LICITACION ABREVIADA Nº 18/2018 DIRECCION GENERAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE
LICITACION ABREVIADA Nº 18/2018
DIRECCION GENERAL DE TRANSITO Y
TRANSPORTE
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS de LIMPIEZA.-
Objeto : XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX XX XXXXXXX
XX XX XXXXXX XX XXXXXX
1.1. DE LA ESPECIFICACION DE LOS SERVICIOS LICITADOS.-
En los locales el trabajo las tareas comprenderán principalmente la limpieza de: baños (aparatos sanitarios y revestimientos), pisos, pasillos, escaleras, muebles y equipamiento de oficina.-
1) Limpieza y encerado con maquinarias, de todos los pisos y escaleras (corredor de entrada, xxxx, plataforma de acceso de los pasajeros a los ómnibus, zona de acceso a las agencias subsuelo)
2) Limpieza de todos los vidrios (internos y externos), aluminios, techo y artefactos lumínicos.
3) Limpieza profunda xx xxxxx
Las tareas se deberán realizar en dos turnos: a) de 0.600 a 14:00 hs , y b) uno
de 4 horas: de 20:00 a 0:00 hs.
Correrá por cuenta de la empresa el suministro de los productos de limpieza.
1.2.- DE LAS INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA LIMPIEZA
Queda prohibido colocar sobre los muebles, útiles de limpieza, baldes, trapos,etc.
Luego de finalizada la limpieza , deberán colocarse los muebles en sus sitios y
en particular, no dejar sillas sobre las mesas y escritorios.-
Durante las tareas de limpieza, el personal de la empresa adjudicataria deberá estar uniformado al efecto, con solapero identificatorio y munido de todos los elementos necesarios para desarrollar su tarea en forma correcta.
La empresa adjudicataria deberá proporcionar a sus funcionarios todos los insumos que la tarea requiera. (baldes, cepillos, detergentes, desinfectantes, bolsas de basura, paños, escobas, mangueras, escaleras, lampazos, etc,etc).
Si la IDR, constatara que las tareas se realizan sin los elementos necesarios para ello, notificará al encargado de la empresa su incumplimiento, debiendo el adjudicatario sin más trámite dar cumplimiento a lo indicado en un plazo máximo de 24 horas.
En caso de reiteración se aplicarán las multas que se detallan más adelante.
1.3.- CONDICIONES GENERALES
Las empresas proponentes deberán emplear la cantidad de puestos de trabajo, que permitan que las tareas detalladas en el artículo precedente se cumplan a satisfacción y en un todo de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente pliego y las órdenes de servicio que emanen de la dirección correspondiente.
El adjudicatario deberá mantener fichas individuales con los datos completos del personal que utilizará (incluyendo eventuales suplentes), adjuntando además copias de los respectivos certificados de buena conducta y carné de salud.
El control de asistencia del personal será realizado por el adjudicatario. El sistema de control de asistencia puede ser auditado en cualquier oportunidad por personal autorizado por la Intendencia.
Las tareas serán realizadas por personal propio de la empresa adjudicataria, prohibiéndose explícitamente el subarrendamiento de los servicios o parte de ellos.
1.4.- RESPONSABILIDAD.
La empresa adjudicataria será totalmente responsable frente a Intendencia por los perjuicios que puedan causar al Organismo los actos cumplidos por el personal destinado a efectuar los servicios licitados. En caso de que de dichos actos se deriven deterioros o roturas de bienes de la Intendencia, esta procederá a descontar del importe del contrato mensual, el valor correspondiente a la reparación o sustitución del objeto dañado.
El personal que cumplirá las tareas motivo de esta contratación deberá estar asegurado en el Banco de Seguros del Estado, debiendo presentar la constancia respectiva, no menos de 5 días hábiles antes de comenzar la ejecución del contrato, debiendo presentar mensualmente la nómina de funcionarios asignados –con el comprobante de afiliación correspondiente- al Encargado de Servicios Internos o quien haga sus veces.-
Las empresas adjudicatarias deberán acreditar cuando la Intendencia lo requiera encontrarse al día en el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social (Ministerio de Trabajo y Banco de Previsión Social) y en el pago de los salarios a aquellos dependientes de la misma que hayan desempeñado tareas en la Intendencia.
La documentación que se les exigirá será la siguiente: nómina de empleados declarados en Historia Laboral, recibo de pago de BPS, recibos de sueldos y Planilla de Trabajo.
De acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, la Intendencia tiene la potestad de retener de los pagos debidos en virtud del contrato, los salarios a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
De acuerdo a lo especificado en la normativa vigente, se establece que cuando la Intendencia considere que la empresa contratada ha incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes denunciará esta situación a la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social a efectos de que se realicen las inspecciones correspondientes.
2- EQUIPOS, UTILES, MAQUINAS Y MATERIALES
En la oferta se deberá especificar el tipo y la calidad de la maquinaria a utilizar, de acuerdo a los trabajos licitados lo que podrá ser tenido en cuenta para la adjudicación. Asimismo la Intendencia podrá exigir la sustitución de la maquinaria utilizada en caso de que la misma resulte insuficiente o insegura para la tarea.
Los materiales serán proporcionados en su totalidad por la empresa adjudicataria.-
3.- CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS
Las consultas y/o aclaraciones sobre el pliego deberán presentarse por escrito o fax ante la Unidad de Licitaciones hasta 3 días hábiles antes de la fecha de apertura de ofertas.
4.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
No corresponde para el presente llamado.
5.- PROPUESTA
Las ofertas deberán presentarse por escrito, redactadas en forma clara y precisa y firmada por el oferente o sus representantes y deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
1) Nota identificación del oferente. Nombre o razón social, dirección constituída en la ciudad xx Xxxxxx, teléfono, y oferta
2) antecedentes
3) Infraestructura y personal
6.- DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán presentarse en la Unidad de Licitaciones de la Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xx. 000 hasta el día 02 xx xxxxxx de 2018 hasta la hora 12:00, hora en que se procederá a la apertura de las ofertas presentadas.-
Las ofertas podrán ser enviadas por sobre cerrado o vía fax al 462/31900 interno 138 o 150, no aceptándose otro medio de presentación de ofertas ( Ej: vía email, ni en línea a través de los sitios web u otros medios remotos de comunicación electrónica.-)
Las ofertas económicas deberán estar firmadas.-
La compra del presente Pliego de Condiciones Particulares podrá realizarse en: a) en División Tributos de la Dirección General de Hacienda de la Intendencia Departamental xx Xxxxxx (Agraciada 570- Rivera) en horario de oficina, b) en el Congreso Nacional de Intendentes (Intendencia Municipal de Montevideo- Segundo Piso) ò c) en la Oficina de la IDR en Montevideo ( Xxx Xxxxx 0000 xxxxxxx Xxxxxxx).-
El costo de dicho Pliego será la suma $ 1.000, (un mil) valorado incluído.
El pliego estará disponible en la página web de la IDR xxx.xxxxxx.xxx.xx, en la página de compras estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y en la Unidad de Licitaciones.
Todas las comunicaciones que deban realizar las firmas oferentes podrán ser
canalizadas a través del fax de la Intendencia Departamental 462/31900 int.138
o al email: xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
7.- CARACTERISTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD
Los servicios se deberán ajustar a las necesidades de servicio de la Intendencia.
En caso de ser necesarios distintos horarios para la realización de los trabajos,
la Dirección General de tránsito y transporte, los establecerá, previo acuerdo con la empresa adjudicataria. La labor deberá en los casos no especificados deberá realizarse en días hábiles y será supervisada por la misma empresa.
El personal que realice la limpieza no podrá salir con bultos o paquetes sin la respectiva declaración y verificación del contenido de los mismos, ante el personal encargado de tal tarea de cada Edificio.-
Es de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo o responsabilidad derivados
del incumplimiento del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Intendencia, a sus funcionarios o a los bienes de unos y otros tanto en los casos que sufriere o causare daño.-
8.- La presente licitación estará sometida a la condición resolutoria de su aprobación por el Tribunal de Cuentas de la República.-
9.- DE LOS ANTECEDENTES
Los oferentes presentarán en su propuesta, antecedentes de trabajos realizados:
a) trabajos de limpieza integral realizados, similares al licitado en el país. Se entiende por similar, que el trabajo haya sido realizado en Organismos Estatales, paraestatales o empresas privadas, en locales con una superficie similar a los aquí licitados.-
b) Corresponder en un todo con la empresa oferente, es decir estar referidos a la razón social de la empresa que se presenta al llamado.-
c) Deberá tener reconocida capacidad técnica para realizar el aprovisionamiento del objeto del llamado, debiendo acreditar antecedentes de trabajos similares efectuados en los últimos cuatro años
La Intendencia se reserva el derecho de hacer todas las averiguaciones que considera conveniente para juzgar sobre los antecedentes presentados.
10.- VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos
contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello de lugar a reclamación de clase alguna.
11.- DE LA INSPECCION DE LOS LOCALES A LIMPIAR
Las empresas interesadas deberán obligatoriamente inspeccionar los locales donde se realizarán los servicios de limpieza licitados .
12- PRECIO Y COTIZACIÓN
12.1 Forma de cotización
Un precio fijo mensual por los servicio licitados
Los precios deberán ser cotizados en pesos uruguayos discriminando el IVA.
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos.
12.2 Laudos de los Consejos de Salarios
Las cotizaciones de los servicios licitados deberán respetar los Laudos vigentes de los Consejos de Salarios para la categoría que se trate o en su defecto, no deberán ser nunca menores al salario mínimo nacional.
El no cumplimiento de esta cláusula será causal de rechazo de ofertas.
Se deberán respetar los laudos correspondientes a cada categoría aplicando los consejos de salarios en cumplimiento de la Ley 18.098 Art. 1°..
Las empresas oferentes deberán dejar establecido el Grupo y Subgrupo por cada categoría del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ( MTSS) al que pertenecen.
12.3 Cargas Sociales
El aporte de cargas sociales estará a cargo del contratista y se considerará incluido en los precios unitarios, por lo que el oferente deberá tenerlo en cuenta al momento de cotizar.
12.4 Actualización de Precios
Los precios se ajustarán en forma semestral por IPC, tomando como índice base el vigente al momento de la resolución de adjudicación.-
13.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente a mantener la oferta y el precio por el término de 120 días a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo, la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios.
14 - FORMA Y PLAZO DE PAGO
El pago del servicios, se realizará en forma mensual, previa conformación de la
factura por la División correspondiente de la IDR.-
En relación a los intereses o ajustes por xxxx, la Administración se ajustará a la reglamentación vigente.
15- EVALUACION DE LAS OFERTAS
Los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar y comparar
ofertas serán:
1) Aptitud de la Empresa: para la cual evaluará en forma conjunta los antecedentes en contratos similares, capacidad operativa demostrada por los recursos humanos y técnicos de cada propuesta, asignando los siguientes puntos: Buena: 50 puntos, Regular: 25 puntos, e Insuficiente:0 punto.
Para la correcta asignación de puntajes, la Comisión de Adjudicaciones podrá ponderar los méritos de todas las empresas en conjunto, de cuya comparación determinará las diferencias entre las mismas.
2) El precio: se evaluará asignando 200 puntos a la propuesta de menor precio, restándole a los demás un punto por cada unidad porcentual de sobreprecio respecto de la mejor calificada.
De la suma de todos los puntajes, surgirá la oferta mejor calificada.
La Administración podrá utilizar los mecanismos de Mejora de Ofertas o Negociación, de acuerdo a lo previsto por el TOCAF .
16- ADJUDICACION.-
La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la oferta que considere más conveniente para sus intereses, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar -a su exclusivo juicio-, la totalidad de las ofertas.
La Administración podrá aumentar o reducir la cantidad a adjudicar en los mismos términos previstos por el art. 74 del TOCAF.
La Administración está facultada para:
- Adjudicar la totalidad del servicio.
- No adjudicar alguna categoría
- No adjudicar.
- Dividir la adjudicación en más de un oferente.-
17.-GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la
contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 64 del TOCAF .
18.-PLAZO Y CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
El adjudicatario deberá presentarse en un plazo no mayor a los 5 días hábiles contados desde que se lo cite por la Unidad Asesoría Letrada y Notarial a firmar el contrato respectivo.-
Los servicios que se pactan deberán ser prestados dentro del plazo de 5 días del vencimiento de las 48hs. mencionadas en el párrafo anterior en el lugar allí indicado por la Administración y en las condiciones establecidas en el objeto del presente.-
19.- DEL PLAZO DEL CONTRATO
Será por un año contado desde la firma del contrato.
20.- DE LA CONTRATACION
En caso de interrupción de las actividades por cualquier causa ajena a la Administración, ésta se reserva el derecho de suspender las actividades contratadas hasta que desaparezcan las causas, sin que esto dé derecho al adjudicatario a compensación o indemnización alguna, abonándose solo los servicios realizados efectivamente.-
Los proponentes detallarán en sus ofertas todas las características completas de la forma de realización del trabajo propuesto y número de operarios a emplear, agregándose toda la información que se estime útil para una mayor ilustración de las ofertas.- Todos los datos referentes a las características del trabajo ofrecido tendrán el carácter de compromiso, vale decir que la Intendencia exigirá al adjudicatario que ellos correspondan estrictamente a los antecedentes y particularidades contenidas en la propuesta .-
21.- CONFORMIDAD CON EL SERVICIO
Los servicios prestados serán controlados por la Dirección General de Transito y Transporte, quien procederá a dar su conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su criterio entiende que no se ajusta a lo pactado. Es privativo de esta dependencia la apreciación del incumplimiento o deficiencias de la limpieza contratada.
En caso de que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido, el proveedor, a su costo y dentro del plazo de 48 horas deberá corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no se haya cumplido la exigencia precedente, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
Si vencido dicho plazo el proveedor no hubiese dado cumplimiento a lo solicitado, ni justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, perderá la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El contralor de la ejecución del servicio y del horario será realizado por los métodos que Intendencia considere convenientes con la finalidad de asegurar el cumplimiento del contrato.
22.- DE LAS SANCIONES Y RESCISIÓN
22.1 - INCUMPLIMIENTOS
Se considerará incumplimiento a las condiciones del contrato, la contravención
total o parcial a las cláusulas del presente pliego. Sin perjuicio de ello, se considerará incumplimiento, a consideración de la Intendencia, la obtención de
resultados insatisfactorios respecto del objeto de la contratación, la falta de materiales específicos de limpieza, la falta de maquinaria y equipos, la deficiente eficacia de los materiales específicos de limpieza y la falta de elementos de seguridad.
Los incumplimientos serán comunicados a la empresa adjudicataria por medio
de Actas de Observación.
El adjudicatario dispondrá de 24 horas hábiles contados a partir de la recepción
del Acta de Observación, para la presentación de descargos. La Intendencia evaluará los descargos, pudiendo aceptar o rechazar los mismos, procediendo a notificar al adjudicatario en un plazo similar, lo resuelto al respecto.
La Administración podrá aplicar penalidades de acuerdo a la siguiente escala que a continuación se detalla:
1er. Incumplimiento- 5% de la facturación mensual
2do. Incumplimiento- 10% de la facturación mensual
3er. Incumplimiento- 15% de la facturación mensual
4to. Incumplimiento- Preaviso de rescisión de contrato
5to. Incumplimiento- rescisión de contrato.
Las sanciones no serán acumulativas, salvo que a criterio de la Administración
la empresa adjudicataria actúe con negligencia o mala fe. En dicho caso se
considerarán como acumulativa y la multa máxima estará limitada el 15 % de la
facturación mensual.
A modo de ejemplo se considerará notoria negligencia las faltas reiteradas que
afecten el servicio que se contrata en el transcurso de la negociación y que no
xxxx xxxxxxxxxx por el adjudicatario; en ese caso se impondrá una primer multa del 5% (cinco por ciento), una segunda multa del 10% (diez por ciento),
una tercer multa del 15%, y de ahí en mas, si la Administración no desea hacer
uso de lo dispuesto para el 4to. Y 5to. Incumplimiento (preaviso y posterior rescisión del contrato), la multa a aplicar será del 15%.
Además se consideran como incumplimiento las siguientes irregularidades:
*Si la calidad del trabajo realizado no asegura un nivel adecuado para el buen funcionamiento del servicio.
*Si la empresa no cumple con el servicio diario por 3 o más días en 1 mes, no subsecuentes, o por 2 o más días consecutivos.
La empresa deberá responder por los instrumentos y materiales de la Intendencia que resulten dañados por descuido o negligencia de los funcionarios en el cumplimiento de su servicio.
22.2. - SANCIONES
La Intendencia podrá sancionar al adjudicatario por incumplimiento, sanciones
que se graduarán en atención a la gravedad de los incumplimientos
constatados y a la reincidencia de los mismos.
Las multas a aplicar oscilarán entre un mínimo de un 5% y un máximo de un 15
% sobre el valor total del servicio.
Las mismas, se descontarán de las facturas pendientes de pago si las hubiere,
o en su defecto con la consiguiente pérdida de la garantía de Fiel Cumplimiento
de Contrato.
22.3. - RESCISIÓN
Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones a que dieren lugar los incumplimientos con las cláusulas del presente Xxxxxx, la Intendencia podrá rescindir el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo notificar al mismo la decisión. No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por cualquiera de las causales previstas en la Ley.
Serán además causales de rescisión cuando:
a) El contratista no iniciara los trabajos en la fecha fijada o no diera a los mismos el desarrollo previsto en el Contrato.
b) Los servicios no se encontrasen ejecutados con arreglo al contrato y se hubiera otorgado plazo al contratista para subsanar los defectos, sin que lo haya hecho.
c) El contratista resulte culpable de fraude, grave negligencia o contravención a las obligaciones estipuladas en el contrato.
d) El contratista solicitara concordato, concurso civil, quiebra o liquidación judicial.
La IDR se reserva el derecho de rescindir esta contratación en cualquier
momento, debido a necesidades del servicio, con un preaviso de 15 días, en cuyo caso solo se pagarán al adjudicatario los trabajos realizados, sin otra compensación ni indemnización de especie alguna.-
En caso de rescisión del contrato por parte de la IDR, ésta podrá entablar todas las acciones que correspondan, así como efectuar las comunicaciones que correspondan .
23. - NOTIFICACIONES
Toda notificación que realice la IDR. se llevará a cabo personalmente y/o por fax.
24.- CLAUSULAS ESPECIALES
24.1. De la representación: Los adjudicatarios deberán presentar fotocopia del documento que acredite la representación de la persona o personas que firman la oferta, acompañado de su original o en su defecto fotocopia autenticada por Escribano Público y documentación que acredite su vigencia,no pudiendo superar los 90 días en ambos casos.
De los oferentes: Xxxxxxx acreditar estar inscriptos en el XXXX .-
25.- OTRAS CONDICIONES
1) Del personal operativo. La empresa que resultare adjudicataria de la presente licitación, deberá cumplir estrictamente con todas las disposiciones de la legislación laboral de la República Oriental del Uruguay.
2) La IDR. se reserva el derecho de exigir a la adjudicataria la documentación que acredite el cumplimiento de sus obligaciones de relaciones laborales, contribuciones a la seguridad social, etc.
3) La IDR tendrá potestad de retener de los pagos debidos en virtud del contrato los salarios a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa.
4) La firma adjudicataria deberá proveer al personal de los elementos de seguridad e higiene correspondientes, así como de elementos de protección para realizar las tareas, herramientas e instrumentos necesarios.
5) La IDR no se responsabiliza por faltantes de cualquier naturaleza de objetos personales o elementos suministrados por el adjudicatario.
6) La firma adjudicataria será responsable por los daños y perjuicios que provocase su personal tanto a funcionarios o bienes de la IDR. o a terceros, debiendo asumir costos y responsabilidades.
26.- NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca, en lo pertinente, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) El T.O.C.A.F.
b) El art. 8º de la Ley 16.134 de 24/09/990
c) El Decreto 134/2014
d) De la responsabilidad derivada de las obligaciones referidas en las Leyes
N° 18099 y 18251
En cumplimiento de lo establecido por las leyes Nº 18.099 y 18.251, se establece que, ante cualquier reclamación por las obligaciones que establecen
dichas Leyes, formuladas por los trabajadores del Adjudicatario, o por parte de subcontratistas de este, intermediarios o suministradores de mano de obra, el Adjudicatario será el único, exclusivo y definitivo responsable, en todos los casos y por el total de los adeudos que correspondan.
En caso que dicho reclamo no sea satisfecho, y el mismo haya sido efectuado,
o abonado por la IDR, esta repetirá contra el Adjudicatario mediante la retención de sus créditos, ya sean provenientes de la contratación que originó dicha reclamación, de otros que pueda tener ante la XXXX, de eventuales garantías, o de cualquier otro crédito, o patrimonio, pudiendo imputarse tales sumas para el pago de los respectivos adeudos, sin perjuicio de las posibles acciones judiciales que decida plantear.
e) Acorde a lo dispuesto por el Art.1º de la Ley Nº 18.098 de 12 de enero de 2007, se establece que la retribución de los trabajadores de la empresa adjudicataria, asignados al cumplimiento de las tareas inherentes al objeto de la Licitación, deberá respetar los laudos salariales establecidos por los Consejos de Salarios
f) Leyes, Decretos y Resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la Licitación
g) El adjudicatario deberá cumplir con lo dispuesto por las leyes 17.897, art. 4
ley 18.251.-
27.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.