Materia: Aprueba Bases de licitación que indica.
Materia: Aprueba Bases de licitación que indica.
Fecha: 26/08/2020
Número de acto administrativo: 841
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 9° de la L.O.C. N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por D.F.L. N° 1 (19.653) de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia la L.O.C. N°19.175 sobre Gobierno y Administración Regional y sus modificaciones la Ley Nº19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda la Ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año 2020 las Resoluciones N°7 y 8, ambas del año 2019, de la Contraloría General de la República el Decreto N° 421 de 11 xx xxxxx del 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente Titular de la Región de Los Xxxx y la Resolución Exenta N°1.572 de este Gobierno Regional, de fecha 03 xx xxxxxx de 2010 que delega en el Jefe de División de Administración y Finanzas la facultad de firmar por orden del señor Intendente, entre otras, las resoluciones que autorizan la contratación o adquisición de bienes o servicios, a través del portal Chile Compras (actual Mercado Público) previa cotización, licitación, o vía convenios marco, por monto inferior a 100 U.T.M y Tratos Directos por monto inferior a 10 UTM.
Considerando:
.
1. Que mediante solicitud de compra N° 109 de 16 xx xxxxx de 2020 la Encargada de la Unidad de Servicios Generales solicitó contratar el servicio especializado de prevención y control integrado de plagas para la sede del consejo regional y bodegas de subterráneo del edificio público N°1 del Gobierno Regional de Los Xxxx
2. Que consultado el catálogo electrónico de la página web, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, por la Unidad de Adquisiciones del Gobierno Regional de Los Xxxx el servicio no fue encontrado.
3.Que se efectuó el procedimiento de consulta al mercado, a través de la página web, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx ficha 6331-7-RF20, por la Unidad de Adquisiciones del Gobierno Regional de Los Xxxx.
4.Que, el Gobierno Regional de Los Xxxx cuenta con la disponibilidad presupuestaria para la contratación señalada, de acuerdo a certificado de disponibilidad presupuestaria N°104 de 21 xx xxxxx de 2020, suscrito por Srta. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Jefe División de Administración y Finanzas y Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Encargado de Departamento de Finanzas.
0.Xx Resolución exenta N°237 B, de 13 xx xxxxx de 2020, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que aprueba Directiva de Contratación N°34 Recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores con motivo de la pandemia del virus-COVID-19.
6.Lo contenido en Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas, aprobado por Resolución Exenta N°425 de fecha 25 xx xxxxx de 2019, protocolos implementados por Covid 19 u otros
que se puedan generar en un futuro por normativa interna del servicio, será fiscalizado por el ITO, quien cursará las multas correspondientes en caso de incumplimiento. Esta resolución, se entiende formar parte integrante de las presentes bases.
7.Que, en consecuencia, la presente Resolución viene en disponer PRIMER LLAMADO de licitación pública y aprobar las bases administrativas y técnicas y anexos por las que se regirá el proceso de licitación pública y su posterior contratación.
Resuelvo:
1° DISPÓNESE el procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA, para la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA LA SEDE DEL CONSEJO REGIONAL Y BODEGAS DE SUBTERRANEO DEL XXXXXXXX XXXXXXX Xx0 XXX XXXXXXXX
XXXXXXXX XX XXX XXXX, por un monto inferior a 100 UTM.
2º APRUÉBANSE las siguientes Bases Administrativas, Técnicas, formularios y anexos, por los que se regirá el respectivo proceso de licitación pública y que regirán la contratación de los servicios mencionados en el resuelvo anterior.
BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA CONTRATAR SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA LA SEDE DEL CONSEJO REGIONAL Y BODEGAS DE SUBTERRANEO DEL EDIFICIO PÚBLICO N°1 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LOS XXXX
I. INTRODUCCIÓN
El Gobierno Regional de Los Xxxx requiere CONTRATAR SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA LA SEDE DEL CONSEJO REGIONAL Y BODEGAS DE SUBTERRANEO DEL XXXXXXXX XXXXXXX Xx0 XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXX
1.- DEFINICIONES, NORMATIVA APLICABLE Y ESTUDIO DE OFERTAS
En este documento se indican los requisitos técnicos y administrativos que regirán el proceso de licitación y las obligaciones que serán exigidas al oferente seleccionado.
Para los efectos de una correcta interpretación y aplicación de las presentes Bases, se dará a los términos que ella contiene, el significado que para cada uno de ellos se establece en el Reglamento de la Ley Nº 19.886, artículo 2°.
Para el estudio y preparación de la oferta a ser presentada, los oferentes deberán considerar los siguientes antecedentes que forman parte de las presentes Bases de Licitación:
a)Bases Administrativas
b)Bases Técnicas
c) La Resolución Exenta N°425 de 25 xx xxxxx de 2019, de Gobierno Regional de Los Xxxx. que aprueba
Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas.
c) Anexos
d) Respuestas a preguntas realizadas por los interesados.
Los antecedentes referidos se entenderán formar parte integrante del Contrato, por lo que el Oferente estará obligado a dar cabal cumplimiento a todos ellos.
La presente licitación y él o los contratos que se suscriben en virtud de ella se ceñirán a la legislación chilena, en particular a la Ley N° 19.886 Ley de Bases sobre Contratos de Suministros y Presentación de Servicios y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y se regirán además por los siguientes documentos, según corresponda:
a)Bases Administrativas.
b)Bases Técnicas.
c)La Resolución Xxxxxx Xx000 xx 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx. que aprueba Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas.
d)Aclaraciones y respuestas a preguntas realizadas por los interesados. e)Ofertas
f)Contrato.
Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos señalados, se resolverá según el sentido que le fije el Gobierno Regional de Los Xxxx, interpretando los documentos de manera lógica, de manera que exista en ellas y/o entre todas ellas, la debida correspondencia y armonía.
II. DISPOSICIONES GENERALES 1.PROCEDIMIENTO
Para el estudio y preparación de las ofertas a ser presentadas, los oferentes deberán considerar los antecedentes técnicos y administrativos que forman parte de las presentes Bases. Los oferentes deberán acceder y estudiar los Términos Técnicos, para posteriormente presentar sus ofertas a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Las propuestas se deberán presentar EXCLUSIVAMENTE a través del mencionado Sistema Electrónico de Compras Públicas.
En este documento se indican los requisitos técnicos y administrativos que regirán el proceso de licitación y las obligaciones que serán exigidas al oferente seleccionado.
2.PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación todos los interesados, que cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en ellas.
Para el estudio y preparación de las ofertas a ser presentadas, los oferentes deberán considerar los antecedentes técnicos y administrativos que forman parte de las presentes Bases.
No podrán ser contratados los participantes que incurran en inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para contratar, señaladas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, motivo por el cual, para acreditar su concurrencia o no, los proponentes deberán suscribir la declaración jurada contenida en el anexo Nº 1 de las presentes bases, siendo responsables los declarantes del contenido y veracidad de la declaración.
Se comunica que el proveedor que sea ADJUDICADO en la presente Licitación y que no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado CHILEPROVEEDORES, estará OBLIGADO a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
2.1. De las uniones temporales de oferentes.
En virtud del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, los Oferentes podrán asociarse entre sí, formando una unión temporal con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas.
Las ofertas que se realicen de esa manera, deberán individualizar a cada una de los oferentes asociados, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, adjuntando a la oferta el documento público o privado en que conste la unión temporal y que dé cuenta del acuerdo para participar de esa forma, el que deberá establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante y designar a uno de sus integrantes como representante o apoderado común para los efectos de la licitación y del eventual contrato con poderes suficientes.
Las ofertas presentadas de la manera indicada darán lugar a la formación de una unión temporal o Consorcio.
Las consecuencias de ofertar de la manera señalada, se regirá de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis ya mencionado en el párrafo primero.
Los requisitos, inhabilidades y otros exigidos a los participantes serán evaluados a todos los integrantes de la unión temporal, por lo que se deberán presentar todos los antecedentes, declaraciones y otros requeridos en las presentas bases, por todos los integrantes del consorcio o unión temporal.
Como consecuencia de la solidaridad, el Gobierno Regional podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza.
Para efectos del pago, se considerará al proveedor que se hubiere designado como representante de todo el consorcio, extendiéndose el cheque de pago a él, de forma que será válido y extinguirá la deuda con respecto a todos los demás en el porcentaje en que hubiere sido satisfecha.
Serán aplicables al referido pacto de solidaridad, las disposiciones que al respecto establece el Título IX del Libro IV del Código Civil.
2.2Subcontratación
La persona natural o jurídica contratada podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial de los servicios contratados, previa comunicación al Gobierno Regional de Los Xxxx, el que lo autorizará dependiendo del porcentaje que se pretenda subcontratar y de que así sea recomendado por el inspector técnico. Dicha solicitud deberá formularse en un plazo no superior a 10 (diez) días corridos anteriores a la fecha en que operará la subcontratación.
En todo caso, será la empresa contratada la única responsable ante el Gobierno Regional de Los Xxxx xxx xxxxx y oportuno cumplimiento de los servicios contratados.
Por su parte, ningún proveedor podrá presentarse como interesado u oferente en un determinado proceso licitatorio, cuando al mismo tiempo, tenga la calidad de subcontratista respecto de la propuesta de otro proveedor que participe en la misma licitación.
En caso que exista subcontratación, se deberá estar a las exigencias del artículo 76 del Reglamento de la Ley 19.886, de Compras Públicas y no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones descritas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, ni en las inhabilidades descritas en el artículo 92 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Por otra parte, tanto el adjudicado como el subcontratado deberán dar estricto cumplimiento al Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas, aprobado por Resolución Xxxxxx Xx000 xx 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx.
3.MODALIDAD DE LICITACIÓN Y FINANCIAMIENTO DE LOS SERVICIOS
La contratación y por lo tanto la licitación será realizada a suma alzada, sin reajustes ni intereses de ningún tipo. Las ofertas deben presentarse en Pesos (Moneda Nacional), debiendo ingresarse en la ficha electrónica el valor de la oferta sin IVA y que corresponderá a los trabajos realizados y/o terminados.
Se deja establecido que por la naturaleza a suma alzada de la contratación, la oferta económica deberá considerar todos los gastos involucrados y necesarios para el cumplimiento total de los servicios licitados: el pago de honorarios, impuestos, gastos notariales, intereses bancarios, materiales de trabajo, transporte, capacitación, instalación, garantías (en caso que se soliciten) y, en general, todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él debiendo por tanto el oferente incluir en el valor de la Oferta todo aquello que sea necesario para la entrega total y oportuna del servicio en el lugar de requerimiento del Gobierno Regional y en CONDICION OPERACIONAL, ya que no podrá solicitar o alegar gastos no considerados con posterioridad.
Los costos en que incurra el oferente derivado de la presentación de la propuesta, son de su exclusivo cargo y en el caso de no ser adjudicada su oferta, no dará origen a indemnización alguna. El monto ofertado no tendrá derecho a reajustes ni intereses de ningún tipo.
La vigencia del contrato será de 24 meses, a contar de la primera aceptación de orden de compra por parte del proveedor.
En virtud del artículo 12 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, del costo de la licitación, del riesgo asociado a la implementación de un nuevo contrato, las eventuales interrupciones de los servicios que ella podría implicar, el Gobierno Regional se reserva el derecho a solicitar renovación de contrato en las mismas condiciones y por el mismo periodo señalado, o por uno menor, previa evaluación del
comportamiento contractual del adjudicado y recomendación del inspector técnico del mismo que respalde la decisión, la que podrá considerar la aplicación de multas, reclamos y otros que pueda considerar pertinentes. La eventual renovación podrá realizarse sólo por una vez, siempre y cuando dicha renovación sumada al contrato original, no supere el monto de 100 UTM. En caso de renovación, se considerará el valor original más variación del IPC.
PRESUPUESTO MAXIMO DISPONIBLE alcanza la suma total de $ 3.000.000.- (tres millones de pesos, impuestos incluidos),
EL PRESUPUESTO INDICADO ES EL MÁXIMO DISPONIBLE EN PESOS CHILENOS, OFERTAS QUE SUPEREN ESTE PRESUPUESTO SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
El cronograma de la licitación señalado, sin perjuicio que se pueda ver alterado por causas administrativas o necesidad del Gobierno Regional, lo cual será comunicado a todos los oferentes a través del Portal:
En caso que alguna de las fechas indicadas en el cronograma de la licitación se vea retrasada, la entidad licitante podrá señalar nuevo plazo, informando directamente a través del portal las razones que justifican el retraso, sin necesidad de acto administrativo.
En caso que faltando 20 minutos para el cierre para presentar ofertas se detecte que no existe ninguna oferta en el sistema de compras públicas, podrá aumentar el plazo de cierre de la licitación hasta un máximo de 4 días hábiles, de manera de salvar la situación y evitar que el sistema lo declare automáticamente desierto. De ello se informará oportunamente en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Quien podrá realizar dichas modificaciones en el portal mercado público, será el funcionario del Gobierno Regional ADMINISTRADOR de la plataforma, siempre señalando y adjuntando las razones de la modificación
5.CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los oferentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común que se encuentra establecido en el Cronograma de estas Bases para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación, solamente vía Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
El formato para hacer las preguntas es el siguiente:
Bases Administrativas, Página , Punto Nº , Pregunta:
Bases Técnicas, Página , Punto Nº , Pregunta:
Todas las respuestas a las consultas o aclaraciones serán publicadas en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, el día que establece el Cronograma. Es de exclusiva responsabilidad de los oferentes estar revisando en el Sistema Mercado Público, si existen respuestas a consultas o aclaraciones que digan relación con la licitación. Las respuestas serán entendidas como interpretación del Gobierno Regional de Los Xxxx a las presentes Bases en aquellos aspectos consultados.
En concordancia a lo anterior, la entidad licitante, se reserva el derecho a subir cualquier tipo de aclaración
y/o anexo a través del portal mercado público durante el proceso de licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes mantenerse actualizados de cualquier antecedente que se incorpore por intermedio del portal. En caso que la aclaración o anexo, sea de tal magnitud que de alguna manera modifique las presentes bases, se otorgará un plazo prudente para que lo oferentes puedan adecuar sus ofertas, lo que será aprobado por la correspondiente resolución de acuerdo al número anterior.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas los proveedores no deben contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios con motivo de la licitación, durante el proceso.
III.PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN 1.PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El idioma oficial de la propuesta es el español. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en dicho idioma.
Las propuestas deben presentarse exclusivamente a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, mediante formularios separados (adjuntos en Anexo) que contendrán la Oferta Técnica y la Oferta económica.
La comisión revisara al momento de la apertura de ofertas, si los oferentes se encuentran en el listado de proveedores inhabilitados para contratar con el estado, cuando estos no mantengan contrato vigente con ChileProveedores:
Proveedores inhabilitados por condenas por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Fuente: Dirección del Trabajo Se aplica a proveedores condenados por prácticas antisindicales, dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato (art.4, ley 19.886).
Proveedores inhabilitados por condenas de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Fuente: Tribunales de Justicia. Se aplica a proveedores condenados por delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).
Proveedores inhabilitados por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato. Fuente: Tribunales de Justicia.
Si el oferente se encuentra en el listado proveedores inhabilitados, se dejará su oferta inadmisible, continuando con la evaluación de los oferentes que no se encuentren condenados por las causales señaladas en los puntos anteriores.
Además de las ofertas los interesados deben ingresar los antecedentes administrativos y/o legales que a continuación se señalan.
1.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS a)Documentos Anexos y/o Legales a través del portal
Los oferentes deberán presentar los antecedentes legales mencionados en este punto, por vía electrónica a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en formato electrónico o digital (escaneado), junto a la propuesta como documento adjunto, los que se recibirán en el plazo de recepción de ofertas:
i. En caso que el oferente sea o sean personas jurídicas, deberá presentar Copia simple de escritura pública de constitución y modificaciones en su caso e inscripción en el Registro de Comercio con Certificado de vigencia de la persona jurídica extendido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio correspondiente, o quien corresponda, con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha de cierre de la recepción de ofertas, o el documento de constitución que corresponda y que certifique su vigencia con la misma anticipación señalada, y modificaciones en caso que sea relevante.
Otras personas jurídicas, deberán acreditar su existencia legal acompañando los antecedentes que correspondan de acuerdo a su naturaleza y a las disposiciones que la rigen.
ii. Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N° 20.659, se debe acompañar Certificado Digital de Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen General, según sea el caso, además de Certificado de Vigencia, Certificado de Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N°45, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de la Ley N° 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales.
iii. Escritura pública u otro documento en que conste la personería del o de los Representante(s) Legal(es) de la persona jurídica con vigencia no mayor a 60 días corridos de anticipación a la fecha de cierre de la recepción de ofertas.
iv. Fotocopia del Rol Único Tributario del oferente en caso que sea persona natural, o de la persona jurídica en caso que el oferente tenga esa calidad.
v.Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad (por ambos lados) del Representante Legal, en caso que el oferente sea persona jurídica.
vi. Anexo N°1 Declaración Jurada, de conocimiento y aceptación de bases administrativas, de prohibiciones de contratación y de obligación de cumplimiento de pacto de integridad, debidamente firmado por el oferente/Representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para ofertar a través del portal, debiendo indicar su RUT.
vii. Anexo N°2 Presentación de la Empresa, el que deberá ser completado y presentado escrito a máquina o en computador, debidamente suscrito por el oferente/Representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para ofertar a través del portal, e indicando su RUT.
viii.Fotocopia simple del formulario de iniciación de actividades ante el SII o copia página sitio web denominado MI SII donde identifica al contribuyente y sus giros, los que deben estar relacionados con el objeto de la licitación.
xiv. ANEXO N°8 Declaración Simple comprobante de recepción del Reglamento Especial para empresas
contratistas y subcontratistas en formato digital adjunto a la ficha de Licitación.
Los proponentes que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, Portal Web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, y figuren en él en estado hábil, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta los documentos señalados en los numerales i, ii, iii, iv, v.
Los oferentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán presentar los antecedentes legales mencionados en este punto, por vía electrónica a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en formato electrónico o digital (escaneado), junto a la propuesta como documento adjunto, los que se recibirán en el plazo de recepción de ofertas.
1.2Oferta técnica
Las propuestas se deberán presentar exclusivamente a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, utilizando los formularios (adjuntos en Anexo) que contendrán la Oferta Técnica, según corresponda.
La Oferta Técnica deberá subirse a la plataforma de compras públicas cumpliendo con las exigencias y características dispuestas en la forma en que se ha establecido en las presentes Bases de Licitación.
Se debe ingresar utilizando los siguientes anexos y antecedentes:
Anexo N° 3, OFERTA TÉCNICA, en la cual deberá detallarse lo ofertado para cada uno de los requerimientos señalados, el que se deberá subir a la plataforma de compras públicas, debidamente completado y firmado por el oferente/Representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para ofertar a través del portal.
Anexo N° 5, EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES DEMOSTRABLE, debidamente completado, el que se deberá subir a la plataforma de compras públicas, firmado por el oferente/Representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para ofertar a través del portal.
Deberá presentar documentos que acrediten la experiencia e información afirmada por el oferente en el presente Anexo.
Dichos documentos solo podrán consistir en certificados emitidos por el cliente o actas de recepción de los servicios, u otros documentos que acrediten su efectiva prestación. Dicho documento deberá indicar:
a)Periodo de presentación del servicio (DD-MM-AA)
b)Nombre y firma del cliente o su representante.
Para efectos acreditar la suscripción del contrato y la duración, los documentos deberán ser complementados por documentos públicos (Ej.: resoluciones o decretos de adjudicación, actas municipales, órdenes de compra, certificados de instituciones públicas) o instrumentos privados (Ej.: contratos, órdenes de compra, certificados de instituciones privadas, etc), sin embargo para evaluar la experiencia, presentar el certificado del cliente o acta de recepción, u otro documento que acredite la
prestación del servicio.
El Gobierno Regional de Los Xxxx, se reservará el derecho de verificar los datos proporcionados, para efectos de evaluación.
Anexo N°6, DECLARACIÓN JURADA SIMPLE CONTRATACION DE PERSONAS EN SITUACION DE
DISCAPACIDAD, debidamente completado, el que se deberá subir a la plataforma de compras públicas y firmado por el oferente/Representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para ofertar a través del portal.
Además, deberá presentar todos los documentos que permitan evaluar su oferta.
La NO presentación de alguno de estos documentos debidamente completado, determinará que la oferta presentada sea declarada INADMISIBLE, por no contener oferta técnica o parte de ella, sin perjuicio de las facultades establecidas en los Números 2 y 3 del presente capítulo que podrán utilizarse dependiendo de la naturaleza de la omisión u error.
1.3 Oferta económica
La Oferta que se informe en la ficha electrónica deberá realizarse por monto unitario en pesos (Moneda Nacional), SIN I.V.A., ya que en caso que sea adjudicado, el portal suma automáticamente el IVA.
Por tratarse de una licitación a suma alzada, deberá incluir todo gasto necesario para el cumplimiento total y oportuno del Contrato, sin que el oferente pueda exigir con posterioridad un monto mayor, por situaciones no previstas en su oferta.
Además de la oferta en la ficha, se deberá subir debidamente completada la oferta en el Anexo N° 4 Oferta económica, firmado por el oferente/representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para ofertar a través del portal, e indicando su RUT.
Los costos en que incurra el oferente derivado de la presentación de la propuesta son de su exclusivo cargo, y en el caso de no ser adjudicada su oferta, no dará origen a indemnización alguna. El monto ofertado no tendrá derecho a reajustes ni intereses de ningún tipo.
PRESUPUESTO MAXIMO DISPONIBLE $ 3.000.000.- (tres millones de pesos, impuestos incluidos), para la contratación de los servicios. (PRESUPUESTO MAXIMO MENSUAL $ 125.000).
EN CASO QUE LA OFERTA ECONOMICA PRESENTADA SUPERE EL PRESUPUESTO MAXIMO DISPONIBLE, SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
1.4Otras Consideraciones IMPORTANTES
x.Xx recuerda que la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos y Legales, se
deben ingresar a la Plataforma XxxxxxxXxxxxxx.xx con antelación a la hora de cierre para presentar la propuesta, establecida en el cronograma de licitación.
x.Xx momento de realizar la Oferta Económica (valor en pesos chilenos) en la Plataforma xxxxxxxxxxxxxx.xx, el Oferente deberá ingresar en el campo Precio Unitario, el Valor Total de la Oferta sin impuesto (Valor Total Neto), ya que en caso de ser adjudicado el portal lo suma automáticamente. Sin embargo, en aquellos casos en que una empresa emita facturas exentas de impuestos, deberá indicarlo.
c.En el caso de que los Oferentes no presenten coincidencia entre la Oferta Económica que detallen en el Anexo N° 4 y la Oferta Económica (valor en pesos chilenos) ingresada al sistema a través de la ficha electrónica, se considerará en la oferta ingresada en la ficha electrónica del Portal. Lo mismo en caso que exista contradicción entre la oferta ingresada a través de la ficha electrónica y algún documento anexo, se considerará la oferta ingresada en la ficha, a menos que dando cumplimiento a lo señalado en los Números 2 y 3 siguiente, la Comisión pueda y decida solicitar aclaración sin que ello afecte la igualdad de los oferentes, o pueda resolver la contradicción por un evidente error formal o porque se tiene claridad de cuál es la oferta correcta en virtud de otro documento que se encuentre en el portal y/u oferta, siempre que ello no afecte los principios de igualdad de los oferentes, y que ello no permita modificar la oferta del proveedor.
d.A objeto de dejar constancia del ingreso y envío de la Oferta en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, se recomienda al Oferente, imprimir y mantener el respectivo Comprobante de Ingreso de Oferta, emitido por el sistema.
e.Para ingresar la Oferta Económica al Portal, se recomienda consultar el Manual de Proveedores, el cual se encuentra disponible en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
0.XXXXXXXX DE LAS PROPUESTAS
La apertura y evaluación se realizará por la comisión de evaluación, designada por el Gobierno Regional mediante la correspondiente Resolución. La comisión podrá ser integrada por funcionarios del Gobierno Regional y/o de otros servicios públicos, e inclusive por profesionales o especialistas ajenos a la administración, con las competencias para ello, de acuerdo al Artículo 37 del Reglamento de la ley de Compras Públicas.
Además, que se hayan acompañado todos los documentos exigidos, esto es: documentos administrativos y/o legales, y aquellos exigidos en la oferta técnica y económica a menos que alguno de los mencionados se encuentren en el portal Chile proveedores levantándose un Acta dejando constancia del hecho de la apertura y las observaciones que hayan surgido.
El Gobierno Regional, en virtud del artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, se reserva el derecho de otorgar plazo a los oferentes para salvar errores u omisiones formales, lo que será informado a través del portal, siempre que no se afecten los principios de igualdad de los oferentes, ni de estricta sujeción a las Bases. En dicho caso se podrá otorgar un plazo de 72 hrs. de días hábiles para enmendar los errores señalados y/o para presentar aquellos certificados o antecedentes faltantes que se hubieren obtenido con fecha anterior al plazo de cierre para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables desde la fecha de cierre para presentar las ofertas. De todo lo anterior se dejará
xxxxxxxxxx en el Acta la que será suscrita por los integrantes de la Comisión,
Cuando por motivos de protocolos de COVID-19, no pueda realizarse reuniones presenciales, la comisión funcionará mediante video conferencia, a través de plataforma Google meet u otra similar, guardándose la sesión y levantando acta de todo lo obrado.
Todas las actas serán suscritas por la totalidad de los integrantes de la comisión evaluadora, quienes podrán otorgar su conformidad en redacción y contenido mediante correo electrónico.
En el evento que se solicite salvar errores u omisiones, o entregar antecedentes administrativos faltantes, se suspenderá la evaluación de las ofertas, hasta el cumplimiento del plazo otorgado. En caso que la falta de los documentos y/o antecedentes sea insalvable ya sea porque no se refiere a aquellos antecedentes indicados más arriba, o porque los documentos no presentados forman parte de la oferta y son necesarios para evaluar, la oferta será declarada inadmisible, sin que pueda ser evaluada.
La NO respuesta por parte del o los Oferentes en el plazo estipulado, otorgará la facultad al Gobierno Regional a no considerar la propuesta, declarándola inadmisible, todo dependiendo de la característica, importancia y objetivos de los documentos solicitados, o si la información de los documentos faltantes puede o no ser salvada por la Comisión, por información contenida en otros documentos acompañados o encontrados en el portal, en todo caso, la entrega o no oportuna de los antecedentes, será siempre evaluada.
Las ofertas deberán considerar todos los elementos y antecedentes señalados en estas Bases Administrativas, Técnicas, Aclaraciones y/o Modificaciones, si las hubiere.
3. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de la Oferta Técnica y de la Oferta Económica será realizada por la Comisión de Evaluación designada mediante acto administrativo, cuando por motivos de protocolos de COVID-19, no pueda realizarse reuniones presenciales, la comisión funcionará mediante video conferencia, a través de plataforma Google meet u otra similar, guardándose la sesión y levantando acta de todo lo obrado.
Todas las actas serán suscritas por todos los integrantes de la comisión que sesionen, quienes podrán otorgar su conformidad en redacción y contenido mediante correo electrónico.
La comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados por los oferentes, para proceder a su revisión y evaluación, de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Para los efectos anteriores, la Comisión emitirá un informe comparativo de las ofertas técnicas y económicas presentadas, y propondrá fundadamente la oferta que haya obtenido el mayor puntaje.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión en virtud del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras
Públicas, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones de las ofertas durante el periodo de evaluación, otorgándole un nuevo plazo de 72 horas de días hábiles para dar cumplimiento a lo requerido, siempre que ello no afecte a los principios de estricta sujeción a las bases o de igualdad de los oferentes, y que la aclaración no implique la posibilidad de que el oferente pueda modificar su propuesta.
Cualquier error de concordancia u otro de la Pauta de Evaluación, será resuelto por la Comisión de Evaluación de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad y de igualdad de los oferentes y siempre que ello sea posible.
LA OFERTA DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO AL 100% DE LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES TÉCNICAS DE LAS PRESENTES BASES, EN CASO CONTRARIO SERÁ DECLARADA INADMISIBLE, POR LO ANTERIOR, LA OFERTA DEBERA PRESENTAR TODOS LOS ANTECEDENTES QUE PERMITAN ACREDITAR DICHO CUMPLIMIENTO.
4. REVOCACIÓN Y SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN
La licitación se podrá revocar una vez publicada mediante decisión del jefe superior del servicio debidamente justificado, dejando sin efecto el llamado irrevocablemente, no pudiendo seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. La revocación podrá ser declarada de forma unilateral por la entidad licitante de acuerdo al artículo 61 de la Ley 19.880, mediante resolución fundada que lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
La licitación se podrá suspender como una medida cautelar, desde la aprobación de las bases hasta antes de la notificación de la adjudicación, este estado permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y posteriormente seguir con su curso normal, y procederá como medida cautelar cuando una resolución del Tribunal de Contratación Pública así lo disponga u otra instancia jurisdiccional, o en virtud del artículo 57 de la Ley 19.880.
El acto administrativo que ordene la suspensión, indicará el periodo en que el procedimiento estará suspendido.
Lo anterior sin perjuicio de otras instancias generales que permiten no persistir en la licitación. 5.- ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la licitación se efectuará mediante resolución fundada del Gobierno Regional de Los Xxxx, para lo cual elegirá la oferta más ventajosa y más conveniente a sus intereses, de conformidad a lo informado por la Comisión Evaluadora y de acuerdo con la Pauta de Evaluación, lo que deberá quedar expresado en la correspondiente acta, la que deberá contener todos los requisitos establecidos en el artículo 40 bis del Reglamento de la Ley.
En caso de existir una sola oferta, la licitación será adjudicada a ésta siempre que ella dé cumplimiento a las bases administrativas y técnicas, y demás requerimientos establecidos en las presentes bases.
El Gobierno Regional de Los Xxxx declarará las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases declarará desierta una licitación cuando no se presenten
ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, si la estima la más conveniente a sus intereses, debidamente fundado y siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza.
En el evento de que no se realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma se informará en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx las razones que justifican dicho incumplimiento e indican un nuevo plazo para la adjudicación.
NO SE ADJUDICARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
Si dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos podrán desistirse y retirar sus ofertas, sin derecho a indemnización alguna.
5.1 Notificación de la Adjudicación
Se entenderá realizada la notificación de adjudicación, luego de las 24 horas transcurridas desde que se publique en el Portal Mercado Público la Resolución correspondiente y el informe de evaluación de las Ofertas.
5.2 Nueva Adjudicación de la Licitación
El Gobierno Regional podrá, en caso que el adjudicatario no acepte o cancele la orden de compra o pretenda modificar su oferta una vez adjudicado, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las ofertas, persiguiendo las responsabilidades correspondientes si lo estima pertinente.
También podrá realizar una nueva adjudicación si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, antes de la suscripción del contrato.
La nueva adjudicación, que se efectuará mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el oferente que haya obtenido el siguiente más alto puntaje y así sucesivamente.
5.3Consultas respecto a la Adjudicación
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar respecto al resultado del proceso de adjudicación, consultas referidas a la misma, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, en un plazo no superior a 3 días corridos contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación, unidad que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
IV. CONTRATO, CARACTERISTICA Y VIGENCIA
1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES
El adjudicatario deberá estar inscrito y en calidad de hábil en el Registro de Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo.
2. PLAZO Y DOCUMENTACIÓN PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación de la oferta, se comunicara a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, al oferente favorecido.
En virtud del valor de la contratación, y que la obligación nacida de él es una obligación de prestar servicios predeterminados y detallados en las bases, lo que transforma la contratación en un servicio estándar y de simple y objetiva especificación, el contrato se suscribirá mediante envío de orden de compra, debidamente aceptada por el proveedor, de acuerdo al artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Por lo anterior y sin perjuicio de la exigencia de encontrarse inscrito en el Portal de ChileProveedores al momento de contratar, aquella persona jurídica adjudicada que no mantenga actualizada en dicho portal la siguiente información, deberá enviar al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, los siguientes documentos:
a)Anexo N° 1 que se adjunta a las presentes Bases Técnicas, ahora en original, debidamente completado y firmado, por el oferente/Representante Legal, encargado de ventas u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada.
b) El anexo N° 7, debidamente completado y firmado (sólo para el adjudicado)
c)Original del Certificado de antecedentes laborales y previsionales F30, emitido por la correspondiente Inspección del Trabajo. En caso de existir multas por saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, el oferente de que se trate deberá acreditar que se encuentran debidamente solucionadas y/o pagadas, o en su defecto, que se encuentren al día en el respectivo convenio de pago que las contemple, lo cual deberá ser acreditado con los respectivos documentos. En caso contrario, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, hasta los seis meses, fecha en que, si el contratado no tiene solucionado la totalidad de la deuda, se pondrá término anticipado al contrato. Para lo cual el Gobierno Regional de Los Xxxx podrá solicitar los documentos suficientes para que el adjudicado acredite el pago de la totalidad de la deuda. En caso de que no posea trabajadores dependientes, la empresa deberá presentar una Declaración Jurada ante Notario, bajo el apercibimiento del artículo 210 del Código Penal para el caso de perjurio, en que se exprese dicha situación.
d)Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se detalla en el número 3 siguiente, la que también será requisito para efectuar el pago.
e)Comprobante de Inscripción en Chileproveedores, sólo si el Oferente Adjudicado no estaba inscrito al momento de la adjudicación. En este caso el plazo se extenderá hasta los 10 días hábiles, contados desde la adjudicación.
f) Escritura Pública de Constitución de la Persona Jurídica (en caso que el adjudicado sea persona
jurídica), con certificado de inscripción vigente en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con fecha no anterior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación a menos que dicho documento y con la vigencia señalada, se encuentre en Chile Proveedores.
g)Copia legalizada del documento en que conste la personería o mandato del representante legal, si no estuviere acreditado en los documentos anteriores, con fecha no anterior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de la adjudicación, a menos que dicho documento y con la vigencia señalada, se encuentre en Chile Proveedores.
h)Escritura pública de constitución de unión temporal o consorcio, en caso que el adjudicado haya ofertado de dicha manera.
i)Si el adjudicado es una persona jurídica constituida en virtud de la ley 20.659 en la plataforma tu empresa en un día del Ministerio de Economía Fomento y Turismo deberá adjuntar el certificado de vigencia, estatuto actualizado y anotaciones, no debiendo presentar los documentos indicados en los literales e) y f) precedentes.
El adjudicatario que se encuentre inscrito en el Portal de ChileProveedores al momento de contratar y mantenga actualizada en dicho portal la información exigida y señalada en letras f), g) y h), podrán exceptuarse de presentarla en papel.
LA NO ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS INCLUÍDA LA GARANTÍA SEÑALADA EN EL NÚMERO SIGUIENTE, EN EL PLAZO SEÑALADO, PODRÁ IMPLICAR LA READJUDICACIÓN A LA SEGUNDA OFERTA MEJOR EVALUADA O UNA NUEVA LICITACIÓN
3. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El oferente adjudicado, en el plazo de 5 días hábiles señalado, y para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento del contrato, deberá enviar garantía física o electrónica, se sugiere evitar garantía física y preferir enviar garantía electrónica al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, la que deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, la garantía debe ser a la orden del Gobierno Regional, RUT: 00.000.000-0, domiciliado en XXxxxxxx Xx000, 0x Xxxx, Xxxxxxxx, Garantía por un monto equivalente al 5% de su valor total, emitida en pesos chilenos, por una Institución que se pueda cobrar en la Ciudad xx Xxxxxxxx, que garantice el fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley Nº 20.238.
El documento de garantía, deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera a la vista, a nombre del Gobierno Regional de Los Xxxx, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0 y deberá contener la siguiente glosa: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato: SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA SEDE CONSEJO REGIONAL Y BODEGAS
SUBTERRANEO EDIFICIO PÚBLICO N°1, indicando el N° de ID del portal mercadopúblico.
En caso que el documento de garantía no permita glosa, el tomador deberá acompañar una declaración jurada simple digital y enviar al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, que indique que el documento se presenta como garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en los mismos términos indicados.
El plazo de vigencia de esta garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución será la vigencia del contrato definitivo aumentado en un periodo de 90 días corridos sobre el plazo del contrato, el cual será el plazo ofertado para la entrega del servicio. Terminada la vigencia del contrato, la garantía podrá ser solicitada por el proveedor adjudicado, a contar de la fecha en que el Gobierno Regional le comunique que ha recibido a satisfacción la totalidad de los servicios y productos encomendados.
Al oferente que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según Informe de la Comisión Evaluadora o, declarar desierta la licitación.
Todos los gastos que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo del proponente y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan y de renovarla o prorrogarla con una antelación a diez días corridos a la fecha en que pierde vigencia, en caso que se extienda el plazo del contrato y este plazo supere el periodo de vigencia de la misma, caso en el cual se deberá prorrogar o renovar nuevamente por una vigencia de 90 días corridos sobre el nuevo plazo del contrato. En caso que el oferente adjudicado no la renovare en el plazo señalado, se hará efectiva la garantía.
Con cargo a la garantía podrá hacerse también efectiva la aplicación de multas, y el pago de los trabajadores dependientes de acuerdo a la Ley de Subcontratación. En caso que se ponga término anticipado al contrato por causas imputables a la empresa contratada, se hará efectiva la boleta de garantía con la finalidad de solventar el gasto que irrogue una nueva contratación para poner término de los servicios contratados y pendientes de ejecución, quedando el saldo en caso que exista como sanción al contratista.
De la misma manera, en caso que se termine anticipadamente el contrato por causa imputable al contratado, se cobrará a todo evento la garantía, a manera de indemnización de perjuicios para el Gobierno Regional, previo el procedimiento establecido en las presentes bases, para la aplicación de multas.
Será el Inspector Técnico y/o administrativo del contrato quien deberá informar y señalar los motivos por los cuales corresponde hacer efectiva la garantía, por incumplimiento del contrato, de plazo u otros.
En caso de incumplimiento por la empresa de las obligaciones que le impone el contrato y en consecuencia se ponga término anticipado al contrato, el Gobierno Regional de Los Xxxx, estará facultado para hacer efectiva unilateral y administrativamente la garantía de fiel cumplimiento, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, previo el procedimiento establecido en las presentes bases N° 4 siguiente, para la aplicación de multas.
En el evento que precisamente el motivo sea la no renovación de la garantía debiendo realizarlo, en especial antes del término de su vigencia, sólo se notificara de ello al contratado, procediendo a hacer efectiva la garantía inmediata y unilateralmente.
La devolución de la garantía se realizará transcurridos el plazo de 10 días hábiles, desde el pago realizado en virtud del contrato y durante dicho período garantizará la correcta ejecución del mismo, el documento de garantía será devuelto a petición del oferente, o del inspector técnico del contrato, previo endoso y de acuerdo al procedimiento de devolución de garantía señalado en el punto 10.2 del Manual de procedimiento Interno de documentos en Garantía, aprobado mediante Resolución exenta N°344 de fecha 24 xx xxxxx de 2020.
4. MULTAS
El Gobierno Regional de Los Xxxx, estará facultado para aplicar y cobrar multas al adjudicatario por
incumplimiento de sus obligaciones contractuales en los siguientes casos:
Si el adjudicatario no cumple con las especificaciones requeridas y ofertadas, según se define en las Bases Técnicas y oferta técnica, y así lo informe y solicite el inspector técnico y siempre que ello no implique incumplimiento grave.
Retrasos injustificados en el tiempo de ejecución ofertada, desde el reporte por parte del inspector técnico del contrato (correo electrónico)
Incumplimiento reiterado de las órdenes e instrucciones emanadas del inspector técnico del contrato (hasta 3 incumplimientos).
Daños al inmueble, mobiliario y equipamiento, sin perjuicio de la investigación y/o reparación que sea necesaria, a cargo del contratado.
Incumplimientos en normas de seguridad (reglamento especial para empresas contratistas y sub contratistas, aprobado por Resolución Xxxxxx Xx000 xx 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx). Esta deberá ser cursada por ITO de oficio o por sugerencia del prevencionista de riesgos del Gobierno Regional.
Por cada incumplimiento de los señalados en el punto 4 anterior, el monto de la o las multas, será de un 2% del valor total del contrato y en el caso de retrasos injustificados, será de 2% del monto total del contrato señalado, por cada día de atraso en la ejecución del servicio, los cuales no podrán superar en ningún caso los 5 días corridos de atraso, lo que será evaluado e informado por la Inspectoría Técnica, ya que en caso de mayor atraso corresponderá poner término anticipado al contrato.
El monto máximo de multas que se apliquen, no podrá ser superior al 10% del valor total del contrato, ya que en dicho caso se pondrá término anticipado al contrato.
Las causales que dan origen a la aplicación de multas deberán ser informadas y justificadas por el Inspector técnico del contrato.
El Gobierno Regional de Los Xxxx notificará la decisión de aplicar multas al contratado mediante oficio dirigido al domicilio del contrato o correo electrónico señalado en la oferta, o entregado personalmente, indicando la causa y el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento. El contratado podrá presentar sus descargos con documentos de respaldo ante el Gobierno Regional de Los Xxxx dentro xxx xxxxxx día hábil contado desde la notificación. El Gobierno Regional de Los Xxxx resolverá considerando dichos descargos una vez presentados, o transcurrido el plazo sin haberse presentado, dictando acto administrativo que corresponda.
En caso que la resolución señalada aplique la multa, será notificada de la manera ya señalada al contratado, quien contará con un plazo de 5 días hábiles, para presentar recurso de reposición de la multa. Se informa que no procede recurso de apelación por ser el Gobierno Regional una institución descentralizada funcional y territorialmente.
La aplicación de las multas una vez resuelta la reposición, o transcurrido el plazo sin que se haya presentado, se realizará descontando el monto de la(s) multa(s) respectivas del o los pagos mensuales más próximos al de su aplicación.
En caso fortuito o de fuerza mayor, u otra causa no imputable al contratado, debidamente acreditado y
aplicando normativa general vigente, deberá entregarse un informe dentro de las 24 horas de enviado el reclamo por el Inspector técnico, el que será analizado por éste para efectos de determinar si corresponde o no la aplicación de multas.
5.- PAGOS
Se realizarán mensualmente contra mes cumplido. La empresa deberá hacer llegar al Gobierno Regional de Los Xxxx:
La factura mensual deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx y extenderse a nombre del Gobierno Regional de Los Xxxx, Rut: 00.000.000-0, con dirección xxxxx XXxxxxxx Xx000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, factura que deberá indicar dicho domicilio del Gobierno Regional. El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura por parte del Gobierno Regional de Los Xxxx. En el caso que la factura sea objetada, ésta será remitida al adjudicatario en el plazo de 8 días hábiles para que subsane las objeciones realizadas dentro de 10 días siguientes, suspendiéndose entre tanto el plazo para el pago.
Solo una vez subsanadas las objeciones, comenzará a correr nuevamente el plazo para el pago.
Para poder proceder al pago, el inspector técnico y/o administrador del contrato, o quien lo subrogue, deberá adjuntar a los documentos presentados por el contratado, un informe técnico y de control financiero, acta de recepción conforme de los servicios y el check list control de contratistas servicios esporádicos que se realizará por ÚNICA VEZ antes de comenzar los trabajos, estos documentos asociados al check list no serán exigibles si el contratado resultare ser la misma persona que realiza los trabajos, al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, que certifique la prestación satisfactoria de los servicios mensuales cobrados, y/o si procede cobro de multas, terminar anticipadamente el contrato por incumplimiento, o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En caso que no tenga trabajadores, esté deberá enviar al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx declaración jurada, bajo el apercibimiento del artículo 210 del Código Penal para el caso de perjurio, en que se exprese dicha situación.
En caso de existir subcontratación, el adjudicado deberá enviar al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx certificados indicados de la empresa subcontratada.
El pago al proveedor adjudicado se realizara mediante transferencia electrónica de fondos, de acuerdo al artículo 8 de la Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2020.
6.- MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato que emane de la presente licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las siguientes causas establecidas en el Artículo 13 de la Ley Nº 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Artículo 77 de su Reglamento.
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
En concordancia de lo anterior, el Gobierno Regional de Los Xxxx podrá poner término anticipada y administrativamente al Contrato cuando el adjudicado incurra en incumplimiento grave de las obligaciones que asume en virtud de éste, sin derecho a indemnización alguna.
Se considera que se incumple gravemente el contrato en los siguientes casos, y por lo tanto se podrá poner término anticipado al contrato:
Por haber recibido más de 3 multas durante la ejecución del contrato, sin que exista una razón de caso fortuito o fuerza mayor u otra no imputable al contratado, debidamente justificada, debiendo además ser calificada de esa manera por el inspector técnico y/o administrativo del contrato.
El no cumplimiento de la entrega del servicio contratado por un rango superior a 5 días corridos, se considerará un incumplimiento de las obligaciones del oferente y se podrá poner término anticipado del contrato.
Incumple gravemente las obligaciones del contrato, y/o las especificaciones técnicas ofertadas, de acuerdo a lo que señale el inspector o encargado del Contrato y/o no subsana su incumplimiento en los plazos por él instruido y se negase a resolver los inconvenientes en los plazos comprometidos e instruidos por la inspectoría técnica y/o administrativa.
Si reiteradamente (3 o más veces) no cumple con las instrucciones del inspector técnico y/o administrativo del contrato designado.
Si no cumple con la normativa previsional, laboral y de seguridad con sus trabajadores en especial en relación al pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales.
Por la incapacidad de la empresa adjudicada para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos como huelga de sus trabajadores, los que sean suficientes como para ser calificados de caso fortuito o fuerza mayor calificación que será realizada por el Gobierno Regional, previo informe de la empresa contratada.
No da cumplimiento con cualquiera de las obligaciones del Pacto de Integridad, estipuladas en el Anexo Nº1 de las presentes Bases.
Supera los 5 días corridos de atraso el tiempo de ejecución, lo que será evaluado e informado por la Inspectoría Técnica, señalado en el punto 4 Multas del capítulo III de las presentes bases administrativas.
Sin perjuicio de lo anterior, y cuando la causal sea imputable al adjudicado, el Gobierno Regional se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes, ya sea exigiendo el cumplimiento forzado en todo o parte de la obligación, y/o la persecución de la indemnización de perjuicios que corresponda.
Del mismo modo, el Gobierno Regional de Los Xxxx podrá en cualquier momento poner término al Contrato sin indemnización alguna al contratante, notificándolo por escrito mediante carta certificada si de acuerdo a la Ley 20.720, el contratado solicita su liquidación voluntaria, se demande la forzosa, o expira la
Protección Financiera Concursal o se disolviere la sociedad, sin perjuicio de los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan si lo es pertinente.
En caso que se ponga término anticipado, se hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, para efectos de asumir el costo que implicaría licitar y contratar nuevamente, quedando el saldo como indemnización para el Gobierno Regional.
El Gobierno Regional de Los Xxxx notificará la decisión de terminar anticipadamente el contrato mediante oficio dirigido al domicilio del contrato, o personalmente, indicando la causa que daría origen a la decisión. La Empresa podrá presentar sus descargos con documentos de respaldo ante el Gobierno Regional de Los Xxxx dentro xxx xxxxxx día hábil contado desde la notificación. El Gobierno Regional de Los Xxxx resolverá considerando dichos descargos una vez presentados, o transcurrido el plazo sin haberse presentado, dictando el acto administrativo que corresponda.
La resolución señalada, será notificada de la manera indicada al contratado, pudiendo el contratado en caso que decida el término anticipado, presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles.
Se informa que no procede recurso de apelación por ser el Gobierno Regional una institución descentralizada funcional y territorialmente.
6.1 MODIFICACIÓN DE CONTRATO Y AUMENTOS
En ningún caso se podrá aumentarse el monto del Contrato en más de un 30% del monto originalmente contratado, ni podrá superar en su totalidad las 100 U.T.M. Lo anterior, siempre que no se desnaturalice el objeto de la contratación, ni su contratación a suma alzada y que no se infrinja el principio de igualdad de los oferentes, ni de estricta sujeción a las bases.
En relación de lo anterior, cuando se requiera contratar un servicio nuevo no contemplado en la licitación, pero relacionado directamente con ésta, se solicitará una cotización en soporte papel al proveedor, con lo cual se realizará una Resolución Complementaria, remitiéndose orden de compra por la diferencia que pasará a formar parte del contrato original, con la salvedad de que el monto total (contrato original más aumento) no supere las 100 UTM, ni el 30% señalado en el párrafo anterior.
V.DISPOSICIONES FINALES
1.-INSPECTORÍA TÉCNICA Y/O ADMINISTRATIVA
El Gobierno Regional designará Inspector técnico y/o administrativo del contrato de los servicios especializados de prevención y control integrado de plagas para la Sede del Consejo Regional y bodegas de subterráneo del Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx, a Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Encargada de la Unidad de Servicios Generales del Gobierno Regional de Los Xxxx o quien lo subrogue o reemplace, quien será la encargada y responsable de velar por la correcta ejecución del contrato por parte del contratado, y por tanto de mantenerse en constante contacto con el proveedor, de entregar las instrucciones, observaciones, y en general, de toda acción necesaria para el total cumplimiento de su
función a la empresa adjudicada para que se dé cumplimiento al mismo y de solicitar las sanciones junto al informe correspondiente, en caso que deban aplicarse además de informar tanto la recepción conforme se los servicios contratados, mediante informe técnico y financiero, y Acta de Recepción Conforme, lo que será requisito para el pago.
Además, será responsable de verificar y controlar el cumplimiento del Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas y hacer entrega del documento físico al Contratista adjudicado, solicitando los documentos señalados en check list control de contratistas servicios esporádicos o permanentes en los plazos señalados en el reglamento, considerando las modificaciones, según Memorándum N°197 de 14 de febrero de 2020, además de enviar el check list control de contratistas servicios esporádicos o permanentes tramitado, a la Unidad de Adquisiciones, estos documentos no serán exigibles si el contratado resultare ser la misma persona que realizar los trabajos, lo mismo aplicara para el pago.
2.-PREVENCIÓN DE RIESGOS:
El adjudicatario deberá contar con los elementos necesarios para demarcar las zonas de trabajo donde ejecute actividades, con el fin de velar por la integridad física de los funcionarios de la Institución y público que visite las dependencias, a causa de posibles riesgos que generen las funciones encomendadas.
Sin perjuicio de lo anterior, cualquier acción u omisión que ponga en riesgo la salud y seguridad de los trabajadores de la empresa o de los funcionarios del Gobierno Regional de Los Xxxx, será de responsabilidad del adjudicatario.
Lo contenido en Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas, aprobado por Resolución Exenta N°425 de fecha 25 xx xxxxx de 2019, protocolos implementados por COVID-19 u otros que se puedan generar en un futuro por normativa interna del servicio, lo que será fiscalizado por el ITO, quien cursará las multas correspondientes en caso de incumplimiento. Esta resolución, se entiende formar parte integrante de las presentes bases.
En faltas, condiciones y/o acciones subestándar llevadas a cabo por contratistas o subcontratistas, consideradas de bajo riesgo por parte del área de Prevención de Riesgos del Gobierno Regional de Los Xxxx, se formalizará una amonestación verbal mediante un documento, el cual será entregado al infractor con copia al respectivo administrador de contrato para su registro.
De repetirse la acción o condición desestimando las normas de seguridad establecidas, se cursará la infracción de seguridad correspondiente por parte del Administrador de Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, el área de Prevención de Riesgos del Gobierno Regional de Los Xxxx, podrá cursar de manera inmediata una infracción de seguridad si observa conducta, acción o condición subestándar con el potencial riesgo de causar accidentes graves y/o fatales, como igualmente deterioro a maquinarias y equipos del servicio.
Cabe señalar que la infracción podrá ser dirigida o individualizada con los datos del trabajador como hacia la empresa, aun así, el cobro correspondiente tendrá un valor fijo de 2 UF, independiente de la gravedad
de la falta, valor de la UF del último día del mes en que se cursó la infracción. Dicho valor será descontado de los estados de pago que se le realicen al contratista.
3.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ADJUDICADO
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a)No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones.
b)Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.
c)Ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d)Dar fiel cumplimiento a las normas legales, vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la inspectoría técnica y lo establecido en el Reglamento Especial Empresas Contratistas y Subcontratistas, aprobado mediante Resolución Exenta N°425 de 25 xx xxxxx de 2019, de Gobierno Regional de Los Xxxx y protocolos implementados por COVID-19 u otros que se puedan generar en un futuro por normativa interna del servicio, lo que será fiscalizado por el ITO, quien cursará las multas correspondientes en caso de incumplimiento. Esta resolución, se entiende formar parte integrante de las presentes bases.
c)SEGURIDAD
Será de cargo del contratista la reparación de cualquier daño que ocasione a terceros o a las instalaciones existentes por causa de los trabajos que ejecute.
Por lo anterior, el contratista establecerá las precauciones necesarias para evitar accidentes que pudieren afectar a operarios y/o terceros, tanto de la propia empresa como de los subcontratistas, profesionales u otros. Especial atención deberá brindarse a la protección de personas.
El contratista deberá consultar y ejecutar los dispositivos de protección en caso de ser necesarios, sean estos, letreros indicativos, barreras, señalizaciones visuales, etc., para los funcionarios y demás personas que transiten en las proximidades del servicio.
e)Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal, respectivamente, en que se ejecuten otras obras, y que xxxx imputables al contratista.
f)Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización e ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo, hurto, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
g)Dar cumplimiento, en forma íntegra y oportuna, al Reglamento Especial Contratistas y Subcontratistas, aprobado mediante Resolución Exenta N°425 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx.
Otras condiciones: Es parte integrante de estas bases de licitación, el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas del Gobierno Regional de Los Xxxx. El contratista se obliga a leer, difundir y cumplir a cabalidad junto a sus trabajadores, respetando todas las normas de seguridad establecidas en dicho documento y las que se requieran para la ejecución de los trabajos.
4.-ENCARGADO DEL CONTRATISTA ADJUDICADO
El adjudicatario deberá nombrar en el contrato, un encargado para la ejecución del mismo, que tendrá, a lo
menos, las siguientes funciones:
a)Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. b)Coordinar las acciones que sean pertinentes para la correcta operación y cumplimiento del contrato. Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado al Gobierno Regional de Los Xxxx por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado al Inspector Técnico del contrato.
5.-CONFIDENCIALIDAD
El contratado, sus profesionales y personal que se encuentre vinculado, deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes que se le entreguen, los resultados e informes que se obtengan, reservados o no, relativos al Gobierno Regional de Los Xxxx, durante la prestación de los servicios o vigencia del Contrato y una vez finalizado el servicio.
El contratado será solidariamente responsable con su personal, profesionales y otros vinculados, acordando que toda la información relativa al Gobierno Regional de Los Xxxx, que con motivo de la ejecución del Contrato conociere y/o procesare a través de su personal, revestirá para todos los efectos del mismo, el carácter de confidencial y no podrá ser divulgada por la Empresa, sus asociados y demás personas relacionadas, de ninguna forma a menos que sea de la naturaleza del Contrato, lo solicite así el Gobierno Regional o sea autorizado por él.
En caso de transgredir, el contratado y demás personas señaladas anteriormente, por cualquier medio y en cualquier forma la confidencialidad, sea durante la ejecución del Contrato o después de ella, el Gobierno Regional de Los Xxxx podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, a modo de sanción, sin perjuicio de las demás acciones que estime conveniente ejercer en resguardo del interés fiscal.
6.-CESIBILIDAD
El contratado no podrá, en caso alguno, ceder o traspasar, parcial ni totalmente, a cualquier título, el Contrato que suscriba con el Gobierno Regional, o los derechos y obligaciones emanados de él.
7.-INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico de la presente licitación y del contrato resultante. Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases, será resuelta por el Gobierno Regional de Los Xxxx, velando por la coherencia de las bases, y el cumplimiento de los principios de toda licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución de la propuesta y de los servicios contratados, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación de lo señalado, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta de la contratada, a menos que la oferta haya superado en calidad u otro a lo requerido en las bases.
Cualquier falta u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación o servicio, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
6.-DOMICILIO.
Para todos los efectos legales del Contrato, el domicilio se fija en la ciudad xx Xxxxxxxx.
3°. - DESÍGNASE a los siguientes funcionarios de este Gobierno Regional de Los Xxxx, como encargados de la evaluación de las ofertas recibidas:
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, RUT: 00.000.000-X, JEFE DIVISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS o quien lo subrogue o reemplace.
XXXX XXXXXXX XXXX, RUT: 00.000.000-0, PROFESIONAL UNIDAD DE ADQUISICIONES o quien lo
subrogue o reemplace
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, RUT: 00.000.000-0, ENCARGADA DE UNIDAD DE SERVICIOS
GENERALES o quien lo subrogue o reemplace.
En calidad de asesor técnico y lo establecido en Reglamento Especial del Gobierno Regional de Los Xxxx:
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, RUT: 00.000.000-0, Ingeniero en Prevención de Riesgos del Gobierno Regional de Los Xxxx de la Unidad de Gestión Estratégica Institucional, o quien sea designado para su reemplazo en caso de su ausencia.
La Comisión podrá solicitar asesoría de profesional con competencia en el área jurídica.
DÉJASE ESTABLECIDO, que la Comisión podrá funcionar con al menos 2 integrantes. En todo caso, la comisión podrá solicitar el asesoramiento de profesionales con competencias en el área.
4º.- NOTIFÍQUESE a los mencionados entregando o enviando mediante copia digital la presente Resolución.
5°.- Para efectos de dar cumplimiento al artículo 4°, N° 7 de la Ley 20.730 de 2014, que Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, la que considera sujetos pasivos de esa ley a los integrantes de las comisiones evaluadoras formadas en el marco de la ley Nº 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones,
REMÍTASE POR LA VÍA MÁS EXPEDÍTA, COPIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL ADMINISTRADOR DE LA PLATAFORMA LEY DEL LOBBY.
6°. - Se deja constancia que los gastos que impliquen la adquisición del servicio señalado, deberán será imputado al Ítem 22.08.001, del programa 01 del presupuesto del año 2020, debiendo imputarse el saldo, en caso que exista, a igual ítem del presupuesto 2021 y 2022, en la media que se consulten fondos para ello y se cumplan las condiciones establecidas para el desembolso.
ANÓTESE, REFRÉNDESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA.
POR ORDEN DEL SR. INTENDENTE
MRC/JHS/CCM/VRL/JSR/jsr. DISTRIBUCIÓN
-Comisión de evaluación
-Inspector técnico y administrativo del contrato
-Unidad de Adquisiciones
-Oficina de Partes
I. ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACIÓN
Número de Adquisición | 5418-5-L120 |
Entidad Licitante | Gobierno Regional de Los Xxxx |
Unidad de Compra | Gobierno Regional de Los Xxxx |
Rut | 00.000.000-0 |
Dirección | X XXXXXXX, 000 , Xxxxxx xx Xxx Xxxx |
Nombre de la Licitación | Servicios especializados de prevención y control integrado de plagas |
Descripción de la Licitación | 1. Solicitud de compra N°109, Tramite 6109, Contratar el Servicio Especializado de Prevención y Control integrado de plagas para la Sede del Consejo Regional, ubicado en Avda. Los Xxxxxx Nº4, Isla Teja y las bodegas subterráneo del Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxx, ubicado en Xxxx. X'xxxxxxx Xx000, xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx 2. Certificado de disponibilidad presupuestaria N°104 3. Resolución Exenta N°841 de 26 agosto de 2020, dispone licitación y aprueba bases. |
Monto disponible: | $ 3.000.000 incluye impuesto |
Publicidad de ofertas técnicas: | Todas las ofertas técnicas serán visibles al público en general, través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, desde el momento de la apertura electrónica. |
N° | Producto / Servicio | Dirección de despacho | Descripción |
1 | Servicios integrados de gestión de plagas Cantidad: 1 Unidad: Global | X XXXXXXX, 000 - Xxxxxx xx Xxx Xxxx - Xxxxxxxx | Servicio Especializado de Prevención y Control integrado de plagas para la Sede del Consejo Regional, ubicado en Avda. Los Xxxxxx Nº4, Isla Teja y bodegas del Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx0 xxx Xxxxxxxx xxxxxxxx xx xxx Xxxx, Xxxx. Xxxxxxxx Xx000, Xxxxxxxx. |
II. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL BIEN O SERVICIO A CONTRATAR
1) Servicios integrados de gestión de plagas
Especificaciones Técnicas:
“BASES TÉCNICAS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA LA SEDE DEL CONSEJO REGIONAL Y LAS BODEGAS EXISTENTES EN EL SUBTERRÁNEO DEL EDIFICIO PÚBLICO N°1 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LOS XXXX.”
INTRODUCCIÓN
El Gobierno Regional de Los Xxxx requiere CONTRATAR EL SERVICIO ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS PARA LA SEDE DEL CONSEJO
REGIONAL, ubicada en Xxxx. Xxx Xxxxxx Xx 0, Xxxx Xxxx y LAS BODEGAS EXISTENTES EN EL SUBTERRÁNEO DEL EDIFICIO PÚBLICO N°1 GOBIERNO REGIONAL DE LOS XXXX,
ubicado en Av. X’Xxxxxxx #543, ambos en la ciudad xx Xxxxxxxx.
El objetivo del Gobierno Regional de Los Xxxx es realizar un procedimiento de desratización, desinsectación de insectos rastreros y sanitización xx xxxxx y cocina, sector xx xxxxxxxx, en las dependencias del Consejo Regional, y de desratización en las bodegas existentes en el subterráneo del edificio público N°1, por el período de dos años, para prevenir y controlar las plagas existentes en el sector.
PROCEDIMIENTO DE DESRATIZACIÓN
Se requiere controlar las plagas de roedores existentes, utilizando cebos rodenticidas,
monodósicos y anticoagulantes. Estos cebos pueden ser de distintas presentaciones: Pellets para los interiores, bloques parafinados para exteriores, líquidos y polvos cuando la situación así lo requiera. En la instalación de cebos siempre debe contarse con todos los elementos de seguridad e higiene tales como:
a.- Estaciones de alimentación de PVC o Casetas de alimentación, estos deberán ser instalados en el perímetro exterior de las dependencias a tratar, creando un cordón sanitario y un cerco perimetral
b.- Caja de PVC con tapa para aplicación de cebo, las que serán instaladas en dependencias interiores y entretechos.
c.- Otros elementos específicos tales como Trampas pegajosas, Trampas colectoras, polvos de seguimiento, mascarillas, etc.
PROCEDIMIENTO DE DESINSECTACIÓN DE INSECTOS TRASTREROS:
Se requiere la aplicación de distintos productos químicos para el control y prevención de vectores/plaga. La selección de estos productos, tanto en su dosificación como en su clasificación, dependerá de la especie presente, la zona aplicable, las condiciones de aceptabilidad de método, los productos a utilizar deben ser aprobados por las autoridades sanitarias locales.
Para la realización de este procedimiento se debe contar con mascarilla doble filtro.
PROCEDIMIENTO DE SANITIZACIÓN:
Se requiere la desinfección xx xxxxx y cocinas, debe utilizarse sanitizantes concentrados basados en complejos de amonios cuaternarios de gran capacidad en el control efectivo de microorganismos como: Bacterias (klibsiella pneumoniae, escherichia coli, etc., hongos (trychophyton mentagrophytes, aspegillus niger, etc.), virus (Hiv-1, adenovirus tipo IV, influenza, reovirus, etc.), alga. Se debe instalarar logos descriptivos del servicio en baños y cocinas.
FRECUENCIA
Procedimiento | Frecuencia | Sectores |
Desratización | 2 Aplicación mensual | Perímetro Estructural |
Desinsectación | 1 Aplicación cada 2 meses | Perímetro Estructural, Bodegas, Oficinas, Sala Reuniones, Áreas Comunes |
Sanitización | 2 Aplicación mensual | Baños y cocina |
4.1. CASA XXXXXXXX
Procedimiento | Frecuencia | Sectores |
Desratización | 1 Aplicación mensual | Perímetro Estructural |
4.2. Bodegas subterráneo Edificio Público N°1
Visita de emergencia, en caso que se requiera, ante la presencia de plagas o mal olor.
Para la realización de estos procedimientos deberán contar con personal altamente capacitado en la utilización de los diferentes productos.
AREA A CONSIDERAR PARA EJECUTAR EL SERVICIO: CASA XXXXXXXXX II Y TERRENO ADJUNTO
Terreno adjunto a Casa Xxxxxxxxx Nº2, el área física es de 9.000 M2. Aprox,
Casa Xxxxxxxxx II, superficie construida 685 M2. interior de la Casa Xxxxxxxxx cuenta con subterráneo, baños en el primer y segundo piso, sala de reuniones en ambos pisos y entre techo, 2 bodegas y oficinas.
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA CONTROL DE SERVICIOS ESPORÁDICOS
El contratista deberá presentar a la administración del Gobierno Regional de Los Xxxx la siguiente documentación, en forma previa al inicio de los trabajos:
Estos documentos se solicitan para la autorización de ingreso de los trabajadores a las dependencias del Gobierno Regional de Los Xxxx, antes que se comiencen a entregar los servicios, y deben ser presentados en un plazo no mayor a 10 días hábiles, después de la emisión de la orden de compra.
Documentos se solicitarán por única vez antes de comenzar los trabajos.
Listado de Personal que se desempeñará en la obra y/o servicio.
Certificado de afiliación organismo administrador del seguro social obligatorio (Mutual de Seguridad, ACHS, ISL, IST).
Copia simple de carta con timbres de recepción reglamento interno de orden, higiene y seguridad por parte del Seremi de Salud, Inspección del Trabajo y Organismo Administrador del Seguro Social Obligatorio.
Ejemplar de reglamento interno de orden, higiene y seguridad
Copia simples de contratos de trabajo y anexos de los trabajadores que ejecutarán la obra y/o servicio en la institución.
Copia simple de inducciones laborales de seguridad realizadas por la empresa
Copia simple recibo de conformidad del deber de informar de los riesgos laborales (DS40) entregada por la empresa a cada uno de los trabajadores de la obra o servicio.
Copia simple del Recibo de Conformidad de los trabajadores del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la Empresa.
Copia simple del Registro entrega Elementos de Protección Personal proporcionados por la Empresa con la fecha de recepción.
Exámenes emitidos por los organismos administradores del Seguro Social Obligatorio, sobre; Trabajo en Altura Física, Espacios Confinados u y otro que se requiera para la obra o servicio.
Este documento corresponde al Registro Control de Servicios Esporádicos, de acuerdo a la ley N°20.123 de fecha 14 de enero de 2007, del Ministerio Del Trabajo y Previsión Social, que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. Sólo si corresponde.
Estos documentos no serán exigibles si el contratado resultare ser la misma persona que realiza los trabajos, lo mismo aplicara para el pago.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX ENCARGADA
UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES
Imagen(es)
III. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
Los plazos de días corridos incluyen xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Fecha de publicación de la licitación
27/08/2020 17:50:00
Plazo para realizar consultas sobre la licitación: 29/08/2020 15:00:00
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro de 2 día(s) corrido(s) a las 15:00 horas, contados desde la publicación del llamado a licitación en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Plazo para publicar respuestas a las consultas: 31/08/2020 12:00:00
La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de 2 día(s) corrido(s) a las 12:00 horas siguientes al cierre del plazo para realizar consultas.
Fecha de cierre para presentar ofertas: 01/09/2020 15:00:00
1 día(s) corrido(s), contados desde el plazo para publicar respuestas a las consultas en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a las 15:00 horas. En todo caso, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no
podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
Fecha de apertura electrónica de ofertas: 01/09/2020 15:01:00
El mismo día de la fecha de cierre para presentar ofertas en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a las 15:01 horas.
Plazo de evaluación y adjudicación: 08/09/2020 17:00:00
El mismo día de la fecha de cierre para presentar ofertas en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a las 15:01 horas.
Modificaciones a las bases
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
IV. REQUISITOS PARA OFERTAR
Inhabilidades para ofertar
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada disponible a través de la plataforma xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición.
Instrucciones para presentar Ofertas
Los oferentes deberán enviar sus ofertas a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, por medio del formulario electrónico disponible en dicha plataforma.
Emisión de la orden de compra
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Plazo de validez de ofertas
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación.
V. EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN
Criterios de evaluación
Nombre | % (Porcentaje) |
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES | 5 |
INCORPORACIÓN LABORAL PERSONAS CON DISCAPACIDAD (ANEXO N6) | 5 |
EXPERIENCIA DE LA EMPRESA EN TRABAJOS DE SIMILAR NATURALEZA DEMOSTRABLE (ANEXO N5) | 20 |
CUMPLIMIENTO DE LAS BASES TÉCNICAS (ANEXO 3) | 40 |
OFERTA ECONOMICA (ANEXO Nº4 ) | 30 |
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES
Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por el Gobierno Regional de Los Xxxx, la forma de evaluar será la siguiente escala:
100 Puntos: El oferente presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas, sin que se le otorgue plazo para enmendar errores u omisiones formales o aclarar la oferta.
50 Puntos: El oferente No presenta todos los antecedentes administrativos solicitados según Bases Administrativas, o presenta errores u omisiones formales, por lo que se le otorga plazo para enmendar de acuerdo a la facultad contenida en las bases, o para aclarar la oferta, corrigiéndolo o aclarando dentro de plazo o presenta la oferta en otros formatos
0 Puntos: El oferente No presenta todos los antecedentes administrativos solicitados según Bases Administrativas, o presenta errores u omisiones formales, por lo que se le otorga plazo para enmendar de acuerdo a la facultad contenida en las bases, o para aclarar la oferta, NO corrigiendo el error u omisión ni aclarando dentro de plazo, pero por la naturaleza de los documentos la Comisión declara la oferta admisible y en consecuencia evaluable. En caso contrario, la oferta será declara inadmisible
INCORPORACIÓN LABORAL PERSONAS CON DISCAPACIDAD (ANEXO N6)
Con la finalidad de promover el Código de Buenas Prácticas Laborales y la No Discriminación, se valorará que las empresas incorporen Profesionales, Técnicos y Asistentes que presenten algún nivel de discapacidad, lo que deberá ser acreditado mediante el Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad emitido por la COMPIN, CONTRATO DE TRABAJO SUSCRITO POR LAS PARTES Y CERTIFICADO DE COTIZACIONES PREVISIONALES PAGADAS que acredite la relación laboral, con una vigencia de al menos 90 días anteriores al cierre de presentación de ofertas.
La información respectiva debe señalarse en Anexo N°6 y acompañar copia de los documentos ya señalados.
Se asignará el mayor puntaje (100 puntos) a la oferta que acredite la mayor cantidad de trabajadores con algún grado de discapacidad, incorporados a la empresa. Los demás oferentes se evaluarán de acuerdo a la siguiente fórmula:
Pje. PD (PDO/MCD)100
Dónde:
PDPuntaje personas con discapacidad
PDOPersonas discapacitadas informadas por el oferente MCD Mayor cantidad de personas con discapacidad
EXPERIENCIA DE LA EMPRESA EN TRABAJOS DE SIMILAR NATURALEZA DEMOSTRABLE (ANEXO N5)
Se evaluará de acuerdo a Anexo N°5 y documentos exigidos en el punto 1.2 del capítulo III de bases administrativas.
Solo se evaluarán los contratos que cuenten con el certificado o acta de recepción, u otro documento que acredite la prestación del servicio.
La forma de evaluar será mediante la siguiente ponderación y escala:
ESCALA DE PUNTAJES EXPERIENCIA SECTOR PÚBLICO Y SECTOR PRIVADO.
100 Puntos: El proveedor que acredita una experiencia de 10 o más contratos con su respectivo certificado o acta de recepción del cliente, u otro documento que acredite la prestación del servicio contratado con empresas públicas o privadas.
50 Puntos: El proveedor acredita una experiencia de más de 5 y hasta 9 contratos con su respectivo certificado o acta de recepción del cliente, u otro documento que acredite la prestación del servicio contratado con empresas públicas o privado.
30 Puntos: El proveedor acredita una experiencia igual a 1 y hasta 5 contratos con su respectivo certificado o acta de recepción del cliente, u otro documento que acredite la prestación del servicio contratado con empresas públicas o privado.
0 puntos: NO presenta oferta o no acredita experiencia.
CUMPLIMIENTO DE LAS BASES TÉCNICAS (ANEXO 3)
Se evaluará el cumplimiento de la oferta presentada por el proveedor y los términos técnicos de conformidad al (ANEXO N°3)
Para lo cual se utilizará la siguiente escala:
100 Puntos: El oferente cumple con el total de los requerimientos de las bases técnicas.
0 Puntos: El oferente NO cumple con la totalidad de los requerimientos técnicos, caso en el cual LA OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
OFERTA ECONOMICA (ANEXO Nº4 )
La forma de evaluar será mediante la siguiente fórmula (Mejor (menor) Oferta Económica /Oferta Económica evaluada) x 100).
Mecanismo de resolución de empates
Situación de empate
En caso de que se produjera empate entre 2 o más ofertas en la evaluación final, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de las bases técnicas, si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Oferta económica, y
así sucesivamente con los demás criterios de evaluación en el siguiente orden (Experiencia, incorporación laboral y Cumplimiento Requisitos Formales).
Finalmente, si persiste el empate se resolverá adjudicando al oferente que ingresó primero la oferta en el portal xxxxxxxxxxxxxx.xx
Cálculo numérico
Se utilizará para el cálculo de la evaluación de la puntuación, dos decimales.
Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Consulta sobre la Adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días Corridos, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a través de la siguiente casilla electrónica xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
VI. REQUISITOS PARA CONTRATAR
Antecedentes requeridos
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma
del contrato o a la emisión de la orden de compra, según sea el caso:
1- Si el adjudicatario es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado 'hábil' en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
- Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
2.- Si el adjudicatario no es Persona Natural:
- Debe encontrarse inscrito en estado 'hábil' en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien
tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos
y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Inscripción en ChileProveedores
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en ChileProveedores.
Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los
primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
VII. OTRAS CLÁUSULAS
Documentos integrantes
De acuerdo al punto 1 del capitulo I, ya señalado de las presentes bases administrativas
Vigencia y renovación
Vigencia del contrato será de 24 meses, a contar de la primera aceptación de orden de compra por parte del proveedor.
Emisión de la orden de compra
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Plazo de Entrega
De acuerdo a frecuencia del servicio señalada en Bases Técnicas del presente acto administrativo.
Pago
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
Efectos derivados de incumplimientos del proveedor
De acuerdo al punto 4 "Multas" y punto 6 "Termino anticipado del contrato", del capitulo IV ya señalado de las bases administrativas.
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
De acuerdo al punto 4 "Multas" y punto 6 "Termino anticipado del contrato", del capitulo IV ya señalado de las bases administrativas.
Término Anticipado
De acuerdo al punto 6 "Termino anticipado del contrato", del capitulo IV ya señalado de las bases administrativas.
2.- PUBLÍQUESE el llamado a licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
Anótese, Regístrese y Comuníquese,
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
JEFE DIVISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Firmante
JS/JH/VR/CC
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799 Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese a:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxXX/Xxxxxxxxx?xxx00X00X00-0000-00X0-XXX0-X0X000X000X0