Contract
Carátula del Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente asociado a Tarjeta de Crédito | ||||
DiDi Card 2.0 | ||||
CAT (Costo Anual Total) | Tasas de interés promedio anual ordinaria, moratoria y pagos diferidos | Línea de Crédito | Mínimo a Pagar | |
99.78% sin I.V.A. promedio informativo. Fecha de cálculo: 11 xx xxxxx del 2024 | 1) Tasa de interés promedio anual ordinaria: 70.31% 2) Tasa moratoria: No aplica 3) Tasa de interés por pagos diferidos: 61.20% | [●] | Diez por ciento (10%) del saldo pendiente | |
Comisiones | ||||
Apertura: No aplica. Anualidad: No aplica. Prepago: No aplica. Pago tardío: B * 10% (si A < $50.00 pesos, entonces A = $50.00 pesos) | Reposición de tarjeta: $150.00 (Ciento cincuenta pesos M/N) Reclamación improcedente: $300.00 (Trescientos pesos M/N) Cobranza: No aplica. | |||
Advertencias | ||||
1) Cuida tu capacidad de pago, generalmente no debería exceder del 35% de tus ingresos periódicos, los costos por xxxx son muy elevados. 2) Incumplir con tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios. 3) Si únicamente pagas el Pago Mínimo en cada Pago Periódico requerido pagarás tu crédito en el Plazo Máximo establecido en cada Estado de Cuenta. | ||||
Información relevante | Autorización | Seguro | Estado de Cuenta | |
Fecha límite de pago: [●] Fecha xx xxxxx: [●] | Los datos personales pueden utilizarse para mercadeo: Si No | No Aplica | Puedes consultarlo dentro de la App | |
Dudas, aclaraciones y reclamaciones | ||||
Para cualquier duda, aclaración o reclamación, por favor contáctanos al: 000 000 0000 o al Chat en vivo dentro de la App. | ||||
PROFECO Teléfonos: 00 000 00 para la Ciudad de México y al 01 800 468 87 22 para larga sin costo, | ||||
Datos de inscripción en el Registro Público de Contratos de Adhesión en línea: N/A |
En virtud de lo anterior las partes se obligan en términos de la presente carátula mediante la firma electrónica de la misma en la aplicación, en términos de lo establecido en el artículo 80 del código de comercio.
Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente asociado a Tarjeta de Crédito |
El presente Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente asociado a Tarjeta de Crédito (el “Contrato”) es celebrado entre REGIGOLD, S.A. DE C.V. (en adelante “Nosotros”, el “Acreditante” o “DiDi”), y Tú cómo Acreditado, de acuerdo con tus datos que se encuentran dentro de la Solicitud que llenaste a través de la App de DiDi (y que conjuntamente serán llamados como las “Partes”), de conformidad con los siguientes: |
ANTECEDENTES |
. Tú, como Acreditado, realizaste a través de la App de DiDi una Solicitud por Medios Electrónicos para la concesión de esta Línea de Crédito, misma que está sujeta a los Términos y Condiciones de este Contrato. I. Antes de la celebración de este Contrato y durante el proceso de llenado de tu Solicitud de Línea de Crédito, pusimos a tu disposición los siguientes documentos, mismos que puedes consultar a través de la App de DiDi: a. El texto íntegro de este Contrato. b. Nuestro Aviso de Privacidad. c. Nuestros Términos y Condiciones de uso del sitio web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxx-xx-xxxxxxx/ y de la App de DiDi, por lo que a la firma de este Contrato, reconoces y estás de acuerdo en obligarte de conformidad con los mismos. |
DECLARACIONES |
X. XxXx declara por conducto de su representante legal que: . Somos una Sociedad Anónima de Capital Variable y cumplimos con las leyes mexicanas. a. Nuestro domicilio se encuentra ubicado en Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000, Xxxx 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06500, Ciudad de México, México. b. Nuestro RFC es: REG201001JM4. c. Nuestro representante legal se encuentra debidamente facultado para celebrar el presente Contrato, y sus facultades no han sido revocadas ni limitadas en ninguna forma. II. Tú, como Acreditado, has declarado por tu propio derecho, bajo protesta de decir verdad, que: a. Eres mayor de edad y tus datos personales y domicilio son los que indicaste en la Solicitud de este Contrato. x. Xxxxxxx con capacidad financiera para cumplir con las obligaciones a las que te sujetas mediante este Contrato. c. Aceptas que te explicamos el tratamiento que se le darán a tus Datos Personales, mediante nuestro Aviso de Privacidad, mismo que leíste. En dicho Aviso de Privacidad te señalamos además del tratamiento que le damos a tus Datos Personales, también se encuentran explicados tus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Eliminación) así como la limitación en su uso y/o divulgación, y cómo los puedes hacer valer. d. Reconoces y aceptas que este es un Contrato de Crédito para uso personal, por lo que no tenemos ninguna responsabilidad respecto a lo que decidas hacer con el Uso de tu Línea de Crédito. e. Estás actuando en tu nombre y por tu cuenta y no a nombre y por cuenta de un tercero. |
f. La procedencia de tus recursos con los cuales liquidarás el Saldo Pendiente de tu Crédito, son propios y de origen lícito. g. Has leído, reconoces y estás de acuerdo que: la Solicitud, Carátula y Anexos de este Contrato, contienen información particular de este, como por ejemplo: las obligaciones, el CAT, las Comisiones, los requisitos de contratación y la Tasa de Interés, y que previo a la firma de este Contrato conociste el contenido y alcance de los mismos debido a que fueron puestos a tu disposición junto con nuestros Términos y Condiciones Generales y Específicos, a través de nuestros medios electrónicos. h. Nos autorizas expresa e irrevocablemente para que revisemos, solicitemos y/o proporcionemos a las Sociedades de Información Crediticia (“SIC”) con quienes tengamos contratos celebrados, la información relativa a tu historial crediticio. Esta autorización estará vigente durante 3 (tres) años contados a partir de la fecha de firma de este Contrato o durante todo el tiempo en el que mantengamos cualquier tipo de relación contractual o jurídica, de conformidad con las condiciones y términos de autorización suscritos en la Solicitud. i. Es tu voluntad obligarte de conformidad con los términos de este Contrato. De conformidad con las cláusulas anteriores, las Partes celebramos este Contrato de conformidad con las siguientes: | |
CLÁUSULAS Capítulo I. Definiciones | |
PRIMERA. Términos Definidos. | Para efectos de este Contrato, las Partes asignamos a las palabras señaladas a continuación (“Términos Definidos”), en mayúscula inicial; el significado que para cada caso a continuación se menciona, independientemente de que dicho Término Definido sea usado en singular o plural: ● Acreditado, tú y/o Cliente: Refiriéndonos a ti, quién te identificaste en la Solicitud de este Contrato. ● Acreditado, Nosotros y/o DiDi. Refiriéndonos a nosotros: Regigold, S.A. de C.V. ● App: Significan de manera enunciativa más no limitativa las aplicaciones de DiDi Finanzas, DiDi Conductor, DiDi Pasajero, DiDi Repartidor, DiDi Food, XxXx Xxxxxx y/o cualquier otra aplicación propiedad de DiDi y/o de sus empresas filiales, subsidiarias o afiliadas y/o del mismo grupo empresarial y los sitios web relevantes, mediante los cuales tú tienes acceso a la DiDi Card para que, entre otras cosas, puedas realizar tu Solicitud de Crédito y puedas consultar tus transacciones. ● Biométricos: Significa el medio de autentificación que forma parte de la Solicitud, y que se compone de información como: Tus características físicas (identificación del rostro, huellas dactilares, geometría de tu mano, patrones de iris en tu retina, voz, entre otros, mediante los cuales podemos verificar tu Identidad como Acreditado. |
● Carátula: Significa el documento que forma parte integrante de este Contrato y en el cual se precisan las características generales del Crédito, así como el CAT, mismo que se puso a tu disposición de conformidad con los Términos y Condiciones Generales y Específicos de DiDi. (xxxxx://x.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx) ● CAT: Significa el Costo Anual Total expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes al Crédito. ● Chip: Significa el circuito integrado que posee la Tarjeta de Crédito física. ● Comercio en Línea: Significan los comercios electrónicos de compraventa de bienes u ofrecimiento de servicios a través de un sitio web o de una plataforma con conexión a Internet. ● Contrato. Significa conjuntamente, la Solicitud, la Carátula, este Contrato, así como cualquier modificación a los mismos. ● Crédito: Significa la presente línea crédito en cuenta corriente en moneda nacional, asociada a Tarjeta de Crédito. ● Correo Electrónico: Significa la ubicación o dirección de internet proporcionada por ti, como Acreditado, en cualquiera de los documentos del Contrato, a través del cual puedes enviar y recibir comunicaciones relacionadas con este Contrato. ● Día Hábil: significa los días de la semana excepto sábados y domingos y aquellos en que las entidades financieras deban estar cerradas para la realización de operaciones en los Estados Unidos Mexicanos, en términos del calendario que anualmente publica la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el Diario Oficial de la Federación. ● Dispositivo Móvil: Significa el equipo tecnológico que te permite acceder a la Aplicación. ● Domiciliación: Significa tu aceptación expresa para que se realicen cargos recurrentes a tu Tarjeta de Crédito, relativos al pago de bienes y/o servicios, incluyendo obligaciones correspondientes a Créditos o Préstamos a tu cargo. ● Establecimientos: Significan los proveedores públicos o privados de bienes y/o servicios. ● Estado de Cuenta: Significa el documento elaborado por DiDi al que hace referencia la Cláusula Décima Octava de este Contrato. ● Fecha xx Xxxxx: Significa la fecha en la que DiDi hace la cuenta de todas las transacciones que realizaste durante cada periodo, mismas que son realizadas durante el último mes correspondiente. ● Fecha límite de pago: Significa la fecha que has seleccionado en tu Solicitud y que se indica en tu Estado de Cuenta, en la que estás obligado a cubrir el Saldo Pendiente de tu Crédito derivado del periodo correspondiente. |
● Grupo DiDi: Significan cualquiera de nuestras sociedades, subsidiarias, filiales, afiliadas o partes relacionadas que utilicen legalmente la marca DiDi. ● Identificador de Usuario: Significa la cadena de caracteres, información de un dispositivo o cualquier otra información que conozcan las Partes, que permita conocer tu identidad como Cliente para el uso de los Servicios, los cuales pueden ser, de manera enunciativa más no limitativa: i) El número de Tarjeta de Crédito, ii) Número telefónico, iii) Dispositivo Móvil; iv) entre otros. ● Intereses Ordinarios: Significan los intereses calculados de acuerdo con la Tasa Anual Ordinaria señalada en la carátula de este Contrato. ● Línea de crédito o Límite de Crédito: Significa la cantidad puesta a tu disposición, como Acreditado, a través de la Tarjeta de Crédito para su uso, misma que se encuentra establecida en la App y/o en el Estado de Cuenta. En dicha cantidad no quedan comprendidos los Intereses, Comisiones, Impuestos, Gastos y demás accesorios que se causen en términos de este Contrato. ● Medios Electrónicos: Significan cualquiera de las Plataformas, sitio web, equipos electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología utilizada y puesta a tu disposición por parte DiDi, incluyendo micrositios y de terceros relacionados y aprobados por nosotros para el acceso al Servicio. ● Medios de Comunicación: Significa el Correo Electrónico, teléfono móvil, mensajería, Aplicación, plataforma tecnológica o cualquier otro medio de comunicación electrónico, pactado entre las Partes. ● Monto Total: Significa el Límite de Crédito más los intereses, comisiones, impuestos, gastos y demás accesorios que se causen términos de este Contrato. ● NIP o Número de Identificación Personal: Es el código numérico de seguridad de cuatro dígitos consistente en la cadena de caracteres que te autentica como Acreditado al realizar una Transacción en un Establecimiento y que será seleccionado por ti, cuando tu Tarjeta de Crédito es aprobada. ● Pago Mínimo: Significa aquél definido en la Cláusula Décima del presente Contrato. ● Pago Adelantado: Significa el pago parcial o total, que aún no es exigible, aplicado a cubrir pagos periódicos del Crédito, siguientes inmediatos. ● Pago Anticipado: Significa el pago parcial o total del Saldo Pendiente del Crédito, antes de la fecha en que sea exigible, de conformidad con lo previsto en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato. ● Pago en exceso: Significa el pago adicional al Pendiente que realizas al momento de Saldar el pago mínimo de tu Línea de Crédito. |
● Partes: Significan conjuntamente tú, como Acreditado y DiDi como Acreditante. ● PROFECO: Significa la Procuraduría Federal del Consumidor. ● Proveedor: Significa la persona física o moral que te proporcione un bien o servicio, autorizado por ti para instruirnos como Acreditante cargos a la Tarjeta de Crédito. ● Saldo a favor: Significan los pagos que excedan tu Saldo Pendiente. ● Saldo Pendiente: Significa el monto del Crédito pendiente de pago, sin incluir accesorios. ● Saldo Vencido: Significa la suma que no pagaste en tu Fecha Límite de Pago acordada en la Solicitud y que aparece en la App y en tu Estado de Cuenta, más la comisión que se genera por pago tardío, y que por lo tanto tenemos el derecho de exigir su cobro. ● SIC: Significan la(s) Sociedad(es) de Información Crediticia. ● Solicitante: Significa a ti como Usuario que ingresa a través de la App al apartado de “DiDi Card” para completar tu registro a efecto de solicitarnos una Tarjeta de Crédito. Una vez que te otorguemos la Línea de Crédito, serás conocido para efectos de este Contrato como “Acreditado”. ● Solicitud: Significa los datos generales y documentación proporcionada por ti a través de la App en la cual se hace constar, entre otros, tu información general como Usuario y las características del Crédito ofertado. ● SPEI: Es el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios, que es la plataforma de pagos desarrollada y operada por el Banco de México, que permite al público en general enviar y recibir dinero a través de transferencias electrónica entre cuentas bancarias, independientemente del banco en el que se haya contratado la cuenta bancaria. ● Soporte DiDi: nuestro canal de comunicación vía telefónica o virtual de atención a Clientes. ● Tarjeta de Crédito: Significa el medio de disposición físico o electrónico intransferible, de uso en territorio nacional y en el extranjero, que DiDi emite al amparo de este Contrato. ● Tarjeta Física: Significa el medio de pago y de disposición físico emitido por DiDi en tu favor, la cual es personal e intransferible, de uso en territorio nacional y en el extranjero que se emite de forma gratuita al amparo de este Contrato. Dicha Tarjeta Física cuenta con un Chip que puede almacenar y procesar información con el fin de verificar, mediante procedimientos criptográficos, que la Tarjeta de Crédito es válida ● Tarjeta Virtual: Significa el medio de pago digital emitido por DiDi en tu favor, la cual es personal e intransferible, de uso en territorio nacional y/o en el extranjero que se emite de forma gratuita al amparo de este Contrato y que se tiene acceso a través de la App. La Tarjeta Virtual funcionará a |
través de la generación de códigos dinámicos para cada instrucción de cargo a la Tarjeta Virtual del Acreditado. ● Terminal de Punto de Venta: significan los Dispositivos Móviles, tales como terminales de cómputo, teléfonos móviles y programas de cómputo, operados por terceros para instruir el pago de bienes o servicios con cargo a la Tarjeta de Crédito. ● Términos y Condiciones: significan el o los documentos que se hacen de tu conocimiento al momento de ingresar por primera vez a la App en tu carácter de Usuario, previo al uso de cualquier servicio. ● Términos y Condiciones Específicos: significan aquellas particularidades del Crédito que se hacen de tu conocimiento en tu carácter de Solicitante, previo a la celebración del Contrato. ● Transacciones: Significan todos aquellos movimientos que puedes realizar con tu Tarjeta de Crédito, entre otras, el pago de bienes o servicios a través de Establecimientos y/o Comercios en Línea. | |
Capítulo II. Línea de crédito revolvente asociada a Tarjeta de Crédito y disposición del Crédito | |
SEGUNDA. Otorgamiento del Crédito. | Sujeto a las autorizaciones correspondientes y de acuerdo con lo establecido en el artículo 291 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, DiDi te otorga una Línea de Crédito Revolvente en Cuenta Corriente en Moneda Nacional en curso legal de los Estados Unidos Mexicanos, por el importe que el Acreditante determine mediante la anotación que realice para tal efecto en la Carátula que forma parte integrante de este Contrato; la cual podrás ver reflejada en la App y en tu Estado de Cuenta (la “Línea de Crédito” y/o el “Crédito”). Las Partes reconocemos y aceptamos que con base en este Crédito se expedirán Tarjetas de Crédito de uso nacional e internacional a tu nombre, obligándote a pagar por tu cuenta los bienes y servicios ofertados por los Proveedores, Establecimientos y Comercios en Línea. De tiempo en tiempo DiDi podría aprobar cargos que excedan tu límite de Crédito, lo que no significará ni constituirá un incremento en tu Línea de Crédito. Dentro de tu Línea de Crédito no quedan comprendidos los intereses (ordinarios o moratorios), comisiones, accesorios y demás gastos que debas de cubrir como Acreditado en nuestro favor, conforme al presente Contrato. Con base en tu comportamiento crediticio y tu capacidad de pago, DiDi podría aumentar o disminuir tu Línea de Crédito, según corresponda, misma que en su caso deberás de aceptar expresamente. |
En el caso de que DiDi determine la disminución de tu Línea de Crédito, se te notificará con 30 (treinta) días naturales de anticipación, previo a que surta efectos la disminución, a través de tu Estado de Cuenta o de la App. Tú, podrías solicitar la terminación de este Contrato por este motivo sin responsabilidad alguna ni penalización, salvo el pago de los montos que en su caso adeudes al momento de que solicites la terminación, esto, dentro de los 30 (treinta) días naturales posteriores al Aviso que te hayamos realizado. El uso de tu línea de crédito sin haber solicitado la terminación de este Contrato se entenderá como que aceptas el nuevo monto de tu Línea de Crédito. | |
TERCERA. Aceptación de la Línea de Crédito, Contratación y Entrega de Documentos. | Para el caso de que XxXx apruebe tu Solicitud, contarás con un periodo de 30 (treinta) días naturales posteriores a la notificación de la misma, para aceptar la oferta de tu Línea de Crédito, manifestando tu consentimiento expreso por Medios Electrónicos en la App, en cuyo caso este contrato se entenderá como perfeccionado. El otorgamiento de tu consentimiento expreso se entenderá en particular con la confirmación electrónica donde acreditas que has leído y aceptado este Contrato y los Servicios ofrecidos por DiDi. Tú, como el Acreditado, reconoces y aceptas que de no otorgar tu consentimiento expreso dentro del plazo establecido y conforme al procedimiento anteriormente señalado, tu Solicitud y la oferta quedarán sin efectos. Asimismo, hacemos de tu conocimiento que contarás con un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la aceptación de este Contrato para cancelar el mismo, sin responsabilidad alguna; si es que así lo deseas, siempre y cuando no hayas usado la Línea de Crédito. Nosotros reconocemos y aceptamos que tenemos prohibido condicionar la contratación de la Línea de Crédito a la contratación de otra operación o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, DiDi podrá ofrecerte productos o servicios financieros de otras Entidades que estén ligados a los productos y servicios ofrecidos por DiDi, cuando contemos con tu consentimiento para contratar los productos o servicios adicionales o ligados con la operación o servicio solicitado, bajo la premisa de que es tu derecho innegable contratar éstos a través de un tercero independiente. Este Contrato y sus Anexos se mantendrá a tu disposición a través de Medios Electrónicos. Además de este Contrato, los siguientes Anexos son parte integrante del mismo, por lo cual se deberán interpretar conforme a lo estipulado en sus cláusulas: |
Anexo 1. Carátula Anexo 2. Solicitud de Crédito | |
CUARTA. Entrega y activación de la Tarjeta de Crédito. | En virtud de este Contrato, DiDi te entregará una Tarjeta Física en un lapso que no transcurrirá de 25 (veinticinco) días hábiles contados a partir de la aprobación de este Contrato; dicha Tarjeta Física es personal e intransferible, para uso nacional y en el extranjero y por otra parte se te habilitará una Tarjeta Virtual para que la uses en Transacciones en Comercios en Línea (con numeración distinta por motivos de seguridad) y, ambas tarjetas configuran una misma Línea de Crédito. Podrás utilizar la Tarjeta Virtual desde el momento en que hayas aprobado tu Línea de Crédito, y no es necesario que esperes a que llegue tu Tarjeta Física. La Tarjeta Virtual se activa automáticamente al momento de su generación. Tu Tarjeta Física se te entregará desactivada; para su activación deberás seguir las instrucciones indicadas en la App y deberás introducir los números de la tarjeta correspondiente. Al momento de la activación deberás de hacerlo usando el NIP proporcionado y pre-designado, que será el que deberás de utilizar para realizar transacciones en Terminales Punto de Venta. El NIP no podrás modificarlo a tu discrecionalidad. Por este acto otorgas tu consentimiento para que una vez activadas tus tarjetas, se ponga a tu disposición a través de la App, la siguiente información: 1. La información relativa al CAT de la Tarjeta de Crédito, misma que se proporciona para fines informativos y de comparación exclusivamente, y 2. El Contrato y la información relativa a los costos, comisiones y condiciones correspondientes. |
QUINTA. Disposición de la Línea de Crédito. | Una vez que tu Línea de Crédito se encuentre activa, en términos de la Cláusula inmediata anterior, podrás disponer de ella dentro del territorio nacional y/o en el extranjero (en este último caso, estará sujeto a la disponibilidad del servicio), obligándonos en cualquiera de las siguientes formas: . A que paguemos en tu nombre y con cargo a tu Línea de Crédito, los bienes y/o servicios que otorguen a tu favor los Establecimientos afiliados para recibir pagos con tarjetas de crédito, y a. A la utilización de otras formas de disposición de tu Línea de Crédito, que DiDi establezca, autorice o acepte en el futuro. |
Por tu lado, aceptas y reconoces que serás responsable de las transacciones efectuadas en términos de este Contrato, a través de los Medios Electrónicos respectivos y de las Tarjetas de Crédito que DiDi pone a tu disposición, por lo que nos liberas de cualquier responsabilidad al respecto. DiDi proporcionará los servicios previa autorización de tu parte como Acreditado; una vez que te hayas identificado a través de las claves de acceso y/o medidas de seguridad implementadas por DiDi. Podrás realizar cargos en tu Línea de Crédito conforme al importe de los pagos de bienes, servicios, contribuciones, disposiciones en efectivo, intereses, comisiones pactadas y Domiciliaciones que realices y autorices mediante cualquiera de las siguientes formas: . Mediante la simple presentación y/o uso de tus Tarjetas de Crédito en equipos o sistemas electrónicos de los Establecimientos o Comercios en Línea, para el pago de bienes y servicios que realices y autorices; a. Utilización de elementos para autenticar que las operaciones fueron autorizadas por ti, tales como contraseña, NIP o Firma Electrónica o información contenida o generada por Medios o Dispositivos Electrónicos, incluida la almacenada en el circuito integrado o chip, así como aquella otra información autorizada por el Banco de México. b. Órdenes de compra y/o servicios que efectúes directamente a través de Establecimientos o Comercios en Línea, Internet, vía telefónica u otros Medios Electrónicos sin la presentación de tu Tarjeta de Crédito, conforme a los términos de la autorización proporcionada ti, cuando des tu autorización por Medios Electrónicos a través de medios de autenticación, siendo tú el único responsable de las compras y servicios adquiridos, así como de verificar que la persona o medio al que proporciones la información sobre tus Tarjetas esté autorizada por el Establecimiento para tal efecto. c. Autorización de Domiciliación a través de los formatos correspondientes o cuando ésta la des por Medios Electrónicos a través de medios de autenticación presentados a DiDi respecto de los servicios objeto de la Domiciliación que ésta ofrezca o a través de los Establecimientos o Comercios en Línea. d. Cargo por pago de servicios. e. Cargos provenientes de comisiones generadas, intereses pactados vencidos y no pagados del período, así como de impuestos que hayan sido generados en el último periodo y que no sean pagados por ti en la Fecha Límite de Pago. f. Otras formas de disposición que DiDi establezca, autorice o acepte en el futuro. |
Para efectos de claridad, aceptas que, como medio de manifestación de tu voluntad en las disposiciones de tu Línea de Crédito, utilizarás, según sea el caso: 1) firma autógrafa, 2) la presentación y uso de la Tarjeta de Crédito en Establecimientos, 3) Firma Electrónica o NIP y 4) en Transacciones a través de Comercios en Línea, el medio de manifestación de tu voluntad será el CVC, según corresponda. El suministro de la información de tus Tarjetas vía voz (teléfono), o por correo electrónico, o en otros equipos electrónicos o automatizados de los Establecimientos, constituye también medios de manifestación de tu voluntad. Adicionalmente, aceptas y reconoces que, en caso de que te sea solicitado, deberás mostrar tu identificación oficial vigente. En el caso de validación a través de NIP, tendrás 3 (tres) intentos para digitar correctamente los dígitos correspondientes, de lo contrario la Tarjeta de Crédito quedará deshabilitada temporalmente por un periodo de 24 (veinticuatro) horas. | |
SEXTA. Cancelación de Domiciliación. | En cualquier momento podrás solicitar la cancelación de la autorización de Domiciliación a tu Tarjeta de Crédito sin responsabilidad alguna y sin requisitos adicionales. Para que dicha cancelación surta efectos deberás presentar a DiDi la solicitud de cancelación por escrito, por medio de la App o de los Medios Electrónicos que estén habilitados para tales efectos. |
SÉPTIMA. Pagos diferidos. | Podrás diferir el pago de las Transacciones efectuadas en tu Línea de Crédito, de conformidad con los Términos y Condiciones de las promociones y programas de DiDi, así como del número de Transacciones que permitamos diferir a pagos. Para tales efectos, podrás solicitar diferir los pagos de tus Transacciones a través de la App. No obstante lo anterior, DiDi te dará a conocer dentro de la App, la Tasa de Interés Ordinaria que se aplicará a los pagos diferidos para el caso de que decidas que efectivamente deseas diferir tus pagos. Para proceder al pago de dichas Transacciones diferidas, DiDi hará los cargos parciales a tu Línea de Crédito dependiendo del resultado de la división del importe de la disposición de la Línea de Crédito, entre el número de meses del plazo que hayas elegido para diferir la correspondiente transacción más la correspondiente Tasa de Interés Ordinaria. Podrás consultar en tu Estado de Cuenta y en la App, la Tasa de Interés aplicable a las Transacciones que hayas solicitado diferir. El importe total de la disposición de la Línea de Crédito por pagos diferidos se reducirá en forma inmediata del crédito disponible de tu Línea de Crédito. |
OCTAVA. Admisión de la Tarjeta de Crédito. | DiDi no será responsable en caso de que los Establecimientos o Comercios en Línea se rehúsen a admitir la Tarjeta de Crédito, o por cualquier otra causa éstas por la cual no sean admitidas como medio de pago de los bienes o servicios que hayas |
adquirido o que te hayan sido brindados, o por cualquier otra causa por la que no puedas efectuar disposiciones y/o realizar los pagos de dichos bienes o servicios. No podrás exigir en ningún caso reembolsos en efectivo, pero en su caso deberás exigir al Establecimiento o Comercio en Línea, según corresponda, el comprobante de bonificación respectivo, cuyo importe deberá registrarse como abono en tu Estado de Cuenta; en caso contrario deberás formular la reclamación respectiva al Establecimiento o Comercio en Línea. | |
NOVENA. Pagos efectuados en una divisa distinta a la moneda nacional y tipo de cambio. | DiDi cargará a tu Línea de Crédito el monto de las disposiciones efectuadas en otra divisa invariablemente en moneda nacional; dicho cargo será equivalente a la cantidad que resulte de la operación cambiaria que corresponda para convertir a moneda nacional el importe del respectivo pago. El tipo de cambio que se utilizará para calcular la equivalencia del peso en relación con el dólar de Estados Unidos de América, según corresponda; será al factor vigente determinado por el Banco de México en sus disposiciones aplicables y con base en el tipo de cambio que el Banco de México dé a conocer en el Diario Oficial de la Federación el Día Hábil inmediato siguiente a haberse realizado la transacción. En caso de que el pago con la Tarjeta de Crédito sea realizado en alguna moneda extranjera distinta xxx xxxxx de los Estados Unidos de América, el cargo que se haga en moneda nacional será conforme a lo previsto por el Banco de México en sus disposiciones relativas. |
Capítulo III. Comisiones, Intereses y pago del Crédito | |
DÉCIMA. Pago del Saldo Pendiente, Xxxx Xxxxxx y Pago Tardío. | Tú, como el Acreditado, te obligas a pagarnos el Importe Total o Parcial del Saldo Pendiente indicado en tu Estado de Cuenta de tu Tarjeta de Crédito, a más tardar en la Fecha Límite de Pago que se señale en el mismo. Tendrás la posibilidad de cambiar hasta por un máximo de 2 (dos) veces por año tu fecha límite de pago (una vez cada 6 (seis) meses calendario), lo cual podrás realizarlo en cualquier momento, por medio de la App o de los Medios Electrónicos que estén habilitados para tales efectos. En caso de que la Fecha Límite de Pago corresponda a un día inhábil bancario, podrás realizar tu pago el día hábil bancario siguiente. La Fecha xx Xxxxx y la Fecha Límite de Pago te serán informadas a través de la App y/o en tu Estado de Cuenta al amparo de este Contrato. Podrás llevar a cabo el pago de tu Tarjeta de Crédito de acuerdo con las siguientes condiciones: |
. Si realizas el pago total del Saldo Pendiente consignado en tu Estado de Cuenta como “Crédito Usado” a más tardar en la Fecha Límite de Pago que se señala en éste, no se cargará cantidad alguna por concepto de intereses o comisiones, con excepción de los intereses que se causen por pagos diferidos, realizados por cualquier canal habilitado para tal efecto. a. En caso de que no realices por lo menos el Xxxx Xxxxxx, pagarás una Comisión por Xxxx Xxxxxx. Para efectos de lo anterior, el Pago Mínimo mensual será equivalente al 10% (diez por ciento) del Saldo Pendiente establecido en tu Estado de Cuenta. Al resultado se le sumarán, en caso de existir, los montos correspondientes a los pagos periódicos derivados de otras disposiciones pendientes de pago. Asimismo, la comisión por pago tardío se calculará de la siguiente manera: A = B * 10% (si A < $50.00 pesos, entonces A = $50.00 pesos). Donde A se refiere a la comisión por pago tardío, y Donde B se refiere a la cantidad no pagada del Pago Mínimo. En todo caso te obligas a pagar la totalidad del Saldo Pendiente a tu cargo a la fecha de terminación o cancelación de este Contrato. | |
DÉCIMA PRIMERA. Forma de Pago del Saldo Pendiente incluyendo Intereses. | Tú, como el Acreditado, te obligas a pagar a DiDi a más tardar en la Fecha Límite de Pago, el importe total del Saldo Pendiente compuesto de capital, intereses, comisiones y los accesorios que se hubieren generado en la Fecha Límite de Pago a través de SPEI en el número de cuenta que se señala en la App, y que comprende: el capital, comisiones e intereses (en su caso), y se le sumarán los accesorios e impuestos que se generen en el periodo, conforme a lo señalado en esta cláusula. Deberás realizar tu pago el día especificado en tu Estado de Cuenta y/o en la App. El pago periódico se calculará de la siguiente manera: El Saldo Pendiente no pagado del periodo anterior, más el Saldo Pendiente del periodo actual. En ambos casos se deberá contemplar el IVA. El resultado será el pago periódico del Crédito. |
DÉCIMA SEGUNDA. Tasa de Interés ordinaria y comisión por pago tardío. | Tú, como el Acreditado, pagarás a DiDi una Tasa de Interés Ordinaria anual fija que se señalará en la App y en tu Estado de Cuenta; tomando en consideración a la tasa promedio ordinaria anual prevista en la Carátula de este Contrato; por lo anterior, reconoces que derivado del presente Contrato adeudarás a DiDi el Saldo Pendiente. |
En caso que no realices por lo menos el Xxxx Xxxxxx, estarás obligado a pagar la Comisión por Xxxx Xxxxxx a que se refiere la Cláusula Décima del presente Contrato. | |
DÉCIMA TERCERA. Metodología para el Cálculo de Intereses Ordinarios. | Los Intereses Ordinarios se calcularán dividiendo la tasa fija anual indicada en la carátula entre 360 (trescientos sesenta) días, dicho resultado será la tasa diaria; esta última será multiplicada por el número de días transcurridos en el periodo. El resultado obtenido conforme a la fórmula anterior será la tasa del periodo que se multiplicará por el saldo promedio diario (incluye compras y/o comisiones generadas, menos los pagos y abonos otorgados a la cuenta y al final dividir ese resultado entre los días del mes), resultando así el importe de los intereses ordinarios a pagar por el periodo de que se trate (en lo sucesivo, los “Intereses del Periodo”). |
DÉCIMA CUARTA. Prelación de Pagos. | DiDi aplicará las cantidades que reciba en pago por orden de vencimiento y dependiendo del plazo que haya transcurrido desde el último de tus pagos, conforme al orden siguiente: 1. En caso de que tu último pago tenga 89 (ochenta y nueve) días naturales o menos de haberse realizado, se considerará un pago normal y se aplicará en el siguiente orden de prelación: a) IVA facturado en el Estado de Cuenta; b) Comisiones por pago tardío facturadas; c) Otras comisiones facturadas; d) Intereses generados y facturados; e) Principal facturado; f) IVA no facturado; g) Comisión por pago tardío no facturada; h) Otras comisiones no facturadas; i) Intereses no facturados; y j) Principal no facturado. 2. En caso de que tu último pago tenga 90 (noventa) días naturales o más de haberse realizado, se aplicará el siguiente orden de prelación: a) Principal facturado; b) IVA facturado en el Estado de Cuenta; |
c) Comisiones por pago tardío facturadas; d) Otras comisiones facturadas; e) Intereses generados y facturados; f) Principal no facturado; g) IVA no facturado; h) Comisión por pago tardío no facturada; i) Otras comisiones no facturadas; y j) j) Intereses no facturados. | |
DÉCIMA QUINTA. IVA. | En caso de que debas pagar tal impuesto sobre los intereses pactados, te obligas a pagar a DiDi el impuesto citado en esta cláusula conjuntamente con los referidos intereses. |
DÉCIMA SEXTA. Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. | Podrás realizar pagos totales o parciales, en cualquier momento, de manera anticipada, sin penalización ni premio, siempre y cuando expresamente así lo solicites y vayas al corriente en todos y cada uno de tus pagos; así como que no exista algún adeudo pendiente a tu cargo conforme a lo establecido en el presente Contrato. Los Pagos Anticipados se aplicarán de forma exclusiva al Saldo Pendiente del Crédito y reducirán el importe de las mensualidades respetando el plazo contratado. Los Pagos Anticipados serán aplicados y acreditados conforme al orden de prelación establecido en la Cláusula Décima Cuarta del presente Contrato. En caso de que desees pagar anticipadamente de manera total el Saldo Pendiente, tu Línea de Crédito quedará restablecida. Asimismo, podrás solicitar a DiDi que reciba Pagos Adelantados, entendiendo por estos, pagos que aún no sean exigibles, con el fin de aplicarlos a cubrir pagos periódicos inmediatos siguientes. Cada vez que efectúes un Pago Adelantado, DiDi te entregará un comprobante del mismo, a través de los medios que para tales efectos tengamos designados. |
DÉCIMA SÉPTIMA. Pagos en exceso. | En caso de que tú o cualquier tercero depositen a tu Crédito cantidades en exceso del Saldo Pendiente a la fecha de pago o al límite de la Línea de Crédito otorgada por DiDi, que originen saldo a favor; DiDi lo recibirá como Pago en Exceso sin que |
se considere un depósito bancario de dinero a la vista y sin generar interés ni rendimiento alguno. Estarás en posibilidad de solicitarnos a través de los Medios de Comunicación establecidos para tales efectos, la devolución de la cantidad pagada en exceso, para lo cual contaremos con un plazo de 30 (treinta) días hábiles para realizar la devolución, a través de la realización de transferencia bancaria a la cuenta de depósito que señales. No obstante lo anterior, en el caso que dispongas del Pago en exceso o que exista Saldo Pendiente en tu Línea de Crédito, se aplicará lo establecido en la Cláusula Vigésima de este Contrato. Si el monto de las disposiciones es mayor al Pago en Exceso, la diferencia se aplicará a la Línea de Crédito. En caso de que tu Tarjeta de Crédito registre saldo a favor y se pretenda dar por terminado este Contrato, DiDi entregará al acreditado en un plazo de 30 (treinta) días hábiles la cantidad existente y registrada como pago en exceso, a través de la realización de transferencia bancaria a la cuenta de depósito que para tales efectos señales. | |
Capítulo IV. Estado de Cuenta y Atención al Cliente | |
DÉCIMA OCTAVA. Estado de Cuenta. | En este acto aceptas consultar tu Estado de Cuenta a través de la App, lo que podrás hacer sin costo alguno, de manera mensual. En dicho Estado de Cuenta se indicarán, entre otros conceptos: 1) la Fecha xx Xxxxx, la cual corresponderá a un día del mes que se determinará y especificará en la Carátula del Contrato, en el entendido de que, en caso de que la Fecha xx Xxxxx corresponda a un día inhábil bancario la misma se moverá al Día Hábil inmediato anterior; 2) la Fecha Límite de Pago, en el entendido de que cuando dicha fecha corresponda a un día inhábil bancario, el pago podrá realizarse el Día Hábil bancario siguiente, sin cargo alguno de comisión por pago tardío. El Estado de Cuenta incluirá la demás información que conforme a las disposiciones aplicables corresponda. DiDi te informará por escrito de cualquier modificación a la Fecha xx Xxxxx o a la Fecha Límite de Pago, con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, conforme a lo previsto en el presente Contrato. El Estado de Cuenta estará disponible para tu consulta precisamente a partir de la Fecha xx Xxxxx. El Estado de Cuenta estará disponible a través de la App. Cualquier modificación en la modalidad de entrega y/o puesta a disposición de los Estados de Cuenta deberá contar con tu consentimiento, el cual podrá ser expreso o tácito. |
Contarás con un período de 90 (noventa) días, contados a partir de la fecha en que el respectivo Estado de Cuenta se ponga a tu disposición, para formular cualquier solicitud de aclaración de la información contenida en el mismo, mediante simple solicitud realizada a través de llamada a Soporte DiDi, a través de correo electrónico a xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx o a través de los canales de comunicación puestos a tu disposición; en caso contrario, se entenderá que dicha información es aceptada en los términos en los que se publica en tu Estado de Cuenta. Asimismo, podrás consultar el saldo, las transacciones de tu Tarjeta de Crédito y los montos pendientes de pago y sus Fechas xx Xxxxx, utilizando el sistema que se proporciona a través de la App. Por este acto, aceptas y reconoces que el Estado de Cuenta no constituye un requerimiento de pago, por lo que te obligas, en caso de no recibir tu Estado de Cuenta a realizar los pagos conforme a lo dispuesto en el presente Contrato. En el caso de que tu cuenta no presente movimientos por un periodo de 6 (seis) meses, DiDi pondrá a tu disposición el Estado de Cuenta cada año, en caso de que se registre un movimiento antes del sexto mes, deberemos poner a tu disposición el Estado de Cuenta a través de la App en la siguiente Fecha xx Xxxxx a la que corresponda el movimiento registrado. | |
Capítulo V. Vigencia, compensación y terminación del Contrato | |
DÉCIMA NOVENA. Vigencia y Terminación Anticipada. | La duración de este Contrato será por tiempo indefinido, sin embargo, cualquiera de las Partes podrá darlo por terminado en cualquier tiempo en los siguientes términos: Podrás solicitar a DiDi la terminación anticipada de este Contrato, mediante la presentación de una solicitud por escrito o mediante cualquiera de los Medios Electrónicos y/o a través de cualquier otra tecnología puesta a tu disposición por parte de DiDi para recibir y enviar comunicaciones. Para tales efectos, deberemos proporcionarte un número de ticket que acredite la recepción de la solicitud de terminación respectiva. En caso de que existan adeudos pendientes por cubrir por tu parte, DiDi te comunicará el monto del Saldo Pendiente en el entendido de que dicho Saldo Pendiente deberá incluir la liquidación anticipada de los pagos diferidos, comisiones y demás pagos pendientes. La Tarjeta de Crédito deberá cancelarse, por lo que deberás hacer entrega de ésta o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que no cuentas con ella, quedando a su vez bloqueada la Tarjeta de Crédito, por lo que no podrán hacerse nuevos cargos adicionales o disposiciones a partir de la fecha de terminación, |
excepto los ya generados y no reflejados y comisiones por pago tardío que correspondan, así como los accesorios e intereses que se generen hasta el momento en que liquides el saldo total del Crédito. Asimismo, XxXx cancelará sin su responsabilidad, las Domiciliaciones, con independencia de quien conserve la autorización de los cargos correspondientes. Realizado tu pago y a entera satisfacción de DiDi, este último procederá a reportar a la SIC que corresponda que tu cuenta está cerrada y sin adeudo alguno. Lo anterior lo realizará dentro de los plazos que para tales efectos señale la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Asimismo, DiDi podrá dar por terminado el presente Contrato, bastando para ello una notificación por escrito por correo electrónico o por cualesquiera Medios Electrónicos que hayas señalado. Para tales efectos, DiDi te hará llegar en tu siguiente Fecha xx Xxxxx, el Estado de Cuenta en el que refleje el Saldo Pendiente adeudado total en el que se incluyan compras a meses (con o sin intereses), pagos diferidos o cualquier otro concepto de pago que debas pagar. En ese sentido, contarás con un plazo de 30 (treinta) días hábiles contados a partir de la recepción del referido Estado de Cuenta para liquidar el Saldo Pendiente total, incluyendo intereses, comisiones o cualquier otro adeudo que debas pagar para dar por terminado el Contrato. En este último caso, una vez que realices el pago correspondiente, DiDi procederá a reportar a la SIC que corresponda que la cuenta está cerrada y sin adeudo alguno. Lo anterior lo realizará dentro de los plazos que para tales efectos señale la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. El presente Contrato se dará por terminado una vez que hayas liquidado en su totalidad el(los) adeudo(s), y DiDi remitirá la prueba de no adeudo mediante la emisión del Estado de Cuenta. En la fecha en que se dé por terminado el Contrato, DiDi te entregará cualquier saldo que tengas a tu favor, por cualquier medio que indiques, compensando en su caso, las comisiones y cualquier otra cantidad que, en términos del presente Contrato, puedan resultar a tu cargo. | |
VIGÉSIMA. Compensación. | Las Partes acuerdan que XxXx, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, queda expresa e irrevocablemente facultado por ti para compensar todas las cantidades vencidas y no pagadas del Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiera a tu cargo y a favor de XxXx. La compensación antes señalada procederá a partir del día inmediato siguiente a la Fecha Límite de Pago y se podrá efectuar respecto de los siguientes saldos: (i) el saldo vencido, más los intereses o comisiones correspondientes y demás accesorios cuyo importe se reflejará en el siguiente Estado de Cuenta; y, (ii) a partir de que el Crédito sea considerado |
Vencido, DiDi podrá realizar la compensación hasta por el saldo total del crédito y accesorios pactados en este Contrato. Una vez realizada la compensación, DiDi te notificará que ha realizado la misma a través de cualquiera de los medios habilitados para tal efecto, de acuerdo a lo previsto en el presente Contrato, en el entendido de que la falta de dicha notificación no afectará la validez de la compensación. | |
VIGÉSIMA PRIMERA. Vencimiento anticipado. | El incumplimiento de cualquiera de tus obligaciones derivadas del presente Contrato dará lugar a su vencimiento anticipado, por lo que el Saldo Pendiente adeudado será exigible de manera inmediata y deberás de pagarlo en su totalidad a más tardar dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que DiDi te lo notifique. Asimismo, en caso de incumplimiento de cualquiera de tus obligaciones de pago, DiDi tendrá la facultad de bloquear y/o congelar tu Línea de Crédito para realizar nuevas compras, hasta en tanto no realices el pago del adeudo; aún y cuando exista Línea de Crédito disponible. Serán causas de vencimiento anticipado del presente Contrato y en consecuencia DiDi podrá exigir, mediante comunicación que se acompañe en tu Estado de Cuenta, el pago inmediato del saldo total a tu cargo, por: a) La falta de pago oportuno de uno o más de los Pagos Mínimos señalados en los Estados de Cuenta; b) El uso ilícito o fraudulento que le des a tus Tarjetas de Crédito; c) Si cualquier información, dato, o documento proporcionado que hayas proporcionado en la Solicitud resulta ser falso; o no es actualizado, en caso de que dicha información, dato o documento sea modificado. d) Si se instaura un procedimiento por o en tu contra con el fin de declararte en concurso mercantil; y e) Que incurras en xxxx o en el incumplimiento de las obligaciones contraídas a tu cargo y a favor de XxXx. La comunicación para notificar el vencimiento anticipado se hará preferentemente acompañada al Estado de Cuenta; sin embargo en caso de que DiDi requiera contar con un acuse de recibo y no cuente con tu dirección de correo electrónico; por no poderse incluir en un medio generado masivamente como lo es un Estado de Cuenta, entre otras razones similares, DiDi podrá realizar dicha notificación por correo electrónico, o mediante comunicación por escrito enviado a tu domicilio, según sea el caso. |
Capítulo VI. Autorizaciones y Mecanismos de Control | |
VIGÉSIMA SEGUNDA. Información Crediticia. | Por este acto, autorizas expresamente en este acto a DiDi y por extensión a cualquiera de sus auxiliares y representantes, para que lleven a cabo todas las investigaciones necesarias sobre su comportamiento crediticio, consultando el buró de crédito o cualquier otra institución de información crediticia. Asimismo, manifiestas que tienes pleno conocimiento de la naturaleza y el alcance de la información que dichas instituciones de información crediticia podrán proporcionarnos, del uso que le daremos a tal información y del hecho que podríamos realizar consultas periódicas de tu historial crediticio durante el tiempo que sea vigente el presente Contrato. |
VIGÉSIMA TERCERA. Procedimientos en caso de robo o extravío y Comisión por reposición de Tarjeta Física. | En caso de robo o extravío de la Tarjeta Física, deberás notificarlo a la brevedad a través de la App en el apartado de Ayuda al Usuario o a través del siguiente teléfono: 000 000 0000 o bien a través de los Medios Electrónicos que estén habilitados para tales efectos. En este caso, en caso de que solicites la reposición de la Tarjeta Física, DiDi cobrará la comisión por reposición de plástico cuyo costo se establece en la Carátula del presente Contrato. |
VIGÉSIMA CUARTA. Procedimientos en caso de retención, cargos no reconocidos, disputas y Comisión por aclaración improcedente. | En caso que no estés de acuerdo con algún cargo que aparezcan en tu Estado de Cuenta, podrás presentar la aclaración correspondiente, a través de nuestro Soporte DiDi por vía telefónica: 000 000 0000 o correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, así como a través de los Medios Electrónicos que DiDi disponga para tales efectos, a más tardar dentro de un plazo de 90 (noventa días) naturales posteriores a la fecha en que se realizó el potencial cargo no reconocido en tu Tarjeta de Crédito. A partir del aviso, en el caso de robo o extravío, DiDi procederá al bloqueo de la tarjeta, sin responsabilidad de tu parte por los cargos realizados posterior a la notificación, salvo aquellos pagos Domiciliados u otros previamente autorizados por ti. Deberás darnos aviso en caso de que aparezcan cargos fraudulentos derivados del robo o extravío de tu Tarjeta de Crédito, en cuyo caso DiDi abonará las disposiciones realizadas en forma fraudulenta, únicamente si así resulta determinado por el equipo de Antifraude de DiDi, desde las 48 (cuarenta y ocho) horas anteriores al reporte o notificación del robo o extravío. El abono correspondiente será realizado, siempre y cuando: Nos hayas notificado de inmediato el robo o extravío de tu Tarjeta de Crédito, de conformidad con el presente Contrato y será respecto de los cargos que no reconozcas, siempre que no hayan sido realizados o autorizados de conformidad con la legislación vigente. Lo anterior no aplicará: 1) Cuando DiDi durante el proceso de aclaración, análisis e investigación dentro de los plazos establecidos en la Ley de Transparencia y |
Ordenamiento de los Servicios Financieros, compruebe que la Transacción fue autorizada mediante la autenticación del NIP, en caso de la Tarjeta Física para Transacciones en Establecimientos, o del acceso a los datos de la Tarjeta de Crédito, incluyendo en el CVC, en caso de la Tarjeta de Crédito virtual para Transacciones en Comercios en Línea; 2) Cuando se hayan diferido las compras; 3) Cuando las compras se hayan realizado por medio de la plataforma Apple Pay; 4) Cuando la Transacción se autorizó mediante el mecanismo MasterCard Secure Code (3DS); 5) Cuando la Transacción vulnere alguna de las causales de rechazo para cargos no reconocidos establecidos en las políticas de antifraude de DiDi y 6) Cuando las compras se hayan realizado a Meses Sin Intereses. Para efectos de la investigación y análisis de los cargos reportados como no reconocidos, XxXx se sujetará a llevar a analizar e investigar la procedencia o improcedencia del cargo no reconocido conforme al procedimiento establecido en el artículo 23 de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y cualquier otra ley o regulación que resulte aplicable. Para los efectos del análisis e investigación a cargo de DiDi respecto de los cargos no reconocidos o disputados, las Partes acordamos que, en caso de resultar necesario como parte de dicho análisis e investigación, DiDi podrá ponerse en contacto contigo, para requerir información o aclarar dudas o circunstancias únicamente por lo que respecta a lo(s) cargo(s) no reconocido(s). Dicha comunicación podrá ser llevada a cabo preferentemente por correo electrónico, por lo que aceptas dar contestación oportuna a los correos recibidos por XxXx. Para dichos efectos, el correo oficial del que se podrán recibir las comunicaciones por parte de DiDi será el siguiente: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx En caso de que se haya realizado el abono, ajuste o reembolso derivado de un cargo no reconocido o disputa y DiDi se encuentre en posibilidad de demostrar que tú has autorizado el cargo de la Transacción y lo pueda demostrar con la documentación correspondiente, DiDi podrá revertir el abono, ajuste o reembolso realizando un nuevo cargo en tu Tarjeta de Crédito. Aceptas y reconoces que DiDi no estará obligada a abonar o cubrir la cantidad de las disposiciones realizadas fuera del tiempo de cobertura antes señalado, o aquellas cuya realización hayas autorizado en términos de la legislación aplicable. | |
VIGÉSIMA QUINTA. Comisión por aclaración improcedente. | Las Partes acuerdan que en caso de que hayas solicitado una aclaración/reclamación por un cargo no reconocido o una disputa y después de la investigación realizada el resultado de la misma es improcedente, derivado de los costos que se generan por haber realizado dicha investigación, estás de acuerdo en que deberás pagar una comisión por aclaración improcedente por la cantidad señalada en la Carátula del Contrato. |
VIGÉSIMA SEXTA. Bloqueo, Retención y Sustitución de la Tarjeta de Crédito. | DiDi tendrá la facultad para retener, bloquear, cancelar o sustituir en cualquier momento las Tarjetas de Crédito por cualquiera de las cuestiones que, de manera enunciativa, más no limitativa, se señalan a continuación: a) por haberse terminado el presente Contrato; b) por motivos de seguridad; c) derivado de su robo o extravío; d) por la implementación de nuevas tecnologías; e) por el sobregiro del Límite de Crédito; f) por presentar Xxxxx Xxxxxxx, en este último caso el bloqueo será temporal o permanente, según sea determinado por DiDi de acuerdo al análisis de riesgo y de tu capacidad de pago; g) Por posible uso fraudulento o ilícito de tu Tarjeta de Crédito; o h) Por fallecimiento Lo anterior te será informado vía correo electrónico o por cualquiera de los medios de notificación previstos en este Contrato. DiDi no será responsable por los daños y perjuicios que se causen y las que se lleguen a causar en los casos de bloqueo antes mencionados. |
VIGÉSIMA SÉPTIMA. Liberación de Adeudo por Fallecimiento. | En caso de que fallezcas, siempre que te encuentres cumpliendo con tus obligaciones de pago al momento de éste acontecimiento, DiDi liberará el saldo insoluto de la Línea de Crédito a la fecha del fallecimiento, teniendo como máximo el límite de la Línea de Crédito. Para hacer efectiva la liberación del saldo, los interesados, mediante la acreditación del interés jurídico que tengan, deberán presentar a DiDi una notificación por escrito, donde se incluya la copia certificada del acta de defunción (en caso de fallecimiento en el extranjero ésta deberá estar apostillada), así como cualquier otra información y documentación requerida para tu plena identificación, dentro de un plazo no mayor a 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha de tu fallecimiento. La liberación del saldo no incluirá aquellos saldos originados por disposiciones realizadas con fecha posterior a tu fallecimiento, por lo que XxXx se reserva el derecho de intentar su cobro por los medios legales que correspondan. |
Capítulo VII. Disposiciones Generales | |
VIGÉSIMA OCTAVA. Cesión. | No podrás ceder, sin el consentimiento previo de DiDi tus derechos y obligaciones conforme a lo previsto en el presente Contrato. Por su parte, DiDi podrá en cualquier momento sin necesidad de consentimiento alguno, ceder los derechos y obligaciones que le correspondan derivados del presente Contrato y de los pagarés respectivos, por lo tanto podrá en cualquier momento ceder, endosar, descontar, |
negociar, fideicomitir, gravar, enajenar o de cualquier forma transmitir este Contrato. | |
VIGÉSIMA NOVENA. Caso Fortuito o Fuerza Mayor. | Aceptas tu responsabilidad en el cumplimiento de tus obligaciones contraídas por este Contrato, aún en caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con las disposiciones normativas aplicables. |
TRIGÉSIMA. Notificaciones. | Toda notificación, aviso, información o comunicación relacionada con este Contrato que envíen las Partes de conformidad con el mismo, deberá formularse por escrito de acuerdo a los Medios Electrónicos puestos a disposición por parte de DiDi. En caso de que cualquiera de las Partes cambie el domicilio señalado en las Declaraciones del presente Contrato por parte DiDi y en la Solicitud por lo que hace tu domicilio, deberá ser notificado inmediatamente por escrito con acuse de recibo a la otra Parte. PROFECO. En caso de dudas, quejas o reclamaciones podrás acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), con domicilio en Xxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 000, XX, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, 00000 , teléfono 000 000 00 para la Ciudad de México y área metropolitana y al 000 000 0000 para larga distancia sin costo, correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx o consultar la página electrónica en Internet xxx.xxxxxxx.xxx.xx |
TRIGÉSIMA PRIMERA. Aviso de Privacidad. | Te informamos que los datos obtenidos en virtud de la celebración del presente Contrato serán tratados de manera confidencial y se encuentran protegidos en los términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y sus Lineamientos, y del Aviso de Privacidad aceptado por el Acreditado al momento de realizar la solicitud de la Tarjeta de Crédito, el cual se encuentra disponible en la siguiente liga: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxx/XX/xxxxxxxxxxxxx/0x00xx0000xx0xx00xx0xx 0630b5979b/Mexico |
TRIGÉSIMA SEGUNDA. Datos de localización y contacto de Soporte DiDi. | Para darte a conocer nuestra localización, nuestro Domicilio se encuentra en: Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000, Xxxx 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06500, Ciudad de México, México. Con la finalidad de rendir un mejor servicio, Soporte DiDi pone a tu disposición distintas opciones para la recepción de consultas, quejas o reclamaciones, indicando el proceso que deberás seguir, dependiendo de cada caso. Para tales efectos, en este acto, DiDi hace de tu conocimiento los datos correspondientes a Soporte DiDi: Teléfono: 000 000 0000 Chat en vivo dentro de la App. Horarios de atención del Chat en vivo: Los 7 días de la semana, las 24 horas del día. Asimismo, se ponen a disposición los datos de contacto de la Procuraduría Federal del Consumidor: Teléfono: 000 000 00 para la Ciudad de México y área metropolitana y al 000 000 0000 para larga distancia sin costo |
TRIGÉSIMA TERCERA. Modificaciones al Contrato. | En caso de que durante la vigencia del presente Contrato decidamos modificar parcial o totalmente los términos y condiciones de este Contrato, lo haremos de tu conocimiento por escrito, a través de un comunicado en tu Estado de Cuenta y/o por correo electrónico con 60 (sesenta) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda surta efectos las modificaciones correspondientes. Para el caso que modifiquemos los Términos y Condiciones del presente Contrato, dentro del plazo de 60 (sesenta) días naturales siguientes a que surta efectos la modificación correspondiente; tienes derecho a dar por terminado este Contrato, en caso de no estar de acuerdo con dicha modificación, en el entendido de que deberás pagar a DiDi el saldo del Crédito, los cargos, los gastos y comisiones generados a la fecha de terminación del presente Contrato, y de conformidad con lo establecido en el mismo. |
TRIGÉSIMA CUARTA. Legislación y Jurisdicción Aplicable. | El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo a la legislación federal vigente y tribunales competentes en la Ciudad de México. Las Partes convienen expresamente que para todo asunto relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder o al que pudieran tener derecho por cualquier motivo ahora o en el futuro. |
EN VIRTUD DE LO ANTERIOR LAS PARTES SE OBLIGAN EN TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO MANIFESTANDO LA ACEPTACIÓN Y CONSENTIMIENTO DEL MISMO Y SUS ANEXOS (SOLICITUD Y CARÁTULA) MEDIANTE LA FIRMA ELECTRÓNICA DE LOS DOCUMENTOS EN LA APLICACIÓN. |