Condiciones Generales de Venta Nexeo Plastics Spain SLU
Artículo 1º - General
Condiciones Generales de Venta Nexeo Plastics Spain SLU
Artículo 6º - Riesgos para la Salud y Seguridad
1. Las Condiciones Generales de Venta contempladas en el presente documento (las “Condiciones Generales”) serán de aplicación a 1) todas las ofertas, presupuestos y confirmaciones de pedido emitidas por Nexeo Plastics Spain SLU, o cualquier empresa de su mismo grupo (el “Proveedor”) y 2) todos los Contratos (según se define más adelante) entre el Proveedor y cualquier (potencial) comprador (“Comprador”).
2. “Confirmación de Pedido” significa la confirmación por escrito emitida por el Proveedor en la que consta su disposición de vender o suministrar al Comprador los productos y/o servicios descritos en la misma. “Pedido” significa el pedido oral o escrito del Comprador para la compra al Proveedor de cualesquiera productos y/o servicios.
3. Un contrato (“Contrato”) existirá siempre y cuando (i) el Proveedor confirme el Contrato por escrito mediante una Confirmación de Pedido, o (ii) aunque el Proveedor no haya enviado una Confirmación de Pedido, el Proveedor haya empezado a suministrar los productos y/o servicios y el Comprador no haya objetado por escrito de forma inmediata.
Hasta dicho momento, el Pedido no será vinculante para el Proveedor.
4. El Proveedor podrá retirar sus ofertas y presupuestos sin previo aviso y en cualquier momento antes del perfeccionamiento del Contrato entre Proveedor y Comprador.
5. No se aceptarán anulaciones de Pedidos ni la devolución de productos y/o servicios a crédito. El Pedido se considerará vinculante para el Comprador y abierto para aceptación por parte del Proveedor durante el plazo de validez especificado en el mismo o, en caso de no especificarse tal plazo, durante un plazo de 90 días desde la fecha de emisión. La anulación unilateral de un Pedido durante tal plazo por parte del Comprador no será válida.
6. Al celebrar un Contrato con el Proveedor, se considerará que el Comprador acepta estas Condiciones Generales como parte integrante del Contrato. Salvo pacto expreso y escrito en contrario con el Proveedor, estas Condiciones Generales prevalecerán sobre cualesquiera condiciones adicionales o contrarias a éstas que sean estipuladas o dispuestas por el Comprador.
Artículo 2º - Precios
1. Con anterioridad a la perfección del Contrato, los precios ofertados, presupuestados, publicados o comunicados por el Proveedor no serán vinculantes, sino que éstos podrán ser alterados en cualquier momento y sin previo aviso, y en particular, éstos podrán alterarse para reflejar cualquier aumento de coste sufrido por el Proveedor debido a la imposición o establecimiento por parte de cualquier autoridad gubernamental o por parte de cualquier autoridad de cualquier país de cualquier derecho, impuesto, arancel sobre la importación u otros.
2. Salvo pacto expreso en contrario establecido en el Contrato, los precios ofertados por el Proveedor excluyen impuestos, gastos de embalaje y de transporte y basados en la entrega de acuerdo con el Artículo 4 posterior.
3. Todas las ventas se facturarán con derechos, impuestos, aranceles u otros incluidos, así como con los gastos relativos a los trámites aduaneros relativos a la exportación.
Artículo 3º - Condiciones de Pago
1. Todos los pagos se realizarán en la moneda que se indica en la factura, dentro del plazo establecido, sin descuento ni compensación alguna bajo ningún concepto, salvo pacto en contrario especificado en la factura. El Comprador no podrá suspender sus obligaciones de pago.
2. Sin perjuicio de cualesquiera derechos contractuales o legales del Proveedor, el Proveedor podrá cobrar intereses de demora sobre las cantidades impagadas a un tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más ocho puntos porcentuales, aplicándose desde la fecha de vencimiento de la factura correspondiente hasta la fecha efectiva de pago. El Comprador también será responsable de todos los gastos y costes de cobro, ya sean estos judiciales o extrajudiciales. El Proveedor podrá retener o retrasar la entrega de productos y/o servicios al Comprador hasta que se haya producido el pago de cualesquiera cantidades adeudadas por el Comprador.
3. En el supuesto de que el Comprador no efectuara el pago dentro del plazo convenido, se considerará que existe incumplimiento contractual por parte del Comprador, sin necesidad de realizar requerimiento alguno al respecto. Se considerará como fecha efectiva de pago la fecha que conste en los extractos bancarios del Proveedor.
Artículo 4º - Entrega, Titularidad y Riesgo
1. Los productos y/o servicios deberán ser entregados en las premisas del Proveedor de acuerdo con la modalidad Ex Works de los Incoterms 2010, salvo cualquier otra condición específica de entrega de productos recogida en el Contrato. En caso de contradicción entre los Incoterms y cualquier condición de este Contrato, prevalecerá el Contrato.
2. El Proveedor se esforzará al máximo en entregar los productos y/o servicios en el plazo de entrega convenido. No obstante, y hasta el máximo alcance permitido por ley, el Proveedor no se hará responsable bajo ningún concepto del incumplimiento de la fecha de entrega. El Proveedor podrá realizar entregas parciales.
3. Los pesos y medidas del Proveedor prevalecerán a menos que se compruebe que estos son incorrectos.
4. El Comprador inspeccionará la cantidad y calidad de los productos y/o servicios inmediatamente a su entrega por parte del Proveedor. Cualquier queja referente a los productos y/o servicios o cantidad de los mismos, se notificará al Proveedor durante un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de entrega. En el caso de que el Proveedor no reciba dicha notificación dentro del plazo referido, se entenderá que todos los productos y/o servicios se han entregado en la cantidad convenida y sin daños visibles.
5. La propiedad de todos los productos suministrados por el Proveedor se transmitirá al Comprador de acuerdo con los Incoterms. El Proveedor podrá establecer una garantía en relación con los productos hasta que el Comprador efectúe el pago total del precio de venta y cualesquiera cantidades adeudadas al Proveedor en relación con todos los productos y/o servicios suministrados de acuerdo con lo aquí previsto.
6. El riesgo de pérdida y daño sobre los productos se transmitirá al Comprador en el momento de la entrega de los mismos al Comprador de acuerdo con los Incoterms. El Comprador asume todos los riesgos y responsabilidades y acuerda cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables en relación con el uso, almacenaje, tenencia y reventa de los productos. El Comprador garantiza que ha verificado independientemente la adecuación de los productos y/o servicios para el uso al que pretende destinarlos el Comprador.
Artículo 5º - Embalaje
Cuando el Contrato estipule que el embalaje de los productos continúa siendo propiedad del Proveedor, o que éste deba devolverse al Proveedor, el Comprador deberá devolver dicho embalaje vacío, a su propio coste y riesgo, a la dirección que le indique el Proveedor. Asimismo, el Comprador informará al Proveedor de la fecha de envío. Cualquier embalaje que no sea devuelto al Proveedor en buenas condiciones dentro de un plazo razonable, deberá ser pagado por el Comprador al coste habitual de reposición del Proveedor.
1. El Comprador reconoce que los productos suministrados bajo cualquier Contrato pueden resultar peligrosos para la salud humana y/o para el medio ambiente.
2. El Comprador se familiarizará y será responsable de mantener perfectamente informado tanto a sí mismo como a toda persona implicada en la manipulación de los productos, desde el momento de la entrega de los mismos por parte del Proveedor, respecto de la naturaleza de los riesgos para la salud y/o el medio ambiente así como sobre la manipulación adecuada y segura de los productos.
Artículo 7º - Garantía
1. El Proveedor garantiza que los productos y/o servicios suministrados son conformes en el momento de su entrega con las especificaciones técnicas del propio Proveedor o su fabricante o de otro modo expuestas en el Contrato. El Proveedor no otorga ninguna otra garantía, ya sea explícita o implícita, respecto de los productos o servicios. Se excluyen expresamente cualesquiera garantías que puedan ser de aplicación de acuerdo con cualesquiera leyes o reglamentos, incluidas las garantías de comerciabilidad o idoneidad para un determinado uso o finalidad.
2. Si los productos entregados no fueran conformes con las especificaciones en el momento de su entrega y el Comprador haya notificado al Proveedor de conformidad con el Artículo 4, el Proveedor podrá, a su coste y discreción, bien sustituir los productos no conformes entregando la misma cantidad de productos que sí cumplan las especificaciones, o bien emitir una nota de abono a favor del Comprador por el valor facturado por los Productos no conformes.
Artículo 8º - Responsabilidad
1. Cualquier responsabilidad del Proveedor, contractual o de otro tipo, se limitará a:
i. los remedios establecidos en el Artículo 7 en el caso en que el Contrato sólo contemple la entrega de productos, o
ii. el 50% de la facturación total del Proveedor al Comprador, a excepción del IVA y abonos, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha en que el Proveedor recibiera la reclamación por escrito, si el Contrato se refiereúnicamente la prestación de servicios. .
2. El Comprador indemnizará y mantendrá indemne al Proveedor de cualquier reclamación de terceros realizada en conexión con la ejecución de cualquier Contrato.
3. El Proveedor no podrá, en ningún caso, ser responsable de cualquier pérdida o daño de cualquier tipo (incluyendo sin limitación pérdidas de beneficios o lucro cesante) producido de forma indirecta, consecuencial o incidental.
4. Sin perjuicio de lo anterior, nada limitará o excepcionará la responsabilidad del Proveedor por muerte o daños personales causados por negligencia grave o dolo del Proveedor o sus empleados.
Artículo 9º – Fuerza Mayor
El Proveedor no será responsable por el retraso o incumplimiento de cualquier condición incluida en cualquier Confirmación de Pedido, Contrato o de cualquier otra obligación, en tanto en cuanto tal retraso o incumplimiento tenga su origen en o sea resultado de cualquier acontecimiento fuera del control del Proveedor, incluyendo sin que sea limitativo: (i) huelgas y disturbios laborales, (ii) indisponibilidad o escasez de materias primas o material auxiliar, (iii) problemas de transporte, (iv) en aquellos casos en los que el Proveedor no sea el fabricante de cualquier producto, o proveedor de cualquier servicio vendido al Comprador, incumplimiento del suministro por parte de su suministrador habitual por cualquier motivo, así como cualquier modificación de dicho producto por el fabricante que no fuera prevista por el Proveedor en el momento de realizar la oferta, presupuesto o Confirmación de Pedido.
Artículo 10º - Confidencialidad
Cualquier información o datos técnicos, comerciales, económicos o de otra índole relacionada con el negocio del Proveedor, incluyendo sin que sea limitativo, sus fórmulas, especificaciones de producto, servicios, planes, programas, procesos, productos, costes, operaciones y clientes, que puedan llegar al conocimiento del Comprador, las empresas de su grupo, directivos o empleados en el cumplimiento del Contrato será tratada como propiedad confidencial del Proveedor y el Comprador se abstendrá de utilizar tal información o datos salvo que sea en beneficio del Proveedor en el desarrollo del Contrato. Dicha información confidencial no podrá divulgarse a terceros, incluidos agencias gubernamentales u otras autoridades, durante o con posterioridad al plazo de vigencia del Contrato, salvo que se haya obtenido el consentimiento previo y escrito por parte del Proveedor en cada caso. Cualquier información confidencial facilitada por el Proveedor al Comprador por escrito o en cualquier otro medio tangible se devolverá al Proveedor o bien a la primera petición del Proveedor en este sentido o a la terminación del Contrato.
Artículo 11º - Ley Aplicable y Controversias
1. Cualesquiera contratos o documentos a los cuales sean de aplicación estas Condiciones Generales se regirán exclusivamente por las leyes de España.
2. Cualquier controversia que pudiera surgir en relación con cualquier contrato o documento a los cuales sean de aplicación estas Condiciones Generales se someterá a la competencia exclusiva de los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona (España).
3. Se excluye explícitamente la aplicabilidad de la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG, 1980).
Artículo 12º - Miscelánea
1. Todos los contratos serán vinculantes y redundarán en beneficio de los respectivos sucesores y cesionarios autorizados de cada parte. El Comprador no podrá ceder en todo o en parte, cualquier contrato sin el consentimiento por escrito del Proveedor.
2. Si alguna de las partes renunciara a alguno de los derechos derivados del contrato o de cualquier incumplimiento de la otra parte, dicha renuncia no podrá en modo alguno interpretarse como renuncia a cualquier otro derecho derivado del contrato o de cualquier incumplimiento de la otra parte, aun cuando sean similares.
3. La ilicitud, invalidez o ineficacia de cualquiera de las secciones, sub-secciones, frases y cláusulas del contrato no afectará a la eficacia del resto, siempre que los derechos y obligacion es de las partes derivados del Contrato no se vieran afectados de forma esencial.
4. El presente contrato contiene todas las manifestaciones y los acuerdos entre las partes y está destinado a ser la expresión final del mismo, a pesar de cualquier manifestación, conducta o prestación o declaración en sentido contrario hecha por cualquiera de las partes. Este contrato sólo puede ser enmendado o modificado por acuerdo escrito de las partes.
Revisado 15 xx Xxxxxx de 2019