PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE “RECOGIDA Y DESTRUCCIÓN DE PAPEL” EN LAS OFICINAS DE SEPES DEL Pº DE LA CASTELLANA, 91 EN MADRID.
PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE “RECOGIDA Y DESTRUCCIÓN DE PAPEL” EN LAS OFICINAS DE SEPES DEL Pº DE LA CASTELLANA, 91 EN MADRID.
DENOMINACIÓN DEL CONTRATO
Servicios de RECOGIDA Y DESTRUCCIÓN DE PAPEL” en las oficinas de SEPES del Pº de la Castellana, 91 en Madrid.
JUSTIFICACIÓN
La actividad cotidiana de las distintas áreas de SEPES genera una cierta cantidad de papel que es preciso recoger y reciclar. Así mismo, también generan un pequeño volumen de papel confidencial que es necesario destruir sistemáticamente de forma periódica y con total garantía, todo ello de acuerdo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, el Real Decreto 553/2020, de 2 xx xxxxx, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, así como lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 xx xxxxx, relativo al traslado de residuos
La presente contratación no forma parte de una necesidad más amplia de la misma naturaleza que pudiera suponer fraccionamiento del gasto.
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es la recogida y destrucción de papel.
De acuerdo con las características de SEPES, se necesita la instalación de 7 contenedores metálicos para destrucción de papel confidencial con una capacidad 240 litros y 8 contenedores en caja de cartón de papel no confidencial con una capacidad mínima de 100 litros.
Las recogidas de estos contenedores serán bimensuales, o en caso excepcional también se podrán realizar a petición de SEPES.
La retirada del papel se realizará mediante la sustitución de los contenedores llenos por otros vacíos, en las diferentes plantas del edificio.
Antes de retirar los contenedores de documentación confidencial, se precintaran. En el albarán de retirada se indicará los números de precinto de los contenedores para así poder hacer la trazabilidad correcta de la retirada.
El objeto del presente contrato se corresponde con la realidad de la prestación a realizar y no se está alterando el mismo para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación.
Los supuestos en que será necesario que los servicios se presten en las dependencias de SEPES y los motivos que lo justifican son los siguientes:
Los contenedores de papel se instalaran en las oficinas de SEPES.
No será necesario para la ejecución del contrato que SEPES ceda al contratista equipos o material en ningún caso.
No será necesario para la ejecución del contrato que SEPES autorice el acceso del personal de la empresa contratista a sus aplicaciones informáticas en ningún caso.
El contratista, sus empleados y/o colaboradores o subcontratistas o su personal podrán tener contacto con datos de carácter personal con ocasión de la prestación del servicio.
El objeto de este contrato no puede dividirse en lotes o prestaciones diferenciadas por los siguientes motivos:
El servicio de recogida de papel recogido en la licitación no pueden ser realizadas de forma independiente al ser un servicio único.
Se establecen como condiciones especiales de ejecución la/s siguiente/s:
Todos los trabajos relacionados con la ejecución del contrato se realizarán adoptando protocolos de protección y calidad medioambiental exigibles de acuerdo con la legislación vigente en cada momento. Deberá poderse acreditar el cumplimiento de la normativa aplicable si fuese requerido para ello por SEPES.
La empresa garantizará la formación ambiental de todo el personal destinado al contrato en temas de: gestión de residuos (minimización, recogida selectiva y tratamiento), uso eficiente del agua, la energía, información sobre los productos utilizados y sobre la movilidad sostenible.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato se fija en 8.833,50 euros. Impuesto indirecto: 1.855,03 euros en concepto de IVA La justificación del valor estimado es la siguiente:
Consultados precios xx xxxxxxx con distintas empresas del sector, se ha calculado un presupuesto anual de 2.944,50 € año, de acuerdo con el siguiente desglose:
Recogidas | Concepto servicio | €/recogida | Total |
42 | Servicio de destrucción de papel confidencial en contenedor metálico 240 litros (7 contenedores x 6 meses = 42) | 30,65 | 1.287,30 |
84 | Alquiler contenedor (12 meses x 7 contenedores =84) | 13,30 | 1.117,20 |
48 | Servicio de destrucción de papel no confidencial en contenedor caja de cartón 100 litros (8 contenedores x 6 meses = 48) | 11,25 | 540,00 |
TOTAL PRESUPUESTO | 2.944,50 |
La duración prevista del contrato será de dos años, prorrogable por un año más. De acuerdo con esto, el presupuesto máximo de licitación por dos años alcanza la cantidad de 5.889,00 € (IVA excluido) y el presupuesto máximo del contrato con la prórroga incluida será de 8.833,50 € (IVA excluido).
Para el desglose de los costes directos, indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación se propone que se utilicen los ratios sectoriales de sociedades no financieras que se encuentran disponibles en la Central de Balances del Banco de España (CenBal) para empresas de cualquier tamaño en el sector de actividad correspondiente al objeto del contrato.
La Unidad proponente de este contrato considera que los costes laborales no son el coste económico principal del valor del contrato por los siguientes motivos:
Se considera que en el contrato influyen más otros tipos de costes como son el transporte, los servicios informáticos, maquinaria de destrucción, homologaciones, etc
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TIPO DE TRAMITACIÓN
PROCEDIMIENTO:
Teniendo en consideración el importe del valor estimado de los servicios y los criterios de adjudicación que se establecen más adelante, el procedimiento de adjudicación que se considera más adecuado para seleccionar en este caso al adjudicatario es el ABIERTO SIMPLIFICADO por los siguientes motivos:
Por tratarse de un servicio recurrente todos los años, garantizándose con este procedimiento la libre concurrencia de los licitadores.
TRAMITACIÓN:
La Tramitación del procedimiento es ORDINARIA.
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
Al no exceder el valor estimado del contrato de 35.000 € no se exige a los licitadores solvencia económica y financiera ni solvencia técnica o profesional.
Dado que no se exige solvencia, no es necesario establecer los medios de acreditación de la misma.
Al no exigirse solvencia, tampoco es necesario fijar unos criterios específicos de solvencia técnica para empresas de nueva creación.
No hay determinadas partes o trabajos incluidos en el objeto del contrato que, en atención a su especial naturaleza, deban ser ejecutados directamente por el propio licitador.
CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA
No se exige a los licitadores ningún requisito adicional de solvencia.
GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA
Al tramitarse mediante procedimiento abierto simplificado, de acuerdo al art. 159 de la Ley de Contratos del Sector Público, no se exige la constitución de garantía provisional.
La garantía definitiva para responder de las obligaciones derivadas del contrato se constituirá por el licitador que haya presentado la mejor oferta por el importe correspondiente al 5% del presupuesto base de licitación, IVA excluido.
En caso de que la oferta del licitador propuesta como adjudicatario resultara incursa en presunción de anormalidad, la garantía definitiva ascenderá al 10% del importe correspondiente.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y SU PONDERACIÓN
Se establece un único criterio de adjudicación que será el precio. La prestación está perfectamente definida técnicamente y no es posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el contrato (art. 145.3 g) LCSP).
La oferta deberá recoger los precios unitarios de las partidas incluidas en el presupuesto. Para comparar las ofertas se tomaran las unidades recogidas en el desglose del valor estimado
UMBRAL DE ANORMALIDAD DE LAS OFERTAS
A los efectos de determinar las ofertas con valores anormales o desproporcionados deben establecerse los siguientes coeficientes, que se calcularán con cinco decimales:
*Coeficiente de licitación K, de una oferta cualquiera: es la cifra que resulta de dividir el precio de esa oferta entre el precio base de licitación
*Coeficiente de baja B, de una oferta cualquiera: es la cantidad resultante de restar K a la unidad. Es decir, B=1- K
*Media de los coeficientes de baja, MB: es la media aritmética de todos los coeficientes de baja B, de todas las ofertas admitidas o bien de aquellas que deban considerarse para este concepto, según lo recogido en los párrafos siguientes
Sentados estos conceptos, se considerará que una oferta tiene un valor anormal o desproporcionado en los siguientes supuestos:
1) Cuando, sea un solo licitador, suceda que su B>0,25.
2) Cuando sean dos licitadores, con coeficiente de baja B1 y B2, siendo B1>B2, se pueden dar dos supuestos:
a) Que B2>0,25 en cuyo caso, ambas ofertas tendrán un valor anormal o desproporcionado.
b) Que B2<0,25 o bien B2=0,25 en cuyo caso la oferta más barata tendrá un valor anormal o desproporcionado si B1>B2 + 0,20
3) Cuando sean tres licitadores, con coeficientes de baja B1, B2 Y B3, se hallará la media, MB de sus coeficientes de baja y tendrá un valor anormal o desproporcionado aquella oferta cuyo coeficiente de baja sea B>MB+0,10. No obstante, no se tendrá en cuenta para el computo de dicha MB la oferta de cuantía más elevada cuando su coeficiente de baja sea B<MB-0,10. En cualquier caso, se considerará desproporcionada cualquier oferta cuyo coeficiente de baja sea B>0,25
4) Cuando sean cuatro o más licitadores, se determinará en primer lugar la MB de todas las ofertas. Si se diera el caso de que una o varias ofertas estuvieran en el supuesto de que sus coeficientes de baja B<MB-0,10 entonces se recalcularía la MB, excluyendo esas ofertas. Ahora bien, si al eliminar dichas ofertas, el número de restantes ofertas es inferior a 3, entonces la nueva MB se calculará, en todo caso, considerando solo las tres ofertas más baratas. Una vez que se ha calculado mediante estos procedimientos la MB se considerará que tiene un valor anormal o desproporcionado toda aquella oferta cuyo coeficiente de baja sea B>MB+0,10.
DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será de 2 años , a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato.
Al existir un contrato en vigor con el mismo objeto que esta propuesta, en caso de formalizarse el contrato antes de la finalización del contrato anterior, el plazo se contará desde el día siguiente a la terminación del contrato anterior.
El contrato anterior finaliza con fecha 18 de diciembre de 2021
Para este contrato se fijan los siguientes plazos parciales:
- Una vez adjudicado el contrato en el plazo de 7 días se instalaran los contenedores contratados.
- Primera recogida se realizará a los dos meses a contar desde el día siguiente a la adjudicación.
- Resto de recogidas cada dos meses, siendo la última el último día de la finalización del contrato.
Las recogidas puntuales a realizar en el plazo máximo de cuatro días a contar desde que SEPES lo notifique al contratista por correo electrónico.
Se podrá prorrogar el contrato antes de la finalización del mismo, por un año más (máximo tres años), por decisión de SEPES y obligatoria para el contratista dos meses antes de la finalización del mismo.
PENALIDADES
Para asegurar el cumplimiento de este contrato se establecen las siguientes penalidades:
Se impondrán penalidades cuando cualquier acción u omisión del contratista que suponga incumplimiento de las obligaciones contempladas en los pliegos o en la legislación aplicable. A tal efecto, los incumplimientos se clasificarán en leve, graves y muy graves.
1. Incumplimiento leve: Se considerarán incumplimientos leves los siguientes:
a. El retraso en la prestación del servicio inferior a siete días, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones.
2. Incumplimiento grave: Se considerarán incumplimientos graves los siguientes:
b. El retraso en la prestación del servicio igual o superior a siete días e inferior a quince días, las faltas repetidas de puntualidad, la negligencia o descuido continuado.
c. No guardar la debida discreción respecto de los asuntos que se conozcan en razón del contrato prestado.
d. La no prestación de alguna de las operaciones contratadas.
3. Incumplimientos muy graves: Se considerarán incumplimientos muy graves los siguientes:
e. No atender a las recogidas puntuales.
f. No realizar trabajos conforme a lo establecido en este pliego.
g. El retraso o suspensión en la prestación del contrato igual o superior a quince días.
h. La acumulación o reiteración de tres incumplimientos graves cometidas en el transcurso del contrato.
i. La falsedad en los certificados.
La cuantía de las penalidades que podrán imponerse al contratista serán las siguientes:
30 € para incumplimientos leves.
60 € para incumplimientos graves.
200 € para incumplimientos muy graves.
Estas penalidades serán conjuntas para los incumplimientos tenidos en un periodo de facturación.
La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad. En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
FORMA DE PAGO
El pago se realizará previa presentación de la factura y siempre que el cumplimiento del contrato se hubiera comprobado por SEPES. La forma de pago será la siguiente:
-
- Primera factura, a contar desde el día siguiente de la adjudicación.
- Las recogidas puntuales a petición de SEPES se facturaran en el mes en el que se ha realizado dicha recogida.
Las facturas serán mensuales, recogiéndose en las mismas los servicios prestados ese mes. En estas facturas se incluirá el coste mensual de alquiler de los contenedores y el servicio destrucción del papel de los contenedores realmente retirados. Si no hay retirada de contenedores, únicamente se facturará el precio del alquiler de cada contenedor que se encuentre instalado en SEPES.
Se abonará el pago de los trabajos de acuerdo con los precios unitarios ofertados por el contratista, mediante facturas detalladas a SEPES, adjuntándose los certificados de destrucción del papel confidencial.
A dicho importe se le descontará, si procede, el correspondiente a las posibles penalizaciones que se produzcan, en los términos establecidos en el presente Pliego y en el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas.
REVISIÓN DE PRECIOS
En este contrato no procede la revisión de precios.
PLAZO DE GARANTÍA
No procede establecer plazo de garantía. Los motivos por los que no se considera necesario son:
Dada la naturaleza del contrato no resulte necesario al tratarse de servicios de destrucción y reciclaje de papel.
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causa de resolución del contrato las previstas en la Ley de Contratos del Sector Público.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A LA PROPUESTA
☒ Carátula del SIGES
☒ Pliego de Prescripciones Técnicas firmado (2 originales)
☒ Autorización de inicio de la Dirección General
☒ Certificado de no recurrir a la contratación de servicios externos como primera medida y de inexistencia de medios personales propios suficientes.
☐ En caso de servicios informáticos, informe favorable de la Secretaría General de Administración Digital.
PROPUESTA FINAL
En consecuencia, se propone la aprobación de la contratación del Contrato de Servicios de “Recogida y destrucción de papel en las dependencias de SEPES del Pº Castellana, 91 de Madrid” mediante el procedimiento ABIERTO SIMPLIFICADO, así como la aprobación del gasto correspondiente.
La Dirección General de SEPES con fecha 02/09/2021 autorizó el inicio de la tramitación de la presente propuesta.
UNIDAD PROPONENTE DEL CONTRATO
Jefe de Unidad de Servicios Generales
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX - DNI 00000000X
Fecha: 2021.10.27
14:13:13 +02'00'
Visto Bueno EL RESPONSABLE DEL CONTRATO
Jefe de División de RR.HH y Patrimonio
Conforme, Secretario General
Firmado digitalmente por DE LA LLAMA XXXXXXXX XXXXXX - DNI 00000000X
Fecha: 2021.10.27 14:16:07
+02'00'