CAPITULO I
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
CAPITULO I
DEL OBJETO Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
ARTÍCULO 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACION: El presente llamado a licitación tiene por objeto la contratación de seguros para la cobertura de los siguientes riesgos:
1.1. ACCIDENTES PERSONALES (AP) según se detalla en Anexo I:
Cobertura de accidentes personales con incapacidad parcial y total permanente y muerte, incluyendo gastos médico-farmacéuticos.
1.1.1. OPERARIOS PACIENTES DE TALLERES PROTEGIDOS.
1.1.2. ALUMNOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
1.1.3. CONCURRENTES A XXXXX XXX XXXX, ESTABLECIMIENTOS RECREATIVOS Y SIMILARES, HOGAR MUNICIPAL DE ANCIANOS, HOGAR MUNICIPAL DE DÍA, CASA DEL DEPORTISTA, PROGRAMA ENVION PUERTO, PROGRAMA ENVION XXXXXXX, PROGRAMA ENVION BELGRANO, PROGRAMA ENVION CENTENARIO, HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX Y CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL NIÑOS FELICES, ARCO IRIS, X. XXXXXXX Y SANTA XXXXXXXX.
1.2. RESPONSABILIDAD CIVIL según se detalla en Xxxxx XX:
1.2.1. COBERTURA RESPONSABILIDAD CIVIL CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1117 DEL CÓDIGO CIVIL SEGÚN REFORMA INTRODUCIDA POR LA LEY 24.830 Y EN UN TODO DE ACUERDO CON LA DISPOSICIÓN Nº 288/98 DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA (DIEGEP) DE LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, PARA ALUMNOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
1.2.2. COBERTURA RESPONSABILIDAD CIVIL CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1117 DEL CÓDIGO CIVIL, PARA CONCURRENTES A XXXXX XXX XXXX, ESTABLECIMIENTOS RECREATIVOS Y SIMILARES, HOGAR MUNICIPAL DE ANCIANOS, HOGAR MUNICIPAL DE DÍA, CASA DEL DEPORTISTA, PROGRAMA ENVION PUERTO, PROGRAMA ENVION XXXXXXX, PROGRAMA ENVION BELGRANO, PROGRAMA ENVION CENTENARIO, HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX Y CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL NIÑOS FELICES, ARCO IRIS, X. XXXXXXX Y SANTA XXXXXXXX.
1.2.3. COBERTURA RESPONSABILIDAD CIVIL CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1117 DEL CÓDIGO CIVIL, PARA OPERARIOS PACIENTES DE TALLERES PROTEGIDOS.
1.3. FLOTA PARQUE AUTOMOTOR - SEGURO TÉCNICO según se detalla en Anexo III: Con los riesgos que se indican en ANEXO III y en el estado en que se encuentran, con cláusula de ajuste automático del valor de indemnización.
Las pólizas que cubran los siniestros de los vehículos tipo sedan deberán contemplar la prestación de asistencia auxilio mecánica las 24 horas en todo el territorio nacional.
1.4. AMBULANCIAS según se detalla en Anexo IV:
1.4.1. Seguro contra todo riesgo del automotor.
1.4.2. Responsabilidad Civil por los pacientes que transporta por un mínimo de $ 3.000.000.- (pesos tres millones).
1.4.3. Equipamiento asistencial instalado en el vehículo. La Municipalidad se compromete a notificar fehacientemente cada cambio que realice sobre el mismo, a fin de mantener actualizado su valor.
1.5. SEGURO TÉCNICO INFORMÁTICO
1.5.1 EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO. Incluye el equipamiento informático ubicado en la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones de la Municipalidad el cual se detalla en ANEXO V
ARTÍCULO 2°.- PERÍODO DEL CONTRATO: La presente contratación tendrá una vigencia de un (1) año desde la notificación de la adjudicación, fecha a partir de la cual deberá emitirse certificado y brindarse cobertura aún cuando no se hubiera efectivizado el primer pago por parte del Municipio.
ARTÍCULO 3°.- PRÓRROGA: La Municipalidad se reserva el derecho de prorrogar la contratación objeto del presente llamado por el término de hasta un (1) año más.
ARTÍCULO 4°.- AMPLIACIONES/DISMINUCIONES: La Municipalidad se reserva el derecho de ampliar y/o disminuir durante la vigencia del contrato o su prorroga las diferentes coberturas conforme sus necesidades e informando las altas o bajas respecto a los diferentes rubros licitados.
ARTICULO 5º.- REGIMEN LEGAL: Los oferentes de esta licitación quedan comprendidos dentro de los preceptos de la legislación específica en materia de la presente contratación, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, del Decreto 2980/00 de Reforma de la Administración de Recursos Financieros y Reales en el ámbito Municipal de la Pcia. de Xx.Xx., de la Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80 o la que en el futuro la reemplace y de los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 6º.- TERMINOLOGÍA: A los efectos de la interpretación de este pliego y demás documentación relacionada con la presente licitación pública, se entenderá por:
MGP: Municipalidad de General Pueyrredon.
APERTURA: Acto formal de apertura de todos los sobres presentados por los postulantes.
PLIEGO: La documentación compuesta por el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y todos sus Anexos y las aclaratorias al mismo que se formularen.
PARTICIPANTE: Todo adquirente xxx xxxxxx.
POSTULANTE: Todo participante que se presente a esta licitación.
OFERENTE: Todo postulante que habiendo resultado preseleccionado en la primera etapa del proceso licitatorio, participe en la segunda con su oferta económica.
OFERTA: Xxxx documentación incluida en la propuesta, con más la contenida en el sobre n° 2. REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES: Es toda la documentación que los postulantes están obligados a entregar de acuerdo a lo exigido en el presente pliego.
FOTOCOPIAS DEBIDAMENTE AUTENTICADAS: Toda la documentación que se presente en
copia deberá estar autenticada por Escribano Público y si éste fuere de jurisdicción distinta a la provincia de Buenos Aires, deberá intervenir el Colegio Profesional respectivo.
REPRESENTANTE: La persona física designada por el postulante para actuar en su nombre, con amplias facultades para obligar al oferente, considerar y resolver las cuestiones relativas a la presente licitación, acreditadas fehacientemente mediante poder ante escribano.
DIAS: Días hábiles administrativos, salvo que se indique lo contrario.
SOBRE N° 1: Sobre cerrado que contendrá los antecedentes y demás documentación que se presente, con excepción de la cotización, para evaluar al postulante.
SOBRE N° 2: Sobre cerrado que contendrá el formulario de oferta (cotización).
SOBRE N° 3: Sobre o paquete debidamente cerrado que contendrá los sobres n° 1 y 2.
ARTÍCULO 7°.- GASTOS: Todos los gastos en que incurra cada participante, postulante u oferente de la presente licitación, incluyendo sin carácter limitativo los gastos de desarrollo y confección de las propuestas serán de su absoluta responsabilidad y no serán reembolsados ni directa ni indirectamente por la MGP en ningún caso.
CAPITULO II
DE LOS OFERENTES
ARTÍCULO 8º.- REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES: Los oferentes
deberán cumplimentar lo siguiente:
Podrán efectuar propuestas las personas jurídicas que se encuentren debidamente autorizadas para operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación, debiendo acompañar a la propuesta:
8.1. Xxxxx debidamente autenticada del contrato social y sus modificaciones, no pudiendo expirar el mismo con anterioridad a la finalización del contrato y su posible prórroga.
8.2. Instrumento debidamente autenticado con el cual se acredite que el o los signatarios de la propuesta tienen personería suficiente como para efectuar la presentación y comprometer a la entidad oferente.
8.3. Domicilio:
8.3.1 Fijar, al adquirir el pliego, domicilio especial al solo efecto del proceso licitatorio, en el Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
8.3.2 Denunciar al presentar su oferta el domicilio real.
8.4. Contar con representación oficial en Xxx xxx Xxxxx o designarla en caso de resultar adjudicatario y mantenerla durante el período de contratación y hasta un (1) año posterior a la finalización de la contratación. La representación deberá tener local u oficina administrativa habilitado por la Municipalidad de General Pueyrredon. Para el caso de resultar adjudicatario y no contar con la representación, deberá cumplimentar este requisito dentro de los treinta (30) días corridos de notificada la misma. La Municipalidad contratará directamente con la Compañía
Aseguradora oferente, sin reconocer costos de producción o intermediación, debiendo la adjudicataria disponer de un ejecutivo de cuentas o representante legal para la atención directa de la Municipalidad, concurriendo ha los domicilios de la misma cada vez que le sea requerido (ejemplo: retiro de formularios de denuncias, actualización de listados de asegurados, etc.)
8.5. Estar inscriptos en los registros municipales de:
PROVEEDORES a cuyos efectos acompañará el número de inscripción correspondiente. Los que formulen propuestas sin cumplir este requisito, deberán presentar su solicitud de inscripción con anterioridad al día fijado para el acto de apertura, y completar su trámite en el término de 10 días hábiles.
ENTIDADES ASEGURADORAS a cuyos efectos acompañará el número de inscripción correspondiente.
8.6. Presentar dictamen emitido por Contador Público y legalizado por el respectivo Consejo Profesional, en el cual conste que las deudas impositivas, laborales y/o provisionales que registra el oferente – de corresponder – se han devengado en un plazo no mayor a tres (3) meses desde la fecha de la certificación y si las mismas son exigibles o no. Dicha certificación no podrá tener una fecha de emisión superior a los treinta (30) días de la fecha fijada para la apertura de sobre Nº 1.
8.7. Acreditar una capacidad operativa que la ubique dentro de las cien principales empresas en el rubro “PATRIMONIO NETO” según los informes oficiales de las aseguradoras que emite la Superintendencia de Seguros de la Nación o las publicaciones especializadas que tomen como base tal información, lo que se comprobará con el último listado publicado. En caso de resultar adjudicatario deberá mantener esta capacidad operativa durante toda la contratación.
8.8. Poseer superávit de cobertura calculado de acuerdo con las normas vigentes de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
8.9. Presentar el informe de Actuario referido a la constitución de reservas conforme las disposiciones vigentes en la materia, dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La firma del profesional deberá ser autenticada por el respectivo Consejo Profesional.
8.10. Presentar copias, debidamente autenticadas, de los estados contables de los dos últimos ejercicios cerrados con anterioridad a la fecha de apertura, con todos sus anexos e información complementaria, aprobados por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con las debidas certificaciones profesionales y autenticaciones del Consejo Profesional respectivo, pudiendo no contar el último con la mencionada aprobación.
8.11. Presentar copias, debidamente autenticadas, de las actas de las asambleas ordinarias en las que se aprobaron los estados contables requeridos en el inciso 10 del presente artículo.
8.12. Presentar referencias de los principales clientes, las cuales podrán ser verificadas cuando la Municipalidad lo considere conveniente.
8.13. Presentar nómina de los peritos liquidadores que habitualmente contrata.
8.14. Presentar, si tuviere previsto reasegurar parte de los riesgos asumidos, nómina de las entidades reaseguradoras; las que deberán ser de primera línea nacional o extranjera. Para este caso la Municipalidad se reserva el derecho de solicitar de los reaseguradores toda aquella documentación que considere conveniente para una mejor valuación de la oferta. Para el caso que resulte
adjudicatario y durante la contratación se produjeran modificaciones en este aspecto, reasegurando o
cambiando de reasegurador deberá notificarlo fehacientemente a la Municipalidad, quien se reserva el derecho de solicitar al reasegurador aquella documentación que considere conveniente para el análisis de la situación de la entidad.
8.15. Presentar fotocopia debidamente autenticada de los informes especiales confeccionados conforme el punto 4° de la Resolución N° 25.238 de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
8.16. Presentar constancia de la Procuración de la Municipalidad de General Pueyrredon sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones contraídas.
8.17. Presentar una declaración jurada en Formulario Nº 2 en la cual el oferente exprese no encontrarse incurso en alguna de las causales de exclusión, indicadas en el mismo.
8.18. Presentar, “CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA” emitido por la Dirección de Coordinación de Recursos, Departamento de Fiscalización Externa, de la Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx, con una fecha de emisión dentro de los tres (3) meses inmediatos anteriores a la fecha fijada para la apertura de la actual licitación, o en su defecto constancia de inicio del trámite. A tales efectos Para su tramitación, retirará del Departamento de Actividades Económicas dependiente de la Dirección de Coordinación de Recursos de la Municipalidad de General Pueyrredon, sito en calle Xxxxxx Nº 2357, formulario pertinente con el que iniciará expediente en Mesa General de Entradas, Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0000, previo pago de los derechos correspondientes.
8.19. “CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR” A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Ámbito Nacional, el proponente deberá presentar el “Certificado Fiscal para Contratar” extendido por Administración Federal de Ingresos Públicos según Resolución (AFIP) Nº 1814 y sus modificaciones, o en su defecto la nota presentada ante esa dependencia solicitando el mencionado certificado, indicando en la misma que se solicita a los efectos de ser presentado ante la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon – Dirección General de Contrataciones – Xxx Xxxxxx 0000 Subsuelo – (7600) Xxx xxx Xxxxx.
CAPITULO III
DE LOS PLAZOS PARA CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS Y SU PUBLICIDAD
ARTÍCULO 9º.- CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Las consultas que los oferentes consideren necesario efectuar, deberán ser formuladas por escrito ante la Dirección General de Contrataciones, hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de la licitación.
La Municipalidad, asimismo, podrá hacer aclaraciones de oficio y responder a las consultas que formulen por escrito los interesados, hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de la licitación. Las aclaraciones solicitadas y las respuestas se pondrán en conocimiento de todos los adquirentes xxx xxxxxx de bases y condiciones, pasando a formar parte de éste.
Los pliegos de esta licitación estarán a la venta en la Dirección General de Contrataciones desde el llamado a ofertar y hasta siete (7) días hábiles anteriores a la apertura de la licitación.
ARTÍCULO 10°.- PUBLICIDAD DEL LLAMADO: En el decreto de llamado a licitación y en las publicaciones que la legislación prescribe, se establecerán con precisión fechas, horarios y lugares de apertura de la misma y aquellos donde los interesados podrán consultar y/o comprar los pliegos y depositar la garantía de oferta en sus diversas modalidades.
CAPITULO IV
DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 11º.- DEL PRECIO Y DE LA FORMA DE COTIZAR: El precio contractual es la total y única compensación por los servicios contratados quedando en consecuencia, relevada la Municipalidad de toda otra responsabilidad que no sea el precio pactado.
La cotización se presentará conforme “Formulario de Cotización ó Pedido de Cotización” con ajuste a lo indicado en el punto 13.2. y demás exigencias previstas en el presente Pliego.
El valor total del seguro no podrá discriminar gastos de representación, producción o similares, cualquiera sea la denominación que se utilice. El Municipio contrata DIRECTAMENTE con la compañía Aseguradora, aunque lo haga a través de sus Agentes locales.
La compañía deberá designar de su cuenta y riesgo un Ejecutivo de Cuentas que atenderá, en carácter de cliente preferencial en tiempo y dedicación, para atender todas las necesidades que el Municipio demande.
La adjudicación se realizará, a exclusivo juicio del Municipio, por los ítems objeto de la presente contratación a una o más empresas.
11.1. IMPORTANTE AL MOMENTO DE OFERTAR: ACLARACIÓN PARA TODOS LOS ITEMS:
Tendrá preferente consideración las propuestas de seguros SIN FRANQUICIA, siempre y cuando ello fuere corriente del rubro y autorizado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, sin perjuicio de que ello implique sujeción a la misma por vigencia del principio de oferta mas conveniente que sustenta el régimen de contrataciones del Estado.
Las propuestas CON FRANQUICIA, tanto fijas como variables, solo serán admisibles con aceptación del siguiente procedimiento de liquidación, pago y reintegro a la aseguradora:
1. El importe en concepto de franquicia que le corresponda abonar a la Municipalidad en carácter de tomador del seguro será directamente liquidado y abonado por la compañía aseguradora al damnificado o quien corresponda, dependiendo del tipo de siniestro ocurrido.
2. La compañía aseguradora solicitará los reintegros por franquicias abonadas mensualmente a la Municipalidad mediante un informe, el cual deberá ser aprobado por la autoridad de aplicación.
3. La Municipalidad reintegrará a la compañía aseguradora las franquicias liquidadas y aprobadas.
4. En caso de siniestros donde el monto a indemnizar no supere la franquicia, la Aseguradora deberá evaluar el monto reclamado con sus equipos técnicos, merituando la razonabilidad y correspondencia de su caso, y procediendo conforme lo estipulado en el inciso 1) de este acápite especial.
ARTÍCULO 12º.- MEJORA DE PRECIO: En el caso que hubiera dos o más propuestas que se presentaran en similares condiciones de prestaciones y precios, la Municipalidad se reserva el derecho de llamar a estos proponentes a mejorarlas, por escrito y en sobre cerrado. A estos efectos, se fijará la fecha para su apertura, dentro del término de cinco (5) días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de llamado a tal mejora.
ARTÍCULO 13º.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Serán presentadas en original, en sobres debidamente cerrados, e identificados - todos ellos - en la cubierta exterior de la siguiente manera:
SOBRE N° (1,2 ó 3 según corresponda)
EXPEDIENTE N° 00000-0-0000 Cpo. 1 LICITACIÓN PUBLICA N° 13/10 CONTRATACIÓN DE SEGUROS
APERTURA : --------------------- HORA: -----------
Cada sobre contendrá la documentación que a continuación se detalla y foliada correlativamente:
13.1 SOBRE Nº 1: REQUISITOS TÉCNICOS Y LEGALES:
13.1.1. Constancia de haber adquirido el presente pliego.
13.1.2 Declaración jurada, suscripta por el proponente, en donde se manifieste conocer y aceptar íntegramente el contenido xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones de esta licitación - Formulario Nº 1.
13.1.3 Declaración jurada suscripta por el proponente manifestando no estar incurso en causales de exclusión – Formulario Nº 2.
13.1.4 Declaración aceptando, para cualquier cuestión que se suscite, la actuación de los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal. Formulario Nº 3.
13.1.5 La información exigida en el artículo 8° del presente pliego, con detalle pormenorizado en hoja aparte de toda la documentación que presenta, debidamente firmada por el oferente.
13.1.6 Constancia que acredite la constitución del Depósito de Garantía de Mantenimiento de la Oferta conforme al pliego de bases y condiciones.
13.1.7 Detalle del contenido, alcance y limitaciones de cada póliza.
13.1.8 El oferente deberá presentar junto con su propuesta la descripción del mecanismo administrativo que deberá implementar, en el caso de resultar adjudicatario, para la tramitación de cada siniestro. (Indicando: documentación a presentar para cada uno de los
siniestros, plazos de presentación y toda la documentación requerida con sus respectivas características).
13.2 SOBRE Nº 2 COTIZACIÓN
La cotización, escrita con letra tipo imprenta, consignando la cotización total en letras, la que estará debidamente firmada por el oferente o su representante o autorizado debidamente acreditado en los términos del art. 13º y siguientes de la Ordenanza Nº 267/80. Deberá “…cotizar con arreglo a las cláusulas generales y particulares, especificando el precio unitario y total de cada renglón y el total de la propuesta en números y letras, así como la de indicar en forma clara y concreta el precio neto que se cotice”, (artículo 108º inc. i), Decreto Provincial Nº 2980/00).
Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Si se cotizan varios ítems, en caso de diferencias entre números y letras o en cálculos aritméticos, se considerará válido el precio unitario cotizado para cada uno de ellos.
13.3 SOBRE Nº 3 DE PRESENTACIÓN
Contendrá los sobres N° 1 y 2.
Ningún sobre podrá tener en su cubierta exterior señal o inscripción que permita identificar al proponente.
ARTÍCULO 14º.- RECEPCIÓN DE SOBRES: El sobre deberá ser entregado en la Dirección General de Contrataciones, hasta el día y hora de la apertura.
CAPITULO V
DEL ACTO LICITATORIO
ARTÍCULO 15º.- PROCEDIMIENTO DE APERTURA: La apertura de las propuestas se realizará en acto público, con la presencia de funcionarios e interesados que concurran, en el día, hora y lugar señalados en el decreto de llamado.
15.1 SOBRES N° 3 y 1: La apertura de los sobres, se desarrollará en el siguiente orden:
15.1.1. Abierto el sobre Nº 3, se comenzará por el sobre Nº 1 verificando la documentación exigida por este pliego.
15.1.2. De las propuestas admitidas se guardarán los sobres Nº 2 en la Tesorería Municipal hasta el día que se fije para su apertura.
15.1.3. Lectura del acta labrada para constancia y su firma por parte de los proponentes, funcionarios y público presente.
15.2 SOBRE Nº 2: Una vez efectuado el análisis de las propuestas en cuanto al cumplimiento de los recaudos formales exigidos por el presente pliego, a tenor de lo establecido en el Artículo Nº24, dictará un acto administrativo de preselección que se notificará a todos los postulantes, indicándoseles lugar, día y hora para la apertura de los sobres Nº 2, la que solo procederá respecto de las propuestas aceptadas y declaradas válidas, devolviéndose en el mismo acto aquellos sobres correspondientes a las propuestas rechazadas.
Esta notificación se hará con una antelación de no menos de tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la apertura.
En el día, lugar y hora señalados se procederá de la siguiente manera:
15.2.1. Devolución de los sobres Nº 2 de las propuestas desestimadas. La documentación del sobre N° 1 de estas propuestas, que da fundamento al rechazo, quedará agregada al expediente.
15.2. 2. Apertura de los sobres Nº 2 de las propuestas aceptadas y verificación del contenido de los mismos.
ARTÍCULO 16º.- DÍA INHÁBIL: Si el día fijado para el acto de la licitación fuera declarado feriado o de asueto administrativo, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados.
ARTÍCULO 17º.- DESARROLLO DEL ACTO: Vencido el plazo reglamentario para la admisión de las propuestas y antes de procederse a la apertura, podrán los interesados pedir o formular aclaraciones sobre el acto, iniciado éste, no se admitirán interrupciones por ningún motivo.
Se labrará un acta para constancia la que será firmada por las autoridades presentes en el acto e interesados que así lo requieran.
CAPÍTULO VI
DE LAS OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
ARTÍCULO 18º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: Se realizarán de la siguiente manera:
18.1 AL ACTO DE APERTURA: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto y al finalizar el mismo.
18.2 A LAS PROPUESTAS: A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, con posterioridad a la apertura de sobres se notificará a los proponentes la fecha a partir de la cual se ponen las actuaciones a la vista. El plazo para la toma de vista será de dos (2) días hábiles posteriores a la notificación citada anteriormente. Las impugnaciones deberán presentarse hasta dos
(2) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de la vista de los licitantes, por escrito y formularse individualmente para cada propuesta que se impugne, esto es que para cada propuesta que se impugne deberá presentarse una nota.
De las impugnaciones se correrá traslado por (2) dos días hábiles; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose sobre la base de éstas, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.
CAPÍTULO VII
DE LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 19º.- AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La información requerida en este pliego es de presentación obligatoria. Además el proponente podrá ampliarla con toda otra información que considere de interés para la evaluación de su propuesta.
La Municipalidad podrá solicitar de cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria a los fines verificatorios.
Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones con posterioridad a la apertura, de la documentación expresamente solicitada por la Municipalidad.
El plazo para la presentación de la información complementaria o ampliatoria requerida, será de entre dos (2) y cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación fehaciente del requerimiento, quedando a criterio de la Comisión Asesora de Adjudicación la fijación del mismo, teniendo en cuenta la complejidad de la documentación requerida o si la misma requiere de certificaciones, traducciones, legalizaciones, etc.
Si no se recibiere la respuesta en término o la información suministrada no satisficiese, a juicio de la Municipalidad, los fines requeridos, tendrá derecho la Municipalidad a rechazar la oferta sin recurso alguno por parte del oferente o se la evaluará con las constancias obrantes en las actuaciones.
En ningún caso se abrirán a prueba las incidencias, resolviéndose sobre la base de las presentaciones, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.
ARTÍCULO 20°.- FALSEAMIENTO DE LA INFORMACION: Si se comprobare el falseamiento de los datos proporcionados en el Formulario N°2 que forma parte del presente pliego o el de cualquier otro que forme parte de su propuesta, la Municipalidad podrá declarar la inhabilitación del proponente para presentarse a futuras licitaciones y/o concursos y/o compras directas por el término de hasta diez (10) años, sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte en cuanto se tenga conocimiento fehaciente del hecho o de la rescisión del contrato, según el estado del trámite, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial y de la elevación de las actuaciones a la justicia penal, si correspondiere, todo ello sin perjuicio de la pérdida del pertinente depósito de garantía.
CAPÍTULO VIII
DE LA COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 21°.- COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN: La evaluación de la
propuestas, la substanciación de impugnaciones y su resolución estará a cargo de la Comisión Asesora de Adjudicación, cuyos integrantes serán designados por el Secretario de Economía y Hacienda de la Municipalidad, conforme el Decreto n° 2220/78.
Esta Comisión tendrá facultades para requerir a los oferentes documentación que amplíe, complete, subsane o sanee los documentos presentados al acto licitatorio y todas aquellas facultades necesarias para cumplir eficazmente su cometido.
CAPÍTULO IX
DEL TRATAMIENTO DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 22º.- ADMISIÓN DE PROPUESTAS: Xxxx revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello si se comprobara posteriormente
algún incumplimiento no advertido al momento de la apertura de la licitación, será causal de rechazo
de oferta.
Se podrán, a efectos de su consideración, y a absoluto criterio de la Municipalidad, no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones de tipo formal y no esenciales, de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.
ARTÍCULO 23º.- CAUSALES RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: Serán rechazadas las
propuestas en que se compruebe:
23.1. Que el mismo proponente se haya integrado en dos (2) o más propuestas.
23.2. Variantes o alternativas que condicionen la propuesta.
23.3. La inclusión incorrecta de la documentación en los sobres Nº 1 y Nº 2.
23.4. La omisión de cualquiera de los requisitos enunciados en este pliego y su no subsanación, cuando se le intimare a ello, en los plazos que este pliego prevé.
23.5. La existencia de raspaduras, enmiendas o entrelíneas en la oferta, que no se encuentren debidamente salvadas por todos los responsables de la oferta.
23.6. Falseamiento de la declaración jurada exigida en el artículo 8.17.
23.7. La no adquisición xxx xxxxxx de bases y condiciones y/o la falta de depósito de garantía de oferta.
ARTÍCULO 24º.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: No mediando impugnaciones o substanciadas las que se formulen, la Comisión Asesora de Adjudicación analizará las propuestas conforme el siguiente procedimiento:
24.1. Análisis de la documentación contenida en el Sobre N° 1, seleccionando -con opinión fundada- las propuestas que a criterio de la Municipalidad reúnan los requisitos para prestar el servicio aconsejando la aceptación o rechazo, según corresponda. Esta evaluación se consignará en acta suscripta por todos los integrantes de la Comisión, con indicación expresa de los alcances de la intervención de cada firmante en caso de disidencia. Con el dictamen de comisión se emitirá un acto administrativo de preselección que se notificará según lo previsto en el artículo Nº15.2
24.2. Efectuada la apertura del Sobre N° 2 y analizada la documentación que contiene, se procederá a fijar el orden de mérito de las ofertas válidas, si las hubiere o el rechazo, elevando ello al Departamento Ejecutivo para que este disponga sobre la adjudicación y el orden de mérito definitivo de las ofertas válidas.
En el acto administrativo de adjudicación se establecerá el orden de méritos de todas las ofertas válidas, debiendo notificarse fehacientemente del mismo a la totalidad de las empresas presentadas.
En caso de rescisión del contrato la Municipalidad se reserva el derecho de convocar, a su exclusivo criterio, al segundo calificado siempre que reuniere a esa fecha los recaudos exigidos por este pliego y con la opción de contratar por la prestación no cumplida.
La totalidad de las prestaciones adicionales ofrecidas será considerada de cumplimiento obligatorio para el adjudicatario, no pudiendo reducirlas durante la vigencia del contrato, por lo que el incumplimiento del cualquiera de ellas quedará sometido al régimen de multas previstas.
ARTÍCULO 25º.- MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS: Los oferentes deberán mantener sus ofertas por un plazo de noventa (90) días corridos a partir de la fecha de apertura de la licitación. Vencido dicho término se considerará automáticamente prorrogado por un lapso similar, salvo manifestación en contrario por parte del oferente. Aquellos oferentes que no deseen prorrogar el mantenimiento de su oferta, deberán comunicarlo por escrito a la Municipalidad dentro de los dos (2) días hábiles anteriores al vencimiento de la oferta.
ARTÍCULO 26º.- DESISTIMIENTO DE PROPUESTA:
26.1. Cuando un oferente desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, tal actitud podrá dar lugar a suspensión en el Registro de Proveedores por un período de hasta tres (3) años y sin perjuicio de iniciar las acciones a que hubiere lugar.
Por desistimiento total o parcial de la oferta dentro del plazo de mantenimiento: le corresponderá la pérdida total o parcial de la garantía de oferta.
26.2. Cuando el oferente que desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, resultara primero en orden de mérito, tal actitud dará lugar al cobro de una multa equivalente al monto que resulte de la diferencia entre su propuesta y la que resulte adjudicada en la misma contratación.
CAPITULO X
DE LA ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 27º.- SOBRE LA ADJUDICACIÓN: La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta más conveniente a exclusivo criterio de la Municipalidad, cuya decisión respecto a las calificaciones que le merezcan los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas del Municipio.
ARTÍCULO 28º.- ÚNICA OFERTA: En el caso que hubiere una sola oferta válida por falta o rechazo de otras, ello no obsta a que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella, si reúne, a juicio exclusivo de la Municipalidad, las condiciones necesarias para tal adjudicación, debiendo efectuarse la mismo conforme las prescripciones de la normativa vigente.
La existencia de una única oferta, de ningún modo obligará a la Municipalidad a aceptar la misma de pleno derecho.
ARTÍCULO 29º.- RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS: La Municipalidad no estará obligada a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescribe los artículos 154° de la Ley Orgánica de la Municipalidades y 188° del Reglamento de Contabilidad.
CAPITULO XI DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 30º.- FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTÍAS: Las garantías exigidas en el
presente pliego, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas:
30.1. Dinero en efectivo, giro o cheque certificado contra una institución bancaria, a la orden de la Municipalidad de General Pueyrredon.
30.2. Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones, estableciendo expresamente que las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, la misma se presentará con certificación hecha por ante Escribano Público, de las firmas de quienes la suscriban y de la personería y facultades que le asisten para obligar a la entidad bancaria; la firma xxx Xxxxxxxxx actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuere de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires.
30.3. Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 2458/07, debiendo ser emitidas por una Compañía que se halle inscripta en el Registro Municipal de Compañías Aseguradoras. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por notario, de las firmas de quienes las suscriben y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; la firma xxx xxxxxxx actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando éste fuera de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires.
Recaudos a tener en cuenta:
- Instituir a la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx como "Asegurado" y presentar conjuntamente con la póliza recibo oficial donde conste haber abonado la prima total por el período de contratación.
- Cubrir o participar a prorrata, en concurrencia con otros garantes hasta el importe total de la garantía que se exige y mantener su vigencia mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.
- Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado frente al asegurador.
- Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente pliego y el contrato respectivo, corresponda afectar total o parcialmente las garantías.
- Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito de la Municipalidad, que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.
- Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior -al cumplirse el plazo que la Municipalidad establezca en la intimación de cumplimiento hecha al oferente o adjudicatario-, sin que se haya satisfecho tal requerimiento y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días corridos de serle requerida.
- Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones de la Municipalidad contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.
- Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial Xxx xxx Xxxxx, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, debiendo la Compañía Aseguradora constituir domicilio en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx conforme lo establecido en este pliego.
- Establecer que en caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurado, el asegurador participará a prorrata en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía.
- La compañía aseguradora debe, en la póliza, constituir domicilio legal en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
ARTÍCULO 31º.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: El proponente
deberá adjuntar, al formular la propuesta, fotocopia de la constancia expedida por la Tesorería Municipal de haber efectuado el Depósito de Garantía de Oferta, por el equivalente al cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial del/de los renglón/renglones que cotice. Dicha garantía deberá constituirse en alguna de las formas previstas en el presente pliego.
ARTÍCULO 32º.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Como condición para
la firma del contrato, el adjudicatario deberá afianzar el mismo, con una suma igual al veinte por ciento (20%) del precio total del contrato, efectuándolo de acuerdo con lo establecido en este pliego. Esta fianza o garantía deberá extender su vigencia hasta la extinción de las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre. No se permitirá el autoseguro, esto es, el seguro hecho por la misma contratista como Compañía Aseguradora.
ARTÍCULO 33°.- PLAZO PARA LA CONSTITUCIÓN:
33.1 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
- Mediante Giro, cheque certificado, fianza o seguro de caución: hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. En caso de que la documental presentada tuviese deficiencias posibles de subsanación, ello podrá efectivizarse hasta un (1) día hábil administrativo anterior a la apertura de la licitación, fecha en que deberá ingresar a Tesorería Municipal.
- En dinero en efectivo: hasta el último día hábil inmediato anterior a la fecha de apertura.
33.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Cualquiera sea el tipo de depósito que realice, dentro de los cinco (5) hábiles de notificado de la adjudicación y previo a la firma del contrato.
ARTÍCULO 34.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN:
34.1 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Firme y consentido el acto administrativo de adjudicación de la licitación o vencido el plazo de mantenimiento de oferta, a pedido de parte se devolverán estas garantías con excepción de la correspondiente al adjudicatario, la que se devolverá previo cumplimiento del depósito de garantía de contrato.
34.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Se formalizará únicamente a pedido de parte y una vez probada la inexistencia de deudas o compromisos con el personal, multas aplicadas por la autoridad municipal y/o cualquier otra obligación, a cuyos efectos presentará constancia de la
Secretaría Legal y Técnica y Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad, de
cumplimiento de todas las obligaciones, de cualquier índole, que tenga con ésta.
En ningún caso los depósitos dados en garantía devengarán intereses a cargo de la Municipalidad.
CAPITULO XII
DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 35º.- NOTIFICACIÓN Y CONTRATO: Resuelta la adjudicación, se notificará en forma fehaciente a quien resulte adjudicatario quien deberá constituir la garantía de cumplimiento de contrato, librándose posteriormente la Orden de Compra por la autoridad administrativa.
ARTÍCULO 36º.- DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA EL CONTRATO: Son documentos del
contrato y formarán parte:
36.1. El Pliego de Bases y Condiciones.
36.2. Las aclaraciones al pliego.
36.3. La propuesta.
36.4. Las aclaraciones que hubiere presentado el adjudicatario con motivo de las impugnaciones o por pedido de la Municipalidad de General Pueyrredon.
36.5. Depósito de la garantía del contrato efectuado en la Tesorería Municipal.
ARTÍCULO 37º.- INTRANSFERIBILIDAD Y REASEGUROS: No podrá cederse total ni parcialmente la adjudicación o el contrato, ni se admitirá la asociación de la contratista con terceros, bajo pena de quedar sin efecto la adjudicación, con pérdida de la garantía respectiva y/o de la rescisión del contrato, de conformidad con lo estipulado a ese respecto en el presente Pliego de Bases y Condiciones, salvo para los contratos de reaseguro que efectúe la contratista, los que deberán ser aprobados previa y expresamente por esta Municipalidad.
CAPITULO XIII
DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 38º.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Son obligaciones del contratista, sin perjuicio de las determinadas en este pliego y de las que se fijan contractualmente, las siguientes:
38.1. Efectuar la prestación en forma continua, regular y eficiente, conforme a las estipulaciones que este pliego determina.
38.2. Mantener, durante la vigencia del contrato, situación patrimonial que le permita a la entidad -a criterio exclusivo de este Municipio- afrontar la prestación del servicio. La Municipalidad se reserva
el derecho de rescindir el contrato y adjudicar al siguiente calificado en el orden de méritos en las condiciones previstas en este pliego.
38.3. La empresa deberá contar con un representante debidamente autorizado con domicilio legal y real en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx y personería suficiente para comprometer a la aseguradora, durante la vigencia de la presente contratación y hasta la substanciación de todas las cuestiones que emerjan de la presente.
38.4. La adjudicataria deberá designar un representante que concurrirá como mínimo dos (2) veces por semana a la Dirección General de Contrataciones para retirar toda la documentación relacionada con los siniestros que se produjeren. Con respecto a las demás dependencias municipales detalladas en el presente pliego, la concurrencia a las mismas será conforme requerimientos y dentro de las 24 horas de solicitada.
ARTÍCULO 39º.- DIVERGENCIAS CON LA ASEGURADORA: Cualquier divergencia que ocurra entre la entidad y la Municipalidad, será resuelta por ésta última sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder.
El contratista, por ninguna razón, podrá suspender por sí la prestación del servicio ni aún parcialmente siempre que el Municipio cumpla con las obligaciones contraídas con la/s aseguradora/s.
CAPITULO XIV
DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD
ARTÍCULO 40°.- CLAUSULA DE INDEMNIDAD: La contratista se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes del contratista, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos la Municipalidad queda facultada para afectar la garantía contractual o cualquier suma que por cualquier concepto la Municipalidad adeudara a la contratista, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.
ARTÍCULO 41º.- AFECTACIÓN GARANTÍA: Si se afectara el depósito de garantía, en la forma prevista en el presente pliego o por la falta de pago en término de las multas, la contratista deberá reponer el mismo dentro de los cinco (5) días hábiles de la afectación, bajo apercibimiento de rescindir el contrato o de adoptar cualquier otra medida que la Municipalidad juzgue conveniente. En tales casos, la Comuna podrá descontar y percibir de la certificación mensual de servicios el importe que deba reponer la contratista, y sin necesidad de comunicación previa al respecto.
CAPITULO XV
DE LA FACTURACIÓN Y EL PAGO
ARTÍCULO 42º.- PERIODO: La prestación continua, regular y eficiente, será retribuida totalmente por precio cotizado. El pago se efectuará conforme el plan de pago propuesto por la entidad adjudicataria y aceptado por la Comuna.
ARTÍCULO 43º.- PÓLIZAS: La contratista deberá presentar las pólizas para su aprobación ante la Dirección General de Contrataciones, dentro de los quince (15) días corridos de firmado el contrato.
ARTÍCULO 44º.- APROBACIÓN DE PÓLIZAS: Las pólizas deberán ser aprobadas por la
Municipalidad, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al de su presentación. En caso de existir observaciones, serán devueltas al contratista para su corrección, en cuyo caso el plazo para la aprobación se computará a partir de la nueva presentación.
ARTÍCULO 45º.- PRESENTACIÓN FACTURA/S: La/s factura/s deberá/n ser presentada/s a partir del primer día hábil del comienzo de la prestación, en la Dirección General de Contrataciones.
ARTÍCULO 46º.- PLAZO DE PAGO: Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la presentación, la facturación deberá ser aprobada o rechazada. Para el caso de aprobación continuará el trámite de pago, el que se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos de la presentación correcta.
ARTÍCULO 47º.- SUSPENSION DEL PLAZO DE PAGO: Si las facturas fueran devueltas con observaciones, los plazos establecidos para el pago comenzarán a regir a partir de la nueva presentación.
ARTÍCULO 48°.- EFECTIVIZACIÓN DEL PAGO: Los pagos se efectuarán en el Departamento de Pagos de la Municipalidad, Xxx Xxxxxx Xx 0000 0x Xxxx, Xxx xxx Xxxxx, mediante cheque a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado, los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8.30 a 14.00.
ARTÍCULO 49º.- COBRO POR UN TERCERO: Para que el trámite de cobro pueda ser efectuado por un tercero, éste deberá presentar un poder que así lo autorice y extender recibo oficial del proveedor.
ARTÍCULO 50º.- PAGO ELECTRÓNICO: En el caso de implementarse el sistema de pago electrónico a proveedores municipales, el adjudicatario deberá habilitar cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires e informar su tipo y número en planilla destinada a tal efecto que deberá retirar de la Dirección General de Contrataciones.
ARTÍCULO 51º.- CESIONES DE CRÉDITO: En caso de constituirse cesiones de crédito, una vez otorgadas deberán ser notificadas notarialmente al Contador Municipal.
No podrán constituirse, para el caso de prestaciones de servicios periódicas con personal y/o equipamiento y/o insumos, etc. a cargo del adjudicatario y de pago mensual, por montos superiores al treinta por ciento (30%) de cada facturación mensual del mismo, teniendo como tope el treinta por ciento (30%) del monto adjudicado. Será causal de caducidad del contrato el exceso en los topes señalados.
Solamente a juicio exclusivo de la Municipalidad y por razones debidamente fundadas, podrán autorizarse porcentajes superiores.
Para el resto de las prestaciones, las cesiones podrán constituirse por porcentajes superiores al indicado.
Por la administración de la cesión de créditos, la Municipalidad percibirá, en oportunidad de realizar cada pago, un derecho equivalente al que fije la Ordenanza Impositiva vigente sobre el monto objeto de la cesión.
El texto de la notificación a incluir por el Escribano actuante será el
siguiente:
“En la fecha, notifico a la Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx en la persona de......................................... en su carácter de autorizado a quién le exhibo los certificados objeto de la presente escritura y al darse por notificado en nombre y representación del Municipio del Partido de General Pueyrredon manifiesta que:
1) El presente no implica el reconocimiento de la existencia del crédito cuya afectación se notifica.
2) La Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx se reserva los mismos derechos que tenía respecto del titular original del crédito, así como efectuar los descuentos por su incumplimiento contractual o cualquier otra causa imputable y que resultase procedente conforme a lo pactado con ésta, reservándose también el derecho de compensar el crédito afectado con los saldos deudores que por cualquier causa tuviera en la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon su titular original.
3) La Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx sólo considerará válidas y oponibles las afectaciones de crédito que se efectuaren de conformidad con las reglas establecidas en las cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones establecidos para toda las contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Xxxxxxxxxx, que tanto el titular original del crédito como el cesionario del mismo conocen y han convenido respetar.
4) Las cesiones de referencia se tomarán en cuenta previa deducción en los créditos que pudieran corresponder al cedente de los embargos preexistentes que, en su caso, hubieran ingresado a la Comuna.”
CAPÍTULO XVI
DE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 52º.- CAUSALES DE RESCISIÓN: La Municipalidad podrá rescindir unilateralmente el contrato, cuando mediare alguna de las siguientes causales:
52.1. Por dejar de cumplir con la prestación en la forma acordada en el contrato, parcial o totalmente, a exclusivo criterio de la Municipalidad.
52.2. Por reiteración de deficiencias observadas en el normal desarrollo de la prestación, debiendo las mismas haber sido comprobadas, notificadas previamente y no subsanadas conforme las instrucciones que al respecto se impartan.
52.3. Cuando el monto de las penalidades exceda el veinte por ciento (20%) del total facturado a la fecha de aplicación de la multa.
52.4. Por subcontratar total o parcialmente con terceros la prestación, transferir o ceder total o parcialmente el contrato.
52.5. Cuando la contratista resulte culpable de fraude, negligencia grave o contravención a las condiciones estipuladas en el contrato.
52.6. Cuando se determine judicialmente la incapacidad de la entidad.
52.7. Cuando pierda la autorización para operar otorgada por la autoridad de control en la materia.
52.8. Cuando del análisis de la información que debe ser presentada trimestralmente surja que las condiciones de su situación patrimonial no son suficientes -a criterio exclusivo del Municipio- para afrontar la prestación del servicio.
52.9. Cuando quede incursa en cualquiera de las causales de exclusión indicadas en este pliego.
ARTÍCULO 53º.- CONSECUENCIAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO: La extinción
del contrato por culpa del adjudicatario traerá aparejada la pérdida del depósito de garantía y no tendrá éste derecho a reclamar indemnización a esta Municipalidad, cualquiera fuera su fuente, tipo o causa.
ARTÍCULO 54º.- EXCEPCIONES: la rescisión operará sin pérdida del depósito de garantía en caso de disolución de la sociedad regularmente constituida conforme la tipología prevista en la Ley
19.550 y sus modificatorias, por causas no imputables a la misma (caso fortuito o fuerza mayor), cuya evaluación quedará a criterio de la autoridad municipal. Tendrá aquella, en caso de ser aceptada por el Municipio la causal aludida, derecho al cobro de las sumas que se le adeudaren en concepto de facturación y a obtener la devolución de la garantía constituida.
CAPITULO XVII DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 55º.- CAUSALES DE SANCIONES: El incumplimiento por parte del proponente o adjudicatario de las obligaciones a su cargo la hará pasible de las sanciones que se establecen en este capítulo, sin perjuicio de las contenidas en el artículo 119º del Decreto Provincial 2980/00 (R.A.F.A.M.), salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados a juicio de la Municipalidad, debiendo la contratista enunciar la causa motivo de la suspensión de la prestación dentro de las dos (2) primeras horas de producida ésta o bien dentro de las dos (2) primeras horas del primer día hábil administrativo siguiente al hecho.
ARTÍCULO 56°.- PROCEDIMIENTO: Tomado conocimiento del incumplimiento, se labrará acta de infracción, y a los efectos de que la empresa pueda alegar y probar lo que estime pertinente con relación a la infracción que se le imputa se le otorgará un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y acompañar y ofrecer toda la prueba que haga a su derecho. Considerados éstos, se establecerá la sanción definitiva, notificando a la contratista.
ARTÍCULO 57º.- GRADUACIÓN DE LAS MULTAS: Para la graduación de las multas se tendrá en cuenta la gravedad del hecho, la magnitud del incumplimiento, la reincidencia y todas las demás circunstancias que resulten gravitantes o significativas para merituar la conducta de la contratista.
ARTÍCULO 58º.- MULTAS POR TRANSGRESIONES TIPIFICADAS: La autoridad
competente podrá aplicar multas, que podrán graduarse entre el uno por ciento (1%) y el diez por ciento (10%):
58.1. Del monto de la póliza del siniestro que se incumpliera y cuando se produzcan las transgresiones que a continuación se detallan:
58.1.1. No abonar en término los siniestros.
58.1.2. No abonar los siniestros conforme lo pactado.
58.2. Del monto total de la contratación cuando no presentare la documentación que exige este pliego, dentro de los plazos previstos en el mismo.
ARTÍCULO 59º.- MULTAS POR TRANSGRESIONES NO TIPIFICADAS: Por toda otra
contravención a las disposiciones del presente pliego o respectivo contrato que no hubiera sido tipificada específicamente en el artículo anterior, se aplicará -por cada una- una multa del dos por ciento (2%) al diez por ciento (10%) del importe mensual facturado o a facturar.
ARTÍCULO 60º.- OTRAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTOS: Sin perjuicio de las
multas a aplicar conforme lo estipulado en este pliego o en caso de no tener el adjudicatario importes a cobrar, ante incumplimientos en las obligaciones emergentes del mismo la Municipalidad de General Pueyrredon podrá sancionar al proveedor con:
- Llamado de atención
- Apercibimiento.
- Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores.
- Baja del registro de Proveedores.
- Baja del registro de Entidades Aseguradoras (Decreto 2458/07 y ord. 7180).
ARTÍCULO 61°.- ACCIONES POR SUSPENSIÓN: En caso que la entidad suspenda la prestación del servicio, la Municipalidad -sin perjuicio de las penalidades que pudieren corresponderle de acuerdo con este pliego-, podrá disponer una nueva contratación para asegurar la normal cobertura de los riesgos, con cargo a la entidad.
ARTÍCULO 62º.- ENCUADRE DE LOS HECHOS PUNIBLES: Si un solo hecho definido como transgresor a las disposiciones de este pliego encuadra en distintas sanciones, únicamente se aplicará la sanción más grave. En la hipótesis de varios hechos violatorios a las disposiciones contractuales, se aplicarán tantas sanciones como hechos independientes ocurran.
ARTÍCULO 63°.- REINCIDENCIA: Notificada de la infracción la entidad deberá subsanarla dentro del plazo que a tal efecto se fije. Vencido el mismo si la infracción subsistiere se considerará, a los fines punitivos, como un nuevo hecho.
ARTÍCULO 64°.- DUPLICACION DE MULTAS POR REINCIDENCIA: En caso de
reincidencia, las multas a aplicar duplicarán los porcentajes establecidos precedentemente, con relación a la sanción antecedente.
ARTÍCULO 65º.- RETENCIÓN PREVENTIVA: El importe de la sanción será objeto de retención preventiva del pago del mes de la infracción y de cualquier póliza que le corresponda percibir.
Si el importe retenido resultara insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante será compensada y percibida en los términos de los artículos 818º y subsiguientes y concordantes del Código Civil, con cualquier importe que tenga la empresa contratista a cobrar y/o podrá efectivizarse también del depósito de garantía, a exclusiva elección de la Municipalidad y sin orden de prioridad alguna.
Si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la
aplicación de multa, el monto retenido se devolverá a valores nominales, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere.
Esta retención preventiva no dará derecho a la contratista a incumplir con los compromisos contraídos.
En todos los casos en que las sanciones impuestas al contratista excedieran el monto del depósito de garantía contractual constituido de conformidad con el presente pliego, podrán afectarse para el cumplimiento de las mismas sus bienes propios y/o la facturación correspondiente.
CAPITULO XVIII DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 66°.- IVA: Se deja constancia que esta Municipalidad reviste el carácter de sujeto exento.
ARTÍCULO 67°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La administración de la presente licitación, una vez adjudicada, estará a cargo de las Secretarías o Dependencias que en cada caso se detallan; o las que en el futuro notifique la Secretaria de Economía y Hacienda:
1. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL: todas las pólizas de vida y accidentes de operarios pacientes de talleres protegidos, xxxxx xxx xxxx, establecimientos recreativos y similares, Hogar municipal de ancianos, Hogar Municipal de Día, Casa del Deportista, Programa Envion Puerto, Programa Envion Xxxxxxx, Programa Envion Belgrano, Programa Envion Centenario, Hogar De Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx y Centros de Desarrollo Infantil Niños Felices, Arco Iris, X. Xxxxxxx y Santa Xxxxxxxx
2. SECRETARIA DE EDUCACIÓN: todas las pólizas de vida y accidentes para concurrentes a establecimientos escolares.
3. DIRECCION GENERAL DE INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES. Póliza de seguro técnico de equipamiento informático.
4. SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA – REGISTRO PATRIMONIAL: todas las pólizas relacionadas con automotores, maquinarias y las no comprendidas en los ítems anteriores, mientras no se les asigne una repartición para tal función.
Las autoridades mencionadas en este artículo, ante los incumplimientos de la entidad contratada, dará intervención a la Procuración Municipal con colección de la documentación pertinente (Denuncia, Carta Documento de Rechazo, copia xx Xxxxxx de Bases y Condiciones, etc) para su tratamiento la que tendrá a su cargo el trámite de la imposición de sanciones correspondientes.
CAPITULO XIX OTRAS
ARTÍCULO 68º.- PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial anual al 31 de diciembre de 2011, asciende a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO OCHO MIL ($ 1.108.000,00).
El presupuesto oficial anual se establece de la siguiente forma:
- Para el artículo 1.1 en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000).
- Para el artículo 1.2. en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL ($220.000)
- Para los artículos 1.3. y 1.4 en la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000).
- Para el artículo 1.5. en la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000).
ARTÍCULO 69º.- VALOR XXX XXXXXX: El presente pliego de bases y condiciones se entregará a los interesados, previo pago en la Tesorería Municipal de la suma de:
Para las empresas que solamente coticen el rubro VIDA Y ACCIDENTES: PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 335,00).
Para las empresas que solamente coticen el rubro RESPONSABILIDAD CIVIL: PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($375,00)
Para las empresas que solamente coticen el rubro FLOTA PARQUE AUTOMOTOR Y AMBULANCIAS: PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 855,00)
Para las empresas que solamente coticen el rubro SEGURO TECNICO INFORMATICO PESOS CIENTO OCHENTA ($180,00).
Para las empresas que coticen la totalidad de los rubros: PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 1.263,00).
A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:
Por medio de la presente, el oferente..............................................................................
declara bajo juramento:
1. Conocer y aceptar en todos sus términos el pliego de bases y condiciones compuesto de once (11) fojas, Formulario n° 1 de una (1) foja, Formulario n° 2 de una (1) foja/s, Formulario n° 3 de una (1) foja, ANEXO I de una (1) foja, ANEXO II de tres (3) fojas, ANEXO III de ocho (8) fojas, ANEXO IV de una (1) foja, y ANEXO V de una (1) foja que rige la Licitación Pública Nº 13/10 para la CONTRATACIÓN DE SEGUROS, convocada por la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y cuyas cláusulas aceptamos sin condicionamiento alguno.
Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de...............................................................
(interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es)
circunstancia que queda acreditada con ........................................................................
(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).
Firma:
Aclaración de firma:
A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON:
Por medio del presente en mi carácter de OFERENTE …………………………………………
en la Licitación Pública Nº 13/10 “CONTRATACION DE SEGUROS”, declaro bajo juramento no encontrarme incurso en las siguientes causales de exclusión de la presente licitación:
1. Incapacidad para contratar según la legislación vigente.
2. Ser agente al servicio de la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y en caso de sociedades, estar integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos Directores o Gerentes también lo fueren.
3. Inhabilitación originada por aplicación de la legislación concursal.
4. Encontrarse afectado por medida cautelar de cualquier tipo de carácter ejecutorio y no preventivo, es decir susceptible de ejecución inmediata en función del estado procesal de la causa judicial en la que hubiera sido dispuesta aquélla.
5. Haber sido suspendido o eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires o de esta Comuna (Administración Central, Entes Descentralizados y/u Obras Sanitarias Xxx xxx Xxxxx Sociedad de Estado).
6. Haber sido objeto de dos (2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales, en los últimos cinco (5) años anteriores a la apertura de propuestas.
7. Haber sido condenado en litigio sostenido con organismo públicos y/o sociedades del estado por motivos originados en la prestación de servicios similares al presente, en los últimos cinco (5) años anteriores a apertura de propuestas.
8. Registrar incumplimientos contractuales con la Municipalidad de General Pueyrredon.
Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de.................................................................................
(interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es),
circunstancia que queda acreditada con ..............................................................................................
(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).
Firma/s:
Aclaración/es de firma/s:
FORMULARIO N° 3
Por medio de la presente y para todas las situaciones emergentes de la Licitación Pública Nº 13/10 CONTRATACION DE SEGUROS el OFERENTE
………………………………..……………. se somete a los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial Xxx xxx Xxxxx, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción, incluyendo el Federal constituyendo domicilio en la calle
............................................................ N°.................... Piso.................. Depto de
la ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de ……………………………………….
(Interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es)
circunstancia que queda acreditada con ...........................................................................
(este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo).
Firma:
Aclaración de firma:
ANEXO I - ACCIDENTES PERSONALES
1.1.1. OPERARIOS PACIENTES DE TALLERES PROTEGIDOS:
SESENTA (60) OPERARIOS PACIENTES.
1.1.2. ALUMNOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS:
VEINTIDOS MIL (22.000) ALUMNOS: INCLUYE TODAS LAS RAMAS, ESTO ES NIVEL INICIAL, EGB Y MENORES DE 21 AÑOS QUE CONCURRAN A ESTABLECIMIENTOS DE NIVEL TERCIARIO.
Debe incluir el uso del natatorio, ya que no es materia extra-programática. En dicha práctica se observan todos los recaudos que indica la reglamentación vigente.
1.1.3. CONCURRENTES A XXXXX XXX XXXX, ESTABLECIMIENTOS RECREATIVOS Y SIMILARES, HOGAR MUNICIPAL DE ANCIANOS, HOGAR MUNICIPAL DE DÍA, CASA DEL DEPORTISTA, PROGRAMA ENVION PUERTO, PROGRAMA ENVION XXXXXXX, PROGRAMA ENVION BELGRANO, PROGRAMA ENVION CENTENARIO, HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX Y CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL NIÑOS FELICES, ARCO IRIS, X. XXXXXXX Y SANTA XXXXXXXX:
500 (QUINIENTOS) CONCURRENTES XXXXX XXX XXXX – SIN NÓMINA PREDETERMINADA (CÀPITAS), Y CONFORME REGISTROS DEL ESTABLECIMIENTO AL DÍA DEL SINIESTRO.
110 (CIENTO DIEZ) HOGAR MUNICIPAL DE ANCIANOS, HOGAR MUNICIPAL DE DIA Y CASA DEL DEPORTISTA
100 (CIEN) PROGRAMA ENVION PUERTO
100 (CIEN) PROGRAMA ENVION XXXXXXX
000 (CIEN) PROGRAMA ENVION XXXXXXXX
000 (CIEN) PROGRAMA ENVION CENTENARIO
22 (VEINTIDOS) HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX
400 (CUATROCIENTOS) CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL
Muerte accidental | Capital Asegurado | $ 10.000,00 |
Incapacidad total y parcial permanente | Capital Asegurado | $ 10.000,00 |
Gastos médico- farmacéuticos | Capital Asegurado | $ 2.500,00 |
ACLARACIONES: |
1. OPERARIOS PACIENTES DE TALLERES PROTEGIDOS: no existe población menor de 14 años.
2. CONCURRENTES XXXXX XXX XXXX – NO HAY NÓMINA PREDETERMINADA, LAS COBERTURAS RESPONDERÁN A LOS INTERNADOS CONFORME LOS REGISTROS DEL ESTABLECIMIENTO DEL DÍA DEL EVENTO.
ANEXO II - RESPONSABILIDAD CIVIL:
Responsabilidad Civil, conforme lo prevé el artículo 1117 del Código Civil según reforma introducida por la Ley 24830.
1.2.1. ALUMNOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS:
En un todo de acuerdo a la Disposición n° 288/98 de la Dirección de Educación de Gestión Privada de la Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Para VEINTIDOS MIL (22.000) alumnos: incluye todas las ramas, esto es nivel inicial, EGB y menores de
21 años que concurran a establecimientos de nivel terciario en sesenta y dos (62) establecimientos educativos que incluye cobertura básica , rayo, explosión, descargas eléctricas, caída de objetos y suministros de alimentos.
Debe incluir el uso del natatorio, ya que no es materia extra-programática. En dicha práctica se observan todos los recaudos que indica la reglamentación vigente.
Se detallan a continuación cada uno de los establecimientos para los cuales debe contratarse el seguro de responsabilidad civil:
ALUMNOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS:
DEPARTAMENTO RAMA INICIAL
1.- Jardín Nº 1 “ ALMIRANTE XXXXXXXXX XXXXX”
12 de Octubre 4500 Tel.000-0000 - X. Xxxxxxx –
2.-Jardín Nº 2 “ XXXXXXX XXXXXXXX”
Xxxxxx 0000 Tel.000-0000 - X.Xxxxxxx –
3.-Jardín Nº 3 “ XXXXXXXX XXXXXXXXX”
Lebenshon 4856 Xxx.000-0000 - Xxxxxxx Xxx –
4.-Jardín Nº 4 “ XXXX X. DE VICTORIA”
Xxxxx 000 xxx. 000 Xxx.000-0000 - Xxxxx -
0.-Xxxxxx Nº 5 “ CENTENARIO”
Xxxxx 0000 Tel.000-0000 - Libertad –
6.-Jardín Nº 6 “XXXXXX XXXXX”
Viedma esq. Ushuaia Tel.000-0000 - Estación Xxxxx -
7.-Jardín Nº 7
Antártida Argentina y Xxxxxx Xxx.000-0000 - S.Padres –
8.-Jardín Nº 8 “MAXIMO JOUR”
Udine 1435 Tel.000-0000 - F. Plaza –
9.-Jardín Nº 9 “GUARDACOSTAS XXXXXXXX”
Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx 3460 Tel.000-0000 - Faro Norte -
10.-Jardín Nº10 “XXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX”
Xxxxxxxxxxx 1630 Tel.000-0000 - El Progreso –
11.-Jardín Nº11 “XXXXXXXXX XXXXXX”
Xxxxxxxx 0000 Xxx.000-0000 - X. Xxxxxx –
12.-Jardín Nº12
Xxxxx 000 xx 000 Xxx.000-0000 - Xxx Xxxxxxxx -
00.-Xxxxxx Nº13 “XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX”
Mac Xxxxx 2754 Tel.000-0000 - Las Xxxxx –
14.-Jardín Nº14
Hernandarias 4356 | Tel.000-0000 | - X. Xxxxxxx - |
16.-Jardín Nº16 Xxxx 00 Xx. 0 | Tel.000-0000 | - Pje.Las Dos Marías – |
17.-Jardín Nº17 Xxxxxxxx 000 | Xxx.000-0000 | - Xxx Xxxxxx – |
Calle 5 entre 16 y 18 Tel.000-0000 - Hipódromo- 15.-Jardín Nº15 “XXXX XXXXXX XXXXXXXX”
18.-Jardín Nº18 “XXXXXXX X ‘XXXXXX”
Xxxxx 0000 Xxx.000-0000 - Xxxx Xxxxx –
19.-Jardín Nº19
Xxxx 0 Xx.000 Xxx.000-0000 - X. Xxxxxxxx –
20.-Jardín Nº20 “XXXXXX XXXXX”
Xxxxxxx 0000 Xxx.000-0000 - Xxxxxxx Xxx –
21.-Jardín Nº21 “XXXXXXX XXXXXXXX”
Calle 126 y 109 Tel.000-0000 - El Colmenar
22.-Jardín Nº22 “XXXXXX XXXX”
Génova 5286 Tel.000-0000 - San Xxxxxx –
23.-Jardín Nº 23 “XXXXXXX X. XXXXX”
Xxxxxxxx 11232 Tel.000-0000 - X. Xxxxxxxx
00.-Xxxxxx Xx00
Xxxxxxx Universitaria 1307 Tel.000-0000 - B.Grande –
25.-Jardín Nº25 Xxxxxxxx Xx Xxxxx
Xxx Xxxxx 0000 Xxx.000-0000 - Xxx Xxxxxxx –
26.-Jardín Nº26
Xxxxx 000 x/. 00 x 00 Xxx.000-0000 - X. Xxxxxxx –
27.-Jardín Nº27
Xxxxx Xxxxxxxxx - Xxxx 00 Km.23 Tel.000-0000 - El Boquerón -
28.-Jardín Nº28
Xxxxx 000 (x) 0 x 0 Xxx.000-0000 - X. Xxxxxxx –
29.-Jardín Nº29
Xxxxx 00 x/ 0 x 0 Tel.000-0000 - F. U. Xxxxx –
30.-Jardín Nº30
Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx 730 Tel.000-0000 - Los Tilos –
31.-Jardín Nº31 Xxxxxxx y Sicilia | Tel.000-0000 | - Juramento – |
32.-Jardín Nº32 Finocchietto 137 | Tel.000-0000 | - Las Américas – |
33.-Jardín Nº33
Xxxxxxx y 242Tel.465-2080 - Autódromo –
DEPARTAMENTO RAMA EGB- ESB
34.-Escuela Nº 1 “INTENDENTE XXXXXXX XXXX XXXXXXX”
Xxxxxxxx 0000 Tel. 0000000 Xxxx Xxxxxxxxxx
00.-Xxxxxxx Xx 0 “XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX”
Xxxx xx Xxxxxxx 9515 Tel.000-0000 Libertad
36.-Escuela Nº 3 “INTENDENTE XXXXXXX XXXXXXXX XXXX”
Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx 0000 Xxx.000-0000 Xxxx Xxxxx
37.-Escuela Nº 4 “XXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXX”
Xxxxxxxxx Xxxx 2279 Tel.000-0000 Cerrito Sur
38.-Escuela Nº 5 “INTENDENTE XXXXXXX XXXXX”
Calle 10 Nro.1972 Tel.000-0000 San Xxxxxxxx
39.-Escuela Nº 6 “XXXXXXXXXX”
00 xx Xxxxxxx 00000 Tel.000-0000 Las Americas
40.-Escuela Nº 7 “XXXX XXXX XXXXXXXXX”
Xxxx 0000 Tel 000-0000 Las Xxxxx
41.-Escuela Nº 8 “INTENDENTE XXXXXX XXXX”
Juramento 953 Tel 4996495 Xxxxx Xxxxxxx
42.-Escuela Nº 9 “XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX”
Xxxxx 626 Tel.000-0000 Libertad
43.-Escuela Nº10 “XXXXXXXX XXXXXXXX”
Padre Xxxxx 2530 Tel.000-0000 Juramento
44.-Escuela Nº11 “XXXXXXXXX XX XX XXXXX”
Xxxxxxxx 0000 x/ Xx Xxxxxxx x Xx Xxxxxx Tel.000-0000 Xxxxx
45.-Escuela Nº12 ISET
X. xx Xxxxxxxx 0000 Tel.000-0000 San Xxxxxx
46.-Escuela Nº13 “XXX XXXXX”
Xxxxxx 6390 Tel 0000000 Las Lilas
47.-Escuela Nº14 Bachillerato Adultos nº2 Xxxxxxxx 0000 Tel.000-0000
48.-Escuela Nº15 Bachillerato Adultos nº 1 Xxxxxx 0000 Xxx 0000000 Xxx Xxxxxxx
49.-Escuela Nº16 “XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX”
Xxxxx Xxxxxxx 0000 Xxx.000-0000 Xxx Xxxxxxx
50.- Escuela Nº17
Xxxxx 00 x/ 00 x 00 Tel.000-0000 - F. U. Xxxxx –
DEPARTAMENTO RAMA POST EGB
51.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 1 “CRUCERO XXXXXXX XXXXXXXX”
Xxx Xxxxxx 0000 Tel.000-0000 Xxx Xxxxx
52.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 2 “XXXXX XXXXXXX”
Xx Xxxx 00000 Tel.000-0000 Las Americas
53.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 3 “REPÚBLICA DE ITALIA”
X. Xxxxxxxxx 2286 Tel.000-0000 Cerrito Sur
54.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 4 “EXODO JUJENO”
Juramento 945 Tel 4996372 Xxxxx Xxxxxxx
55.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 5 “XXX XXXXX” x Xxxxx
Xxx Xxxxx 0000 Tel.000-0000 Xxx Xxxxx Mac Xxxxx 1945 Tel 0000000 Xxx Xxxxx
56.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 6 “XX. XXXXXXXX XXXXXX”
Xxxxxx y Primera Junta Tel.000-0000
57.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 7 “XXXXXXXX XXXXXXX”
Xxxxx 00 x/ 00 x 00 Tel.464-2857- Batán -
58.-ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 8
Bolívar 4749 Tel.000-0000
59.-ESCUELA DE FORMACION XXXXXXXXXXX Xx 0
Xxxxx 0000 Planta alta Tel.000-0000 Plaza Mitre
60.-ESCUELA SECUNDARIA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nro.1
Xx. Xxxx X. Xxxxx 0000 Tel.000-0000
61.-ESCUELA XX XXXXX “XXXXX XXXXXXX
Xxxxxx 1742 Tel 0000000
62.-ESCUELA DE ARTE DRAMÁTICO “INSTITUTO XXXXXXXXXX”
Xxxxxxxx 0000 Tel.000-0000
1.2.2. OPERARIOS PACIENTES DE TALLERES PROTEGIDOS, CONCURRENTES A XXXXX XXX XXXX, ESTABLECIMIENTOS RECREATIVOS Y SIMILARES, HOGAR MUNICIPAL DE ANCIANOS, HOGAR MUNICIPAL DE DIA, CASA DEL DEPORTISTA, PROGRAMA ENVION PUERTO, PROGRAMA ENVION XXXXXXX, PROGRAMA ENVION BELGRANO, PROGRAMA ENVION CENTENARIO, HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX Y CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL NIÑOS FELICES, ARCO IRIS, X. XXXXXXX X XXXXX XXXXXXXX.
000 (XXXXXXXXXX) XXXXXXXXXXXX XXXXX XXX XXXX – SIN NÓMINA PREDETERMINADA (CÀPITAS), Y CONFORME REGISTROS DEL ESTABLECIMIENTO AL DÍA DEL SINIESTRO.
110 (CIENTO DIEZ) HOGAR MUNICIPAL DE ANCIANOS, HOGAR MUNICIPAL DE DIA Y CASA DEL DEPORTISTA
100 (CIEN) PROGRAMA ENVION PUERTO
100 (CIEN) PROGRAMA ENVION XXXXXXX
000 (CIEN) PROGRAMA ENVION XXXXXXXX
000 (CIEN) PROGRAMA ENVION CENTENARIO
22 (VEINTIDOS) HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX
400 (CUATROCIENTOS) CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL
Se detallan a continuación cada uno de los establecimientos para los cuales debe contratarse el seguro de responsabilidad civil:
DEPARTAMENTO CASAS Y CENTROS RECREATIVOS DE LA INFANCIA
1.-CASA DEL NIÑO “GRILLITO” Xx. Xxxxxxxxxxxx 0000 Xxx.000-0000
0.-XXXX XXX XXXX “XXXXX XXXXXXXXXX” Xxxxxxx 0000 Xxx.000-0000
0.-XXXX XXX XXXX “XXXXXXX XXXXXXXXX” Xxxxxxxx 0000 Xxx.000-0000
0.-XXXX XXX XXXX “CENTENARIO” San Xxxxxxx y Tierra del Fuego Tel.000-0000 XXXXXXX RECREATIVOS ASISTENCIALES MUNICIPALES:
5.-BICHITO DE XXX Xxxxxxxxxx 2431 Tel.000-0000
6.-LA ARDILLITA Xxxxx 000 x/ 000 x Xxxx 00 – BatánTel.464-2671 HOGARES DE ADMISIÓN:
7.-CASA X. X.XXXXXX Padre Xxxxx 549 Tel.000-0000
8.-CASA ARENAZA Patagones 761 Tel.000-0000
9.-CASA X. XXXXXXXX Xxxxxxx x Xxxx 0 Xxx.000-0000
00.-XXXX XX XXX XXXXXX. Xxxxxxxxxx 2929 Tel.472-1114 11-CASA DEL DEPORTISTA Av. Xxxxxxxx xx Xxx 3650
12-PROGRAMA ENVION XXXXXX Xxxxxxx 000
13- PROGRAMA ENVION XXXXXXX Termas de Rio Hondo 2040
14- PROGRAMA ENVION BELGRANO Xxxxx Xx 00000
15- PROGRAMA ENVION CENTENARIO México y San Xxxxxxx DIVISIÓN PROTECCIÓN AL ANCIANO
16.- HOGAR DE ANCIANOS 00 xx xxxxxxx 0000 Tel. 000-0000
17.- HOGAR DE DÍA Xxxxxx 3920 Tel. 000-0000
18- HOGAR DE XXXXXXXX XXXXXX XXXX Fruli 1440 CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL
19-CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL NIÑOS FELICES Calabria 7877
20- CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL XXXX XXXX Xxxxxx 00000
21- CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL X. XXXXXXX Xxxxx 8797
22- CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL XXXXX XXXXXXXX Xxxxxx 00000
1.2.3. OPERARIOS PACIENTES DE TALLERES PROTEGIDOS:
SESENTA (60) Operarios Pacientes de Talleres Protegidos
TALLERES PROTEGIDOS 1-Arana y Xxxxx y Xxxxx 000 Tel 000-0000
2- 25 xx Xxxx 3665
ANEXO III. SEGURO AUTOMOTOR:
ANEXO IV. SEGURO AMBULANCIAS:
ANEXO V. SEGURO TÉCNICO INFORMÁTICO:
1.5.1 Equipamiento Informático ubicado en la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones:
1(Un) Switch de Core Marca Nortel Modelo 8300 con fuente redundante, incluyendo varios módulos Ethernet y fibra Capital Asegurado $300.000 Pesos trescientos mil
3 (Tres) Switch de borde Marca Enterasys con fuente redundante Capital Asegurado
$80.000 Pesos ochenta mil
3 (Tres) Servidores Marca IBM Modelo System 3650 Capital Asegurado $205.000 Pesos doscientos cinco mil
1 (Un) Servidor Xxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxx Modelo ML370 Capital Asegurado $32.000 Pesos treinta y dos mil
Servidores Varios Capital Asegurado $65.000 Pesos sesenta y cinco mil.