CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL ENTRE LA UNIVERSIDAD POLITÈCNICA DE VALÈNCIA Y EL COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS (DEMARCACIÓN COMUNIDAD VALENCIANA)
CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL ENTRE LA UNIVERSIDAD POLITÈCNICA DE VALÈNCIA Y EL COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS (DEMARCACIÓN COMUNIDAD VALENCIANA)
Valencia, a 00 xx xxxxx xx 0000
XXXXXXXX
De una parte, la Universitat Politècnica de València, en adelante UPV, Con CIF X0000000X, creada con rango de universidad en virtud del Decreto 495/1971, de 11 xx xxxxx (BOE de 26 xx xxxxx de 1971), con sede en el Xxxxxx xx Xxxx, x/x xx Xxxxxxxx (Xxxxxx), y en su nombre y representación el Sr. Rector Magnífico D. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx Xxx, nombrado por el Decreto 65/2013 de 30 xx xxxx, del Consell de la Generalitat, y en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas por el artículo 53-d de los Estatutos de la UPV, aprobados por el Decreto 182/2011, de 25 de noviembre, del Consell.
De otra parte, D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, actuando en calidad de Decano de la Demarcación de la Comunidad Valenciana del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, con NIF Q2867009I y domicilio social en X/ Xxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx, actuando en nombre y representación de esta Corporación de Derecho Público, con domicilio corporativo y a efectos de notificaciones en X/ Xxxx Xxxxx, 0 xx Xxxxxxxx (XX 00000) y con dirección de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxx.xx, en la representación que le otorga el artículo 38 de sus Estatutos aprobados por Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre.
Ostentando cada uno de ellos la representación legal de la entidad a la que representan y reconociéndose mutuamente la capacidad legal para suscribir el presente acuerdo, a tal efecto,
EXPONEN
I.- Que la UPV contempla en sus Estatutos el principio de relación con el entorno que exige la apertura a las manifestaciones culturales de la sociedad y la colaboración con instituciones que faciliten su labor educativa, así como el intercambio y la difusión de conocimiento científico y cultural.
II.- Que de conformidad con el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, la UPV es una de las entidades beneficiarias del mecenazgo.
III.- Que el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos desarrolla principalmente sus actividades en la representación, defensa y promoción de la Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos y desea colaborar con la UPV en la organización, difusión y patrocinio de las Olimpiadas de Ingeniería de Caminos, Canales
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Id: UPV-GENFirma-19009 Cod. Verificació: C154K4DFEWFJ9DA4
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y Puertos a desarrollar en la Universidad Politècnica de València, que este año celebra su tercera edición.
Ambas partes suscriben el presente convenio de colaboración empresarial que someten a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (Demarcación Comunidad Valenciana) colaborará en las siguientes actividades:
1. La organización, difusión y patrocinio de las Olimpiadas de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, en la que participarán alumnos de la ESO de diversos colegios e institutos de la provincia de Valencia y Castellón y que este año se realizará en la UPV durante el año 2020.
2. La organización de la Semana de la Ingeniería Civil y Medio Ambiente (SICMA2020), en la que participan empresas e instituciones del ámbito de la Ingeniería Civil con actividades destinadas a los estudiantes de la Escuela y que se realiza en el 2020.
3. La organización de la actividad denominada Ingeniería en la Calle, en el año 2020, en la que se organizan actividades lúdicas en un espacio municipal de la ciudad de València cuyo objeto es acercar el conocimiento de la ingeniería civil a la sociedad.
SEGUNDA.- NATURALEZA
El presente convenio regula la colaboración empresarial en actividades de interés general en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
TERCERA.- APORTACIÓN ECONÓMICA
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (Demarcación Comunidad Valenciana) abonará este año 2020 a la UPV la cantidad 4.200 € para la realización de las actividades descritas en la cláusula primera de este convenio. En los próximos años, la cantidad a aportar será objeto de negociación y aprobación por la Junta Rectora de la Demarcación. El pago se realizará en un plazo de 60 días a contar desde el día de la firma del convenio, previa emisión por parte de la UPV de la correspondiente factura.
Esta cantidad se ingresará en la cuenta bancaria a nombre de la UPV que se comunicará en el momento de hacer la factura.
Previa comprobación del ingreso, la UPV emitirá certificado acreditativo de la realización de la aportación económica para su consideración como gasto deducible a los efectos establecidos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
CUARTA.- EXCLUSIVIDAD
El presente convenio no implica exclusividad y la UPV podrá acordar con otras empresas la colaboración en esta actividad.
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QUINTA.- DIFUSIÓN DE LA COLABORACIÓN
La UPV se compromete a realizar la mayor difusión posible, por los medios que considere oportunos, de la colaboración del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en la actividad descrita en la cláusula primera del presente convenio.
SEXTA.-COMISIÓN MIXTA DE SEGUIMIENTO
Ambas partes constituirán una Comisión Mixta formada por los siguientes miembros:
D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, decano del CICCP-Comunidad Valenciana.
X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, secretario del CICCP-Comunidad Valenciana.
X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Director de la Escuela de Caminos, Canales y Puertos de la UPV
D. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Subdirector de RRII, emprendimiento y Cátedras de Empresa de la Escuela de Caminos, Canales y Puertos de la UPV
D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subdirector de Coordinación Académica de la Escuela de Caminos, Canales y Puertos de la UPV
Dña. X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Subdirectora de Alumnado de la Escuela de Caminos, Canales y Puertos de la UPV
Dicha comisión tendrá como funciones el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos asumidos por las partes. También resolverá los problemas que puedan surgir en el desarrollo del mismo.
SÉPTIMA.- CONSECUENCIAS DEL POSIBLE INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes supondrá la finalización del convenio. No obstante, la finalización no afectará a las actividades que estén en ejecución, suscritas al amparo de este convenio.
OCTAVA.- PUBLICIDAD
De acuerdo con lo establecido en la normativa sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el presente convenio será publicado en la web de la Escuela de Caminos, Canales y Puertos de la UPV y del Colegio.
Cuando no sea posible publicarlo en su integridad por razones de confidencialidad, se indicará su objeto, partes firmantes, duración, obligaciones, económicas o de cualquier índole, y sus modificaciones si las hubiera.
NOVENA.- VIGENCIA DEL CONVENIO
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de la firma y tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogables hasta cuatro años adicionales, si ninguna de las partes manifiesta por escrito a la otra parte su voluntad de no continuar con el Convenio, con una antelación mínima de tres meses.
En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar el desarrollo de las actividades ya iniciadas en el momento de la notificación de la denuncia.
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DÉCIMA.- MODIFICACIONES DEL CONVENIO
Para la modificación del contenido de este convenio será necesario el acuerdo unánime de los firmantes.
DECIMOPRIMERA.- PROTECCIÓN DE DATOS
Este convenio, de acuerdo con el principio de transparencia, y las actuaciones desarrolladas en cumplimiento del objeto del convenio serán de conocimiento general, sin más restricciones que las que, en su caso, imponga el ordenamiento jurídico en materia de protección de datos personales.
En este sentido, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Protocolo, adecuarán sus actuaciones al REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos – RGPD-) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los representantes de las partes autorizan expresamente el tratamiento de sus datos de carácter personal para la gestión de este acuerdo. De conformidad con RGPD tienen los derechos a acceder, rectificar y suprimir los datos, y si fuera de aplicación, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste.
Respecto de los datos de representantes, empleados o personas de contacto de las partes incluidos en este Acuerdo o facilitados entre ellas con motivo de su ejecución podrán ser incluidos en sendos tratamientos, titularidad de cada parte, cuya finalidad es la gestión del Convenio. Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar gratuitamente sus derechos.
En relación a dicho tratamiento, el Colegio informa de lo siguiente: Finalidades: Gestión de la actividad contractual y convencional del Colegio. Legitimación del tratamiento:
RGPD (art. 6.1.a) Consentimiento del interesado.
RGPD (art. 6.1.b) El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.
RGPD (art.6.1.f) El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, en relación con el artículo 19 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Cesiones o comunicaciones: En relación a este acuerdo no se prevén, salvo la relativa a la publicación del convenio.
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Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste. Se pueden ejercer mediante correo electrónico dirigido a: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
DECIMOSEGUNDA.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Los conflictos que pudieran surgir de la interpretación, desarrollo, modificación y resolución del presente convenio deberán ser solventados por la Comisión Mixta prevista en la cláusula cuarta de este acuerdo. De no alcanzarse solución o acuerdo a través de esta vía, la resolución de la cuestión o cuestiones litigiosas surgidas será competencia de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Por la Universitat Politècnica de València
Por la Demarcación de la Comunidad Valenciana del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos
XXXXXXXX XXXXX
22608766L
Firmado digitalmente por 22608766L XXXXXXXX XXXXX XXXXX (R: Q2867009I)
Nombre de reconocimiento (DN): 2.5.4.13=Boletín:
253/Fecha: 22-10-2003/Número resolución: 1271, cn=22608766L XXXXXXXX XXXXX XXXXX (R: Q2867009I), givenName=XXXXXXXX XXXXX, sn=XXXXX
XXXXX (R: Q2867009I)
XXXXXXX, serialNumber=IDCES-22608766L, title=DECANO, 2.5.4.97=VATES-Q2867009I, ou=CICCP- DEMARCACION DE COM. VALENCIANA, o=COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, c=ES
Fecha: 2020.04.24 13:00:19 +02'00'
Fdo.: X. Xxxxxxxxx X. Xxxx Xxx Xxxxxx
Fdo.: D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Decano
Colegiado 5.207
Firmado digitalmente por XXXXXXXXX XXXX XXXX XXX
Cargo: RECTOR
Fecha: 15/05/2020 12:23:25 CEST
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