Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA ESPECIALIZADA PARA LA RECAUDACIÓN DE LOS DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES DESTINADAS AL ACONTECIMIENTO DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO “JEREZ CAPITAL MUNDIAL DEL MOTOCICLISMO”
INDICE
ANTECEDENTES 3
OBJETO DEL CONTRATO 3
DURACIÓN DEL CONTRATO 4
IMPORTE DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO 4
EMPRESAS PROPONENTES Y DOCUMENTACIÓN 5
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 8
PERFIL DEL CONTRATANTE 9
GARANTÍAS 9
MESA DE CONTRATACIÓN 10
APERTURA DE PLICAS 10
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 11
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 12
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 14
MODIFICACIÓN, CESIÓN, SUBCONTRATACIÓN,
Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 14
EJECUCIÓN DEL CONTRATO 15
ABONOS AL ADJUDICATARIO 16
REGIMÉN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 16
XXXXX X: MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE 18
ANEXO II: MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA 18
1. ANTECEDENTES.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 recoge en su disposición adicional, cuadragésima sexta septies la declaración como Acontecimiento de Excepcional Interés Público de la celebración del evento “Jerez Capital Mundial del Motociclismo”.
Esta declaración permitirá el patrocinio del programa de actividades previstas para dicho acontecimiento por parte de empresas que contarán con elevadas desgravaciones fiscales desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2017, en los términos previstos en la legislación sobre mecenazgo.
El citado programa incluirá una gran diversidad de actividades de índole cultural y artística, deportiva, turística, etc. durante 2015, 2016 y 2017, y tiene como objetivo convertir x Xxxxx de la Frontera, en referente turístico internacional para el mundo del Motociclismo, y en general, para el mundo del motor, consiguiendo que se reconozca esta Ciudad como Capital Mundial del Motociclismo a todos los niveles, que se asimile esta condición, tanto a nivel local, provincial y regional, como a nivel nacional e internacional.
Esta contratación se realiza por el Circuito xx Xxxxx en atención a que en la encomienda de gestión aprobada por la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx en sesión celebrada el pasado 10 de octubre de 2014 se acordaba encargar a la mercantil Circuito xx Xxxxx, S.A. la ejecución material de las actividades previstas en el evento "Jerez: Capital Mundial del Motociclismo".
Esta sociedad se constituyo mediante escritura pública de fecha día 00 xx xxxxxxxxx xx 0.000, xxxx xxxxxxx social es público en su totalidad y pertenece al Ayuntamiento xx Xxxxx en un 68,16 % y el 31,64 % restante pertenece a la Junta de Andalucía a través de la sociedad pública SOPREA Sociedad para Reconversión Económica de Andalucía, S.A.
La fundamentación de la financiación del programa de actividades a realizar en el marco de este evento sobre la base de las aportaciones derivadas de donativos, donaciones y aportaciones, incluso mediante la técnica del patrocinio, hace de la recaudación de los mismos una cuestión de la máxima relevancia. Es por ello que se considera conveniente la contratación de este servicio a fin de que sea operado por una entidad con competencia y experiencia en la materia.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente pliego consistirá en la consultoría y asistencia así como en la gestión de la recaudación de los donativos, donaciones y aportaciones, incluso mediante la técnica del patrocinio, para el acontecimiento “Jerez Capital Mundial del Motociclismo”, que se realizará conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx es de naturaleza privada, y se regirá por el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, por el de Prescripciones Técnicas, por el contrato que se
firme y por la oferta presentada por quien resulte adjudicatario, en todo cuanto no contradiga las condiciones establecidas. En caso de discrepancias entre los documentos descritos, la prevalencia de unos sobre otros se establece en el mismo orden en que han sido relacionados. Revistiendo los documentos referidos carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario simultáneamente a la formalización del contrato, formando partes inseparable del mismo.
El contrato se regulará por la legislación civil y mercantil, y por el Real Decreto 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) el Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y por las instrucciones internas de contratación aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración el 28-03-12 y publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx en cuanto a su preparación y adjudicación.
Para ello, el presente contrato se considera que tiene la naturaleza de Contrato de Servicios de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, RDL 3/2011), y atendiendo a lo dispuesto en los artículos 87.4,
87.5 y 138.2 del RDL 3/2011, y considerando la dificultad para determinar con exactitud la cuantía total final que comprenderá la adjudicación del presente contrato, éste se tramitará por el procedimiento de adjudicación abierto con varios criterios de adjudicación.
Dicho objeto corresponde al código 79400000-8 Servicios de Consultoría Comercial y de gestión y servicios afinas, de la nomenclatura Vocabulario Común de contratos (CPV) de la Comisión Europea.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del presente contrato se extenderá desde el día siguiente al de la adjudicación del mismo hasta el 31 de diciembre de 2017.
No se contempla una potencial prórroga del mismo, salvo en el caso de una eventual extensión del periodo por el cual se considera a este acontecimiento de excepcional interés público, siempre que ambas partes se muestren de acuerdo, o en el caso de potenciales litigios que se pudieran suscitar entre donantes/patrocinadores y la empresa adjudicataria.
4. IMPORTE DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO
La cuantía del contrato será un porcentaje de la cantidad total que aporten los donantes y patrocinadores captados por la empresa que resulte adjudicataria. Este porcentaje tendrá un valor máximo del 12% de los donativos, donaciones y aportaciones conseguidos, IVA incluido.
En el caso de los patrocinios, donaciones, e inversiones que capte para tal fin de forma directa CIRJESA, el porcentaje de dichas cantidades tendrá un valor máximo del 5%, IVA incluido, por su asistencia.
El importe estimable en concepto de donativos, donaciones y aportaciones es de un mínimo de 500.000,00 €, por lo que el valor estimado del procedimiento y del posterior contrato se sitúa en 60.000,00 €.
En el precio o tipo citado se incluye el IVA y las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven los diversos conceptos, (i.e. gastos generales y beneficio industrial) así como todos los medios personales y materiales necesarios para realizar la totalidad de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
Los precios de contratación de los servicios comprendidos en este contrato, considerando su plazo de ejecución no podrán ser objeto de revisión en ningún caso y por tanto no se aplicará fórmula alguna de revisión.
5. EMPRESAS PROPONENTES Y DOCUMENTACIÓN
5.1 Capacidad para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
En cualquier caso, con respecto a las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del RDL 3/2011, respectivamente, admitiéndose ofertas de empresas en unión temporal.
Los Licitadores deberán acreditar, además, que su actividad tiene relación directa con el objeto del Contrato, según resulte (en el caso de personas jurídicas), de los respectivos Estatutos o reglas fundacionales y disponer, en su caso, de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del Contrato.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
5.2 Documentación a Presentar
Los licitadores presentarán tres sobres cerrados, que podrán ser lacrados y precintados, y firmados por él mismo o persona que los represente, en los que se indicará además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el título de la Licitación, y los sobres contendrán:
SOBRE “A”. Denominado de DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, deberá contener la siguiente inscripción: "Documentos generales para formar parte en el procedimiento abierto convocado por el Circuito xx Xxxxx referente a la recaudación de los donativos, donaciones y aportaciones para el acontecimiento de excepcional interés público “Jerez Capital Mundial del Motociclismo”.
La documentación administrativa exigida para tomar parte en la licitación, deberá incluir obligatoriamente los siguientes documentos originales o mediante copias que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente:
a) Índice con la relación de documentos incluidos en este sobre
b) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante escrituras de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a legislación mercantil aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) Poder bastanteado al efecto por el Secretario General del Ayuntamiento xx Xxxxx, a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro.
d) Documento Nacional de Identidad: Para los empresarios individuales españoles será obligatoria la presentación de una copia del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Dirección Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social, donde se vaya a realizar la actividad o acreditar estar de alta en la mutualidad correspondiente.
e) Declaración Responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuesta por las disposiciones vigentes. Se ajustará obligatoriamente al modelo que de Declaración Responsable que se recoge en estos Pliegos como Anexo I, resultando que las ofertas que no se ajusten al mismo u omitan alguno de sus apartados o documentación anexa requerida no serán admitidas. En caso de resultar persona física el licitador, se seguirá también el siguiente modelo, ajustándolo en lo que fuese necesario. También podrá descargarse este modelo, en formato Word, desde el Perfil del Contratante en la xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
f) Acreditación de la solvencia económica y financiera, y de la solvencia técnica y profesional del empresario que deberá acreditarse en función del objeto del contrato, de su importe y de sus características, por uno o varios de los medios siguientes:
SOLVENCIA FINANCIERA:
1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe mínimo ciento veinte mil euros (120.000 €).
2.- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros
Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
3.- Declaración sobre el volumen global de los negocios y, en su caso, sobre ekl volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. Indicando el importe de la facturación que las empresas han gestionado durante los últimos tres años.
SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
La solvencia técnica y profesional de los empresarios, en los contratos de servicios, deberá apropiarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, según el objeto del contrato por uno o varios de los siguientes medios, de conformidad con el art. 78 del TRLCSP: 1.- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
2.- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de las que tiene disposición para aplicar a la ejecución del contrato.
3.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medias empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
4.- Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. Teniendo especialmente en cuenta, la obligación del empresario de adscribir a la ejecución del contrato dos profesionales con los siguientes perfiles: uno especialista en marketing y publicidad, y el otro con una titulación en derecho, ciencias políticas, ciencias económicas, administración y dirección de empresas o equiparable a estas.
5.- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
f) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: las empresa extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, como es este caso, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
g) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social: Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción
laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 4ª del TRLCSP.
h) Documento en el que conste número de fax y dirección de e-mail, a efectos de notificaciones del presente procedimiento.
SOBRE “B”. Denominado de DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, deberá contener la siguiente inscripción: "Documentación Técnica para formar parte en el procedimiento abierto convocado por el Circuito xx Xxxxx referente a la recaudación de los donativos, donaciones y aportaciones para el acontecimiento de excepcional interés público “Jerez Capital Mundial del Motociclismo”.
Se presentará un proyecto de gestión en el que se abordan los puntos definidos en los criterios de adjudicación y en las cláusulas xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Este documento no podrá tener un tamaño superior a 10 hojas por una sola cara, o de 5 hojas por ambas carillas (10 carillas), escritas en letra Arial 10 y a 1,5 espacios el
Párrafo.
En el supuesto de que se adscriba a la ejecución del contrato personal, adicional del exigido en el sobre “A”, se adjuntarán los curriculum vitae y las titulaciones académicas y profesionales, no estando esta documentación sujeta a la limitación de espacio previamente citada.
SOBRE “C”. Denominado de OFERTA ECONÓMICA, deberá contener la siguiente inscripción: "Oferta económica para el procedimiento abierto convocado por el Circuito xx Xxxxx referente a la recaudación de los donativos, donaciones y aportaciones para el acontecimiento de excepcional interés público “Jerez Capital Mundial del Motociclismo”.
Contendrá la proposición económica, redactada obligatoriamente conforme al modelo de Proposición Económica que se recoge en estos Pliegos como Xxxxx XX, debidamente firmada por quien tiene poder bastante para hacerlo y fechada. Resultando que las ofertas que no se ajusten al mismo u omitan alguno de sus apartados o contengan errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta económica no serán admitidas. En caso de resultar persona física el licitador, se seguirá también el siguiente modelo, ajustándolo en lo que fuese necesario. También podrá descargarse este modelo, en formato Word, desde el Perfil del Contratante en la xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
6. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El plazo de presentación de proposiciones será de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta licitación en el Perfil del Contratante (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx).
En caso de resultar sábado o festivo el día de finalización del plazo, quedará automáticamente prorrogado al primer día hábil siguiente.
Las proposiciones, junto con los documentos correspondientes, se presentarán en las oficinas del Xxxxxxxx xx Xxxxx (Xxxxxxx Xxxxx-Xxxxx, Xx 0, 00000, Xxxxx) en horario laboral de 09:00 a 14:00 horas, siendo dirigidas a su Director Gerente.
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados en su exterior como se ha indicado para cada sobre, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente además de contener el nombre y apellidos o razón social del licitador. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Al presentador de los sobres se le dará, como acreditación, recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación objeto del Contrato y el día y la hora de la presentación.
En el supuesto de que las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá remitir al Circuito xx Xxxxx, antes de que finalice el plazo de presentación de proposiciones, el justificante o resguardo de imposición del envío urgente en la Oficina de Correos dentro del plazo.
Esta remisión puede efectuarse mediante fax al número 000000000, correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx) o telegrama (Circuito xx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx-Xxxxx, Xx 0, 00000, Xxxxx). Sin el cumplimiento de este requisito, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la notificación. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
La presentación de la proposición presume la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente pliego sin salvedad alguna, y vincula al licitador con el Circuito xx Xxxxx, de tal modo que la renuncia a la adjudicación del contrato en cualquier fase de tramitación del expediente faculta a la sociedad a exigir la indemnización por los daños y perjuicios causados y demás consecuencias previstas en la legislación de contratación administrativa.
7. PERFIL DEL CONTRATANTE
En el Perfil de Contratante del órgano de contratación, se publicará el requerimiento y la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el art. 53 del TRLCSP.
Esta Licitación se publicará en el Perfil del Contratante. El acceso público se efctuará a través del portal de la Web del Circuito xx Xxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx).
8. GARANTÍAS
En atención a la dificultad expuesta de determinar con exactitud el precio final del contrato, y siendo potestativa la exigencia de formalización de garantías para esta entidad contratante
en atención al artículo 104 del RDL 3/2011, no se exige la constitución de ningún tipo de garantía, bien provisional o definitiva.
9. MESA DE CONTRATACIÓN
Conforme al artículo 320 de la TRLCSP, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo
177.1 de la LCSP, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación. La Mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario.
Según las Instrucciones Internas de Contratación aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración de CIRJESA el 28-03-12, el órgano de contratación podrá acordar la constitución de una Mesa de Contratación y su composición. Dicha Mesa, como órgano de asistencia al órgano de contratación, tendrá como función, a la vista de los informes técnicos que se hayan emitido, realizar la valoración de las ofertas y efectuar la propuesta de adjudicación. Debiendo comparar las ofertas de las empresas licitadoras de acuerdo con los parámetros expresados en las condiciones de la licitación, como criterios de adjudicación.
La Mesa de Contratación, estará presidida por el Director Gerente de CIRJESA, actuando como Secretario un funcionario del Ayuntamiento xx Xxxxx, y por tres vocales que serán designados entre el personal técnico al Servicio de CIRJESA, siendo uno de los tres el Director – financiero de la mercantil.
10. APERTURA DE PLICAS
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, en un plazo xxxxxx xx xxxx días, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el "Sobre A".
Conforme al artículo 81 del RGLCAP, si la Mesa de Contratación observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, asimismo, estas circunstancias deberán hacerse públicas a través del tablón de anuncios del órgano de contratación, concediendo un plazo no superior a 5 días hábiles para que los licitadores los subsanen o corrijan ante la propia Mesa de Contratación. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición. De todos estos extremos se dejará constancia en el Acta que necesariamente deberá extenderse, al igual que los licitadores que se ajustan a los requisitos administrativos exigidos en este pliego.
Las ofertas que se consideren rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato, por lo que los restantes sobres de las mismas no podrán ser abiertos.
A continuación, se procederá a la apertura la documentación técnica (sobre “B”), pudiendo solicitar la Mesa a los Servicios Técnicos que emitan un informe en el que se evalúe las ofertas presentadas, junto a una propuesta de puntuación de conformidad con los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego.
Finalmente se procederá a la apertura del sobre “C”, levantándose a continuación un acta de la misma en el que se establecerán las puntuaciones que correspondan de conformidad con los criterios de adjudicación. Este acto se notificará previamente a los licitadores, ya que según las Instrucciones Internas de Contratación es un acto público.
La Mesa de Contratación, elevará propuesta de adjudicación junto con todas las actas e informes al órgano de contratación.
11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios que se tendrán en cuenta para proceder a la adjudicación serán los que se relacionan a continuación y se establecen teniendo en cuenta la valoración de la documentación que presenten los ofertantes.
A. Oferta técnica:
El proyecto de gestión de donativos, donaciones y aportaciones se valorará con hasta un
máximo de 55 puntos, desglosados de la siguiente forma:
- Metodología de trabajo (hasta 35 puntos), a su vez desglosados en:
o Se valorará con hasta 14 puntos el diagnóstico y la estimación de ingresos, primándose aquellas metodologías de las que se permita inferir que se tiene un conocimiento en profundidad tanto de la de la entidad contratante, de sus fines y del acontecimiento de especial interés público que será objeto de celebración en el contexto de la normativa reguladora de estos eventos, como de los potenciales donantes y patrocinadores, a la vista de lo cual la estimación propuesta de potenciables donantes, así como el importe estimado de recaudación propuesto, se considere real y coherente.
o Se valorará con hasta 10 puntos el apartado referente a la gestión de la recaudación, primándose aquéllas metodologías que propongan gestiones de recaudación realistas, eficaces y ágiles en todo su proceso administrativo, fiscal, etc.
o Se valorará con hasta 11 puntos el plan o esquema de trabajo, el plan de etapas y el cronograma propuesto, primándose las metodologías que establezcan un flujo de trabajo coherente y ágil entre el contratista, los donantes y la entidad contratante, del que se pueda colegir que el contratista asumirá todas las obligaciones inherentes al trabajo (redacción de contratos, trabajos de recaudación, etc.) y que el resto de agentes implicados no tendrán que asumir obligaciones ajenas al ingreso de donaciones (donantes) o control del proceso (entidad contratante).
- Equipo de trabajo (hasta 20 puntos).
Se valorará el equipo de trabajo en su conjunto hasta un máximo de 20 puntos primando los perfiles orientados a la captación de fondos privados, la adecuación de los perfiles a la tipología del evento, así como su incardinación en una estructura especializada y el apoyo que recibirán de la misma.
B. Oferta económica:
Porcentaje de remuneración que el licitador pretende percibir, con un máximo del 12% (IVA incluido): Hasta 55 puntos.
Para el cálculo de la puntuación se utilizará la siguiente fórmula:
P=P max. X (CE/CE max.) CE= 1 – 1/(1+B)
Siendo:
P= Puntuación obtenida por la oferta
P max.= Puntuación máxima de la oferta económica (30 puntos)
CE max.= valor máximo del coeficiente CE de las ofertas presentadas B= Baja de la oferta en tanto por ciento
La valoración final de las ofertas, que servirá de base a la Mesa de Contratación para realizar su propuesta al órgano competente, surgirá de la suma de las puntuaciones obtenida por los dos criterios de adjudicación expuestos.
En caso de empate en la puntuación total entre dos o más licitadores, la adjudicación se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, de conformidad con la disposición adicional cuarta, apartado segundo, del RDL 3/2011.
12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
De conformidad con el artículo 151 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo anterior. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la desviación de la oferta y precise las condiciones de la misma a los efectos de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 152 del TRLCSP, como requisito previo necesario para que pueda ser propuesta como adjudicataria. Recibida esta justificación, se dará traslado de la
misma a la unidad técnica competente a fin de que emita informe sobre si se entiende debidamente justificada o no la desviación de la proposición. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe evacuado, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la adjudicación, en su caso, a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
53.2. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego.
En cualquier caso, la adjudicación expresará motivadamente los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
La resolución de la adjudicación será publicada en el perfil de contratante del Circuito xx Xxxxx y será notificada a los candidatos y licitadores. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la
dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
De conformidad con el artículo 140 de la Ley 34/2010, el contrato se perfecciona mediante su formalización y se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona mediante su formalización.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en le art. 113 TRLCSP.
CIRJESA y la empresa que obtuviese la adjudicación deberán formalizar el contrato de servicio, dentro del plazo de quince días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, pudiendo el contratista solicitar la elevación del contrato a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuando por causas imputables al contratista no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Circuito xx Xxxxx podrá acordar la resolución del mismo, considerando que el adjudicatario ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
14. MODIFICACIÓN, CESIÓN, SUBCONTRATACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
A) MODIFICACIÓN: Perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo, por razones de interés público y para atender a causas imprevistas justificando debidamente su necesidad conforme a lo preceptuado en los artículos 105 a 108 del TRLCSP.
B) CESIÓN: Debido al propio objeto del contrato que obliga a que las cualidades técnicas o personales del adjudicatario-cedente, hayan sido razón determinante para la adjudicación no se autoriza la misma, conforme al art. 226 del TRLCSP.
C) SUBCONTRATACIÓN: Por la naturaleza y condiciones del objeto del contrato se deduce que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario en su totalidad, por lo que no es posible la misma, según preceptua el art. 227 del TRLCSP.
D) RESOLUCIÓN: El Circuito xx Xxxxx se reserva la facultad de resolver el contrato por cualquiera de las causas establecidas en los artículos 223 y 308 del RDL 3/2011. A mayores, se establecen las siguientes:
o Incursión del contratista durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones
o incompatibilidades señaladas en la normativa vigente.
o La reiteración de dos o más de las faltas por ejecución defectuosa y demora fijadas en el artículo 212 del RDL 3/2011.
o El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas fijadas en el presente pliego.
o El abandono de la prestación del servicio.
o La prestación del servicio de forma deficiente o sin la diligencia requerida.
Si por cualquiera de estas causas fuese necesario proceder a la resolución del contrato con algún adjudicatario, se consultaría a los demás licitadores, por si les interesara el contrato de éste en el mismo precio y condiciones. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, este deberá indemnizar al Circuito xx Xxxxx por los daños y perjuicios ocasionados.
A los efectos de resolución del contrato se estará a lo dispuesto en los artículos 224, 225 y 309 del RDL 3/2011, aplicándose supletoriamente la legislación civil.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario ejecutará el contrato con estricta sujeción a su clausulado, además de a las prescripciones técnicas y administrativas recogidas en los respectivos Pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación le diera el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados; así como de las consecuencias que se deduzcan para CIRJESA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se iniciará al día siguiente de la fecha de formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a CIRJESA y al contratista, y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada.
El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el adjudicatario se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento.
Además de las obligaciones generales derivadas del presente contrato, el adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
El incumplimiento de sus obligaciones no implicará responsabilidad alguna para CIRJESA.
16. ABONOS AL ADJUDICATARIO
El adjudicatario tendrá derecho al abono del porcentaje de remuneración ofertado sobre la cantidad aportada por donantes o patrocinadores por sus servicios.
La facturación se realizará aplicando el porcentaje de remuneración ofertado sobre cada cantidad efectivamente ingresada en cumplimiento de los contratos de donación/patrocinio firmados y aportados
La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo al precio-convenido, de los trabajos realmente efectuados, con sujeción al contrato suscrito y a las modificaciones aprobadas en su caso.
Dentro del mes siguiente de haber sido realizados los trabajos, se presentará la factura (por duplicado ejemplar, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido aunque como se ha indicado se encuentra dentro del porcentaje de remuneración ofertado) al Responsable del servicio para que de su conformidad, quien la trasladará a contabilidad, para que la tramite. La retribución se materializará en el plazo de treinta 30 días desde la fecha de facturación.
En caso que la factura no sea conforme se le devolverá al adjudicatario, quien deberá modificarla para ajustarla a lo convenido y volverla a presentar, iniciándose de nuevo el cómputo del plazo referido.
17. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx es de naturaleza privada, y se regirá por el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, por el de Prescripciones Técnicas, por el contrato que se firme y por la oferta presentada por quien resulte adjudicatario, en todo cuanto no contradiga las condiciones establecidas. En caso de discrepancias entre los documentos descritos, la prevalencia de unos sobre otros se establece en el mismo orden en que han sido relacionados. Revistiendo los documentos referidos carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario simultáneamente a la formalización del contrato, formando partes inseparable del mismo.
El contrato se regulará por la legislación civil y mercantil, y por el Real Decreto 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) el Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y por las instrucciones internas de contratación aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración el 28-03-12 y publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx en cuanto a su preparación y adjudicación.
Las cuestiones que pudieran surgir sobre cumplimiento o incumplimiento de las condiciones de este procedimiento y del contrato, rescisión o nulidad del mismo, serán resueltas por el Órgano de Contratación. De no conformarse el adjudicatario con la resolución que se adopte, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción ordinaria
de los Juzgados y Tribunales de Jerez de la Frontera, para lo cual el adjudicatario renuncia expresamente a su propio fuero, resultando competente el orden jurisdiccional civil de conformidad con el artículo 21.2 del RDL 3/2011.
En lo no previsto en este pliego se estará a lo que dispongan las “Instrucciones para la contratación no sujeta a regulación armonizada en el Circuito xx Xxxxx” a disposición de cualquier interesado en el perfil de contratante de la página web de la fundación (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx).
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx..., con DNI nº ...., en nombre y representación de …, con CIF …, o en nombre propio, con DNI (según corresponda),
domicilio en …, número de teléfono …, número de fax … y dirección de correo electrónico …, enterado del procedimiento convocado por el Circuito xx Xxxxx referente a la recaudación de los donativos, donaciones y aportaciones para el acontecimiento de excepcional interés público –Jerez Capital Mundial del Motociclismo-, declaro:
1º.- Que la empresa a la que represento tiene capacidad de obrar suficiente para contratar con el Circuito xx Xxxxx.
2º.- Que la representación en la que actúo se encuentra vigente, resultando que las facultades de representación no han sido revocadas ni anuladas.
3º.- Que la empresa a la que represento no está inhabilitada para contratar con el sector público, en los términos del artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, teniendo suficiente solvencia económica y técnica para llevar a cabo las prestaciones solicitadas por la convocatoria. Asimismo, la empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4º.- Que conozco el pliego de cláusulas administrativas y técnicas, aceptándolo íntegramente y comprometiéndome a acatarlo en caso de resultar adjudicatario. Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente declaración responsable
En…, a… de… de 2014.
Nombre y apellidos (y firma encima)”.
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx..., en nombre y representación de…, con CIF…, o en nombre propio, con DNI (según corresponda),
formulo proposición al procedimiento convocado referente a la recaudación de los donativos, donaciones y aportaciones para el acontecimiento de excepcional interés público
–Jerez Capital Mundial del Motociclismo- por un porcentaje de remuneración del… %, IVA Incluido.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firmo la presente oferta en…, a… de de 2014.
Nombre y apellidos (y firma encima)”.