CONTRATO DE REPRESENTACIÓN
CONTRATO DE REPRESENTACIÓN
De una parte EL DERECHOHABIENTE, titular de los derechos de propiedad intelectual sobre la obra del autor .
Nombre: N. I. F:
Núm. c/c:
Domicilio: Tfno:
E-mail:
De otra parte
“A + V AGENCIA DE CREADORES VISUALES, S.L.”, representada por D. Xxxxxx X. Xxxxxxxx, en su condición de Con- sejero Delegado, con C.I.F. número B-87.326.138 y domicilio social en la Xxxx. xx Xxxxxxx Xxxxxxx 00, Xxxxxx 0x, 00000 xx Xxxxxx. En adelante A+V.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para obligarse en los términos y condiciones correspondientes a las categorías de mandato y prestación de servicios descritas en cada casilla seleccionada por EL DERECHOHABIENTE:
LICENCIAMIENTO DE DERECHOS
1. Objeto
EL DERECHOHABIENTE confiere a A+V mandato para que en su nombre y representación negocie, otorgue y gestione el cobro a través de la cuenta titularidad de A+V de los siguientes tipos de licencias de derechos para la explotación de las obras autoría de :
Licencia Editorial. Derecho de reproducción y distribución de sus obras en soporte editorial impreso, electrónico o digital (a título enunciativo, libros, periódicos, revistas, fascículos, diccionarios, guías, folletos, catálogos, postales, tarjetas, pos- ters, carteles, lonas, banderolas, paneles, vinilos, muppis, libro electrónico, digital, audio-guía, etc.).
Licencia Multimedia. Derecho de reproducción y distribución de las obras en soporte multimedia (CDROM, CDR, DVD y similares).
Licencia Merchandising. Derecho de reproducción y distribución de las obras en productos de merchandising (agendas, calendarios, tarjetas, productos textiles, pins, llaveros, cerámica y análogos).
Licencia Audiovisual. Derecho reproducción o fijación de las obras en producciones audiovisuales (películas, documenta- les, anuncios publicitarios, programas televisivos y análogos) para su comunicación pública en medio analógico o digital y la distribución de copias en soporte físico, electrónico o digital.
Licencia Web. Derecho de reproducción y puesta a disposición del público de las obras a través de redes digitales -como internet- y redes móviles.
2. Exclusividad
✔ EXCLUSIVIDAD. Seleccione esta casilla si concede el mandato con carácter exclusivo a favor de A+V; de modo que durante la vigencia de este contrato no podrá encomendar a ningún tercero la gestión confiada a A+V.
NO EXCLUSIVIDAD. Seleccione esta casilla si concede el mandato con carácter no exclusivo.
3. Ámbito territorial
El mandato conferido se extiende para el territorio de:
España. ✔ Todos los países del mundo.
4. Remuneración
Como contraprestación A+V percibirá el veintitrés con dos por ciento (23,2%) del precio de cada licencia si el mandato es exclusivo y el treinta y tres por ciento (33%) si el mandato es no exclusivo.
CONTRATACIÓN SINGULAR
1. Objeto
EL DERECHOHABIENTE confiere a A+V mandato para que en su nombre y representación negocie, otorgue y gestione el cobro a través de la cuenta titularidad de A+V de contratos relativos a las obras y derechos de autor; tales como cesión de derechos, galería o exposición y venta de obra, arrendamiento de obra bajo la modalidad de comodato, transformación de obra, etc.
2. Exclusividad
✔ EXCLUSIVIDAD. Seleccione esta casilla si concede el mandato con carácter exclusivo a favor de A+V; de modo que durante la vigencia de este contrato no podrá encomendar a terceros la gestión confiada a A+V.
NO EXCLUSIVIDAD. Seleccione esta casilla si concede el mandato con carácter no exclusivo.
3. Remuneración
En contraprestación A+V percibirá el veinte por ciento (20%) del precio que se estipule en el “contrato singular” si el mandato es exclusivo y el treinta por ciento (30%) si el mandato es no exclusivo.
4. Liquidación y pago
La liquidación y pago al DERECHOHABIENTE serán realizados dentro de los 30 días siguientes al cobro por A+V de las cantidades pactadas en el “contrato singular”.
GESTIÓN DEL DERECHO DE PARTICIPACIÓN
1. Objeto
EL DERECHOHABIENTE confiere y otorga a A+V mandato en exclusiva para que en su nombre y representación tramite y gestione el cobro a través de la cuenta titularidad de A+V del derecho de participación en el precio de reventa de las obras de autoría de .
2. Ámbito territorial
El mandato conferido se extiende para el territorio siguiente:
España, al amparo de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, o
✔ Todos los países del mundo que reconozcan legalmente el derecho de participación. La tramitación y gestión de cobro será realizada bien directamente por A+V o bien indirectamente a través de las entidades de gestión en aquéllos países en los que el derecho de participación es de gestión colectiva obligatoria.
3. Remuneración
En contraprestación A+V percibirá el veintitrés con dos por ciento (23,2%) del importe que en nombre del DERECHO- HABIENTE cobre en concepto de derecho de participación correspondiente en la reventa de cada obra.
DERECHOS DE GESTIÓN COLECTIVA OBLIGATORIA
1. Objeto
EL DERECHOHABIENTE confiere a A+V mandato en exclusiva para que le represente ante cualesquiera entidades de gestión de derechos de autor en el ejercicio de cuantos derechos le conceda como heredero de los derechos del autor la legislación de propiedad intelectual y la normativa estatutaria de aquéllas. Concretamente, el
DERECHOHABIENTE confiere a A+V mandato irrevocable durante el periodo de duración de este contrato para que en su nombre y representación tramite y gestione el cobro a través de la cuenta titularidad de A+V de los siguientes derechos de gestión colectiva obligatoria:
• Derecho de compensación equitativa por copia privada previsto en el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Pro- piedad Intelectual (TRLPI).
• Derecho de remuneración por préstamo en bibliotecas de titularidad pública y demás instituciones previsto en el artículo
37.2 TRLPI.
• Derechos de remuneración correspondientes al alquiler de grabaciones audiovisuales y a la comunicación pública de las obras audiovisuales previstos en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 90 TRLPI.
• Derecho de remuneración correspondiente a la comunicación pública por cable previsto en el artículo 20.4 TRLPI.
• Así como cuantos derechos equivalentes o análogos a los anteriores prevea la legislación nacional o extranjera.
2. Ámbito territorial
El mandato conferido se extiende a todos los países del mundo.
3. Remuneración
Como contraprestación A+V percibirá el veinte por ciento (20%) de las cantidades liquidadas por las entidades de gestión.
ASESORAMIENTO JURÍDICO
1. Objeto
A+V prestará al DERECHOHABIENTE el servicio de asesoramiento legal en materia de propiedad intelectual, atendien- do a las consultas formuladas por éste a través de los siguientes medios:
Telefónico, al número de teléfono 00 000 00 00 ó 00 000 00 00.
Electrónico, a la dirección de correo electrónico xxxx@xxxxx.xx o rellenando el formulario de consulta habilitado en nues- tro sitio web xxx.xxxxx.xx.
Presencial, en cualquiera de nuestras dos (2) sedes, previa cita.
El servicio comprende el examen de documentación y antecedentes del caso objeto de consulta y la elaboración de docu- mentos sencillos, tales como cartas, requerimiento y minutas para actas notariales.
Las consultas serán evacuadas de lunes a viernes en horario de mañana (9:30 a 14:00) y quedarán sujetas a un límite de tres (3) horas mensuales de media en cómputo anual.
2. Remuneración
Este servicio será gratuito para el DERECHOHABIENTE que contrate el mandato de “licenciamiento de derechos” con exclusividad, “gestión del derecho de participación” y/o “derechos de gestión colectiva obligatoria”. Además, en tal caso, al DERECHOHABIENTE que desee plantear un proceso judicial de cuantía superior a ciento ochenta mil euros (180.000.- ¤) por vulneración de derechos de propiedad intelectual, se le aplicará un descuento del 50% de las Criterios de Honorarios xxx Xxxxxxx Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). En otro caso, el DERECHOHABIENTE abonará a A+V como contrapresta- ción por el servicio de asesoramiento jurídico el importe de trescientos cincuenta (350.- ¤) mensuales.
CLÁUSULAS COMUNES
1. Obras
La referencia a “las obras” recogidas en cualquiera de las anteriores modalidades de mandato se entiende referida a todas las obras autoría de , salvo indicación expresa en contrario por el DERECHOHABIENTE.
El DERECHOHABIENTE manifiesta que ostenta la titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre las obras de autoría de objeto de cualquiera de las modalidades de mandato contratado y dejará indemne a A+V de cualquier reclamación de terceros derivada de la misma, asumiendo toda responsabilidad y todos los gastos, costas y cargas pecuniarias que de ello pudieran derivarse con motivo de acciones o reclamaciones, judiciales o extrajudiciales.
A+V se compromete a velar por el respeto de los derechos xxxxxxx del autor e informará al DERECHO- HABIENTE de cualquier infracción de los mismos realizada por terceros tan pronto tenga conocimiento.
2. Duración
El presente contrato tendrá una duración de dos (2) años, prorrogables por periodos anuales salvo denuncia expresa del
DERECHOHABIENTE formalizada por escrito con un plazo de preaviso de tres (3) meses.
3. Liquidación y forma pago
En cualquier modalidad de mandato, salvo la “contratación singular”, A+V liquidará al DERECHOHABIENTE en periodos de tres (3) meses naturales mediante un pormenorizado estado de cuentas que reflejará los cobros percibidos y el remanente para el DERECHOHABIENTE una vez descontada la remuneración aplicable. Las liquidaciones se cerrarán al final de los meses xx xxxxx, junio, septiembre y diciembre y serán enviadas dentro de los quince (15) días siguientes al cierre de cada periodo a la dirección de correo electrónico del DERECHOHABIENTE, haciéndosele efectivo el pago dentro de los treinta
(30) días siguientes en su número de cuenta bancaria.
4. Aceptación mandato
A+V acepta el mandato conferido en todos los términos y condiciones estipuladas y se compromete a cumplirlo con la máxima lealtad y diligencia exigible conforme a lo dispuesto en los artículo 1.718 y siguiente del Código Civil.
5. Poder notarial
Cuando para la debida ejecución del mandato otorgado fuere preciso o conveniente, el DERECHOHABIENTE otorgará el poder notarial a favor de A + V que éste le requiera con las facultades suficientes para que pueda suscribir en su nombre y representación las licencias y contratos necesarios para el cumplimiento del mandato encomendado.
6. Protección de datos
Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se informa que los datos de carácter personal que se recogen en este contrato y los que se faciliten en el futuro serán incorpora- dos en los ficheros titularidad de A+V inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos y serán objeto de tratamiento con el fin de gestionar la modalidad de mandato contratado y, para este fin, podrán ser comunicados a terceros, usuarios y entidades de gestión, a cuyos efectos el DERECHOHABIENTE presta su consentimiento expreso. En todo momento podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales por correo electrónico a xxxx@xxxxx.xx o comunicación escrita a la Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 00, 0x Xxxxxx, 00000-Xxxxxx.
En prueba de conformidad y aceptación de los términos y condiciones del presente contrato, lo firman ambas partes en todas sus hojas por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados
A + V
Agencia de Creadores Visuales. El derechohabiente.
D. Xxxxxx X. Xxxxxxxx