Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO TRAMITADO PARA ADJUDICAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL , EN LA TRAVESIA XXX XXXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID)
1.- OBJETO DEL CONTRATO.- El contrato tendrá por objeto la ejecución de las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal , en la travesía xxx xxxxx del municipio xx Xxxxx ( Madrid)
Código CPV : 45212290-5 Reparación y mantenimiento de instalaciones deportivas .
Las características específicas de la obra vienen determinadas en el Pliego de prescripciones técnicas.
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.- El contrato se adjudicará aplicando el procedimiento negociado sin publicidad puesto que el contrato se encuentra incluido en el supuesto previsto en el artículo 155 d
) de la Ley de Contratos del Sector Público ,
3. NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.- El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego y por las siguientes normas:
- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx , por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 , de 30 de octubre, de contratos del Sector Público
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001 de 12 de Octubre
Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, y las restantes normas de derecho administrativo.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de cláusulas económico administrativas y el Pliego de cláusulas técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los Pliegos.
Todos los plazos señalados en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO.- El plazo de ejecución del contrato será de 25dias naturales desde la firma del acta de replanteo
5. BASE O TIPO DE LICITACIÓN.- El presupuesto base de licitación tiene un importe de 85.000,00€ más el importe correspondiente Impuesto sobre el Valor añadido
.
6. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.- - El objeto del contrato se financiará con cargo a la partida presupuestaria habilitada al efecto en el Presupuesto General del Ayuntamiento xx Xxxxx para el ejercicio 2010.
7. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN.- El pago de la obra se realizará contra presentación de facturas que deberán contar con el Vº. Bº. de los Servicios Municipales correspondientes y previos los trámites contables establecidos en la legislación vigente.
El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. Y 155 y 156 del Reglamento En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley .
8. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.- Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o
profesional en los términos previstos en los artículos 63, 64 y 65 de la mencionada Ley.
Así mismo, las empresas no comunitarias deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante o apoderado único.
9. GARANTÍA DEFINITIVA.- El adjudicatario del servicio deberá, una vez comunicada la adjudicación provisional, depositar una garantía definitiva que será del 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A., a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el caso de efectuarse la garantía mediante talón conformado o cheque bancario, aval o seguro de crédito y caución, se ingresará en la Caja de la Corporación. Si se realizara en metálico deberá ingresarse en cualquiera de las entidades bancarias de la localidad. En este caso el resguardo acreditativo del ingreso se canjeará por la Carta de Pago, veinticuatro horas después del ingreso. El horario de la Caja de la Corporación, es de 9 a 13 horas, de lunes a viernes.
En caso de optar por aval bancario, se realizará según modelo del Xxxxx XXX.
De conformidad con lo previsto en el art. 17 1.b) del Real Decreto Ley 13/2.009 de 26 de Octubre y el 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, la constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse antes de la adjudicación definitiva, es decir, dentro de los diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil del contratante del órgano de contratación. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la no adjudicación definitiva.
10. CONSULTA A EMPRESARIOS.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 de la Ley de Contratos del Sector Público, será necesario solicitar la oferta a empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, sin que su número sea inferior a tres, siempre que ello sea posible.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.
11.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario de 9 a 14:00 horas y de lunes a viernes, en el plazo señalado en la invitación que el Ayuntamiento envíe.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día .
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo de presentación
No se pueden admitir proposiciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos al no disponer el Ayuntamiento xx Xxxxx de un programa informático para tal fin.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen en el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
11.2.- Formalidades.- Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx, y se titularán “Proposición para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal , en la Travesia xxx Xxxxx del Municipio xx Xxxxx constando el nombre del licitador y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros tres sobres cerrados, pudiendo ser lacrados y precintados denominados SOBRE “A”, SOBRE “B” y SOBRE “C”, en cada uno de los cuáles se hará constar su contenido y el nombre del licitador de la forma que se indica:
A) En el SOBRE “A”, titulado “Documentos generales para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal , en la Travesia xxx Xxxxx del Municipio xx Xxxxx se incluirá la siguiente documentación administrativa:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
(a) Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas por fotocopia compulsada, o Escrituras de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad Mercantil, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica así mismo por original o fotocopia compulsada.
(b) Poder Bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando se actúe por representación y presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de quien actúa por representación.
Para proceder al Bastanteo de Poder, los licitadores deberán personarse en el Ayuntamiento, con una antelación mínima de 24 horas a la finalización del procedimiento, debiendo aportar
D.N.I. de quien actúa por representación (original o fotocopia compulsada), Escrituras de poder, de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad (por originales o fotocopias compulsadas), así como una declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
(c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
2. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, según Xxxxx XX.
3. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera según lo establecido en el art. 64 de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante los siguientes medios:
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de
actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
4. Acreditación de la solvencia técnica según lo previsto en el art. 65 de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante el siguiente documento:
- Relación de los trabajos realizados en los cinco últimos años avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes , estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, en su caso , dichos certificados serán comunicados directamente al órgano por la autoridad competente que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
- Declaración indicando la maquinaria material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente
-
No obstante lo establecido en el apartado anterior, la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica podrá realizarse aportando el empresario extranjero el certificado de clasificación o el documento similar que haya sido expedido a su favor por el Estado miembro de la Comunidad Europea a que pertenezca.
.- Los empresarios españoles podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica aportando el certificado de clasificación vigente, expedido por el órgano competente de la Administración del Estado, que cubra el objeto de la obra
5. Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por la disposición vigente, así como no tener deuda alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID).
Quien resulte adjudicatario deberá presentar en el plazo xx xxxx (10) días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que se publique en el perfil del contratante del órgano de contratación, Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que acredite la inscripción de la empresa y hallarse al corriente de las cuotas de la Seguridad Social del personal que trabaje a su servicio (por original o fotocopia compulsada), modelos de cotización TC1 y TC2 (por original o fotocopia compulsada), Certificado de la Delegación de Hacienda correspondiente que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias conforme establece el artículo
49.1 apartado d) de la Ley de Contratos del Sector Público (por original o fotocopia compulsada), y Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx de que no exista deuda alguna con este Ayuntamiento (por original o fotocopia compulsada).
7. Declaración por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores, Prevención de Riesgos Laborales y demás normas sobre la materia.
8. Declaración responsable firmada por el licitador en la que se comprometa a suscribir seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los accidentes, daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, con un mínimo de indemnización por siniestro de 200.000, Euros
El adjudicatario provisional en el mismo plazo que se detalla en el apartado 6º, deberá presentar copias compulsadas del último recibo y de la póliza del seguro de responsabilidad civil.
9. Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, e-mail, número de teléfono, número de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
B) En el SOBRE “B”, denominado “Proposición técnica para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad para adjudicar las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal , en la Travesia xxx Xxxxx del Municipio xx Xxxxx se incluirá aquellos documentos que se establecen en el Pliego de Cláusulas Técnicas
C) En el SOBRE “C”, denominado “Proposición económica para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal , en la Travesia xxx Xxxxx del Municipio xx Xxxxx se incluirá el siguiente documento:
1. Oferta económica, una sola proposición formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx X a este Xxxxxx. No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en las que la cantidad expresada en letra y en número sea diferente.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general, la proposición técnica y la oferta económica deberán estar redactados en castellano.
12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
- En aplicación del artículo 295, apartado 1) de la Ley de Contratos del Sector Público, en el presente caso no se constituirá Mesa de Contratación. finalizado el plazo de presentación de ofertas se procederá a la apertura por los Técnicos Municipales (Secretario General de la Corporación, Interventora Municipal, Técnico del Área correspondiente y Secretaria delegada de las Mesas de Contratación) de la documentación presentada
De lo actuado se dejara constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se comunicara a los interesados , concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen una vez transcurrido dicho plazo se abrirá la fase de negociación , por los técnicos correspondientes valorándose las ofertas. De los licitadores
y previos los informes técnicos y jurídicos, acordará en resolución motivada la adjudicación provisional a la proposición más ventajosa,
13. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.- Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del contrato, en cumplimiento a lo
establecido en el artículo 134 de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los establecidos en la cláusula 5ª. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
14. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA.- El Órgano de Contratación, recibida la documentación y evacuados los informes técnicos correspondientes, acordará en resolución motivada la adjudicación provisional
La adjudicación provisional será notificada a todos los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación según lo establecido en los arts. 42 y 135.3 de la L.C.S.P.
Al efectuar dicha notificación se requerirá al adjudicatario para que aporte la documentación necesaria y constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula novena.
La adjudicación provisional se elevará a definitiva en los plazos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público. La adjudicación definitiva, una vez acordada, será notificada a los participantes en la negociación y se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación.
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- La Corporación y el contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del servicio en documento administrativo dentro de los diez (10) días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, según lo establecido en el artículo 140.1 de la L.C.S.P., constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato
16. .- REVISIÓN DE PRECIOS .- Por aplicación de lo dispuesto en el articulo 77.1 de la Ley ,en la relación con la cláusula 4ª de este pliego no existe revisión de precios
17. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA.- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
18. RELACIÓN LABORAL.- El presente contrato no implicará ninguna vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx ni del adjudicatario ni de sus asalariados, que serán por su cuenta y deberán estar dados de alta en la Seguridad Social.
19. RESPONSABLE DEL CONTRATO .- El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 41 de la Ley de contratos del Sector Público.
El director de obra que se designe por el órgano de contratación ejercerá las funciones de dirección, inspección, comprobación y vigilancias para la correcta ejecución de la obra contratada . El director de las obras podrá estar auxiliado por el personal que el órgano de contratación designe .
El delegado de obra del contratista deberá ser un técnico titulado , con experiencia acreditada en obras de similar naturaleza a las que son objeto de este contrato
20. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJOS
En el plazo de quince días naturales como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del contrato deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajos para que sea aprobado por el órgano de contratación. Dicho programa deberá presentarse en plazo no superior a quince días naturales desde la formalización del contrato y desarrollará el presentado con su proposición, que no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales.
A la vista del mismo, el órgano de contratación resolverá sobre su aplicación, incorporándose al contrato.
21. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
En el plazo de quince días naturales desde la notificación de la adjudicación definitiva el contratista presentará al órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo que será informado en el plazo de cinco días naturales sobre la procedencia de su aprobación.
En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. Si, por incumplir el contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al recibir autorización para el inicio de las mismas, no podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo .
22. PLAZOS
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido, que comenzarán a contar para el adjudicatario a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo .
23. PENALIDADES ;
Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación .
a)- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución .El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este pliego dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
Como regla general , su cuantía será un 1% del importe de adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad .
Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía conforme al articulo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público.
b).-Por cumplimiento defectuoso .Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos .
Si al tiempo de la recepción , la prestación no se ajustara a las prescripciones establecidas para su ejecución.
Como regla genera, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato. Salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave , en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10 % , respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
En todo caso, la imposición de la penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuento a la reparación de los defectos.
c).- Por incumplir criterios de adjudicación .Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos .
Si durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción , se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta, en especial los relativos al volumen de mano de obra a utilizar en la ejecución del contrato.
Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicación será preciso que al descontarse un 25 por 100 de la puntuación obtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no había sido la mejor valorada.
Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que , motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente ,. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
d).- Por demora . Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de contratos del Sector Público en cuanto a la imposición de estas penalidades
24.CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO .
La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 218 de la Ley de Contratos del Sector Público y en los artículos 163 y siguientes del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones
1.- El cumplimiento no defectuoso del contrato
2.- El cumplimiento de las condiciones de ejecución .
25. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 206 a 208 de la Ley de contratos del Sector Público y específicamente para el contrato de obras en los artículos 220 a 222 de dicha Ley así como en los artículos 109 a 113y 172 del Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas .
En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley
26. PLAZO DE GARANTIA
El plazo de garantía será de Un año y comenzará a partir de la fecha de recepción
Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obras .
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación
27.LIQUIDACIÓN
Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el articulo 169del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
28-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad con el art.
90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía que será de un de un mes a partir de la fecha de recepción ,se practicará la liquidación del contrato
y sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.
29.- RETIRADA DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS
LICITADORES.- Transcurrido UN (1) MES desde la notificación de la adjudicación definitiva del contrato, los licitadores que no hayan sido adjudicatarios deberán retirar la documentación aportada, señalándose que si en dicho plazo no fuera retirada se procederá a la destrucción de la misma por este Ayuntamiento.
30.-JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía contencioso-administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
31. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 198 de la Ley de Contratos del Sector Público.
32.- Corresponde a la Administración la prerrogativa de dirigir el servicio, de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
En Pinto, a 0 xx Xxxxx xx 0000
XX XXXXXXX JEFE
DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
I N F O R M E D E S E C R E T A R Í A
Examinado el Pliego de cláusulas administrativas particulares que antecede y que habrá de regir el procedimiento negociado para adjudicar las obras de sustitución del falso techo de la zona de vasos de la Piscina Municipal , en la travesia xxx Xxxxx del Municipio xx Xxxxx se considera que el mismo reúne todos los requisitos exigibles por la legislación vigente, por lo que no existe inconveniente en que, previa su aprobación por el Órgano competente, por el Departamento de Contratación se inicien los trámites encaminados a la contratación de empresa o persona física que lleve a cabo el objeto del contrato.
Pinto, a 0 xx Xxxxx xx 0000 XX XXXXXXXXXX
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
A N E X O I
(MODELO DE PROPOSICIÓN)
D/Xx. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nº . . . . , NIF nº (en el caso
de actuar en representación como apoderado de ,
con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . , nº . . . . , CIF o NIF nº . . . . . . . . . , teléfono . . . . . . . . . . . , fax . . . . . . . . .
. . , enterado de la solicitud de proposiciones del Ayuntamiento xx Xxxxx así como de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento negociado, tramitado para adjudicar las obras de sustitución del falso techo de la zona de vasos de la Piscina Municipal , en la travesia xxx Xxxxx del Municipio xx Xxxxx (Madrid), cree que se encuentra en situación de acudir como licitador de la misma.
A este efecto hace constar que conoce el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas por los que se rige la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo el mencionado contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de € (EN LETRA Y NÚMERO),
exento de I.V.A., que supone un tanto por ciento de rebaja del % (EN
LETRA Y NÚMERO).
. . . . . . . . , a . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . de 200. . (FIRMA DEL PROPONENTE)
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.-
A N E X O I I
(MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE)
D/Xx. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , mayor de edad, con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . , nº . . . . . . . . . y NIF nº . . . . . . . . . . . . . . . , (En el caso de actuar en
representación como apoderado de ,
con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . nº . .
. . . . . CIF o NIF )
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que no se halla incurso (caso de actuar en representación: Que ni la empresa a la que representa, ni los administradores de la misma se hallan incursos) en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 390/96, de 18 xx Xxxx.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, expido y firmo la presente declaración en Pinto, (Madrid), a . . . . . . .
. . . . . de . . . . . . . . . . . de 2 . . . . . .
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.-
A N E X O I I I
(MODELO DE AVAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NIF con domicilio (a
efectos de notificaciones y requerimientos) en . . . . . . . . . . . . . . . . . en la calle/plaza/avenida . . . . . . . . . . . . . . C.P y en su nombre (nombre y
apellidos de los apoderados). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
A V A L A
a:(nombre y apellidos o razón social del avalado). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . NIF en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s
que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato las OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL , EN LA TRAVESIA XXX XXXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXX
(MADRID) , ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, por importe de . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . euros (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid), con sujeción a los términos previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
. . . . . . . . . . . . . . . .(lugar y fecha)
. . . . . . . . . (razón social de la entidad)
. . . . . . . . . . .(firma de los Apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA
C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Nº Código:
Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, TÉCNICO JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX VIENE A EMITIR INFORME JURÍDICO EN EL SENTIDO SIGUIENTE:
Propuesta la realización del contrato de las OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL , EN LA TRAVESIA XXX XXXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID) realizadas las
gestiones pertinentes y elaborada la documentación inicial necesaria debe someterse a la Junta de Gobierno Local y de acuerdo con el presente informe, con la propuesta del Concejal Delegado de Contratación
1. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación viene exigido por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, como fase previa al conjunto de actuaciones que configuran el procedimiento de adjudicación. El expediente objeto del presente informe ha sido elaborado según lo previsto en el art. 93 de la Ley de Contratos del Sector Público y en el art. 73 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y debe ser aprobado, tal como indica el art. 94 de la citada Ley. En el expediente debe constar:
- Orden de iniciación.
- Motivación y necesidad del expediente.
- Pliego de prescripciones técnicas.
- Pliego de cláusulas administrativas particulares.
- Certificado de existencia de crédito y la fiscalización previa de la intervención.
- Justificación de la elección del procedimiento y los criterios que se tendrán en cuenta para adjudicar el contrato.
2. CLASE DE EXPEDIENTE
La Ley de Contratos del Sector Público establece en los arts. 93, 96 y 97 que la tramitación de los expedientes puede ser ordinaria y abreviada (que a su vez incluye la tramitación urgente y la de emergencia). Indica el art. 96 que podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes correspondientes a los contratos cuya celebración responda a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos, el expediente deberá contener la declaración de urgencia hecha por el órgano de Contratación y debidamente motivada.
Igualmente señala el art. 96 en su apartado 2º que la calificación de urgencia produce los efectos de preferencia y reducción de plazos que en él se recogen.
El Pliego de cláusulas administrativas particulares elaborado para el presente expediente recoge la tramitación ORDINARIA en consonancia con lo que plantea la Concejalía de Iordenación del Territorio , vivienda , proyectos y obras , licencias e inspección urbanística ,promotora de este contrato, siendo el plazo de presentación de proposiciones el señalado en las invitaciones que el Ayuntamiento xx Xxxxx envíe.
No se podrán admitir proposiciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos al no disponer el Ayuntamiento xx Xxxxx de un programa informático para tal fin.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
A la contratación que se propone le son aplicables los procedimientos de adjudicación que se recogen en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Indica el artículo 122.2 de la L.C.S.P. que la adjudicación se realizará, ordinariamente, utilizando el procedimiento abierto o el procedimiento restringido, pudiendo utilizarse el procedimiento negociado a los casos determinados en la referida Ley, que para el contrato de servicio viene establecido en los artículos 154 y 158.
De acuerdo con lo anterior y sin perjuicio de lo que decida el Órgano de Contratación, en el presente contrato se contempla en el expediente la utilización del procedimiento NEGOCIADO, en aplicación del supuesto previsto en el art. 158 apartado e) de la Ley de Contratos del Sector Público.
De otra parte cabe señalar que según lo preceptuado en el art. 153.1 de la misma Ley, en este procedimiento el contrato será adjudicado al licitador justificadamente elegido por el Órgano de Contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 160. Igualmente señala el art. 295 en su apartado 1 que la constitución de la Mesa será potestativa por el Órgano de Contratación.
4. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
En el expediente se acompaña el Pliego de cláusulas administrativas particulares que se propone para regir en este contrato, cuyo contenido se ajusta a las peticiones de la Concejalía de Obras, Servicios y Proyectos, y a las exigencias del procedimiento, en particular, a lo previsto en el art. 99 de la L.C.S.P.
5. PERFIL DEL CONTRATANTE
En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará toda la información relativa a la licitación y en concreto:
• Pliegos y demás documentos del procedimiento.
• Aprobación de los pliegos.
• Rectificación de errores y aclaración a las pliegos.
• Requerimientos a los licitadores para la subsanación de defectos y aportaciones de documentos.
• Adjudicación provisional y definitiva.
Es cuanto tiene que informar la funcionaria que suscribe. No obstante, V.S. con su mejor criterio resolverá.
En Pinto, a 0 xx Xxxxx xx 0000 XX XXXXXXX JEFE DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de Julio de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y COMPRAS.
2.9 APROBACION XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS QUE HA DE REGIR PARA ADJUDICAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
“Visto el Pliego de cláusulas administrativas particulares elaborado en el Departamento de Contratación e informado por la Técnico Jefe del Servicio de Contratación y el Pliego de prescripciones técnicas elaborado e informado por el Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica, así como los informes de la Secretaría y de la Intervención Municipal que constan unidos al expediente.” La Junta de Gobierno Local, xxxx los antecedentes que obran en el expediente, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación de las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal en la Xxxxxxxx xxx Xxxxx xxx xxxxxxxxx xx Xxxxx (XXXXXX).
SEGUNDO.- Declarar de tramitación ordinaria el expediente de contratación citado anteriormente.
TERCERO.- Aprobar el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas que habrán de regir la contratación, por el procedimiento negociado, de las obras de sustitución del falso techo en la zona de vasos de la piscina municipal en la Xxxxxxxx xxx Xxxxx xxx xxxxxxxxx xx Xxxxx (XXXXXX).
CUARTO.- Que se proceda a invitar, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato al procedimiento negociado en los términos establecidos en los Pliegos de cláusulas, siendo el tipo de negociación de 85.000,00 euros, más la cantidad correspondiente al Impuesto sobre el Valor añadido
QUINTO.- Aprobar el gasto de 85.000,00 euros, más la cantidad que corresponda al Impuesto sobre el Valor añadido
SEXTO.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a seis de Julio de dos mil diez.
VºBº
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
EL ALCALDE
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 9 xx xxxxxx de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR, COMPRAS, SAC, COMUNICACIÓN, NUEVAS TECNOLOGÍAS E INFORMÁTICA.
2.3 DECLARAR DESIERTO EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE SUSTITUCIÓN DE FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL SITUADA EN LA TRAVESÍA XXX XXXXX.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en su parte dispositiva dice:
“Visto el expediente incoado para adjudicar las OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL SITA EN LA TRAVESIA XXX XXXXX DEL MUNICIPIO
XX XXXXX (MADRID), mediante procedimiento negociado.
Vista el Acta de la reunión celebrada el día 27 de julio de 2010, para proceder a la apertura de la única proposición presentada al referido procedimiento en la que se acordó por los Sres. asistentes conceder a la plica nº 1 el plazo de tres días para subsanar la documentación no aportada.
Vista la diligencia emitida, con fecha 3 xx xxxxxx de 2010, por el Sr. Secretario, donde consta que la plica nº 1 ha presentado la documentación fuera del plazo concedido para la subsanación de documentos.
Visto que no se cumple lo previsto en el art. 135.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, es decir, cuando no exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios fijados en el Pliego, se declarará desierta la licitación al no existir más licitadores que hayan concurrido a la misma.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Excluir la plica nº 1, presentada por la empresa TECTEND, por no presentar en tiempo y forma la documentación administrativa requerida por la Mesa de Contratación.
SEGUNDO.- Declarar desierto el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar las OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO EN LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL SITA EN LA TRAVESIA XXX XXXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), en base a que
la única plica presentada queda excluida por no cumplir con los requisitos establecidos para el presente procedimiento.
TERCERO .- Notificar el presente acuerdo al licitador y al Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica, para su conocimiento y efectos oportunos.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a xxxx xx xxxxxx de dos mil diez.
VºBº
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
EL ALCALDE
PLIEGO DE CLÁSULAS TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR LOS TRABAJOS DE OBRAS DE SUSTITUCIÓN DEL FALSO TECHO DE LA ZONA DE VASOS DE LA PISCINA MUNICIPAL, EN LA TRAVESIA XXX XXXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXX.
1ª OBJETO.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y condiciones de la ejecución de los trabajos de sustitución del falso techo de la zona de vasos de la piscina municipal en la Travesía xxx Xxxxx del municipio xx Xxxxx. Y queda entendido como un documento de condiciones mínimas a cumplir en las actuaciones que se indican, debiéndose seguir en todo momento las indicaciones de la Dirección Facultativa y/o del técnico que el Ayuntamiento xx Xxxxx designe, así como las que reglamentariamente, por normativa o por legislación, sean de aplicación.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
El objeto del presente contrato es la ejecución de las obras sustitución del falso techo de la zona de vasos de la piscina municipal en la Travesía xxx Xxxxx del municipio xx Xxxxx, así como los trabajos auxiliares que deban llevarse a cabo junto con este.
El encargo incluirá el suministro y puesta en obra e instalación de todos los materiales y elementos necesarios para el completo montaje y puesta en servicio del nuevo falso techo.
Formarán parte del objeto del contrato y serán obligación del adjudicatario cuantos trabajos sean necesarios para la ejecución completa de las obras, que se realizaran con sujeción a los pliegos técnicos facilitados por el Ayuntamiento xx Xxxxx, incluyendo la obtención de cuantas autorizaciones y permisos no municipales fueran necesarios para ello, así como el abono de las tasas correspondientes, en caso de ser necesarios.
Así mismo a la finalización de las obras el adjudicatario estará obligado a presentar ante el Ayuntamiento la documentación correspondiente a las obras ejecutadas, con todos los boletines, certificados, manuales, contratos, garantías y documentos que permitan conocer con exactitud el alcance de la obra y los materiales instalados.
El adjudicatario se compromete, por el mero hecho de presentar la oferta, a ejecutar todos los trabajos con estricto cumplimiento de las obligaciones legales en materia de seguridad social y seguridad y salud en el trabajo.
1.1 TRABAJOS NECESARIOS Y DESCRIPCIÓN DE LOS MISMOS:
Las obras consisten en la renovación del actual falso techo existente en la zona de los vasos de la piscina municipal de la Travesía del Xxxxx xx Xxxxx e incluirán al menos los siguientes:
1. Deberá acometerse en primera instancia el desmontaje total del falso techo xx xxxxx metálica actual existente en la parte interior de la edificación.
2. Una vez hecho este desmontaje se deberá revisar la estructura auxiliar existente y se certificará por técnico competente al servicio de la empresa el sistema de sujeción del nuevo falso techo bien a través de ella o bien de la estructura principal superior o de la estructura perimetral del edificio. En estos trabajos no se deberá alterar el paquete de impermeabilización y asilamiento existentes. Y en caso de ser necesario afectarlo se repondrá a su correcto funcionamiento. Se incluirá el coste y la ejecución de los trabajos auxiliares de refuerzo, en caso de ser necesarios.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
3. Se determinará las necesidades de desmontaje de los elementos de iluminación, electricidad o megafonía que pudieran ser necesarios para la ejecución de los trabajos y que se realizarán por la propiedad. Se garantizará, por la empresa, que el techo tensado finalmente instalado no sufrirá alteraciones por el efecto de la iluminación existente, y para ello se recomendará la situación definitiva de los elementos de iluminación.
4. Posteriormente se procederá a colocar el falso techo tensado con todos sus elementos: Suministro e instalación de falso techo tensado manteniendo la curvatura original del edificio, con las siguientes características:
▪ Material: policloruro de vinilo (PVC) sin cadmio
▪ Protección al fuego: M1 o Euroclass B-S2-d0, ininflamable y auto extinguible, no libera humos tóxicos
▪ Función xx xxxxxxx de vapor evitando el paso a los vapores a la cámara superior a la tela de falso techo
▪ Impermeable y anti bactericida
▪ Certificado CE
▪ Sellado por soldadura de alta frecuencia en fábrica
▪ Lavable y de fácil limpieza
▪ Espesor aproximado 0,18 mm
▪ Peso aproximado 180g/m2
▪ Perfilería oculta en aluminio extruido inoxidable e ionizado M0 desmontable
▪ Arpón en policloruro de vinilo M1 soldado a la tela, para encajar bajo tensión en el perfil perimetral
▪ Garantía de fabricante de al menos 10 años sobre las soldaduras de alta frecuencia en fábrica
▪ Garantía sobre la instalación y montaje de 10 años por la empresa adjudicataria.
▪ Compromiso de mantenimiento en cuanto a limpiezas y tratamientos necesarios durante al menos 3 años desde el final de la instalación y recepción de las obras, por la empresa instaladora.
▪ Acabado lacado, a decidir por la propiedad, en color a elegir por la propiedad.
Todos estos requerimientos deberán acreditarse mediante los correspondientes certificados.
El diseño de la forma final de la tela finalmente montada no deberá dejar resquicio alguno entre el ambiente inferior y el superior a la tela, sirviendo xx xxxxxxx de vapor entre ambos.
Los trabajos en cualquier caso incluirán:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Comprobación y refuerzos necesarios en su caso de la estructura existente, tornillería certificada y resistente a la oxidación, mano de obra y otros materiales para la sujeción a la estructura disponible. Así mismo se incluirá en la oferta el andamiaje, medios de elevación y cuantos medios auxiliares sean necesarios para los trabajos, maquinaria para la descarga, retirada de escombros a vertedero. Material, maquinaria y mano de obra cualificada con arreglo a las necesidades de cada trabajo y a las normas de la buena construcción. El adjudicatario se compromete por el hecho de presentar la oferta a ejecutar todos los trabajos con estricto cumplimiento de las obligaciones legales en materia de seguridad social y seguridad y salud en el trabajo.
El adjudicatario asumirá, por haberlo contrastado durante la visita, la disponibilidad y características del local, la existencia xx xxxxx de agua, electricidad, o cualquier otro suministro que sean necesarias y su ubicación, así como la iluminación, entendiéndose que el hecho de presentar su oferta implica que asume las mismas y que estas son adecuadas a los trabajos a realizar y por tanto la obra puede ejecutarse en las condiciones existentes.
MEDICIONES:
Dado que todos los licitadores han tenido ocasión de tomar las medidas in situ y que durante el periodo de licitación las instalaciones estarán disponibles en el horario y fecha que el Ayuntamiento disponga para que las empresas puedan realizar las comprobaciones que estimen oportunas, son las empresas quienes deben determinar y asumir la correcta medición de la superficie total definitiva necesaria a cubrir con las especificaciones que figuran en el presente pliego.
Se establece sólo a modo de indicación una superficie aproximada de unos 700 m2 en la piscina mayor y otros 250 m2 en la piscina menor. En la oferta deberá incluirse la totalidad de la superficie de los falsos techos interiores actuales y los remates necesarios en la zona de conexión de ambos de forma que no quede superficie sin cubrir. La empresa asumirá a su coste la medición exacta final necesaria.
2ª PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo estipulado para la ejecución total de los trabajos será de 25 días naturales desde la firma del acta de replanteo y puesta a disposición de las instalaciones.
Dicho acta deberá ser firmado por la empresa, junto al Ayuntamiento, en un plazo no superior a 5 días naturales a contar desde la formalización del contrato.
3ª PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El presupuesto estimado de ejecución por contrata es de OCHENTA Y CINCO MIL EUROS. (85.000,00 €) mas TRECE MIL SEISCIENTOS EUROS (13.600,00 €) en concepto de IVA.
Este valor servirá de precio base de licitación a la baja.
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4ª CLASIFICACION DEL CONTRATISTA
Por el importe de los trabajos, no es necesaria clasificación del contratista según Ley de Contratos del Sector Público .
5ª CRITERIOS DE VALORACIÓN.
1. Baja económica hasta 10 puntos. Se valorará la mayor baja sobre el precio base de licitación con la máxima puntuación y el resto de forma proporcional:
Se aplicara la fórmula: P= B x PM
BM
P: Puntuación de la oferta
B: Baja ofertada del proponente
PM: Máxima Puntuación según pliego (10 ptos.) BM: Mayor Baja ofertada
6ª DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ACREDITATIVA A PRESENTAR EN LA FASE DE CONCURSO
Se deberá incluir la acreditación técnica correspondiente a:
▪ Certificado de resistencia al fuego del material de la tela de PVC según las especificaciones que se incluyen en este pliego que forma el falso techo.
7ª NORMATIVA DE APLICACIÓN.
El adjudicatario deberá cumplir las siguientes condiciones sin cargo alguno al Ayuntamiento:
La empresa adjudicataria deberá cumplir la normativa sectorial de aplicación vigente para cada unidad de obra del presupuesto.
El Adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral de Seguridad y Salud y Seguridad Social.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Adjudicatario o la infracción de las disposiciones sobre Seguridad y Salud por cualquier persona dependiente de él, no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento xx Xxxxx.
Normativa a cumplir, entre otras:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
• R.D. 1627/97 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
• Código técnico de la Edificación CTE RD 314/2006.
• Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxx.
• Ley del Ruido.R.D. 1367/2007, de 19 de octubre que desarrolla la Ley 37/2007 en lo referente a la zonificación acússtica, objetos de calidad y emisiones acústicas.
• Decreto 78/1999, de 27 xx xxxx, por el que regula el régimen de protección contr la contaminación acústica de la CAM.
• Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones técnicas complementarias RD 842/2002.
• Reglamento técnico de desarrollo en materia de Promoción de Accesibilidad y Supresión xx Xxxxxxxx Arquitectónicas. Decreto 13/2007, de 00 xx xxxxx XXXX, xxx 00 xx 00 xx xxxxx xx 0000.
• Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales.
• R.D. 485.Disposiciones mínimas de seguridad y salud en materia de señalización.
• R.D. 486 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo.
• R.D. 487.Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas.
•
• R.D. 842./2002 de 2 xx xxxxxx por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de baja tensión.
Con la redacción del presente pliego de cláusulas técnicas se entienden suficientemente definidas las condiciones técnicas que deben regir en el procedimiento para la contratación de la ejecución de las obras de remodelación y mejora de los vestuarios del pabellón polideportivo municipal de la calle Xxxxxxxx xx Xxxxx.
En Xxxxx, a 2 xx xxxxx de 2010
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica Área de Obras, Servicios y Proyectos