MODELO DE PLIEGO DEL PROCESO DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
MODELO XX XXXXXX DEL PROCESO DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
El PLIEGO que contiene las condiciones de participación del presente procedimiento de contratación, ha sido dividido en cinco componentes sustanciales y que forman parte integrante del mismo:
I: CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN MERCANTIL DE DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR
Se establece la información y reglas específicas que rigen al procedimiento de contratación, incluidos formularios y el contrato. La entidad contratante señalará en las condiciones particulares las especificidades del procedimiento al que convoca y para el efecto detallará e individualizará las condiciones del mismo y del contrato a suscribirse. En consecuencia, deberá realizar los ajustes y/o modificaciones a las condiciones particulares del presente pliego, así como la determinación y aplicabilidad de los componentes de los formularios previstos para el presente procedimiento.
II: CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN MERCANTIL DE DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR.
Contiene aquella información y reglas de participación que son comunes al objeto de contratación; y, por tanto no requieren de variación alguna; por ello, no son materia de ajuste y/o modificación por parte de la entidad contratante o concedente; sin embargo, forman parte sustancial de las condiciones de participación en los procedimientos de contratación a normativa del Código de Comercio y el COA que quedan incorporadas al Pliego de Condiciones Generales y se aplicarán de manera obligatoria.
III: FORMULARIOS PARA LA CONTRATACIÓN MERCANTIL DE DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR.
Comprende los documentos que el oferente deberá presentar como requisitos mínimos de la oferta, integrado por el formulario único de oferta y los formularios que describen los compromisos que asume el oferente.
IV: CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO MERCANTIL DE DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO PÚBLICO MUNICIPAL
Se presenta un proyecto de contrato que establece las condiciones contractuales que deberán ser acordadas entre la entidad contratante (CONCEDENTE) y el adjudicatario (CESIONARIO).
El servicio de parqueaderos públicos municipales conforme el modelo de gestión C se operará mediante un Contrato de Concesión Mercantil bajo lo que establece el Código De Comercio Ecuatoriano, da prioridad a las asociaciones radicadas en el xxxxxx Xxxx a través de la venta de los tiques de uso de parqueaderos públicos municipales; y, conforme al Art. 524 del Código de Comercio que dispone: “Contrato de distribución es aquel por el cual una parte, llamada concedente o principal, confiere a otra, llamada concesionario o distribuidor, la posibilidad de vender los productos que fábrica o que, a su vez, distribuye con capacidad de delegar la distribución a terceros, en un territorio determinado; así como de prestar servicios, o una combinación de ambos de manera continuada o estable, actuando como empresario o comerciante independiente y asumiendo el riesgo y xxxxxxx de tales operaciones”.
V: CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS MERCANTILES DEL CONCESIONARIO DEL SERVICIO DE PARQUEO PÚBLICO MUNICIPAL
Recoge las condiciones contractuales de carácter general que son aplicables para los procedimientos de contratación del concesionario del servicio de parqueo público municipal, contratado a través de la normativa del Código de Comercio.
INDICE GENERAL
I. CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION MERCANTIL PARA LA DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE
PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICPAL
SECCION I | CONVOCATORIA |
SECCION II | OBJETO DE LA CONTRATACIÓN MERCANTIL, PARTICIPACION ECONOMICA Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA |
SECCIÓN V | OBLIGACIONES DE LAS PARTES |
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO
MUNICIPAL
SECCIÓN I | DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN |
SECCIÓN II | METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
SECCIÓN III | FASE CONTRACTUAL |
III. FORMULARIO DEL SERVICIO
SECCIÓN I | FORMULARIO ÚNICO DE OFERTA |
IV. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO MERCANTIL PARA LA DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO
MUNICIPAL
V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO MERCANTIL DE DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO
MUNICIPAL
MODELO XX XXXXXX DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
ÍNDICE
I. CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE DELEGACION DEL SERVICIO
SECCIÓN I | CONVOCATORIA |
SECCIÓN II | OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA 2.1 Objeto de contratación 2.2 Participación económica 2.3 Especificaciones técnicas o términos de referencia |
SECCIÓN III | CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Participación económica 3.4 Forma de presentar la oferta 3.5 Plazo 3.6 Forma de pago 3.6.1 Anticipo |
SECCIÓN IV | VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA OFERTA 4.1 Verificación de la oferta 4.1.1 Integridad de las ofertas 4.1.2 Registro Ministerial 4.1.3 Personal mínimo 4.1.4 Experiencia específica mínima 4.1.5 Experiencia mínima del personal 4.1.6 Especificaciones Técnicas o términos de referencia 4.1.7 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta 4.1.8 Balance General |
SECCIÓN V | OBLIGACIONES DE LAS PARTES 5.1 Obligaciones del concedente 5.2 Obligaciones del concesionario |
Nota: Edición del modelo xx xxxxxx.- El presente modelo xx xxxxxx es de uso obligatorio para las entidades contratantes, éstas señalarán las condiciones particulares del procedimiento DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR
PÚBLICO MUNICIPAL" y que este acto administrativo de delegación se ejecutará a través de un contrato de un contrato de distribución o concesión mercantil, determinado en el Art. 524 del Código de Comercio, así como las especificidades del procedimiento al que convocan. Para el efecto detallarán e individualizarán las condiciones del mismo, considerando la normativa vigente aplicable. En consecuencia, las entidades contratantes asumen la responsabilidad por los ajustes y/o modificaciones realizadas a las condiciones particulares del presente pliego, así como también por la determinación y aplicabilidad de los formularios previstos para el presente procedimiento, y finalmente, reemplazarán todo texto que conste en paréntesis por el contenido pertinente.
MODELO XX XXXXXX DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
I CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
SECCIÓN I CONVOCATORIA
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxx, conforme se desprende de la Resolución N.º 064-A-GADMT, con fecha 24 de octubre de 2022, suscrita por Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx – Alcalde, la administración de los parqueaderos será de manera directa, para lo cual se delegará el servicio de parqueo público municipal, se ejecutará a través de un contrato de distribución o concesión mercantil, determinado en el Art. 524 del Código de Comercio; en tal virtud, se invita a las Asociaciones Cantonales o Provinciales domiciliadas en el Xxxxxx Xxxx,
El GAD Municipal xx Xxxx para la administración de los parqueaderos ha considerado asumir los gastos de operación como: tiques, servicios básicos de energía eléctrica y agua potable, personal de supervisión; cámaras de vigilancia; y, la Asociación delegada dotará xxx Xxxxxxx Humano para el servicio de parqueaderos de propiedad municipal; la participación económica del valor de la tasa por hora o fracción de hora es de USD 0.25 centavos xx xxxxx de los cuales el 60% (0.15 ctvs.) para el GADM xx Xxxx; y, 40% (10 ctvs.) para la asociación o concesionaria que preste el servicio; el pago será mensual.
Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:
1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en la Página web institucional xxxxx://xxxx.xxx.xx/XXX/ únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la entidad contratante el valor de (20.00 dólares).
2. Los interesados podrán formular preguntas, para lo cual deberán observar los términos establecidos para cada procedimiento. El GAD Municipal xx Xxxx, absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias.
3. Una vez respondidas las preguntas formuladas, o de no habérselas formulado, el proveedor confirmará su oferta previamente entregada, en el término establecido en el cronograma del procedimiento.
4. La oferta se presentará de forma física en la Recepción Documental del GAD Municipal hasta la fecha y hora del cierre el plazo para la presentación de la oferta. La falta de ingreso de la oferta, será causa de descalificación de la oferta. También podrá presentar en forma virtual al correo del GAD Municipal xx Xxxx: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
En caso de que la oferta se presente a través del correo institucional y contenga firma electrónica, no será necesaria la presentación de la oferta en forma física. La entidad contratante será responsable de la validación de dicha firma electrónica, de conformidad a la normativa aplicable.
5. Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la oferta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados o reconocida la personería jurídica en uno de los Ministerios correspondientes cuyo objeto social sea la protección de los derechos humanos de uno de los grupo de atención prioritaria y el RUC que deben adjuntar a la oferta;
6. La oferta debe presentarse por la totalidad de los parqueaderos.
7. Este procedimiento no contempla reajuste de precios.
8. La evaluación de la oferta se realizará estableciendo si las mismas cumplen las especificaciones técnicas o los términos de referencia xxx xxxxxx y se adecúa o mejora la Participación Económica.
9. La fecha estimada de adjudicación se encuentra publicada en el cronograma y en el presente pliego.
10. Los gastos de la gestión del servicio de parqueadero vehicular a excepción xxx xxxxxxx humano, se financiará con los ingresos de la operación de los parqueaderos, relacionados con la (s) partida (s) presupuestaria (s) (nombre, número y valor). los pagos a la Asociación se realizarán mensualmente previo informe del administrador del contrato.
11. El procedimiento se ceñirá al proyecto de modelo de gestión C para la administración y operación de los parqueaderos públicos, y las especificaciones técnicas las disposiciones de la normativa del Código de Comercio y el presente pliego.
12. El Cedente o Delegado se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.
(Ciudad y fecha)
FIRMA DE LA MÁXIMA AUTORIDAD DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
(o su delegado)
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y/O TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto de contratación: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar al concesionario o delegado que preste servicio de parqueo vehicular, en los siguientes parqueaderos públicos municipales:
• Parqueadero Público Municipal ubicado en la explanada del Ex MTOP, en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, frente al Malecón Escénico xx Xxxx.
• Parqueadero Público Municipal ubicado en la Estación de Transferencia de Pasajeros y Parqueadero Público de la ciudad xx Xxxx, en la Av. Xxxxxx y calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx, entre la Av. Jumandy y calle Xxxx Xxxxxxxx.
• Parqueadero público Municipal ubicado en el Malecón Escénico xx Xxxx, ubicado en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx.
2.2 Participación Económica
El GAD Municipal xx Xxxx o Concedente asume los gastos de operación del GADM xx Xxxx (tiques, servicios básicos, personal de supervisión) y la del concesionario (Talento Humano).
La partición económica del valor de la tasa por hora o fracción de hora es de USD 0.25 centavos xx xxxxx de los cuales el 60% (0.15 ctvs.) para el GADM xx Xxxx; y, 40% (10 ctvs.) para la asociación o empresa que opere los parqueaderos públicos municipales.
2.3 Especificaciones técnicas o términos de referencia: Las especificaciones técnicas o términos de referencia para la presente contratación se detallan a continuación:
El servicio de parqueaderos públicos municipales conforme el modelo de gestión C se operará mediante un Contrato de Concesión Mercantil bajo lo que establece el Código de Comercio Ecuatoriano, da prioridad a las asociaciones cantonales o Provinciales radicadas en el xxxxxx Xxxx a través de la venta de los tiques.
Contrato de Concesión Mercantil, es aquel por el cual una parte, el concedente (Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxx), confiere a otra parte, el concesionario (una asociación de personas de atención prioritaria radicada en el Xxxxxx Xxxx) la posibilidad de prestar el servicio de parqueo de vehículos, conforme lo señala el Código de Comercio:
Art. 220.- En materia mercantil no se reconocen términos xx xxxxxx ni usos que difieran el cumplimiento de las obligaciones más allá del plazo que señalen o permitan la convención o la ley.
Art. 221.- Antes de la suscripción de un contrato, las partes pueden mantener negociaciones formales o informales o realizar ciertos actos tendientes a la celebración del contrato.
Si alguno de los intervinientes, interrumpe o suspende estas negociaciones con mala fe, deberá asumir su responsabilidad, por los daños y perjuicios, causados a la otra parte, pudiendo el afectado iniciar las acciones de competencia desleal, libre competencia o responsabilidad civil extracontractual pertinentes.
Se entiende que hay mala fe, por ejemplo, cuando existiendo una carta de intención, la retractación no hubiere sido considerada como una de las opciones; y, como consecuencia de esto, se ha hecho incurrir a la contraparte en gastos.
Art. 524.- Contrato de distribución es aquel por el cual una parte, llamada concedente o principal, confiere a otra, llamada concesionario o distribuidor, la posibilidad de vender los productos que fabrica o que, a su vez, distribuye con capacidad de delegar la distribución a terceros, en un territorio determinado; así como de prestar servicios, o una combinación de ambos de manera continuada o estable, actuando como empresario o comerciante independiente y asumiendo el riesgo y xxxxxxx de tales operaciones.
Art. 525.- Los contratos de distribución podrán adoptar las características que las partes acuerden en cuanto a territorio, exclusividad, volúmenes y periodicidad en las compras entre las partes, formas de remuneración, y otras que consideraren adecuadas.
3.1. Los Contratos de Concesión Mercantil se celebrarán por escrito, y deben considerar los siguientes requisitos:
• Identificación precisa de las partes, nombres y apellidos, documento de identificación válido y vigente, domicilio y la calidad que ostentan y con la que concurren a la firma del contrato cada interviniente, es decir, si obran por sus propios derechos o por los que representan de un tercero;
• Descripción del contenido, alcance y características del negocio objeto de distribución comercial;
• Duración del contrato, condiciones de renovación y modificación de este;
• Formas de pago entre concedente y concesionario;
• Causas y efectos de la extinción del contrato, incluyendo los casos y la forma en que, cualquiera o ambas partes, lo podrán dar por terminado; y,
• Lugar de ejecución del servicio.
• Supervisión del cedente.
• Otras cláusulas para garantizar el servicio a concesionar.
3.2. Convocatoria
Para concesionar el servicio de parqueaderos públicos municipales, el Alcalde realizará una convocatoria pública por los medios de comunicación xxx Xxxxxx Xxxx y en la pagina web institucional dirigida a las Asociaciones jurídicas dedicadas a la protección de derechos de personas de atención prioritaria, sea provincial o cantonal, domiciliadas en el xxxxxx Xxxx, quienes presentarán sus ofertas para prestar el servicio en todos los parqueaderos públicos municipales, conforme las especificaciones técnicas del contrato mercantil y el modelo del contrato adjunto.
3.3. Plazo de contratación
El Contrato de Concesión Mercantil podrá pactarse por uno o dos años según los acuerdos entre las partes. Si no se hubiera fijado una duración determinada, se entenderá que el contrato ha sido pactado por dos años. Cualquiera de las partes puede dar aviso de terminación a la otra con una anticipación de noventa días, que se contarán desde el día siguiente a la fecha de notificación y hasta el último día del plazo. Será condición de que el Concedente irá perfeccionando y
automatizando según los modelos de gestión B y A como lo señala el art. 7 de la Ordenanza que regula la administración y operación de los Parqueaderos Públicos Municipales.
3.4. Terminación del contrato de concesión mercantil
Se podrá realizarse en cualquier momento, sin perjuicio del tiempo acordado entre las partes, cuando cualquiera de las partes hubiera incumplido de manera grave o reiterada, total o parcialmente las obligaciones legales o contractuales, siempre que el incumplimiento no fuera subsanado a satisfacción de la parte cumplidora en el plazo establecido en el contrato.
A falta de estipulación, se entenderá que la parte que incumple tiene quince días para subsanar su incumplimiento. Transcurridos los quince días y de no haberse subsanado el incumplimiento fehacientemente, el contrato podrá ser declarado resuelto y la parte cumplidora también tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios correspondientes.
Cuando se dé por terminado el contrato de duración determinada sin justa causa antes de la finalización del plazo pactado, la parte afectada tendrá derecho a exigir una indemnización adecuada para resarcirse de todos los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de esa terminación, tales como: el saldo remanente de amortizar de las inversiones que se hubieren efectuado; y, atendidas las circunstancias, el daño derivado de las relaciones laborales que deban concluirse proveniente de la terminación de ese rubro de distribución.
4.5. Horario de atención de los parqueaderos
El horario de funcionamiento será entre:
• Lunes a viernes de 06:30 a 24:00
• Sábado y domingo de 09:30am – 03:00am.
Cuando se utilicen los parqueaderos en horario nocturno, los propietarios de los vehículos o sus ocupantes no podrán permanecer en el vehículo ni en las instalaciones del parqueadero, su permanencia será por el tiempo necesario para dejar y retirar sus vehículos; si por cualquier causa se detectare la presencia de personas dentro de los vehículos, el encargado del parqueadero solicitará la salida del vehículo de forma inmediata y de no proceder con la disposición, se reserva el derecho de notificar a las autoridades policiales.
En el caso de detectarse la presencia de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, licor o sustancias peligrosas dentro de los vehículos, o se diera un mal uso al parqueadero; inmediatamente se pondrá en conocimiento de la Policía Nacional de Tránsito una vez detectado que los usuarios están con sustancias psicotrópicas o bebidas de moderación en el vehículo, por el peligro inminente para sí y los usuarios de las vías (peatones y conductores).
4.6. Participación Económica
El GAD Municipal xx Xxxx ha considerado los gastos de operación del GADM xx Xxxx (tiques, servicios básicos, personal de supervisión) y la del concesionario (Talento Humano).
La partición económica del valor de la tasa por hora o fracción de hora es de USD 0.25 centavos xx xxxxx de los cuales el 60% (0.15 ctvs.) para el GADM xx Xxxx; y, 40% (10 ctvs.) para la asociación o empresa que opere los parqueaderos públicos municipales.
4.7. Tarifa que se cobrará por el servicio de parqueo en los parqueaderos públicos Municipales
El artículo 6, de la Ordenanza No. 093 GADMT, establece la tarifa de 0,25 USD (veinte y cinco centavos xx xxxxx de los Estados Unidos de Norte América), por el uso de los parqueaderos públicos Municipales por cada hora o fracción, otorgando 10 minutos para ubicar el cajón de parqueo; dejando salvo el derecho a la administración para que conforme al modelo de gestión pueda realizar negociaciones y promociones del servicio. Se concederá cinco minutos para el abandono del parqueadero una vez cancelado la tarifa.
En caso de pérdida del ticket en los parqueaderos, se cobrará 15,00 USD (Quince dólares de los Estados Unidos de América) previa la verificación de la propiedad del vehículo. Se exceptúa del pago del parqueadero destinado a las bicicletas con el objeto de promover el deporte y evitar la contaminación del ambiente.
4.8. Sistema de recaudación
El parqueadero recaudará mediante la venta de tiques en la Dirección Financiera del GAD Municipal xx Xxxx, a través de un Contrato de Concesión Mercantil bajo lo que estable el Código de Comercio Ecuatoriano.
4.9. Responsabilidad del Usuarios
Los sistemas de seguridad del vehículo son de responsabilidad absoluta del usuario o propietario del vehículo.
4.10. Responsabilidades del GADM xx Xxxx
El GADM xx Xxxx será el responsable de contratar al concesionario, proveer los tiques, pago de servicios básicos como agua, energía eléctrica y de ser necesario internet además del mantenimiento de la señalización horizontal y vertical, y cualquier situación que presenten los arrendatarios de locales contiguos a los estacionamientos.
La supervisión del funcionamiento será responsabilidad de la Dirección Municipal de Tránsito Transporte Terrestre y Seguridad Vial a través de una de sus secciones, así como la administración del contrato de concesión mercantil.
4.11. Responsabilidad del concesionario mercantil y garantía
Disponer xxx xxxxxxx humano necesario para brindar un servicio ininterrumpido de los parqueaderos públicos Municipales, los que no tendrán relación laboral con el concedente.
El talento humano debe brindar el servicio de forma óptima.
De acordarse entre las partes, se otorgará una garantía por el buen uso del anticipo de este Contrato.
4.12. Responsabilidades de daños a terceros
En caso de que, al interior de los parqueaderos públicos Municipales, se suscitaren daños materiales entre vehículos, pérdidas o robos dentro de los vehículos o al vehículo en su totalidad la administración de los Parqueaderos Públicos dará las facilidades para la investigación a los usuarios y a la Fiscalía. En el caso de que los vehículos ocasionen daños al inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxx, el vehículo será retenido hasta ponerlo a órdenes de las autoridades competentes, a fin de que se inicien las acciones legales y se proceda a la reparación de los daños.
4.13. Sistema de control
El GADM xx Xxxx, instalará cámaras de video como sistemas de control dentro de los parqueaderos.
4.14. Riesgo empresarial
Las inversiones, el plan comercial y los resultados que obtenga el Concesionario Mercantil de la explotación comercial de los espacios concesionados, son de su exclusiva cuenta y riesgo.
4.15. Del Personal del Concesionario Mercantil
Los funcionarios, empleados o dependientes del Concesionario Mercantil que ejecuten labores relacionadas con su actividad u operación dentro de las instalaciones del parqueadero, cualquiera que sea la figura jurídica que a tal efecto utilice, se desempeñarán en relación exclusiva con el Concesionario Mercantil y no tienen ni tendrán vinculación alguna con el GAD Municipal xx Xxxx.
4.16. Vehículos abandonados
El vehículo que se encuentre haciendo uso del servicio de los parqueaderos públicos municipales; y, que no haya sido retirado dentro del plazo de 72 horas, se declara abandonado y se le pondrá en conocimiento de la Fiscalía para que tome custodia del mismo.
4.17. De las dimensiones y vehículos permitidos
Las dimensiones de los espacios de estacionamiento para vehículos y motocicletas, serán de acuerdo a las normas técnicas ecuatorianas RTE INEN 004-2:2011 Señalización Vial Horizontal. Parte 2.; NTE INEN 2248 accesibilidad de las personas al medio físico. Estacionamientos; Norma Ecuatoriana de la Construcción. Accesibilidad Universal y el Art. 505 de la Ordenanza de No. 088-2021 ordenanza que Actualiza el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial xxx Xxxxxx Xxxx, para el periodo 2021-2023, el Plan de uso y gestión del suelo urbano y rural xxx Xxxxxx Xxxx 2021-2033 y el Plan de ordenamiento urbanístico integral sustentable de la ciudad xx Xxxx 2021-2033; y, para bicicletas en base a la Guía de Implementación de Ciclo-parqueaderos de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Púbico.
4.18. La gestión del servicio de parqueo en el tercer año de funcionamiento del parqueadero público
Una vez puesto en funcionamiento los parqueaderos públicos Municipales, y transcurridos los tres años, se dará cumplimiento con lo indicado en la Ordenanza No. 093 GADMT, que menciona:
Disposición General SEXTA: A partir del tercer año de funcionamiento del parqueadero público Municipal, la recaudación anual neta será transferida a la cuenta única Municipal para ser entregado de la siguiente forma:
El 25% a la Dirección Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, para la compra y mantenimiento de señalización vial en los centros urbanos y parroquias xxx xxxxxx Xxxx.
El 10% de la recaudación neta anual será destinada al fondo ambiental cantonal. (Arborización).
El 65% será administrado por la Organización o Institución a cargo, destinado para la operación y mantenimiento de los parqueaderos públicos Municipales, de acuerdo al Modelo de Gestión.
4.19 Componente comercial
La Dirección Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial en coordinación con el personal encargado de la operatividad de los parqueaderos públicos Municipales, señalados en el artículo 3. de la Ordenanza No. 093 GADMT, Ordenanza que Regula la Administración y Operación de los Parqueaderos Públicos Municipales, deberá mantener los registros de tiques por cada parqueadero para posteriormente generar una base de datos para el catastro de usuarios de ser el caso por instituciones, entre otros.
SECCIÓN III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
Este cronograma constará en el Portal Institucional xxxxx://xxxx.xxx.xx/XXX/
Las fechas asignadas deberán considerarse en días hábiles, no se deberán contemplar fechas que correspondan a fin de semana o feriados; y, los horarios para el desenvolvimiento del procedimiento serán de 08:00 a 20:00 a excepción del último día hábil de la semana en cuyo caso será de 08:00 a 13:00).
No. | Concepto | Tiempo mínimo | Tiempo máximo | Se calcula desde la columna denominada concepto | Día | Hora |
1 | Fecha de publicación del procedimiento en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xx/XXX/ | 01/03/2023 | 13 | Miércoles | 12h00 | |
4 | Fecha límite para formular preguntas | 13/03/2023 | 13 | Lunes | 15h00 | |
5 | Fecha límite para emitir respuestas y aclaraciones | 14/03/2023 | 1 | Martes | 16h00 | |
6 | Fecha límite de entrega de ofertas | 16/03/2023 | 16 | Jueves | 15h00 | |
7 | Fecha límite de apertura de ofertas | 16/03/2023 | 1 | Jueves | 15h00 | |
8 | Fecha límite de para solicitar convalidación de errores | 20/03/2023 | 2 | lunes | 16h00 | |
9 | Fecha límite de convalidación de errores | 22/03/2023 | 2 | miércoles | 15h00 | |
10 | Fecha límite de calificación de ofertas | 23/03/2023 | 2 | miércoles | 10h00 | |
11 | Fecha estimada de adjudicación | 24/03/2023 | 2 | viernes | 12h00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta la celebración del contrato.
3.3 Partición económica: Se entenderá por partición económica del valor de la tasa por hora o fracción de hora de los cuales el 60% (0.15 ctvs.) para el GADM xx Xxxx; y, 40% (10 ctvs.) para la asociación que opere los parqueaderos públicos municipales que el oferente haga constar en el Portal Institucional xxxxx://xxxx.xxx.xx/XXX/, información que se completará a través del formulario único de la oferta.
La participación económica presentada por el oferente es de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
La participación de la Asociación debe cubrir todas las actividades y costo necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de los términos de referencia.
No existen condiciones adicionales relacionadas con la participación económica, porque la capacitación será cubierta por la Dirección Municipal de Tránsito.
3.4 Forma de presentar la oferta: La oferta se deberá presentar a través del Portal Institucional xxxxx://xxxx.xxx.xx/XXX/; y, en forma física. Para este segundo caso, se presentará en un sobre que contenga la siguiente ilustración:
SOBRE ÚNICO
Señor
Máxima Autoridad o su delegado (Nombre de la entidad contratante) Presente
PRESENTADA POR:
No será tomada en cuenta la oferta, si ésta fuese entregada en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
La entidad contratante recibirá la oferta, conferirá el comprobante de recepción por la entrega de esta y anotará, tanto en el recibo como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
3.5 Plazo: El plazo de ejecución será de dos años o el acordado contado a partir de la firma del contrato mercantil.
3.6 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el pliego y en el contrato.
Contra prestación del servicio a los treinta días de haber prestado el servicio, para lo cual realizará diariamente un acta de entrega recepción de los tiquets y al término de cada día a excepción de los días sábados y domingos que se realizará el día lunes, la entrega del valor en efectivo y tiquets vendidos sobrantes suscribiendo un acta de entrega recepción.
3.6.1 Anticipo: No habrá anticipo para el servicio de parqueadero vehicular.
SECCIÓN IV
VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA OFERTA
4.1. Verificación de la oferta
4.1.1 Integridad de las ofertas: La integridad de la oferta consiste en la verificación de la presentación de los formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego.
Luego de esta verificación la entidad contratante determinará si ejecutará la etapa de convalidación de errores.
I. Formulario Único de la Oferta
1.1 Presentación y compromiso
1.2 Datos generales del oferente
1.3 Nómina de socio(s), de la Asociación oferente.
1.4 Balance General 2021 y 2022)
1.5 Participación Económica
1.6 Componentes de los servicios ofertados
1.7 Experiencia del oferente
1.8 Personal mínimo requerido
1.10 Otros parámetros de calificación propuestos por la entidad contratante
4.1.3 Personal mínimo:
A efectos de evaluar este parámetro, la entidad contratante deberá definir el listado del personal necesario para que el oferente cumpla con las condiciones establecidas para prestar el servicio de parqueo vehicular (dos por parqueadero a excepción del parqueadero del malecón escénico que será de una persona), para lo cual su función será la venta de tiquets y la ubicación de los vehículos (ingreso y salida) en los cajones señalizados para personas con discapacidad, vehículos tipo automóvil, jeep o camioneta, motocicletas y bicicletas.
4.1.4 Experiencia general y específica mínima:
a. La experiencia general que permita identificar la experiencia de la Asociación en el servicio de parqueadero vehicular.
b. La experiencia mínima presentada por el oferente será acreditada y aceptada, dentro de la jurisdicción ecuatoriana o extranjera.
4.1.6 Especificaciones Técnicas o términos de referencia:
La entidad contratante deberá verificar que cada oferente en la oferta que ha presentado, de cumplimiento expreso y puntual a las especificaciones técnicas o términos de referencia de los servicios que se pretende concesionar, de conformidad con lo detallado en el pliego.
4.1.7 Balance general: Las entidades contratantes especificarán y determinarán los balances generales de dos años inmediatos anteriores que nos permitan observar el compromiso que tienen los socios y la Asociación lo que garantizará el cumplimento del servicio.
4.1.8 Verificación de cumplimiento de integridad, requisitos mínimos de la oferta y puntaje.
PARÁMETRO | CUMPLE | NO CUMPLE | OBSERVACIONES |
Integridad de la oferta | 20 puntos | ||
Personal mínimo | 20 puntos | ||
Experiencia general mínima | 10 pueden ser socios o sustitutos o familiares. | ||
Especificaciones técnicas o Términos de referencia | 10 puntos | ||
Solvencia* Tener recursos mayores de 200 dólares | 20 Balance general. | ||
Endeudamiento* Tener un pasivo menor de 200 dólares | 20 Balance general |
MODELO XX XXXXXX DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN MERCANTIL
ÍNDICE
SECCIÓN I | DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión técnica 1.2 Participantes 1.3 Presentación y apertura de ofertas 1.4 Inhabilidades 1.5 Obligaciones de los oferentes 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones 1.7 Modificación xxx xxxxxx 1.8 Convalidación de errores de forma 1.9 Causas de rechazo 1.10 Adjudicación y notificación 1.11 Garantías 1.12 Cancelación del procedimiento 1.13 Declaratoria de procedimiento desierto 1.14 Adjudicatario fallido 1.15 Suscripción del contrato 1.16 Participación Económica 1.17 Moneda de cotización y pago 1.18 Reclamos 1.19 Administración del contrato 1.23 Control ambiental 1.25 Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes 1.26 Inconsistencias, simulación y/o inexactitud de la información |
SECCIÓN II | METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Balances Económicos 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas |
SECCIÓN III | FASE CONTRACTUAL 3.1 Ejecución del contrato |
NOTAS: Las condiciones generales son principios básicos, estipulaciones o cláusulas establecidas, con el objeto de regular la relación con los partícipes en el presente procedimiento de contratación mercantil, en el marco de la legislación aplicable.
Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación general para los procedimientos de contratación mercantil de servicios, salvo las excepciones que en lo pertinente se encuentran claramente especificadas.
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
SECCIÓN I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN MERCANTIL
1.1 Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual designados por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado será la responsable de llevar adelante el procedimiento de selección del concesionario.
Esta comisión analizará las ofertas servicios, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en este pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
1.2 Participantes: La convocatoria está dirigida a las Asociaciones que protegen derechos humanos de personas de atención prioritaria según el Art. 35 de la CRE del Cantón o Provincia cuyo domicilio sea la ciudad xx Xxxx y tengan interés en participar en este procedimiento.
El procedimiento se selección se realizará según determinan los pliegos del procedimiento de contratación mercantil conforme la normativa del Código de Comercio.
1.3 Presentación y apertura de ofertas: La oferta se deberá presentar de forma física, se entregará en un sobre único a nombre del GAD Municipal xx Xxxx, en la Recepción Documental del Edificio principal, ubicada en la calle Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxx, en el centro de la ciudad xx Xxxx, hasta la fecha límite para la presentación de la oferta técnica.
Si al analizar las ofertas presentadas la entidad contratante determinare la existencia de uno o más errores de forma, comunicará a los oferentes para efectos de que sean convalidados. Para tal fin otorgará a los oferentes entre dos y máximo tres días hábiles a partir de la correspondiente notificación.
Para poder participar en el procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados, esto es tener
personería jurídica y el reconocimiento de la directiva en el Ministerio correspondiente. No se aceptará asociaciones que tengan sus directivas sin el registro respectivo.
Después de la fecha límite para la presentación de las ofertas, se procederá a la apertura de la oferta presentada de forma física. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en el lugar, día y hora fijados en la convocatoria.
De la apertura, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica o por la máxima autoridad o su delegado de ser el caso, la cual obligatoriamente se subirá a la página web institucional:
a) Nombre de los oferentes;
b) Valor de la oferta económica, identificada por oferente;
c) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
d) Número de hojas de cada oferta;
e) Acuerdo Ministerial de constitución de la Asociación;
f) Registro único de Contribuyentes;
g) Registro de la Directiva vigente.
1.4 Inhabilidades: No podrán participar en el procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes no tengan personería jurídica reconocida por uno de los ministerios de gobierno, el RUC; y el Registro de su directiva vigente.
De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación del contrato mercantil.
1.5 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica designada por la máxima autoridad, a través de una petición en físico, la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx un correo previamente señalado por el oferente conforme a lo establecido en la convocatoria.
1.7 Modificación xxx xxxxxx: La Comisión Técnica, podrán emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares xxx xxxxxx, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren la participación económica
ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en la página web institucional, hasta el término máximo para responder preguntas.
La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en la página web Institucional.
1.8 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, los oferentes, en el término previsto en el cronograma contado a partir de la fecha de notificación, podrán convalidarlos, previa petición de la entidad contratante.
1.9 Causas de rechazo: Luego de evaluados los documentos de la oferta, la Comisión Técnica o el delegado de la máxima autoridad, según el caso, rechazará una oferta por las siguientes causas:
1.9.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y particulares, que incluyen las especificaciones técnicas o términos de referencia, y los formularios de este pliego.
1.9.2 Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
1.9.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados.
1.9.4 Si el contenido de cualquiera de los acápites de los formularios difiriere del previsto en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
1.9.5 Si el oferente no hubiere atendido la petición de convalidación, en el término fijado para el efecto, siempre y cuando el error no convalidado constituya causal de rechazo.
1.9.6 Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Ministerio correspondiente.
1.9.7 Las ofertas de las personas jurídicas que no cumplan con las reglas de participación expedidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y
que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas.
Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
Adjudicación y notificación: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas, reflejado en el informe elaborado por los integrantes de la Comisión Técnica, adjudicará el contrato mercantil a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme los pliegos y la normativa del Código de Comercio. La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la realizará a través del correo electrónico previamente señalado.
1.10 Garantías.- En forma previa a la suscripción de todo contrato derivado de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables si la Asociación acuerda la entrega de tiquets por anticipado sin el 100% del valor de los tiquets, rendirá una garantía por el valor total con una letra de cambio, garantía que avalará la entrega del valor de los tiquets.
1.11 Cancelación del procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada.
1.12 Declaratoria de procedimiento desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado podrá declarar desierto el procedimiento, mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad o su delegado podrá disponer su archivo o su reapertura.
1.13 Adjudicatario fallido: En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato mercantil, quien deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta, en los términos que fue presentada, hasta la suscripción del contrato, siempre que convenga a los intereses institucionales. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el procedimiento, lo que le permitirá contratar de manera directa al concesionario; o mediante contrato de servicios personales a cargo del GAD Municipal xx Xxxx.
1.14 Suscripción del contrato: Dentro del término de 15 días, contado a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, es decir, a partir de la fecha en la cual la entidad contratante haya publicado en la página web Institucional. La entidad contratante realizará la publicación de la resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita. El contrato mercantil no se protocolizará.
1.15.1 Levantamiento de sigilo bancario.- el contratista deberá autorizar expresamente en el contrato al administración del contrato; y, a los organismos de control correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de las cuentas nacionales y extranjeras, que se encuentran a su nombre y a nombre de su representante legal, en el caso de personas jurídicas; así como, de los socios de la asociación.
1.15 Precios y reajuste:
No hay opción ni lugar a reclamo alguno del reajuste de la participación económica negociada.
1.16 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
1.17 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos del Código de Comercio.
1.18 Administración del contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. El administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas.
El administrador del contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular el contratista.
El administrador será el encargado de la administración de las garantías, durante todo el período de vigencia del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas xxx xxxxxx que forma parte del contrato mercantil. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías.
Respecto de su gestión reportará a la autoridad institucional señalada en el contrato, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente el contratista y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
1.23 Control ambiental: En los casos que sea necesario, el concesionario deberá realizar todas las actividades necesarias para evitar impactos ambientales negativos, durante el período de ejecución contractual, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
1.26 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al oferente, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1 Metodología de evaluación de las ofertas: La evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de las Asociaciones a ser concesionarias cumplen con el concepto de mejor garantía de servicio de parqueaderos vehicular municipal, en los términos establecidos en los pliegos.
Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentren aptos para esta calificación.
2.2 Parámetros de Evaluación: La entidad contratante deberán acoger los parámetros de evaluación que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas.
La entidad contratante, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de evaluación publicados en la página web Institucional sean los que realmente se utilizarán en el procedimiento.
2.3 De la evaluación: Las capacidades requeridas a través de los parámetros de evaluación serán analizadas con cualquiera de estas opciones:
a) Utilizando una única etapa de evaluación a través de la metodología “Cumple/No
Cumple; y, por porcentaje
Se estará a la metodología “Cumple / No Cumple” cuando el objetivo sea la determinación de cumplimiento de una condición o capacidad mínima por parte del oferente y que sea exigida por la entidad contratante.
Se estará a la metodología “Por Puntaje” cuando el objetivo sea el establecimiento de mejores condiciones o capacidades de entre los oferentes que han acreditado previamente una condición o capacidad mínima requerida.
a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas y verificación de requisitos mínimos. Metodología “Cumple/ No Cumple”.
a.1. Integridad de las ofertas. - Se revisará que las ofertas incluyan en el formulario único los documentos requeridos en las condiciones particulares xxx xxxxxx según la naturaleza del procedimiento de contratación todos los formularios definidos en el presente pliego, conforme el siguiente detalle:
I. Formulario Único de la Oferta
El Formulario Único de la Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las condiciones particulares de los pliegos para la contratación de servicios.
Aquellas ofertas que contengan los Formularios de la Oferta debidamente elaborados y suscritos, pasarán a la etapa de evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario serán rechazadas.
a.2. Verificación de requisitos mínimos y especificaciones técnicas: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar definidos y dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se considerarán parámetros técnico- económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento.
b. Segunda Etapa: Evaluación por puntaje
En esta etapa se procederá a la ponderación valorada de las condiciones diferenciadoras de las ofertas para cada uno de los parámetros señalados en el pliego, a partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimos o máximos. En las condiciones particulares del presente pliego se describen los parámetros por la entidad contratante para este procedimiento de contratación.
Dicha calificación permitirá la adecuada aplicación del criterio establecido. Por regla general, se deberá adjudicar a la oferta que obtenga el mayor puntaje de acuerdo a la valoración de los parámetros y cuyos resultados combinen los aspectos técnicos, financieros, legales y económicos de las ofertas.
Al evaluar las ofertas presentadas por una asociación, las entidades contratantes deberán considerar los aportes de cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del Formulario correspondiente.
En la metodología de evaluación por puntajes se observará el principio de la proporcionalidad o ponderación y en consecuencia la aplicación de puntajes de “cero” no es pertinente.
2.4. Balance General. - Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos el procedimiento de contratación y cuáles son los balances generales de los años 2021 y 2022 que le permita a la Entidad Contratante verificar el accionar de la Asociación que garantizará el cumplimiento de la concesión del servicio.
El incumplimiento de los balances generales no será causal de rechazo de la oferta.
2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente presentará su oferta en base a la información contenida en el Formulario Único de la Oferta.
SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El contratista prestará los servicios dentro del plazo establecido en el contrato mercantil.
Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el contratista analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta. Por razones no imputables al contratista y debidamente justificadas, el administrador del contrato podrá modificar y actualizar el cronograma de ejecución contractual y horarios.
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del contratista.
3.1.2 Cumplimiento de especificaciones o términos de referencia: Los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con las especificaciones y términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la entidad contratante.
En caso de que el contratista descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el contratista no pudiere obtenerla directamente, ésta se solicitará al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales para ejecutar satisfactoriamente el contrato.
3.1.3 Personal del Concesionario: El concesionario del servicio de parqueadero vehicular municipal de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al concesionario, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
3.1.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen para le cabal cumplimiento del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la administración del contrato.
Los bienes a ser suministrados por el concesionario serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La administración podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos bienes que requieran de un tratamiento o manejo especial, se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales.
Los bienes almacenados, aun cuando se haya aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones.
3.1.5 Obligaciones del concesionario: El concesionario debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse al cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo
disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público y personal del contratista mismo, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.
Los sueldos y salarios del concesionario se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
El contratista se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato mercantil, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
El contratista en la ejecución del contrato contará con al menos el 100% de servicios o mano de obra de residentes de esa Circunscripción.
3.1.6 Obligaciones de la contratante o Concedente:
a. Designar al administrador del contrato.
b. Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato mercantil, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
c. Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
d. Las demás, determinadas en el pliego y en el contrato.
3.1.7 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato mercantil. En caso de retención indebida de los pagos al concesionario, se aplicará las disposiciones legales del Código de Comercio.
3.1.8 Administrador del Contrato.- El administrador será designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, siendo responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato mercantil por el plazo determinado.
Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
III. FORMULARIO UNICO DE OFERTA PARA LA CONTRATACION MERCANTIL PARA LA DELEGACIÓN DEL SERVICIO DE PARQUEADERO
PÚBLICO MUNICIPAL
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxx, luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta en calidad de Presidente (a) de la Asociación declara que:
1. El oferente es la Asociación ………..…. quien en base a las disposiciones del código de Comercio, y COA.
2. La única persona interesada en esta oferta está en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su oferta, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, u oficio.
5. Suministrará los servicios requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el pliego, de conformidad con las características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas solicitadas para la prestación los servicios, de acuerdo con los pliegos, especificaciones técnicas, términos de referencia e instrucciones, en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado que la participación económica por el servicio será conforme la cantidad de venta de tiquetes, pudiendo fluctuar entre fechas altas y bajas, en suma a riesgo de venta alta, media o baja corresponderá el porcentaje de ganancia de la tarifa establecida.
6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en el presente formulario, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad contratante ejerza las acciones legales según la legislación ecuatoriana vigente.
9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.
11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones técnicas, términos
de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo.
12. Conoce y acepta que la entidad contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
13. Se somete a las disposiciones del Código de Comercio, COA y demás normativa que le sea aplicable.
14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación proporcionada; así como de las declaraciones realizadas para el presente procedimiento de contratación, inclusive aquellas contenidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos. De igual forma garantiza la veracidad y exactitud de la información según el Registro Único de Contribuyentes, y a la entidad contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente.
15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
16. Declaro que, en calidad de oferente, no me encuentro incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar, establecidas en el Código de Comercio; y, demás normativa aplicable.
Adicionalmente, tratándose de una persona jurídica, declaro que los socios, no se encuentran incursos en las inhabilidades mencionadas.
17. Autoriza a la entidad contratante, el levantamiento del sigilo de las cuentas bancarias que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de las personas naturales o jurídicas a las que representa, durante las fases de ejecución del contrato y de evaluación del mismo, dentro del procedimiento en el que participa con su oferta y mientras sea proveedor del Estado.
Adicionalmente, las cuentas bancarias y sus movimientos, de todas las personas naturales que consten como socios, en cualquier nivel de la estructura, cuando estén relacionadas con el flujo de los recursos públicos, no estarán sujetas a sigilo bancario, tributario, societario ni bursátil. Estarán sujetas a esta disposición, inclusive las
personas declaradas como beneficiarios finales, o cualquier persona que se beneficie de transacciones bancarias en el flujo de los recursos públicos.
18. Para la presentación de la oferta presentaré el Registro Único de Contribuyente En caso de no presentar documentación comprobable de las gestiones realizadas, autorizo a la entidad contratante para que descalifique mi oferta.
19. El oferente, de resultar adjudicado, declara que cumplirá con las obligaciones de pago que se deriven del cumplimiento del contrato.
20. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
a) Firmar el contrato dentro del término de quince (15) días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes.
b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, sin una excusa razonable a juicio de la Comisión, se aplicará una multa del trescientos (usd 300) dólares americanos.
c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
d) Autorizar al GAD Municipal xx Xxxx y a los a los organismos de control correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de las cuentas nacionales y extranjeras, que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de su representante legal, en el caso de personas jurídicas; a partir de la etapa contractual del procedimiento en el cual participa con su oferta.
Adicionalmente, las cuentas bancarias y sus movimientos, de todas las personas naturales o jurídicas que consten como socios, en cualquier nivel de la estructura accionaria de una persona jurídica o consorcio oferente, cuando estén relacionadas con el flujo de los recursos públicos, no estarán sujetas a sigilo bancario, tributario, societario ni bursátil. Estarán sujetas a esta disposición, inclusive las personas declaradas como beneficiarios finales, o cualquier persona que se beneficie de transacciones bancarias en el flujo de los recursos públicos.
Así mismo, declaro conocer que toda la información relacionada con los pagos recibidos como contratista o subcontratista del Estado; así como, sus movimientos financieros, tendrán el carácter de públicos y deberán ser difundidos a través de un portal de información o página web destinada para el efecto, que permitan detectar con certeza el flujo de los fondos públicos.
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad:
Calle (principal):
No.:
Calle (intersección):
Teléfono(s):
Correo electrónico:
Cédula de Ciudadanía (Pasaporte):
R.U.C:
1.3 DECLARACIONES DE PERSONAS JURÍDICAS Y PERSONAS NATURALES, OFERENTES.
En mi calidad de representante legal de (nombre de persona jurídica/ razón social de----------
-nombre de la persona natural), declaro bajo juramento en conocimiento de las consecuencias legales que se generen por faltar a la verdad, lo siguiente:
A. DECLARACIÓN PARA PERSONAS JURÍDICAS:
1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUC para participar en los procedimientos de contratación mercantil.
2. Me comprometo a notificar a la entidad contratante en caso de extinción de la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto la facultad de la entidad contratante para declarar la terminación unilateral del contrato respectivo.
3. Garantizo la veracidad y exactitud de la información presentada; y, autorizo a la entidad contratante, o a los órganos de control, a efectuar las verificaciones del caso, a fin de constatar la información en mención.
4. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante actuará de la siguiente manera:
a) Notificará al Ministerio Correspondiente la información respectiva, a fin de que analice la aplicación de las sanciones que correspondan.
b) Descalifique a mi representada como oferente; o,
c) Xxxxxxx a la terminación unilateral del contrato respectivo, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, acepto responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
B. NÓMINA DE SOCIOS, DE LAS PERSONA JURÍDICA:
1. Declaro que las siguientes personas naturales serán los beneficiarios finales del flujo de los recursos públicos;
Nombre | Cédula/Pasaporte | Nacionalidad | No (s). de Cuenta (s) | Institución Financiera |
2. Acepto que esta información les permitirá a los órganos de control, detectar con certeza, de acuerdo con sus atribuciones, el beneficiario final o real.
1.4 BALANCE GENERAL:
Declaro que el Balance General que adjunto de los años 2021 y 2022 se resume: Año 2020
Activo:
Pasivo:
Patrimonio:
Año 2021
Activo:
Pasivo:
Patrimonio:
Permitirá verificar la solvencia económica de la Asociación.
1.5 COMPONENTES DE LOS SERVICIOS OFERTADOS
El oferente oferta el servicio de parqueo vehicular, a través de la venta de tiquets, según los requerimientos del GAD Municipal xx Xxxx:
1.6 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Contratante | Objeto del contrato: Servicio de parqueo vehicular | Monto del Contrat o | Plazo contractual | Fechas de ejecución | Observaciones | |
Inicio | Terminación | |||||
1.7 PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
Hoja.... de .....
No. | Cargo / Función | Experiencia en trabajos similares | Observaciones |
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO (según
el caso)
(LUGAR Y FECHA)
MODELO XX XXXXXX DEL PROCESO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE DELEGACION DEL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR PÚBLICO MUNICIPAL
Nota: Las Condiciones Generales del Contrato de Concesión Mercantil del servicio de parqueaderos públicos Municipales, son de cumplimiento obligatorio para la entidad contratante (CONCEDENTE) y EL CONCESIONARIO, Asociación que protegen derechos humanos de personas de atención prioritaria Art. 35 CRE de ámbito cantonal o provincial, domiciliada en la ciudad xx Xxxx; este acto administrativo de delegación se ejecutará a través de un contrato de un contrato de distribución o concesión mercantil, determinado en el Art. 524 del Código de Comercio.
Cláusula Primera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Código de Comercio o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
e. En materia mercantil no se reconocen términos xx xxxxxx ni usos que difieran el cumplimiento de las obligaciones más allá del plazo que señalen o permitan la convención o la ley. (Art. 220 CCo)
f. Antes de la suscripción de un contrato, las partes pueden mantener negociaciones formales o informales o realizar ciertos actos tendientes a la celebración del contrato (Art. 221 CCo)
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la entidad contratante le adjudica el contrato.
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c. “Concesionario”, es el oferente adjudicatario.
d. “El Concedente” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
e. “CCo”, Código de Comercio.
f. “Oferente”, es la Asociación que protegen derechos humanos de personas de atención prioritaria según el Art. 35 de la CRE.
g. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato de concesión mercantil para la prestación del servicio de parqueo vehicular.
h. “Contrato de distribución” es aquel por el cual una parte, llamada concedente o principal, confiere a otra, llamada concesionario o distribuidor, la posibilidad de vender los productos que fabrica o que, a su vez, distribuye con capacidad de delegar la distribución a terceros, en un territorio determinado; así como de prestar servicios, o una combinación de ambos de manera continuada o estable, actuando como empresario o comerciante independiente y asumiendo el riesgo y xxxxxxx de tales operaciones. Los contratos de distribución podrán adoptar las características que las partes acuerden en cuanto a territorio, exclusividad, volúmenes y periodicidad en las compras entre las partes, formas de remuneración, y otras que consideraren adecuadas. (Art. 524 y 525 CCo)
Cláusula Segunda.- Participación Económica
El GAD Municipal xx Xxxx ha considerado los gastos de operación del GADM xx Xxxx (tiques, servicios básicos, personal de supervisión) y la del concesionario (Talento Humano).
La partición económica del valor de la tasa por hora o fracción de hora es de USD 0.25 centavos xx xxxxx de los cuales el 60% (0.15 ctvs.) para el GADM xx Xxxx; y, 40% (10 ctvs.) para la asociación o empresa que opere los parqueaderos públicos municipales.
Se estará a lo previsto en las Condiciones Particulares del Contrato, y además:
2.1 los tiquets serán entregados al Concesionario de manera diaria; de tal forma que al final de la jornada, a las 16h00 sean entregados en la Dirección Financiera el valor total que será depositado en la cuenta del Concedente para el manejo contable de los parqueaderos municipales, a excepción del día sábado y domingo, que se entregará el día lunes.
2.2 El Concesionario aperturará en una institución financiera estatal en la cual se depositará el porcentaje de la participación económica negociada. El concesionario autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta. El administrador del contrato designado por la contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
2.3 Todos los pagos que se hagan al concesionario por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la contratante, previo informe del administrador del contrato.
2.4 De los pagos que deba hacer, el Concedente retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.5 Pagos indebidos: el Concedente se reserva el derecho de reclamar al concesionario, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el concesionario a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la contratante, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Se estará a lo contemplado en las Condiciones Particulares del Contrato y el Código de Comercio.
Cláusula Cuarta.- PLAZO
4.1 El Contrato de delegación del servicio de parqueo vehicular público municipal podrá pactarse por dos años, terminado el mismo las partes puede dar aviso de terminación a la otra con una anticipación de noventa días, que se contarán desde el día siguiente a la fecha de notificación y hasta el último día del plazo. Será condición de que el GAD Municipal xx Xxxx, irá perfeccionando y automatizando según los modelos de gestión B y A como lo señala el art. 7 de la Ordenanza que regula la administración y operación de los Parqueaderos Públicos Municipales.
4.2 Terminación del contrato
Se podrá realizarse en cualquier momento, sin perjuicio del tiempo acordado entre las partes, cuando cualquiera de las partes hubiera incumplido de manera grave o reiterada, total o parcialmente las obligaciones legales o contractuales, siempre que el incumplimiento no fuera
subsanado a satisfacción de la parte cumplidora en el plazo establecido en el contrato.
A falta de estipulación, se entenderá que la parte que incumple tiene quince días para subsanar su incumplimiento. Transcurridos los quince días y de no haberse subsanado el incumplimiento fehacientemente, el contrato podrá ser declarado resuelto y la parte cumplidora también tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios correspondientes.
Cuando se dé por terminado el contrato de duración determinada sin justa causa antes de la finalización del plazo pactado, la parte afectada tendrá derecho a exigir una indemnización adecuada para resarcirse de todos los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de esa terminación, tales como: el saldo remanente de amortizar de las inversiones que se hubieren efectuado; y, atendidas las circunstancias, el daño derivado de las relaciones laborales que deban concluirse proveniente de la terminación de ese rubro de distribución.
4.3 Horario de atención de los parqueaderos
El horario de funcionamiento será:
• Lunes a viernes de 06:30 a 24:00
• Sábado y domingo de 09:30am – 03:00am.
• El concesionario puede proponer los cambios de horario conforme la necesidad ciudadana, lo que será autorizado por el administrador de contrato.
Cuando se utilicen los parqueaderos en horario nocturno, los propietarios de los vehículos o sus ocupantes no podrán permanecer en el vehículo ni en las instalaciones del parqueadero, su permanencia será por el tiempo necesario para dejar y retirar sus vehículos; si por cualquier causa se detectare la presencia de personas dentro de los vehículos, el encargado del parqueadero solicitará la salida del vehículo de forma inmediata y de no proceder con la disposición, se reserva el derecho de notificar a las autoridades policiales.
En el caso de detectarse la presencia de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, licor o sustancias peligrosas dentro de los vehículos, o se diera un mal uso al parqueadero; inmediatamente se pondrá en conocimiento de la Policía Nacional de Tránsito una vez detectado que los usuarios están con sustancias psicotrópicas o bebidas de moderación en el vehículo, por el peligro inminente para sí y los usuarios de las vías (peatones y conductores).
4.4 PRÓRROGAS DE PLAZO
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán una adenda al contrato, en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la contratante, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL DELEGANTE O CONCESIONARIO
A más de las obligaciones señaladas en las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx que son parte del contrato, las siguientes:
5.1 El concesionario se compromete a ejecutar el contrato mercantil derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la entidad contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El concesionario se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el concesionario se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del concesionario ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el pliego.
5.4 El concesionario está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.5 El concesionario se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la contratante tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato.
5.6 El concesionario se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
5.7 El concesionario en la ejecución del contrato contará con 100% de servicios de residentes de esta Circunscripción Cantonal.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones del Concedente las establecidas en las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx que son parte del contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios para cumplir el plazo si fuera suspendido por caso fortuito o fuerza mayor; o para mejorar el servicio de parqueo vehicular, en este caso, requerirá del fundamento técnico y económico.
Cláusula Octava.- RECEPCIÓN MENSUAL DEL CONTRATO
La recepción del (objeto de la contratación) se realizará a entera satisfacción de la Entidad contratante, y será necesaria la suscripción de la respectiva planilla mensual donde se especificará la participación económica de las partes. Habrá una liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos en el contrato mercantil.
8.1 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO MERCANTIL: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos en el contrato.
Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La contratante efectuará al concesionario las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente.
9.2 Es de cuenta del concesionario el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato mercantil y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
La terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del concesionario.
Cláusula Undécima - LEVANTAMIENTO DEL SIGILO BANCARIO
Autorizo a los organismos de control correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de las cuentas nacionales y extranjeras, que se encuentran a mi nombre; y a nombre de mi representante legal, en el caso de personas jurídicas; o, del procurador común de los compromisos de la Asociación; a fin de verificar el origen lícito de los fondos y recursos a emplearse en la ejecución del presente procedimiento de contratación pública. Así mismo, autorizo que toda la información relacionada con los pagos recibidos como concesionario, así como mis movimientos financieros, tendrán el
carácter de público. No se podrá alegar reserva tributaria, societaria, bursátil ni bancaria sobre este tipo de información.
(Hasta aquí el texto de las Condiciones Generales del del proceso de delegación del servicio de parqueo vehicular público municipal).
NOTA.- Las Condiciones Generales del proceso de delegación del servicio de parqueo vehicular público municipal, no requieren de firma por parte de los representantes de la entidad contratante ni del concesionario, puesto que están incorporados como parte integrante del contrato mercantil de servicios, conforme la cláusula segunda “DOCUMENTOS DEL CONTRATO”, según corresponda.
1
CONTRATO DE CONCESIÓN MERCANTIL PARA EL SERVICIO DE PARQUEO VEHICULAR ENTRE EL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL XX XXXX Y LA ASOCIACIÓN…
Conste por el presente documento un contrato de Concesión Mercantil que se celebra en la ciudad y
xxxxxx Xxxx, Provincia de Napo, a los…… días del mes de …. de 202…., al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OTORGANTES.- Concurren a la celebración de este contrato las siguientes personas:
1.1. Por una parte, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxx, representado por el señor Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su calidad xx Xxxxxxx, conforme la credencial otorgada por la Junta Electoral de Napo, a quien se podrá denominar como GAD Municipal xx Xxxx o “Concedente”; y,
1.2. Por otra parte, la Asociación ………… Persona Jurídica, con Registro ministerial Nro. …. y Registro Único de Contribuyente número ………., representada por el señor(ra), en su calidad de ,parte
a la cual se podrá denominar como el “Concesionario Mercantil”.
SEGUNDA: ANTECEDENTES.-
2.1. El GAD MUNICIPAL XX XXXX, conforme el Art. 53 del COOTAD es un Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera; entre sus competencias debe planificar el desarrollo cantonal y la prestación de servicios públicos; así como planificar, regular y controlar el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial; por lo que mediante Ordenanza Nro. 093-GADMT del 24 xx xxxxxx de 2021 y publicada en el Segundo Suplemento del Registro oficial 540 del 17 de septiembre de 2021, el Concejo Municipal aprobó regular la administración y operación de los parqueaderos públicos municipales en el xxxxxx Xxxx.
2.2. La Ordenanza No. 093 GADMT establece: “Artículo 3. De la Administración.- La administración y control de los parqueaderos públicos municipales, ubicados en: la Explanada del Ex MTOP, situado en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, frente al Malecón Escénico xx Xxxx; en la Estación de Transferencia de Pasajeros y Parqueadero Público de la ciudad xx Xxxx, ubicado en la Av. Xxxxxx y calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx, entre la Av. Jumandy y calle Xxxx Xxxxxxxx; en el Malecón Escénico xx Xxxx, ubicado en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx; y, otros por crearse; será responsabilidad de la administración de los Parqueaderos Públicos, sin perjuicio de que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxx, delegue a otra Institución o Empresa Pública, la administración, quien gestionará los aspectos referentes a la operación, mantenimiento físico y equipamiento tecnológico, horarios de atención extra y aseo”.
2.3. Con Memorando 503-DSG-A-GADMT del 24 de noviembre de 2022, el Alcalde designa como Administradora de los Parqueaderos Públicos Municipales a la Directora Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial; y, solicita la preparación de lo siguiente: Elaboración del Modelo de Gestión; y, la Aplicación de las disposiciones constantes en la Ordenanza que Regula la Administración y Operación de los Parqueaderos Públicos Municipales
2
2.4. El Alcalde con memorando Nro. 0304 GAD-MT-A-DSG, de fecha 1 de julio de 2022, nombra la Mesa Técnica integrada por: Director Administrativo, Directora Financiera, Procurador Síndico, Directora Municipal de Tránsito, para analizar los modelos de gestión preparados por la Dirección Municipal de Tránsito.
2.5. Con fecha 22 de julio de 2022 la Mesa Técnica, mediante Memorando 527-DMTTTSV-GADMT-2022 analiza el Proyecto del Modelo de Gestión para la administración y operación de los parqueaderos públicos Municipales; sugiriendo el modelo de gestión C cuyo servicio sería mediante concesión del servicio, porque permitiría abrir plazas de empleo a personas jurídicas de atención prioritaria.
2.6. El señor Alcalde, mediante Resolución Administrativa Nro. 064-A-GADMT del 24 de octubre de 2022, aprueba aplicar el modelo C, y en su efecto concesionar el servicio de parqueaderos tres áreas establecidas en la Ordenanza No. 093 GADMT a una asociación jurídica sin fines de lucro que tenga como objeto la protección de derechos de personas de atención prioritaria, mediante la suscripción contrato mercantil, para que presten el servicio a través de la venta de tiques para uno, dos o tres parqueaderos públicos municipales; a un valor de USD 0.25 ctvos.. xx xxxxx la hora o fracción de hora, a ser contabilizado diariamente en la Dirección Financiera Municipal, bajo el control y supervisión de la Dirección Municipal de Tránsito al concesionario, mediante concurso público convocado por los medios de comunicación local para lo cual los interesados presentaran sus ofertas y suscribirán el contrato cuyos términos de referencia se adjuntarán a la convocatoria.
2.7. El GAD Municipal xx Xxxx, con fecha ………. inició el “concurso público para el servicio de parqueadero a través de la venta de tiques mediante concesión mercantil convocando a organizaciones del Cantón y Provincia domiciliados en la ciudad xx Xxxx, interesados en prestar el servicio en uno o los tres parqueaderos públicos municipales.
2.8. El 16 xx xxxxx de 2023, las Asociaciones ………… interesadas en participar en el mencionado concurso presentaron en sobre cerrado sus propuestas, las que fueron analizados por la Comisión Técnica.
2.9. Tras el proceso interno correspondiente, el …….… de 2023 se adjudicó el “servicio en los tres
parqueaderos públicos municipales mediante concesión mercantil, a la Asociación ……
2.10. El Concesionario Mercantil es una (Asociación ……….) que presentó su oferta dentro del plazo establecido en los pliegos para del “concurso público para el servicio de parqueadero a través de la compra venta de tiques en los parqueaderos municipales, mediante concesión mercantil” y tras la revisión de la oferta presentada resultó adjudicataria del mencionado concurso. El Concesionario Mercantil ha declarado que se halla plenamente capacitado legal y financieramente y, que cuenta con todas las autorizaciones para la concesión mercantil.
2.11. Así, el GAD Municipal xx Xxxx y el Concesionario Mercantil, libre y voluntariamente, acordaron suscribir el presente contrato de concesión mercantil (en adelante, el “Contrato”), en los términos y condiciones que se contienen en las siguientes cláusulas.
TERCERA: CONCESIÓN MERCANTIL.- Con los antecedentes expuestos, el GAD MUNICIPAL XX XXXX entrega en concesión mercantil los tres parqueaderos públicos municipales, que consiste en:
tres parqueaderos públicos municipales ubicados en:; DOS.- En la Estación de Transferencia de Pasajeros y Parqueadero Público de la ciudad xx Xxxx, ubicado en la Av. Xxxxxx y calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx, entre la Av.
3
Jumandy y calle Xxxx Xxxxxxxx; TRES.- En el Malecón Escénico xx Xxxx, ubicado en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx,
UNO.- la Explanada del Ex MTOP, situado en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, frente al Malecón Escénico xx Xxxx, el cual consta de un total de 118 espacios de estacionamientos, distribuidos de la siguiente manera: 4 cajones para personas con discapacidad o parqueaderos inclusivos; 94 cajones para vehículos tipo automóvil, jeep o camioneta; 20 cajones para vehículos tipo motocicletas. Se incluirá por parte del GAD Municipal xx Xxxx, implementos para el estacionamiento para bicicletas de manera gratuita.
El ingreso de los vehículos hacia el parqueadero será por la Av. 15 de Noviembre y la calle Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx y la salida únicamente por la calle Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx. El ingreso y salida para personas será por la Av. 15 de Noviembre y la calle Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx.
DOS.- Parqueadero Público Municipal ubicado en la Estación de Transferencia de Pasajeros y Parqueadero Público de la ciudad xx Xxxx, en la Av. Xxxxxx y calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx, entre la Av. Jumandy y calle Xxxx Xxxxxxxx.- consta de 5 cajones para personas con discapacidad o parqueaderos inclusivos; 156 cajones para vehículos tipo automóvil, jeep o camioneta; 32 cajones para vehículos tipo motocicletas. (dos cajones se incluirán al servicio de parqueo una vez concluyan la vigencia del contrato de arrendamiento con los locales móviles.
El ingreso y salida para vehículos del parqueadero será por la Calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx (Frente a los Talleres Municipales). El ingreso y salida para personas será por la calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx y por la Av. Muyuna.
TRES.- Parqueadero público Municipal ubicado en el Malecón Escénico xx Xxxx, ubicado en la Av. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx. El parqueadero público ubicado al final del malecón escénico xx Xxxx consta de 1 cajón para personas con discapacidad o parqueaderos inclusivos; 16 cajones para vehículos tipo automóvil, jeep o camioneta; 8 cajones para vehículos tipo motocicletas
El ingreso y salida para vehículos y personas del parqueadero será por la Avenida Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx.
Las áreas de parqueo público vehicular solo podrá destinarlo para uso de las actividades autorizadas y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
El Concesionario Mercantil acepta los términos de la concesión mercantil; y, se obliga a prestar el servicio a la actividad autorizada, declarando expresamente el Concesionario Mercantil que se someterá a todas las disposiciones que imparta el administrador del Contrato designado por el señor Xxxxxxx, y se obliga a su cumplimiento irrestricto e inmediato.
CUARTA: PARTICIPACION ECONÓMICA.- EL GAD MUNICIPAL XX XXXX Y EL CONCESIONARIO MERCANTIL, libre
y voluntariamente, por así convenir a sus intereses, acuerdan:
La partición económica del valor por la venta del tique se establece de la siguiente forma: 60% (0.15 ctvs.) para el GADM xx Xxxx y 40% (10 ctvs.) para la asociación que preste el servicio en los parqueaderos públicos municipales.
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Adicionalmente, las Partes acuerdan expresamente que el Concesionario Mercantil asumirá el costo de emisión de credenciales y chaleco reflectivo de quienes presten el servicio de parqueo; por su parte el GAD Municipal xx Xxxx asumirá el consumo de agua, energía eléctrica, seguridad y cualquier otro servicio que se instale o preste en el futuro, y que beneficie directa o indirectamente a la explotación comercial de los espacios asignados al Concesionario Mercantil.
El GAD MUNICIPAL XX XXXX, cancelará los servicios de guardianía y energía eléctrica que se generen en los parqueaderos públicos municipales; debiendo pagarlos dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, contra presentación de la factura.
Los costos generados, serán pagados en dólares de los Estados Unidos de América, en efectivo.
El GAD Municipal xx Xxxx realizará el mantenimiento y señalética una vez al año, con cargo a la partida
presupuestaria Nro. ………..
El incumplimiento en el pago por parte del Concesionario Mercantil o de los costos generados a consecuencia de la falta de entrega de valores cobrados, dará derecho al GAD Municipal xx Xxxx al cobro del máximo interés xx xxxx permitido por las regulaciones de la Junta de Regulación Monetaria y Financiera, desde el día siguiente al término máximo señalado en esta cláusula para el pago por parte del Concesionario Mercantil tanto del valor mensual total como de los costos generados.
Las Partes acuerdan que el valor porcentual establecido por la presente concesión mercantil se sujetará conforme a la participación económica, que podrá incrementar si se incrementa la tarifa.
QUINTA: USO DE PARQUEADERO PÚBLICO MUNICIPAL.-
5.1. El Concesionario Mercantil debe de contar con el personal suficinte para con el objeto del presente Contrato. El personal deberá de estar capacitado para cumplir con las funciones asignadas y deberá de tener, capacitación en relaciones humanas. El personal del Concesionario incluirá, al menos:
- Personal para Punto de Venta, y otra para la ubicación en los parqueaderos, uno y dos y en el parqueadero tres, una persona, personal que deberá cumplir turnos, por lo que considerará la oferta propuesta a fin de que no se abandone o cierre los parqueaderos.
5.2. El Concesionario Mercantil deberá mantener suficientes tiques para la prestación del servicio;
5.3. El Concesionario Mercantil debe mantener limpia el área de parqueo que consiste en: limpieza de la zona de parqueo, recolección de basura, limpieza de eventual maleza
5.4. El Concesionario Mercantil prestará información al ECU 911 para evitar el robo de autos o partes del mismo.
5.5. La tarifa o precio que cobrará el Concesionario Mercantil a los usuarios de las unidades no podrá superior a USD 0.25 centavos xx xxxxx, por hora o fracción de hora, conforme el artículo 6, de la Ordenanza No. 093 GADMT, que establece la tarifa de 0,25 USD (veinte y cinco centavos xx xxxxx de los Estados Unidos de Norte América), por el uso de los parqueaderos públicos Municipales por cada hora o fracción, otorgando 10 minutos para ubicar el cajón de parqueo; dejando salvo el derecho a la administración para que conforme al modelo de gestión pueda realizar negociaciones y promociones del servicio. Se concederá cinco minutos para el abandono del parqueadero una vez cancelado la tarifa. En caso de pérdida del ticket en los parqueaderos, se cobrará 15,00 USD (Quince dólares de los Estados Unidos de América) previa la verificación de la propiedad del vehículo. Se exceptúa del pago del parqueadero destinado a las bicicletas con el objeto de promover el deporte y evitar la contaminación del ambiente.
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5.6. El GAD Municipal xx Xxxx, a través de la Dirección Financiera, recaudará por la venta de tiques conforme el Contrato de Concesión Mercantil bajo a lo establecido en el Código de Comercio Ecuatoriano.
5.7. El Concesionario Mercantil garantizará la continuidad del servicio, el perfecto estado de la zona de parqueo, responderá por los daños materiales, a excepción del deterioro normal por efecto del clima y paso del tiempo.
SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO MERCANTIL.- Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en este Contrato y en la Ley, el Concesionario Mercantil tiene las siguientes obligaciones y será responsable de su estricto cumplimiento:
6.1. Cumplir y hacer cumplir por sus empleados y dependientes, las disposiciones y medidas de seguridad determinadas por la Dirección Municipal xx Xxxx a través del Administrador del Contrato, con la finalidad de mantener la seguridad operacional, la seguridad física, el mantenimiento, operación y funcionamiento en general del parqueadero público municipal
6.2. Cumplir fielmente con suma diligencia y cuidado, con toda legislación y normativa exigible relacionada con las actividades desarrolladas en el parqueadero público municipal incluso en materia de medio ambiente, con el objeto de preservar la seguridad de los usuarios.
6.3. Destinar los espacios a los fines pactados en el presente Contrato, debiéndose observar en todo caso las limitaciones impuestas en los anexos correspondientes.
6.4. Mantener por su cuenta los espacios de parqueo público en perfecto estado de conservación, seguridad, higiene, aseos y presentación, sin que el GAD Municipal xx Xxxx tenga la obligación de reconocer valor alguno por este concepto
6.5. Pagar las multas que se establecen en el presente Contrato para el caso de incumplimientos que no hayan sido debidamente justificados por el Concesionario Mercantil y aceptadas por el GAD Municipal xx Xxxx.
6.6. Cumplir con las disposiciones ambientales previstas en la legislación ecuatoriana.
6.7. Cumplir con la Ley y en especial con las normas legales de carácter laboral y social, respecto de sus empleados, dependientes y en general contratados.
6.8. Asegurar en todo momento que su actividad sea compatible con la protección del medio ambiente, las disposiciones nacionales e internacionales de lucha contra el narcotráfico y el uso indebido de drogas, las disposiciones existentes en materia de defensa del consumidor y de cualquier otra norma o reglamentaria vigente.
6.9. Son obligaciones del Concesionario Mercantil las establecidas en el presente Contrato, los pliegos del proceso y su oferta, que son parte del presente Contrato y que se adjunta como Anexo No. [1].
6.10. A más de las obligaciones ya establecidas en el presente Contrato, el Concesionario Mercantil está
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obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del Contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
SÉPTIMA: GARANTÍA.- El Concesionario Mercantil entrega a la firma de este Contrato, como garantía de fiel cumplimiento de este Contrato, una letra de cambio por el buen cumplimiento de contrato, irrevocable y de cobro inmediato emitida por la representante de la concesionaria, cuyo beneficiario es el GAD Municipal xx Xxxx, y responderá ante faltantes al momento de contabilizar diariamente los tiques vendidos; o por multas a ser canceladas por el concesionario. Garantía que será entregada para su custodia en Tesorería Municipal.
En caso que el GAD Municipal xx Xxxx cobrare parcial o totalmente la garantía, en todo o en parte, el Concesionario Mercantil deberá entregar nuevamente garantía completa estipulada en esta cláusula, dentro del plazo de treinta (30) días corridos a contar desde la fecha de la recepción de la respectiva notificación de cobro de la garantía. Si el Concesionario Mercantil no cumpliera esta obligación en el plazo antes señalado, podrá terminar unilateral yanticipadamente el Contrato, sin perjuicio de las acciones de cobro por cualquier valor que quedare pendiente a cargo del Concesionario Mercantil.
Esta garantía de fiel cumplimiento del contrato no limita la responsabilidad íntegra del Concesionario Mercantil por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al GAD Municipal xx Xxxx o a terceros.
Una vez concluido el presente Contrato por cualquier causa, la garantía será retenida por el GAD Municipal xx Xxxx en tanto existan obligaciones pendientes de cumplimiento por parte delConcesionario Mercantil, con excepción de la obligación de confidencialidad de acuerdo a los términos de la cláusula Décimo Novena del presente Contrato.
OCTAVA: PLAZO.- El plazo del presente Contrato es de dos (2) años, contados a partir de la fecha de firma de este Contrato o hasta que termine, por cualquier causa, el Contrato de Concesión, lo que ocurra primero.
Las Partes suscribirán un acta de entrega recepción a la fecha para el inicio del servicio entregado al Concesionario Mercantil.
NOVENA: MEJORAS.- Los gastos por mejorar las adecuaciones serán de costo y cargo exclusivo del GAD Municipal xx Xxxx.
DÉCIMA: SUSPENSIÓN TOTAL DE LAS OPERACION DE LAS AREAS DE PARQUEADERO PÚBLICO MUNICIPAL.-
El servicio de parqueadero municipal se laborará de manera permanente, en el horario establecido, solo se suspende el servicio por caso fortuito, huelgas, paros, levantamientos, que imposibiliten la movilidad terrestre.
De igual forma, la suspensión total de las operaciones del (los) parqueaderos públicos municipales suspende el plazo a que se refiere la Cláusula Octava, alargándose el período del presente Contrato por el mismo número de días en que e l s e r v i c i o estuvo suspendido totalmente salvo que el Concesionario Mercantil opte por dar terminado este Contrato al vencimiento del plazo de vigencia inicial.
DÉCIMA PRIMERA: PROHIBICIONES.- Queda prohibido al Concesionario Mercantil ceder o transferir de cualquier forma, total o parcialmente, ya sea a título oneroso o gratuito, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de concesión mercantil, ni aportarlos a cualquier tipo de sociedad, bajo forma jurídica alguna; así como no podrá entregar en comodato u otro título, total o parcialmente, los espacios entregados en concesión mercantil, sin autorización previa del GAD Municipal xx Xxxx.
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De igual manera, y en virtud de que los bienes concesionados son de propiedad GAD Municipal xx Xxxx, el Concesionario Mercantil no podrá enajenar, hipotecaro establecer cualquier tipo de limitación al dominio, gravamen o restricción sobre ellos.
El Concesionario Mercantil entregará al GAD Municipal xx Xxxx, a la fecha de firma del presente Contrato, una nómina de los socios y la directiva registrada. El Concesionario Mercantil deberá de notificar a GAD Municipal xx Xxxx el cambio en su estructura organizativa.
DÉCIMO SEGUNDA: RIESGO DEL CONCESIONARIO.- Las inversiones, el plan comercial y los resultados que obtenga el Concesionario Mercantil de la operación comercial del servicio concesionados, son de su exclusiva cuenta y riesgo.
EL GAD MUNICIPAL no asume ningún tipo de responsabilidad en la operación comercial que realiza el Concesionario Mercantil, así como respecto de los resultados que ésta obtenga, razón por la cual la disminución de la actividad, transitoria o permanente, no le dará derecho a reclamo alguno.
El cierre definitivo de los parqueaderos por cualquier motivo será causal de terminación delContrato, y no dará derecho a reclamos o indemnizaciones por parte del Concesionario Mercantil.
DÉCIMO TERCERA: DEL PERSONAL DEL CONCESIONARIO MERCANTIL.- Los
funcionarios, empleados o dependientes del Concesionario Mercantil que ejecuten labores relacionadas con su actividad u operación dentro de las instalaciones de los parqueaderos, cualquiera que sea la figura jurídica que a tal efecto utilice, se desempeñarán en relación exclusiva con el Concesionario Mercantil y no tienen ni tendrán vinculación alguna con el Concesionario Mercantil mantendrá indemne a GAD MUNICIPAL por cualquier reclamode sus empleados, sus herederos o sucesores, de los organismos de la Seguridad Social, sindicales o del Ministerio de Trabajo, que tenga origen en la relación laboral habida entre El Concesionario Mercantil y sus funcionarios, empleados o dependientes, ya sea que el reclamo se interponga durante la vigencia o luego de concluida la concesión mercantil.
El Concesionario Mercantil deberá entregar a solicitud de GAD MUNICIPAL, datos completos, nombre y apellidos, ocupación y copia del documento de identidad de cada funcionario, empleado o dependiente, registro que servirá para la emisión y control de las credenciales por parte del administrador del contrato. El Concesionario Mercantil deberá mantener actualizadas y vigentes las credenciales de sus empleados. Las modificaciones en la nómina del personal y funcionarios del Concesionario Mercantil deberán ser comunicadas por escrito a GAD MUNICIPAL deforma inmediata y hasta dentro de los dos (2) días posteriores al cambio para efectos del correspondiente retiro de credenciales.
DÉCIMO CUARTA: ABANDONO DEL PARQUEADERO MUNICIPAL.- En virtud de que la eficiente operación del Parqueaderos es un asunto de interés público, y considerando los graves perjuicios que ocasionaría el abandono de uno o más espacios concesionados, las Partes acuerdan establecer como condición esencial del presente Contrato, que en caso que el Concesionario Mercantil abandonare injustificadamente los espacios asignados, esto es, dejándolos en estado de inactividad por un período mayor de dos (2) días, GAD MUNICIPAL podrá retomar el servicio, sin perjuicio de ejecutar la multa correspondiente.
Las Partes acuerdan que en caso de que el Concesionario Mercantil abandone uno o los parqueaderos, el GAD MUNICIPAL notificará a través del administrador del contrato al Concesionario Mercantil en el domicilio
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señalado en el presente contrato, o publicará en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad la notificación.
El Concesionario Mercantil renuncia a cualquier reclamo derivado directa o indirectamente dela aplicación del procedimiento previsto en el presente artículo, ya que conoce las obligaciones a su cargo y es de su interés desarrollar sus operaciones en los Parqueaderos, asumiendo las especiales características de la actividad de parqueo vehicular.
DÉCIMO QUINTA: CAUSALES DE TERMINACIÓN.- Las Partes acuerdan establecerque este Contrato terminará de pleno derecho por las siguientes causas:
(i) Por el vencimiento del plazo de vigencia.
(ii) Por mutuo acuerdo de las Partes.
(iii) Por sentencia que declare la terminación de este Contrato.
(iv) Por la cancelación del permiso o habilitación necesario para la operación del establecimiento o de la actividad autorizada en este Contrato.
(v) Por la terminación anticipada del Contrato de Concesión.
(vi) Por el cierre definitivo del Parqueaderos, por cualquier causa
(vii) Por darle otro uso al parqueadero vehicular.
Sin perjuicio de lo señalado en esta cláusula, GAD MUNICIPAL podrá dar por terminado este Contrato de forma unilateral y anticipada, por las siguientes causas:
(a) La falta de pago de dos o más valores de tiques diarios.
(b) La imposición de cinco o más multas dentro del mismo ejercicio económico, siempre y cuando estas no hayan sido debidamente justificadas por el Concesionario Mercantil y aceptadas por GAD MUNICIPAL o impugnadas en el plazo de treinta (30) días contados desde su notificación, de conformidad con el procedimiento de resolución de controversias previsto en este contrato.
(c) La falta de pago de cinco o más multas impuestas al Concesionario Mercantil, que no hayan sido justificadas por el Concesionario Mercantil y aceptadas por GAD MUNICIPAL o impugnadas en los términos del literal precedente.
(d) Si el Concesionario Mercantil, en violación a los términos de este Contrato, cede o entrega
– a cualquier título, total o parcialmente, directa o indirectamente –, los espacios concesionados o los derechos otorgados por el presente contrato a favor de terceras personas.
(e) Si el Concesionario Mercantil da un uso distinto al autorizado en los espacios concesionados o presta servicios o realiza actividades que no sean las expresamente autorizadas dentro del Parqueaderos, sin autorización previa de GAD MUNICIPAL.
(f) El abandono de los espacios concesionados por parte del Concesionario Mercantil.
(g) La destrucción de los espacios concesionados u otras áreas e instalaciones del Parqueaderos, imputables a la Concesionario Mercantil.
(h) Inicio de un procedimiento judicial o administrativo en contrato de Concesionario Mercantil que afecte de cualquier forma el cumplimiento de las obligaciones bajo este Contrato.
(i) El cierre por más de dos días de uno o más parqueaderos, dará lugar a la terminación del contrato.
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(j) El cobro de la tarifa sin la constancia de pago, dará lugar a la terminación del contrato.
(k) Inobservar las recomendaciones/sugerencias sobre el servicio por parte del supervisor, dará lugar a la terminación del contrato.
En consecuencia, el Concesionario Mercantil al término del Contrato, por cualquiera de las causales contenidas en los literales precedentes, cesará su contrato. El hecho de que el Concesionario Mercantil o un tercero continuare con la ocupación o explotación de los espacios después de finalizada la vigencia del Contrato, no podrá ser interpretado de ningún modo como prórroga, renovación tácita o conformidad de GAD MUNICIPAL con esa circunstancia.
Por su parte, GAD MUNICIPAL esta prohibido de destinar los espacios para otros usos, salvo de fuerza mayor.
DÉCIMO SEXTA: PROCEDIMIENTO DE TERMINACIÓN. - Las Partes acuerdan
expresamente en establecer como procedimiento para la terminación de este Contrato el siguiente:
A) La parte que considere que existe incumplimiento de las obligaciones de este Contrato, de conformidad con las causales de terminación establecidas en la cláusula anterior, deberá notificar a la otra parte, señalando la causal que le imputa y requiriendo su cumplimiento o, en su defecto, que demuestre que la obligación ha sido satisfecha o que se encuentre en proceso de cumplimiento, para lo cual concederá un plazo xx xxxx (10) días. En caso de que vencido dicho plazo no se cumpla con la obligación o no se demuestre que la misma ha sido satisfecha, este contrato terminará sin lugar a indemnización para ninguna de las Partes y sin necesidad de declaratoria judicial ni arbitral alguna, salvo que una de ellas haya acudido en dicho plazo al mecanismo de solución de controversias previsto en este contrato.
B) El administrador del Contrato remitirá al Concesionario Mercantil, una notificación escrita donde se declare la terminación unilateral y anticipada de este contrato, concediéndole al Concesionario Mercantil un término perentorio de setenta y dos (72) horas contadas a partir de su recepción para desalojar las instalaciones que ocupaba y entregar las credenciales de todo su personal.
C) En caso de que el Concesionario Mercantil no desocupe los espacios concesionados en el plazo señalado en el numeral precedente, El Concesionario Mercantil autoriza expresamente a GAD MUNICIPAL, de forma amplia y suficiente, para que anule las credenciales otorgadas al personal del Concesionario Mercantil y para que en compañía de tres funcionarios designados por el Alcalde o Alcaldesa incluido el administrador del contrato, ingrese a los espacios concesionados, quienes sentará razón del ingreso y levantará un inventario de los bienes que se encuentren en los espacios concesionados, señalando el estado de cada uno de los bienes, los que serán entregados al Concesionario.
DÉCIMO SÉPTIMA: DECLARACIÓN.- Las Partes acuerdan que el presente contrato contiene los términos y condiciones de aplicación general, y acuerdan incorporar a éste los Anexos Nos. [1], los pliegos, la oferta presentada y demás documentos pre-contractuales del proceso, entendiéndose que tales anexos forman parte integrante del presente Contrato.
Igualmente, forman parte integrante del Contrato, los siguientes documentos:
a) El nombramiento del Representante Legal del Concesionario Mercantil.
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b) El nombramiento del Xxxxxxx xx XXX MUNICIPAL.
c) Los Pliegos incluyendo los Términos de Referencia de los servicios a contratarse.
d) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario.
e) La notificación de adjudicación.
DÉCIMO OCTAVA: MODIFICACIONES AL CONTRATO.- La falta de ejercicio de cualquier derecho o privilegio emanado del presente Contrato no se considerará como una modificación tácita o un impedimento a su ejercicio futuro.
No se admitirán modificaciones a este Contrato sin el consentimiento escrito y previo de ambas Partes. Ningún comportamiento ni curso de acción adoptado por el Concesionario Mercantil o GAD MUNICIPAL será interpretado como una modificación (sea expresa o implícita) a cualquiera de las disposiciones del presente contrato.
DÉCIMO NOVENA: CONFIDENCIALIDAD. - Los términos y condiciones del presente Contrato y toda documentación o información de propiedad de una de las Partes que la otra conozca o que en el futuro pueda llegar a conocer en función del presente Contrato o de su ejecución, será considerado como estrictamente confidencial para la Parte receptora y para las personas dependientes o controladas por ella o que pertenezcan al mismo grupo económico de dicha Parte. La información confidencial no será divulgada, expuesta ni transmitida en modo algunoa terceras personas sin contar con el expreso acuerdo escrito de la Parte propietaria de la información durante la vigencia del Contrato y por un plazo posterior de dos (2) años, salvo expresa solicitud de autoridad competente.
La violación a la confidencialidad durante el plazo de ejecución del presente Contrato dará derecho a GAD MUNICIPAL para ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones que pudieran corresponder en reparación de los daños y perjuicios ocasionados, así como la terminación del Contrato.
VIGÉSIMO: NATURALEZA JURÍDICA.- El presente Contrato tiene naturaleza mercantil, sujeto a los términos del Código de Comercio y supletoriamente al Código Civil. Este instrumento jurídico constituye una forma contractual comercial por medio de la cual GAD MUNICIPAL le confiere al Concesionario Mercantil autorización para prestar un servicio de parqueo vehicular en el área determinada, a su entera cuenta y riesgo, por lo que éste recibirá el valor mensual del 40% de la participación económica por la venta de tiquets. Por tal razón, esta autorización no constituye contrato de locación o arrendamiento alguno.
Las Partes expresamente reconocen que en virtud de que el Concesionario Mercantil destinará los espacios concesionados a la realización de actividades de explotación económica con finesde lucro, el Concesionario Mercantil no es ni podrá será considerado como consumidor y por lo tanto no resultan aplicables a este contrato las disposiciones de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, lo cual es aceptado expresamente por el Concesionario Mercantil.
El Concesionario Mercantil asumirá la responsabilidad exclusiva respecto de cualquier reclamo que presenten los usuarios de los Parqueaderos con relación a los bienes o servicios que ésta preste y consecuentemente, mantendrá indemne al GAD MUNICIPAL por los eventuales reclamos que usuarios
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pudieran efectuar en su contra al amparo de dicha ley, en cuyo caso el Concesionario Mercantil también asumirá los costos legales de la defensa.
VIGÉSIMO PRIMERA: DOMICILIO.- Para efectos de comunicaciones o notificaciones, y demás legales, las partes señalan como sus domicilios los siguientes:
…………
…………
VIGÉSIMO SEGUNDA: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:
GAD MUNICIPAL designa como administrador del contrato al técnico de la Sección de Tránsito y Seguridad vial de la DMTTTSV, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
VIGÉSIMO TERCERA: MULTAS:
EL CONCESIONARIO, cancelará una multa de:
a) 10 dólares por el retraso en la apertura del parqueadero.
b) 10 dólares si el personal no tiene chaleco e identificación.
c) 10 dólares por no entregar el tique al usuario del parqueadero.
d) 10 dólares por no informar al supervisor/administrador del contrato sobre daños a la propiedad privada y del parqueadero.
e) 10 dólares al permitir que los usuarios se mantengan en los vehículos dentro de los parqueaderos.
f) 10 dólares por no llenar los datos del vehículo en el tique numerado.
g) 20 dólares si cierra del parqueadero dentro del horario establecido.
h) 20 dólares por la falta de entrega del valor recaudado.
i) 20 dólares al permitir que los usuarios liben alcohol o bebidas de moderación dentro de los vehículos dentro de los parqueaderos y no comunique a la Policía Nacional.
j) 20 dólares por faltar el respeto al supervisor/administrador del contrato.
VIGÉSIMO CUARTA: CONTROVERSIAS. - Las controversias que no puedan solucionarse directamente por las partes, serán sometidas al procedimiento correspondiente, y a los jueces competentes de la ciudad xx Xxxx.
VIGÉSIMO QUINTA: DECLARACIÓN EXPRESA. - El Concesionario Mercantil declara expresamente que ha leído, entendido y se encuentra plenamente de acuerdo, con este Contrato de concesión mercantil, con sus documentos integrantes, y se obliga a cumplir sus obligaciones de forma íntegra y oportuna.
VIGÉSIMO SEXTA: DECLARACIÓN JURAMENTADA. - El Concesionario Mercantil declara expresamente y bajo juramento que no es deudor de ninguna entidad del Estado; y, por lo tanto, se encuentra legalmente capacitado para celebrar este tipo de contratos; sí como para cumplir las obligaciones aquí incorporadas.
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Para constancia, ratificación y aceptación expresa de todo lo acordado en este contrato de concesión mercantil, las Partes de forma libre y voluntaria suscriben el presente documento, en tres ejemplares del mismo tenor y efecto.
Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxx Presidente (a)