ÍNDICE
ÍNDICE
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. - Régimen Jurídico Cláusula 2.- Objeto de la contratación
Cláusula 3. Presupuesto base de licitación y precio del contrato Cláusula 4. Plazo de duración del contrato.
Cláusula 5. Órgano de Contratación. Cláusula 6. Perfil de contratante.
II.- CONDICIONES DE LICITACIÓN
Cláusula 7. Capacidad y solvencia de los empresarios para contratar. Cláusula 8. Procedimiento de adjudicación.
Cláusula 9. Publicidad de la licitación
Cláusula 10. Plazo para la presentación de proposiciones. Cláusula 11. Presentación de propuestas.
Cláusula 12. Apertura de plicas. Cláusula 13. Oferta única.
Cláusula 14. Forma y contenido de las ofertas. Cláusula 15. Garantía provisional.
Cláusula 16. Criterios de valoración de las ofertas. Cláusula 17. Apertura y examen de las proposiciones.
III.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 18. Adjudicación del contrato. Cláusula 19. Garantía definitiva.
Cláusula 20. Perfección y formalización del contrato.
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 21. Principio de riesgo y xxxxxxx. Cláusula 22. Dirección de los trabajos.
Cláusula 23. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales. Cláusula 24. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
Cláusula 25. Renuncia por el adjudicatario Cláusula 26. Suspensión del contrato.
Cláusula 27. Cesión del contrato.
V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Cláusula 28. Abonos.
Cláusula 29. Revisión de precios.
Cláusula 30. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Cláusula 31. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
VI.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 32. Liquidación del contrato.
Cláusula 33. Protección de datos de carácter personal Cláusula 34. Publicidad de los trabajos
Cláusula 35. Devolución y cancelación de la garantía definitiva. Cláusula 36. Resolución del contrato.
Cláusula 37. Tribunales competentes.
VII.- ANEXO
VII.01.- Modelo de proposición económica
VII. 02.- Modelo de declaración responsable relativa a no estar incurso en prohibiciones para contratar, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
0.- PREVIO
La Sociedad Pública “Vivienda y Suelo de Euskadi, SA/Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, EA” (en adelante VISESA), la Sociedad Pública “ALOKABIDE, SA” (en adelante ALOKABIDE) y la Sociedad ORUBIDE, SA, actúan como instrumentos fundamentales para el desarrollo de la política de vivienda del Gobierno xxxxx, constituyendo una cadena de valor que produce interesantes sinergias: ORUBIDE, adquiriendo, gestionando y urbanizando suelo residencial mixto destinado a la construcción de vivienda protegida y libre, a costes razonables; VISESA, promoviendo viviendas de calidad a precios asequibles para el conjunto de la ciudadanía vasca, ALOKABIDE, gestionando el alquiler de gran parte de las viviendas de protección oficial de la Comunidad Autónoma Vasca, así como el Programa de movilización de vivienda libre vacía hacia el alquiler social y el área de tanteos.
En este sentido, las direcciones de las tres sociedades tienen objetivos coincidentes en materia de vivienda y necesidades similares en el ámbito de los servicios, dado que las tres sociedades comparten oficinas en los tres Territorios Históricos. Por ello, se ha considerado la conveniencia de proceder la licitación conjunta del servicio de catering para las tres sociedades, para así aprovechar y optimizar las sinergias y economías de escala que puedan producirse.
Para ello se ha procedido a la elaboración de un pliego de condiciones único, así como a centralizar y unificar el procedimiento de contratación, pero todo ello sin perjuicio, de que cada una de las entidades licitadores proceda a la adjudicación de los trabajos, y del régimen jurídico propio e independiente de cada sociedad, en particular en lo referente a los efectos del contrato a suscribir.
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1.- Régimen Jurídico
El contrato objeto del presente pliego tiene naturaleza de contrato privado en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP) y las Instrucciones Internas de Contratación de VISESA, ALOKABIDE y ORUBIDE y se regirá por el presente pliego de cláusulas particulares (en adelante PCP) y por la documentación complementaria que, en su caso, esta parte estime integrante de este pliego y que se adjunta a él.
Asimismo, en lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la siguiente normativa:
■ En cuanto al procedimiento de adjudicación por lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación de VISESA, ALOKABIDE y ORUBIDE.
■ En cuanto al resto de aspectos de la contratación, por la regulación contenida en el Código Civil relativa al arrendamiento de servicios.
Por todo ello, tienen carácter contractual los pliegos de cláusulas particulares y documentación complementaria, el documento de formalización del contrato y las posibles mejoras ofertadas por el licitador adjudicatario. Asimismo tendrá también carácter contractual la proposición presentada por el licitador que resulte adjudicatario.
Los licitadores, por el sólo hecho de la presentación de sus proposiciones, aceptan de forma expresa e incondicionada lo establecido en este pliego. Cualquier contradicción entre dicho pliego y los demás documentos contractuales, una vez que el contrato se hubiera adjudicado y formalizado, se resolverá siempre con la aplicación preferente de lo dispuesto en este pliego de cláusulas particulares.
Cláusula 2.- Objeto de la contratación, especificaciones y descripción del servicio
Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de Catering para VISESA, ALOKABIDE y ORUBIDE, con criterios ambientales en cuanto a los productos alimenticios y desarrollo del contrato. (EXPEDIENTE PREPARADO PARA LICITACIÓN ELECTRÓNICA)
Cláusula 3.- Presupuesto base de licitación y precio del contrato
El presupuesto anual asciende a CINCUENTA Y CINCO MIL CUATRO EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (55.004,50 €), IVA excluido.
- Precios máximos sobre los que realizar la oferta económica:
a) Menú Xxxxx (plancha y servicio de cocina) 7,00 €/por menú con coste personal
b) Menú Bizkaia y Guipuzkoa (servicio de entrega producto terminado) 7,00 €/por menú con coste personal
- Asimismo se facilitaran los siguientes precios, a meros efectos informativos no sujetos a valoración:
a) Precio/hora de limpieza 16,50 €/hora
b) Precios escalados en los siguientes promedios de comensales:
De 30 a 50 personas: 7,00 €/por menú con coste personal
De 55 a 90 personas: 7,00 €/por menú con coste personal
No se admitirán aquellas propuestas económicas en las que los precios ofertados excedan de los precios máximos señalados. El incumplimiento de esta condición implicará la eliminación automática del licitador.
El precio del contrato será aquél al que ascienda la ejecución, que en ningún caso superara el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP se puede estimar que la cuantía destinada a la prestación del servicio que es objeto de contratación –incluidas posibles prórrogas - ascenderá a la cantidad de 110.009,00 €, sin IVA. Dicha cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad del procedimiento y de información a posibles licitadores, sin que ello suponga en ningún momento un compromiso de gasto por parte de VISESA, ALOKABIDE y/o de ORUBIDE.
Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos derivados de la ejecución del contrato que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto del Valor Añadido, que figurara en la oferta como partida independiente.
Cláusula 4. Plazo de duración del contrato.
La duración de este contrato es de UN AÑO pudiendo prorrogarse por un año más hasta un máximo de dos años. Esta posible prórroga deberá ser acordada por escrito con una antelación mínima de 1 mes respecto a la fecha de finalización.
Cláusula 5. Órgano de Contratación.
De conformidad con la Instrucción Interna de Contratación 4ª la condición de Órgano de Contratación recae en los Directores Generales de VISESA y ALOKABIDE y Consejero Delegado de ORUBIDE, no constituyéndose Mesa de Contratación.
Cláusula 6. Perfil de contratante.
El acceso al perfil del contratante del Órgano de Contratación se efectuará a través de la web institucional de VISESA: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx_xxxxxxxxx.xxx y del Gobierno Xxxxx: xxx.xxxxxxx.xxx.
Los licitadores podrán dirigir sus consultas, por correo electrónico, a la siguiente dirección: xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx
Las consultas formuladas por los licitadores serán respondidas mediante correo electrónico dirigido a la dirección origen de la consulta, en el plazo máximo de 5 días naturales.
CAPÍTULO II LICITACIÓN
Cláusula 7. Capacidad y solvencia de los empresarios para contratar.
7.1 Podrán optar a la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan todos los requisitos indicados a continuación:
■ Que tengan plena capacidad de obrar;
■ Que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP;
■ Que acrediten su solvencia técnica o profesional de conformidad con lo indicado en el presente pliego;
■ Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de los contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
7.2 Las personas físicas y jurídicas también podrán optar a la adjudicación del presente contrato cuando se presenten como uniones temporales de empresarios de conformidad con lo dispuesto en los Títulos II y III de la Ley estatal 18/1982, de 26 xx xxxx, o norma que le sustituya. En este supuesto, además de tener la obligación de cumplir cada uno de los miembros de la unión temporal de empresas con los requisitos mínimos de capacidad y solvencia enunciados en esta Cláusula, les resultará de aplicación lo establecido en relación con las uniones temporales de empresarios en la normativa de contratación administrativa en vigor.
Cláusula 8. Procedimiento de adjudicación.
El contrato se adjudicará mediante Concurso Público y utilizando el procedimiento abierto.
En dicho procedimiento abierto, todo empresario interesado que cumpla los requisitos de solvencia técnica y profesional exigida podrá presentar una proposición, estando prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos.
Cláusula 9.- Publicidad de la licitación.
El concurso será abierto y convocado mediante anuncio publicado en el Perfil del Contratante de VISESA y ALOKABIDE en las siguientes páginas Web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx_xxxxxxxxx.xxx y el Perfil de Contratante de Gobierno Xxxxx: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.
Cláusula 10.- Plazo para la presentación de proposiciones
El plazo de presentar proposiciones finaliza el día 20 de julio de 2015, a las 13:00 horas.
Cláusula 11.- Requisitos de solvencia técnica y profesional
Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia profesional o técnica que se determinan a continuación:
1. Las empresas licitadoras deberán garantizar la capacidad técnica para la aplicación de buenas prácticas de gestión ambiental en la ejecución del contrato. Esto será acreditable mediante un sistema de gestión ambiental (SGA) certificado para el servicio de catering (tipo EMAS, ISO 14.001, Ekoscan o equivalente); o disponer de procedimientos,
instrucciones de trabajo u otra documentación para asegurar el desarrollo del servicio de catering de forma respetuosa con el medio ambiente, el entorno y la salud laboral.
El incumplimiento de los criterios de solvencia señalados dará lugar a la exclusión del licitador del presente procedimiento por parte del Órgano de Contratación.
Cláusula 12.- Presentación de propuestas.
Los licitadores podrán presentar sus ofertas hasta las 13:00 horas del 20 de julio de 2015, en el domicilio social de VISESA sito en Vitoria-Gasteiz, calle Portal xx Xxxxxxx nº 1-A, 2ª Planta, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP. Asimismo, se podrán presentar ofertas telemáticamente utilizando la aplicación de Licitación Electrónica de Gobierno Xxxxx. Para la realización de los trámites telemáticos se deberá acceder al portal común de la Comunidad Autónoma de Euskadi, xxx.xxxxxxx.xxx, o bien accediendo directamente al contenido específico albergado en aquél, a través de la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx
Cada licitador no podrá presentar más que una proposición dentro del plazo establecido en la presente cláusula. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o colaboración si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación automática de todas las ofertas por él presentadas.
Las proposiciones se sujetarán al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx, como anexo, y la presentación de las proposiciones presume la aceptación por parte de los licitadores de las cláusulas contenidas en el mismo, así como del resto de documentos contractuales y de la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Cláusula 13.- Apertura de plicas.
A partir de las 10:00 horas del día 7 de septiembre de 2013 se procederá en el domicilio social de VISESA a la apertura pública del sobre B ante el Órgano de Contratación.
Cláusula 14.- Oferta única.
Cada empresa presentará una única oferta por cada lote, no admitiéndose variantes a la misma. El plazo de validez de las ofertas será de TRES MESES contados desde la fecha de la apertura de las proposiciones económicas.
Cláusula 15. Forma y contenido de las ofertas.
15.1 Aquellas empresas que presenten sus ofertas en papel deberán presentar tres sobres cerrados debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el título:
“PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LOS SERVICIOS DE CATERING DE VISESA, ALOKABIDE Y ORUBIDE”.
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.-SOBRE “A”. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
.-SOBRE “B”. OFERTA ECONÓMICA
.-SOBRE “C”. OFERTA TÉCNICA
En cada uno de los sobres, además del citado título se incluirá la referencia del sobre, el nombre y apellidos del licitador o denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposiciones y el carácter con que lo hace, debiendo estar los sobres también firmados.
Los sobres contendrán la siguiente documentación:
A) SOBRE “A” CAPACIDAD PARA CONTRATAR que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1.- Capacidad de obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
Las personas físicas deberán ser profesionales dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a su ámbito de actividad.
2.- Poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberán presentar fotocopia compulsada del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo III al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4.- Uniones Temporales de Empresas
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poder suficiente para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.
5.- Certificado del sistema de gestión ambiental.
6.- Modelo de compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones de ejecución
Los licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la CAE estarán exentos de aportar la documentación referida en apartados 1), 2) y 3) anteriores. En dicho supuesto, deberán también presentar, junto con el resto de la documentación citada no excluida de su presentación, el Nombre de la empresa y de su representante con su DNI y una certificación de inscripción expedida por dicho Registro acompañada de una declaración expresa responsable, emitida por el licitador o cualquiera de los representantes con facultades que figuren en el Registro, relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
B) SOBRE “B” OFERTA ECONÓMICA.
La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que las sociedades estimen fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el Órgano de Contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
C) SOBRE “C” “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.
La oferta técnica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo IV, y adicionalmente se presentará la memoria técnica donde se describirán los datos reflejados en el anexo.
15.2. Aquellos licitadores que presenten sus ofertas a través de la aplicación de Licitación Electrónica, deberán componer su oferta de la siguiente manera:
A) SOBRE “A” CAPACIDAD PARA CONTRATAR que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1. Certificado del sistema de gestión ambiental
2. Modelo de compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones de ejecución
B) SOBRE “B” OFERTA ECONÓMICA.
La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que las sociedades estimen fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el Órgano de Contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
C) SOBRE “C” “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.
La oferta técnica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo IV, y adicionalmente se presentará la memoria técnica donde se describirán los datos reflejados en el anexo.
15.3- Quienes tengan interés en realizar la tramitación telemática deberán disponer del Certificado Electrónico reconocido, conforme a lo que se establece al efecto en aplicación de la orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de hacienda y Administración Pública. Los certificados admitidos, así como sus características, se harán públicos en el Portal recogido en la cláusula siguiente.
Además del certificado previsto en el apartado anterior, las empresas interesadas que deseen licitar electrónicamente deberán estar dadas de alta y con certificación vigente en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi a los únicos efectos de la comprobación de sus datos para las citadas licitaciones electrónicas.
15.4.- Para la realización de los trámites se deberá acceder al portal común de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, xxx.xxxxxxx.xxx, o bien accediendo directamente al contenido específico albergado en aquél, a través de la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.
15.5.- La aplicación de Licitación Electrónica que utiliza el Gobierno Xxxxx se basa en tecnología J2EE y arquitectura técnica de 3 capas, que con un servidor de base de datos Oracle 8i, todos ellos bajo sistema operativo Unix Sun Solaris 2.8, versión 1, basada en protocolo LDAP y firma electrónica reconocida con certificado digital X509V3 (base 64) utilizado por la infraestructura de clave pública –PKI- de IZENPE, SA.
15.6.- Todos los ordenadores personales que quieran conectarse al sistema deben tener un programa cliente de navegación Web con el software de reconocimiento de firma de IZENPE, SA configurado –I20H. Para asegurar la inviolabilidad de las ofertas, se descarga y ejecuta un applet firmado, basado en la librería secreta all.dll que efectúa el fragmentado, cifrado y envío de las mismas, así como su posterior descifrado y recomposición.
15.7.- La utilización de medios telemáticos en los trámites contemplados en la presente Orden garantizarán la identificación y el ejercicio de la competencia por el órgano que la ejerciese, así como la autenticidad, integridad y conservación de los documentos emitidos. En la tramitación telemática se utilizará la firma electrónica reconocida.
15.8.- En el supuesto de que en la tramitación de los expedientes administrativos se reciban documentos, escritos o comunicaciones firmadas en formato electrónico, informático o telemático y, a la vez, en soporte papel, sólo se tendrá en cuenta la versión electrónica, informática o telemática de los mismos.
15.9.- La tramitación telemática permitirá la consulta telemática de los trámites realizados. Esta consulta se realizará en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.
15.10.- El procedimiento de licitación electrónica garantiza que las ofertas enviadas por los licitadores serán emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido salvo en el momento y por las personas autorizadas para ello. A tal efecto, el sistema informático empleado garantiza que las ofertas son remitidas a la unidad que tramita el expediente cifradas y fragmentadas. El cifrado de las ofertas se realizará contra las claves públicas de quienes componen la mesa de contratación.
Las citadas claves se publicarán en el anuncio de licitación o invitación a licitar en el expediente concreto de que se trate. Para su recomposición y descifrado será necesaria la participación en el acto de apertura, del quórum legalmente necesario de miembros de la mesa con sus correspondientes certificados de firma electrónica reconocida.
15.11.- Sólo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos informáticos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .pdf, .rtf, .sxw, .abw, .jpg, .bmp, .tiff, .zip y .72.
Con el objeto de minimizar en lo posible la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad de las ofertas enviadas, se recomienda el envío de las mismas en formatos .pdf, .rtf, .sxw, .jpg y .tiff.
15.12.- Las ofertas se enviarán libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura, y es responsabilidad de quien licita velar por que esto sea así.
En cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no determinarán, por si misma, la exclusión de la misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.
15.13.- Aún habiéndose anunciado la posibilidad de participar telepáticamente en una licitación, la mesa de contratación, y en su defecto el órgano de contratación, podrán dejar temporalmente sin efecto la posibilidad de presentar ofertas telemáticas cuando no fuere posible la licitación por esta vía por problemas de tipo técnico.
En este caso, en la medida de lo técnicamente posible, se advertirá expresamente de la situación a través de un mensaje en la página web de licitación electrónica.
15.14.- En cuanto a la documentación a presentar en el sobre “A” por las empresas no españolas de Estados Miembros de la Comunidad Económica Europea, al igual que por las demás empresas extranjeras, se acreditará de la siguiente manera:
o Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican como solvencia técnica para los contratos de servicios.
o Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
o Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente deberán acompañar informe el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
o Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato.
o Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano o al euskera.
o Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias de que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cláusula 16. Garantía provisional.
Para tomar parte en la licitación no se exigirá a los licitadores la previa constitución de garantía provisional.
Cláusula 17.- Criterios de valoración de las ofertas.
En el presente procedimiento serán objeto de valoración los siguientes aspectos económicos y técnicos:
Oferta Económica: máximo 80 puntos. La máxima puntuación corresponderá a la oferta MÁS BAJA, el resto de las propuestas se puntuarán mediante la siguiente fórmula: 110 – (30 * B/A). Siendo A= oferta más baja y B= oferta del licitador.
Oferta Técnica: máximo 20 puntos:
Todas las características propuestas deberán estar descritas y justificadas adecuadamente, la no aportación de la especificación anulará la puntuación asociada al mismo, que sirve para identificar la oferta más ventajosa.
o Gestión del servicio: se valorará 4 puntos, la puesta a disposición de cualquier plataforma o extranet de cara a simplificar los envíos de pedidos, incidencias o la gestión diaria de la elección de los usuarios.
o Características del producto: (12 puntos)
▪ Indicación en los listados de comandas mensuales de las calorías de cada plato. (2 puntos)
▪ Indicación en los listados de comandas mensuales del origen de la materia prima utilizada (y si es ecológica en su caso). (3 puntos)
▪ Mayor porcentaje de productos frescos y de temporada en los listados de comandas mensuales. Los principales vegetales, frutas y pescados usados en la elaboración de los menús, deben ser, en la medida de lo posible, de temporada. Es decir, productos que se cultivan al aire libre o que se pesquen en cada temporada en la región. Se facilita el calendario de productos de temporada como Anexo 1 al Pliego técnico. El licitador que mayor porcentaje oferte obtendrá los 3 puntos y el resto de manera proporcional a éste.
▪ La oferta de mayor variedad y opción en las guarniciones, de cara a evitar la reiteración de la misma guarnición (patatas fritas) en el menú diario. (2 puntos)
▪ La disponibilidad de menús especiales para casos de dietas blandas (vegetarianos, celíacos, etc...). (2 puntos)
o Características de la producción y gestión: (4 puntos)
▪ Para los alimentos elaborados en los centros de la empresa de catering, se valorará el transporte a los puntos de consumo en vehículos mínimo EURO 3 y eficientes energéticamente, así como otras propuestas para reducir los impactos de los desplazamientos: uso de vehículos con menores consumos energéticos, uso de biocombustibles, formación en eco-conducción, definición de la logística y rutas para reducir las necesidades de transporte. (2 puntos)
▪ Plan de gestión de residuos en el que se expongan las medidas de minimización de residuos y el sistema de recogida selectiva de residuos empleado por la empresa (2 puntos)
Cláusula 18.- Apertura de las proposiciones.
Con carácter previo a la apertura de las proposiciones económicas, el Órgano de Contratación procederá al examen y calificación de la documentación correspondiente al “SOBRE A- CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, otorgando en el caso de vicios o defectos subsanables un plazo máximo de 3 días hábiles.
Posteriormente se procederá, en acto privado, a la apertura del “SOBRE C DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”, elaborándose el informe de valoración correspondiente a las distintas ofertas y dejando constancia documental de ello.
La apertura del “SOBRE B OFERTA ECONÓMICA” se llevará a cabo en el lugar, día y hora señalado en el anuncio del Concurso, teniendo el carácter de acto público. En dicho acto, el Órgano de Contratación dará lectura íntegra al contenido de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores, declarando válidas y admitidas, las que cumplan con los requisitos previstos en este Pliego y en la Ley de Contratos del Sector Público, dándose por terminado el acto sin efectuar la adjudicación. Finalmente, se levantará Acta en la que se haga constar las ofertas presentadas, el precio y plazo ofertados.
CAPÍTULO III ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 19. Adjudicación del contrato.
La propuesta de adjudicación del Órgano de contratación tiene carácter de adjudicación de conformidad con lo dispuesto en la Instrucción Interna de Contratación 8ª. El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa.
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar ante el órgano de contratación hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se le otorgará un plazo xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento. Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:
Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
Una vez presentada la documentación señalada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la finalización del plazo para la presentación de los citados documentos se adjudicará el contrato.
Adjudicado el contrato, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en el mes siguiente a la fecha en que se les notifique la adjudicación, ninguna de las sociedades licitantes estarán obligadas a seguirla custodiando.
Cláusula 20. Garantía definitiva.
Para tomar parte en la licitación no se exigirá a los licitadores la constitución de garantía definitiva.
Cláusula 21. Perfección y formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización por escrito en el plazo de quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación en el perfil del contratante.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a las sociedades licitantes una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
CAPÍTULO IV EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 22. Principio de riesgo y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
Cláusula 23. Dirección de los trabajos.
23.1 La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el Órgano de Contratación.
23.2 Son funciones del responsable del contrato o del representante del Órgano de contratación:
a) Interpretar el pliego de prescripciones y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del contrato en cada una de sus fases.
c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.
d) Proponer las modificaciones que convenga introducir.
e) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del contrato.
f) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos y su supervisión, a las que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del contrato.
23.3 Asimismo, el servicio requerirá la designación de un responsable o coordinador del servicio por parte del adjudicatario con quien se gestionará y coordinará el plan de actividad anual del técnico asignado.
23.4 La empresa adjudicataria ejercerá el control y supervisión del personal que preste el servicio, tanto en orden al debido desempeño de su cometido como en lo que respecta a la puntualidad y asistencia al trabajo, sustituyéndolo en caso de enfermedad, vacaciones y ausencias con otro personal cualificado.
23.5 Respecto del personal laboral de la empresa contratista:
El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la empresa contratista, única que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora. A tales efectos, la empresa contratista asumirá las siguientes obligaciones:
23.5.1.- Corresponderá exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
23.5.2.- La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la «entidad contratante».
23.5.3.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones del personal en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
23.5.4.- La empresa contratista velará especialmente porque el personal adscrito a la ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
23.5.5.- La empresa contratista deberá designar al menos una persona coordinadora técnica o responsable, perteneciente a su plantilla de personal, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutora de la empresa contratista frente a la «entidad contratante», canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de
un lado, y la «entidad contratante», de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir al mismo las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la contratista con la «entidad contratante», a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la «entidad contratante» acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
Si a consecuencia del incumplimiento por la empresa contratista de las obligaciones asumidas en virtud de esta cláusula, la entidad contratante fuera condenada al pago de cantidades con carácter solidario con la empresa contratista, se repercutirá en ésta la suma satisfecha, a cuyos efectos las entidades contratantes se reservan el ejercicio de cualesquiera acciones, administrativas o judiciales, que sean adecuadas y convenientes hasta la total recuperación de las cantidades pagadas.
23.6 Obligaciones de la contratista en materia de laboral, seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo: la empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, y en particular:
23.6.1.- Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo la contratista está obligada a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laboral y convenio colectivo correspondiente.
23.6.2.- La empresa contratista adoptará cuantas medidas de seguridad e higiene en el trabajo fueren de pertinente obligación o necesarias en orden a la más perfecta prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
23.6.7.- Cumplirá, así mismo, las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas por la normativa vigente y, antes del inicio de la actividad contratada, deberá acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Haber adoptado una modalidad de organización preventiva acorde con la legislación vigente.
b) Integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa mediante la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales según el artículo 2 del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el RD 39/1997 de 17 de enero. Se considerará acreditada dicha exigencia por tener establecido un sistema de gestión de prevención de riesgos laborales basado en la Norma OHSAS 18001, las Directrices sobre sistemas de Seguridad y Salud de la OIT u otra norma equivalente, siempre que dicho sistema evalúe y acredite el cumplimiento de las medidas exigidas. El cumplimiento de esta obligación también podrá acreditarse por cualquier otro medio de prueba adecuado.
c) La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
d) Disponer de un procedimiento escrito que regule la forma de haber llevado a cabo la Consulta y Participación prevista en el capítulo V de la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales o, en su caso, las actas de las reuniones del Comité de Seguridad y Salud.
e) Disponer de un procedimiento que regule el control del cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas procediendo en su caso a la adopción de medidas disciplinarias previstas en el Estatuto de los Trabajadores, convenio colectivo etc… para garantizar la seguridad de todas las personas trabajadoras.
f) Disponer de una relación de los puestos de trabajo y/o actividades que requieran presencia de recursos preventivos vinculados a la evaluación de riesgos.
g) Que todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato, tanto propio como xxxxx, haya recibido en el momento de incorporación una información de riesgos específicos, medidas de protección y medidas de emergencia de ésta, así como, que haya recibido la formación necesaria sobre los riesgos que afectan a su actividad (artículos 18 y 19 de la Ley 31/1995 y Ley 32/2006 y Real Decreto 1109/2007), de acuerdo con el procedimiento del Plan. En particular, que se ha dado la formación pertinente sobre el uso de EPIs.
h) Disponer de justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, fueran necesarios.
j) Planificar el desarrollo de los trabajos y la contratación de personal de forma que se respete las jornadas de descanso de las trabajadoras y los trabajadores y que la realización de horas extraordinarias sea excepcional.
23.6.8.- En el caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a las personas trabajadoras con ocasión del ejercicio de los trabajos, cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno a VISESA.
Cláusula 24. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales.
24.1 Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del servicio presentado, el Órgano de Contratación podrá optar, indistintamente, (i) por la resolución del contrato ó (ii) por la imposición penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio total del contrato y durante todos los días de demora.
A los efectos del contrato, habrá de interpretarse “días de demora” como el tiempo –expresado en días- durante el cuál no se haya cumplido con la frecuencia estipulada en el contrato.
24.2 Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para (i) proceder a la resolución del mismo ó (ii) acordar la continuidad de su ejecución con imposición de una nueva penalidad consistente en 0,4 euros por cada 1.000 euros del precio total del contrato y durante todos los días de demora.
La expresión “días de demora” habrá de ser interpretada como el sumatorio del tiempo –expresado en días- durante el cual el contratista no cumpliera con cada uno de los plazos cuya acumulación ha determinado la aplicación de la penalidad.
24.3 El Órgano de Contratación, tanto en caso de (i) incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato de los medios personales y materiales suficientes como en caso de (ii) incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato, podrá optar por (a) la resolución del contrato o (b) exigir el cumplimiento imponiendo al contratista, además de la obligación de realizar la obligación en las condiciones y término pactados, una penalización equivalente al 20% del importe económico en el que se valore la obligación de que se trata si esta fuera cuantificable o, en el supuesto de que esta no fuere cuantificable, en una penalización equivalente equivalente al 10% del importe del contrato. En todo caso y de exigirse el cumplimiento, si éste implicase una disminución de las frecuencias de prestación de los servicios se aplicarán las penalidades que se determinan en los apartados 1 a 2 de esta Cláusula.
24.4 La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a la que VISESA y ALOKABIDE puedan tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del incumplimiento del contratista.
Cláusula 25. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
25.1 El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requieran la ejecución del contrato.
25.2 Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por el responsable del contrato, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
25.3 Igualmente, el adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para VISESA, ALOKABIDE o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Cláusula 26. Renuncia por el adjudicatario
La renuncia por el adjudicatario a proseguir los trabajos encargados no surtirá efecto hasta que no se comunique por escrito al Órgano de Contratación tal renuncia a través de cualquier instrumento que dé fehaciencia del envío, de su contenido y de la fecha del mismo, estando obligado el adjudicatario a abonar en el plazo de siete días la cantidad equivalente a la mitad del precio estipulado en concepto de indemnización con pérdida de la garantía definitiva.
El Órgano de Contratación se reserva la facultad de exigir al adjudicatario, en caso de renuncia por parte de éste, además de la indemnización ya mencionada, el abono de cantidad derivada de la contratación de un nuevo equipo.
Cláusula 27. Suspensión del contrato.
27.1 El Órgano de Contratación podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato.
27.2 El adjudicatario podrá promover la suspensión del cumplimiento del contrato en el supuesto de que se hubiera producido una demora en el pago superior a cuatro (4) meses.
Para ello deberá comunicar al Órgano de Contratación, con un (1) mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión.
27.3 En cualquiera de los dos supuestos contemplados en la presente Xxxxxxxx, las partes procederán a levantar un acta en la que se consignarán (i) las circunstancias que han motivado la suspensión del contrato y (ii) la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Cláusula 28. Cesión del contrato.
Queda prohibida la cesión o subcontratación, total o parcial, del contrato sin la previa autorización expresa de VISESA, ALOKABIDE y ORUBIDE.
CAPÍTULO V
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Cláusula 29. Abonos.
29.1 El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por las sociedades, a través del responsable del contrato.
29.2 El pago por el servicio de gestión laboral se realizará con carácter mensual mediante transferencia bancaria a 30 días desde la fecha de recepción de la factura.
29.3 La demora en el pago devengará a favor del adjudicatario los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
29.4 El adjudicatario podrá ceder el derecho de cobro que tengan frente a las sociedades licitantes de conformidad con lo previsto en el apartado 3 del artículo 1.202 y concordantes del Código Civil.
Cláusula 30. Revisión de precios.
En este contrato no cabe la revisión de precios.
Cláusula 31. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
31.1 Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos: (i) de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, (ii) así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan para la realización de los trabajos objeto del contrato.
31.2 Asimismo, el adjudicatario vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
31.3 El adjudicatario y los empleados que tengan acceso a las oficinas de las sociedades licitantes deberán respetar el carácter confidencial de la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, o en su caso, que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
Cláusula 32. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
32.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero; así como todas aquellas que se pudieran promulgar durante la ejecución del contrato y le resultaran de aplicación.
32.2 En la proposición económica, cuyo modelo se acompaña como anexo II al presente pliego, se realizará una manifestación expresa de que al calcular la misma se han tenido en cuenta tales obligaciones.
CAPÍTULO VI EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 33. Liquidación del contrato.
Dentro del plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de recepción del contrato el Órgano de contratación deberá acordar y notificar al adjudicatario la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el adjudicatario tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Cláusula 34. Protección de datos de carácter personal.
El adjudicatario del contrato se obliga a guardar estricto secreto profesional sobre la información de naturaleza confidencial de la que pudiera tener conocimiento en el marco de su misión.
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los licitadores quedan informados y aceptan la incorporación de los datos que faciliten al fichero que tienen creado VISESA, ALOKABIDE y ORUBIDE.
El adjudicatario, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 xx Xxx Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley, especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
Cláusula 35. Publicidad de los trabajos
El adjudicatario deberá obtener la aprobación del Órgano de Contratación antes de dar publicidad a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con los trabajos adjudicados.
Cláusula 36. Devolución y cancelación de la garantía definitiva.
No procede.
Cláusula 37. Resolución del contrato.
37.1 Son causas de resolución del contrato las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con VISESA, ALOKABIDE y/o ORUBIDE.
- El mutuo acuerdo entre las sociedades licitantes y el adjudicatario.
- La no formalización del contrato.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de las sociedades licitantes.
- La suspensión durante un plazo superior a veinte (20) días sin que la ejecución del contrato se iniciara por causa imputable a cualquiera de las sociedades licitantes.
- Las modificaciones en el contrato, aunque fueran sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato, en cuantía superior, por exceso, al 10 % del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, o que representen una alteración sustancial del proyecto inicial.
- La demora en el cumplimiento de los plazos de ejecución de los servicios objeto del contrato por parte del adjudicatario
- La demora en el pago por parte de cualquiera de las sociedades por plazo superior a cuatro (4) meses.
- El incumplimiento de la obligación del adjudicatario de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en este pliego y en el de prescripciones técnicas.
37.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil, el perjudicado por la concurrencia de alguna de las causas de resolución del contrato podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución del mismo.
También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.
37.3 En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a VISESA, XXXXXXXXX y/o ORUBIDE los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los gastos de procurador y defensa letrada en los que pudiera incurrir esta última para reclamar la resolución del contrato.
37.4 En los casos de resolución por incumplimiento culpable de las sociedades licitantes, éstas deberán indemnizar al contratista los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los gastos de procurador y defensa letrada en los que pudiera incurrir esta última para reclamar la resolución del contrato.
Cláusula 38. Tribunales competentes.
De acuerdo con lo establecido en la Cláusula 1 de este PCP, el contrato tiene carácter privado. En consecuencia, será el orden jurisdiccional civil el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos que celebre VISESA, ALOKABIDE o ORUBIDE, sometiéndose dicha entidad, el contratista y los licitadores, con expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, a los Juzgados y Tribunales del Partido Judicial de Vitoria-Gasteiz.
ANEXO I
MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE EJECUCIÓN
D./Dña. ……………………., con domicilio en ………….., calle ……………. y con DNI ………………, en nombre ………….
(propio o de la persona, entidad o empresa que representa), con domicilio a efectos de notificaciones en calle
……….. CP………..Tfno. …………, dirección de correo electrónico ……………. Y CIF ……….
DECLARA
Que en relación con la ejecución del contrato correspondiente al expediente nº ………………., que tiene por objeto
……………………………… se compromete a:
I.- Adscribir a la ejecución del contrato:
a) su propia organización productiva.
b) los medios fijados en el pliego como condiciones especiales de ejecución.
c) los medios humanos y materiales que se explicitan a continuación con indicación respecto de los primeros de su formación y experiencia: (a cumplimentar sólo en el caso de que se hayan fijado por el órgano de contratación, por considerar que debe establecerse un mínimo a las características o cualificaciones de los medios personales o materiales a adscribir al contrato).
- Medios humanos:
- Medios materiales:
II.- Ejecutar el contrato con estricto cumplimiento de las obligaciones que respecto del personal adscrito al mismo incumben al contratista, y que se establecen en la cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Y para que conste, firmo la presente declaración en…………., a ……de ………… de……….
Firma DNI
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D./Xx................................................................................................................., con DNI número …………............................................
en nombre (propio) o actuando en representación de (empresa a que representa)
……....................................................................................................................................... con CIF/NIF...........................................
con domicilio en …….............................................................. calle ,
número.................... enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en este pliego de cláusulas administrativas para la adjudicación de los servicios de catering, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las siguientes condiciones:
Oferta económica:
Menú Xxxxx (plancha y servicio de cocina) €/por menú con coste personal, sin IVA Menú Bizkaia y Guipuzkoa (servicio de entrega producto terminado) €/por menú con coste personal, sin IVA
Oferta económica (a efectos informativos, conceptos no valorables en la oferta):
Precio servicio de limpieza: €/hora, sin IVA Precio plan de limpieza: €, sin IVA
Precios escalados en los siguientes promedios de comensales:
De 30 a 45 personas: €/por menú con coste personal, sin IVA
De 55 a 90 personas: €/por menú con coste personal, sin IVA
Fecha y firma del licitador.
DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE VISESA-ALOKABIDE-ORUBIDE
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
D./Xx …………………………………………………………………………………………, con DNI/NIE ………………….…..………
en nombre propio o en representación de la empresa ,
con CIF nº ……………………………, en calidad de ………………………...…………………………………......………
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En ……………………………………………………, a …….. de de 2015
Fdo.:
Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los siguientes medios: testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
ANEXO IV
MODELO PROPOSICIÓN- OFERTA TÉCNICA
D..................………………………………………………………..., con domicilio en ..................................., calle ................................... y DNI , en
nombre propio o en representación de la Empresa ......................................................................, con domicilio en ........................................., calle
.............................. CP ................., Teléfono .....................y CIF se compromete a realizar las siguientes oferta técnica:
CRITERIOS OBLIGATORIOS | SI | TIPO DE AVAL/Pág. Memoria |
1.- PRODUCTOS ALIMENTICIOS | ||
Ninguno de los productos provendrá de organismos modificados genéticamente | □ | |
2.- ENVASES Y EMBALAJES | ||
Envases de transporte (cajas y bandejas) reutilizables y retornables | □ | |
Envases de gran capacidad | □ | |
3.- MANTELERÍA | ||
Servilletas de papel reciclado | □ | |
4.- LIMPIEZA | ||
Envases de productos de limpieza etiquetados con tipo de producto y dosificación | □ | |
Rollos de papel de cocina y secamanos de papel 100% reciclado | □ | |
Plan de limpieza instalaciones de comedor de Vitoria-Gasteiz | □ | |
5.- FORMACIÓN | ||
Plan de formación | □ | |
CRITERIOS EVALUABLES | SI | TIPO DE AVAL/Pág. Memoria |
1.- GESTION DEL SERVICIO | ||
Plataforma o extranet para la gestión del servicio | □ | |
2.- PRODUCTOS ALIMENTICIOS | ||
Indicación de las calorías de cada plato | □ | |
Indicación de la materia prima utilizada | □ | |
Porcentaje de productos frescos y de temporada en las comandas mensuales | % | |
Número de las guarniciones | □ | |
Disponibilidad de menús especiales | □ | |
3.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN | ||
Vehículos EURO 3 o III u otras propuestas para reducir los impactos ambientales de los desplazamientos | □ | |
Plan de gestión de residuos | □ |
En ……………., a ............................ de ........................ de ..............
(Firma y DNI)