CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN PARA INMUEBLE EN ARRIENDO
CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN PARA INMUEBLE EN ARRIENDO
Matrícula de Arrendador Número: 2017-0153
Entre los suscritos , identificado con la cédula de ciudadanía No. de , mayor de edad y vecino de la ciudad de Bogotá por una parte y quien en adelante en el presente contrato se denominará EL PROPIETARIO por una parte y por otra parte XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía Número 1.015.465.495, mayor de edad y vecino de Bogotá‚ quien obra en nombre y representación de la Sociedad UKUCELA S.A.S, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., con NIT 901.101.944-1 y quien en adelante se llamará EL ADMINISTRADOR, hemos convenido en celebrar el CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN PARA INMUEBLE EN ARRIENDO que se regirá por las siguientes cláusulas: ----------------
PRIMERA… OBJETO... EL PROPIETARIO otorga la tenencia real, material y exclusiva AL ADMINISTRADOR durante la vigencia del presente contrato de administración de inmueble para arriendo en la suma de
($ )
Inmueble ubicado en
del barrio _ de la ciudad de y alinderado según consta
en la escritura número de la notaria del círculo de
Tipo de inmueble: Parqueadero:
Depósito: __
Matricula Inmobiliaria: Matricula Inmobiliaria: Matricula Inmobiliaria:
Vr Admón: Área Lote: Área construida: Antigüedad:
Observaciones:
PARAGRAFO… En el evento de tratarse de un inmueble destinado para vivienda urbana, su regulación se regirá por la Ley 820 de 2003; pero si se trata de un local comercial u oficina, se regirá por el código de comercio. SEGUNDA… FACULTADES AL ADMINISTRADOR… EL PROPIETARIO faculta exclusivamente al ADMINISTRADOR para que en su nombre y representación tramite y ejecute los asuntos que se enumeran a continuación a) Anunciar y efectuar la publicidad para lograr el arrendamiento del inmueble en la forma que juzgue más conveniente. b) Acordar el valor del arrendamiento con el PROPIETARIO y teniendo en cuenta las normas y los precios vigentes según el área, las características, la ubicación y el estado del inmueble y que, para el predio aquí descrito, se ha fijado de común acuerdo con el PROPIETARIO en un canon mensual de arrendamiento de ($ )
c) Utilizar las alianzas estratégicas del ADMINISTRADOR con otras empresas inmobiliarias para lograr el arrendamiento del inmueble de una forma más rápida y eficiente y compartir con ellas los honorarios pactados con el PROPIETARIO sin que esto conlleve obligación contractual del PROPIETARIO diferente a la que se adquirió con el ADMINISTRADOR …… d) Recaudar el valor de los arrendamientos a los Arrendatarios y consignarlos a la orden del PROPIETARIO, de forma anticipada dentro de los diez (10) primeros días hábiles del mes al que corresponda el pago, dicho dinero también podrá ser consignado y/o transferido a la cuenta bancaria que por escrito informe el PROPIETARIO, deduciendo los valores de gastos bancarios y los estipulados en la cláusula CUARTA de este contrato. e) Efectuar por cuenta de EL PROPIETARIO las reparaciones necesarias que EL ADMINISTRADOR juzgue convenientes para la mejor conservación del inmueble o para facilitar su arrendamiento, previa autorización de EL PROPIETARIO, y cuyo valor será descontado por EL ADMINISTRADOR de manera mensual según lo acordado con el
PROPIETARIO, y adjuntará los recibos, facturas o cuentas de cobro correspondientes a los pagos realizados. La solicitud de autorización de los arreglos que fuesen urgentes o necesarios, será comunicada al PROPIETARIO, empero, si transcurridos cinco (5) días calendario siguientes al recibo de la misma, EL PROPIETARIO no ha dado respuesta escrita, se entenderá que la solicitud de mejoras o reparaciones, es autorizada bajo la responsabilidad pecuniaria del PROPIETARIO; en beneficio del inmueble y el buen uso y goce del ARRENDATARIO. f) Celebrar el respectivo contrato de arrendamiento constituyendo las garantías que a su juicio juzgue convenientes…TERCERA… OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR: EL ADMINISTRADOR: deberá: a) Informar al
PROPIETARIO del incumplimiento del arrendatario en el pago del arrendamiento y notificar a la Aseguradora sobre este hecho. b) EL ADMINISTRADOR será responsable de la correcta administración del inmueble. c) Realizar una publicidad eficaz para lograr el arrendamiento del inmueble en la forma que juzgue conveniente. d) Realizar la preselección de arrendatarios calificados según su experticia. e) Hacer la entrega del inmueble a los arrendatarios al momento de la celebración del contrato de arrendamiento; f) Realizar eficaz y correctamente el manejo de las relaciones en informes de incumplimiento a la Aseguradora en caso de incumplimiento de los arrendatarios; g) En el evento que EL PROPIETARIO se negare o se imposibilitare por cualquier motivo a recibir el valor del canon de arrendamiento mensual, EL ADMINISTRADOR, deberá consignarlo en el Banco Agrario comunicando y enviando el duplicado del título de la consignación al PROPIETARIO dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, por correo certificado. Esta obligación aplica cuando el pago se realice al propietario directamente en las oficinas de la Inmobiliaria. h) EL ADMINISTRADOR, entregará por correo postal o electrónico informes mensuales sobre los descuentos realizados y los valores pagados, dichos pagos y descuentos deberán estar soportados con las respectivas facturas, de conformidad con el artículo 1 del decreto 578 de 2011. i) Informar al PROPIETARIO del incumplimiento de (los) arrendatario (s) en el pago del arrendamiento y notificar a la Aseguradora sobre este hecho. j) Contratar según las instrucciones del PROPIETARIO SI ( ) NO ( ) una póliza adicional de seguros integrales que amparen la totalidad de los servicios públicos, las reconexiones, las reinstalaciones, las administraciones, los daños y faltantes hasta por un valor de ( ) k) En general, velará por la defensa de los intereses del PROPIETARIO, en cuanto a la conservación del inmueble y la verificación del cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal, para los inmuebles sometidos a este régimen…
CUARTA: El contrato UKUPREMIUM compromete al PROPIETARIO a pagar como remuneración por la colocación y administración del inmueble a un cliente presentado por EL ADMINISTRADOR las siguientes sumas: a) El equivalente al (8.5 %) Más IVA del valor mensual del arrendamiento como remuneración a los servicios prestados por la administración.
b) El equivalente al 2.57% del valor mensual del arrendamiento para sufragar la póliza de seguro que como garantía se tomará en caso de incumplimiento en el pago de los arrendamientos por parte de los arrendatarios, dicha póliza es facultativa del propietario, de conformidad con el artículo 16 de la ley 820 de 2003…
QUINTA… OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO: EL PROPIETARIO responderá: a) Por
reclamaciones de los arrendatarios originadas por el mal estado del inmueble o por fallas o deficiencias en su construcción, y dar respuesta al ADMINISTRADOR sobre la solicitud de autorización de sus reparaciones o mejoras. b) Los saldos a cargo del PROPIETARIO
a la terminación del presente contrato de administración, deberán ser pagados por el PROPIETARIO AL ADMINISTRADOR a la presentación de la respectiva cuenta de cobro. En caso de negativa de dicho pago podrán ser exigidos ejecutivamente, sin necesidad de requerimiento. c) EL PROPIETARIO autoriza a pagar y pagará AL ADMINISTRADOR el valor de los gastos que se causen por concepto de impuestos, contribuciones, multas intereses, servicio de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, teléfono, larga distancia, gas natural, portería, celadores, ascensoristas, vigilantes, aseadores; las reparaciones y demás pagos hechos por EL ADMINISTRADOR por cuenta de EL PROPIETARIO y que no sean obligación de los arrendatarios. d) Cumplir con todas las obligaciones que demande el inmueble para el normal uso y goce del ARRENDATARIO en cumplimiento del contrato de arrendamiento en lo que tiene que ver con EL ARRENDADOR. e) En el evento que el PROPIETARIO, solicite anticipos, pagos de administración, servicios públicos, impuestos y/o otras obligaciones, antes de la entrada en vigencia de un contrato de arrendamiento sobre el inmueble aquí descrito, se ratificará en favor del ADMINISTRADOR, contrato de administración con carácter de exclusividad sobre este bien inmueble… f) No realizar labores conducentes a celebrar contratos de arrendamiento sin intermediación del ADMINISTRADOR con los clientes presentados por este. g) Permitir el ingreso para la presentación y muestra del inmueble y suministrar al ADMINISTRADOR la información solicitada de una manera clara y veraz adjuntando a la firma del presente contrato los siguientes documentos:
Fotocopia de Cédula de Ciudadanía del propietario
Fotocopia de los últimos recibos de servicios públicos cancelados.
Fotocopia de Certificado de tradición y libertad no mayor a sesenta (60) días, o en su defecto la manifestación de la calidad en que tiene el inmueble.
Fotocopia de la (s) Escritura (s) pública (s) donde consten los linderos; o en su defecto la manifestación de la calidad en que tiene el inmueble.
Paz y salvo de pago de cuotas de administración en caso de que se pague la misma.
h) EL PROPIETARIO se compromete a anexar a este contrato fotos del inmueble con un inventario inicial que, de ser aceptado por el ADMINISTRADOR, formará parte integral del presente contrato.… i) EL PROPIETARIO autoriza AL ADMINISTRADOR para que en caso que los arrendatarios dejen de pagar los arrendamientos y/o cuotas de administración y/o servicios públicos, en su nombre, pueda requerir el pago a la Afianzadora o aseguradora, para cubrir el canon de arrendamiento pagado por el ADMINISTRADOR…. SEXTA… EVICCION: EL PROPIETARIO declara que el inmueble a que se refiere el presente contrato de administración se encuentra total y absolutamente libre por concepto de acciones judiciales de cualquier naturaleza, empero, si se derivase acción judicial contra la renta del inmueble y/o el PROPIETARIO y quedase un saldo insoluto a favor del ADMINISTRADOR, el PROPIETARIO autoriza desde ya al ADMINISTRADOR, a procurar el pago de las sumas adeudadas de conformidad a la norma legal vigente… SÉPTIMA… TERMINO DE DURACIÓN: El termino de duración de este contrato siempre será el mismo del contrato de Arrendamiento y en caso de entrega del inmueble por parte de los arrendatarios; se entiende prorrogado si ninguna de las partes avisa su terminación… OCTAVA… TERMINACION DEL CONTRATO POR EL PROPIETARIO: Este contrato puede ser terminado por EL PROPIETARIO en los siguientes casos: a) Por la incorrecta administración del inmueble en la forma pactada en el presente contrato; caso en el cual este contrato presta mérito ejecutivo. b) Porque EL ADMINISTRADOR no logró arrendar el inmueble en un término de Treinta (30) días, contados a partir de la firma del presente contrato; No obstante lo anterior, EL PROPIETARIO puede manifestar por escrito su deseo de continuar este contrato de administración en las mismas condiciones, c) Estando Arrendado el inmueble y Vigente el contrato de arrendamiento, si el PROPIETARIO quiere dar por terminado el contrato,
deberá someterse a las condiciones y sanciones de terminación del contrato, tratándose de vivienda urbana según lo estipulado en el Capítulo VII de la Ley 820 de 2003, además cancelar AL ADMINISTRADOR el valor correspondiente de las comisiones de los meses que falten para cumplir el término inicial del contrato de arrendamiento o su prórroga. PARAGRAFO: Efectuada la cancelación de estas sanciones EL ADMINISTRADOR restituirá el inmueble desocupado y de conformidad con el inventario presentado por el PROPIETARIO al inicio de este contrato (Salvo deterioro normal por uso), entendiéndose que si se tratase de la venta del inmueble a un tercero, facilitará, endosará y cederá el respectivo contrato de arrendamiento al PROPIETARIO o a quien éste designe por escrito, dando aviso de salida del contrato de arrendamiento a la Aseguradora y/ Afianzadora quedando sin vigencia la garantía por incumplimiento de los arrendatarios, a partir de la terminación del contrato de administración…NOVENA… TERMINACION DEL CONTRATO POR EL ADMINISTRADOR. El presente contrato puede ser terminado por EL ADMINISTRADOR en cualquier época, para lo cual dará aviso AL PROPIETARIO con diez (10) días de anticipación, por correo certificado, cesarán todas las obligaciones, y no podrá ser responsabilizado por hecho alguno ocurrido después del término mencionado… DÉCIMA… NORMAS DE INTERPRETACION: Para todos los efectos no previstos en este contrato, se aplicarán las normas de la Ley 820 de 2003 en tratándose de vivienda urbana… DECIMA PRIMERA… EFECTOS DEL CONTRATO: El presente Contrato regula en su integridad las relaciones jurídicas entre las partes, y, en consecuencia, deja sin efecto cualquier otro convenio o estipulación acordada con anterioridad… DECIMA SEGUNDA… MODIFICACIONES: Cualquier modificación a este contrato, deberá constar previamente por escrito, mediante OTRO SI al mismo… DECIMA TERCERA… Solución de controversias contractuales. Toda controversia o diferencia entre las Partes relativa a la ejecución, liquidación e interpretación de este acuerdo y en general cualquier controversia relacionada con el mismo, se resolverá, acudiendo inicialmente al arreglo directo entre las partes, y en caso de fracasar este, por los mecanismos legales de solución de conflictos establecidos en Colombia… DÉCIMA CUARTA… MODIFICACIONES: Cualquier modificación a este contrato, deberá constar previamente por escrito, mediante OTRO SI al mismo… DECIMA QUINTA… Domicilio contractual. – Se fija como domicilio contractual la ciudad de Bogotá… DECIMA SEXTA… ENTREGA DE CONTRATOS: EL ADMINISTRADOR, entrega copia del contrato al PROPIETARIO, dentro de un plazo xx xxxx (10) días después de la firma del mismo. DECIMA SÉPTIMA... OBSERVACIONES:
DÉCIMA OCTAVA… Localización de las Partes Contratantes y comunicaciones: EL PROPIETARIO, podrá ser localizado y recibirá comunicaciones para cualquier efecto relacionado con este contrato, en la de teléfono(s) , Email .
EL ADMINISTRADOR, podrá ser localizado en la XXX. 00 Xx. 000-00 XXXXXXX 0-00 XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. Teléfono(s) 000-0000000 – 5206757, E-mail xxxxxxx@xxxxx.xxx DÉCIMA NOVENA… HABEAS DATA: El PROPIETARIO cumpliendo con la ley estatutaria 1581 de 2012 en lo referente a la protección de datos personales, queda informado que los datos suministrados en este contrato serán tratados por UKUCELA S.A.S en calidad de ADMINISTRADOR con fines administrativos, financieros y comerciales, por lo que declaro que autorizo a la empresa UKUCELA S.A.S para usar, circular, transferir, almacenar y/o actualizar mis datos personales de conformidad con las políticas establecidas para tal fin… VIGÉSIMA…RESTRICCIONES: Los anticipos a realizar a los PROPIETARIOS no aplican para: a) Inmuebles Embargados. b) Inmuebles con procesos judiciales en contra del bien o del propietario. c) Inmuebles con gravámenes de valorización, impuestos, patrimonios de familia o afectaciones.
En caso de cambio de cualquier dirección quién así lo haga deberá avisarlo oportunamente a la otra parte. En constancia se firma en la ciudad de a los días del mes del 2.0 .