COMPRAVENTA CON PACTO DE RETROVENTA
COMPRAVENTA CON PACTO DE RETROVENTA
Comparecen, por un lado , de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número nacionalidad , domiciliado en
No. y _ , que en el texto del presente documento se denominará EL VENDEDOR, y por otra parte
de
edad, con cédula de ciudadanía
, nacionalidad
domiciliado en No. y _ , que en adelante se designará como EL COMPRADOR, manifestaron que han convenido en celebrar un contrato de compraventa que se regulará por las disposiciones legales aplicables y en especial por las siguientes cláusulas:
Primera. Objeto. –
Que el VENDEDOR transmite al COMPRADOR a título de compraventa el bien inmueble ubicado en la ciudad de _ , al cual corresponden los siguientes linderos: .
Segundo. Tradición. -
Que el VENDEDOR es propietario del bien relacionado en la cláusula anterior, por haberlo adquirido mediante contrato de compraventa celebrado con
, según consta en la escritura pública número , otorgada ante la Notaría _ , el día de de e inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos el de de
.
Tercera. Situación del Inmueble. -
Que el inmueble objeto del presente contrato se encuentra libre de embargo, o limitación alguna de dominio. Sin embargo, en todo caso el VENDEDOR saldrá al saneamiento en caso de ser necesario.
Cuarta. Precio. -
Que el precio de la compraventa es la suma de $ USD ( ) que el COMPRADOR se compromete a pagar de la siguiente forma:
.
Quinta. Pacto de Retroventa. –
Que las partes acuerdan que el VENDEDOR se reserva la facultad de recobrar el bien inmueble que transmite por la presente convención, ejercitando el pacto de retroventa que aquí se estipula, en las condiciones, plazo y precio que a continuación se señala.
Sexta. Plazo. –
Que la facultad que se reserva el VENDEDOR podrá ser ejercida dentro de un plazo máximo de años, contados desde el otorgamiento de esta escritura.
Séptima. Precio de Retroventa. –
Los contratantes fijan como precio para la retroventa la suma de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS ($ ), cantidad que deberá pagar el VENDEDOR al COMPRADOR en el momento mismo de la entrega material del inmueble.
Octava. Preaviso. –
El VENDEDOR está en la obligación de dar aviso al COMPRADOR, por lo menos con meses de anterioridad a la fecha en que se ha decidido ejercer el derecho que la retroventa le confiere.
Novena. Transmisión del bien. –
El COMPRADOR se obliga a no enajenar el bien, salvo que el VENDEDOR lo admita de manera expresa y escrita y se inserte en el texto del respectivo documento público de enajenación la situación de estar afectado por el pacto de retroventa que ahora se celebra.
Decima. Prohibiciones–
La constitución de gravamen hipotecario queda prohibida y de efectuarse quedará resuelta una vez se dé cumplimiento al pacto de retroventa.
Décima Primera. Cláusula compromisoria. –
Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, será resuelta por un tribunal de arbitraje cuyo domicilio será en la ciudad de , integrado
por árbitros designados conforme a la ley.
Para constancia de este contrato Firman:
VENDERDOR COMPRADOR