Contrato de Promesa De Venta
Entre:
De una parte, la señora XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX, dominicana, mayor de edad, soltera, Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1800865, domiciliada en 0000 00 Xx. Xxx. 0 XXXXXXXXX XX 00000 – QUEENS, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA debidamente representados por la señora XXX XXXXX XXXXXXXX , dominicana, mayor de edad, soltera con Cédula de Identidad y Electoral, domiciliada en la calle 6 # 8 Xxxxx Xxx Roma XXVI, Xxx. 0-X, Xxxxxxxx Xxxxxxx, xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, mediante ACTO NOTARIAL No.4,451/2014, En la ciudad de New York, Estados Unidos De America, el dia 24 del mes de septiembre del año 2014 y certificado por Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx en New York, Estados Unidos De America, actuando en funciones xx Xxxxxxx Publico, quien en lo que sigue de este contrato se conocerán como La VENDEDORA;
Y de la otra parte, los señores XXXX XXXXXXX XXXX XXXXX, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.000-0000000-0 y la señora XXXXX XX XX XXXX XXXXX XXXXX, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No.000-0000000-0, casados entre sí, domiciliados en esta Ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, República Dominicana, quienes en lo que sigue de este contrato, se conocerán como LOS COMPRADORES.
Cuando Los Vendedores y Los Compradores sean mencionados conjuntamente en el presente contrato, se denominarán como “Las Partes”.
Por Cuanto (i): Los Compradores, desea adquirir la vivienda identificada como A-02-B, ubicada en el condominio Residencial XXX ROMA XXIV Y XXV, (en lo adelante denominado EL INMUEBLE), que tiene un área total de 302.57m2 de construcción.
Por Cuanto (ii): Los Vendedores están en disposición otorgar formal Promesa de Venta a Los Compradores El Inmueble, a cuyos fines han convenido y pactado los términos y condiciones que regirán tal operación mediante el presente acto;
Por cuanto (iv): El inmueble objeto del presente contrato se encuentra gravado mediante un Prestamo con garantia hipotecaria No. 00-0000000, de fecha 30 de Julio del 2009, a nombre de la señora Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Por Tanto, y en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral del presente contrato, las partes libres y voluntariamente;
Han Convenido y Pactado Lo Siguiente:
Articulo Primero: Objeto.- La Vendedora por este medio prometen vender, ceder y traspasar, libre de gravámenes y con todas las garantías de derecho, en favor de Los Compradores quienes aceptan, y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato, el siguiente inmueble de su propiedad:
“Unidad funcional A-02-B, identificada como 400402210483: A-02-B, matricula No.0100053419, del condominio Residencial XXX ROMA XXIV Y XXV, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participacion sobre las areas comunes y la parcela del 3.14% y 1 voto en la asamblea xx xxxxxxxxxx, conformada por un SECTOR PROPIO identificada como SP-02-02-002, ubicado en el nivel 02, del bloque 02, destinado a Apartamento, con una superficie de 156.74 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-041, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 24.83 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-02-02-001, ubicado en el nivel 02, del bloque 02, destinado a Terraza, con una superficie de 35.00 metros cuadrados y un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-02-02-002, ubicado en el nivel 02, del bloque 02, destinado a Terraza, con una superficie de 86.00 metros cuadrados.”
Articulo Segundo: Xxxxxx y Forma de Pago.- El precio fijado por ambas partes contratantes para la realización del contrato de venta definitivo de EL INMUEBLE, es la suma de SIETE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$7,000,000.00), suma que deberá ser pagada por Los Compradores, en manos de Los Vendedores de la siguiente forma:
Un primer pago de QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$500,000.00) desembolsado en fecha 04 de Febrero del Año 2015, por concepto de separación, suma por la cual Los Vendedores otorgan recibo de descargo y finiquito a favor de Los Compradores.
Un segundo pago de QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$500,000.00) a ser desembolsados, a mas tardar, el dia treinta (30) xx Xxxxx del presente año 2015 y contra entrega, por parte de La Vendedora, de las certificaciones de IPI y del Estado Juriddico del Inmueble objeto del presente contrato, vigentes a la fecha.
El saldo restante de SEIS MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$6,000,000.00) será empleado para que en fecha treinta (30) xx Xxxxx del presente año 2015, sea pagado directamente a la entidad Asociacion Cibao de Ahorros y Prestamos, persona juridica, de derecho privado, el Prestamo con garantia hipotecaria No.00-0000000 del 30 de Julio del 2009, a nombre de la señora Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, a los fines de que sea saldado dicho prestamo. Comprometiendose LOS COMPRADORES, a pagar la diferencia restante a LA VENDEDORA, contra entrega de la carta de saldo del citado prestamo, emitida y certificada por la Asociacion Cibao de Ahorros y Prestamos.
Párrafo I: LOS VENDEDORES se reservan el derecho de aceptar, el saldo de los SEIS MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$6,000,000.00), con posterioridad a su fecha de vencimiento, dando un plazo máximo de quince (15) días a LOS COMPRADORES, para realizar dicho pago.
Artículo Tercero: Vigencia de la Promesa.- Las Partes convienen la presente promesa de venta por un término que no excederá el dia quince (15) xx xxxx del presente año 2015, sujeto al cumplimiento cabal de LOS COMPRADORES a las condiciones indicadas en el artículo segundo de este contrato.
Párrafo I: En caso de que se efectué la rescisión del presente contrato por incumplimiento a las obligaciones asumidas y que las mismas fueren imputables a LOS COMPRADORES, estos aceptan y así queda establecido en este contrato, que deberan pagar una penalización igual a un DIEZ (10%) POR CIENTO, del total del precio acordado en el Artículo Segundo y la misma tendrá categoría de cláusula penal, para resarcir en favor y provecho de LA VENDEDORA los daños y perjuicios que tal incumplimiento le causare; valor que será aplicado y deducido de las sumas pagadas por LOS COMPRADORES estableciendo que la suma restante a favor de LOS COMPRADORES le será entregada en un plazo no mayor xx xxxx (10) días, contados a partir de que se notifique la rescisión del presente acuerdo. De igual modo, en caso que las razones de rescisión del presente contrato fueren imputables a LA VENDEDORA, ésta acepta y así queda establecido en este contrato, una penalización igual a un DIEZ (10%) POR CIENTO, del total del precio acordado en el Artículo Segundo y la misma tendrá categoría de cláusula penal, para resarcir en favor y provecho de LOS COMPRADORES los daños y perjuicios que tal incumplimiento le causare; valor que se sumara a los montos avanzados a la fecha por LOS COMPRADORES y que les deberan ser devueltos en un plazo no mayor xx xxxx (10) días una vez LA VENDEDORA comunique su intención unilateral de rescindir el contrato.
Artículo Cuarto: De la Entrega de Documentación: Con la firma del contrato de compraventa definitivo Los Vendedores se comprometen entregar a Los Compradores la siguiente documentación:
a) El duplicado del duerño correspiente al certificado de titulo del inmueble (original);
Párrafo II: LOS VENDEDORES se comprometen a enviar una autorización por escrito a la Asociacion Cibao de Ahorros y Prestamos, para que dicha entidad financiera proceda a entregar el radiación de la hipoteca correspondiente al Prestamo No.00-0000000, a Los Compradores, una vez estos hayan saldado el precio total convenido como lo establece el articulo segundo en su numeral tercero del presente contrato, asi como para que la entidad financiera pueda hacerle entrega a Los compradores del Certificado de Titulo Original.
Artículo Quinto: De las garantías legales. Los Vendedores garantiza que el inmueble objeto de este acuerdo se encuentra libre de cualquier tipo de carga, gravamen, oposición, ocupación o litigio que impida el libre goce o disfrute del mismo, así como que Los Vendedores se encuentran al día con el pago de los impuestos aplicables a dicho inmueble.
Articulo Sexto: Desistimiento y Falta de Cumplimiento de Los Compradores;.- En caso de que Los Compradores desistiere voluntariamente de la Promesa de Venta otorgada mediante el presente contrato, o no pagare en la forma especificada en el artículo segundo, este contrato quedará resuelto de pleno derecho y sin necesidad de formalidad judicial o extrajudicial, debiendo Los Compradores pagar a Los Vendedores una penalidad equivalente los montos avanzados a la fecha, a título de compensación económica para Los Vendedores por haber rescindido el presente acuerdo por EL INMUEBLE.
Artículo Séptimo: Entrega Definitiva y Transferencia de Propiedad.- Los Vendedores declara que la entrega definitiva del inmueble deberá realizarse única y exclusivamente cuando haya sido cumplido plenamente lo pactado en el artículo segundo de este contrato y se haya realizado el correspondiente contrato de venta definitivo la transferencia y cesión.
Artículo Octavo: Reconocimiento De Contrato.- Las partes reconocen que el presente acto es una Promesa de Venta y en nada implica transferencia del derecho de propiedad de El Inmueble, transferencia que se operará al momento de materializarse el contrato de venta definitivo y de lo cual debe quedar constancia por contrato intervenido entre las partes.
Artículo Noveno: No Transferencia de Derechos: Los Compradores, reconoce y acepta que no podrá transferir bajo ninguna circunstancia a persona física o moral, los derechos que le corresponden por este contrato, sin contar con el consentimiento escrito y expreso de Los Vendedores.
Artículo Décimo: Elección de Domicilio.- Para los fines y consecuencias legales del presente acto, las partes contratantes hacen formal elección de domicilio en sus respectivos domicilios y asiento sociales, indicados al inicio del presente acto.
Artículo Décimo Primero: Legislación Aplicable.- Las partes aceptan todas las estipulaciones y convenciones del presente contrato y para lo no previsto en el mismo se remiten al derecho común y a las leyes de la República Dominicana.
Hecho y Firmado de buena fe, en Tres (3) originales de un mismo tenor y efecto uno para cada contratante, en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de Febrero del año 2015.
La Vendedora
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XXX XXXXX XXXXXXXX
Representante De La Señora:
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX
Los Compradores
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XXXX XXXXXXX XXXX XXXXX
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NORMA DE LA XXXX XXXXX XXXXX
Yo, __________________________________, abogado, y Notario Público de los del número del Distrito Nacional, MATRICULA No. _______, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que anteceden fueron puestas en mi presencia libre y voluntariamente por los señores XXX XXXXX XXXXXXXX, XXXX XXXXXXX XXXX XXXXX y XXXXX XX XX XXXX XXXXX XXXXX, cuyas generales y calidades constan en el presente acto, quienes me han declarado bajo la fe del juramento que esa son las firmas que acostumbran a usar en todos los actos de su vida pública y privada.
En la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de Febrero del año 2015.
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Notario Público.-
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