ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO FORMATO DE ESTUDIOS PREVIOS SELECCION ABREVIADA MENOR CUANTÍA
ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO FORMATO DE ESTUDIOS PREVIOS SELECCION ABREVIADA MENOR CUANTÍA
“Contratar la prestación de servicios técnicos, logísticos y metodológicos, para capacitar a
través de procesos de formación enfocados a la participación, de manera virtual”
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
De conformidad con el Artículo 15 del Acuerdo Distrital 637 de 2016 el cual modifica el artículo 52 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, que a su tenor literal nos indica “El Sector Gobierno tiene la misión de velar por la gobernabilidad distrital y local, por la generación de espacios y procesos sostenibles de participación de los ciudadanos y ciudadanas y las organizaciones sociales, por la relación de la administración distrital con las corporaciones públicas de elección popular en los niveles local, distrital, regional y nacional; vigilar y promover el cumplimiento de los derechos constitucionales, así como de las normas relativas al espacio público que rigen en el Distrito Capital”
Es así que la Secretaría Distrital de Gobierno tiene por objeto “orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas encaminadas al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el ámbito distrital y local, mediante la garantía de los derechos humanos y constitucionales, la convivencia pacífica, el ejercicio de la ciudadanía, la promoción de la paz y la cultura democrática, el uso del espacio público, la promoción de la organización y de la participación ciudadana y la coordinación de las relaciones políticas de la Administración Distrital en sus distintos niveles”.
Que en el marco de la Ley 1757 del 2015, en su artículo 93, en el cual se estableció que el proceso de presupuesto participativo se realiza en fases, razón por la cual, el Decreto 768 del 2019 determinó el desarrollo del proceso en dos (2) fases establecidas en el artículo 15 denominado “Fases del proceso para la definición de los presupuestos participativos”.
Que de conformidad con el Decreto Distrital 768 de 2019 en su artículo 22 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, definirá el porcentaje y las líneas de inversión local que serán utilizadas bajo el esquema de presupuestos participativos, cada localidad priorizará las líneas de inversión, los conceptos de gasto, el porcentaje de recursos por línea, de conformidad con los límites aprobados por el CONFIS. El resultado de la priorización dará paso a la creación del acuerdo participativo.
Que el artículo 23 ibídem mencionó que lo establecido en las líneas de inversión, conceptos de gasto y los porcentajes de los presupuestos participativos en cada Localidad, serán registrados en un acta de acuerdos participativos. La Alcaldía Local incorporará lo estipulado en el acta de acuerdos participativos en las políticas y metas del Plan de Desarrollo Local durante el proceso de formulación y consolidación.
Que en el acta de Acuerdos Participativos fase dos, en relación a la meta de “Capacitar 500 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial” la propuesta radicada cómo TE031 denominada: Escuela de formación de líderes locales fue escogida con 109 votos por parte de la de ciudadanía de Teusaquillo.
Que el Plan de Desarrollo Local de la Alcaldía de Teusaquillo “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI” adoptado mediante Acuerdo No. 002 de 2021, establece que serán objetivos del propósito Numero 5, CONSTRUIR BOGOTÁ – REGIÓN CON GOBIERNO ABIERTO, TRANSPARENTE Y CIUDADANÍA, 1. Fomentar los procesos de veeduría y control social en la localidad., 2. Fortalecer las instancias de participación comunal. 3. Incentivar los procesos organizacionales y de participación ciudadana para la toma de decisiones públicas. 4. Fortalecer las instancias y mecanismos de participación ciudadana barrial y local, con énfasis en jóvenes y asociatividad productiva. 5. Fortalecer el trabajo institucional de manera articulada con todas las entidades del distrito. 6. Fortalecer y articular las acciones de inspección, vigilancia y control en la localidad., dentro del cual se encuentra el programa FORTALECIMIENTO DE CULTURA CIUDADANA Y SU INSTITUCIONALIDAD y el Proyecto 2158 denominado “TEUSAQUILLO, UN NUEVO CONTRATO SOCIAL PARA LA PARTICIPACIÓN”
1.2 CONVENIENCIA DE LA CONTRATACIÓN
Que en el proyecto de inversión 2158 “Teusaquillo, un nuevo contrato social para la Participación” apunta al cumplimento de la meta capacitar 500 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial, cual deriva en que el presente proceso de contratación se encuentra acorde con las directrices establecidas en el Plan De Desarrollo Local
Por otra parte, el Decreto 374 de 2019 del 21 xx xxxxx de 2019 en su artículo primero “Delegación de la facultad de contratación” establece “Delegar en los Alcaldes o Alcaldesas Locales la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, de acuerdo con la estructura establecida en el Plan de Desarrollo Local que esté vigente.”.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, existe la necesidad de adelantar un proceso de contratación tendiente al alcance de la meta asociada a la meta de “Capacitar 500 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial”.
2. OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
2.1.) OBJETO: El contrato que se pretende celebrar tendrá por objeto “Contratar la prestación de servicios técnicos, logísticos y metodológicos, para capacitar a través de procesos de formación enfocados a la participación, de manera virtual”
2.1.1.) LÍNEA DE INVERSIÓN: Participación ciudadana y construcción de confianza / Desarrollo social y cultural
2.1.2) CONCEPTO DE GASTO: Escuelas y procesos de formación para la participación ciudadana y/u organizaciones para los procesos de presupuestos participativos.
2.1.3) META PD. Capacitar 500 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial, para la vigencia 2021 se contempla la cobertura en 250 personas.
2.1.4) PROPUESTA VIABILIZADA EN PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS FASE II:
Escuela de formación de líderes locales TE 031.
2.2 ESPECIFICACIONES
2.2.1) ALCANCE DEL PROYECTO
En el marco del Plan de desarrollo local "NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA TEUSAQUILLO” El presente proyecto pretende dar cobertura a la meta propuesta para la vigencia 2021 asociada al proyecto 2158 “Teusaquillo, un nuevo contrato social para la Participación” temas de participación enfocado en escuela de participación teniendo en cuenta los lineamientos técnicos, criterios y conceptos del sector participación, en cabeza del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal: IDPAC, así como la vinculación de los lineamientos la iniciativa propuesta por la comunidad en el marco de Presupuestos Participativos Fase II.
En concordancia se pretende a través del presente proceso lo siguiente:
• Aplicar las temáticas dispuestas a través de las orientaciones enmarcadas en los criterios de la escuela de formación del IDPAC.
• Suministro de elementos lúdico pedagógicos con el fin de apoyar las diferentes actividades derivadas del proceso de formación.
• Aplicación de conocimientos adquiridos en el marco de la participación, para crear espacios de incidencia y toma de decisiones.
• Fortalecer las relaciones de los ciudadanos con la administración local.
• Fomentar la participación de los actores locales a través de la apropiación de conocimientos académicos aplicables en las relaciones sociales.
• Fortalecer las relaciones entre la comunidad y la Alcaldía local.
• Brindar Formación y capacitación integral a los directivos, dignatarios, representantes, afiliados y beneficiarios de organizaciones sociales, comunitarias, comunales, propiedad horizontal e instancias y mecanismos de participación.
2.2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.2.2.1 POBLACIÓN OBJETIVO.
Personas de la comunidad perteneciente a organizaciones, Juntas de Acción Comunal, instancias y expresiones sociales ciudadanas y expresiones sociales ciudadanas y comunidad en general que residan o pertenezcan en la localidad de Teusaquillo. (mínimo 250 en cobertura del proyecto)
2.2.2.2 CRITERIOS DE ENFOQUE DIFERENCIAL.
En concordancia con la Resolución 1134 de 2018 “Por la cual se define y adopta la metodología para incorporar el enfoque poblacional-diferencial en los proyectos de inversión del Distrito Capital, en desarrollo del artículo 98 del Acuerdo 645 de 2016, y se dictan otras disposiciones.”
Por lo anterior se tendrán en cuenta los siguientes conceptos en el marco de la vinculación poblaciones y ejecución del proyecto.
• Grupo poblacional
• Sector social
• Vulnerabilidad
• Discriminación
• Intersectorial
• Igualdad
• Barreras de acceso
• Enfoque poblacional diferencial
De igual forma en la línea de la orientación de la política pública distrital en materia de participación.
• Población identidad mujeres o población transgénero.
• Condiciones étnicas: Comunidades negras, Afrodescendientes, Palenqueros, Raizales, Pueblos Indígenas o Comunidad Rrom.
• Condiciones sociales: Migrantes refugiados víctimas del conflicto armado, participantes en el proceso xx xxx, territorio rural, personas en condición de discapacidad, víctimas de violencia basada en género.
• Demás que pueda fijar cada localidad de acuerdo con sus características necesidades.
Acciones afirmativas (Según sentencia C 317 de 2000 “Políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan o bien de lograr que los miembros de un grupo sub representado, usualmente un grupo que ha sido discriminado tengan una mayor representación”
2.2.2.3) LOCALIZACIÓN DEL UNIVERSO
Se tomará en cuenta como espacio de inversión y cobertura la localidad y la ciudadanía de Teusaquillo que resida, adelante actividades económicas y/o académicas en la localidad No. 13 de Teusaquillo, con la siguiente referenciación geográfica
UPZ | BARRIOS |
• Galerías UPZ100 • Teusaquillo UPZ 101 Xxxxx Xxxxxxx UPZ 104 • La Esmeralda UPZ 106 • Xxxxxx Xxxxxxx XXX 000 • Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx UPZ 109 | La Xxxxxxxxx, La Soledad, Cundinamarca, Xxxxxxx, Armenia, Galerías, El Campín, Nuevo Campín, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, la Ciudad Universitaria, Xxxxxxx Xxxxxx, Quinta Paredes, La Esmeralda, Xxxxx XX, Quirinal, San Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Ortezal, Camavieja, Gran América, Ciudad Salitre Oriental, El Salitre-Xxxxx y el CAN (Centro Administrativo Nacional) |
2.2.2.4) COMITÉ TÉCNICO DE SEGUIMIENTO
Conformación del Comité Técnico de Seguimiento:
• El alcalde/sa Local y/o quien este designe como apoyo a la supervisión,
• El Coordinador(a) del proyecto (por parte de Ejecutor)
Invitados
• Un representante de la comunidad (promotor)
• Un profesional del área de participación del FDLT,
• Un representante del Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal
La primera reunión del comité técnico de seguimiento se llevará a cabo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio, en la cual se fijarán los términos en que se reunirán durante la ejecución del contrato o según lo requiera el supervisor del contrato.
De forma adicional, se podrá invitar aquellas instituciones con presencia y/o trabajo en la localidad cuyas orientaciones o enfoque misional se requiera para el correcto desarrollo del comité y/o la ejecución del contrato.
Serán funciones del Comité Técnico de Seguimiento:
• Hacer seguimiento al desarrollo y cumplimiento de las obligaciones del contrato.
• Xxxxxxx y aprobar el plan de trabajo y cronograma y hacer seguimiento al mismo.
• Orientar al ejecutor sobre aspectos relacionados con las condiciones generales para la ejecución del contrato.
• Exponer las dificultades encontradas en el desarrollo de cada una de las etapas del proceso.
• Brindar apoyo y acompañamiento en las actividades del contrato.
• Servir como instancia de discusión y aclaración de las situaciones propias de la ejecución del contrato
• Servir como instancia inicial de discusión de conflictos que se puedan presentar en el desarrollo de la ejecución del mismo.
• Conocer y aprobar los escenarios (físicos o virtuales) propuestos para la realización de las actividades derivadas de la ejecución
• Conocer y aprobar los elementos solicitados en el presente proceso en cuanto a calidad y cantidad.
• Articular el Plan de Trabajo con las instancias que participan del proyecto, proyección de planes de contingencia (si se requieren), recurso humano y presupuesto asignado por actividad).
• Decidir las condiciones para las actividades que se adelantaran en el desarrollo del contrato.
• Evaluar las condiciones normativas y sanitarias en temas de bioseguridad
2.2.2.5) PLAN DE TRABAJO Y CRONOGRAMA.
El contratista elaborará y presentará a la Alcaldía Local de Teusaquillo un plan de trabajo con cronograma de actividades para la ejecución del contrato, que este en concordancia con los lineamientos, directrices y especificaciones de orden metodológico y operativo, el cual será aprobado en comité técnico.
El plan de trabajo deberá contener los siguientes puntos:
• Metodología de trabajo.
• Actividades desagregadas por fases o componentes del proyecto
• Cronograma de actividades
• Proyección de planes de contingencia.
• Recurso humano.
• Presupuesto Asignado por Actividad
2.2.2.5.1) CRONOGRAMA GENERAL
Cronograma | ||||
1 mes | 2 mes | 3 mes | 4 mes | |
Firma de acta inicio | ||||
Presentación de plana de trabajo y cronograma | ||||
Aprobación e inicio de actividades | ||||
Ejecución de los espacios académicos de formación | ||||
Presentación de informes | ||||
Sistematización de información y datos | ||||
Clausura | ||||
Liquidación |
2.2.2.6) BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES.
Los proyectos que se desarrollen en el marco del cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local 2021-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA
TEUSAQUILLO” no deben generar impactos negativos en el ambiente de la localidad, de esta manera deberán identificarse en todas las intervenciones a realizar los posibles impactos generados.
Así mismo, en cumplimiento de la Política xx Xxxx Xxxxx, que hace parte del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA- en los casos en que sea posible tanto para el desarrollo de actividades concernientes a los proyectos como para la presentación de informes de ejecución se deberá imprimir por ambas caras de cada hoja, utilizar papel biodegradable, no se utilizarán carpetas ni separadores de páginas y solo deben imprimirse los soportes que así lo exijan, los que puedan presentarse en medio digital se presentarán de esa manera.
En cuanto a los medios de convocatoria y difusión de la información de cada proyecto debe evaluarse la pertinencia, necesidad y eficacia de la utilización de medios impresos tales como afiches y volantes, imprimir solo la cantidad necesaria y en cuanto a la distribución de los afiches debe hacerse en lugares permitidos para evitar cualquier tipo de contaminación visual, no deberán hacerse convocatorias mediante perifoneo u otro tipo de actividades que pueda generar contaminación auditiva
2.2.2.7) PRESENTACIÓN ANTE LA JAL
Se dará cumplimiento al Acuerdo Local No. 005 de 2013, “Por el cual se invita a los contratistas de la Localidad de Teusaquillo a hacer presentación pública al inicio y al final de la ejecución de proyectos ante la Junta Administradora Local de Teusaquillo”.
Por lo anterior el ejecutor solicitara posterior a la firma del acta de inicio, el espacio de la presentación del proyecto ante la junta administradora local JAL de igual forma al terminar las actividades.
2.2.3 PROCESO DE FORMACIÓN
2.2.3.1 Descripción general
Se adelantarán 10 procesos de formación con el fin de capacitar la comunidad de Teusaquillo en diferentes áreas del conocimiento con un marcado enfoque en procesos de participación, incidencia y toma de decisiones teniendo en cuenta las directrices en términos de inclusión y los criterios de elegibilidad aplicables desde el sector en cabeza del IDPAC.
2.2.3.1) Criterios de elegibilidad aplicables
En concordancia con el documento denominado “CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD” para la formulación de proyectos de Inversión 2021 – 2024 suministrado por el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal -IDPAC- en su capítulo 8 “Criterios de elegibilidad, viabilidad y de enfoque de políticas públicas Modelo Escuela y procesos de formación para la participación ciudadana y/u organizaciones para los presupuestos participativos.” Aplicables para el cumplimiento de la meta propuesta desde la Alcaldía Local de Teusaquillo en el proyecto 2058 “Teusaquillo, un nuevo contrato social para la Participación” para la vigencia 2021 a continuación se presentan los criterios de elegibilidad aplicables para las actividades de formación contenidas en el proyecto.
2.2.3.1.1) Descripción (Fundamentos conceptuales y/o de enfoque)
La Escuela de Participación Ciudadana, tiene como objetivo formar a la ciudadanía dotándola de herramientas teóricas, metodológicas y de acción que incrementen su interés en los asuntos públicos y su incidencia propositiva y crítica a través de su participación y gestión organizada. Estas acciones se logran a través de la generación de escenarios de aprendizaje colaborativo que reconozcan las múltiples expresiones de la participación y reflexiones profundas sobre el involucramiento progresivo y constante de la ciudadanía en la gestión pública. La estrategia de formación de la Escuela se estructura en tres aspectos: la generación de planes de formación de largo aliento en el que sea posible evidenciar cambios y el fortalecimiento de capacidades democráticas en la ciudadanía; el desarrollo de ciclos temáticos que favorecen un sentido de coherencia sobre las herramientas y conocimientos que se adquieren con la formación; y, la implementación de escenarios de aplicabilidad donde se aborden problemas colectivos, se reconstruyan lazos de confianza entre la ciudadanía y la administración pública.
2.2.3.1.2.) Tipo de modalidad de formación
Según lo dispuesto en el documento de criterios de elegibilidad y vialidad y el análisis de costos y aplicabilidad en el manejo de la pandemia asociada al COVID 19 el tipo de modalidad de formación aplicable para este proceso será “Modalidad Virtual Asistida” la cual consiste en :procesos de formación en virtualidad asistida, para el cual el usuario debe contar con acceso a internet, así mismo
se enfoca a personas que necesitan apoyo para poder ganar autonomía en el manejo las plataformas existentes y que requieren acompañamiento pedagógico en tiempo real, es decir a través de actividades sincrónicas, usando una plataforma de encuentro. Con ello, no sólo consolidan capacidades en una temática de participación, sino que se reduce la brecha digital.
Distribuidos de la siguiente manera
Actividad | Intensidad horaria |
Aula Virtual | 18 horas |
Actividad autónoma con monitoria | 18 horas |
Cabe aclarar que las actividades de formación, corresponden a 10 actividades independientes en las cuales participaran en promedio 25 personas las cuales recibirán al mínimo 18 horas de capacitación en plataforma virtual de encuentro y 18 horas de acompañamiento por parte del monitor ya sea en plataforma o en acompañamiento virtual – telefónico.
Siendo así cada proceso de participación debe por lo menos contener 18 horas de conexión y 18 de monitoreo distribuidos según lo establecido en la metodología construida por el ejecutor y presenta al comité técnico de seguimiento para su aprobación.
2.2.4 INSTRUCTOR Y MONITOR
Para tal actividad se contará con un instructor y un monitor por cada uno de los grupos de formación teniendo en cuenta que el instructor acompañará a los ciudadanos en las clases virtuales y el monitor coordinará las actividades autónomas de forma remota con la siguiente intensidad horaria
Tipo de asistencia | Carga horaria | Responsable | Observaciones |
Aula Virtual | 18 horas | Profesor instructor | Actividad desarrollada en entorno virtual de reunión ( plataforma zoom, teams, meet o plataforma educativa especializada) con ayudas pedagógicas digitales |
Actividad autónoma con monitoria | 18 horas | Monitor /Profesor instructor | Actividad desarrollada en entorno virtual de reunión (plataforma zoom, teams, meet o plataforma educativa especializada) con ayudas pedagógicas digitales y/o con acompañamiento por mensajería de texto correos electrónicos y/o telefónica. |
2.2.5 COBERTURA Y TEMÁTICAS
En atención a la meta propuesta en términos de cobertura en el Plan de Desarrollo Local de Teusaquillo de 250 ciudadanos capacitados y en concordancia con las orientaciones del promotor de la iniciativa se adelantarán 10 espacios académicos de virtualidad (cursos de formación) desarrollados en plataformas digitales encuentro con una intensidad de 18 horas y 18 horas más en actividad autónoma con monitoreo.
Cada uno de los cursos deberá contener entre 20 y 30 estudiantes (ciudadanos) teniendo en cuenta la distribución de los mismo para la cobertura total de la meta de 250 ciudadanos.
2.2.6 TEMÁTICAS DE FORMACIÓN BÁSICAS
En atención a lo propuesto desde el proceso de constructores locales y el análisis de necesidades identificado en la localidad de Teusaquillo, se proponen las siguientes temáticas como base propuesta para el proceso de formación.
1. Ejecución participativa de proyectos
2. Formulación, seguimiento y evaluación de políticas públicas
3. Uso y manejo de herramientas tecnológicas (software contable).
4. Uso de plataformas digitales de encuentro
5. Construcción de políticas, proyectos, planes, programas e iniciativas para la Ciudad
6. Orientación normativa a consejeros y habitantes de propiedad horizontal
7. Presupuestos participativos Fase 1 y 2
8. Control social, veedurías ciudadanas observatorios.
9. Participación (instancias y normatividad)
10. Resolución de conflictos
Nota 1 : Las temáticas podrán variar en contenido y pertinencia, dichas temáticas serán evaluadas en el marco de la necesidad y pertinencia por parte del comité técnico de seguimiento antes y durante la aplicación de las mismas
Nota 2 El ejecutor se encargará de construir un contenido temático específico y pedagógico para cada uno de los cursos de formación, cual será presentado y aprobado a través de comité técnico de seguimiento
Nota 3 Se tendrá en cuenta de forma consultiva y analizados en Comité Técnico los resultados alcanzados a través de la herramienta de consulta de necesidades de formación local aplicada en la localidad.
2.2.7 Talento humano requerido para el componente
Para llevar a cabo el proyecto de capacitación es necesario contar con un equipo de trabajo con las siguientes características e integrantes.
2.2.7.1 COORDINADOR: (Cantidad 1) Ejercerá las funciones de coordinación del proyecto en general y será el puente directo entre la el fondo de desarrollo y el ejecutor
Funciones
1. Planear, coordinar y controlar todas las actividades pertinentes para el adecuado desarrollo de cada uno de los componentes del proyecto.
2. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales descritas en los estudios previos y el contrato.
3. Acompañar el proceso de desarrollo de las diferentes actividades previstas en cada uno de los componentes del proyecto.
4. Coordinar los miembros del equipo de trabajo que sean requeridos en cada uno de los componentes del proyecto.
5. Verificar que la convocatoria y la difusión del proyecto se realice en sitios de impacto y captación de beneficiarios para cada componente.
6. Diseñar una planilla que permita realizar una adecuada inscripción de las diferentes actividades según el componente.
7. Establecer canales de comunicación y participación permanente entre todos los actores que participan en el proyecto.
8. Orientar los procesos y procedimientos reales para la ejecución de los diferentes programas propuestos.
9. Velar por la oportuna entrega de materiales necesarios para la ejecución de cada componente donde ello se requiera.
10. Convocar a las presentaciones ante la comunidad la asistencia necesaria para garantizar el impacto real de la información en las diferentes comunidades.
11. Consolidar la información y los datos pertinentes en un informe final que dé cuenta de los resultados de la ejecución de los componentes del presente servicio.
12. Entregar informes a la supervisión e interventoría, con la periodicidad requerida
13. Asistir a las reuniones convocadas por el supervisor/a y/o interventor/a.
14. Entregar la información requerida por el/la supervisor/a y/o interventor/a según sea el caso.
15. Entregar oportunamente al supervisor y/o apoyo a la supervisión y/o interventoría, las bases de datos o información de la comunidad beneficiaria.
16. Mantener informado al supervisor y/o interventor sobre el estado del proyecto, logros, avances y dificultades en la ejecución.
17. Las demás acciones de su competencia que se requieran para garantizar la oportuna y adecuada ejecución del componente, así como de la ejecución del contrato.
18. Llevar a cabo la presentación del proyecto en todos sus componentes ante la Junta Administradora Local, así mismo presentar un informe final de ejecución ante dicha corporación.
19. Tener habilidades en el uso de plataformas xx xxxxx vía (Zoom, Teams, Meets platafomas y/o educativas especiadas)
2.2.7.2 AUXILIAR DE APOYO, (Cantidad 1) Ejercerá las funciones administrativas, propias y derivadas de un contrato de la ejecución de un contrato de esta naturaleza además de las siguientes funciones
Funciones
1. Convocar a la comunidad para que participe en el evento.
2. Apoyar la elaboración de las planillas, e inscripciones de participantes.
3. Apoyar en la logística para la inscripción de ciudadanos en las actividades del proyecto.
4. Controlar la entrega de elementos, de acuerdo a las cantidades y calidades estipuladas por el contrato.
5. Recoger y responsabilizarse del material utilizado en el desarrollo del evento desde su inicio hasta su finalización.
6. Sistematizar la información requerida de acuerdo a los formatos que suministre la Alcaldía local y el coordinador del componente
7. Las demás acciones de su competencia que se requieran para garantizar la oportuna y adecuada ejecución del componente y de la ejecución del contrato.
8. Tener habilidades en el uso de plataformas xx xxxxx vía (Zoom, Teams, Meets platafomas y/o educativas especializadas)
2.2.7.3 PROFESOR -INSTRUCTOR- (Cantidad 180 horas) Además de los aspectos administrativos propios del cargo y aquellas que considere pertinente la Alcaldía Local, el profesor formador deberá:
1. Diseñar una guía metodológica y/o un programa con el contenido de cada uno de los módulos a cargo que ya están estipulados en el presente anexo técnico.
2. Diseñar y estructurar la metodología de las clases con la claridad y especificidad necesaria para que el aprendizaje sea activo y eficiente, acorde a los beneficiarios.
3. Responsable del proceso formativo y de las herramientas pedagógicas físicas y/o virtuales acordes a la población beneficiaria del Proceso de Capacitación.
4. Construir una relación de confianza entre el aprendiz y el docente con el objetivo de generar un ambiente propicio para el aprendizaje de los temas.
5. Elaboración de los informes respectivos.
6. Sistematización de la experiencia.
7. Tomar registro audio visual y de las clases.
8. Diseñar la evaluación y retroalimentación de las clases y prácticas.
10. Preparación de las clases y prácticas del proceso de formación.
11. Suministrar todas las herramientas conceptuales relacionadas en el módulo.
12. Acompañar el proceso de aprendizaje.
13. Conocer y rescatar los relatos y significados presentes en la vida de los beneficiarios del proyecto.
14. Fomentar el trabajo en equipo de los beneficiarios del proyecto.
15. Acompañar y apoyar la conformación de los grupos.
16. Tener habilidades en el uso de plataformas xx xxxxx vía ( Zoom, Teams, Meets platafomas y/o educativas especializadas)
2.2.7.4 MONITOR: (Cantidad 180 horas) Además de los aspectos administrativos propios del cargo y aquellas que considere pertinente la Alcaldía Local, el monitor deberá:
1. Aplicar la guía metodológica en cada espacio académicos
2. Acompañar a los ciudadanos (estudiantes) en temáticas relacionadas a los contenidos temáticos aplicables
3. Xxxxxxx y tramitar las preguntas o requerimientos de los ciudadanos (estudiantes) en materia de información
4. Xxxxxxxxx las preguntas y/o requerimientos al profesor formador y /o coordinador en caso de que así se requiera
5. Aplicar el esquema de monitoreo para cada espacio de formación
6. Xxxxxxx y recaudar la información y/o elementos que el ciudadano estudiante remita al formador o coordinador
7. Atender llamadas orientadoras, app de mensajería de texto y correos electrónicos derivados del proceso de formación según sea la orientación del formador coordinador o supervisor
8. Construir una relación de confianza entre el aprendiz y el docente con el objetivo de generar un ambiente propicio para el aprendizaje de los temas.
9. Elaboración de los informes respectivos.
10. Sistematización de sus funciones
11. Tomar registro audio visual y de las clases. y/o asesorías (monitoreos)
12. Suministrar todas las herramientas conceptuales relacionadas en el módulo.
13. Acompañar el proceso de aprendizaje.
14. Conocer y rescatar los relatos y significados presentes en la vida de los beneficiarios del proyecto.
15. Fomentar el trabajo en equipo de los beneficiarios del proyecto.
16. Acompañar y apoyar la conformación de los grupos.
17. Tener habilidades en el uso de plataformas xx xxxxx vía (Zoom, Teams, Meets Platafomas y/o educativas especializadas)
Integrante del equipo de Trabajo | Perfil y Experiencia | Dedicación | Cantidad | Tipo de vinculación |
Coordinador | Profesional en áreas de las ciencias sociales, humanas, administrativas, Dos (2) años en coordinación de proyectos de formación o | Tiempo completo durante la duración del contrato | 1 | Vinculado a través del ejecutor previa evaluación de la hoja de vida por parte del comité técnico. |
capacitación, intervención o sensibilización de comunidades | ||||
Auxiliar de apoyo. | Bachilleres, Un año de experiencia en funciones relacionadas | Tiempo completo durante la duración del contrato | 1 | Vinculado a través del ejecutor previa evaluación de la hoja de vida por parte del comité técnico. |
Profesional Formador | Profesional en áreas de las ciencias sociales, humanas, administrativas. Tres (3) años con experiencia en formación, en herramientas pedagógicas y metodologías de aprendizaje, con conocimiento de las dinámicas comunitarias en las localidades de Bogotá. | Por hora según demanda de las actividades académicas | 180 horas | Vinculado a través del ejecutor previa evaluación de la hoja de vida por parte del comité técnico. |
Monitor | Técnico en el área de ciencias sociales o informáticas con experiencia de 1 año en funciones relacionadas | Horas requeridas por el proceso 180 horas | 180 horas | Vinculado a través del ejecutor previa evaluación de la hoja de vida por parte del comité técnico. |
2.2.7.6 Elementos pedagógicos necesarios
Para el corrector desarrollo de las actividades académicas es necesario contar con elementos y herramientas físicas y virtuales de la siguiente manera:
Elemento – herramienta | Tipo | Cantidad | Características |
Plataforma virtual de encuentro | Virtual | 1 por 3 meses | Plataforma digital – virtual de encuentro, de comunicación xx xxxxx vía con las siguientes características uso y toma de palabra, con opciones de compartir pantalla, audio, video, soporte de link de asistencia, capacidad para compartir documentos en formatos PDF-Word -Excel -PowerPoint, compatible para uso de terminales como PC – Smartphone, IPhone y tabletas digitales, grabación y descarga de audio – video de las secciones de encuentro, con capacidad para uso simultaneo de secciones y capacidad para 200 usuarios conectados. (Ej: Zoom Teams, meets y/o plataformas educativas especializadas) |
Plan de datos y minutos para soporte telefónico y en mensajería de datos | Virtual | 1 por 3 meses | Con capacidad ilimitada en voz y datos para soporte en clases y actividades con el monitor |
Libreta de apuntes de 100 hojas | Físico | 250 | Libreta de apuntes de tamaño media carta anillada en papel bond rallada o cuadriculada de 100 hojas, marcada full color con los logos de la Alcaldía Local elaborada en materiales biodegradables |
Memoria USB | Físico | 250 | Dispositivo de almacenamiento tipo USB de capacidad mínimo de 16 Gigabits |
Bolígrafo | Físico | 250 | Bolígrafo de tinta negra en materiales biodegradables y/o eco-amigables marcado a una tinta |
Taza de café | Físico | 250 | Tipo Mug de 250 ml con asa marcado con los logos de la alcaldía en proceso de sublimación en material cerámico calidad AAA |
Nota: Los diseños de los artículos entregables será diseñados por el ejecutor y aprobados bajo los criterios de la oficina de prensa y comunicaciones de la Alcaldía Loca de Teusaquillo.
Nota 2: La plataforma de encuentro, con las características señaladas en el cuadro anterior deberá ser suministrada por parte del ejecutor sin costo para el fondo de desarrollo local de Teusaquillo.
2.2.8 CONVOCATORIA E INSCRIPCIONES
2.2.8.1 Convocatoria General
La convocatoria se realizará con suficiente antelación a las actividades para que puedan participar todas las personas a las que están dirigidos los componentes del proyecto. El ejecutor deberá garantizar un proceso de convocatoria abierta, dirigida a los diferentes espacios de participación local, Consejos Locales, expresiones sociales, Juntas de Acción Comunal y comunidad en general.
La convocatoria permanente se realizará con los medios dispuestos por el contratista, así mismo, se realizará difusión y convocatoria por medio de la página Web de la Alcaldía local y/o medios comunitarios y/o redes sociales. La información brindada en esta convocatoria deberá estipular: fechas y lugar exacto de inscripción, contacto del ejecutor; con número telefónico y correo electrónico.
Para la realización del proceso de convocatoria se utilizarán las bases de datos disponibles en la Alcaldía Local, con estas se deberán realizar llamadas telefónicas, envío de correos electrónicos u otros mecanismos de contacto para garantizar la difusión a la comunidad en general.
2.2.8.2 Proceso de inscripción
Se dispondrán de medios virtuales y físicos para llevar a cabo la inscripción los cuales se ubicarán en las instalaciones de la Alcaldía Local (físicos) asignando en un horario determinado x xxxxxx de comité técnico de seguimiento al articulador social y/o al auxiliar de apoyo Para participar en el proyecto los ciudadanos de la localidad de Teusaquillo, deberán contar con los siguientes requisitos:
Requisitos
1. Documento de identidad
2. Ser mayor de 14 años
3. Contar con acceso a internet
4. Acreditar residencia, actividad económica o académica en la localidad de Teusaquillo.
Nota. Para el proceso de inscripción se diseñará por parte de ejecutor un formato de inscripción físico y virtual el cual será aplicado a todos y cada uno de los ciudadanos interesados en tomar el programa académico el cual servirá como registro y consolidará la base de datos de los usuarios.
2.2.9. CERTIFICACIÓN
Para el presente proceso de formación bajo la modalidad virtual asistida, se deberá certificar a los ciudadanos participantes por entidades idóneas y competentes para tal fin como; Universidades, Instituciones Académicas Certificadas y/u organizaciones sociales que dentro de sus estatutos incluyan actividades de formación y dentro de su misionalidad, se encuentre la temática para la cual están postulándose.
Los procesos académicos (cursos) se certificarán como educación informal lo cual ocurrirá cuando los estudiantes hayan aprobado o cumplido la asistencia al curso con mínimo un 80% del cumplimiento de las actividades propuestas, definidas para dicho fin en la propuesta académica – pedagógica presentada por el ejecutor
2.2.9.1 Elementos necesarios para la actividad
ELEMENTO | CARACTERÍSTICAS | CANTIDAD | CONDICIONES |
Certificado | Papel 150gr tamaño A4 en alta resolución a color con logos | 250 | Se certificará el ciudadanos posterior a el cumplimiento de por lo menos el 80% de asistencia a las actividades académicas. |
2.2.10 Resultados esperados
El resultado esperado obedecerá a la totalidad del cumplimento de la meta contemplada en el presente documento con una cobertura de 250 ciudadanos capacitados y certificados en las temáticas expuestas, haciendo uso a las plataformas de encuentro virtual establecidas con la intensidad horaria propuesta teniendo en cuenta los “CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN 2021 – 2024” de igual forma se deberá entregar los elementos pedagógicos correspondientes a un normal desarrollo de las actividades académicas indicados en el presente estudio previo.
Lo anterior dando como resultado el fortalecimiento de las capacidades de los ciudadanos de la localidad en los procesos de participación e incidencia local.
2.3 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
El contrato que surja del presente proceso de selección corresponde a: PRESTACIÓN DE SERVICIOS, regulado por Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y demás normas que las modifiquen.
3. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN SU ELECCIÓN.
La modalidad de selección pertinente para “Contratar la prestación de servicios técnicos, logísticos y metodológicos, para capacitar a través de procesos de formación enfocados a la participación, de manera virtual” corresponde selección abreviada de menor cuantía de conformidad con el Art 30 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 1 del Art 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo descrito en el Decreto 1082 de 2015.
De conformidad con lo establecido en la norma referida el presente proceso de contratación se justifica en atención al objeto a contratar y al valor del presupuesto oficial.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO Y PLAZO DEL CONTRATO
El valor del contrato se estima hasta por la suma de $ 50.672.133 m/cte (Cincuenta millones seiscientos setenta y dos mil ciento treinta y tres pesos M/te)
Para definir los costos de la presente contratación se realizó solicitud de Información a Proveedores a través de la plataforma SECOP II sin que se obtuviera cotización alguna, por tal razón se solicitaron cotizaciones a diferentes proveedores del sector del tal forma que el estudio xx xxxxxxx consiste en la comparación de precios, entre AJEP S.A.S Nit. 901.283.628-7 / CORPORACIÓN DIGERATI Nit. 900.360.948-5/XXXXX Y XXXXXXX S.A.S - 900.438.648-8 y del análisis del Sector: Servicios, oferentes del bien, obra o servicio, cuyo resultado esta anexo en el documento de análisis del sector adjunto en el proceso.
Nota: Los valores de referencia en materia de personal y hora catedra fueron tomados dando aplicación a lo establecido en el artículo 106 de la Ley 30 de 1992 y el Decreto 2587 de 2020.
El presupuesto oficial destinado para el presente proceso de contratación, corresponde a la vigencia fiscal 2021, con cargo al proyecto 2158 “Teusaquillo, un nuevo contrato social para la Participación”, rubro 133011605550000002158
4.1. ANÁLISIS DEL SECTOR Y DE LOS OFERENTES Nota: Se anexa en documento adjunto el Estudio del Sector.
5. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
A continuación, se relacionan los siguientes criterios para seleccionar a un proponente idóneo y que a su vez presente la oferta más favorable para la entidad, los cuales se clasifican en requisitos habilitantes y factores de ponderación.
5.1 5.1 REQUISITOS HABILITANTES (CRITERIOS DE VERIFICACIÓN)
CRITERIO DE VERIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN – REQUISITOS |
CAPACIDAD JURÍDICA. | CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA El proponente deberá diligenciar y allegar la carta de presentación siguiendo el FORMATO, la cual deberá ser suscrita por el proponente de acuerdo con las siguientes reglas: Si es persona jurídica por el representante legal o quien se encuentre facultado conforme a la ley y los estatutos sociales. Si se trata de persona natural por ella misma y si se trata de consorcio o unión temporal, por quien haya sido designado representante legal en el documento de constitución y por los demás integrantes. Si se constituye apoderado, debe tener legitimación para hacerlo, caso en el cual debe anexar el poder respectivo con la manifestación expresa de las facultades otorgadas y sus limitaciones. Con la carta de presentación de la propuesta se entiende la existencia de la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatiblidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato. APODERADOS Los Proponentes podrán presentar Propuestas directamente o por intermedio de |
apoderado, evento en el cual deberán anexar con la Propuesta el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes del Proponente Plural. GARANTÍA DE SERIEDAD El Proponente debe presentar con la propuesta una Garantía de seriedad de la oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral. Cualquier error o imprecisión en el texto de la garantía presentada será susceptible de aclaración por el Proponente hasta el término de traslado del informe de evaluación. Sin embargo, la no entrega de la garantía no es subsanable y se rechazará la oferta. Las características de las garantías son las siguientes: | ||||
Característic a | Condición | |||
Clase | Cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza, (ii) Patrimonio autónomo y (iii) Garantía Bancaria. | |||
Asegura do/ benefici ario | FONDO DE DESARROLLO LOCAL- ALCALDIA LOCAL DE TEUSAQUILLO identificado con NIT 899.999061-9 | |||
Amparos | Los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015. |
Vigencia | 3 meses contados a partir de la fecha de cierre del Proceso de Contratación. | |||
Valor Asegura do | Diez por ciento (10%) del Presupuesto Oficial del Proceso de Selección. | |||
Tomador | Para las personas jurídicas: la Garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Para los Proponentes Plurales: la Garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Proponente Plural, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. | |||
Si en desarrollo del Proceso de selección se modifica el cronograma, el Proponente deberá ampliar la vigencia de la Garantía de seriedad de la oferta hasta tanto no se hayan perfeccionado y cumplido los requisitos de ejecución del respectivo contrato. La propuesta tendrá una validez igual al término de vigencia establecido para la garantía de seriedad de la oferta. Durante este período la propuesta será irrevocable, de tal manera que el Proponente no podrá retirar ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que la Entidad pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y AUTORIZACIÓN DEL ÓRGANO SOCIETARIO CORRESPONDIENTE (SI SE REQUIERE). El proponente debe anexar a la propuesta, certificado de existencia y representación legal vigente, que cumpla con los siguientes requisitos: a. Debe ser expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad competente. b. El objeto social del proponente debe permitir la actividad, gestión y operación del objeto del proceso de selección y del contrato que de este se derive. Así mismo para contratar, la persona jurídica proponente debe demostrar que su duración no será inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. |
c. La fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha del cierre de la invitación. En caso de prórroga del plazo de la invitación, este certificado tendrá validez con la primera fecha de cierre.
d. Cuando el certificado de existencia y representación legal sea expedido por una entidad diferente a la Cámara de Comercio, el proponente deberá presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, con una fecha de expedición no superior a noventa (90) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la invitación.
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, debe anexar a la propuesta, autorización expresa del órgano social competente (Asamblea, Junta Directiva, etc.), en la que conste que el representante legal está plenamente facultado para presentar la propuesta y para comprometer la entidad hasta por el valor de la propuesta. El documento de autorización deberá presentarse debidamente suscrito y expedido con anterioridad a la presentación de la propuesta.
Si la persona natural participa en ejercicio de una actividad comercial debe anexar a su propuesta el registro mercantil vigente, que cumpla con los requisitos señalados para la persona jurídica.
En caso de consorcios o uniones temporales conformados por personas jurídicas, cada uno de los integrantes debe presentar certificado de existencia y representación legal que cumpla con los requisitos señalados en el presente numeral.
Si el proponente es un CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, producto de la integración de sociedades o personas naturales se deberán presentar los anteriores documentos para todos y cada uno de sus integrantes, así como el documento de constitución del consorcio o unión temporal en los términos establecidos en el presente pliego de condiciones.
Si el proponente es un EXTRANJERO debe adjuntar con su oferta:
Cuando el proponente sea una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia y no tenga establecida sucursal en Colombia, debe presentar el documento que acredite la inscripción de la personería jurídica en el Registro correspondiente del país donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y representación legal debidamente consularizados, en la forma como lo establece el artículo 480 del Código de Comercio y la Ley 455 de 1998.
Adicionalmente, deberá acreditar un apoderado domiciliado en Colombia,
debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
En el evento de resultar favorecido un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia.
DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
Si la propuesta es presentada por un consorcio o unión temporal, se debe anexar el documento que acredite su conformación y representación, de conformidad con lo señalado en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, el cual debe:
Indicar la duración del consorcio o de la unión temporal, la cual no debe ser inferior al plazo de ejecución del contrato objeto del presente proceso y 30 meses más, en todo caso con la presentación de la oferta se compromete a que en caso de requerirse prorrogar el contrato mantendrá vigente la duración del consorcio o unión temporal.
Designar el Representante Legal del consorcio o unión temporal quien suscribirá la propuesta y el contrato de resultar adjudicatario.
Indicar en forma expresa si su participación es a título de consorcio o unión temporal y señalar las reglas básicas que regulen su relación y responsabilidad. Presentar una manifestación clara y expresa de responsabilidad solidaria e ilimitada de los miembros del consorcio y limitada para las uniones temporales, según la participación de sus miembros en la ejecución del contrato, para la imposición de sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta del contrato.
Presentar manifestación de que ninguna de las partes podrá ceder su participación en el consorcio o unión temporal a los demás integrantes o a un tercero.
Acreditar la existencia y representación legal de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
Cada uno debe cumplir con los requisitos del presente pliego de condiciones ya sean personas naturales o jurídicas.
Suscribir el documento de conformación de la Unión Temporal o Consorcio por cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
El documento deberá ser suscrito por los integrantes o los representantes de los integrantes.
La identificación del representante y el suplente de dicho consorcio, unión temporal o la forma asociativa seleccionada.
Los porcentajes de participación de sus integrantes.
Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades) de su participación en la propuesta y en su ejecución.
COPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE
El proponente persona natural, representante legal de la persona jurídica debe presentar copia de la cédula de ciudadanía, o de extranjería según corresponda. En caso de allegarse Cédula de Extranjería ésta debe estar acompañada de la fotocopia de la visa otorgada.
CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE LOS APORTES PARAFISCALES.
El proponente debe acreditar el pago de las obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral (salud, riesgos profesionales y pensiones) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA), de los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta, de conformidad con lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Si es persona jurídica, tal acreditación deberá hacerse mediante una certificación expedida por el Revisor Fiscal, o quien haga sus veces, o el Representante Legal, según el caso.
Si es persona natural régimen común tal acreditación deberá hacerse mediante una certificación expedida por contador público.
Si es persona natural régimen simplificado tal acreditación deberá hacerse mediante la presentación de las planillas de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, según corresponda, del último periodo.
El FDL de Teusaquillo durante el proceso de selección podrá solicitar los soportes de la información antes señalada. En todo caso, el FDL de Teusaquillo verificará la información presentada antes de la celebración del contrato correspondiente y antes de cada pago del mismo, en los términos del artículo 50 Ley 789 de 2002 y 23 de la Ley 1150 de 2007.
Cuando el proponente extranjero, sea persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en Colombia, deberá adjuntar a su propuesta la certificación de pago de aportes parafiscales o afiliaciones al Sistema de Seguridad Social Integral del país de origen donde pertenece la empresa extranjera.
NOTA 1: El oferente seleccionado realizará el pago de parafiscales, según lo establecido en el artículo 65 de la ley 1819 de 2016.
VERIFICACIÓN DE NO INCLUSIÓN EN EL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES.
El FDL de Teusaquillo verificará que el proponente NO debe estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales. Por lo anterior, y en consonancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, el FDL de Teusaquillo verificará que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral. En el evento en que el proponente cuente con el correspondiente certificado vigente expedido por la Contraloría General de la República, en el(los) cual(es) conste que no está(n) incluido(s) en el boletín de responsables fiscales, podrá aportarlo con su propuesta.
VERIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS.
El proponente NO debe contar con antecedentes disciplinarios. Por lo anterior, el FDL de Teusaquillo verificará que el proponente y el representante legal, persona natural o jurídica, la Unión Temporal o Consorcio, según se trate, no se encuentra inhabilitada para contratar en los términos de la Ley 80 de 1993.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES VIGENTE.
El proponente NO debe contar con antecedentes judiciales por lo que el FDL de Teusaquillo hará la verificación de conformidad con el artículo 93 del Decreto 019 de 2012, de los antecedentes del representante legal. En el evento de que proponente actúe mediante apoderado, esto es, mediante abogado titulado, adicionalmente adjuntará copia de la tarjeta profesional.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO RUT.
El proponente debe allegar fotocopia de la inscripción en el Registro Único Tributario, de la persona jurídica, natural, o de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, según el caso.
Los Consorcios o Uniones Temporales a quién se les adjudique el proceso de selección de licitación pública deberán presentar previo a la suscripción y firma del contrato copia del número de identificación tributaria (NIT) del consorcio o unión temporal, esto con el fin de efectuar los respectivos trámites presupuestales y de pago ante el FDL de Teusaquillo y la inclusión del NIT en la minuta contractual.
REGISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA RIT.
El proponente adjudicatario deberá allegar fotocopia del Registro de Información Tributaria, de la persona jurídica, natural, o de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión temporal, según el caso, para el inicio de la ejecución del contrato.
CONSULTA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – POLICIA NACIONAL.
La Entidad consultará en el Registro Nacional de Medidas Correctivas del Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional, que el proponente se encuentre al día en el pago de las multas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 “Código Nacional de Policía y Convivencia”
Nota: No se podrá suscribir contrato con el proponente que a título individual o respecto de alguno de sus integrantes en caso de ser plural, estén en xxxx por un lapso de seis (6) meses en el pago de las multas que hubieren sido impuestas con fundamento en el actual Código Nacional de Policía y Convivencia.
LIBRETA MILITAR
El proponente persona natural o representante legal de persona jurídica deberá aportar libreta militar o certificación de definición de situación militar. Se dará aplicación a las excepciones establecidas en la ley 1861 de 2017.
PACTO DE TRANSPARENCIA.
Se utilizará el Formato previsto, debidamente diligenciado y suscrito por el interesado, su representante legal o apoderado.
El proponente persona natural, jurídica nacional o extranjera y cada uno de sus integrantes cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal cuando sea el caso, no puede (n) encontrarse incurso (s) en prácticas de colusión o restrictivas de la competencia con otras empresas o con el mercado.
Para ello el proponente manifestará bajo la gravedad de juramento, esta circunstancia, y deberá diligenciar el Formato previsto, del presente pliego de condiciones, el cual deberá ser suscrito por el proponente persona natural, o por el representante legal según sea el caso debidamente facultado para tal fin y por los integrantes de la unión temporal, consorcio.
MANIFESTACIÓN DE PARTICIPACIÓN INDEPENDIENTE DEL
PROPONENTE (Que no se encuentran incurso (s) en prácticas de colusión, ni en conflicto de interés.)
El proponente persona natural, jurídica nacional o extranjera y cada uno de sus integrantes cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal cuando sea el caso, no puede (n) encontrarse incurso (s) en prácticas de colusión o restrictivas de la competencia con otras empresas o con el mercado.
Dicha manifestación se deberá realizar en el formato de carta de presentación de la propuesta.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El Representante Legal o persona natural debe manifestar bajo la gravedad del juramento, que ni él, ni la Persona Jurídica, consorcio o unión temporal que representa, o sus integrantes se encuentran incursos en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades señaladas en la Constitución y las Leyes, entre otras, las contempladas en el Artículo 8° de la Ley 80 de 1993, y en los artículos 1º, 2º y 4º de la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” y demás normas concordantes y complementarias.
Dicha manifestación se deberá realizar en el formato de carta de presentación de la propuesta.
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO.
El proponente nacional o extranjero, con domicilio en Colombia, en
cumplimiento del Decreto 1082 de 2015, deberá anexar a la propuesta el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes. La fecha de expedición del certificado del Registro Único de Proponentes (RUP), no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha del cierre de la convocatoria. En caso de prórroga del plazo de la convocatoria, este certificado tendrá validez con la primera fecha de cierre. De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 019 de 2012, la inscripción en el registro deberá estar vigente y el registro de toda la información contenida en el certificado, deberá estar en firme a más tardar dentro del término de traslado del informe de evaluación. De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012 y lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, es un deber del inscrito, mantener actualizada la información que obra en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio La entidad verificará en el mismo la existencia de multas y sanciones que afecten la capacidad para contratar del proponente | |||||
CAPACIDAD FINANCIERA | Conforme al artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, este requisito será verificado a partir de la información sobre capacidad financiera y organizacional que obra en el Registro Único de Proponentes – RUP, el cual deberá estar vigente con corte a 31 de Dicimebre de 2020, actualizado y en firme. En caso de que la información no esté en firme, podrá cobrar firmeza dentro el termino de traslado del informe de evaluación Los Proponentes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes indicadores: Capacidad Financiera: | ||||
Indicador | Margen solicitado | Fórmula | |||
Índice de liquidez | >= 1,4 | Activo corriente/pasivo corriente | |||
índice de endeudamiento | <=60% | Pasivo total / Activo total |
>= 1 o Utilidad Razón cobertura indeterminad operacional/gastos de de intereses o intereses | |||
Si el proponente es plural cada indicador debe calcularse así: (∑n 1 Componente 1 del indicadori) Indicador = i= (∑n Componente 2 del indicadori) i=1 Donde n es el número de integrantes del proponente plural (unión temporal o consorcio). El proponente que no tiene pasivos corrientes está habilitado respecto del índice de liquidez. El proponente que no tiene gastos de intereses está habilitado respecto de la razón de cobertura de intereses, siempre y cuando la utilidad operacional sea igual o mayor a cero (0). Capacidad Organizacional Rentabilidad del Mayor o igual al 0.156 Utilidad patrimonio operacional/Patrimoni o Rentabilidad del Activo Mayor o igual al 0.1 Utilidad operacional/Activo Total Si el proponente es plural cada indicador debe calcularse así: (∑n 1 Componente 1 del indicadori) Indicador = i= (∑n Componente 2 del indicadori) i=1 Donde n es el número de integrantes del proponente plural (unión temporal o consorcio). Acreditación de la capacidad financiera y organizacional A) personas naturales o jurídicas nacionales y extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia: |
La evaluación financiera y organizacional de las propuestas se efectuará a partir de la información contenida en el RUP vigente y en firme. En tal sentido, la evaluación de la capacidad financiera se realizará de acuerdo con la información reportada en el Registro con corte a 31 de diciembre de 2020, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Subsección 5, de la Sección 1, del Capítulo 1, del Título 1, de la Parte 2 del Decreto 1082 de 2015, o las normas que las modifiquen.
Los Proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia no están obligados a tener RUP y por tanto la verificación de esta información procederá en los términos definidos en el siguiente literal.
B) Personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia
Los Proponentes extranjeros deberán presentar la siguiente información financiera de conformidad con la legislación propia del país de origen. Los valores deben: (i) presentarse en pesos colombianos; (ii) convertirse a la tasa de cambio de la fecha xx xxxxx de los mismos, y (iii) estar avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa del país de origen.
a) El estado de situación financiera (balance general) y estado de resultado integral (estado de resultados), acompañados por el informe de auditoría (sí aplica de acuerdo con la legislación de origen) con traducción simple al castellano de acuerdo con las normas NIIF.
b) Copia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal y certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores de quien realiza la conversión.
c) El ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. para extranjeros d iligenciado. En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. para e xtranjeros y los documentos señalados en el Literal A, prevalecerá la información consignada en los estados financieros incluidos en la oferta.
Las fechas xx xxxxx de los documentos señalados en el literal a) será el 31 de diciembre de 2020, salvo que se acredite en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha xx xxxxx diferente a la prevista en este pliego.
Si alguno de estos requerimientos no aplica en el país del domicilio del proponente extranjero, el Representante Legal o el apoderado en Colombia deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento en el ¡Error! No se e ncuentra el origen de la referencia. para extranjeros. El Proponente podrá acreditar este requisito con un documento que así lo certifique emitido por una firma de auditoría externa. Si los valores de los estados financieros están expresados originalmente en una moneda diferente a Dólares de los Estados Unidos de América, estos deberán convertirse a pesos. | |||||
EXPERIENCIA | Para el presente proceso de selección los proponentes acreditarán la experiencia a través de la información consignada en el Registro Único de Proponentes (RUP) y de conformidad con las siguientes reglas. Los Proponentes deben acreditar su experiencia a través de: (i) la información consignada en el RUP para aquellos que estén obligados a tenerlo y (ii) la presentación el Formulario 3- Experiencia para todos los Proponentes. Los contratos por acreditar deberán cumplir las siguientes características: Deben estar inscritos en el RUP en al menos tres (3) de los códigos de clasificación de bienes y servicios que se indican a continuación: | ||||
CÓDIGO FAMILIA | CÓDIGO CLASE | NOMBRE CLASE | |||
86100000 | 86101700 | Servicios de capacitación vocacional no - científica | |||
90110000 | 90111600 | Facilidades para encuentros | |||
93140000 | 93141500 | Desarrollo y servicios sociales | |||
60100000 | 60101500 | Materiales de recursos del profesor | |||
80100000 | 80101600 | Gerencia de proyectos | |||
86110000 | 86111600 | Educación de adultos | |||
93140000 | 93141600 | Población |
86100000 | 86101600 | Servicios de capacitación vocacional científica | |||
Experiencia Especifica: El proponente debe acreditar la experiencia en la celebración y ejecución en al menos uno (01) y máximo dos (02) contratos que en suma su cuantía equivalga al 100% del prepuesto oficial y cuyo objeto se relacione con procesos de capacitación a ciudadanos, y que dentro de sus actividades incluya el desarrollo de acciones de participación ciudadana y apoyo logístico, para la realización de eventos de dicha naturaleza. “Contratar la prestación de servicios técnicos, logísticos y metodológicos, para capacitar a través de procesos de formación enfocados a la participación, de manera virtual” El PROPONENTE deberá informar mediante el Formato de Experiencia el número del consecutivo del RUP de los contratos con los que acreditará la experiencia. Los Proponentes Plurales deberán indicar qué integrante aporta cada uno de los contratos señalados en el Formato Experiencia. Este documento deberá ser presentado por el Proponente Plural y no por cada integrante. Los contratos deben haber terminado antes de la fecha de cierre del presente proceso de contratación. Para los contratos que sean aportados por socios de empresas que no cuentan con más de tres (3) años de constituidas, además del RUP, deben adjuntar un documento suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o Contador Público (según corresponda) donde se indique la conformación de la empresa. En estos casos, la Entidad no tendrá en cuenta la experiencia aportada cuando los socios se encuentren inhabilitados. La Entidad tendrá en cuenta la experiencia individual de los accionistas, socios o constituyentes de la sociedad hasta los tres (3) años de constituida, siempre y cuando esté debidamente registrada en el RUP Los Proponentes acreditarán para cada uno de los contratos aportados la siguiente información a) Contratante b) Objeto del contrato c) Principales actividades ejecutadas d) Valor ejecutado e) La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. f) La fecha de terminación de la ejecución del contrato. g) Nombre y cargo de la persona que expide la certificación. |
h) El porcentaje de participación del integrante del contratista plural. (Cuando aplique)
i) El porcentaje de participación en el valor ejecutado en el caso de contratistas plurales. (Cuando aplique)
Los valores del SMMLV de los años anteriores sobre los cuales se certificará la experiencia son los establecidos por el Gobierno Nacional en la respectiva normativa.
Si el contrato se refiere a la prestación de diferentes suministros o servicios, se debe efectuar dentro de la certificación una discriminación de los mismos con su valor correspondiente en SMLMV, para efectos de establecer los que se relacionan con la clasificación por el Código de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas requerido para el presente proceso de selección, cuya sumatoria debe ser igual o superior de los SMLMV exigidos.
Para acreditar lo anterior el proponente deberá aportar uno o algunos de los documentos que se establecen a continuación con el fin de acreditar la totalidad de la información solicitada. Los mismos deberán estar debidamente diligenciados y suscritos por el contratante. En caso de existir discrepancias entre dos (2) o más documentos aportados por el Proponente para la acreditación de experiencia, se tendrá en cuenta el orden de prevalencia establecido a continuación:
A. Acta de Liquidación
B. Acta de entrega, terminación, final o de recibo definitivo.
C. Certificación de experiencia. Expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato, en la que conste el recibo a satisfacción debidamente suscrita por quien esté en capacidad u obligación de hacerlo.
D. Acta de inicio o la orden de inicio. La misma sólo será válida para efectos de acreditar la fecha de inicio.
E. Para los contratos que hayan sido objeto de cesión, el contrato deberá encontrarse debidamente inscrito y clasificado en el RUP o en uno o alguno de los documentos considerados como válidos para la acreditación de experiencia de la empresa cesionaria, según aplique. La experiencia se admitirá para el cesionario y no se reconocerá experiencia alguna al cedente.
F. El Contrato y sus modificatorios, el cual solo será válido para acreditar algunos elementos de la información, a excepción del cumplimiento y ejecución del mismo.
Para efectos de acreditación de experiencia entre particulares, el Proponente deberá aportar adicionalmente alguno de los documentos que se describen a continuación:
A. Certificación de facturación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato emitida por el revisor fiscal o contador público del Proponente que acredita la experiencia, según corresponda con la copia de la tarjeta profesional del
contador público o revisor fiscal (según corresponda) y certificado de antecedente disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, o los documentos equivalentes que hagan sus veces en el país donde se expide el documento del profesional.
B. Copia de la declaración del impuesto a las ventas (IVA) del Proponente o alguno de sus integrantes correspondiente al periodo de ejecución del contrato.
En caso de que el contrato certificado haya sido ejecutado por un Consorcio o Unión Temporal, del cual el proponente fue integrante, se tendrá en cuenta la cuantía únicamente en proporción a su porcentaje de participación en el contrato ejecutado.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia acreditada es la sumatoria de los contratos certificados aportados por todos sus miembros, los cuales no pueden exceder de 2 contratos en total.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia acreditada es la sumatoria de los contratos certificados aportados por todos sus miembros, los cuales
no pueden exceder de 2 contratos en total para acreditar la experiencia en cuantía, no obstante en caso que el proponente plural este integrado por más de 2 miembros, todos sus integrantes deben aportar experiencia bajo las mismas condiciones establecidas. Para ello se aceptarán tantos contratos como número de integrantes del proponente plural, advirtiendo que para efectos de acreditar la experiencia en cuantía, únicamente se tendrán en cuenta los dos 2 contratos indicados por el proponente, o en su defecto los dos de mayor valor expresado en smlmv. Tratándose de proponentes plurales, todos sus integrantes deberán acreditar experiencia.
No se aceptan contratos en ejecución.
En caso de enunciar en el Anexo más de los contratos requeridos por la entidad para acreditar la experiencia del proponente, el FONDO tendrá en cuenta tan solo los primeros enunciados en el formato o los de mayor valor.
Experiencia proponente extranjero:
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual EL FONDO debe verificar directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes.
Para tal efecto, la persona extranjera debe aportar los mismos documentos exigidos a los proponentes nacionales o sus equivalentes de acuerdo a la legislación del país de origen, acompañados de traducción oficial al español.
Para todos los casos, la entidad podrá constatar la veracidad de la información.
5.2 FACTORES DE PONDERACIÓN:
De conformidad con el análisis realizado, la entidad calificará las ofertas con los siguientes puntajes que representen la mejor relación costo- beneficio de conformidad con el art 5 de la ley 1150 de 2007, en concordancia, con el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del decreto 1082 de 2015
FACTOR | PUNTAJE TOTAL |
1.Factor Calidad - Servicios adicionales a los mínimos establecidos en las condiciones técnicas | 30 |
• Interprete Lenguaje de Señas | 15 |
• Mayor Xxxxxxxxx en personas a Capacitar | 15 |
2. Propuesta económica | 60 |
3. Apoyo a la industria nacional | 10 |
TOTAL | 100 |
5.2.1 FACTOR CALIDAD – BIENES Y SERVICIOS ADICIONALES A LOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN LAS CONDICIONES TÉCNICAS (30 Puntos)
La Distribución de dicho puntaje se realiza de la siguiente manera:
5.2.1.1 Intérprete lenguaje de señas (15 Puntos):
La Entidad otorgará el puntaje al proponente que oferte interprete de lenguaje de señas en las capacitaciones, de acuerdo a la siguiente tabla de ponderación, para lo cual deberá diligenciar el formato correspondiente:
OPCIÓN | OFRECIMIENTO | PUNTAJE |
1 | 10% del total las capacitaciones (18 horas en total) | 8 |
2 | 20% del total de las capacitaciones(36 horas en total) | 15 |
Para este ofrecimiento el proponente deberá acodar con el supervisor del contrato o quienes por este designe como Xxxxx a la Supervisión, las capacitaciones virtuales que contaran con el intérprete.
5.2.1.2 Mayor Cobertura en personas a Capacitar (15 Puntos)
La Entidad otorgará el puntaje al proponente que oferte que garantice vincular más personas de las establecidas en las especificaciones técnicas, de acuerdo a la siguiente tabla de ponderación, para lo cual deberá diligenciar el formato correspondiente:
OPCIÓN | CANTIDAD | PUNTAJE |
1 | 10 personas mas | 8 |
2 | 20 personas más | 15 |
Para este ofrecimiento el proponente debe tener presente que con el mismo se obliga a realizar la capacitación adicional en las mismas condiciones de entregables y manejo de información establecidas en las especificaciones técnicas del proceso.
5.2.2. PROPUESTA ECONOMICA (60 PUNTOS)
A partir del valor total de las propuestas se asignará un puntaje máximo de Cuarenta (60) PUNTOS, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
La Entidad seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica, de acuerdo con las siguientes alternativas:
Concepto | Método |
1 | Media geométrica |
2 | Media aritmética baja |
3 | Menor Valor |
Para determinar el método de ponderación, la Entidad tomará los centavos de la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TRM), certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia (en su sitio web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/00000.
La TRM que la Entidad utilizará para determinar el método de ponderación será la que rija el segundo día hábil después del cierre del proceso. Esto es, la que la Superintendencia publique en horas de la tarde del día hábil siguiente a la fecha efectiva de cierre del proceso. [Por ejemplo, si el cierre del proceso se realiza el 05 xx xxxx, la TRM que se usará para determinar el método de evaluación será la del 07 xx xxxx, que se publica en la tarde del 06 xx xxxx]
El método de ponderación se determinará de acuerdo con los rangos del siguiente cuadro:
Rango (inclusive) | Número | Método |
De 0.00 a 0.33 | 1 | Media Geométrica |
De 0.34 a 0.66 | 2 | Media aritmética baja |
De 0.67 a 0.99 | 3 | Menor valor |
En todos los casos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje y las fórmulas se aplicarán con las propuestas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas.
Las propuestas que al aplicar las fórmulas obtengan puntajes negativos obtienen cero (0) puntos en la oferta económica.
A. Media Geométrica
Para calcular la Media Geométrica se tomará el valor de las propuestas hábiles para el respectivo factor de calificación para asignar el puntaje de conformidad con el siguiente procedimiento:
1
Donde:
𝑀𝐺 = 𝑛√𝑉
∗ 𝑉2
∗ 𝑉3
∗ … ∗ 𝑉𝑛
• MG: Es la media geométrica de todas las ofertas habilitadas.
• V1: Es el valor de una propuesta habilitada.
• Vn: Es el valor de la propuesta n habilitada.
• n: La cantidad total de propuestas habilitadas.
Para efectos de la asignación de puntaje se tendrá en cuenta lo siguiente: se asignará el máximo puntaje al valor de la propuesta que se encuentre más cerca (por exceso o por defecto) al valor de la media geométrica calculada para el factor correspondiente.
Las demás propuestas recibirán puntaje de acuerdo con la siguiente ecuación:
|𝑀𝐺 − 𝑉𝑖|
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = 50 ∗ (1 − ( ))
𝑀𝐺
Nota: Cuando el resultado de la formula anterior sea un número negativo, se asignará 0,0 puntos.
B. Media Aritmética Baja
Consiste en determinar el promedio aritmético entre la propuesta válida más baja y el promedio simple de las ofertas hábiles para calificación económica.
̅𝑋̅̅̅ = (𝑉𝑚𝑖𝑛 + 𝑋̅)
Donde:
𝐵 2
▪ 𝑉𝑚𝑖𝑛: Es el valor total corregido de la propuesta válida más baja.
▪ 𝑋̅: Es el promedio aritmético simple de las propuestas económicas válidas.
▪ 𝑋̅̅̅𝐵̅: Es la media aritmética baja.
La Entidad procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula:
𝐵
⎛50 ∗ (1 − (̅𝑋̅̅𝐵̅ − 𝑉𝑖)) 𝑃𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋̅̅̅̅⎞
⎪ ⎨ | ⎪ ⎫ | |||
⎪ { | | 𝑋̅̅ 50 ∗ (1 − ( | ̅𝐵̅ − 𝑉𝑖 | ̅̅̅̅ 𝐵 | ⎪ } |
̅𝑋̅̅𝐵̅
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 =
Donde:
▪
𝑋̅̅̅𝐵̅: Es la media aritmética baja.
𝑋̅̅̅̅ )) 𝑃𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐵
▪ 𝑉𝑖: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”.
Menor Valor: Consiste en establecer la oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las ofertas a dicha oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican enseguida.
Para la aplicación de este método procederá a determinar el menor valor de las ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = (50 * Vmin)
vt
Vmin = Menor valor de las ofertas válidas
Vt = Valor total sin decimales de cada una de las ofertas i i = Número de la oferta.
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2) decimal del valor obtenido como puntaje.
Para la presentación de la oferta económica el proponente deberá diligenciar el Formato establecido por la Entidad. De no hacerlo o hacerlo de manera parcial o de ofrecer alguno de los ítems a precio cero ($0), la propuesta será rechazada.
El proponente deberá tener en cuenta que el valor propuesto debe contemplar todos los gastos y descuentos que se generen para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato, así como los efectuados en cada pago y todos los impuestos xx xxx derivados de este tipo de contratación, etc.
Los valores deben presentarse en moneda legal colombiana e incluirán todos los costos directos e indirectos que garanticen la ejecución del contrato. El proponente deberá contemplar en su oferta la totalidad de los costos y mano de obra requeridos para el desarrollo de las actividades ofertadas, requeridos para tal fin, incluyendo el transporte y demás necesarios para el cumplimiento del objeto contractual.
Los valores unitarios deberán ajustarse al peso bien sea por exceso o por defecto. Si la cifra decimal del peso es igual o superior a cinco (5) se ajustará a la unidad de pesos inmediatamente siguiente, si la cifra decimal del peso es menor a cinco (5) se ajustará la cifra suprimiendo el decimal.
Las operaciones entre columnas y las sumas se deben realizar con todos los decimales. Solamente el valor total se debe aproximar al peso, si la cifra decimal del peso es igual o superior a cinco (5) se ajustará a la unidad de pesos inmediatamente siguiente, si la cifra decimal del peso es menor a cinco
(5) se ajustará la cifra suprimiendo el decimal. Los valores deben cubrir todos los costos en los que vaya a incurrir el contratista durante el desarrollo del contrato, deberán expresarse en números y en pesos colombianos.
La omisión de los ítems o el cambio en la descripción de los mismos que implique cambio de especificaciones técnicas en los mismos darán cero (0) puntos por inconsistencias en la propuesta económica. El FONDO corregirá los errores aritméticos contenidos en los productos y en la sumatoria y con los valores corregidos se realizará la evaluación de la oferta económica.
El Proponente deberá tener en cuenta que todos los impuestos y contribuciones del orden distrital y nacional deberán ser contemplados dentro de los valores de la propuesta. La evaluación se hará con el valor corregido, como resultado del proceso de verificación aritmética.
Los precios unitarios de la propuesta deben mantenerse en firme a partir de la presentación de la oferta y hasta el momento de la liquidación del contrato a suscribirse. Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta.
5.2.3 Apoyo a la Industria Nacional
Los proponentes pueden obtener puntaje de apoyo a la industria nacional por: i) servicios nacionales o con trato nacional o por ii) la incorporación de servicios colombianos. La entidad en ningún caso otorgará simultáneamente el puntaje por (i) servicio nacional o con trato nacional y por (ii) incorporación de servicios colombianos.
Los puntajes para estimular a la industria nacional se relacionan en la siguiente tabla:
Concepto | Puntaje |
Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional | 10 |
Incorporación de componente nacional en servicios extranjeros | 5 |
5.2.3.1 Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional
Para que el proponente obtenga puntaje debe presentar:
A. Persona natural colombiana: La cédula de ciudadanía del proponente.
B. Persona natural extranjera residente en Colombia: La visa de residencia que le permita la ejecución del objeto contractual de conformidad con la ley.
C. Persona jurídica constituida en Colombia: el Certificado de existencia y representación legal emitido por las Cámaras de Comercio.
D. Formato Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, donde ofrezca la incorporación en la ejecución del contrato de más del 90% del personal de origen colombiano
Para que el proponente extranjero obtenga puntaje por trato nacional debe acreditar que los servicios son originarios de los Estados mencionados en la sección de acuerdos comerciales aplicables al presente proceso de contratación, información que se acreditará con los documentos que aporte el proponente extranjero para acreditar su domicilio.
El proponente podrá subsanar la falta de presentación de la cédula de ciudadanía, la falta de certificado de existencia y representación legal para acreditar el requisito habilitante de capacidad jurídica; no obstante, no podrá subsanar esta circunstancia para la asignación del puntaje por Servicios Nacionales o con Trato Nacional.
La entidad asignará 10 puntos a un proponente plural cuando todos sus integrantes cumplan con las anteriores condiciones. Cuando uno de sus integrantes no cumpla con las condiciones descritas no obtendrá puntaje por Servicios Nacionales o Trato Nacional. El Formato únicamente debe ser diligenciado por el representante legal del proponente plural.
5.2.3.2 Incorporación de componente nacional
La entidad asignará cinco (5) puntos a los proponentes extranjeros sin derecho a Trato Nacional que incorporen a la ejecución del contrato más del 90% del personal de origen colombiano.
Por personal calificado se entiende aquel que requiere de un título universitario otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.
Para recibir el puntaje por incorporación de componente colombiano, el representante legal o apoderado del proponente debe diligenciar el Formato – Puntaje de Industria Nacional.
La entidad únicamente otorgará el puntaje por promoción de la incorporación de componente nacional cuando el proponente que presente el Formato – Puntaje de Industria Nacional no haya recibido puntaje alguno por promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional.
El Formato – Puntaje de Industria Nacional únicamente debe ser aportado por los proponentes extranjeros sin derecho a trato nacional que opten por incorporar personal calificado colombiano. En el evento que un proponente nacional o extranjero con trato nacional lo presente, no será una razón para no otorgar el puntaje de promoción de servicios nacionales o con trato nacional.
Los proponentes plurales conformados por integrantes nacionales o extranjeros con derecho a trato nacional e integrantes extranjeros sin derecho a trato nacional podrán optar por la Incorporación de componente nacional en servicios extranjeros de acuerdo con las reglas definidas en este numeral.
En caso de no efectuar ningún ofrecimiento, el puntaje por este factor será xx xxxx (0).
5.3 REGLAS DE DESEMPATE DE OFERTAS
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas evaluadas se aplicarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar al oferente favorecido, respetando en todo caso los compromisos internacionales vigentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35 xx Xxx 2069 de 31 de diciembre de 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, así:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
Este requisito se acreditará de acuerdo al ofrecimiento realizado en el documento de ponderación de PROTECCIÓN DE LA INDUSTRIA NACIONAL y adicionalmente con la verificación de la nacionalidad, de la siguiente manera
a. Personas Naturales Colombianas. Acreditarán su nacionalidad a través de la cédula de ciudadanía correspondiente, la cual se deberá aportar con la oferta en copia simple.
b. Personas Jurídicas Colombianas. Acreditarán su nacionalidad mediante el certificado de existencia y representación legal
2. Preferir la propuesta de la mujer cabeza de familia, mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por mujeres cabeza de familia, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
El proveedor deberá acreditar dicha condición mediante, según corresponda: 1. Declaración juramentada ante notario de la mujer que acredite su condición de cabeza de familia, junto con la copia de los documentos de identidad de la mujer que acredite alguna de las condiciones referidas. 2. Medida de protección expedida por el Comisario de Familia, o el Juez (en caso de que en el lugar no exista comisario), o la autoridad indígena – en los casos de violencia intrafamiliar en las comunidades de esta naturaleza –, junto con la copia de los documentos de identidad de la mujer que acredite alguna de las condiciones referidas. 3. Certificación del representante legal y/o revisor fiscal en los casos en que la sociedad esté obligada a tenerlo, en la que conste que más del 50% de la participación accionaria o cuota parte son de titularidad de género femenino. Adicionalmente, deberá acreditar la condición indicada de cada una de las mujeres que participen en la sociedad, aportando copia de los documentos de identidad de cada una de ellas.
NOTA 1: Para este criterio de desempate las expresiones “participe o participen”, “debe entenderse - a menos que el reglamento disponga lo contrario- como tomar parte en la sociedad o proponente plural, de acuerdo con el aporte en dinero o trabajo, (…) no basta con que una mujer cabeza de familia o víctima de violencia intrafamiliar esté vinculada laboralmente o prestando un servicio, para asumir que está “participando”. (…) En consecuencia, no basta con que uno de los integrantes del consorcio o unión temporal tenga en su planta de personal a mujeres que reúnan dicha condición, sino que se debe demostrar la participación de las mismas, según el certificado de existencia y representación - tratándose de personas jurídicas- o del documento de constitución de proponente plural.
Nota 2. En el caso de los Proveedores plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes, si se trata de persona natural, acredite que más del 50% son mujeres sobre las cuales recaiga alguna de las condiciones arriba señaladas; si se trata de integrante persona jurídica este debe acreditar que se encuentra constituida mayoritariamente por mujeres sobre las cuales recaiga alguna de las condiciones ya mencionadas.
Nota 3. El proponente deberá anexar la autorización expresa del titular de la información, relacionada con el tratamiento de datos sensibles de conformidad con lo establecido en artículo 6 de la Ley 1581 de 2012.
3 Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un proponente plural, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Para la acreditación de este criterio de desempate el proveedor deberá acreditar que en su nómina se encuentra al menos el diez por ciento (10%) de trabajadores en situación de discapacidad de la siguiente manera:
Anexar el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Si la propuesta es presentada por un consorcio o unión temporal, el integrante del proveedor plural deberá acreditar que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, y tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio o unión temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia habilitante.
Para efectos de lo anterior, deberá revisarse el documento de constitución en el SECOP II con el fin de verificar el porcentaje de participación de sus integrantes.
En este caso el proveedor, en los términos del parágrafo 2 del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, deberá adicionalmente acreditar mediante certificación suscrita por el representante legal y/o revisor fiscal que el personal referido ha sido contratado por lo menos con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre del proceso de selección o desde el momento de la constitución de la persona jurídica y que declare adicionalmente que se obliga a mantener dicho personal por un lapso igual al término de ejecución del contrato.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley.
Para la acreditación de este criterio de desempate el Proveedor a través del representante legal y/o revisor fiscal deberá certificar bajo la gravedad de juramento el número de personas mayores que hayan cumplido el requisito de edad de pensión y que no sean beneficiarios de la pensión de vejez que se encuentren vinculadas por contrato laboral o contrato de prestación de servicios.
Solo se tendrá en cuenta la acreditación de aquellas personas mayores que hayan cumplido el requisito de edad de pensión, y que hayan estado vinculadas con una anterioridad igual o mayor a un año de la fecha de cierre del proceso de selección.
Para los casos de constitución inferior a un año se tendrá en cuenta a aquellos que hayan estado vinculados desde el momento de la constitución de la persona jurídica.
En el caso de los proveedores plurales, el representante del mismo deberá certificar el número de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley, vinculadas por cada uno de sus integrantes, o por la unión temporal o consorcio; junto con los documentos de identificación de cada uno de las personas vinculadas.
La mayor proporción se definirá en relación con el número total de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez vinculadas por contrato laboral o contrato de prestación de servicios, por lo que se preferirá al Proveedor que acredite un porcentaje mayor.
5 Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite, en las condiciones establecidas en la ley, que por lo menos diez por ciento (10%) de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas.
Para la acreditación de este criterio de desempate el Proveedor deberá anexar la copia de la certificación expedida por el Ministerio del Interior en la cual acredite que el trabajador pertenece a la comunidad indígena, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, Rrom o gitanas en los términos del Decreto 2893 de 2011, o la norma que lo modifique, sustituya o complemente.
Adicionalmente, se deberá adjuntar el certificado expedido por el representante legal y/o el revisor fiscal de la persona jurídica según corresponda, o el proveedor persona natural acredite que al menos el 10% de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas. Y la copia de los documentos de identidad de población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas con la cual se pretende acreditar esta condición.
En el caso de los proveedores plurales, el representante legal del mismo certificará que por lo menos diez por ciento (10%) del total de la nómina de sus integrantes pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas.
Este porcentaje se definirá de acuerdo con la sumatoria de la nómina de cada uno de los integrantes del Proveedor plural. En todo caso, deberá aportar la copia de la certificación expedida por el Ministerio del Interior en la cual acredite que el trabajador pertenece a la comunidad indígena, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, Rrom o gitanas en los términos del Decreto 2893 de 2011, o la norma que lo modifique, sustituya o complemente.
Debido a que, para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, se requiere autorización por parte del titular del dato como es el caso de las personas que pertenece a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitanas; el proveedor deberá anexar la autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate.
6. Preferir la propuesta de personas en proceso de reintegración o reincorporación o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por personas en proceso de reincorporación, y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
Para la acreditación de este criterio de desempate: El Proveedor deberá acreditar copia de alguno de los siguientes documentos: i. La certificación en las desmovilizaciones colectivas que expide la Oficina de Alto Comisionado para la Paz, ii. El certificado que expida el Comité Operativo para la Dejación de las Armas respecto de las personas desmovilizadas en forma individual. Además, se entregará el documento de identificación de la persona en proceso de reintegración o reincorporación. iii. U otro documento que para el efecto determine las autoridades competentes. En el caso de las personas jurídicas, el representante legal y/o revisor fiscal certificará bajo la gravedad de juramento que más del 50% de la composición accionaria o cuotas partes de la persona jurídica está constituida por personas en proceso de reintegración o reincorporación. Además, deberá aportar alguno de los certificados del inciso anterior, junto con los documentos de identificación de cada una de las personas que están en proceso de reincorporación o reintegración.
Debido a que, para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, se requiere autorización por parte del titular del dato.
El proveedor deberá anexar autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate. Tratándose de proveedores plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de las condiciones señaladas en los incisos anteriores de este numeral.
7. Preferir la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una madre cabeza de familia y/o una persona en proceso de reincorporación o reintegración, o una persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente, y, que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el proponente plural; (b) la madre cabeza de familia, la persona en proceso de reincorporación o reintegración, o la persona jurídica aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la madre cabeza de familia o persona en proceso de reincorporación o reintegración, ni la persona jurídica, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del proponente plural.
Para la acreditación de este criterio de desempate el proveedor plural deberá acreditar la condición de madre cabeza de familia y/o persona en proceso o situación de reintegración o reincorporación o que ostenten esta condición para lo cual deberá tener en cuenta la totalidad de las siguientes condiciones:
En todos los casos, la mujer cabeza de familia, o, la persona reincorporada o reinsertada, no podrá ejercer u ostentar la calidad de accionista, socio, empleado o representante legal en más de uno de los integrantes de la figura asociativa oferente.
Adicionalmente, deberá adjuntar declaración juramentada de la mujer que invoque la condición de cabeza de familia; y/o la persona en proceso de reintegración o reincorporación deberá anexar certificación expedida por el Comité Operativo para la Operación de las Armas -CODA, o la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, conforme el Registro Nacional de Reincorporación, a través de la cual se acredite su inclusión en los programas de reincorporación, conforme lo establecido en el Decreto 1081 de 2015. Una vez lo anterior, el Proveedor podrá optar por las siguientes alternativas según corresponda:
➢ O, adjuntar certificación del representante legal y/o revisor fiscal en los casos en que la sociedad esté obligado a tenerlo, en la que conste que al menos el 25% de participación accionaria en la respectiva sociedad son de titularidad de género femenino y/o persona en proceso de reincorporación o reintegración o que ostente tal calidad.
➢ O, mediante documento de conformación de la figura asociativa, con fundamento en el cual, según el porcentaje de participación del integrante, se evidencie que la experiencia aportada por la madre
cabeza de familia o la persona en proceso de reincorporación o reintegración o calidad de tal, sea no inferior al 25% del total acreditado en la oferta.
8. Preferir la oferta presentada por una Mipyme o cooperativas o asociaciones mutuales; o un proponente plural constituido por Mipymes, cooperativas o asociaciones mutuales.
Para la acreditación de este criterio de desempate: El Proveedor deberá acreditar en la forma indicada a continuación, según corresponda:
➢ Mipymes: El proveedor deberá acreditarlo mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal o el Registro Único de Proponentes.
➢ Cooperativas o Asociaciones se acreditará mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o el Registro Único de Proponentes.
Tratándose de proveedores plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de las condiciones señaladas en el inciso anterior de este numeral.
9. Preferir la oferta presentada por el proponente plural constituido por micro y/o pequeñas empresas, cooperativas o asociaciones mutuales.
Para la acreditación de este criterio de desempate el Proveedor plural deberá acreditar en la forma indicada a continuación, según corresponda:
Para las empresas micro y/o pequeñas empresas: El proveedor deberá acreditarlo mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal o el Registro Único de Proponentes,
➢ Cooperativas o Asociaciones se acreditará mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o el Registro Único de Proponentes.
➢ Tratándose de proveedores plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de las condiciones señaladas en el inciso anterior de este numeral.
10 Preferir al oferente que acredite de acuerdo con sus estados financieros o información contable con corte a 31 de diciembre del año anterior, por lo menos el veinticinco por ciento (25%) del total de pagos realizados a Mipymes, cooperativas o asociaciones mutuales por concepto de proveeduría del oferente, realizados durante el año anterior; o, la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una MIPYME, cooperativa o asociación mutual que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la MIPYME, cooperativa o asociación mutual aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la MIPYME, cooperativa o asociación mutual ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del proponente plural.
Para la acreditación de este criterio de desempate el proveedor deberá acreditar los pagos con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior realizados a MIPYMES para lo cual, el Proveedor
deberá tener en cuenta la totalidad de las siguientes condiciones: En todos los casos, la MIPYME, cooperativa o asociación mutual, sus accionistas, socios o representantes legales, no podrán ejercer u ostentar la calidad de accionista, socio, empleado o representante legal en más de uno de los integrantes de la figura asociativa oferente.
Para acreditar la calidad de MIPYME, Cooperativa o Asociación Mutual:
➢ Si se trata de Mipymes: El Proveedor deberá acreditarlo mediante: el Certificado de Existencia y Representación Legal, y
➢ Si se trata de Cooperativas o Asociaciones se acreditará mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
Una vez lo anterior, el Proveedor podrá optar por las siguientes alternativas en orden de precedencia para lograr el desempate:
➢ O, adjuntar certificación del representante legal y/o revisor fiscal en los casos en que la sociedad esté obligado a tenerlo, en la que conste, con corte a 31 de diciembre del año anterior, los pagos en al menos un 25% en favor de Cooperativas, Mipymes o Asociaciones Mutuales por concepto de ejecución de contratos celebrados en el marco del orden legal. Para el efecto anterior, el oferente deberá allegar sus estados financieros o información contable con fundamento en la cual se evidencia la información requerida. Adicionalmente, deberá aportar el documento que acredite que el receptor del pago es en efecto una cooperativa, Mipymes o Asociaciones Mutuales. Este requisito podrá ser sustituido por la consulta que hagan las entidades en las correspondientes bases de datos, de lo cual, deberán dejar constancia.
➢ O, mediante documento de conformación de la figura asociativa y sus modificaciones, con fundamento en el cual, según el porcentaje de participación del integrante, se evidencie el que la experiencia aportada por la Cooperativas, Mipymes o Asociaciones Mutuales, sea no inferior al 25% del total acreditado en la oferta.
11. Preferir las empresas reconocidas y establecidas como Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo o Sociedad BIC, del segmento MIPYMES.
Para la acreditación de este criterio de desempate el Proveedor del segmento Mipymes deberá acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal de la sociedad, en el cual conste que reúne los requisitos del artículo 2 de la Ley 1901 de 2018, conforme el cual: "Tendrán la denominación de sociedades BIC todas aquellas compañías que sean constituidas de conformidad con la legislación vigente, las cuales además del beneficio e interés de sus accionistas, actuarán en procura del interés de la colectividad y del medio ambiente".
12 Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente:
La oferta ganadora se seleccionará con base en los dos (2) primeros decimales de la tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx (TRM) emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia (en su sitio web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/00000) el día del cierre del proceso de
selección, es decir la que rige para el día hábil siguiente al cierre, en relación con los últimos dígitos del NIT o RUT del oferente interesado, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
El primer orden de elegibilidad se establecerá a la propuesta cuyos dos últimos dígitos del NIT o RUT correspondan a los dos primeros decimales de la TRM, o en su defecto cuyos dos (2) últimos dígitos de NIT o RUT, respectivamente, estén inmediatamente por debajo y así sucesivamente hasta llegar a cero (0) y luego continuando hacia arriba hasta llegar a 99.
Para el caso de ofertas presentadas por proponentes plurales que no cuenten con NIT o RUT, al momento de su inscripción deberán manifestar expresamente en la carta de presentación de la oferta, el número de NIT o RUT con el cual se inscriben, el cual podrá corresponder a cualquiera de los miembros del proponente plural. En caso que no se indique tal situación, la entidad tomará el NIT o RUT del integrante cuyos dos últimos dígitos sea inferior. (Sin tener en cuenta el dígito de verificación)
NOTA 1. Los factores de desempate serán aplicables en el caso de las cooperativas y asociaciones mutuales que cumplan con los criterios de clasificación empresarial, definidos por el Decreto 957 de 2019, priorizando aquellas que sean micro, pequeñas o medianas.
NOTA 2. Para los criterios enunciados que involucren la vinculación de capital humano, el oferente deberá acreditar una antigüedad igual o mayor a un año. Para los casos de constitución inferior a un año se tendrá en cuenta a aquellos trabajadores que hayan estado vinculados desde el momento de constitución de la misma.
NOTA 3. En los casos en que concurran dos o más de los factores aquí previstos, se tendrá lo que reglamente el Gobierno Nacional, de lo contrario se preferirá, el criterio de desempate que se haya originado y acreditado primero en el tiempo.
NOTA 4: Para los efectos previstos en este numeral se entiende que la experiencia acreditada en la oferta corresponde al cómputo total de la experiencia mínima habilitante y la experiencia adicional aportada objeto de ponderación, en los casos en que aplique.
NOTA 5: Para efectos de los factores de desempate, el proponente deberá acreditarlos con la presentación de su propuesta, es decir, hasta la fecha y hora en que se lleve a cabo el cierre del proceso. La Entidad no tendrá en cuenta aquellos documentos aportados con posterioridad a la fecha de cierre del proceso, sin perjuicio de que los mismos correspondan a su vez a requisitos habilitantes que la Entidad podrá requerir, no obstante el aporte del documento únicamente será válido únicamente para habilitar la propuesta, mas no para ser tenido en cuenta como factor de desempate.
6. SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN.
El Fondo de Desarrollo Local, de acuerdo con las disposiciones del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y de los artículos 2.2.1.1.1.3.1, 2.2.1.1.1.6.1, 2.2.1.1.1.6.3 y el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y con base en la Metodología para identificar y clasificar los riesgos elaborado por Colombia Compra Eficiente, se procede a tipificar, estimar y asignar los riesgos de la presente contratación. La matriz de riesgos establecida tiene en cuenta los lineamientos dados en el “Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación”, y que busca proteger a las entidades públicas de los eventos en el proceso de contratación, buscando reducir la probabilidad de ocurrencia del evento y de su impacto en el proceso de contratación.
Los riesgos son todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del contrato.
Será previsible en la medida que el mismo sea identificable y cuantificable en condiciones normales. De acuerdo a lo anterior, al presente estudio previo se adjunta Matriz de Riesgos
7. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
7.1 GARANTÍAS
De acuerdo al objeto a contratar y obligaciones del contratista, la entidad requiere amparar los riesgos mediante el otorgamiento de una garantía única; en consecuencia el contratista se obliga a constituir a favor de Bogotá D.C. – Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, NIT 899.9999061-9., una garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, y que ampare los siguientes riesgos:
a) Cumplimiento del contrato: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, por el término de ejecución del contrato contados a partir de la suscripción del acta de inicio y seis (6) meses más, contados a partir de la finalización del plazo contractual.
b) Buen manejo y correcta inversión del anticipo: En cuantía equivalente al 100% del valor del anticipo, por el término de ejecución del contrato contados a partir de la suscripción del acta de inicio y seis (6) meses más, contados a partir de la finalización del plazo contractual.
c) Calidad de los servicios: Por cuantía del veinte por ciento (20%) del valor total del contra to, por el término de ejecución del contrato contados a partir de la suscripción del acta de inicio y cuatro (4) meses más, contados a partir de la finalización del plazo contractual.
d) Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e indemnizaciones laborales: En cuantía equivalente al veinte (20%) del valor total del contrato y Por el término de ejecución del contrato contados a partir de la suscripción del acta de inicio y tres (3) años más, contados a partir de la finalización del plazo contractual.
d) Responsabilidad Civil Extracontractual: Por cuantía equivalente a 200 SMMLV, con una vigencia equivalente al plazo de ejecución, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
El contratista deberá anexar el comprobante de pago de la prima del seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual. La póliza RCE debe cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 2.2.1.2.3.2.9. del Decreto 1082 de 2015, así:
El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Modalidad de ocurrencia. La compañía de seguros debe expedir el amparo en la modalidad de ocurrencia. En consecuencia, el contrato de seguro no puede establecer términos para presentar la reclamación, inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la acción de responsabilidad correspondiente.
2. Intervinientes. La Entidad Estatal y el contratista deben tener la calidad de asegurado respec-to de los daños producidos por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán beneficiarios tanto la Entidad Estatal como los terceros que puedan resultar afectados por la responsabilidad del contratista o sus subcontratistas.
3. Amparos. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, mínimo los siguientes amparos:
3.1. Cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
3.2. Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales.
3.3. Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
3.4. Cobertura expresa xx xxxxxx patronal.
3.5. Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.
NOTAS: En todo caso, el contratista adjudicatario del proceso actualizará la vigencia de los diferentes amparos incluidos en las garantías otorgadas para el contrato, con base en la fecha de firma del acta de inicio que deberá corresponder al ajuste de inicio del contrato en la plataforma del SECOP II.
En cualquier evento de aumento del valor del contrato o prórroga de su vigencia o cualquier modificación, el Contratista estará obligado a ampliar o prorrogar o modificar los amparos en forma proporcional, de manera que se mantengan las condiciones originales.
MULTAS
De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en caso xx xxxx y/o incumplimiento total o parcial de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del presente contrato, el CONTRATISTA pagará al FONDO multas diarias y sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria de las multas supere el diez por ciento (10%) de dicho valor.
En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará merito ejecutivo y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará por parte del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo a la Cámara de Comercio de Bogotá.
PARÁGRAFO ÚNICO: El valor de las multas ingresará a la Tesorería Distrital. El CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato al FONDO para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor del CONTRATISTA, se cobrará por la jurisdicción competente.
CLÁUSULA PENAL PECUNARIA
De conformidad con la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, EL CONTRATISTA se obliga a pagar al FONDO una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, a título de tasación anticipada de perjuicios que ocasione en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales. PARÁGRAFO: El valor de la cláusula penal pecuniaria ingresará al Tesoro Distrital. EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a EL FONDO para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se hará efectiva la garantía constituida y si esto no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción competente.
8. INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN ESTA COBIJADA POR UN ACUERDO COMERCIAL.
La contratación no está cobijada por un acuerdo comercial
Tratados y Acuerdos | Entidad Estatal Incluida | Presupuesto del proceso de Contratación Superior al valor del Acuerdo Comercial | Excepción Aplicable al proceso de Contratación | Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial |
A.P. Chile | SI | NO | NO* | NO |
A.P.Mexico | NO | - | NO* | NO |
A.P,.Perú | SI | NO | NO* | NO |
Canadá | NO | - | NO* | NO |
Chile | SI | NO | NO* | NO |
Corea | SI | NO | NO* | NO |
Xxxxx Rica | SI | NO | NO* | NO |
Estados Unidos | SI | NO | NO* | NO |
Estado AELC | SI | NO | NO* | NO |
Mexico | NO | - | NO* | NO |
T.N. El Xxxxxxxx | SI | SI | NO* | SI |
T.N. Guatemala | SI | SI | NO* | SI |
T.N. Honduras | NO | NO | NO* | NO |
Unión Europea | SI | NO | NO* | NO |
Comunidad Andina | SI | SI | NO* | SI |
* Si eventualmente el proceso de selección es limitado a mipymes, los siguientes acuerdos comerciales, no resultarán aplicables en razón a la existencia de excepción para ese evento: Alianza xxx Xxxxxxxx (Chile y Perú) Chile, Xxxxx Rica, Estados AELC, Triangulo Norte (Guatemala y El Xxxxxxxx) y la Unión Europea.
9. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
9.1 PLAZO.
El plazo del contrato es Tres (3) MESES contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio.
9.2 VALOR.
El valor del contrato se estima hasta por la suma de $ 50.672.133, m/cte (Cincuenta millones seiscientos setenta y dos mil ciento treinta y tres pesos M/te)
9.3 FORMA DE PAGO.
El valor del contrato se pagará así:
X. Xxxxx parciales mensuales según los bienes y servicios efectivamente entregados a la entidad y recibidos a satisfacción por el supervisor del contrato, conforme el avance de la ejecución del proyecto.
B. El ultimo pago se realizará previa suscripción del acta de liquidación Nota1: para cada pago se deberá anexar la siguiente documentación
• Informe de actividades (si aplica) debidamente firmado por el supervisor de contrato, el apoyo a la supervisión (si aplica) y el contratista
• Certificado de cumplimiento o acta de recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato.
• Acta de ingreso de los bienes al almacén. (cuando aplique)
• Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato, cuando se trate de personas naturales
• Certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente, cuando se trate de personas jurídicas.
Nota: (Sólo aplica para régimen común) De conformidad con el Numeral 7° Parágrafo 1° del artículo 499 del Estatuto Tributario, “Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3300 UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común”. Por lo anterior los contratistas que para el presente año superen el monto establecido o quienes ya estuvieren inscritos en el Régimen Común, deberán presentar factura de venta, con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), para cada pago.
9.4 Obligaciones Generales del Contratista
1. Suscribir oportunamente el acta de inicio y el acta de liquidación del contrato, conjuntamente con el/la supervisor/a del mismo, cuando corresponda.
2. Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales, así como los informes y archivos a su cargo, requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo (Cuando aplique).
3. Aplicar los lineamientos establecidos en el sistema de gestión institucional y en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG de la Secretaría Distrital de Gobierno.
4. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución del contrato.
5. Dar estricto cumplimiento al Ideario Ético del Distrito expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como a todas las normas que en materia de ética y valores expida la Secretaria Distrital de Gobierno en la ejecución del contrato.
6. No instalar ni utilizar ningún software sin la autorización previa y escrita de la Dirección de Planeación y Sistemas de Información de la Secretaría, así mismo, responder y hacer buen uso de los bienes y recursos tecnológicos (hardware y software), hacer entrega de los mismos en el estado en que los recibió, salvo el deterioro normal, o daños ocasionados por el caso fortuito o fuerza mayor, (cuando aplique).
7. Entregar para cada pago, la certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de
conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente.
9.5 Obligaciones Específicas
1. Planear, coordinar y garantizar todos los recursos (humanos, logísticos, materiales, etc.) requeridos para el correcto desarrollo de cada una de las actividades descritas, velando por la entrega de bienes y servicios en las condiciones técnicas y de calidad exigidas.
2. Elaborar y presentar plan de acción con su correspondiente cronograma de actividades y propuesta metodológica de conformidad con las especificaciones técnicas establecidas.
3. Conformar el Comité Técnico de Seguimiento y participar activamente en el mismo.
4. Garantizar la ejecución de cada una de las actividades descritas en el estudio previo con base en las especificaciones, cantidades y calidades descritas.
5. Coordinar el buen uso de los espacios físicos, materiales, equipos e instrumentos dispuestos para el desarrollo de las actividades.
6. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Recurso Humano requerido para el desarrollo de las actividades.
7. Realizar las presentaciones públicas establecidas.
8. Coordinar el diseño, impresión y distribución del material solicitado en el anexo técnico.
9. Atender toda solicitud realizada por el Alcalde Local y/o la Alcaldía Local de Teusaquillo en el horario, fecha y lugar que establezca.
10. Elaborar y presentar todos los soportes técnicos y financieros de verificación requeridos que den cuenta de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto contractual.
11. Entregar las bases de datos del proceso de convocatorias, inscripción y selección del presente contrato.
12. Realizar los trámites correspondientes que se requieran para el cumplimiento y /o desarrollo de las diferentes actividades descritas.
13. Realizar el registro fílmico y fotográfico de todas las actividades descritas en el presente anexo técnico y hacer entrega de dichos soportes a la supervisión del Contrato.
14. Coordinar el proceso de sistematización documental de informes durante y hasta la finalización de las actividades y el cierre del Contrato.
15. Entregar los informes físicos y digitales al Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, donde se evidencie la materialización de las actividades planteadas.
16. Cumplir con las orientaciones en materia de vinculación de los promotores sociales.
17. Las demás que correspondan a la naturaleza del objeto contractual
18. Cumplir con la cobertura poblacional establecida en el presente documento de 250 personas
19. Garantizar la puesta en marcha de los 10 espacios de capacitación virtual según lo establecidos en el estudio previo.
20. Cumplir a cabalidad con las buenas prácticas ambientales y de contratación sostenible dando estricto cumplimiento a los aspectos ambientales descritos en el anexo técnico.
21. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato y, las que sean pactadas por las partes por muto acuerdo.
22. Suministrar una plataforma de encuentro sin costo para el fondo de desarrollo local de Teusaquillo, con las características técnicas especificadas en numeral 2.2.7.6 Elementos pedagógicos necesarios (plataforma de encuentro)
9.6 Obligaciones Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo
1. Verificar a través del supervisor la correcta ejecución del objeto contratado.
2. Suministrar oportunamente la información, herramientas y apoyo logístico que se requiera para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
3. Pagar el valor del contrato en las condiciones pactadas.
4. Verificar que el contratista realice el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar (cuando a ello haya lugar), en las condiciones establecidas por la normatividad vigente.
5. Verificar a través del supervisor del contrato, que el contratista de cumplimiento a las condiciones establecidas en la Directiva 01 de 2011 relacionada con la inclusión económica de las personas vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad (cuando haya lugar).
6. Las demás establecidas en la normatividad vigente.
9.7 Supervisión
La supervisión del contrato será ejercida por el/la Alcalde(sa) Local de Teusaquillo
El supervisor ejercerá sus obligaciones conforme a lo establecido en el Manual de Contratación de la SECRETARÍA, y está obligado a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado. El supervisor deberá realizar un seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato, en concordancia con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011.
Para tal fin deberá cumplir con las facultades y deberes establecidos en la referida ley y las demás normas concordantes vigentes.
El/LA Alcalde(sa) Local de Teusaquillo, podrá designar mediante comunicación escrita un servidor Público que se denominara “apoyo a la supervisión” y que tendrá como función apoyar a este en la supervisión en la ejecución de las obligaciones contractuales que se deriven del contrato.
En ningún caso el supervisor del contrato podrá delegar la supervisión del contrato en un tercero.
En todo caso, el ordenador del gasto podrá variar unilateralmente la designación del supervisor, comunicando su decisión por escrito al CONTRATISTA, al anterior supervisor y a la Dirección de Contratación.
Anexo 1 Cuadro de costos
Elementos para proceso de capacitación de 250 ciudadanos | |||||||
No | BIEN O SERVICIO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD COTIZADA | CANTIDADES REQUERIDAS PARA EL PROCESO | VALOR PROMEDIO UNIDAD | VALOR PROMEDIO TOTAL |
1. Herramientas Virtuales | |||||||
1 | Plan de datos y minutos para soporte telefónico y en mensajería de datos | Con capacidad ilimitada en voz y datos para soporte en clases y actividades con e monitor (Mensual) | UN | 1 | 3 | $ 59.600 | $ 178.800 |
2.Elementos pedagógicos | |||||||
2 | Libreta de apuntes de 100 hojas | Libreta de apuntes de tamaño media carta anillada en papel bond rallada o cuadriculada de 100 hojas, marcada full color con los logos de la Alcaldía Local elaborada en materiales biodegradables | UN | 1 | 250 | $ 10.260 | $ 2.565.000 |
3 | Bolígrafo | Bolígrafo de tinta negra en materiales biodegradables y/o eco-amigables marcado a una tinta | UN | 1 | 250 | $ 4.100 | $ 1.025.000 |
4 | Memoria USB | Dispositivo de almacenamiento tipo USB de capacidad mínimo de 16 Gigabits | UN | 1 | 250 | $ 27.966 | $ 6.991.666 |
5 | Taza de café | Tipo Mug de 250 ml con asa marcado con los logos de la alcaldía en proceso de sublimación en material cerámico calidad AAA | UN | 1 | 250 | $ 10.933, | $ 2.733.333 |
3.Elementos de certificación | |||||||
6 | Certificado | Papel 150gr tamaño A4 en alta resolución a color con logos | UN | 1 | 250 | $ 3.033 | $ 758.333 |
4.Recurso Humano | |||||||
7 | Coordinador | Profesional en áreas de las ciencias sociales, humanas, administrativas, con veintitrés meses de experiencia (23) en coordinación de proyectos de formación o capacitación, intervención o sensibilización de comunidades. | UN | 1 | 3 | $ 4.900.000 | $ 14.700.000 |
8 | Auxiliar de apoyo. | Bachilleres, Un año de experiencia en funciones relacionadas | UN | 1 | 3 | $ 2.200.000 | $ 6.600.000 |
9 | Profesional Formador | Profesional en áreas de las ciencias sociales, humanas, administrativas. Tres (3) años con experiencia en formación experiencia en herramientas pedagógicas y metodologías de aprendizaje, con conocimiento de las dinámicas comunitarias en las localidades de Bogotá | UN | 1 | 180 | $ 45.000 | $ 8.100.000 |
10 | Monitor | Técnico en el área de ciencias sociales o informáticas con experiencia de 1 año en funciones relacionadas | UN | 1 | 180 | $ 39.000 | $ 7.020.000 |
TOTAL | $. 50.672.133 |
XXX XXXXX XXXXXX XXXXX
Alcaldesa Local (E)
ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO
Elaboró | Dependencia | Firma |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Referente Participación FDLT |
Revisó | Dependencia | Firma |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxx P | Contratista de Apoyo Área Contratación FDLT |
Revisó | Dependencia | Firma |
Xxxxxxx Xxxxxx | Contratista Despacho Planeación FDLT |