos los requisitos previstos.
6.4 CRITERIOS DE DESEMPATE EN LA CALIFICACIÓN DE DOS O MÁS PROPONENTES
En evento en que se presente empate en la calificación final obtenida por los proponentes, se aplicara los siguientes criterios de desempate:
a) Se tendrá como criterio el proponente que haya ofertado el menor costo xx xxxxxx.
b) Si continúa el empate se tendrá como criterio el proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio Deducibles.
c) Si continúa el empate se tendrá como criterio el proponente que haya obtenido el mayor xxxxxxx en la evaluación técnica.
d) Si continua el empate se preferirá a aquel proponente que tenga dentro de su nómina por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación.
e) Si continúa el empate, se seleccionará por sorteo mediante balotas, el cual se llevará a cabo bajo las siguientes reglas:
i. En la sesión de desempate, se numerarán las balotas de acuerdo al número de proponentes empatados en el primer lugar.
ii. Las balotas numeradas serán depositadas en un recipiente que impida ver hacia su interior.
iii. Luego, se realizará un sorteo para establecer cuál será el orden en que cada proponente escogerá la balota.
iv. Realizado este primer sorteo los proponentes, en el orden que se haya determinado, procederán a tomar, a ciegas, de dentro del recipiente, una única balota y se asignará la contratación al proponente que saque la balota con el número mayor y cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
v. En todo caso sólo podrán participar en el desempate los proponentes que asistan a dicha sesión. Se entiende que el proponente que no asista o no esté representado en este sorteo, será descalificado.
CAPÍTULO VII CONDICIONES DEL CONTRATO
Los PROPONENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones, y en caso de ser seleccionados, se obligan a suscribir la minuta del contrato que se presenta en el Anexo No. 1. No obstante, el contenido de la minuta será susceptible de modificación por parte de la UNIVERSIDAD, y esta la UNIVERSIDAD podrá determinar las cláusulas y condiciones adicionales que considere necesarias en el momento de la elaboración de la minuta definitiva del contrato.
FORMATO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO)
FORMATO No. 2A
FORMATO DOCUMENTO CONSORCIAL SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO
FORMATO No. 2B
FORMATO DOCUMENTO UNION TEMPORAL (SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO)
FORMATO 2C COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
(SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO)
FORMATOS No. 3 AL 20
(SE PUBLICAN EN ARCHIVOS EXCEL ADJUNTOS)
ANEXO No. 1 MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO No. de 2018, DE SEGUROS SUSCRITO ENTRE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Y
_______________________________
Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., a saber: XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía 19.358.648 expedida en Bogotá, en su calidad de Vicerrector General y quien por delegación conferida en el artículo 13 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, está facultado para la celebración y liquidación de contratos en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, identificada con NIT 899.999.063–3, ente universitario autónomo del orden nacional, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el Gobierno Nacional, quien para efectos de este contrato se llamará LA UNIVERSIDAD de una parte; y por la otra,
________________________, identificado con cédula de ciudadanía de Bogotá, quien en su calidad de actúa en nombre y representación legal de
__________________________, Identificada con NIT _ , constituida bajo escritura pública según certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia el día
____________________, quien para efectos de este contrato se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de seguros, previas las siguientes
CONSIDERACIONES:
1) Mediante oficio DNSA– del de 2018, la División Nacional de Servicios Administrativos y la Dirección Nacional de Bienestar, presentaron ante el Comité de Contratación del Nivel Nacional la solicitud, estudio xx xxxxxxx, justificación, CDP y pliego de condiciones para adelantar la “Invitación publica para contratar las pólizas del Grupo No. 1 del programa de seguros de la Universidad Nacional de Colombia”
2) El Comité de Contratación del Nivel Nacional, en sesión del de de 2018, según consta en Acta No. xxxx, aprobó el pliego de condiciones y la invitación pública, de acuerdo con la solicitud presentada.
3) La invitación junto con el pliego de condiciones fueron publicados en el sitio Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx, el día de de 2018.
4) El día de 2018, fecha de cierre de la invitación publica, se recibieron propuestas por parte de las firmas:
5) El Comité de Contratación del Nivel Nacional, en Sesión del de de 2018, y teniendo en cuenta las evaluaciones técnicas, jurídicas y financieras efectuadas al respecto, recomendó al ordenador del gasto la suscripción del presente contrato con la firma.
1) En el presupuesto de la UNIVERSIDAD existe disponibilidad presupuestal para cubrir las obligaciones derivadas del presente contrato respecto del Grupo 1, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1243 del 5 de julio de 2018 expedido por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal. Y adicionalmente, según Resolución de Rectoría No. 847 del 17 de julio de 2018, “por el cual se autoriza un cupo para comprometer apropiaciones de vigencias futuras ordinarias de gastos de funcionamiento de la Universidad Nacional de Colombia para la vigencia fiscal 2019 y 2020”.
Por lo anterior las partes,
ACUERDAN:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. Contratar las pólizas del Grupo No. 1 del Programa de Seguros de la Universidad Nacional de Colombia.
CLÁUSULA SEGUNDA: ALCANCE DEL OBJETO. Amparar los riesgos que afectan los bienes e intereses patrimoniales de la Universidad Nacional de Colombia, en adelante la UNIVERSIDAD, así como aquellos
bienes e intereses patrimoniales por los cuales sea o llegare a ser responsable, tanto en el nivel nacional como en las sedes de la institución durante las vigencias 2018-2021, y que están contemplados en el Grupo No. 1 del Programa de Seguros de la Universidad.
A. SEDES QUE COBIJA EL PROGRAMA DE SEGUROS - GRUPO 1:
El programa de seguros, que se llegare a contratar para amparar los bienes e intereses patrimoniales de propiedad de la Universidad Nacional de Colombia, así como aquellos bienes e intereses patrimoniales por los cuales sea o llegare a ser responsable, deberá cubrir las siguientes sedes:
a) Bogotá
b) Medellín
c) Manizales
d) Palmira
e) Caribe
f) Orinoquía
g) Amazonía
h) Tumaco
i) Nivel Nacional (sede administrativa ubicada en la ciudad de Bogotá)
j) De La Paz
k) Las demás que la UNIVERSIDAD llegare a crear durante el plazo de ejecución del contrato.
B. SEGUROS A CONTRATAR
Los seguros objeto del contrato para el Grupo 1 son:
SUBGRUPO No.1
a) Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales
b) Seguro de Automóviles
c) Seguro xx Xxxxx Barco
d) Seguro de Transporte de Valores
e) Seguro de Transporte de Mercancías
f) Seguro de Manejo Global para Entidades Estatales
g) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual
h) Seguro de Todo Riesgo Equipo y Maquinaria
i) Seguro de Responsabilidad Civil (Decreto 2269/93 Laboratorios)
SUBGRUPO No.2
Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros
SUBGRUPO No.3
Seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos
CLÁUSULA TERCERA. SINIESTRALIDAD – GRUPO 1. En el evento de que la siniestralidad del Grupo 1 del programa de seguros sea menor al 60% durante el plazo inicialmente contratado, de mutuo acuerdo se podrán suscribir adiciones o prórrogas en las mismas condiciones pactadas al inicio del contrato.
Para la determinación del porcentaje de siniestralidad se incluirá el valor de los siniestros pagados y en reserva frente al valor de las primas facturadas por la Universidad.
CLÁUSULA CUARTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Son documentos del contrato y hacen parte integral del mismo: 1) La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por LA UNIVERSIDAD el XXXXXXXX así como sus Adendas; 2) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el día XXXX; 3) Los documentos y actas que se produzcan en desarrollo de este contrato.
Parágrafo. En caso de diferencia o discrepancia entre los diferentes documentos del presente Contrato que implicare un desacuerdo entre las partes sobre las obligaciones a cargo de cada una y en el evento que no pudieren ponerse de acuerdo, se atenderá lo dispuesto en los diferentes documentos del contrato en el siguiente orden: 1) El contrato, sus modificaciones, prorrogas, adiciones y suspensiones; 2)La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por LA UNIVERSIDAD el XXXXXXXX, así como
sus Adendas; 3) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el día de 2018; 4) Los documentos y actas que se produzcan en desarrollo de este contrato.
CLÁUSULA QUINTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA. En virtud del presente
contrato EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Cumplir oportunamente con el objeto del presente contrato en los términos y condiciones funcionales, técnicas, económicas, financieras y comerciales establecidos en la cláusula primera del mismo, en la propuesta de fecha de de 2018 y en el pliego de condiciones de la invitación publica a presentar propuesta, publicados por LA UNIVERSIDAD el día de de 2018 en su página Web, así como sus Adendas,; b) Reportar cualquier novedad o anomalía que se presente en el desarrollo del contrato a la División Nacional de Servicios Administrativos; c) Colaborar con LA UNIVERSIDAD en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla, y que éste sea de la mejor calidad; d) Acatar los acuerdos a los que se llegue durante el desarrollo del contrato con los funcionarios que LA UNIVERSIDAD designe como parte del equipo de seguimiento del mismo; e) Cuando a juicio de LA UNIVERSIDAD y/o el supervisor, EL CONTRATISTA haya realizado trabajos con especificaciones inferiores o diferentes a las señaladas en la propuesta, discutir con éstos las objeciones presentadas y cumplir con los acuerdos que se establezcan como resultado de dichas discusiones; f) Disponer de todos los recursos que se requieran para el cumplimiento del objeto del presente contrato; g) Cumplir sus obligaciones frente al Sistema de seguridad Social Integral, Parafiscales, (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002,; h) Obrar con buena fe, evitando dilaciones que puedan presentarse durante la ejecución del contrato; i) Constituir la garantía, de que trata el presente contrato y presentarla a LA UNIVERSIDAD para su aprobación; j) Responder a las consultas efectuadas por LA UNIVERSIDAD a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud; k) Abstenerse de usar el nombre de LA UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita de LA UNIVERSIDAD; l) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de que durante la ejecución del presente contrato reciba tales peticiones o amenazas, deberá informarlo inmediatamente a LA UNIVERSIDAD, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios;
m) Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de los documentos que forman parte integral del presente contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual.
CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En virtud del presente
contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Expedir y entregar el amparo provisional, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la comunicación escrita de asignación del contrato por parte de la Universidad.
b) Expedir y entregar las pólizas de seguros, dentro del mes siguiente a la fecha de legalización del contrato.
c) Incorporar de manera automática al programa de seguros los nuevos bienes que adquiera LA UNIVERSIDAD, según el aviso que se dé sobre el particular.
d) Xxxxxxxxx, en coordinación con el Corredor de Seguros de LA UNIVERSIDAD del presente proceso, la revisión general del programa y disponer los medios y recursos apropiados para ajustar el programa de acuerdo con los amparos.
e) Definir conjuntamente con el intermediario del programa de seguros del presente proceso un mecanismo que permita mantener actualizados los valores asegurados para cada uno de los xxxxx mensualmente. La herramienta de actualización será avalada por el supervisor del contrato.
f) Garantizar una adecuada coordinación entre el intermediario y la aseguradora, mediante comités periódicos de seguimiento al programa.
g) Garantizar que el equipo que atiende la cuenta de la UNIVERSIDAD, sea mínimo de dos personas, sin exclusión de que a los comités asistan los jefes de área de la aseguradora.
h) Generar un sistema de alarmas que le permitan a la UNIVERSIDAD actuar en consecuencia, en caso de posibles vencimientos o prescripciones de siniestros de los cuales la aseguradora ya tenga conocimiento.
i) Mantener actualizada la información referida al clausulado y liquidación de las primas, mediante una herramienta de seguimiento concertada entre las tres partes que interviene en la ejecución del contrato.
j) Adoptar una herramienta de presentación de informes de siniestralidad concertada con las tres partes involucradas en el proceso, que permitan conocer el estado actualizado de siniestralidad.
k) Presentar un informe mensual, que contenga como mínimo, el avance por mes de cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato, anexando adicionalmente información referida a la siniestralidad, estado de reclamaciones y cartera, la información referida a los reportes causados en el programa de seguros, de acuerdo con las directrices emitidas por la UNIVERSIDAD. Esta información deberá describir detalladamente el estado actual de cada uno de las variables descritas. El informe deberá ser presentado, durante los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente.
l) Acreditar, para la firma del contrato, que se encuentra al día en el cumplimiento del pago de los aportes parafiscales de sus empleados por lo menos con seis (6) meses de antelación, para lo cual deberá remitir certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley, o por el representante legal.
m) Responder a las consultas efectuadas por la UNIVERSIDAD, y/o su corredor de seguros, dentro del término ofrecido en su propuesta.
n) Efectuar a LA UNIVERSIDAD, como máximo dos (2) requerimientos relacionados con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos necesarios, para hacer efectivo el pago de la indemnización, contados a partir de la comunicación de la ocurrencia de los siniestros por parte de la UNIVERSIDAD, el último de los cuales deberá hacerse dentro de los sesenta (60) días siguientes.
o) Asesorar a la UNIVERSIDAD, en los temas referidos a seguros que se consideren relevantes.
p) Realizar las modificaciones, inclusiones, exclusiones, adiciones o prórrogas, en las mismas condiciones contratadas para el programa de seguros.
q) Realizar una (1) capacitación sobre el programa de seguros de la Universidad, la cual será desarrollada en cualquier sede de la Universidad
r) Cumplir con todas las condiciones y servicios ofrecidos en su propuesta
s) Cumplir las demás obligaciones que se deriven del contrato y las previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en el Código de Comercio y demás disposiciones legales aplicables a las Compañías de Seguros.
t) Las demás obligaciones nacidas xxx xxxxxx de condiciones, de la propuesta y del contrato de seguros suscrito.
Parágrafo. En el evento en que la propuesta presentada modifique las obligaciones indicadas en la presente cláusula, no serán tenidas en cuenta, se entenderán por no escritas y no podrán ser oponibles al asegurado, y solo serán válidas y obligatorias las expuestas en el pliego de condiciones de la presente invitación pública.
CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD. En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a: 1) Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual. 2) Cancelar al CONTRATISTA el valor de las primas en la cuantía, términos y condiciones definidos en el presente contrato. 3) Suministrar la información requerida para la ejecución óptima del contrato; 4) Suministrar la información requerida para la revisión general y ajuste del programa de seguros.
5) Atender los requerimientos especiales de información que pueda requerir el CONTRATISTA.
CLÁUSULA OCTAVA. PLAZO. El plazo estimado del contrato requerido por la UNIVERSIDAD será de TREINTA Y TRES MESES (33) MESES comprendidos entre las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 y hasta las 24:00 horas del 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxxx automáticamente, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento y legalización exigidos.
El detalle xxx xxxx para cada ramo y pólizas es el siguiente:
RAMO | PLAZO |
Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Automóviles | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Todo Riesgo Equipo y Maquinaria | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro xx Xxxxx Barco | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Transporte de Valores | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Segur o de Transporte de Mercancías | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Manejo Global para Entidades Estatales | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Responsabilidad Civil (Decreto 1595/2015 Laboratorios) | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 31 de Julio de 2021 |
Responsabilidad Civil Servidores Públicos | Desde las 00:00 horas del 01 de noviembre de 2018 Hasta las 24:00 horas del 00 xx Xxxxx xx 0000 |
Xxxxxxxxx. Siempre que exista concepto favorable por parte del supervisor, las partes podrán prorrogar el plazo del contrato por mutuo acuerdo y previamente a su vencimiento. Esta prórroga deberá constar por escrito y surtirá efectos a partir de la fecha de su legalización. No obstante lo anterior, toda prorroga deberá ceñirse a los procedimientos regulados y establecidos en el artículo 74 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA NOVENA. VALOR DEL CONTRATO. El valor de la presente contratación es por ($) incluido IVA, más el gravamen a los movimientos financieros por valor (XX).
Y se detalla por seguro, así:
Año 1 Vigencia 2018-2019 | Año 2 Vigencia 2019-2020 | Año 3 Vigencia 2020- 2021 | |
Subgrupo No. 1 | Valores Individualizados | ||
Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales | |||
Seguro de Todo Riesgo Equipo y Maquinaria | |||
Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual (incluida vigilancia) | |||
Responsabilidad Civil (Decreto 1595/2015 Laboratorios) | |||
Seguro de Manejo Global para Entidades Estatales | |||
Seguro de Automóviles | |||
Seguro de Transporte de Valores | |||
Seguro de Transporte de Mercancías | |||
Seguro xx Xxxxx Barco | |||
Reportes de Inclusiones y Exclusiones Subgrupo No. 1 | |||
VALOR TOTAL ASIGNADO SUBGRUPO No. 1 | |||
Subgrupo No. 2 | Valores Individualizados | ||
Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros | |||
Subgrupo No. 3 | Valores Individualizados | ||
Seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos |
Parágrafo 1. Dentro del valor estipulado en la presente cláusula, están incluidos todos los servicios conexos en que EL CONTRATISTA debe incurrir para la entrega de los servicios en las condiciones requeridas en la invitación pública, y contenidas en su propuesta. Por tanto, LA UNIVERSIDAD no reconocerá ningún pago adicional.
Parágrafo 2. El CONTRATISTA se obliga a mantener durante todo el plazo del contrato, los precios ofrecidos en su propuesta de fecha XXXXXXXXXX 2018.
Parágrafo 3. El valor del gravamen a los movimientos financieros no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente contrato, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.
CLÁUSULA DÉCIMA. FORMA DE PAGO. LA UNIVERSIDAD pagará al CONTRATISTA el valor pactado en el presente contrato, así:
a) Para la expedición inicial de las pólizas se pagará la correspondiente a la ejecución inicial, previa expedición y entrega de las pólizas contratadas; constancia de cumplimiento expedida por el supervisor y certificación en que conste que el CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002.
b) Para atender los cobros de prima adicionales por concepto de modificaciones, inclusiones, reportes y similares, los pagos se efectuarán conforme a la ejecución de los recursos, previa constancia de cumplimiento expedida por el supervisor, y certificación en que conste que el CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. LUGAR DE EJECUCIÓN. El presente contrato será ejecutado en la ciudad de Bogotá D.C.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA SUJECIÓN PRESUPUESTAL. El valor del presente contrato se imputará con cargo a los recursos de funcionamiento del Nivel Nacional de la Universidad, de la siguiente manera:
a) Con cargo a la vigencia 2018: La suma de DOS MIL SETECIENTOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($2.706.155.534) más el valor del gravamen a los movimientos financieros, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP No. 1243 del 5 de julio de 2018, expedido por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal.
b) Con cargo a la vigencia futura 2019: La suma de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($3.599.098.331), más el valor del gravamen a los movimientos financieros, para el pago de las pólizas de la vigencia 2019- 2020 la cual afectará el presupuesto de la vigencia 2019 (del 01/08/2019 al 31/07/2020), autorizados mediante Resolución de Rectoría No. 847 del 17 de julio de 2018 mediante la cual se autorizó un cupo para comprometer apropiaciones de vigencias futuras ordinarias de gastos de funcionamiento de la Universidad Nacional de Colombia para la vigencia fiscal 2019 y 2020.
c) Con cargo a la vigencia futura 2020: La suma de TRES MIL QUINIENTOS NUEVE MILLONES CIENTONOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS ($3.509.192.345) para el pago de las pólizas de la vigencia 2020-2021 la cual afectará el presupuesto de la vigencia 2020 (del 1/08/2020 al 31/07/2021), autorizados mediante Resolución de Rectoría No. No. 847 del 17 de julio de 2018 mediante la cual se autorizó un cupo para comprometer apropiaciones de vigencias futuras ordinarias de gastos de funcionamiento de la Universidad Nacional de Colombia para la vigencia fiscal 2019 y 2020.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. SUPERVISIÓN. La UNIVERSIDAD ejercerá el control y seguimiento general del presente contrato, a través de la Jefe de la División Nacional de Servicios Administrativos, quien podrá asignar al personal específico que se encargará de adelantar el control y seguimiento general del mismo. El supervisor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 92 y 93 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. RECLAMACIONES. LA UNIVERSIDAD al ocurrir cualquiera de los siniestros amparados dará aviso AL CONTRATISTA de toda demanda, procedimiento o diligencia, reclamación o citación que reciba dentro del término legal, una vez tenga noticia de cualquier acontecimiento que pueda dar lugar a reclamación de acuerdo con las pólizas del presente contrato. Cuando se presente reclamación por ocurrencia de algún siniestro, LA UNIVERSIDAD deberá acompañarla de los documentos soporte requeridos para la demostración del siniestro y de la ocurrencia de las pérdidas, en los términos del Código de Comercio.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD Y ACUERDO DE NO REVELACIÓN. EL
CONTRATISTA deberá mantener la confidencialidad sobre toda la información de LA UNIVERSIDAD, que pueda conocer durante el desarrollo del contrato y no utilizará información de LA UNIVERSIDAD para la presentación de su producto en otras organizaciones. La propiedad, titularidad y reserva de los datos e información almacenada en los repositorios de datos que sean generados y/o utilizados por EL CONTRATISTA para el cumplimiento de las funciones contractuales pactadas, pertenecen de forma exclusiva a LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA se compromete a respetarla, reservarla, no copiarla y a guardar absoluta reserva sobre toda la información que conozca por su actividad o que le sea dada a conocer por LA UNIVERSIDAD con ocasión del desarrollo del objeto del presente Contrato. Para asegurar el cumplimiento de la obligación estipulada en esta cláusula, EL CONTRATISTA se obliga a devolver de inmediato al supervisor designado por LA UNIVERSIDAD, toda la información facilitada para la prestación del objeto contractual, en la medida en que ya no resulte necesaria en la ejecución del mismo; absteniéndose de mantener copia parcial o total de la información y documentos obtenidos o generados con ocasión de la relación contractual al vencimiento del plazo de duración. En todo caso si EL CONTRATISTA utiliza la información para su propio provecho distinto al objeto contractual o para entregarla o darla a conocer a terceros, deberá indemnizar a LA UNIVERSIDAD y responder a los terceros por todos los perjuicios ocasionados, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En caso de presentarse la ocurrencia de hechos ajenos a la voluntad de las partes, circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, interés y conveniencia mutua e interés público, se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato, para lo cual el supervisor remitirá al comité de contratación un informe con la justificación sobre la necesidad de suspender su ejecución y el proyecto de acta de suspensión. El Comité de Contratación del Nivel Nacional, recomendará al Ordenador del Gasto aceptar la suspensión de la ejecución contractual.
El Ordenador del Gasto aceptará la suspensión del Contrato y procederá a firmar el acta respectiva, remitiéndose copia de la misma a la Compañía Aseguradora o banco garante. El término de la suspensión debe ser determinado o determinable y para la reiniciación de la ejecución del contrato se suscribirá la respectiva acta.
Es función del supervisor verificar que una vez reiniciada la ejecución contractual el contratista amplíe o prorrogue la vigencia de la garantía pactada en el Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de LA UNIVERSIDAD.
La liquidación tendrá lugar dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización del plazo así:
Dentro los primeros cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato se efectuará el trámite de liquidación por mutuo acuerdo entre las partes. Si finalizado dicho término las partes no llegan a un acuerdo o, habiendo requerido al contratista, este no suscribe el acta de liquidación, la misma será practicada directa y unilateralmente por la Universidad durante los dos (2) meses siguientes a la finalización del trámite por mutuo acuerdo.
Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA deberá remitir al supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio
Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el plazo de ejecución del contrato.
Al momento de liquidar el presente Contrato el supervisor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a las correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. CLÁUSULA PENAL. Se pacta como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, la cual se hará efectiva por parte de la UNIVERSIDAD, en caso de atraso o incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones surgidas del presente contrato. Dicha suma podrá ser tomada directamente de las garantías, o de ser el caso, se cobrará por jurisdicción coactiva.
Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 83 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. MULTAS. En caso de que EL CONTRATISTA incurra en incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente Contrato, la UNIVERSIDAD, mediante resolución motivada, que prestará mérito ejecutivo, podrá imponer multas diarias sucesivas, a razón del 0,01% sobre el valor contractual de la obligación o parte incumplida, mientras persista el incumplimiento, sin que sumadas superen el 20% del valor del presente contrato.
Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 83 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
Parágrafo. El pago de las multas no exime al CONTRATISTA de cumplir con la obligación principal, ni excluye el cobro de los perjuicios que hubiere sufrido LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA. El presente Contrato
lo desarrolla EL CONTRATISTA con plena autonomía y no genera relación laboral entre la UNIVERSIDAD con EL CONTRATISTA ni con el personal que éste designe para el cumplimiento del objeto contractual. Todo el personal del CONTRATISTA deberá estar vinculado en forma tal que se garantice su disponibilidad para la ejecución oportuna de las distintas actividades del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. SUBCONTRATACIÓN. Cualquier subcontratación que EL CONTRATISTA pretenda hacer para la ejecución del Contrato, deberá ser aprobada previamente por LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA será responsable del cumplimiento por parte de sus subcontratistas, de las exigencias comerciales, económicas y jurídicas establecidas por LA UNIVERSIDAD, y en consecuencia será responsable solidariamente con el subcontratista por los perjuicios de toda índole que LA UNIVERSIDAD, sus clientes o usuarios puedan sufrir como consecuencia de la labor del subcontratista. Los subcontratos no eximirán AL CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales ni las atenuará. LA UNIVERSIDAD no asumirá ninguna obligación directa o indirecta con el subcontratista, ni está en la obligación de tener ningún contacto o entendimiento con los subcontratistas, siendo EL CONTRATISTA el directamente obligado a responder ante LA UNIVERSIDAD por la actividad subcontratada como si él fuere el directo ejecutor de la misma; en los subcontratos se deberá consignar expresamente esta circunstancia. En todo caso LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de exigirle AL CONTRATISTA, de ser procedente, que reasuma el cumplimiento de la obligación subcontratada, o el cambio del subcontratista, sin que se derive responsabilidad de ninguna clase para LA UNIVERSIDAD. En tal evento, EL CONTRATISTA deberá proceder dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la comunicación de LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN. Es prohibido al CONTRATISTA ceder
el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA
manifiesta expresamente a LA UNIVERSIDAD que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contenida en la Constitución Política ni en la Ley, y que serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que se deriven de las antecedentes o sobrevinientes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. GARANTÍA. Para garantizar el cumplimiento de este contrato EL CONTRATISTA se compromete a constituir en favor de LA UNIVERSIDAD una garantía expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera, que ampare:
a) Cumplimiento de las obligaciones adquiridas: en cuantía mínima equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato y con vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
b) Calidad del servicio: en cuantía mínima equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato y con vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
c) Salarios y prestaciones sociales: por cuantía mínima equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.
Parágrafo 1. En caso de prórroga, modificación, adición o suspensión del presente Contrato, EL CONTRATISTA deberá remitir para revisión y aprobación de la UNIVERSIDAD, el respectivo certificado modificatorio de la garantía.
Parágrafo 2. En caso de disminución del valor de la garantía por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a reponerla de manera inmediata.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN: El
presente contrato se perfecciona con la firma de las partes.
Para su legalización requiere la constitución por parte del CONTRATISTA de la garantía exigida, y aprobación de la misma por parte de la UNIVERSIDAD;
Para su ejecución requiere el registro presupuestal y el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y a los demás que se hayan pactado en el contrato.
Una vez cumplidos y aprobados por la UNIVERSIDAD los anteriores requisitos, el Jefe de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Nivel Nacional comunicará a través de cualquier medio escrito al CONTRATISTA y al Supervisor del Contrato, que se ha legalizado el Contrato, y la fecha a partir de la cual podrá darse inicio a su ejecución.
Parágrafo 1. Los documentos de que trata la presente cláusula deben ser entregados por el CONTRATISTA para su revisión y aprobación en la Sección de Adquisiciones de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en el Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxx 000, de la ciudad de Bogotá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación escrita de asignación del contrato por parte de la UNIVERSIDAD.
Parágrafo 2. Será obligación del Jefe de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Nivel Nacional, publicar el presente Contrato, así como sus adicciones, prorrogas, modificaciones o suspensiones en el sitio Web de Contratación de la UNIVERSIDAD, según lo dispuesto en el artículo 71 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Antes de
acudir a las instancias judiciales, las partes buscarán resolver cualquier diferencia o discrepancia surgida con ocasión del presente Contrato, de forma ágil y rápida, intentando en primera medida el arreglo directo, previo a la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, tales como la Conciliación, la Mediación o la Transacción.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA. NOTIFICACIONES. Para todos los efectos de este Contrato, se establecen como mecanismos para comunicaciones en general, por parte de LA UNIVERSIDAD: correspondencia física que será recibida en la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en el Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., Teléfono 0000000 Ext. 18155, correo electrónico: xxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx; y por parte del CONTRATISTA:
correspondencia física que será recibida en la de la ciudad de Bogotá D.C., Teléfono: Fax:, Correos electrónicos:
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIO. Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes declaran la ciudad de Bogotá D.C. como su domicilio contractual.
En constancia se firma en Bogotá D.C., a los
XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX ( )
Vicerrector General Representante Legal