CONTRATO Nº 010 2008 - UNAMBA
PINTADO DE LOCAL DE LA SEDE ACADEMICA CIUDAD UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL XXXXXXX XXXXXXXX DE APURIMAC
Conste por el presente documento, para el “PINTADO DE LOCAL DE LA SEDE ACADEMICA CIUDAD UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL XXXXXXX XXXXXXXX DE APURIMAC”, que celebra de una parte La Universidad Nacional Xxxxxxx Xxxxxxxx de Apurimac, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20527076579, con domicilio legal en la Xx. Xxxxxx Xx 000 – Abancay, representada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, y de otra parte la empresa “PROYECTOS MATERIALES Y CONSTRUCCIONES E Y T EIRL.” con RUC Nº 20213931009, con domicilio legal en el Jr. Surinam Nº 110 Abancay, inscrita en la Ficha Nº 0203097 Asientos Nº 1, del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de Abancay, debidamente representado por su Titular Gerente Xxxx Xxxx XXXXXX XXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha 15 de Octubre del 2008, el Comité Especial Permanente adjudicó la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 016-2008-UNAMBA, para el Pintado del Local de la Sede Académica Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional Xxxxxxx Xxxxxxxx de Apurimac, cuyos detalles, importe total, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD Y OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente documento, EL CONTRATISTA se obliga ante LA UNAMBA, a efectuar el Pintado de Local de la Sede Académica Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional Xxxxxxx Xxxxxxxx de Apurimac, de acuerdo a las características y especificaciones técnicas de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 016-2008-UNAMBA, Las partidas a ejecutarse son: pintura en exteriores, pintura en barandas, puertas y divisiones metálicas, reparación de aleros, los mismos que se detalla a continuación:
DESCRIPCION |
PARTIDAS |
CANT. |
UNID. MED. |
PABELLONES AULAS GENERALES |
Pintura Esmalte en Contrazocalos Exteriores h=1.05m |
667.00 |
M2 |
Pintura Esmalte en Parapeto (Techo) |
225.00 |
M2 |
|
Pintura Látex Exteriores |
840.00 |
M2 |
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Pintura Esmalte Martillado en Barandas Metálicas |
197.00 |
ML |
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Pintura Esmalte Martillado en Puertas y Divisiones Metálicas (Baños) |
67.00 |
M2 |
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Reparaciones de Aleros |
10.00 |
ML |
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PABELLON ING. AGRO INDUSTRIAL |
Pintura Esmalte en Contrazocalos Pasillos y Exteriores h=1.05m |
455.70 |
M2 |
Pintura Látex Exteriores |
991.97 |
M2 |
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Pintura Esmalte Martillado en Barandas Metálicas |
130.00 |
ML |
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PABELLON ING. DE MINAS |
Pintura Esmalte en Contrazocalos Pasillos y Exteriores h=1.05m |
285.00 |
M2 |
PINTADO DE LETRAS – PARAPETO |
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Así mismo se realizara el pintado de las Letras en el Parapeto del Pabellón de Aulas Generales hacia la fachada principal las letras tendrán las siguientes características y dimensiones: El tipo de Texto se cambiara, color xxxx xxxxxx
UNIVERSIDAD NACIONAL XXXXXXX XXXXXXXX DE APURIMAC Letras: Ancho:0.35 Altura:0.60 |
El servicio es a todo costo, comprende materiales, traslado, insumos, herramientas y otros.
Si durante el desarrollo de la prestación del servicio se detectaran trabajos o suministros adicionales, el costo de ellos será a cargo del contratista.
Para la entrega total del servicio xx xxxxxxx se deberá de dejar limpio, sin manchas de pintura las mismas paredes, las puertas, ventanas, pisos y otros.
LAS CARACTERÍSTICAS DE LA PINTURA DEBE TENER LAS SIGUIENTES PROPIEDADES
La pintura es un producto liquido viscoso, que contiene pigmentos y otros aditivos dispersos homogéneamente en un medio liquido, que después de su aplicación en capas delgadas, sobre una superficie previamente preparada, se convierte en una película sólida, con la finalidad de brindarle protección, limpieza y una presentación estética, el color de la pintura será definido por la entidad.
Requisitos de las pinturas:
Las pinturas en su envase original, deberán ser fácilmente dispersadas con una paleta hasta alcanzar un estado suave y homogéneo. Estar libres de asentamientos excesivos, natas, grumos, decoloración y separación del color.
La pintura al ser aplicada en superficies verticales y lisas, deberá extenderse fácilmente con brocha, poseer cualidades de enrasamiento y no mostrar tendencias al escurrimiento.
La pintura no deberá formar piel en la superficie (nata), en el envase tapado durante los periodos de interrupción de la faena xx xxxxxxx.
La pintura deberá secar dejando una superficie xxxx y uniforme, libre de asperezas, granos angulosos, partes disparejas y otras imperfecciones.
Las pinturas a ser utilizadas serán extraídas de sus envases originales y se emplearán sin sufrir ningún tipo de adulteración, procediendo en todo momento de acuerdo a las especificaciones técnicas de los fabricantes.
Preparación de Superficies:
La preparación de la superficie, es el factor más importante en el comportamiento de una pintura, ha quedado ampliamente demostrado, que las fallas mas comunes, en las pinturas se deben en gran medida, a la deficiente preparación de las superficies y al empleo de productos de mala calidad.
El resultado de un trabajo de pintura, siempre dependerá de la limpieza de la superficie y las condiciones generales bajo las cuales se apliquen las mismas. A continuación se especifican los requerimientos básicos para el tratamiento de las superficies que se exigirá en la obra.
Antes de iniciar los trabajos de pintura en general, las superficies deberán ser sometidas a labores de limpieza, para remover y eliminar grasas, suciedad, materiales excedentes, óxidos, escoria, escamas de laminado y materias extrañas que se encuentren depositadas en las mismas, utilizando de acuerdo al caso, lija, escobillas xx xxxxxx y xx xxxxx, limpieza con detergentes y solventes, esmerilado y arenado. De manera general, todas las superficies por pintar deberán estar secas, limpias, libres de polvo y grasa, al momento de recibir la pintura.
Las superficies que presenten imperfecciones y defectos subsanables, serán resanadas con mortero de cemento arena, empastadas y lijadas, hasta conseguir una superficie uniforme, para aplicar el imprimante que servirá de base para recibir la pintura de acabado que corresponda.
Las superficies de la carpintería xx xxxxxx deberán estar libres de escorias, cordones de soldadura sobresalientes, que serán eliminados con lima, lija o esmeril, asimismo deberán estar libres de polvo, grasa, óxidos, escamas y materiales sueltos, las mismas que servirán de base para recibir la pintura de acabado.
Pintura Látex
Es una pintura formulada a base de una emulsión acrílica y pigmentos especialmente seleccionados de alta resistencia y solidez a la luz. La aplicación es con brocha, rodillo o pistola. Es de secado rápido dejando capas de acabado satinado de fina textura y uniforme en diferentes tonalidades. Presenta una excelente resistencia al lavado pudiendo ser utilizado tanto para interiores como para exteriores. Disolvente: Agua Potable.
Esmalte Sintético
Es una pintura formulada a base de resinas alquímicas y pigmentos inhibidores de la corrosión, de acabado brillante y liso, Posee resistencia a la intemperie, humedad y abrasión, que proporciona una adecuada protección a superficies de metal, madera, concreto, etc., los colores pueden mezclarse entre si, es de fácil aplicación con brocha, rodillo o pistola pulverizadora, fluye con facilidad y se nivela al secar. Disolvente: Thiner Acrílico.
Se utilizará pinturas de Clase A1 de marca reconocida y de calidad comprobada. Se rechazará aquellas pinturas que no cumplan con las características de calidad establecidas.
La calidad de las pinturas en general deberá contar con la aprobación de la Dirección de Infraestructura.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El postor ganador de la buena pro deberá ejecutar los servicios materia de este proceso en un plazo no mayor de 20 días calendario, previa suscripción del contrato respectiva.
DE LA GARANTÍA XXX XXXXXXX
La garantía técnica mínima es de DOCE (12) meses, vigente desde el día de la suscripción del Acta de Recepción y Conformidad por la Dirección de la Infraestructura de la UNAMBA
DE LOS DEFECTOS DEL SERVICIO
De existir defectos en la ejecución del servicio, el proveedor tendrá un plazo máximo de 03 días hábiles, para efectuar las correcciones respectivas, a fin de que el área de Infraestructura pueda darle la conformidad de los servicios prestados.
PINTURA LATEX EN EXTERIORES
Comprende el trabajo de pintura para elementos comprendidos y especificados en otras
partidas.
PROCESO DE EJECUCIÓN:
Se aplicara sobre superficies uniformes exteriores que hayan sido previamente lijadas y debidamente resanadas y empotradas con imprimantes de la mejor calidad que se consiga en el mercado a juicio del contratista y bajo su entera responsabilidad.
Se aplicarán una mano de pintura, sobre los muros resanados.
La pintura se aplicara observando todas las disposiciones necesarias para un acabado perfecto, sin defectos de saponificación, decoloración, arrugamiento, veteado, exudación, escoriamiento, etc. Será menester una rigurosa mano de obra.
EXTERIORES.- Ningún pintado deberá efectuarse en horas de lluvia por menuda que esta fuera, se aplicará pintura formulada especialmente para resistir las adversas condiciones climatológicas. se aplicará pintura a base de látex de marca reconocida.
Medición de la partida: Unidad de Medida: M2
Norma de Medición: Él computo se tomará en cuenta del resultado de la suma de áreas libres a pintar.
Formas de Pago de la partida: Previa inspección del correcto desarrollo de los
trabajos descritos.
PINTURA ESMALTE EN CONTRAZOCALOS H=1.05M
Comprende el trabajo de pintura para elementos comprendidos y especificados en otras
partidas.
PROCESO DE EJECUCIÓN:
Se aplicara sobre superficies uniformes exteriores que hayan sido previamente lijadas y debidamente resanadas y emporadas con imprimantes de la mejor calidad que se consiga en el mercado a juicio del contratista y bajo su entera responsabilidad.
Se aplicarán una mano de pintura, sobre los muros resanados.
La pintura se aplicara observando todas las disposiciones necesarias para un acabado perfecto, sin defectos de saponificación, decoloración, arrugamiento, veteado, exudación, escoriamiento, etc. Será menester una rigurosa mano de obra.
Se aplicará pintura a base de esmalte de marca reconocida
Medición de la partida: Unidad de Medida: M2
Norma de Medición: Él computo se tomará en cuenta del resultado de la suma de áreas libres a pintar.
Formas de Pago de la partida: Previa inspección del correcto desarrollo de los
trabajos descritos.
PINTURA ESMALTEMARTILLADO EN BARANDAS, PUERTAS Y DIVISIONES
METALICAS EN BAÑOS
Comprende a los trabajos correspondientes a pinturas en barandas, puertas y divisiones metálicas.
En Carpintería xx Xxxxxx Todos los elementos metálicos xx xxxxxx recibirán previo Lijado y limpieza, posteriormente pintura anticorrosivo y luego se aplicara una mano de esmalte martillado.
PROCESO DE EJECUCIÓN:
Se Todas las superficies metálicas que vayan a recibir pintura estarán libres de óxido,
polvo, aceite, grasa y escamas de laminación, para lo cual el Contratista hará su
limpieza mediante cepillos de alambre, papel de lija o esponjas metálicas, removiendo
óxido, manchas, grasa y todos los materiales duros adheridos a la superficie. Cuando se
encuentren materiales demasiado adheridos como salpicaduras de soldadura o cualquier
otra irregularidad notoria, se removerán mediante rasquetas o esmeril.
Los defectos que presenten el xxxxxx pueden resanarse con masilla de pirocilina pulida con lija fina de agua, pintando con anticorrosivo las partes que se pelen. Las superficies o elementos galvanizados serán pintados con un imprímante antes de recibir el esmalte.
Una vez removidas las irregularidades, se pulirán las zonas con cepillo metálico hasta obtener una superficie xxxx y se limpiarán frotándose con estopa y gasolina blanca o varsol, cambiando con frecuencia la gasolina o el varsol para evitar la formación de películas o de grasa.
Medición de la partida: Unidad de Medida: M
Norma de Medición: Él computo se tomará en cuenta del resultado de la suma total
de metros lineales de los tramos a pintar.
Formas de Pago de la partida: Previa inspección del correcto desarrollo de los trabajos descritos.
PERSONAL Y EQUIPOS
El contratista está obligado a que el personal que brindará el servicio, sean personas debidamente especializadas y capacitadas a fin de ejecutar los trabajos con la calidad.
El Contratista deberá contar con los recursos humanos y equipos técnicos necesarios para la ejecución del servicio.
El Contratista será el único responsable de los pagos de jornales y leyes sociales al personal a su cargo, así como de la seguridad contra accidentes y otros a que hubiera lugar, quedando la Universidad Nacional Xxxxxxx Xxxxxxxx de Apurimac exenta de toda relación laboral.
FORMA DE PAGO
La Universidad Nacional Xxxxxxx Xxxxxxxx de Apurimac, el pago se realizará con abono a la Cuenta Corriente Interbancaria (CCI) después de la conclusión de los trabajos y previa suscripción del Acta de Recepción y Conformidad de recepción por la Dirección de la Infraestructura de la UNAMBA.
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a S/. 16,221.28 (Dieciséis Mil Doscientos Veintiuno con 28/100 Nuevos Soles) a todo costo, incluido IGV.
Este monto comprende el costo del bien, seguros e impuestos, fletes, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, luego de la recepción formal y puesta en marcha del equipo, y la entrega completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 238° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes.
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del presente contrato se extenderá a partir de la entrega de la Orden de Servicio, hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. Con un plazo de ejecución de (20) Veinte Días vigentes.
CLAUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLAUSULA SETIMA: GARANTIAS
Como requisito indispensable para suscribir el contrato EL CONTRATISTA, debe entregar a LA UNAMBA, la garantía de fiel cumplimiento del mismo, Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto de contrato y tener una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA.
Excepcionalmente las Micro y Pequeñas Empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la entidad retenga el 10% del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su reglamento.
CLAUSULA OCTAVA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla(s).
CLAUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento.
Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLAUSULA DÉCIMA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA
El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos.
CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO1
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido a las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 222º y 225º del Reglamento.
De acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en las Bases o el contrato se podrán establecer penalidades distintas a la mencionada en el articulo 222º siempre y cuando sean razonables y congruentes con la prestación a cargo del contratista.
En caso de que EL CONTRATISTA no cumpliera con el iniciar el servicio en la fecha indicada en la cláusula octava del presente contrato, se hará acreedor a la ejecución de la Carta Fianza presentada por una cantidad equivalente al 10% del monto mensual estimado del contrato, salvo que dicha no iniciación se produzca por causas imputables a LA UNAMBA
LA UNAMBA, se reserva el derecho de efectuar inspecciones en EL COMEDOR, incluidas las cocinas, almacenes y demás ambientes y procederá a aplicar penalidades a EL CONTRATISTA, en los siguientes casos:
CLAUSULA DECIMO TERCERA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 41º, inciso c), y 45º de la Ley, y los artículos 224º y 225º de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLAUSULA DECIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En lo no previsto en este contrato, en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
CLAUSULA DECIMO SEXTA: ARBITRAJE
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 272º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLAUSULA DECIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de Abancay, a los 31 de Octubre del mes de Octubre del 2008.
“LA ENTIDAD” |
|
“EL CONTRATISTA” |
1 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 223º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.