Contract
ANTECEDENTES:
Mediante Oficio No. CENACE/DOPS-SO-GCRP/100/2023 de fecha 29 xx xxxxx de 2023, el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Subgerente y Encargado de la Gerencia de Control Regional Peninsular solicito realizar el Procedimiento de Contratación relativo al Servicio de Mantenimiento de Aires Acondicionados de Precisión de Zonas Críticas de la Gerencia de Control Regional Peninsular.
Mediante Oficio No. CENACE/DOPS-SO-GCRP/101/2023 de fecha 29 xx xxxxx de 2023, el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Subgerente y Encargado de la Gerencia de Control Regional Peninsular solicitó una sesión extraordinaria del Subcomité de Revisión de Convocatorias para poder llevar a cabo la Invitación a Cuando Menos Tres personas del Procedimiento de Contratación relativo al Servicio de Mantenimiento de Aires Acondicionados de Precisión de Zonas Críticas de la Gerencia de Control Regional Peninsular.
Mediante Oficio No. CENACE/DOPS-SO-GCRP-SA/076/2023 de fecha 24 xx xxxxx de 2023, la C.P. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Subgerenta de Administración realizo la notificación de adjudicación al proveedor denominado Energy and Air Conditioning, S. de
R.L. de X.X.Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
La contratación solicitada está considerada en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2023 de “EL CENACE".
DECLARACIONES
1. "EL CENACE" declara que:
1.1. De conformidad con los artículos 1º, párrafo primero y tercero; fracción I; 3º, fracción I; y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2º y 12 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3º del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y apartado A, fracción I, numeral 17 de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, que se publica anualmente en el Diario Oficial de la Federación, es un Organismo Público Descentralizado creado por Decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio xxxxxxx.Xx acuerdo con el artículo SEGUNDO del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía “EL CENACE” tiene por objeto ejercer el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional; la operación xxx Xxxxxxx Eléctrico Mayorista y garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución, y proponer la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado EléctricoMayorista, por lo cual ejercerá sus funciones bajo los principios de eficiencia, transparencia y objetividad, así como en condiciones de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en cuanto a la
operación del Sistema Eléctrico Nacional.
1.2. El Ing. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX , en su cargo de SUBDIRECTOR DE AREA (homologo a Director General adjunto) de la Gerencia de Control Regional Peninsular, con R.F.C. NERE701206BD9 cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Contrato otorgadas en el Artículo Primero fracción IV y XV, así como el Artículo Quinto del ACUERDO Delegatorio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 xx xxxxxx de 2017, mediante el cual el Director de Operación y Planeación del Sistema del Centro Nacional de Control de Energía delegó en el Subgerente de Operación y Despacho de la Gerencia de Control Regional Peninsular de “EL CENACE” las facultades a que se refiere el Acuerdo citado,quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
1.3. De conformidad con las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Centro Nacional de Control de Energía, en adelante las POBALINES, suscribe el presente instrumento la Ing. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX , en su carácter de SUBGERENTA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN de la Gerencia de Control Regional Peninsular, con R.F.C. ROME821011FX2 facultada para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato (Administradora de Contrato), de conformidad con lo establecido en el artículo 84, octavo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en adelante el "RLAASSP", con el apoyo de los servidores públicos que sean designados para tal efecto, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de "EL PROVEEDOR" para los efectos del presente contrato.
1.4. La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS y medio ELECTRÓNICO de carácter NACIONAL , al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 8 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, 25 primer párrafo; 28, fracción l; 40 segundo párrafo de la la ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en adelante la “LAASSP”, publicándose el procedimiento en CompraNet con número de procedimiento de contratación IA-18-XXX-018TOM993-N-5-2023 para el “Servicio de Mantenimiento de Aires Acondicionados de Precisión de Zonas Críticas de la GCRP.", Conforme al Anexo Técnico. El presente contrato se realizó mediante el procedimiento de ARTÍCULO 26 FRACCIÓN II, ARTÍCULO 43 , ARTÍCULO 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos del "RLAASSP".
1.5. “EL CENACE” cuenta con suficiencia presupuestaria otorgada mediante 600034294, con folio de autorización 600034294, , de fecha 14 xx xxxxx de 2023 suscrita por la Gerencia de Control Regional Peninsular, conforme a lo establecido en el artículo 25, segundo párrafo de la "LAASSP", correspondiente a la partida presupuestal 35701 “Maquinaria y Equipo (Mantenimiento y Reparación)" del Clasificador por objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
1.6. Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° CNC140828PQ4
1.7. Tiene establecido su domicilio en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx,X.X.00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
I.8 Formaliza este Contrato con la certeza de que “EL PROVEEDOR” manifestó bajo protesta de decir verdad que ninguno de sus socios y accionistas que ejercen control sobre la sociedad no desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o,en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés, lo anterior de conformidad con lo establecido en la fracción IX del artículo 49, de la Ley General de ResponsabilidadesAdministrativas.
2. "EL PROVEEDOR" declara que:
2.1. Es una persona MORAL legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como lo acredita con la Escritura Pública número 15765 de fecha 01 xx xxxxxx de 2019, pasada ante la fe del Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Público doscientos cinco de la Ciudad de México, bajo el registro público de comercio número 201900235972013R, de fecha de registro 07 de noviembre de 2019 denominada ENERGY AND AIR CONDITIONING S DE RL DE CV cuyo objeto social entre otros es fabricación, reparación, mantenimiento, conservación e instalación de toda clase de equipos y accesorios de aire acondicionado, calefacción, ventilación, congelación y refrigeración, así como de sistemas de graduación de temperaturas de agua y purificación de la misma.
2.2. EL Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx en su carácter de Gerente, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada, como lo acredita con Escritura Pública número 15765 de fecha 01 xx xxxxxx de 2019, pasada ante la fe del Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Público doscientos cinco de la Ciudad de México, instrumento que bajo protesta de decir verdad manifiesta no le ha sido limitado ni revocado en forma alguna.
2.3. Reúne las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, y cuenta con la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
2.4. Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes EAC1908014Y6
2.5. Bajo protesta de decir verdad, está al corriente en los pagos de sus obligaciones fiscales, en específico las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS, respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo, emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
2.6. Señala que su teléfono es el 0000000000 y su correo electrónico xxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, así mismo, acepta expresamente ser notificado mediante servicio de mensajería o correo certificado con acuse de recibo, así como por medios de comunicación electrónica y cualquier otro medio permitido, en términos del artículo 35, último párrafo y demás aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, debiendo considerar para su validez, el confirmar la recepción de los mismos, asimismo, señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en 00 000 XXXX XXXXX XXXXXXXXX 00 XX XXXXX, XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXX, X.X. 05320
3. De “LAS PARTES”:
3.1. Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen las facultades y capacidades, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
"EL PROVEEDOR" acepta y se obliga a proporcionar a “EL CENACE” la prestación del servicio de SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE AIRES ACONDICIONADOS DE PRECISIÓN DE ZONAS CRÍTICAS DE LA GERENCIA DE CONTROL REGIONAL
PENINSULAR en los términos y condiciones establecidos en este contrato y su anexo técnico que forman parte integrante del mismo, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar, de acuerdo con los alcances, periodicidad, descripción, unidad de medida y cantidad, descritos en los mismos.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO.
“EL CENACE” pagará a "EL PROVEEDOR" como contraprestación por los servicios objeto de este contrato, la cantidad de
$408,800.00 (CUATROCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) más impuestos que asciende a $65,408.00 que hace un total de $474,208.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHO PESOS 00/100 M.N.)
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es(son):
Clave control interno | Clave CUCoP | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Precio unitario | Precio total antes de imp. | Precio con impuestos |
PARTIDA_1_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 1EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 20 TR | S - SERVICIO | 2 | $27,500.00 | $55,000.00 | $63,800.00 |
PARTIDA_1_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 2EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 20 TR | S - SERVICIO | 2 | $30,000.00 | $60,000.00 | $69,600.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 1EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR (TARJETA DE VENTILADORES) | S - SERVICIO | 1 | $27,350.00 | $27,350.00 | $31,726.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 2EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR (SENSOR FLOTADOR) | S - SERVICIO | 1 | $15,000.00 | $15,000.00 | $17,400.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 3EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR (DESCONTAMINACIÓN) | S - SERVICIO | 1 | $28,750.00 | $28,750.00 | $33,350.00 |
Clave control interno | Clave CUCoP | Descripción | Unidad de medida | Cantidad | Precio unitario | Precio total antes de imp. | Precio con impuestos |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 4EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 5 TR (DESCONTAMINACIÓN) | S - SERVICIO | 1 | $29,500.00 | $29,500.00 | $34,220.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 5EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 5 TR | S - SERVICIO | 1 | $10,900.00 | $10,900.00 | $12,644.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 6EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 8 TR | S - SERVICIO | 3 | $13,100.00 | $39,300.00 | $45,588.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 7EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR | S - SERVICIO | 3 | $16,500.00 | $49,500.00 | $57,420.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 8EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 5 TR | S - SERVICIO | 2 | $17,500.00 | $35,000.00 | $40,600.00 |
PARTIDA_2_POSICIÓN_ | MAQUINARIA Y 9EQUIPO (MANTENIMIENTO Y REPARACION) | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 8 TR | S - SERVICIO | 3 | $19,500.00 | $58,500.00 | $67,860.00 |
SUBTOTAL | $408,800.00 | ||||||
IMPUESTOS | $65,408.00 | ||||||
TOTAL | $474,208.00 |
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional PESO MEXICANO hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE AIRES ACONDICIONADOS DE PRECISIÓN DE ZONAS CRÍTICAS DE LA GERENCIA DE CONTROL REGIONAL
PENINSULAR , por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
TERCERA. ANTICIPO.
Para el presente contrato “EL CENACE” no otorgará anticipo a "EL PROVEEDOR"
CUARTA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.
“EL CENACE” realizará el pago de "LOS SERVICIOS" a periodo de servicio vencido en moneda nacional contados a partir de la entrega y aceptación de la factura correspondiente y demás documentos en que conste la debida prestación de “LOS SERVICIOS" a entera satisfacción del “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”.
El pago se realizará en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica a “EL CENACE” PARA EFECTOS DE LO ANTERIOR DESCRITO, "EL ADMINISTRADOR DE CONTRATO" CORRESPONDIENTE DEBERÁ REMITIR AL DEPARTAMENTO DE FINANZAS DE LA GERENCIA DE CONTROL REGIONAL PENINSULAR DE "EL CENACE", SOLICITUDPOR ESCRITO PARA QUE SE TRAMITE EL PAGO, ADJUNTANDO EL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL CORRESPONDIENTE, LA DOCUMENTACION ORIGINAL CON LA QUE ACREDITE LA RECEPCION EN TIEMPO Y FORMA Y A ENTERA SATISFACCIÓN DE "LOS SERVICIOS"
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la aceptación del CFDI o factura electrónica, y ésta reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados, los precios unitarios, se verifique su autenticidad, no existan aclaraciones al importe y vaya acompañada con la documentación soporte de la prestación de los servicios facturados.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presente errores, el Administrador del presente contrato o a quien éste designe por escrito, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a "EL PROVEEDOR" las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que "EL PROVEEDOR" presente el CFDI y/o documentos soporte corregidos y sean aceptados.
El tiempo que "EL PROVEEDOR" utilice para la corrección del CFDI y/o documentación soporte entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El CFDI o factura electrónica (Facturación 4.0) deberá ser presentada de manera mensual en los siguientes términos: Método de pago-PPD (Pago en parcialidades o diferido) FORMAS DE PAGO-99 (otras formas de pago) USO-G03 (gastos en General). La (s) factura (s) deberá (n) contener los siguientes datos fiscales: CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CNC140828PQ4 Y DOMICILIO EN CALLE BLVD. XXXXXX XXXXX XXXXXX, NO. 2157,
COL.LOS ALPES, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXXX, C. P. 01010, CIUDAD DE MÉXICO.
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el impuesto cuando aplique.
"EL PROVEEDOR" manifiesta su conformidad que, hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato.
Para efectos de trámite de pago, "EL PROVEEDOR" deberá ser titular de una cuenta bancaria, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, respecto de la cual deberá proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por “EL CENACE” , para efectos del pago.
"EL PROVEEDOR" deberá presentar la información y documentación que “EL CENACE” le solicite para el trámite de pago, atendiendo a las disposiciones legales e internas de “EL CENACE”
El pago de la prestación de los servicios recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que "EL PROVEEDOR" deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y, en su caso, deductivas.
Para el caso que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafo tercero, de la “LAASSP”. QUINTA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS.
La prestación de los servicios, se realizará conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “EL CENACE” en el “ANEXO TÉCNICO” contratación del "Servicio de Mantenimiento a Aires Acondicionados de Precisión de Zonas Críticas de la Gerencia de Control Regional Peninsular"
La prestación de “LOS SERVICIOS” por parte de "EL PROVEEDOR" se realizará en el domicilio y fechas establecidas señalado en el “ANEXO TÉCNICO” contratación del "Servicio de Mantenimiento de Aires Acondicionados de Precisión de Zonas Críticas de la Gerencia de Control Regional Peninsular" de “EL CENACE”
SEXTA. VIGENCIA.
“LAS PARTES” convienen en que la vigencia del presente contrato será del 28/04/2023 al 30/11/2023
SÉPTIMA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo que la “EL CENACE” por razones fundadas y explícitas podrá ampliar el monto o la cantidad de los servicios, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el
20% (veinte por ciento) de los establecidos originalmente, el precio unitario sea igual al originalmente pactado y el contrato esté vigente. La modificación se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio.
“EL CENACE” , podrá ampliar la vigencia del presente instrumento, siempre y cuando, no implique incremento del monto contratado o de la cantidad del servicio, siendo necesario que se obtenga el previo consentimiento de "EL PROVEEDOR"
De presentarse caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “EL CENACE” , se podrá modificar el plazo del presente instrumento jurídico, debiendo acreditar dichos supuestos con las constancias respectivas. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por cualquiera de “LAS PARTES”.
En los supuestos previstos en los dos párrafos anteriores, no procederá la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
Cualquier modificación al presente contrato deberá formalizarse por escrito, y deberá suscribirse por el servidor público de “EL CENACE” que lo haya hecho, o quien lo sustituya o esté facultado para ello, para lo cual "EL PROVEEDOR" realizará el ajuste respectivo de la garantía de cumplimiento, en términos del artículo 91, último párrafo del Reglamento de la LAASSP, salvo que por disposición legal se encuentre exceptuado de presentar garantía de cumplimiento.
“EL CENACE” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
OCTAVA. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Para garantizar a “EL CENACE” que se cubrirán: los gastos de daños inferidos a personas o infraestructura ya sea de “EL CENACE” o de terceros; Indemnizaciones y gastos de defensa, "EL PROVEEDOR" se obliga a otorgar Póliza de Responsabilidad Civil expedida por institución legalmente autorizada, a favor del “EL CENACE” equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del Contrato, sin incluir el I.V.A, la cual deberá entregar dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la firma del Contrato.
La vigencia de la póliza de Responsabilidad Civil será considerada a partir del inicio de los trabajos de puesta en servicio y hasta la conclusión de la garantía por defectos o vicios ocultos de “LOS SERVICIOS”.
La póliza se aplicará si el tiempo en la atención al siniestro excede de 10 días naturales a partir del reporte emitido por parte del “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”. Si el proveedor cuenta con una póliza de responsabilidad civil global, podrá entregar al Área Contratante el endoso que garantice el contrato o convenio que celebre con “EL CENACE”, por el monto o porcentaje que se haya establecido, sin que sea necesario exigirle la presentación, exhibición o entrega de la póliza original
NOVENA. GARANTÍA(S)
A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48, fracción II, 49, fracción I (dependencias) o II (entidades), de la “LAASSP”; 85, fracción III, 103 de su Reglamento; y 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir una garantía la cual podrá ser divisible, la cual sólo se hará efectiva en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal , mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA , por un importe equivalente al 10.0% del monto total del contrato, sin incluir impuestos. Dicha fianza deberá ser entregada a “EL CENACE” , a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica.
En caso de que "EL PROVEEDOR" incumpla con la entrega de la garantía en el plazo establecido, “EL CENACE” podrá rescindir el contrato y dará vista al Órgano Interno de Control para que proceda en el ámbito de sus facultades.
La garantía de cumplimiento no será considerada como una limitante de responsabilidad de "EL PROVEEDOR" , derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y no impedirá que “EL CENACE” reclame la indemnización por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a “EL CENACE” dentro de los 10 (diez días) naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91, del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
Cuando la contratación abarque más de un ejercicio fiscal, la garantía de cumplimiento del contrato podrá ser por el porcentaje que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate, y deberá ser renovada por "EL PROVEEDOR" cada ejercicio fiscal por el monto que se ejercerá en el mismo, la cual deberá presentarse a “EL CENACE” a más tardar dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda.
Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “EL CENACE” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de las garantías de anticipo y cumplimiento del contrato, lo que comunicará a "EL PROVEEDOR"
DÉCIMA. OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR"
a) Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y su anexo técnico.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “EL CENACE” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
DÉCIMA PRIMERA. OBLIGACIONES DE "EL CENACE"
a) Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que "EL PROVEEDOR" lleve a cabo en los términos convenidos en la prestación de los servicios objeto del contrato.
b) Realizar el pago correspondiente en tiempo y forma.
c) Extender a "EL PROVEEDOR" , por conducto del Servidor Público facultado, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
“EL CENACE” designa como Administrador(es) del presente contrato a la Ing. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX , con RFC ROME821011FX2 , en su carácter de SUBGERENTA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN de la GCRP quien dará seguimiento y verificará el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en este instrumento.
Los servicios se tendrán por recibidos previa revisión del administrador del presente contrato, la cual consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones establecidas en el anexo técnico.
“EL CENACE” a través del administrador del contrato, rechazará los servicios, que no cumplan las especificaciones establecidas en este contrato y en su anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlo nuevamente bajo su responsabilidad y sin costo adicional para “EL CENACE” , sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales o deducciones al cobro correspondientes.
“EL CENACE” a través del administrador del contrato, podrá aceptar los servicios que incumplan de manera parcial o deficiente las especificaciones establecidas en este contrato y en su anexo técnico, sin perjuicio de la aplicación de las deducciones al pago que procedan, y reposición del servicio, cuando la naturaleza propia de éstos lo permita.
DÉCIMA TERCERA. DEDUCCIONES.
“EL CENACE” aplicará deducciones al pago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra "EL PROVEEDOR" conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y su anexo técnico, las cuales se calcularán por un % sobre el monto de los servicios , proporcionados en forma parcial o deficiente. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
De no existir pagos pendientes, se requerirá a "EL PROVEEDOR" que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “EL CENACE” , por escrito o vía correo electrónico, dentro de los (días) posteriores al incumplimiento parcial o deficiente.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará elprocedimiento de rescisión.
Para el caso concreto del presente contrato las deducciones se aplicarán en base a lo siguiente: 1.Concepto: Aceptación de entrega:
Importe o porcentaje: 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO)
Forma: Por cada día natural de atraso en el entregable 2.4 Garantía de Calidad del Servicio de la tabla “3.1 Entregables”. Sobre el monto de cada partida en el periodo de entrega que corresponda.
DÉCIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso que "EL PROVEEDOR" incurra en atraso en el cumplimiento conforme a lo pactado para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en el Anexo técnico parte integral del presente contrato, “EL CENACE” por conducto del administrador del contrato aplicará la pena convencional equivalente al 0.05% , (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de atraso sobre la parte de los servicios no prestados, de conformidad con este instrumento legal y su anexo técnico.
El Administrador del contrato notificará a "EL PROVEEDOR" por escrito o vía correo electrónico el cálculo de la pena convencional, dentro de los 5 (cinco días hábiles) al atraso en el cumplimiento de la obligación de que se trate.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso; en el supuesto que el contrato sea rescindido en términos de lo previsto en la "EL PROVEEDOR" deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso; en el supuesto que el contrato sea rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena podrá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA; o bien, a través de un comprobante de egreso (CFDI de Egreso) conocido comúnmente como Nota de Crédito, en el momento en el que emita el comprobante de Ingreso (Factura o CFDI de Ingreso) por concepto de los servicios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
El importe de la pena convencional, no podrá exceder el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato, y en el caso de no haberse requerido esta garantía, no deberá exceder del 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
Cuando "EL PROVEEDOR" quede exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, en los supuestos previsto en la “LAASSP”, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del 20% (veinte por ciento) del monto de los servicios prestados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del "RLAASSP".
Para el caso de contrataciones con campesinos o grupos urbanos marginados, como personas físicas x xxxxxxx, al amparo del artículo 41, fracción XI, de la LAASSP, el área contratante deberá considerar que el monto máximo de las penas convencionales por atraso será del 10% (diez por ciento), conforme lo establecido en el artículo 96 del RLAASSP.
DÉCIMA QUINTA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS.
“EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.
DÉCIMA SEXTA. SEGUROS.
"EL PROVEEDOR" se obliga a contratar una póliza de seguro por su cuenta y a su xxxxx, expedida por una Institución Nacional de Seguros, debidamente autorizada, en la cual se incluya la cobertura de responsabilidad civil, que ampare los daños y perjuicios y que ocasione a los bienes y personal de “EL CENACE” , así como, los que cause a terceros en sus bienes o personas, con motivo de la prestación del servicio materia del presente contrato.
La póliza deberá contener las siguientes coberturas:
(DESCRIBIR LAS COBERTURAS, ATENDIENDO A LAS NECESIDADES, TIPO Y CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS) DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPORTE
“EL PROVEEDOR” se obliga bajo su xxxxx y riesgo, a trasportar los bienes e insumos necesarios para la prestación del servicio, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones señaladas en el (establecer el documento o anexo donde se encuentran los domicilios,o en su defecto redactarlos) del presente contrato.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR" , mismos que no serán repercutidos “EL CENACE”
“EL CENACE” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
"EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “EL CENACE”
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” será responsable en caso de infringir patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, con motivo del cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, por lo que se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “EL CENACE” o a terceros.
De presentarse alguna reclamación en contra de “EL CENACE”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, “EL PROVEEDOR”, se obliga a salvaguardar los derechos e intereses de “EL CENACE” de cualquier controversia, liberándola de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole, sacándola en paz y a salvo.
En caso de que “EL CENACE” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
"LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.
Para el tratamiento de los datos personales que “LAS PARTES” recaben con motivo de la celebración del presente contrato, deberá de realizarse con base en lo previsto en los Avisos de Privacidad respectivos.
Por tal motivo, "EL PROVEEDOR" asume cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento de su parte, o de sus empleados, a las obligaciones de confidencialidad descritas en el presente contrato.
Asimismo “EL PROVEEDOR” deberá observar lo establecido en el Anexo aplicable a la Confidencialidad de la información del presente Contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Con fundamento en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102, fracción II, de su Reglamento, la “EL CENACE” en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que le resulten imputables, podrá suspender la prestación de los servicios, de manera temporal, quedando obligado a pagar a "EL PROVEEDOR" , aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados, así como, al pago de gastos no recuperables previa solicitud y acreditamiento.
Una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión, el contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, si la “EL CENACE” así lo determina; y en caso que subsistan los supuestos que dieron origen a la suspensión, se podrá iniciar la terminación anticipada del contrato, conforme lo dispuesto en la cláusula siguiente.
VIGÉSIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
“EL CENACE” cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL CENACE” , o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio, emitida por la Secretaría de la Función Pública, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad alguna para “EL CENACE” , ello con independencia de lo establecido en la cláusula que antecede.
Cuando “EL CENACE” determine dar por terminado anticipadamente el contrato, lo notificará a "EL PROVEEDOR" hasta con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho, debiendo sustentarlo en un dictamen fundado y motivado, en el que se precisarán las razones o causas que dieron origen a la misma y pagará a "EL PROVEEDOR" la parte proporcional de los servicios prestados, así como los gastos no recuperables en que haya incurrido, previa solicitud por escrito, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, limitándose según corresponda a los conceptos establecidos en la fracción I, del artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA CUARTA. RESCISIÓN
“EL CENACE” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
a) La contravención a los términos pactados para la prestación de los servicios, establecidos en el presente contrato.
b) Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
c) Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “EL CENACE”
d) Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de los servicios del presente contrato.
e) Si no se realiza la prestación de los servicios en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos.
f) Si no proporciona a los Órganos de Fiscalización, la información que le sea requerida con motivo de las auditorías, visitas e inspecciones que realicen;
g) Si es declarado en concurso mercantil, o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
h) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación, información o documentación proporcionada para efecto del presente contrato;
i) En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato y sus anexos o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento
j) Cuando "EL PROVEEDOR" y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “EL CENACE”
k) Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
l) Si la suma de las penas convencionales o las deducciones al pago, igualan el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este contrato cuando no se haya requerido la garantía de cumplimiento;
m) Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de
n) Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “EL CENACE”;
■
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “EL CENACE” comunicará por escrito a "EL PROVEEDOR" el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “EL CENACE” , en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer "EL PROVEEDOR" , determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a "EL PROVEEDOR" dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “EL CENACE” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión, o los que resulten a cargo de "EL PROVEEDOR"
Iniciado un procedimiento de conciliación “EL CENACE” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se realiza la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “EL CENACE” de que continúa vigente la necesidad de la prestación de los servicios, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“EL CENACE” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “EL CENACE” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no rescindirse el contrato, “EL CENACE” establecerá con "EL PROVEEDOR" , otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, aplicando las sanciones correspondientes. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
No obstante, de que se hubiere firmado el convenio modificatorio a que se refiere el párrafo anterior, si se presenta de nueva cuenta el incumplimiento, “EL CENACE” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, o rescindirlo, aplicando las sanciones que procedan.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a "EL PROVEEDOR" se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51, párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL CENACE”
VIGÉSIMA QUINTA. RELACIÓN Y EXCLUSIÓN LABORAL
"EL PROVEEDOR" reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervienen en la prestación del servicio, deslindando de toda responsabilidad a “EL CENACE” respecto de cualquier reclamo que en su caso puedan efectuar sus trabajadores, sea de índole laboral, fiscal o de seguridad social y en ningún caso se le podrá considerar patrón sustituto, patrón solidario, beneficiario o intermediario.
"EL PROVEEDOR" asume en forma total y exclusiva las obligaciones propias de patrón respecto de cualquier relación laboral, que el mismo contraiga con el personal que labore bajo sus órdenes o intervenga o contrate para la atención de los asuntos encomendados por “EL CENACE” , así como en la ejecución de los servicios.
Para cualquier caso no previsto, "EL PROVEEDOR" exime expresamente a “EL CENACE” de cualquier responsabilidad laboral, civil o penal o de cualquier otra especie que en su caso pudiera llegar a generarse, relacionado con el presente contrato.
Para el caso que, con posterioridad a la conclusión del presente contrato, “EL CENACE” reciba una demanda laboral por parte de trabajadores de "EL PROVEEDOR" , en la que se demande la solidaridad y/o sustitución patronal a “EL CENACE” , "EL PROVEEDOR" queda obligado a dar cumplimiento a lo establecido en la presente cláusula.
VIGÉSIMA SEXTA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la convocatoria a la licitación pública, la invitación a cuando menos tres personas, o la solicitud de cotización y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria, invitación o solicitud respectiva, de conformidad con el artículo 81, fracción IV del Reglamento de la “LAASSP”.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato podrán someterse al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento.
VIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal.
VIGÉSIMA NOVENA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, sus anexos que forman parte integral del mismo, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; Código Civil Federal; Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Código Federal de Procedimientos Civiles; Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
TRIGÉSIMA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México , renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
En esta parte se formaliza el documento suscribiéndolo, señalando en forma clara el lugar y la fecha en que se suscribe, el nombre, cargo y firma de las partes y representantes, tiene relación con lo establecido en el proemio, en las declaraciones en los puntos 1.2 y 2.2.
Por lo anterior expuesto, “EL CENACE” y "EL PROVEEDOR" , manifiestan estar conformes y enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
"EL CENACE"
NOMBRE | CARGO | R.F.C |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | SUBDIRECTOR DE AREA | NERE701206BD9 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | SUBGERENTA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN | ROME821011FX2 |
POR:
"EL PROVEEDOR"
NOMBRE | R.F.C |
ENERGY AND AIR CONDITIONING S DE RL DE CV | EAC1908014Y6 |
Cadena original:
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Firmante: XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX Número de Serie: 00001000000511397570
RFC: ROME821011FX2 Fecha de Firma: 12/05/2023 14:18
Certificado:
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Firmante: XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Número de Serie: 00001000000502766798
RFC: NERE701206BD9 Fecha de Firma: 12/05/2023 14:31
Certificado:
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Firmante: ENERGY AND AIR CONDITIONING S DE RL DE CV Número de Serie: 00001000000500963855
RFC: EAC1908014Y6 Fecha de Firma: 15/05/2023 09:48
Certificado:
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Firma:
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SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE AIRES ACONDICIONADOS DE PRECISIÓN DE ZONAS CRÍTICAS DE LA GERENCIA DE CONTROL REGIONAL PENINSULAR DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA.
Criterio de Evaluación | ||
Binario | Puntos o Porcentajes | Costo-Beneficio |
X |
Objeto de la Contratación |
Servicio de Mantenimiento de Aires Acondicionados de Zonas Críticas de la Gerencia de Control Regional Peninsular para 2023, en adelante “LOS SERVICIOS”. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
1 | 1 | 1.1 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 20 TR “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 20 TR correspondiente a la “Tabla 1.1 Aires Acondicionados Partida 1” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM-001- SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 1.1.1 VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores, lámparas. d) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R407C e) Medición de parámetros eléctricos. 1.1.2 FILTROS DE AIRE f) Limpieza de filtros al exterior de edificio, así como del área utilizada para tal efecto. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 1.1.3 CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la condensadora y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Revisión de ventilador EC fan, contactores, cableado, fusibles, variador, tarjeta de control. k) Reapriete de tornillería. 1.1.4 CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
l) Limpieza del sistema de desagüe retirando mangueras del interior del equipo para su adecuada limpieza en un área exterior del edificio (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). m) Se deberá aplicar aire a presión en tubería PVC al inicio de su conexión con el sistema de desagüe para expulsar residuos al extremo exterior y posteriormente reinstalar mangueras al sistema. n) Verificación del estado y funcionamiento de detector de derrame de líquidos. o) Verificación final y prueba del sistema de desagüe. | ||
1.1.5 CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO p) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en las tuberías. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. q) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. r) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. | ||
1.1.6 EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO s) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. t) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. | ||
1.1.7 ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: u) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. v) Resultados de medición de parámetros. w) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. x) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado | ||
1.2 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 20 TR | ||
2 | “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 20 TR correspondiente a la “ Tabla 1.1 Aires Acondicionados Partida 1” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
1.2.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores, lámparas. d) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R407C e) Medición de parámetros eléctricos. 1.2.2. FILTROS DE AIRE f) Reemplazo de todos los filtros del equipo utilizando filtros originales y nuevos de grado MERV8 como mínimo. Deberán presentarse sellados con etiqueta que indique su grado o entregar evidencia que avale la autenticidad y grado de estos. 1.2.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la condensadora y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Revisión de ventilador EC fan, contactores, cableado, fusibles, variador, tarjeta de control. k) Reapriete de tornillería. 1.2.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS l) Limpieza del sistema de desagüe retirando mangueras del interior del equipo para su adecuada limpieza en un área exterior del edificio (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). m) Se deberá aplicar aire a presión en tubería PVC al inicio de su conexión con el sistema de desagüe para expulsar residuos al extremo exterior y posteriormente reinstalar mangueras al sistema. n) Verificación del estado y funcionamiento de detector de derrame de líquidos. o) Verificación final y prueba del sistema de desagüe. 1.2.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO p) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en las tuberías. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. q) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. r) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
1.2.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO s) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. t) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 1.2.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: u) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. v) Resultados de medición de parámetros. w) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. x) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado. | ||
INFORMACIÓN DE REFERENCIA NOMBRE TIPO DE CAPACIDAD 1ER PERÍODO 2DO PERÍODO DEL EQUIPO (TR) MARCA MODELO (PARTIDA Y (PARTIDA Y EQUIPO POSICIÓN) POSICIÓN) ZC0-01 Perimetral 20 XXXXXXX DS070ADD1EI 1.1 1.2 ZC0-02 Perimetral 20 XXXXXXX DS070ADD1EI 1.1 1.2 Tabla 1.1 Aires de Precisión Partida 1 PERÍODO DE SERVICIO FECHAS DE EJECUCIÓN 1ER PERÍODO Del 02 al 12 xx xxxx de 2023 2DO PERÍODO Del 16 al 27 de octubre de 2023 Tabla 1. 2 Período de Servicios Partida 1 | ||
2 | 1 | 2.1. SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR (TARJETA DE VENTILADORES) “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 3 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.1.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo: evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. e) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R410A. 2.1.2. FILTROS DE AIRE f) Lavar los filtros al exterior de edificio, así como la posterior limpieza del área utilizada. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 2.1.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.1.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS k) Verificación del sistema de desagüe. l) Limpieza de charola, sensor flotador y mangueras de desagüe. m) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide la correcta operación de la bomba de condensados y sensor flotador. n) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.1.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO o) Suministro e instalación de tarjeta controladora para ventiladores de condensadora modelo I- HCAT 0051. p) Pruebas del correcto funcionamiento y monitoreo de ventiladores de condensadora sin que se presenten alarmas en el equipo. q) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. r) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. s) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.1.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO t) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
u) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.1.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: v) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. w) Resultados de medición de parámetros eléctricos, refrigerante y aceite. x) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. y) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado. En caso de persistir alarmas y ser requerida alguna refacción no considerada en este anexo técnico para el restablecimiento del funcionamiento del equipo, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá entregar un diagnóstico que indique la o las refacciones requeridas para el restablecimiento del correcto funcionamiento del equipo. | ||
2 | 2.2. SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR (SENSOR FLOTADOR) “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 3 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.2.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo: evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. e) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R410A. 2.2.2. FILTROS DE AIRE f) Lavar los filtros al exterior de edificio, así como la posterior limpieza del área utilizada. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 2.2.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.2.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS k) Instalación de bomba para condensados (proporcionada por personal del CENACE) xxxxx Xxxxxxxxx modelo SI-33. l) Suministro e instalación de bloque de detección (sensor flotador) para bomba de condensados mencionada en el inciso anterior. m) Interconexión de bomba de condensados, bloque de detección y mangueras de desagüe a exterior proporcionando las mangueras internas requeridas. n) Verificación del sistema de desagüe. o) Limpieza de charola y mangueras de desagüe. p) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide la correcta operación de la bomba de condensados y sensor flotador. q) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.2.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO r) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. s) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. t) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.2.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO u) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. v) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.2.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: w) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. x) Resultados de medición de parámetros eléctricos, refrigerante y aceite. y) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. z) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
INFORMACIÓN DE REFERENCIA Figura 1. 1 Bloque de detección (sensor flotador) Es responsabilidad de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” verificar la compatibilidad de las refacciones con el equipo de aire acondicionado, así como de contar con todo lo necesario para la correcta instalación, configuración y puesta en servicio de las refacciones | ||
3 | 2.3. SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR (DESCONTAMINACIÓN) “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 3 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.3.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo: evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. e) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R410A. 2.3.2. FILTROS DE AIRE f) Lavar los filtros al exterior de edificio, así como la posterior limpieza del área utilizada. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 2.3.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
j) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.3.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS k) Verificación del sistema de desagüe. l) Limpieza de charola, sensor flotador y mangueras de desagüe. m) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide la correcta operación de la bomba de condensados y sensor flotador. n) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.3.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO o) Tratamiento de limpieza de interconexión mecánica interna para eliminar contaminación. p) Reemplazo de mirilla y filtro deshidratador. q) Carga de refrigerante R410A nuevo. r) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. s) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. t) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.3.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO u) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. v) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.3.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: w) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. x) Resultados de medición de parámetros eléctricos, refrigerante y aceite. y) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. z) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado. En caso de persistir alarmas por eventos de presión y ser requerida alguna refacción no considerada en este anexo técnico para el restablecimiento del funcionamiento del equipo, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá entregar un diagnóstico que indique la o las refacciones requeridas para el restablecimiento del correcto funcionamiento del equipo. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
4 | 2.4. SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 5 TR (DESCONTAMINACIÓN) “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 5 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.4.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo: evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. e) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R410A. 2.4.2. FILTROS DE AIRE f) Lavar los filtros al exterior de edificio, así como la posterior limpieza del área utilizada. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 2.4.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.4.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS k) Verificación del sistema de desagüe. l) Limpieza de charola y tuberías de desagüe. Ajustar inclinación de trayectoria y colocar trampa al final de tubería para evitar el ingreso de insectos y animales en esta. Posteriormente restablecer conexiones. m) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide su correcta operación. n) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.4.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO o) Tratamiento de limpieza de interconexión mecánica interna para eliminar contaminación. p) Reemplazo de mirilla y filtro deshidratador. q) Carga de refrigerante R410A nuevo. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
r) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. s) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. t) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.4.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO u) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. v) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.4.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: w) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. x) Resultados de medición de parámetros eléctricos, refrigerante y aceite. y) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. z) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado. En caso de persistir alarmas por eventos de presión y ser requerida alguna refacción no considerada en este anexo técnico para el restablecimiento del funcionamiento del equipo, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá entregar un diagnóstico que indique la o las refacciones requeridas para el restablecimiento del correcto funcionamiento del equipo. | ||
5 | 2.5. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 5 TR “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 5 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.5.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. e) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R410A. 2.5.2. FILTROS DE AIRE f) Lavar los filtros al exterior de edificio, así como la posterior limpieza del área utilizada. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 2.5.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.5.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS k) Verificación del sistema de desagüe. l) Limpieza de charola y mangueras de desagüe. m) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide su correcta operación. n) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.5.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO o) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. p) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. q) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.5.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO r) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. s) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.5.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: t) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
u) Resultados de medición de parámetros eléctricos, refrigerante y aceite. v) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. w) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado. | ||
6 | 2.6. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 8 TR “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 8 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.6.1 VERIFICACIÓN GENERAL EL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. e) Verificación de presión de gas refrigerante y aceite. Rellenar en caso de ser requerido con refrigerante R410A. 2.6.2 FILTROS DE AIRE f) Lavar los filtros al exterior de edificio, así como la posterior limpieza del área utilizada. (El área en donde se realice la limpieza deberá ser autorizada por el “Área Técnica”). 2.6.3 CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN g) Comprobar el estado del intercambiador. h) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. i) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. j) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.6.4 CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS k) Verificación del sistema de desagüe. l) Limpieza de charola, sensor flotador y mangueras de desagüe. m) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide la correcta operación de la bomba de condensados y sensor flotador. n) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.6.5 CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
o) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. p) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. q) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.6.6 EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO r) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. s) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.6.7 ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: t) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. u) Resultados de medición de parámetros eléctricos, refrigerante y aceite. v) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. w) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado. | ||
7 | 2.7. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 3 TR “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 3 TR correspondiente a la “ Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.7.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
2.7.2. FILTROS DE AIRE e) Reemplazo de todos los filtros del equipo utilizando filtros originales y nuevos de grado G4 como mínimo. Deberán presentarse sellados con etiqueta que indique su grado o entregar evidencia que avale la autenticidad y grado de estos. 2.7.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN f) Comprobar el estado del intercambiador. g) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. h) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. i) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.7.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS j) Verificación del sistema de desagüe. k) Limpieza de charola y mangueras de desagüe. l) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide la correcta operación de la bomba de condensados y sensor flotador. m) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.7.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO n) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. o) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. p) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.7.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO q) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. r) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.7.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: s) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. t) Resultados de medición de parámetros. u) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
v) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado | ||
8 | 2.8. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 5 TR “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 5 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.8.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. 2.8.2. FILTROS DE AIRE e) Reemplazo de todos los filtros del equipo utilizando filtros originales y nuevos de grado G4 como mínimo. Deberán presentarse sellados con etiqueta que indique su grado o entregar evidencia que avale la autenticidad y grado de estos. 2.8.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN f) Comprobar el estado del intercambiador. g) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. h) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. i) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurar que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.8.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS j) Verificación del sistema de desagüe. k) Limpieza de charola y mangueras de desagüe. l) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide su correcta operación. m) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.8.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO n) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
o) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. p) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.8.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO q) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. r) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.8.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: s) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. t) Resultados de medición de parámetros. u) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. v) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado | ||
9 | 2.9. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN DE 8 TR “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará el servicio de mantenimiento de un equipo de aire acondicionado de precisión de 8 TR correspondiente a la “Tabla 2.1 Aires Acondicionados Partida 2” siguiendo las recomendaciones en las normas de referencia (NOM- 001-SEDE-2012 y NOM-001-STPS-2008) cumpliendo con las especificaciones y recomendaciones del manual de “EL FABRICANTE” de los equipos incluyendo como mínimo: 2.9.1. VERIFICACIÓN GENERAL “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la verificación general del estado del equipo al iniciar y finalizar el servicio de mantenimiento incluyendo: a) Verificación del estado físico de los elementos externos del equipo evaporadora, condensadora, tuberías de cobre, válvulas. b) Revisión de parámetros de operación. c) Verificación del estado físico de los elementos internos del equipo de evaporadora y condensadora: resistencias, charola de condensados, compresores, sensores de temperatura, válvulas, ventiladores. d) Medición de parámetros eléctricos. 2.9.2. FILTROS DE AIRE |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
e) Reemplazo de todos los filtros del equipo utilizando filtros originales y nuevos de grado G4 como mínimo. Deberán presentarse sellados con etiqueta que indique su grado o entregar evidencia que avale la autenticidad y grado de estos. 2.9.3. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS BATERÍAS DE CONDENSACIÓN f) Comprobar el estado del intercambiador. g) Retirar el material acumulado en la batería y lavar con agua a presión. h) Lavado de mediana presión sobre los serpentines de la condensadora. i) Verificar que las baterías condensadoras sean capaces de ofrecer el máximo intercambio térmico del equipo y realizar los ajustes necesarios, asegurando que el equipo no se bloquee por alarmas de presión. 2.9.4. CONTROL Y LIMPIEZA DE LAS DESCARGAS j) Verificación del sistema de desagüe. k) Limpieza de charola y mangueras de desagüe. l) Prueba del sistema de desagüe en la que se valide la correcta operación de la bomba de condensados y sensor flotador. m) Limpieza y prueba de sensor de detección de líquidos. 2.9.5. CONTROL DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL CIRCUITO FRIGORÍFICO n) Verificación visual de la instalación y tuberías del circuito de refrigeración validando que no exista oxidación o corrosión en estas. De ser necesario reemplazar recubrimiento flexible y cubrir con cinta reflejante o en su defecto aplicar pintura antioxidante en tuberías para evitar esta corrosión. o) En caso de detectarse fugas, estas deberán ser reparadas realizando el protocolo de prueba de fugas por 24hr con 500 lb de nitrógeno, y posteriormente realizar la carga del refrigerante requerido. p) Validar que la configuración de setpoint de temperatura, humedad, deshumidificación y potencia de ventiladores sea la adecuada para el correcto desempeño del equipo, así como para el control de las variables de temperatura y humedad en sitio. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con todo lo necesario para la configuración correspondiente de los parámetros requeridos. 2.9.6. EXAMEN GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO q) Realizar checklist que incluya mediciones eléctricas y parámetros de operación. r) Validar el funcionamiento del equipo en conjunto con personal del CENACE. 2.9.7. ELABORACIÓN DE REPORTE “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá realizar y entregar en formato digital por medio de correo electrónico, un reporte técnico en hojas membretadas de los trabajos realizados, los cuales deberán ser entregados a conformidad del “Área Técnica”, incluyendo como mínimo la siguiente información: s) Resultado de pruebas y diagnósticos realizados. t) Resultados de medición de parámetros. u) Reporte fotográfico de las actividades realizadas con descripción de estas. v) Observaciones y recomendaciones que contribuyan al buen funcionamiento del equipo de aire acondicionado |
Partida (s) | Pos. | Descripción Técnica del Objeto |
INFORMACIÓN DE REFERENCIA NOMBRE DEL TIPO CAPACIDAD PE 1ER O PE2DO O DE MARCA MODELO RÍOD RÍOD EQUIPO EQUIPO (TR) (PARTIDA Y (PARTIDA Y POSICIÓN) POSICIÓN) ZC1-03 Inrow 8 CLIMAVENETA CRCX-I 0121 2.6 2.9 ZC4-01 Split 5 CLIMAVENETA I-HED 0071 2.4 2.8 ZC1-04 Inrow 3 CLIMAVENETA CRCX-I 0051 2.1 2.7 ZC2-01 Inrow 3 CLIMAVENETA CRCX-I 0051 2.2 2.7 ZC3-01 Inrow 3 CLIMAVENETA CRCX-I 0051 2.3 2.7 ZC5-01 Split 5 CLIMAVENETA I-HED 0071 2.5 2.8 ZC1-01 Inrow 8 CLIMAVENETA CRCX-I 0121 2.6 2.9 ZC1-02 Inrow 8 CLIMAVENETA CRCX-I 0121 2.6 2.9 Tabla 2. 1 Aires Acondicionados Partida 2 PERÍODO DE SERVICIO FECHAS DE EJECUCIÓN 1ER PERÍODO Del 15 al 26 xx xxxx de 2023 2DO PERÍODO Del 30 de octubre al 10 de noviembre de 2023 Tabla 2. 2 Período de Servicios Partida 2 |
CENACE. - Centro Nacional de Control de Energía.
GCRP. - Gerencia de Control Regional Peninsular
ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V. - La persona, compañía o entidad que celebra el presente contrato de servicios.
EL FABRICANTE. – Entidad productora de los aires acondicionados de precisión según corresponda en cada partida y posición.
IMSS. - Instituto Mexicano del Seguro Social SHCP. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público. NOM. - Normas Oficiales Mexicanas.
TR. - Tonelada de Refrigeración
Normas de Referencia.
NMX-SAST-001-IMNC-2008: Seguridad y Salud en el trabajo.
NOM-001-SEDE-2012: Instalaciones eléctricas (utilización).
NOM-001-STPS-2008: Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-condiciones de seguridad
Definiciones, Acrónimos y Abreviaturas
Plazo, Lugar y Condiciones de Entrega | ||||||
Plazo | Partida 1: En 2 entregas de acuerdo con el calendario del presente Anexo Técnico. (Tabla 1.2 Período de Servicios Partida 1). Partida 2: En 2 entregas de acuerdo con el calendario del presente Anexo Técnico. (Tabla 2.2 Período de Servicios Partida 2). | |||||
Lugar | En las instalaciones del CENACE de la Gerencia de Control Regional Peninsular en Xxxxx 00 # 000-A entre 1 y 1 bis fraccionamiento Xxxxxxx Xxxxxxxx, C.P. 97115, Mérida, Yucatán, México. | |||||
Condiciones | 1. Condiciones Generales 1.1. La jornada laboral será de 8 horas, considerando de 8:00 a 16:00 de lunes a viernes. 1.2. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá contar con el material, herramientas, suministros, equipo de medición y pruebas, equipo de protección personal y demás equipamiento que sea necesario para la correcta prestación de “LOS SERVICIOS” y éstos no podrán ser resguardados en las instalaciones de la “GCRP”. 1.3. Proteger el mobiliario, los equipos de oficina, equipos de TIC’s mediante el suministro y colocación del material que sea requerido para recubrimiento de muebles y equipos existentes alrededor de la zona de ejecución de “LOS SERVICIOS”. Esta actividad se realizará antes de efectuar maniobras en plafones o paredes y en cualquier área que sea requerido. Posteriormente, deberá realizar el retiro de dicho material. 1.4. Todos los gastos por concepto de viáticos, traslados de personal, herramienta o material propios o de un tercero serán responsabilidad de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.”. 1.5. En caso de afectar físicamente las instalaciones de la “GCRP”, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá reparar el daño causado sin costo alguno para “EL CENACE” siendo esta reparación llevada a cabo dentro de los tiempos del contrato dejando las instalaciones en las mismas condiciones (incluyendo acabados), en las que se encontraba previo a los trabajos realizados por “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.”. 1.6. No deberá dejar marcas, logotipos o alguna referencia dentro o fuera del equipo que permita identificarle como el que llevó a cabo los trabajos de mantenimiento. 2. Condiciones de Aceptación de Entrega Para un adecuado seguimiento de la entrega de “LOS SERVICIOS”, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” realizará la entrega de los documentos indicados en la “ Tabla 3.1 Entregables” enviando cada uno de manera electrónica para su aprobación por parte del “Área Técnica” en los tiempos de entrega indicados en la tabla. Los “Tiempos de entrega”, de los documentos de la “ Tabla 3.1 Entregables” , podrán ser ajustados con “EL CENACE” durante las reuniones de trabajo de ser requerido por necesidades de la ejecución de “LOS SERVICIOS”, toda modificación deberá ser documentada en minutas sin que estos modifiquen el periodo de entrega de “LOS SERVICIOS”. | |||||
ID | Entregable | Contenido | Tiempo de entrega | |||
E.1 | Coordinador General de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” | Carta membretada y firmada por el representante legal donde “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” designe a un Coordinador General. (De acuerdo con el numeral 2.1 Coordinador General de este apartado). | Hasta 5 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la notificación del fallo. Entrega única. |
E.2 | Plan de actividades | Documento en hoja membretada y firmada por el Coordinador General designado por “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.”. (De acuerdo con el numeral 2.2 Plan de Actividades de este apartado). | Hasta 5 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la notificación del fallo. Entrega única. | |||
E.3 | Relación de Personal | Documento en hoja membretada de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” firmada por el Coordinador General con listado del personal Técnico que ejecutará “LOS SERVICIOS”. (De acuerdo con el numeral 2.3 Relación de Personal de este apartado). | Hasta 5 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la notificación del fallo. Entrega única. | |||
E.4 | Garantía de Calidad del Servicio | Carta membretada y firmada por el representante legal de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” de acuerdo con los requerimientos descritos en la sección Condiciones, numeral 2.4 Garantía de Calidad del Servicio de este apartado. | A partir del día hábil siguiente de la entrega de “LOS SERVICIOS” a más tardar 2 días hábiles posteriores a la entrega de “LOS SERVICIOS”. Entrega por partida y periodo de servicio terminado, de acuerdo con las tablas 1. 2 período de Servicios Partida 1 y 2.2 período de Servicios Partida 2, respectivamente. | |||
Tabla 3. 1 entregables Descripción detallada: 2.1. Coordinador General Designar a un “Coordinador General”, indicando en el documento el nombre completo de la persona designada, puesto, número de localización y correo electrónico, quien será responsable de atender cualquier asunto relacionado con “LOS SERVICIOS”. De manera enunciativa más no limitativa, el Coordinador General tendrá las siguientes responsabilidades: 2.1.1. Presentar el plan de actividades en la primera reunión de planeación de los trabajos, la cual será acordada con el “Área Técnica” y debe llevarse a cabo máximo hasta 5 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la notificación del fallo. 2.1.2. Atender las controversias técnicas con el “Área Técnica” de “EL CENACE”, que se susciten con la entrega de “LOS SERVICIOS”. 2.1.3. Coordinar la implementación y seguimiento en sitio de la ejecución de “LOS SERVICIOS” de acuerdo con todas las condiciones del presente “ANEXO TÉCNICO”. 2.1.4. Informar de manera inmediata al “Área Técnica” de cualquier eventualidad que afecte el cumplimiento oportuno del presente “ANEXO TÉCNICO”. |
2.1.5. Dar seguimiento a la entrega al “Área Técnica” de cada uno de los documentos de la “Tabla
3.1 Entregables”.
2.2. Plan de actividades
Descripción del plan de trabajo a nivel actividades principales incluyendo fechas de estas, en hoja membretada de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” y firmada por el Coordinador General. Deberá considerar lo siguiente:
2.2.1. El cumplimiento del numeral “1. Condiciones generales” del presente apartado.
2.2.2. Ser por partida e incluir la descripción de las actividades a realizar para el mantenimiento con tiempos y tareas de ejecución, las cuales podrán ser reagendadas por la “GCRP” en caso de ser requerido para no afectar el control de temperatura de las zonas ante alguna contingencia.
2.2.3. Las actividades se deberán organizar de tal forma que, al término de cada jornada de trabajo, las zonas de los equipos a los que se realicen “LOS SERVICIOS”, cuenten con un ambiente controlado de temperatura.
2.3. Relación de personal
Documento que incluya:
2.3.1. Listado de personal para ingreso a las instalaciones de la “GCRP” que realizará “LOS SERVICIOS” con nombre completo y puesto.
2.3.2. En los casos de que “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” considere integrar personal de apoyo complementario para la realización de los “LOS SERVICIOS” deberá entregar de manera electrónica al “Área Técnica” la actualización del listado de personal con anticipación mínima de 1 días natural previo a presentarse en las instalaciones de la “GCRP”. En caso de reemplazo de personal, adicionalmente se deberá entregar la documentación correspondiente de competencia o habilidad que avale un nivel igual o superior al personal anterior en la capacidad de los recursos humanos.
2.3.3. Listado de herramientas que ingresará el personal para la realización de “LOS SERVICIOS” con cantidad y nombre, el cual será cotejado de manera diaria al ingreso y salida de este de las instalaciones de la “GCRP”.
2.3.4. Listado de vehículos en caso de que “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” requiera su acceso a las instalaciones de la “GCRP” cuyo fin será únicamente para carga/descarga de material o herramienta, incluyendo el modelo y número de placas de este. Para tal efecto, se deberá cumplir con las indicaciones que realice el personal de seguridad física, así como tener vigente el seguro para daños a terceros.
2.4. Garantía de Calidad del Servicio
La garantía por los trabajos realizados y el funcionamiento correcto de los equipos (Entregable E4) deberá ser por periodo de servicio ejecutado, de acuerdo con la tabla 1.2 – Período de Servicios Partida 1 y 2.2 – Período de Servicios Partida 2, respectivamente soportada con carta de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” en original, dirigida a “EL CENACE” y firmada por el representante legal en papel membretado. Esta garantía deberá tener como mínimo una vigencia de 12 meses a partir de la fecha de entrega satisfactoria de “LOS SERVICIOS”. Debe incluir respuesta ante fallas en el funcionamiento de los equipos derivado de los trabajos realizados, por vicios ocultos de éstos o del material suministrado por defectos de fabricación, refacciones, material utilizado y mano de obra, traslados de técnicos, así como para revisión o diagnósticos, sin costo alguno para “EL CENACE”. De conformidad con los artículos 53, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 96, segundo párrafo, de su Reglamento.
Tipo de Contrato | ||
Unidad de Medida | Cantidad Determinada | Contrato Abierto (Art. 47 de la LAASSP) |
Servicio | Aplica | No aplica |
Solo en caso de contratos abiertos | |||||
Unidad de Medida | Precio Unitario | Cantidad o Volúmenes Requeridos | Importe | ||
Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | ||
No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica |
Vigencia del Contrato |
A partir del día hábil siguiente de la notificación de fallo hasta el 30 de noviembre de 2023. |
Ejercicio Fiscal que abarcara la contratación | Anticipada conforme a lo establecido por el artículo 25 de la LAASSP | ||
Anual | Plurianual | Anual | Plurianual |
2023 | No Aplica | No Aplica | No Aplica |
No Aplica | No Aplica |
Nombre y cargo de los Servidores Públicos que serán responsables de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, y en su caso, realizarán la inspección y supervisión del mismo | ||
Nombre | Cargo | Actividad |
Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Subgerente de Tecnologías de la Información y Comunicaciones | “Administrador del Contrato” Administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato, así como resguardo de este. |
3. Niveles de servicio
“ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” debe:
3.1.1. Realizar las gestiones necesarias para efectuar los trabajos requeridos en el presente anexo.
3.1.2. La disposición final de desechos o residuos, en caso de existir, deberá ser fuera de las instalaciones de la “GCRP”, y su adecuado manejo será responsabilidad de “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.”.
3.1.3. No se aceptarán refacciones defectuosas, material defectuoso o reutilizado, así como, adaptaciones que modifiquen el diseño original de los equipos o sus componentes. Todas las refacciones deberán ser nuevas y compatibles con el equipo al que correspondan.
3.1.4. En el momento de la entrega, el equipo no deberá presentar alarma o falla alguna a causa de los trabajos que impida su correcto funcionamiento y puesta en servicio. El equipo debe entregarse totalmente operativo.
4. Tiempo de respuesta ante incidentes
Si durante los trabajos se presentara algún incidente que afecte la operación de la “GCRP”, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá tomar inmediatamente las medidas necesarias para corregir el incidente; y en dado caso de afectar físicamente la instalación, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” tendrá que reparar el daño causado sin costo alguno para “EL CENACE” siendo esta reparación llevada a cabo dentro de los tiempos del contrato.
Nombre y cargo de los Servidores Públicos que serán responsables de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, y en su caso, realizarán la inspección y supervisión del mismo | ||
Nombre | Cargo | Actividad |
Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Jefe del Departamento de Tecnologías de la Información | “Área Técnica” Verificar y recibir los entregables para cumplimiento de requisitos técnicos del servicio contratado y entregar las evidencias al Administrador del Contrato. |
Disponibilidad Presupuestaria | |||
De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Gerencia de Control Regional Peninsular cuentan con disponibilidad presupuestaria en: | |||
Partida Presupuestal | Denominación de la Partida Presupuestal conforme al Clasificador por Objeto del Gasto | ||
35701 | “Mantenimiento y conservación de maquinaria y equipo” | ||
Naturaleza de los Recursos | |||
Propios | Fiscales | Créditos Externos | Recursos de Terceros |
X | No aplica | No Aplica | No Aplica |
Forma de Adjudicación | ||||
Por Partida | Todas las partidas a un sólo licitante | Por Abastecimiento Simultáneo | ||
X | No Aplica | Número xx Xxxxxxx de Abastecimiento | No Aplica | |
Porcentajes asignados a cada una de ellas | Fuente 1 | Fuente 2 | Fuente N | |
Porcentaje diferencial en precio | No Aplica |
Se requiere que “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” proporcione equipo en Comodato | ||
Aplica | Equipo Requerido | |
SI | NO | |
X | No aplica |
Licencias, Permisos o Autorizaciones que debe cumplir la Contratación | |
Autoridad Emisora | Denominación |
No Aplica |
Normas Aplicables a la Contratación | ||
Norma Número | Denominación | Partida a la que Aplica |
NMX-SAST-001-IMNC-2008 | Seguridad y Salud en el trabajo | 1 y 2 |
NOM-001-STPS-2008 | Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-condiciones de seguridad. | 1 y 2 |
NOM-001-SEDE-2012 | Instalaciones eléctricas (utilización). | 1 y 2 |
Método de Pruebas e Institución Pública o Privada que realizará la evaluación del cumplimiento de Normas | |||
Aplica | Método | Unidad de Medida para la determinación | Institución que lo realizará |
No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica |
Aplica | Garantía de Cumplimiento | |
Si | No | |
X | Para garantizar a “EL CENACE”, el exacto cumplimiento de las obligaciones que “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” contraiga en virtud del CONTRATO que se derive del procedimiento de contratación, se obligan a otorgar garantia, a favor del Centro Nacional de Control de Energía equivalente al 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del CONTRATO, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá entregar dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la firma del CONTRATO. Las modificaciones en monto, plazo o vigencia del CONTRATO conllevarán el respectivo ajuste a la Garantía de cumplimiento cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por la garantía originalmente otorgada, para lo cual deberá estipularse en el convenio modificatorio respectivo el plazo para entregar la ampliación de garantía, el cual no deberá exceder de 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la firma de dicho convenio, así como la fecha de la prestación de “LOS SERVICIOS” para las cantidades adicionales. |
Aplica | Criterio de Divisibilidad o Indivisibilidad de la Garantía de Cumplimiento | Criterio | ||
Si | No | Divisible | Indivisible | |
X | Para efectos de este procedimiento de contratación y conforme al criterio de divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efectos de hacer efectiva la garantía de cumplimiento objeto del CONTRATO, se considera que la obligación contractual es: | X |
Aplica | Garantía por Defectos o Vicios Ocultos o Póliza de Responsabilidad Civil | ||
Si | No | ||
X | “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” queda obligado ante "EL CENACE" responder en caso de negligencia, mala fe, impericia y dolo, de la respuesta inmediata en la atención y prestación de "LOS SERVICIOS", así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el “CONTRATO” y en el presente "ANEXO TÉCNICO", lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. | ||
Garantía por Defectos o Vicios Ocultos | Póliza de Responsabilidad Civil | ||
No Aplica | Aplica | ||
Para garantizar a "EL CENACE", "EL PROVEDOR", se obliga a otorgar Póliza de Responsabilidad Civil expedida por institución legalmente autorizada, a favor del Centro Nacional de Control de Energía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del CONTRATO, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá entregar dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la firma del CONTRATO. |
Penas Convencionales | ||||
Aplica | Porcentaje (%) | Forma | Responsable de aplicar las penas | |
SI | NO | |||
X | 0.5% | “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” se obliga a pagar a "EL CENACE" una pena convencional equivalente al 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) por cada día natural de atraso sobre el importe de "LOS SERVICIOS" no otorgado oportunamente. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las penas convencionales serán documentadas y calculadas por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” y serán aplicadas por el Departamento de Finanzas de la Gerencia de Control Regional Peninsular de “EL CENACE". La suma de dichas penalizaciones no excederá del monto de la garantía de cumplimiento de “EL CONTRATO” o el 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto del CONTRATO; en caso de que la suma de las penas convencionales rebase este monto, "EL CENACE" podrá optar entre exigir el cumplimiento de “EL CONTRATO” o rescindirlo en los términos del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” acepta en forma expresa, que "EL CENACE" descuente el importe de las penas convencionales que en su caso se haya hecho acreedor de la facturación que presente para cobro. | Departamento de Finanzas de la Gerencia de Control Regional Peninsular de “EL CENACE". |
Forma y Datos de Facturación | |
Razón Social: | Centro Nacional de Control de Energía |
R.F.C. | CNC140828PQ4 |
Xxxxxxxxx Xxxxxx: | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, X.X. 01010, Ciudad de México, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx. |
La documentación para trámite de pago junto con la factura correspondiente y en caso necesario nota de crédito correspondiente, deberá presentarse en días hábiles de lunes x xxxxxx en horario de 08:00 a 15:30 horas, en la caja de la Gerencia de Control Regional Peninsular. | |
Documentació n a presentar por ENERGY AND AIR CONDITIONIN G S. DE R.L. DE C.V. para solicitud de pago: | Documentos para presentar junto con la factura en el trámite de pago (anexo 6 de pobalines): Documentos entregados por ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V. durante la elaboración del contrato al departamento de Adquisiciones 1. Acta constitutiva escaneada o acta de nacimiento en caso de persona física. 2. Carta de datos bancarios en hoja membretada, original y firma autografía del Representante Legal. Razón social Número de sucursal R.F.C. Número de cuenta CLABE. Dirección Responsable de facturación |
Forma y Datos de Facturación | |
Nombre del banco Teléfonos de contacto de facturación Número de cuenta bancaria Correo electrónico de facturación. 3. Copia de estado de cuenta donde se muestre nombre de la cuenta y clabe, actual (vigencia no mayor de 60 días). 4. Comprobante de Domicilio de la Empresa (vigencia no mayor de 60 días). 5. Copia de poder notarial del Representante Legal. 6. Identificación Oficial vigente (INE o PASAPORTE) del Representante Legal, quién firma la carta de datos bancarios. 7. Cedula de Identificación Fiscal RFC, donde muestre el domicilio fiscal. 8. Copia del contrato o convenio y del anexo técnico formalizado. 9. Un tanto original del contrato o convenio y del anexo técnico formalizado. 10. Copia del contrato registrado en SAP. 11. Fianza, garantía o póliza de responsabilidad civil de acuerdo con las condiciones del contrato. Responsable: C.P. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx: xxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; xxxx.xxx@xxxxxx.xxx.xx Documentos por tramitar el departamento de Adquisiciones una vez realizada la aceptación de los bienes o servicios por el Administrador de Contrato: 12. Movimiento de materiales y/o entrada de servicio en sistema SAP. Responsable: C.P. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx: xxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; xxxx.xxx@xxxxxx.xxx.xx Documentos por tramitar con administrador de contrato una vez realizada la aceptación de los bienes o servicios (elaborados por el administrador del contrato, se entregan al ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V. para que integre el expediente) 13. Acta de aceptación (Anexo 3 de pobalines), en caso de que los bienes sean de importación copia certificada u original del pedimento de importación de los equipos y sus números de serie. 14. Cálculo y firma de autorización de formato de deductivas y/o penalizaciones. Durante el periodo no se incurrió en ninguna deductiva y/o penalización, no se genera ningún documento. 15. Copia de Gafete Oficial Vigente del Administrador del Contrato. Responsable: Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Documentos por tramitar con el departamento de finanzas 16. Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en su representación impresa en formato PDF y archivo digital XML, emitido de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación vigente y de acuerdo con la normatividad del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea vigente con firma de autorización del personal facultado (administrador del contrato y/o titular del área usuaria) en representación impresa del comprobante fiscal o CFDI(S); se debe enviar a los correos electrónicos que indicará “EL CENACE”; datos de la factura: Razón Social: Centro Nacional de Control de Energía R.F.C. CNC140828PQ4 |
Forma y Datos de Facturación | |
Domicilio Fiscal: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. Método de pago: PPD Pago en parcialidades o diferido Forma de pago: 99 Otras formas de pago 17. Evidencia impresa de verificación del o los CFDI(S) en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). 18. Pantalla SAP de validación de suficiencia presupuestal. Responsable: C.P. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx |
El pago por “LOS SERVICIOS", se realizará por PERIODO DE SERVICIO TERMINADO en moneda nacional, mediante transferencia de fondos dentro de los 20 (VEINTE) días naturales contados a partir de la entrega y aceptación de la factura correspondiente y demás documentos en que conste la debida prestación de “LOS SERVICIOS", a entera satisfacción del “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El pago de “LOS SERVICIOS” contratados, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones a que, en su caso, haya sido acreedor, para lo cual deberá emitir la correspondiente nota de crédito.
"EL CENACE" no otorgará anticipos.
“ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deberá expedir la factura correspondiente con el Impuesto al Valor Agregado, debidamente desglosado.
Cuando se realice el pago por parte de “EL CENACE” vía transferencia bancaria, “EL CENACE” enviará a “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” el comprobante bancario de pago; y a su vez, “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” enviará el comprobante de complemento de pago correspondiente, a los correos electrónicos que indicará “EL CENACE”. De conformidad con los artículos 25 y 103 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como lo indicado en las guías de llenado de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet publicadas por el Servicio de Administración Tributaria.
Forma de Pago
Aplica | Deducciones | |
Si | No | |
X | "EL CENACE" aplicará a “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” deducciones al pago de "LOS SERVICIOS" con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que haya incurrido respecto a las partidas o conceptos que integran “EL CONTRATO”. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las deducciones serán documentadas y calculadas por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, debiendo informar de las mismas al Departamento de Finanzas de la Gerencia de Control Regional Peninsular de “EL CENACE" quien será el encargado de aplicarlas. La suma de dichas deducciones no excederá del monto de la garantía de cumplimiento de “EL CONTRATO”; en caso de que la suma de deducciones rebase este monto, "EL CENACE" podrá optar entre exigir el cumplimiento de “EL CONTRATO” o rescindirlo en los términos del artículo 54 de la Ley de |
Aplica | Deducciones | ||||
Si | No | ||||
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “ENERGY AND AIR CONDITIONING S. DE R.L. DE C.V.” acepta en forma expresa, que "EL CENACE" descuente el importe de las deducciones que en su caso se haya hecho acreedor mediante la emisión de Nota de Crédito para la aplicación en su factura que presente para cobro. | |||||
Aplica | Porcentaje (%) o Importe | Forma | Concepto | Responsable de aplicar las deductivas | |
SI | NO | ||||
X | 0.5% | Por cada día natural de atraso en el entregable 2.4 Garantía de Calidad del Servicio de la tabla “3.1 Entregables”. Sobre el monto de cada partida en el periodo de entrega que corresponda. | Condiciones de Aceptación de Entrega | Departamento de Finanzas de la GCRP |
Aplica | Prórrogas | |
SI | NO | |
X |
Aplica | Devoluciones | |
SI | NO | |
X |