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1 EDUCACIÓN
CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX, A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DESARROLLO AGROPECUARIO, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA" REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MTRO. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO, Y POR LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA SIERRA HIDALGUENSE,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU RECTOR, EL ING. XXXXX XXXXXXXXX / XXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UTSH", A
QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N ES
l. Declara "SEDAGRO" QUE:
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1.1. En términos de los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 de la Constitución Política del Estado xx Xxxxxxx, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación;
1.2. De conformidad con el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, e! Gobernador del Estado podrá convenir con el Ejecutivo Federal, Entidades Federativas, Municipios, Entidades de la Administración Pública Paraestatal, con Personas Físicas x Xxxxxxx de los Sectores Soda! y Privada, cumplimiento con las formalidades de la ley que en cada caso proceda, la prestación de los servicios, la ejecución de Obras o la realización de cualquier otro propósito para el Estado;
1.3. De conformidad con el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado xx Xxxxxxx, el Gobernador del Estado, para el Despacho de los asuntos que le competen, se auxiliará de las dependencias de la Administración Pública centralizada que establece esa ley;
1.4. La Secretaría de Desarrollo Agropecuario es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx de conformidad con lo dispuesto por el artículo. 73 de la Constitución Política del Estado xx Xxxxxxx y su titular, está facultado para suscribir, en el ámbito de su competencia, por delegación expresa del Titular del Poder Ejecutivo Estatal, convenios y contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal; instituciones educativas de educación media y superior y organizaciones no gubernamentales, ejerciendo las atribuciones y obligaciones que al respecto se deriven de dichos instrumentos jurídicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, fracción VIII, 17'y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado xx Xxxxxxx.
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actividad a la que se dedica.
1.5. Que su representada cuentan con la capacidad, preparación, infraestructura y equipos suficientes para el cumplimiento del objeto de este instrumento, además que se encuentra inscrito ante las autoridades correspondientes competentes y de las que ha obtenido los permisos, licencias y documentos que sea n°cesaria para realizar la
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1.6. Que el maestro Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, en su carácter de Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado xx Xxxxxxx "LA SECRETAR(A" cuenta con las facultades para suscribir el presente convenio en tém1inos del nombramiento expedido el 05 de septiembre del 2022 por el Gobernador Constitucional del Estado xx Xxxxxxx, y del contenido de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado xx Xxxxxxx
que en su artículo 31 señalan las funciones de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario / para el Estado xx Xxxxxxx.
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1.7. Que para los efectos legales a que haya lugar "LA SECRETARIA" señala como
domicilio el ubicado en carretera México - Pachuca kilómetro 93.5 colonia Venta Prieta, Ex Centro Minero Edificio 1-A Código Postal 42080 en Xxxxxxx xx Xxxx Hidalgo.
11. Declara "LA UTSH", que:
11.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Educación Pública xx Xxxxxxx, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º Decreto Gubernamental que modifica diversas disposiciones del Decreto que creó a Universidad Tecnológica de la Sierra Hidalguense, publicado en el Alcance Uno del Periódico Oficial del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx el 01 xx xxxxxx de 2016.
11.2 Tiene por objeto, entre otros:
l. Ampliar las posibilidades de la Educación Superior Tecnológica a fin de contribuir, a través del proceso educativo, a mejorar las condiciones de vida de los hidalguenses.
11. Formar estudiantes en el nivel de Técnicos Superiores Universitarios, con aptitud
para la aplicación de conocimientos y la solución creativa de problemas, con un d sentido de innovación en la incorporación de los avances científicos y tecnológicos.
111. Ofrecer programas de continuidad de estudios para sus egresadas y egresados y para quienes egresen del nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado de otras Instituciones de Educación Superior, que permitan al estudiantado alcanzar todos los niveles académicos de tipo superíor;-previstos en la Ley General de Educación.
IV. Realizar investigación aplicada e innovación científica y tecnológica, así como desarrollar estudios o proyectos en las áreas de su competencia, de acuerdo con la planeación y desarrollo de las políticas Nacional y Estatal de Ciencia y Tecnología, que se traduzcan en aportaciones concretas que contribuyan al mejoramiento y mayor eficiencia de la producción de bienes o servicios, así como a la elevación de la calidad de vida de la comunidad, apoyando las estrategias de desarrollo del Estado xx Xxxxxxx.
V. Desarrollar e impartir programas educativos de buena calidad, para la formación tecnológica, así como las estrategias que le permitan atender las necesidades de la Entidad y contribuyan a garantizar el acceso de la población al servicio educativo.
VI. Contribuir al desarrollo del Sistema de Educación Superior del Estado xx Xxxxxxx.
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VII. Fomentar e impulsar la vinculación, entre los diferentes niveles y subsistemas
educativos a través de órganos colegiados que
itan coordinar
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esfuerzos en materia educativa, de difusión cultural, deportiva y recreativa que contribuya al desarrollo integral del estudiantado en un marco de fomento a los valores universales.
VIII. Establecer una red de vinculación efectiva, con los sectores productivos de carácter público, privado y social que coadyuve al desarrollo regional sustentable a través de la aplicación y transferencia del conocimiento tecnológico a la
generación de bienes y servicios. /
IX. Impulsar estrategias que faciliten la movilidad académica del estudiantado entre
las instituciones del sistema de educación.
11.3 El lng. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Rector, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente convenio, en términos del artículo 14, fracción XII, del Decreto vigente de referencia y el nombramiento que le fue otorgado por el Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Gobernador Constitucional del Estado xx Xxxxxxx, el día 21 de octubre de 2022.
11.4 Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes con la clave UTS970701HT4.
11.5 Su domicilio legal, el ubicado en la Carretera México-Tampico, Km. 100 tram Pachuca-Huejutla, Zacuaitipán de Ángeles, Hidalgo, Código Postal 43200.
111. De "LAS PARTES", que:
111.1. Reconocen la personalidad jurídica y capacidad legal con la que se ostentan y suscriben el presente Convenio de Colaboración y ratifican su libre voluntad para celebrarlo, y manifiestan que en su celebración no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio que pudiera afectar su validez jurídica.
111.2. Están de acuerdo en realizar actividades conjuntas, y en sujetar sus compromisos a los términos y condiciones insertos en las siguientes.
X XXX SUL A S
PRIMERA. OBJETO
El objeto del presente Convenio de Colaboración, es establecer las bases generales y para llevar a cabo actividades conjuntas de manera enunciativa mas no limitativa, actividades de colaboración académica, asesoría técnica, desarrollo de proyectos sustentables, difusión y d�sarrollo de actividades artísticas,. deportivas, culturales, científicas y proyectos de beneficio social en los campos afines de interés para "LAS PARTES".
SEGUNDA.ALCANCES
"LAS PARTES" acuerdan que los alcances del presente Convenio involucran los aspectos que se detallan a continuación:
A. Formación y especialización de recursos humános.
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ED';JCACIÓ� 1 ,
1. Organizar, asesorar y coordinar a estudiantes de "LA UTSH" para desarrollar su estad-fa en "LA SECRETARIA", en proyectos derivados de este instrumento, de conformidad con la normatividad en materia de Estadía.
2. Promover y llevar a cabo estancias temporales de docentes, investigadores y
personal, que así lo deseen, para realizar proyectos en las instalaciones de la otra parte / a la cual se encuentran adscritos.
3. Organizar y realizar conjuntamente cursos, seminarios, conferencias, simposios, exposiciones, mesas redondas, talleres, congresos y otros eventos académicos que sean de interés para el personal de "LAS PARTES", así como para terceros.
4. Realizar visitas guiadas con fines informativos o didácticos, dentro de las instalaciones de "LAS PARTES".
5. Otorgar, cuando así se acuerde por "LAS PARTES", las constancias, diplomas y reconocimientos a los participantes en virtud de las actividades realizadas al amparo del presente instrumento; y
6. Conformar un grupo de trabajo que se encargue de planificar supervisar y evaluar el desarrollo de la actividades y proyectos que se realicen en el marco del Convenio;
B. I nvest igaciones conjunt as.
1. Desarrollar proyectos conjuntos de investigación e innovación científica - tecnológi __-...._ en las áreas de interés para "LAS PARTES".
2. Incluir a profesores investigadores mexicanos y extranjeros de reconocida experiencia profesional para desarrollar los proyectos de investigación y desarrollo científico - tecnológico, humanístico y cultural, para que participen en proyectos conjuntos.
3. Informar y difundir los resultados e implementar las aplicaciones del producto de los estudiantes e investigaciones que se realicen.
C. Desarrollo tecnológico y ac adémico.
1. Desarrollar tecnología de manera conjunta para contribuir a la solución de problemas regionales.
2. Proporcionar servicios tecnológicos y/o trabajos técnicos especializados de acuerdo a la normatividad vigente, necesidades y requerimientos de los solicitantes.
3. Prestar servicios en materia de formación de recursos humanos, cooperación y desarrollo académico para la formación de grupos de expertos. .,
4. Colaborar con los sectores público, privado y social en la consolidación dél desarrollo tecnológico y la innovación en el territorio regional.
5. Elaborar, promover, organizar, asesorar e impartir conjuntamente cursos de especialización, actualización profesional, diplomados y posgrados, que permitan la formación de los cuadros profesionales altamente especializados.
6. Establecer dentro de las instalaciones de "LA UTSH" un Centro de Investigación, y desarrollo tecnológico (CIDT), con el fin de desarrollar, investigar, obtener datos, mediciones, y resultados en beneficio de los productores del sector agropecuario del Estado.
D. Interca mbio de información.
"LAS PARTES" acuerdan en intercambiar información científica, técnica y estadística, que permita la realización de estudios o investigaciones en materias de interés mutuo, que faciliten los intercambios académicos y de e�tudiantes, guardando siempre la secrecia necesaria frente a terceros.
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E. Asesoría técnica o académica.
Esta colaboración se dará a petición expresa de "LAS PARTES" mediante acuerdo mutuo sobre los términos y las condiciones que regirán las asesorías.
SEGUNDA. DE LA EJECUCIÓN
Para la ejecución de las actividades a que se refiere la cláusula que antecede, "LAS PARTES" suscribirán acuerdos en los cuales se definirán las acciones a realizar
.. mediante un plan de trabajo, el cual será adherido al presente instrumento previo a su
firma.
TERCERA. COMPROMISOS CONJUNTOS
Para la realización del objeto de este Convenio "LAS PARTES" se comprometen a:
A. En todos los casos relacionados con la materia del presente Convenio, permitir al personal e! acceso y uso de !as instalaciones, y facilitar el uso de equipos, instrumentos y fuentes de información de acuerdo a su disponibilidad y condiciones de la operación para cumplir con las actividades previstas en las cláusulas de este Convenio.
B. Proporcionar los apoyos, con base a la suficiencia presupuesta! de " PARTES", y coordinar la colaboración necesaria para el desarrollo de acciones derivadas del presente Convenio.
C. Promover los resultados obtenidos con el fin de buscar su difusión o su aplicación práctica, según sea el caso.
CUARTA. COMISIÓN TÉC NICA
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Para el adecuado desarrollo de las actividades a que se refiere el presente instrumento, "LAS PARTES" designarán una Comisión Técnica integrada por los titulares de las siguientes áreas:
1.- Por "LA UTSH"", se designa como responsabfe de Enlace en el presente Convenio al
lng. Xxxx Del Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Director Académico.
y
2.- Por "LA SECRETARÍA", se designa como responsable de Enlace �n el presente Convenio al lng. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Director General dé Programas Estratégicos y Evaluacion.
Los Enlaces de las áreas antes citadas, serán responsables directos de la supetvisión, vigilancia, control y revisión de las actividades relacionadas con las atribuciones de la Comisión Técnica.
Esta Comjsión tendrá las. siguientes. atribuciones.:.
1. Elaborar el programa anual de las actividades, durante la vigencia del presente Convenio.
2. Reunirse por lo menos una vez al año para revisar el desarrollo del presente instrumento.
respecto a su operación, formalización y cumplimiento.
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3. Facilitar los canales de comunicación entre "LAS PARTES" para la realización de las
4. Resolver toda controversia e interpretación que se derive del presente instrumento,
actividades conjuntas.
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QUJNTA. RELACIÓN LABORAL
Queda entendido que el personal que cada una de "LAS PARTES" asigne para�
colaborar en las actividades acordadas, será en todo momento dependiente de aquella que lo contrató, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral y de seguridad social entre el personal de "LA UTSH" con "LA SECRETARÍA", ni viceversa, por lo que en ningún caso podrá considerarse a estas como patrones solidarios o sustitutos del personal de la otra parte.
SEXTA. DEL SEGURO DE LOS ESTUDIANTES
"LA UNIVERSIDAD" deberá proporcionar a sus estudiantes seguro médico facultativo que ampare cualquier eventualidad cuando realicen sus Estadías, dentro de las instalaciones de la "SECRETAR(A" al estudiante, así como sus traslados de ida y vuelta entre su domicilio particular y/o institución educativa.
SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD
"LAS PARTES" se obligan a mantener bajo estricta confidencialidad la inform 1ón intercambiada, generada o acordada que se relacione con los proyectos y actividades derivadas del presente Convenio, durante el tiempo que juzguen adecuado en cada caso particu�ar, según la naturale-za de- la información y el- prnyecto objeto- del- Convenio.
OCTAVA. PROPIEDAD PATRIMONIAL E INTELECTUAL
Los derechos de propiedad intelectual que pudieran surgir con motivos de las actividades desarrolladas y derivadas del objeto del presente instrumento, (publicaciones de diversas categorías, artículos, folletos, entre otros; así como las coproducciones y su difusión)., estarán sujetos a las. disposiciones legales aplicables otorgando el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecución de dichas actividades "LAS PARTES" podrán utilizar en sus funciones la información o resultados derivados de las actividades desarrolladas.
En caso de existir un beneficio económico, deberá estipularse en forma clara la distribución del mismo, en los instrumentos jurídicos futuros que para tal efecto se suscriban.
NOVENA. MODIFICACIONES
El presente Xxxxxxxx podrá ser modificado o adicionado por voluntad de "LAS PARTES", mediante la firma del Convenio Modificatorio respectivo; dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.
DECIMA. VIGENCIA
El presente instrumento empezará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su firma por "LAS PARTES" y será vigente por tiempo que dure la Administración Estatal actual (04 de septiembre de 2028).
De igual forma se establece que el presente Convenio Xxxxx de Colaboración deja sin efecto cualquier instrumento jurídico firmado con anterioridad al presente, a partir de su suscripción.
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DÉCIMA PRIMERA. RESCISIÓN
1 ED';JCACIÓN
El presente convenio, todo o en parte, podrán ser rescindidos por cualquiera de "LAS PARTES" mediante comunicación oficial por escrito a la otra con 30 días hábiles de \ anticipación; en tal caso, "LAS PARTES" acordarán las condiciones para ello. No
mediará obligación adicional ni derecho a reclamación de indemnización alguna. La notificación de rescisión del convenio deberá enviarse al domicilio que "LAS PARTES" indican en el apartado de "declaraciones".
DÉCIMA SEGUNDA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS
"LAS PARTES" acuerdan que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto a su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por la Comisión Técnica a que se refiere la cláusula Cuarta.
Así mismo cualquier asunto que no esté expresamente previsto en el presente instrumento y las dudas que puedan surgir con motivo de su interpretación, ejecución o cumplimiento, será resuelto de común acuerdo y por escrito entre "LAS PARTES" en amigable composición, sin acudir a órgano jurisdiccional alguno.
DÉCIMA TERCERA. INEXISTENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO
El presente acuerdo de voluntades se celebra por los facultados legalmente para hacerlo, libres de coacción física o moral o de cualquier otro vicio del consentimiento, ya que, para el otorgamiento del mismo, no medió violencia, dolo, error o mala fe, que en momento alguno pudiera invalidarlo.
Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del esente instrumento, lo firman de común acuerdo al margen y al calce por duplic ao, en el Municipio de Xxxxxxx xx Xxxx Hidalgo, a los trece días del mes xx xxxxx dos mil veintitrés.
POR LA UNIVERSIDAD
ING. XXXXX ROO ÍGUEZ XXXXXXXX RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA SIERRA HIDALGUENSE
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MTRO. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO XX XXXXXXX
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