Contract
1. Ámbito de aplicación
1.1 Todas las ofertas, ventas, entregas y servicios de I.S.T. Innovative Sewer Technologies GmbH, Rombacher Hütte 19, 44795 Bochum (denominada “I.S.T.” en lo sucesivo), se realizarán exclusivamente sobre la base de estas Condiciones de Venta y Entrega. No se reconocerán condiciones de un cliente que contravengan o difieran de éstas, independientemente del momento en que se den a conocer a
I.S.T. Esto también se aplicará incluso en el caso de que I.S.T., en conocimiento de condiciones de un cliente que sean divergentes o contradictorias, realice la entrega al cliente sin reservas. Las desviaciones de estas Condiciones de Venta y Entrega sólo serán efectivas si I.S.T. las confirma por escrito.
1.2 Estas Condiciones de Venta y Entrega también se aplicarán a todas las transacciones futuras con el mismo cliente sin que para ello se requiera de ningún otro acuerdo especial.
2. Oferta y cierre del contrato
2.1 A menos que se indique expresamente lo contrario, las ofertas de
I.S.T. son siempre sin compromiso. Los presupuestos no son vinculantes. Las primeras ofertas se presentarán de forma gratuita, salvo que se acuerde lo contrario. I.S.T. se reserva el derecho de facturar una remuneración adecuada por otras ofertas, así como por trabajos de diseño, en caso de que no se celebre un contrato de entrega.
2.2 Un contrato para un pedido de entrega sólo se formaliza mediante la confirmación por escrito de I.S.T. Las modificaciones, adiciones o acuerdos adicionales también requieren de la confirmación por escrito de I.S.T.
2.3 Los documentos pertenecientes a la oferta, tales como ilustraciones, dibujos o especificaciones de peso o de medidas, son sólo aproximados, a menos que hayan sido designados expresamente como vinculantes. Las especificaciones de longitud para cables, mangueras (incluidas las mangas de fieltro), cuerdas o similares, se entenderán con una tolerancia del +/- 5 %.
I.S.T. se reserva todos los derechos de propiedad y derechos de autor de ilustraciones, dibujos, presupuestos, cálculos y otros documentos. Estos no pueden ponerse a disposición de terceros sin previo consentimiento expreso por escrito de I.S.T. y deben devolverse de inmediato a I.S.T. si un pedido no se materializa, o en cuanto el pedido se haya completado.
3. Precio de compra y pago
3.1 Los precios de I.S.T. se cotizan en euros y, en ausencia de acuerdos que establezcan lo contrario, son “ex fábrica” y excluyen el embalaje. Éste se facturará por separado.
El impuesto sobre el valor añadido legal no está incluido en los precios. Dicho impuesto constará en la factura por separado y se aplicará el porcentaje legal vigente que corresponda al día de expedición de la factura.
Los costes de inspecciones, peritajes, informes o certificados emitidos por autoridades u organismos de inspección y solicitados por el cliente, también se facturarán por separado.
3.2 A menos que se acuerde lo contrario, los pagos se efectuarán en su totalidad, sin cargo alguno para I.S.T. y como se indica a continuación: Robots: Antes de la entrega, neto.
Máquinas: Antes de la entrega, neto.
Consumibles: Dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura, neto.
3.3 I.S.T. tiene el derecho de entregar sólo a cambio de señal del pago, pago anticipado o pago a la entrega.
3.4 Únicamente se aceptarán letras de cambio o cheques a efectos de cumplimiento. Todos los gastos de descuento y de letras de cambio correrán a cargo del cliente.
3.5 Para pagos mediante carta de crédito se aplicará el reglamento de la ICC sobre “Reglas y usos uniformes para créditos documentarios” (Uniform Customs and Practice for Documentary Credits) en su versión actual.
3.6 El cliente no tiene derecho a compensación, retención o reducción a menos que sus contrademandas no sean discutidas por
I.S.T. o sean jurídicamente válidas. Lo mismo se aplicará en caso de reclamación de los derechos de garantía.
3.7 Si el cliente se retrasa en el pago, I.S.T. tendrá derecho a exigir intereses moratorios por la cuantía correspondiente conforme a la legislación alemana. I.S.T. podrá hacer valer un daño mayor por demora si presenta pruebas al respecto. No obstante, el cliente tendrá derecho a probar que, como consecuencia del retraso en el pago, se ha producido un daño menor.
3.8 Todas las cuentas por cobrar aplazadas vencerán de inmediato si
I.S.T. tiene conocimiento de circunstancias que pongan en duda la solvencia del cliente. Además, I.S.T. también podrá exigir, en este caso, el pago por adelantado o la constitución de garantía.
4. Entrega
4.1 Las fechas para las entregas y los servicios (por ejemplo, las reparaciones) por lo general, sólo serán aproximadas, a menos que
I.S.T. las haya confirmado expresamente y por escrito al cliente como vinculantes. En el caso de una fecha de entrega confirmada como vinculante, el plazo de entrega comenzará a contar a partir de que el
cliente reciba la confirmación del pedido, pero no antes de haber aclarado todos los detalles técnicos y comerciales, ni antes de haber presentado los documentos, permisos o autorizaciones que el cliente deba aportar. Si se ha acordado un aval bancario o una carta de crédito, o si I.S.T. exige una señal de pago o un pago anticipado, el plazo de entrega comenzará a contar a partir de la recepción del dinero o de los documentos correspondientes.
4.2 Cualquier cambio en el diseño o fabricación del objeto de la entrega que haya sido solicitado por el cliente dentro del plazo de entrega, ampliará dicho plazo en consecuencia.
4.3 El cumplimiento del plazo de entrega está sujeto a que a I.S.T. se le suministre de manera correcta y puntualmente.
4.4 Salvo que se acuerde lo contrario, cada entrega se efectuará “ex fábrica”, ya sea “ex fábrica” de I.S.T. o bien y en particular, si el objeto de la entrega son consumibles, “ex fábrica” de los pre-proveedores de
I.S.T. En la relación interna con I.S.T. o con los pre-proveedores de I.S.T., el cliente asumirá las obligaciones de estos en virtud del Decreto de envases (Verpackungsverordnung) y eximirá a I.S.T. o a los pre- proveedores de I.S.T. de cualquier obligación en este sentido.
4.5 Se considera que se ha cumplido el plazo de entrega si el objeto de la entrega ha salido de la fábrica de I.S.T. o de la fábrica del pre- proveedor de I.S.T. antes del vencimiento de dicho plazo o si se ha notificado que está listo para el envío. En la medida en que deba llevarse a cabo una recepción previa, la fecha de la recepción será determinante (exceptuando los casos de rechazo justificado de la misma) o, en su defecto, la notificación de que el objeto de entrega está listo para su recepción.
4.6 I.S.T. tiene derecho a realizar entregas parciales y a prestar servicios parciales en todo momento.
4.7 I.S.T. no se responsabiliza de los retrasos en la entrega o en el servicio debidos a causas de fuerza mayor y a acontecimientos que dificulten considerablemente o imposibiliten la entrega por parte de I.S.T., como, por ejemplo, huelga, cierre patronal u órdenes oficiales, aunque afecten a los pre-proveedores de I.S.T., incluso en el caso de fechas o plazos acordados de forma vinculante. I.S.T. tiene derecho a aplazar la entrega o el servicio por el tiempo que dure el retraso en la entrega o el retraso en el servicio más un periodo razonable de puesta en marcha, o a rescindir total o parcialmente el contrato por la parte que aún no se haya ejecutado. I.S.T. informará al cliente, en la medida de lo posible, del comienzo, el final y la duración probable de las circunstancias anteriores
4.8 I.S.T. no incurrirá en xxxx si, de conformidad con las fechas de entrega contractuales, para el período que transcurra hasta que suministre el objeto real de la entrega, proporciona al cliente un objeto que lo sustituya, siempre que éste cumpla los requisitos técnicos y funcionales del cliente en todos los aspectos esenciales y si I.S.T. asume todos los costes en los que se haya incurrido para el suministro de la sustitución. Lo mismo se aplicará en caso de fallo del objeto que sustituye al objeto de la entrega. En este caso, I.S.T. podrá poner a disposición del cliente, una sustitución del objeto que sustituía al objeto real de la entrega y que también ha fallado.
4.9 En caso xx xxxx por parte de I.S.T., el cliente le concederá a I.S.T. un periodo xx xxxxxx adecuado para la ejecución del contrato.
4.10 Si I.S.T. incurre en xxxx y el cliente sufre daños como consecuencia de ello, éste tendrá derecho a exigir una indemnización a tanto alzado como compensación por la demora. Dicha indemnización será del 0,5 % por cada semana completa de retraso, pero en total no superará el 5 % del valor correspondiente a la parte de la entrega total que, como consecuencia del retraso, no pudo utilizarse a tiempo o no pudo utilizarse de conformidad con el contrato.
Si I.S.T. se encuentra en xxxx y el cliente le otorga un plazo razonable para el cumplimiento de la prestación, teniendo en cuenta los casos excepcionales establecidos por ley, y el plazo no se cumple, el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato en el marco de las disposiciones legales.
Todas las reclamaciones derivadas del retraso en la entrega quedan cubiertas con la indemnización a tanto alzado por demora. Las reclamaciones que vayan más allá de esto pueden hacerse valer exclusivamente de acuerdo con el apartado 8.2 de estas Condiciones.
5. Transferencia de riesgo, transporte, demora en la aceptación
5.1 El riesgo se transfiere al cliente cuando el objeto de la entrega ha abandonado la fábrica de I.S.T. o la fábrica del pre-proveedor de I.S.T., incluso si se realizan entregas parciales o si I.S.T. también ha asumido otros servicios, por ejemplo, los gastos de envío o la entrega o la instalación. En la medida en que deba llevarse a cabo una recepción previa, ésta será determinante para la transferencia de riesgo y tendrá lugar inmediatamente en la fecha de la recepción o, en su defecto, después de que I.S.T. notifique que el objeto de la entrega está listo para su recepción. El cliente no podrá rechazar la recepción en caso de un defecto menor.
5.2 Si el envío o la recepción se retrasa o no se lleva a cabo por circunstancias no imputables a I.S.T., el riesgo se transfiere al cliente a partir de la fecha de la notificación de la disponibilidad para el envío o la recepción.
5.3 Salvo que se acuerde lo contrario, el transporte de los objetos suministrados correrá por cuenta y riesgo del cliente.
5.4 A petición y por cuenta del cliente, I.S.T. asegurará el envío contra los daños ocasionados por robo, rotura, transporte, incendio y agua, así como contra otros riesgos asegurables.
5.5 Si el cliente se demora en la aceptación o incumple otras obligaciones de cooperación, I.S.T. tendrá derecho a reclamar una indemnización por los daños sufridos, incluidos los gastos adicionales, en particular, los costes derivados de la aceptación tardía de la entrega.
5.6 Si se utilizan términos comerciales, tales como FOB, CFR, CIF, etc., estos deberán interpretarse de acuerdo con los respectivos Incoterms de la CCI vigentes en ese momento.
6. Reserva de propiedad y otras garantías
6.1 I.S.T. se reserva la propiedad del objeto de la entrega hasta que se hayan resuelto todas las cuentas por cobrar de I.S.T. frente al cliente derivadas de la relación comercial, incluidas las cuentas por cobrar que se originen en el futuro, derivadas también de contratos celebrados simultáneamente o posteriormente. Esto también se aplicará cuando alguna de las cuentas por cobrar de I.S.T., o la totalidad de ellas, se hayan incluido en una factura en curso y el saldo haya sido establecido y reconocido. En caso de que el cliente incumpla sus obligaciones contractuales, en particular, en caso xx xxxx en el pago, I.S.T. tendrá derecho, previo aviso recordatorio, a recuperar el objeto de la entrega con una declaración de rescisión simultánea y el cliente estará obligado a devolverlo.
6.2 El cliente tendrá derecho a disponer de los objetos suministrados en el curso ordinario de los negocios siempre y cuando se cumplan las condiciones para garantizar las cuentas por cobrar de I.S.T. frente al cliente, tal y como se establece en los apartados 6.3, 6.4 y 6.5. Una infracción de la obligación contenida en la frase anterior dará a I.S.T. el derecho de poner fin inmediatamente a toda relación comercial con el cliente.
6.3 I.S.T. y el cliente acuerdan que, una vez celebrado el contrato sobre una entrega, todas las cuentas por cobrar del cliente por la futura reventa o del arrendamiento de la entrega a un tercero o por cualquier otra causa jurídica (seguro, acto ilícito, etc.) pasarán a I.S.T. con el fin de garantizar todas las cuentas por cobrar de
I.S.T. derivadas de la relación comercial con el cliente. No obstante, el cliente seguirá teniendo derecho a cobrar los créditos cedidos (cuentas por pagar) hasta que I.S.T. exija la divulgación de la cesión. Al cliente no le está permitido volver a ceder los créditos ya cedidos a I.S.T. El cliente está obligado a transferir a I.S.T. la propiedad o cualquier otro derecho sobre objetos de cualquier tipo aceptados en pago en el marco de la reventa, en el mismo momento en el que el cliente adquiera la propiedad o cualquier otro derecho. El cliente deberá guardar los objetos antes mencionados para I.S.T., tratarlos con cuidado y asegurarlos adecuadamente.
6.4 Si las garantías a las que se hace referencia en los apartados 6.1, 6.2 y 6.3 no están reconocidas en el ordenamiento jurídico del país en el que se encuentran los objetos suministrados, o si no son plenamente ejecutables, el cliente estará obligado a informar de ello a I.S.T. de inmediato y a ofrecerle garantías equivalentes.
6.5 Si el cliente procesa o transforma la mercancía en reserva de propiedad, siempre lo hará para I.S.T. Si la mercancía en reserva de propiedad se procesa con otros objetos que no pertenecen a I.S.T, I.S.T. adquirirá la copropiedad de la nueva cosa. Dicha copropiedad será proporcional al valor de la mercancía en reserva de propiedad, con respecto al valor de los otros objetos procesados en el momento del procesamiento.
Si se combinan o mezclan de forma inseparable objetos suministrados o mercancías de I.S.T. con otros bienes muebles para formar una cosa unitaria y, si se considera que la otra cosa es la cosa principal, el cliente transferirá a I.S.T. la copropiedad proporcional en la medida en que la cosa principal le pertenezca. El cliente custodiará la propiedad o la copropiedad para I.S.T. A la cosa surgida del procesamiento o de la transformación se le aplicará lo mismo que a la mercancía en reserva de propiedad.
6.6 Si el valor de las garantías otorgadas, según los apartados 6.1 a 6.5, excede en más de un 20 % las pretensiones de I.S.T. derivadas de la relación comercial con el cliente, I.S.T. liberará garantías a su elección por dicho exceso a petición del cliente.
6.7 El comprador está obligado a asegurar los objetos suministrados bajo reserva de propiedad, contra robo, rotura, fuego, agua y contra otros riesgos que normalmente deben asegurarse.
I.S.T. puede exigir la prueba de que se ha contratado un seguro apropiado y, en caso de que fuese necesario, podría asegurar por sí misma los riesgos mencionados a expensas del cliente.
6.8 En caso de embargos, confiscaciones u otro tipo de intervención de terceros a objetos o a créditos sobre los que existan derechos de garantía de I.S.T., el cliente deberá notificarlo a I.S.T. de inmediato y apoyarla en el ejercicio de sus derechos. Los costes de cualquier intervención judicial o extrajudicial correrán a cargo del cliente, siempre que no sean reembolsados por un tercero.
6.9 La solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia sobre los bienes del cliente le da derecho a I.S.T. a rescindir el contrato con efecto inmediato y a exigir la devolución inmediata del objeto de la entrega.
6.10 Los apartados 6.1, tercera frase y 6.9 se aplicarán mutatis mutandis a los objetos aceptados en pago por el cliente conforme al apartado 6.3, cualquiera que sea la naturaleza de dichos objetos.
7. Garantía
7.1 Para la venta de objetos de entrega nuevos se aplicarán las siguientes normas de garantía:
7.2 I.S.T. garantiza que los objetos suministrados están exentos de defectos conforme al estado de la técnica correspondiente, siempre y cuando se pueda demostrar que un defecto ha surgido como consecuencia de una circunstancia anterior a la transferencia de riesgo, en particular debido a un diseño defectuoso, material deficiente o fabricación defectuosa. Además, sólo se concederá una garantía cuando y en la medida en que I.S.T. haya asumido expresamente una garantía por la calidad del objeto de la entrega en el contrato de entrega correspondiente.
7.3 La reclamación de los derechos de garantía por parte del cliente requiere que éste inspeccione los objetos suministrados en el plazo de una semana a partir de la entrega y que informe por escrito a I.S.T. sin demora en caso de que se encuentre algún defecto. Los defectos que no hayan podido ser detectados dentro de este plazo, incluso después de un examen minucioso, deberán ser notificados por escrito a I.S.T. de inmediato y, a más tardar, en el plazo de una semana desde de que los defectos se hayan descubierto. La entrega, en el sentido de la frase, se produce en el momento en el que el cliente adquiere la facultad de disponer del objeto de la entrega o podría haberla adquirido sin ser culpa suya.
7.4 Los cambios en el diseño o la fabricación realizados antes de la entrega de un objeto pedido, llevados a cabo en el marco de cambios generales del diseño o de la producción de I.S.T., no se considerarán defectos del objeto de la entrega, siempre que no impliquen que el objeto de la entrega se vuelva inutilizable para el fin previsto por el cliente.
7.5 La garantía por defectos en el objeto de la entrega incluye la subsanación de los defectos mediante reparación o mediante una entrega de sustitución, según la elección de I.S.T. Las piezas sustituidas pasan a ser propiedad de I.S.T.
Si la subsanación de los defectos fracasa, el cliente concederá a I.S.T. un plazo xx xxxxxx razonable para llevar a cabo otra reparación u otra entrega de sustitución. Cuando la subsanación vuelva a fracasar, el cliente podrá elegir entre exigir una reducción del precio de compra por el importe en el que se reduzca el valor del objeto de la entrega debido al defecto, o bien, rescindir el contrato. Si sólo se trata de un defecto irrelevante, el cliente únicamente tendrá derecho a una reducción del precio de compra.
7.6 El cliente, previa consulta, deberá conceder a I.S.T. el tiempo y la oportunidad necesarios para llevar a cabo todas las reparaciones o entregas de sustitución que I.S.T. considere oportunas. En caso contrario, I.S.T. queda liberada de la obligación de subsanar los defectos y de la responsabilidad por las consecuencias que de ello se deriven. El cliente sólo podrá subsanar por sí mismo a expensas de I.S.T. un defecto que I.S.T. esté obligada a subsanar, o bien, hacer que un tercero lo subsane, cuando ello sea necesario para evitar peligros inminentes para la seguridad operativa o para evitar daños desproporcionados. En tales casos, el cliente deberá informar a I.S.T. de inmediato.
7.7 La garantía de I.S.T. no se extiende a los costes ocasionados por la subsanación de los defectos, como son, en particular, los gastos xx xxxxx, los gastos de importación y aranceles aduaneros, los gastos de desplazamientos, dietas y pernoctaciones, los gastos xx xxxx y remolque, los gastos de salvamento (por ejemplo, excavación de un robot de fresado que no funciona), los gastos correspondientes a la puesta a disposición de los montadores externos necesarios y del personal auxiliar externo necesario.
7.8 La responsabilidad de I.S.T. por servicios externos esenciales se limita a la cesión de los derechos que le correspondan frente al proveedor del servicio externo correspondiente. Si el proveedor de los servicios externos no satisface las reclamaciones de garantía justificadas
del cliente, aunque el cliente haya hecho todo lo razonablemente posible, incluso haya emprendido acciones judiciales para hacerlas valer, I.S.T. asumirá subsidiariamente la garantía de acuerdo con las disposiciones del presente apartado 7, pero excluyendo las costas judiciales en las que haya incurrido el cliente contra el proveedor del servicio externo.
7.9 I.S.T. no será responsable de los daños ocasionados por los siguientes motivos en particular (aunque sin limitarse a estos), a menos que se demuestre que son atribuibles a su culpa:
-desgaste natural;
-uso indebido o inapropiado;
-montaje incorrecto o puesta en servicio incorrecta por parte del cliente o de terceros;
-tratamiento defectuoso o negligente;
-uso del equipamiento inadecuado;
-uso de materiales de repuesto y piezas de repuesto inadecuados;
-influencias químicas, electroquímicas, electromagnéticas, eléctricas, exposición a radiación atómica o influencias comparables;
-exposición a radiación atómica;
-uso de equipos inadecuados suministrados por el propio cliente. La garantía de I.S.T. también se extinguirá cuando el objeto de la entrega no sea sometido a un mantenimiento y servicio como es
debido de acuerdo con los intervalos de mantenimiento prescritos, por la propia I.S.T., un distribuidor acreditado por I.S.T. o por el cliente o el operador y, en consonancia con las indicaciones de I.S.T. (manual de instrucciones).
7.10 Si el comprador o un tercero llevan a cabo reparaciones inapropiadas, I.S.T. no será responsable de las consecuencias que se deriven de ello. Lo mismo se aplicará en el caso de modificaciones en el objeto de la entrega realizadas sin el consentimiento previo de I.S.T.
7.11 I.S.T. podrá negarse al cumplimiento de las obligaciones de garantía mientras el cliente no haya cumplido con sus obligaciones según el contrato.
7.12 Las disposiciones del presente apartado 7 regulan de forma concluyente la garantía para objetos suministrados por I.S.T. Cualquier otra reclamación del cliente, en particular por daños que no se hayan producido en el objeto de la entrega propiamente dicho, se regirá exclusivamente por el apartado 8.
7.13 En la medida en que se excluya o se limite la responsabilidad de
I.S.T. en virtud de los párrafos anteriores, esto también se aplicará a la responsabilidad personal de los empleados y de otros trabajadores de I.S.T., así como de sus representantes o auxiliares ejecutivos.
7.14 Los objetos de la entrega usados se venderán o se suministrarán con exclusión de cualquier garantía. La responsabilidad de I.S.T. según el apartado 8 no se verá afectada por esta exclusión de garantía.
Esta exclusión de garantía no se aplicará a un cliente que sea consumidor en el sentido del § 13 del Código civil alemán (BGB).
8. Responsabilidad
8.1 Si el objeto de la entrega no puede ser utilizado por el cliente conforme a lo dispuesto en el contrato debido a negligencia de I.S.T. como consecuencia de omisiones o errores en el asesoramiento y en las propuestas presentadas con anterioridad o posterioridad al cierre del contrato, o debido al incumplimiento de otras obligaciones contractuales accesorias, en particular en lo que se refiere a las instrucciones de funcionamiento y mantenimiento del objeto de la entrega, se aplicará lo dispuesto en los apartados 7 y 8.2, quedando excluidas otras posibles reclamaciones del cliente.
8.2 I.S.T. sólo responderá por daños que no se hayan producido en el objeto de la entrega propiamente dicho, independientemente de la causa jurídica, en los siguientes casos:
-en caso de dolo,
-en caso de negligencia grave de los órganos de gestión (directores generales) o empleados directivos,
-en caso de lesión culposa de la vida, de la integridad física, de la salud,
-en caso de defectos que I.S.T. haya ocultado maliciosamente o si
I.S.T. ha garantizado la ausencia de dichos defectos,
-en caso de defectos en el objeto de la entrega, en la medida en que, de acuerdo con la Ley alemana de responsabilidad civil por productos
defectuosos (Produkthaftungsgesetz), exista responsabilidad por daños a personas o daños materiales en objetos de uso privado. En caso de incumplimiento culposo de las obligaciones contractuales esenciales, I.S.T. también será responsable en caso de negligencia grave por parte de sus empleados no directivos, sin embargo, su responsabilidad por negligencia leve está limitada a los daños razonablemente previsibles, típicos del contrato. Quedan excluidas todas las demás reclamaciones.
8.3 La responsabilidad de I.S.T. se limita al alcance de su seguro de responsabilidad civil general, salvo que se acuerde lo contrario, con un límite de cobertura de 5 millones de euros a tanto alzado por daños personales y materiales, así como por pérdida financiera causada por daños relacionados con el producto y 50.000,00 euros por daños patrimoniales.
9. Prescripción
Todos los derechos del cliente prescriben a los 12 meses, independientemente de la causa jurídica. Los plazos legales se aplicarán en el caso de conducta dolosa o maliciosa, así como en el caso de reclamaciones según la Ley alemana de responsabilidad civil por productos defectuosos (Produkthaftungsgesetz).
En el caso de un cliente que sea consumidor en el sentido del § 13 del Código civil alemán (BGB), los derechos de garantía prescriben a los 24 meses para objetos suministrados nuevos y a los 12 meses para objetos suministrados usados.
10. Uso de software
10.1 Cuando el volumen de suministro incluya software que vaya más allá del manual de instrucciones, se concede al cliente un derecho no exclusivo y limitado en el tiempo de utilizar este software, incluida su documentación. El software se proporciona para su uso en el objeto de la entrega destinado a tal fin. Está prohibido el uso del software en más de un sistema.
10.2 Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas las copias, permanecerán en poder de
I.S.T. o del proveedor del software. La concesión de sublicencias no está permitida.
11. Protección de datos
I.S.T. almacena datos de la relación comercial con el cliente conforme a la Ley de protección de datos alemana (Bundesdatenschutzgesetz [BDSG]).
12. Ley aplicable, jurisdicción, cláusula de salvedad
12.1 Para la relación contractual entre I.S.T. y el cliente se aplica exclusivamente el Derecho de la República Federal de Alemania. No se aplica el derecho de compra de la ONU, quedando excluidas las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
12.2 La jurisdicción exclusiva para todos los litigios derivados de la relación contractual entre I.S.T. y el cliente, incluidas las reclamaciones derivadas de letras de cambio o cheques, es el tribunal competente de la sede social de I.S.T. Sin embargo,
I.S.T. también tendrá derecho, a su discreción, a emprender acciones legales contra el cliente en el lugar de jurisdicción general de este último.