Seguro de Autos
SEGUROS
Condiciones Generales
Seguro de Autos
Campo | Descripción del formato | Clausulado | Nota técnica |
1 | Fecha a partir de la cual se utiliza | 22/02/2022 | 27/08/2021 |
2 | Tipo y número de la entidad | 1318 | 1318 |
3 | Tipo de documento | P | NT-P |
4 | Ramo al cual accede | 03 | 03 |
5 | de la proforma | F-13-18-0040-242 | N-13-18-0040-008 |
6 | Canal de comercialización | D00I |
Seguro de Autos
• Plan Autos Básico
• Plan Autos Clásico
• Plan Autos Global
En este documento encontrarás todas las coberturas, derechos y obligaciones que tu tienes como asegurado, y los compromisos que XXXX adquirió contigo por haber contratado tu Seguro de Autos.
Este clausulado está dirigido al asegurado
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Contenido
Sección 1 - Coberturas principales
1. Daños a terceros
2. Gastos de defensa judicial
Sección 2 - Coberturas opcionales
1. Daños
2. Hurto
3. Accesorios y equipos especiales
4. Gastos de transporte
5. Alternativa de movilidad
6. Accidentes al conductor
7. Accidentes a ocupantes
8. Cobertura viaje
9. Nuevo de Nuevo
10. Daño o perdida del cargador
de los carros eléctricos o hibrido enchufables
Sección 3 - Exclusiones para todas las coberturas
1. Exclusiones Autos
Sección 4 - Otras condiciones
1. Inicio de cobertura
2. Lugares de cobertura
3. Vigencia y renovación
4. Prima
5. Valor asegurado
6. Deducible
7. Pérdidas totales y parciales
8. Obligaciones en caso de siniestro
9. Reclamación y pago de la indemnización
10. Salvamento
11. Recobro a terceros
12. Independencia de coberturas
13. Amparo patrimonial
14. Compensacion
15. Terminación del contrato
16. Notificaciones
Sección 5 - Asistencia
1. Servicios en caso de lesiones, enfermedad o muerte en el carro asegurado
2. Servicios en caso de que el carro no funcione.
3. Servicio de asistencia jurídica
4. Exclusiones
5. Solicitud de asistencia
6. Reembolso en casos excepcionales
Sección 6 - Glosario
1. Accidente
2. Accidente de tránsito
3. Beneficiario
4. Equipaje
5. Hurto
6. Pérdida permanente de capacidad laboral
7. Pérdida de manos y pies
8. Pérdida de visión, audición y habla
9. Siniestro
10. Viaje
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Sección 1 - Coberturas principales
1.DANOS A TERCEROS
1.1. Cobertura
SURA pagará los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que sean consecuencia de daños que le causes a otra persona o a sus bienes, derivados de un accidente con:
a) El carro asegurado cuando tú lo estabas manejando.
b) El carro asegurado cuando lo estaba manejando una persona a la que se lo prestaste.
c) El carro asegurado cuando se haya desplazado solo o se causen daños alcarro sin movimiento.
d) Un carro diferente xxx xxxxx asegurado si tú, tu esposo, tu esposa o tus hijos dependientes económicamente hasta los 25 años, lo estaban manejando debidamente autorizados.
Esta cobertura está condicionada a que tú o la persona que conduce el carro, sea civilmente responsable frente a la persona a la cual se le causaron los daños y que esta responsabilidad no se derive de un contrato.
Cuando manejes otro carro, esta cobertura está condicionada a que tú como asegurado, seas persona natural y que el carro que te prestaron no sea de tu propiedad o de tu esposo, tu esposa, o tus hijos; sin embargo éste deberá ser de la misma clase y servicio xxx xxxxx asegurado.
1.2. Exclusiones
SURA no pagará las indemnizaciones establecidas en esta cobertura cuando:
a) Los daños sean causados a cosas que estaban dentro xxx xxxxx asegurado en el momento del accidente o que estaban siendo transportadas por éste.
b) Los daños y perjuicios sean causados a miemrbos de tu familia o de la persona a la que le prestes el carro asegurado. Son miembros de una
familia: los esposos, compañeros permanentes, hijos, padres, hermanos y tíos. Tampoco están cubiertos los daños causados a tus cosas.
c) Los daños sean causados al carro que estabas manejando debidamente autorizado.
2. GASTOS DE DEFENSA JUDICIAL
2.1. Cobertura
Si un tercero te presenta, a ti o a la persona a la que le prestaste el carro, una reclamación extrajudicial o judicial, sea civil o penal, por un accidente amparado por la cobertura de daños a terceros, SURA les asignará un abogado que los defienda y hará las investigaciones y reconstrucciones de los hechos que sean necesarias para su defensa, cubriendo todos los costos que ello implique.
Si prefieres nombrar un abogado directamente, SURA te reembolsará su costo hasta el límite del valor asegurado siempre y cuando hayas solicitado la aprobación previa xx XXXX.
Esta cobertura remplaza la cobertura de costos del proceso establecida en el artículo 1128 del Código de Comercio.
2.2. Exclusiones
Además de las exclusiones establecidas para la cobertura de daños a terceros, SURA no otorgará las prestaciones o pagará las indemnizaciones establecidas en esta cobertura cuando tú o la persona a la que le prestaste el carro, afronten un proceso judicial sin la autorización xx XXXX.
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Sección 2 - Coberturas opcionales
1. DAÑOS
1.1. Cobertura
SURA te pagará, según lo que hayas contratado, la pérdida total o parcial delcarro asegurado y de sus accesorios, causadas por daños materiales que sean consecuencia directa de:
a) Accidente, esto es, un hecho súbito e imprevisto independiente de la voluntad del conductor.
b) Actos malintencionados de terceros, excepto xxxxx e intento de hurto.
c) Terrorismo.
d) Eventos de la naturaleza como terremotos, incendios, inundaciones, entre otros.
1.2. Exclusiones
No estarán cubiertas las pérdidas que sean consecuencia directa o indirecta de:
a) Daños eléctricos, electrónicos, mecánicos e hidráulicos, siempre y cuando sean consecuencia de alguna de las siguientes causas:
I. Uso o desgaste natural xxx xxxxx o la fatiga del material en las piezas del mismo.
II.Deficiencias del servicio de reparación, lubricación o mantenimiento. Si dichos daños dan lugar a un volcamiento, choque o incendio las pérdidas estarán cubiertas por este seguro, salvo el costo de reparación de la pieza que dio lugar al accidente.
b) Daños por falta o insuficiente lubricación o refrigeración incluyendo daños mecánicos o hidráulicos ocurridos al motor, a la caja de velocidades y a la caja de dirección xxx xxxxx.
c) Xxxxx por mantener encendido el carro, seguir conduciéndolo o ponerlo en marcha después de ocurrido un siniestro sin antes haber realizado las reparaciones técnicas necesarias.
2. HURTO
2.1. Cobertura
SURA te pagará, según lo que hayas contratado, la pérdida total o parcial xxx xxxxx asegurado causadas por su desaparición, como consecuencia de hurto, así como los daños materiales derivados de un intento de hurto.
Servicios adicionales
Grúa y protección xxx xxxxx
Una vez el equipo de reclamaciones Sura autorice la reparación o indemnización de tú vehículo bajo alguno de las coberturas contratadas: pérdida parcial o total daños, o hurto según sea el caso, SURA reembolsará los gastos cuando cumplas
con los siguientes requisitos:
a) Entregando los soportes de pago del servicio, es decir facturas legalmente expedidas y validadas por la compañía.
b) Los gastos de desplazamiento se cubrirán hasta el taller
de reparaciones o parqueadero más cercano al lugar del evento.
c) Cada desplazamiento debe ser autorizado por SURA a través de la línea #888. *El reembolso dependerá que los servicios de asistencia estén agotados o no disponibles, por ello debes llamar a nuestra línea para su autorización previa)
Recuerda que el tope máximo del reembolso por los gastos
de traslado será máximo de tres (3) salarios mínimos mensuales vigentes al momento del siniestro, acorde al precio de transporte o parqueaderos manejados en el mercado, se indemniza acorde al valor promedio de este tipo servicios aprobado por Sura.
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Parqueadero
En el Plan Auto Global, SURA te reembolsará los gastos de parqueadero cuando, como consecuencia de un evento cubierto el carro sea llevado al sitio que determine la autoridad competente, con un límite máximo de 15 días calendario y hasta por un salario mínimo diario legal vigente por día de estacionamiento.
Traspaso
En el Plan Auto Global, en caso de pérdida total por daños o hurto, según lo que hayas contratado, SURA te pagará los costos de traspaso y, si es necesario, cancelación de matrícula hasta un límite de 60 salarios mínimos legales diarios vigentes. Los valores asumidos por SURA no incluyen deudas que pudieras tener por impuestos, multas, embargos, entre otros y requiere que la matrícula xxx xxxxx esté a tu nombre.
3. ACCESORIOS Y EQUIPOS ESPECIALES
3.1. Cobertura
Si el carro asegurado tiene accesorios o equipos especiales, incluyendo blindaje, que no sean necesarios para su funcionamiento normal y que sean diferentes a aquellos con los cuales venía al salir de la fábrica, SURA te pagará su pérdida de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Que se hayan inspeccionado.
b) Que se hayan asegurado explícitamente.
c) Que se encuentren instalados y fijos en el carro
d) En el caso de blindaje, que no supere el valor comercial xxx xxxxx.
Estos accesorios y equipos quedarán cubiertos bajo las mismas coberturas contratadas para el carro.
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Si presentas reclamación, SURA pagará en el Plan Autos Global, el reemplazo de las llaves de tu carro en caso que se pierdan o se dañen, sin aplicar ningún deducible. SURA te pagará máximo dos reemplazos de llaves durante la vigencia del seguro. Lo anterior, no aplica para otros productos.
3.2. Exclusiones
A esta cobertura le aplican las mismas exclusiones que a la cobertura de daños.
4. GASTOS DE TRANSPORTE
4.1. Cobertura
Puedes contratar solo una de las siguientes coberturas de gastos de transporte por no poder usar el carro asegurado por accidente o hurto.
a) SURA te pagará por pérdida total daños, o pérdida total hurto, según lo hayas contratado, desde el día siguiente al momento de la reclamación, una suma diaria hasta por 30 días calendario.
b) SURA te pagará una suma única por la pérdida parcial o total, por daños o hurto delcarro, según lo que hayas contratado.
4.2. Exclusiones
A esta cobertura le aplican las mismas exclusiones que a la cobertura de daños.
5. ALTERNATIVADE MOVILIDAD
Si contrataste la cobertura de pérdida por daños o hurto
y adicionalmente alternativa de movilidad, SURA te ofrecerá un portafolio de opciones compuesto por carro, vales de taxi, vehículos de micromovilidad eléctrica (Carros Biplaza, Bicis, Motos o Patinetas Eléctricas), entre otros teniendo en cuenta
la disponibilidad en tu cuidad de circulación.
Ten presente que en caso de reclamación por daños, podrás usarla desde el momento que tu carro es trasladado en grúa o desde el día en que ingrese al taller, y hasta que te notifiquen que la reparación de tu carro por los daños derivados del siniestro ha finalizado,
sin que supere los días contratados (lo primero que ocurra).
En caso de reclamación por hurto, para usar tu alternativa
de movilidad deberás contar con la denuncia penal por el robo de tu carro. Si es una pérdida total podrás usarla hasta
que te indemnicen sin superar los días contratados.
Si deseas desistir de tu reclamación y usaste alguna de las alternativas, deberás asumir la totalidad del costo de la solución de movilidad directamente con el proveedor. Si tu reclamación es objetada deberás devolver la alternativa de movilidad a más tardar al día siguiente de la notificación enviada por SURA.
Los días contratados se reestablecen por cada reclamación presentada. Ten en cuenta que debes cumplir con las condiciones y garantías exigidas por el proveedor de la alternativa.
Es muy importante que tengas en cuenta que si deseas continuar con el uso de la alternativa luego de finalizada la reparación,
de haber recibido la indemnización, de haber agotado los días contratados o de haberte notificado la objeción, debes asumir el costo de cada día adicional con el proveedor.
La cobertura no aplica si tu carro es inmovilizado por una autoridad.
6. ACCIDENTES AL CONDUCTOR
6.1. Cobertura
Si tienes contratada la cobertura y como consecuencia de un accidentede tránsito, conduciendo elcarro asegurado, tú o la persona a la que se lo prestes, muere, se invalida o sufre una desmembración o una inutilización de una parte de su cuerpo, SURA pagará los porcentajes del valor asegurado que a continuación se indican:
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% a indemnizar | Evento |
100% | • Por muerte. • Por toda lesión que le produzca una pérdida permanente de capacidad laboral igual o superior al 50%. • Por la pérdida total e irrecuperable de la visión por ambos ojos. • Por la pérdida o inutilización total y permanente de ambas manos o de ambos pies o de una mano y un pie. • Por la pérdida total e irrecuperable de la visión por un ojo, conjuntamente con la pérdida o inutilización total y permanente de una mano o de un pie. • Por la pérdida total e irrecuperable del habla o de la audición por ambos oídos. |
7. ACCIDENTES A OCUPANTES
7.1. Cobertura
Si tienes contratada la cobertura al momento del accidente de
60% | • Por la pérdida o inutilización total y permanente de una mano o de un pie. • Por pérdida total e irrecuperable de la visión por un ojo. |
20% | • Por la pérdida o inutilización total y permanente del dedo pulgar de una de las manos. |
10% | • Por la pérdida o inutilización total y permanente de uno de los dedos restantes de las manos. • Por la pérdida o inutilización total y permanente de uno de los dedos de los pies. |
tránsito con el carro asegurado, y los ocupantes mueren, se invalidan o sufren una desmembración o una inutilización de una parte de su cuerpo, SURA pagará los porcentajes indicados en el númeral 6.1 de accidentes al conductor.
• Esta cobertura está condicionada a que la muerte, invalidez, pérdida o inutilización se haya presentado dentro de los 180 días
• Aplica límite por ocupante y hasta el cupo de pasajeros permitido
• La indemnización en caso de muerte será pagada al esposo o compañero permanente y a los herederos del fallecido; en los demás
siguientes al accidente de tránsito.
en la matrícula xxx xxxxx.
• El límite de valor asegurado de las coberturas 6 y 7 opera de manera independiente.
casos el beneficiario será el ocupante lesionado.
7.2. Exclusiones aplicables a la cobertura de accidentes al conductor y a ocupantes
Esta cobertura está condicionada a que la muerte, invalidez, pérdida o inutilización se haya presentado dentro de los 180 días siguientes al accidente de tránsito.
SURA no pagará las indemnizaciones establecidas en esta cobertura cuando la muerte, o una inutilización de una parte de su cuerpo.
a) Un evento diferente a un accidente de tránsito.
La indemnización en caso de muerte será pagada al esposo o compañero permanente y a los herederos del fallecido; en los demás casos el beneficiario será el conductor.
b) Suicidio o tentativa de suicidio o lesiones que tú, el pasajero o la persona a la que le prestaste el carro se cause a sí mismo, estando o no en uso normal de sus facultades mentales.
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8. COBERTURA DE VIAJE
8.1. Accidentes en viaje
Te cubre como asegurado si mueres, te invalidas o sufres una desmembración o una inutilización de una parte de tu cuerpo, cuando esta se dé como consecuencia de un accidente ocurrido durante tu viaje, SURA pagará a tus beneficiarios el valor asegurado, con las mismas condiciones de los anteriores porcentajes a indemnizar indicados en el numeral 6.1.
8.2. Gastos médicos por accidente en viajes
Si como consecuencia de un accidente ocurrido en tu viaje debes ser atendido en una institución médica en convenio, SURA coordinará y pagará los servicios médicos realizados hasta $1.500.000, sin exceder el valor asegurado de esta cobertura a la fecha del incidente.
Esta cobertura está condicionada a que los servicios médicos se hayan prestado durante tu viaje.
8.3. Gastos médicos por enfermedad en viajes
Si como consecuencia de una enfermedad no preexistente en tu viaje debes ser atendido en una institución médica en convenio, SURA coordinará y pagará los servicios médicos realizados hasta $1.500.000 sin exceder el valor asegurado de esta cobertura a la fecha del incidente.
Esta cobertura está condicionada a que los servicios médicos se hayan prestado durante tu viaje.
8.4. Renta por hospitalización en viajes
Si como consecuencia de un accidente o enfermedad no preexistente al momento de iniciar la vigencia de este amparo te hospitalizan por dos o más días durante tu viaje, SURA te pagará una renta por los días que resultes hospitalizado, sean continuos o discontinuos, siempre y cuando sea por la mismacausa y siempre sujetándose a un máximo de días establecido en las condiciones particulares.
8.5. Asistencias médicas en viajes
a) Urgencias odontológicas: SURA a través de su red de proveedores coordinará y pagará los gastos por atención de urgencias odontológicas en caso de infección o accidente.
b) SURA te prestará el servicio de orientación médica telefónica como primera atención encaso de enfermedad o accidente, y podrá a través de su red de proveedores, encaso de considerarlo necesario, coordinar el envío de un médico al lugar donde te encuentres para que seas atendido.
8.6 Equipaje protegido
Durante la vigencia de este seguro SURA te pagará la pérdida o retraso del equipaje documentado en la bodega de la compañía de transporte que hayas contratado para iniciar o finalizar tu viaje, hasta el valor máximo asegurado.
SURA pagará el 25% del valor máximo asegurado cuando el equipaje no sea entregado al llegar a tu destino y el 75% restante si no te lo entregan dentro de las 24 horas siguientes por compañía de transporte
Para esta cobertura debes tener en cuenta.
• El máximo a pagar para cada una de las coberturas de equipaje protegido estará limitado a las condiciones particulares y al valor máximo asegurado que hayas contratado para cada cobertura.
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• La cobertura inicia cuando hayas registrado tu equipaje y se encuentre bajo posesión, cuidado, custodia y control de la compañía de transporte contratada durante el viaje y termina en el momento que te sea entregado el equipaje o este sea declarado perdido.
• El equipaje retrasado o perdido debe ser notificado formalmente y de forma inmediata a la compañía de transporte contratada como requisito para activar la reclamación en SURA.
• Debes reportar la pérdida o el retraso del equipaje x XXXX en máximo 72 horas siguientes a tu llegada, informando el número de referencia del equipaje asignado y adjuntando el certificado de reclamo a la compañía de transporte.
• Esta cobertura solo cubre la pérdida total del equipaje, se limita a indemnizar por la pérdida o retraso de esta.
• El pago de esta cobertura es garantizado incluso si tu equipaje es devuelto por la compañía de transporte contratada después del tiempo acordado en la cobertura de pérdida.
• Esta cobertura se pagará independientemente de las indemnizaciones a las que tengas derecho por parte de la compañía de transporte contratada.
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8.7. Exclusiones para la cobertura de Equipaje
a) Cuando el equipaje no sea debidamente registrado ante la compañía de transporte contratada.
b) Cuando presentes la reclamación de manera fraudulenta o con apoyo de declaraciones falsas o si se emplean otros medios o documentos engañosos o dolosos.
c) Cuando la pérdida o el retraso sea acausa de una confiscación por contrabando, comercio ilegal, expropiación o entre otros actos realizados por alguna autoridad gubernamental o pública.
d) Cuando la pérdida o el retraso sea como consecuencia de ataques cibernéticos o terroristas.
e) Cuando la pérdida o el retraso sea acausa de una huelga o motín.
f) Cuando la pérdida o el retraso sea acausa de un embargo, destrucción bajo cuarentena o regulaciones aduaneras.
8.8. Hurto de documentos
SURA te pagara el valor asegurado en caso de hurto de los siguientes documentos: documento de identidad, licencia de conducción, tarjeta de propiedad del vehículo y libreta militar, siempre y cuando el hurto de los documentos acá mencionados haya ocurrido durante el viaje.
Para esta cobertura debes tener en cuenta.
• El máximo a pagar esta condicionado al valor máximo contratado.
• Esta cobertura no cubre ni pérdida ni daño de los documentos, se limita a indemnizar por el hurto de estos.
• Solitud de reembolso: debes realizar un denuncio formal ante la autoridad competente en el lugar de ocurrencia del hecho que acredite lo sucedido, el cual será solicitado por SURA para la reclamación.
En los siguiente casos SURA no te pagará las indemnizaciones acordadas:
a) Eventos que no configuren un hurto según la definición de este seguro.
b) Cuando presentes la reclamación de manera fraudulenta o con apoyo de declaraciones falsas o si se emplean otros medios o documentos engañosos o dolosos.
c) Por tú descuido y/o negligencia en el cuidado y custodia del bien asegurado.
d) Pérdida, extravío o simple desaparecimiento del bien asegurado.
e) Cuando el hurto del bien asegurado no se haya configurado durante el viaje.
8.9. Exclusiones cobertura viajes
SURA no te pagará las indemnizaciones acordadas para cada cobertura cuando los eventos cubiertos sean consecuencia directa o indirecta, total o parcial de:
a) Suicidio o intento de suicidio estando o no en uso de tus facultades mentales.
b) Intoxicaciones producto de sustancias sicoactivas.
c) El uso de vehículos o artefactos aéreos encalidad xx xxxxxx, estudiante de pilotaje, mecánico deaviación o miembro de la tripulación.
d) Viajes encalidad de conductor para un servicio público o especial
e) Guerra, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración xx xxxxxx, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, poder militar o usurpado, xxx xxxxxxx, motín o conmoción civil.
f) Fisión o fusión nuclear o radioactiva.
g) Enfermedades congénitas o lesiones, defectos físicos y enfermedades originadas o adquiridas antes de la contratación, salvo que no las conocieras.
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9. NUEVO DE NUEVO
Nuevo de Nuevo es una cobertura opcional y deberás tenerla contratada en tu plan.
SURA te indemnizará mediante REPOSICIÓN de un nuevo carro cero kilómetros bajo las siguientes condiciones:
a) Deberás contar con las coberturas de daños, perdida parcial y pérdida total.
b) SURA pagará la cobertura cuando los daños por la pérdida parcial
xxx xxxxx, superen el 20% y sea inferior o igual al 74% del valor referencia de la póliza.
c) Si el valor de los repuestos, la mano de obra necesaria para la
reparación y su impuesto a las ventas, tienen un valor inferior al 20% al valor xxx xxxxx, el carro será reparado en el taller que elijas de la red SURA por la cobertura de pérdida parcial daños. El porcentaje se define de acuerdo al ajuste técnico XXXX.
d) La cobertura aplica para carros cero kilómetros durante la primera
vigencia de la póliza.
e) SURA te pagará por reposición, es decir por otro carro cero kilómetros del mismovalor de referencia, inferior o superior. En caso de que sea superior, deberás pagar la diferencia. Si es inferior, se repondrá por el nuevo carro cero kilómetros y no habrá devolución de dinero.
f) Deberás hacer traspaso a nombre de Seguros Generales Suramericana
S.A.
g) Si la póliza se encuentra financiada, o cuente con pendientes de pago, deberá ser cancelada inmediatamente por parte del asegurado y la misma no podrá ser descontada de la base indemnización para el pago xxx xxxxx cero kilómetros.
9.1. Pago en caso de prenda
En caso que el carro asegurado tenga una prenda, aplicará esta cobertura siempre y cuando el acreedor prendario autorice el levantamiento de la misma, y acepte el cambio de garantía al nuevo carro, cuyo trámite deberá estar debidamente registrado ante el organismo de tránsito respectivo.
9.2. Aplicación de coberturas
a) La cobertura de gastos de transporte no aplica para la de nuevo de nuevo; sin embargo, en caso que tengas contratada la xxx xxxxx de reemplazo, podrás usarlo.
El carro de reemplazo podrás usarlo por los días contratados en la cobertura de pérdida parcial daños, desde el día hábil siguiente al momento de la reclamación, si tu carro no puede movilizarse y hasta que te entreguen tu carro nuevo, sin que supere los días contratados.
b) SURA pagará la cobertura en los casos en los cuales hubiese derecho
y una vez indemnizada, se deberá emitir una póliza nueva para el aseguramiento del nuevo carro.
c) SURA pagará también a través de nuevo de nuevo, en loscasos de
carros recuperados que afecten la cobertura de hurto, que los daños superen el 20% del valor xxx xxxxx y si has contratado la cobertura de hurto por perdidaparcial y pérdida total.
d) SURA pagará en nuevo de nuevo, los tramites de gestión de tránsito
por traspaso ocancelación, hasta 60 salarios mínimos legales diarios vigentes. Los valores asumidos por SURA no incluyen deudas que pudieras tener por impuestos, multas, embargos, entre otros los cuales deberás asumir, con el fin de que la matricula quede a nombre xx XXXX.
9.3. Exclusiones
Si hay algo que impide hacer el trámite de traspaso a nombre xx XXXX, no aplicaría la cobertura Nuevo de Nuevo y tu vehículo será reparado por la cobertura de daños.
Así mismo, a esta cobertura le aplican las mismas exclusiones de las condiciones generales del producto contratado.
Cero kilómetros
Es el carro que aún no ha salido de concesionario. Por ello deberás solicitar la póliza previo a la entrega xxx xxxxx en el concesionario.
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10.DANO O PÉRDIDA DEL CARGADOR DE LOS CARROS ELÉCTRICOS
O HÍBRIDO ENCHUFABLES
Aplica sólo para póliza global.
¿Qué cubre?
Si es robado del lugar donde estaba instalado.
Si tu cargador sufre un daño por: descarga eléctrica, golpes generados por un hecho involuntario, incendio y actos mal intencionados de terceros como hurto parcial y total o daños al elemento.
Si el cargador genera un daño a personas o a sus cosas,
está amparado bajo la misma cobertura de responsabilidad civil que tiene el vehículo.
¿Qué no cubre?
Mala remoción o desinstalación del cargador, mal mantenimiento, mala instalación, recalentamiento o fallas de fábrica, el cargador
no haya sido instalado con las recomendaciones de fábrica, filtraciones xx xxxxxx cualquier tipo incluidas de agua lluvia por inadecuada
instalación, daños por limpieza con chorros de agua o equipos
de limpieza. Adicional le aplican todas las demás exclusiones dadas para todos los vehículos.
Indemnización:
Ante el caso de indemnizar por el cargador, Xxxx suministrará al cliente un cargador de marca nacional, en el caso de que el cliente desee un cargador de la misma marca al anterior, el cliente deberá cubrir el excedente del costo.
Mínimas condiciones de instalación.
La estación se puede instalar en interiores o exteriores, siempre asegurando que esté protegida de las inclemencias del clima, donde no esté expuesta a la luz solar directa o lluvias directas o indirectas
La ubicación del cargador debe seleccionarse de acuerdo a las dimensiones del mismo (imagen), donde se debe calcular
el espacio para enrollar el cable alrededor del cargador cuando éste no esté siendo cargado
Seguir las recomendaciones de fábrica para el anclaje a la pared del cargador
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SECCIÓN 3 - EXCLUSIONES PARA TODAS LAS COBERTURAS
Además de las exclusiones particulares establecidas para cada cobertura, no estarán cubiertas las pérdidas cuando:
a) El carro sea retenido, embargado o decomisado por la autoridad, excepto que sea consecuencia de un evento cubierto.
b) El carro sea empleado para uso distinto al establecido en la carátula,
o se utilice para transporte remunerado de pasajeros, o se destine para la enseñanza de conducción o participe en competencias, demostraciones o entrenamientos automovilísticos de cualquier clase.
c) El carro xxxx a otro carro; sin embargo, sí tendrán cobertura de daños
a terceros aquellos carros no motorizados (remolques) que sean halados o cargados ocasionalmente por el carro asegurado, pero sin que estén cubiertos los daños al remolque y a la carga transportada.
d) Xxxxx arrendado o subarrendado el carro.
e) Xxxxx vendido o transferido la propiedad xxx xxxxx, sea que esta transferencia conste o no por escrito e independientemente de que haya sido inscrita o no ante la entidad que determine la ley.
f) En la reclamación exista mala fe o se presenten documentos falsos o
adulterados, por parte tuya, del conductor autorizado, del beneficiario o de la persona autorizada para presentar la reclamación.
g) Exista dolo por parte tuya o del conductor autorizado.
h) Xxxx causadas directa o indirectamente por guerra, declarada o no, actos de fuerzas extranjeras, reacción oradiación nuclear o contaminación radiactiva.
i) Xxxx causadas directa o indirectamente por estafa, abuso de
confianza o cualquier otro delito contra el patrimonio económico, de acuerdo a las definiciones del código penal, salvo el hurto si fue contratada esta cobertura.
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Sección 4 - Otras condiciones
1. INICIO DE COBERTURA
La protección establecida en las coberturas comienza a partir del momento en que haya sido estudiada la documentación, inspeccionado el carro, aceptada la solicitud de aseguramiento y expedida la póliza según el caso.
2. LUGARES DE COBERTURA
2.1. Cobertura de Autos
Las coberturas contratadas operan mientras el carro asegurado se encuentre en Colombia, Bolivia, Ecuador, Perú, Chile y Venezuela.
2.2 Cobertura en Viaje
Solo para Colombia
3. VIGENCIA Y RENOVACIÓN
La vigencia de este seguro será la establecida en la carátula y será renovado automáticamente por un periodo de un año. En caso de no desear continuar con el seguro, deberás dar aviso por escrito x XXXX..
4. PRIMA
Salvo que en la carátula se establezca un plazo diferente, la prima se debe pagar dentro del mes siguiente a la fecha en que comienza la cobertura del seguro o de los certificados individuales o anexos. El pago extemporáneo de la prima en caso xx xxxx no reactiva el seguro terminado automáticamente y en este evento la obligación xx XXXX se limita a la devolución del dinero entregado fuera del tiempo establecido.
5. VALOR ASEGURADO
El valor asegurado es el señalado en la carátula para cada cobertura y es el límite máximo que pagará SURA en caso de un siniestro.
Cuando SURA te pague una indemnización por una pérdida parcial o por daños a terceros, el valor asegurado de la cobertura afectada se restablecerá sin pago de prima adicional.
Para el valor asegurado de algunas de las coberturas aplican las siguientes reglas especiales:
5.1. PARA LA COBERTURA DE DANOS A TERCEROS
Además de las exclusiones establecidas para la cobertura de daños a terceros, SURA no otorgará las prestaciones o pagará las indemnizaciones establecidas en esta cobertura cuando tú o la persona a la que le prestaste el carro, afronten un proceso judicial sin la autorización xx XXXX.
Pago en exceso
Si se trata de un accidente en el cual se causa la muerte o lesiones personales a un tercero, SURA pagará en exceso de las indemnizaciones correspondientes al SOAT y a los pagos hechos por el Sistema de Seguridad Social.
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Acumulación de tus coberturas de daños a terceros
Si eres asegurado persona natural, tienes un siniestro conduciendo el carro asegurado; en primer lugar se afectará la cobertura de daños a terceros de dicho carro y en caso de agotamiento del límite del valor asegurado de ésta, podrá afectarse la cobertura, sólo de una de tus pólizas persona natural, de automóviles, donde aparezcas como asegurado con un carro de la misma clase y servicio.
5.2. Para la cobertura de gastos de defensa
Si aceptas que XXXX te asigne el abogado, SURA asumirá todo su costo independientemente de lo que cueste. Si prefieres nombrar el abogado directamente, SURA te reembolsará su costo hasta el límite del valor asegurado para ambos procesos.
En caso de que lo nombres directamente solo se reconocerán los honorarios de abogado con tarjeta profesional o con licencia temporal vigente que sean apoderados tuyos y que no hayan sido nombrados de oficio.
5.3. Para las coberturas de daños y hurto
El valor asegurado corresponde al valor comercial xxx xxxxx para lo cual se utilizará como referencia el que aparece registrado en la guía de valores “Fasecolda”. Cuando XXXX vaya a pagar una indemnización comparará este valor con los valores comerciales xxx xxxxxxx al momento del siniestro y se indemnizará de acuerdo a éste, sin que supere el valor referencia que aparece en carátula.
• Este valor es independiente del de los accesorios que se encuentren asegurados.
• El valor asegurado de dichos accesorios corresponde al que indique
la factura si son nuevos, o al que se determine en la inspección si son usados.
• Si se presentan diferencias entre el valor referencia de la carátula y
el valor comercial, donde éste último es menor en el momento del siniestro, se procederá a la devolución proporcional de la prima.
• SURA nunca pagará más del valor referencia de la carátula al
momento del siniestro.
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Recuerda que es tu deber informar x XXXX cualquier variación en el valor comercial de tu carro, la cual deberá ser aceptada por SURA
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En casos de pérdidas parciales que involucren accesorios adicionales, éstos se indemnizarán teniendo en cuenta las mismas características de los bienes asegurados. En los casos de pérdida total, se pagará por estos accesorios el valor establecido en la carátula, menos el deducible contratado.
5.4 Para el blindaje
El valor asegurado del blindaje, en ningún caso, podrá superar el valor referencia xxx xxxxx, y en cada renovación se depreciará un porcentaje de acuerdo a la política establecida por XXXX, sobre su valor asegurado.
El carro debe tener menos de 10 años para asegurar su blindaje. Después de 10 años de matriculado el carro, no se asegura, ni se renueva el blindaje.
6. DEDUCIBLE - VALOR QUE DEBES PAGAR EN CASO DE UN EVENTO
Si el deducible aparece en salarios mínimos, deberá calcularse con base en el que se encuentre vigente en la fecha de ocurrencia del siniestro.
El deducible de la cobertura de daños a terceros solo aplica para la indemnización por daños a bienes de terceros, no aplica para muerte o lesiones a personas.
El deducible es el monto o porcentaje de la pérdida que tú debes pagar, según el ajuste técnico xx XXXX. Está determinado en la carátula para cada cobertura y lo tendrás que asumir independientemente que tú o la persona a la que le hayas prestado el carro asegurado sea responsable o inocente.
8. OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO
Como asegurado, tienes las siguientes obligaciones:
a) Informar x XXXX inmediatamente tengas conocimiento de cualquier demanda, diligencia, carta, reclamación, notificación o citación que recibas y que se relacione con cualquier acontecimiento que pueda dar lugar a una reclamación.
b) Asistir y actuar con la debida diligencia en los trámites contravencionales y judiciales, en las fechas y horas indicadas en las respectivas citaciones y dentro de los términos oportunos.
c) Retirar el carro asegurado del lugar donde se encuentre una vez finalice la respectiva reparación, y se haya cancelado el valor del deducible en caso de que haya lugar a él; de igual forma cuando la reclamación haya sido objetada.
Si incumples cualquiera de estas obligaciones, SURA podrá cobrar el valor de los perjuicios que esto le cause. Así mismo, SURA no asumirá ningún tipo de responsabilidad ante dicho incumplimiento y podrá poner el carro a disposición de las autoridades.
7. PÉRDIDAS TOTALES Y PARCIALES
La pérdida de tu carro podrá ser total o parcial. La pérdida es total si el valor de los repuestos, la mano de obra necesaria para la reparación y su impuesto a las ventas, tienen un valor igual o superior al 75% del valor comercial xxx xxxxx al momento del siniestro, de lo contrario la pérdida es parcial.
En caso de una pérdida total, SURA pagará el valor comercial xxx xxxxx asegurado al momento del siniestro, máximo valor referencia, menos el deducible pactado.
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9. RECLAMACIÓN Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN
En caso de un siniestro cubierto por este seguro, tú o el beneficiario deberá solicitarle x XXXX el pago de las indemnizaciones a las que tenga derecho, acreditando la ocurrencia y cuantía de dicho siniestro. SURA pagará la indemnización a que está obligada, dentro del mes siguiente a ese momento.
Cuando reclames, deberás presentar el carro asegurado para inspección por parte xx XXXX, así como la versión de los hechos por parte del conductor y acompañar la reclamación de los siguientes documentos:
En caso de pérdidas por hurto, si antes de hacer el traspaso xxx xxxxx aparece o es recuperado, SURA solo te indemnizará los daños al carro que hayan sido consecuencia del intento de hurto.
a) Prueba sobre la propiedad xxx xxxxx o de tu interés asegurable en el mismo (tarjeta de propiedad o licencia de tránsito; en caso de no encontrarse ésta a nombre tuyo, contrato de compraventa o traspaso autenticado, anterior al inicio de vigencia del seguro).
b) Copia de la denuncia penal, si es el caso.
Recuerda que tú o el beneficiario cuentan con dos años para reclamarle x XXXX el pago de una indemnización, contados a partir del momento en que conocen o deben tener conocimiento de la ocurrencia del evento cubierto.
En caso de una pérdida total si el carro asegurado es último modelo, SURA te podrá ofrecer la opción de reponer el carro con uno de similares características siempre y cuando exista en el mercado y el valor asegurado sea suficiente.
Reposición en pérdidas totales de carros último modelo
c) Los demás que sean necesarios para demostrar la ocurrencia y cuantía.
9.2 Reglas aplicables a las coberturas de daños y hurto
Traspaso y cancelación de matrícula
En caso de pérdida total, para que SURA te pague la indemnización deberás traspasar el carro a nombre de Seguros Generales Suramericana S.A. y cancelar la matrícula en los casos en que sea necesario.
Si se concluye que hay lugar al pago de la indemnización, pero el carro asegurado no se encontraba a tu nombre, para que SURA te pague deberás traspasarlo primero a tu nombre y luego a nombre de Seguros Generales Suramericana S.A.
9.1 Reglas aplicables a la cobertura de daños a terceros
En relación con algunas de las coberturas debes tener en cuenta las siguientes reglas especiales:
En caso de un daño parcial xxx xxxxx, SURA pondrá a tu disposición una red de proveedores, de acuerdo al plan y le pagará el costo de la reparación o el reemplazo de piezas en los casos en que SURA lo considere necesario. Si las partes o accesorios para una reparación o reemplazo no se encuentran en el comercio local de repuestos, SURA te pagará el valor de las mismas según la última cotización del representante local autorizado de la fábrica o, si no lo hay, del último almacén que los haya tenido.
Reparación de pérdidas parciales xxx xxxxx asegurado
Salvo que SURA te autorice, no podrás hacer pagos, celebrar arreglos, transacciones o conciliaciones con las víctimas del daño o sus herederos.
Si no se logra determinar tu responsabilidad o la de la persona a la que le prestaste el carro o no se llega a un acuerdo con el tercero se requerirá sentencia judicial.
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9.3 Reglas aplicables a la cobertura de gastos de transporte
Si tienes Plan Auto Global podrás escoger el taller que desees de la red de talleres aliados xx XXXX
En todo caso SURA podrá escoger entre la reparación, la reposición xxx xxxxx asegurado o el pago en dinero de la indemnización.
No podrás dejar o abandonar el carro, ni repararlo por tu cuenta sin previa autorización xx XXXX. En caso de ser autorizado, el pago será deacuerdo al ajuste técnico xx XXXX.
SURA no está obligada a pagar ni a efectuar reparaciones por daños que no hayan sido causados en el siniestro reclamado, ni los que representen mejoras a tu carro. Habrá cumplido sus obligaciones restableciendo en lo posible y en forma tal que el carro quede en las mismas condiciones que poseía antes del siniestro, sin que SURA tenga que responder por los perjuicios derivados de pérdida de valor comercial, retrasos e incumplimientos en la ejecución de los trabajos realizados por los proveedores o entidades del estado que cumplan funciones judiciales o administrativas, excepto que haya habido negligencia, imprudencia o impericia de parte xx XXXX en la atención de la reclamación.
Alcance de la indemnización
Si el carro asegurado tiene prenda y ocurre una pérdida total, la indemnización está destinada en el primer lugar, a cubrir el crédito garantizado con tu carro y el excedente se te pagará a ti. Esto aplica incluso cuando no se haya designado como beneficiario al acreedor prendario.
Pago en caso de prenda
Si tomaste la opción de suma diaria, SURA te pagará desde el día siguiente al que presentes la reclamación y hasta cuando te pague la indemnización por la cobertura de daños o hurto, sin nunca exceder de 30 días. Los pagos por esta cobertura se entregarán junto con el pago de la indemnización por la pérdida total en los casos en que haya lugar a ella. Si la pérdida total es por hurto, el pago de la suma diaria está condicionada a que el carro no sea recuperado antes del traspaso.
Si tomaste la opción de suma única, SURA te pagará durante la reclamación siempre y cuando el carro no se pueda movilizar y SURA haya autorizado la reparación o el pago de la indemnización.
9.4. Reglas aplicables a la cobertura xx xxxxx de reemplazo
Para que te entreguen el carro de reemplazo deberás cumplir con las condiciones y garantías que te exija el proveedor de alquiler de carros, así como vivir en las ciudades en las que haya cobertura.
Es tu responsabilidad recoger y regresar el carro en el lugar indicado por el operador logístico establecido por XXXX.
9.5 Reglas aplicables para la cobertura de Viajes:
Para el pago de la indemnización o la reclamación se debe tener en cuenta:
a) Presentar evidencia que soporte que te encuentras de viaje (pasajes de la compañía de transporte, factura de estadía u otro documento que lo acredite) recuerda que estas están a tu cargo
b) Para tener derecho a los beneficios de esta cobertura, tu viaje debe tener una duración mínima de 3 días y máximo de 15 días
c) Para viajes terrestres la distancia mínima debe ser de 100 kilómetros del centro administrativo de tu ciudad
d) Esta cobertura cubre 5 eventos por vigencia y aplica solo para el asegurado
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10.SALVAMENTO
Cuando SURA te indemnice por las coberturas de daños y hurto las partes o accesorios salvados o recuperados xxx xxxxx asegurado pasarán a ser propiedad xx XXXX.
Sin embargo, si asumiste algún deducible, SURA te participará de la venta del salvamento, en la misma proporción que el deducible representa frente a la pérdida, descontando los gastos necesarios para la recuperación, conservación y comercialización del salvamento.
11 . RECOBRO A TERCEROS
XXXX podrá cobrar al tercero responsable de los daños que sufra el carro asegurado el valor de la indemnización que te haya pagado.
12. INDEPENDENCIA DE COBERTURAS
Todas las coberturas y asistencias de este seguro operan en forma independiente de las demás, por lo tanto el pago de cualquier indemnización o la prestación de cualquier servicio por parte xx XXXX, bajo una cobertura o asistencia no significa que se esté aceptando responsabilidad por las reclamaciones que se presenten por otras.
13. AMPARO PATRIMONIAL
SURA pagará cualquiera de los eventos cubiertos por este seguro incluso cuando tú o la persona a la que le prestes el carro asegurado haya desatendido las normas y señales reglamentarias de tránsito.
14. COMPENSACION
Si debes dinero x XXXX x XXXX tiene saldos a tu favor, se compensarán los valores de acuerdo con las reglas del Código Civil.
15. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Este seguro se terminará:
a) Por xxxx en el pago de la prima.
b) Cuando lo solicites por escrito x XXXX.
c) Cuando SURA te lo informe por escrito.
En los casos en que hayas pagado la prima por adelantado, SURA te devolverá el valor correspondiente al tiempo en el que el carro no estará cubierto.
16.NOTIFICACIONES
Las notificaciones, reclamaciones, modificaciones y cancelaciones deberán enviarse por escrito.
Recuerda que tus clientes pueden disfrutar con tranquilidad de la movilidad eléctrica
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Servicio
Sección 5 - Asistencia Autos
En caso de que tengas alguna dificultad como consecuencia de un evento imprevisto en el carro asegurado contarás con los servicios de asistencia xx XXXX descritos a continuación. Algunos los puedes usar cuando estás en tu domicilio, otros cuando estás en el curso de un viaje, dentro o fuera de tu ciudad.
SURA te garantíza las asistencias mediante la prestación o el pago de los servicios sin que hacer uso de estos afecte tu póliza.
Cada uno de los límites de los servicios, opera por evento y hasta el monto máximo definido. Excepto aquellos que tienen límites de servicios en la vigencia de la póliza.
1. SERVICIOS EN CASO DE LESIONES, ENFERMEDAD O MUERTE
Si al desplazarte en elcarro asegurado tú, la persona a la que se lo prestaste o un pasajero se enferman o se accidentan en él, SURA te prestara servicios asistenciales.
Además, tu como asegurado, tendrás por la cobertura de viajes* unas asistencias que se denominan como asistencia global viajera para cuando te movilices dentro del territorio colombiano en el medio de transporte que consideres.
A continuación, te presentamos los servicios a los cuales tienes derecho
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*Si se presenta algún evento durante el viaje estando en el vehículo asegurado, las asistencias se cubrirán por el monto más alto.
Descripción | Límites | ||||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | |||
Transporte por lesiones o enfermedad | SURA asumirá los gastos de traslado en el medio que considere el profesional de la salud que atienda al enfermo o accidentado hasta el centro hospitalario más cercano o hasta su domicilio habitual. *En caso de que te enfermes, te accidentes o te incapacites en el lugar de destino, tú como asegurado con la asistencia global viajera se te coordinarán y se te pagarán los gastos generados por los traslados a la ciudad de origen para ti y un acompañante autorizado | No aplica No aplica | 750 SMDLV por evento No aplica | 900 SMDLV por evento 100 SMDLV | |
Desplazamiento y hospedaje de un familiar | Si el enfermo o accidentado es hospitalizado por más de cinco días, SURA cubrirá los gastos de transporte, ida y regreso al lugar de hospitalización, y los de hospedaje de un familiar para que lo acompañe. | No aplica | 60 SMDLV por evento | 70 SMDLV por evento | |
*En caso de que sufras algunos de los eventos mencionados, tu como asegurado en la asistencia global viajera, tendrás derecho a esta asistencia cuando tu hospitalización supere más de dos días | No aplica | No aplica | 100 SMDLV | ||
Desplazamiento del asegurado por causa justificada | Si debes interrumpir el viaje porque muere tu esposo o esposa, padre o madre, hermanos o hijos, SURA te pagará los gastos de desplazamiento hasta el lugar del entierro y llevará tu carro a la ciudad de circulación que aparezca en la carátula hasta el límite que tienes en grúa según tu plan. | No aplica | Desplazamiento 40 SMDLV por evento | Desplazamiento 50 SMDLV por evento | |
*Tu como asegurado con la asistencia global viajera, tendrás derecho a esta asistencia si debes interrumpir tu viaje y regresar de manera anticipada a tu ciudad de origen porque se presentó un siniestro grave en tu domicilio como: hurto, incendio, inundación, derrumbe, explosión, enfermedad, accidente grave o muerte de esposo(a), hijos, padres o hermanos | No aplica | No aplica | 100SMDLV | ||
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Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Transporte en caso de muerte | Si como consecuencia del accidente en el carro asegurado fallece el asegurado o cualquiera de los beneficiarios, SURA tramitará y asumirá los gastos del traslado del cadáver hasta su lugar de entierro. También se cubrirán los gastos de traslado de un acompañante hasta su domicilio o lugar de entierro. Si el acompañante es menor de 15 años y está solo, XXXX asignará una persona para que lo atienda durante el traslado. Estos gastos se pagarán en exceso de los costos exequiales cubiertos por otro seguro o por el sistema de seguridad social. | No aplica | 750 SMDLV por evento | 750 SMDLV por evento |
*Si como consecuencia del accidente o enfermedad mueres en la ciudad donde te encuentras, cuentas con las siguientes asistencias como asegurado en la asistencia global viajera. • Gastos de traslado de cuerpo | No aplica | No aplica | 500SMDLV | |
• Regreso de acompañante del asegurado repatriado | No aplica | No aplica | 100SMDLV | |
Hospedaje y transporte | *En la asistencia global viajera SURA coordinará y pagará los gastos adicionales generados de hotel para ti y un acompañante por máximo 5 días cuando te enfermes, te accidentes o te incapacites en el lugar de destino | No aplica | No aplica | 100 SMDLV |
Conductor profesional | En caso que no puedas seguir manejando el carro por un accidente o cualquier enfermedad súbita e imprevista, y ninguno de los acompañantes pueda hacerlo, SURA te asignará un conductor profesional que te llevará a la ciudad de circulación que aparece en la carátula o hasta el sitio de destino del viaje, lo que esté más cerca. Ten en cuenta que SURA te podrá solicitar, soporte médico de tu estado de salud, cuando lo considere necesario. | 40 SMDLV 2 por vigencia | 60 SMDLV 3 por vigencia | 75 SMDLV 4 por vigencia |
Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Transmisión de mensajes urgentes | SURA se encargará de transmitir tus mensajes que sean urgentes. | Si | Si | Si |
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2. SERVICIOS EN CASO QUE EL CARRO NO FUNCIONE
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Si durante un viaje en Colombia, Bolivia, Chile, Ecuador, Perú o Venezuela en el carro asegurado este tiene algunafalla, SURA te prestará los siguientes servicios:
Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Grúa | En caso que el carro asegurado no pueda circular porque te varaste o accidentaste, SURA se hará cargo del traslado de tu carro a la ciudad donde haya taller para repararlo según tu plan. En el Plan Global, si te encuentras a menos de 30 kilómetros del centro administrativo de tu ciudad de circulación, éste servicio tendrá cobertura sólo dentro de la misma. | Al lugar más cercano del evento donde se pueda reparar el xxxxx, xxxxxx 50 SMDLV | Al lugar más cercano del evento donde se pueda reparar el xxxxx, xxxxxx 75 SMDLV | Hasta la ciudad de circulación que registra en la póliza o de destino del viaje, máximo 150 SMDLV |
Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Hospedaje y transporte por daño xxx xxxxx | Si te varaste o accidentaste en el carro asegurado y no puede ser reparado el mismo día, podrás escoger que SURA te cubra una de las siguientes opciones: • Hospedaje en un hotel para ti y los pasajeros, máximo por 3 noches sin que el valor supere la cobertura establecida. • Transporte para ti y los pasajeros hasta tu domicilio o hasta el destino del viaje, lo que esté más cerca del lugar del evento. Este servicio solo opera a partir del kilómetro 30 del centro administrativo de tu ciudad y estará limitado al número de pasajeros que pueda transportar tu carro según la matrícula. Si escogiste desplazarte dejando el carro para ser reparado SURA te cubrirá los siguientes gastos: • El costo del parqueadero donde haya sido guardado el carro entre el momento que fue reparado totalmente y el momento en que sea recogido. • El costo de tu desplazamiento o de una persona que tú designes hasta el lugar donde el carro fue reparado. | Hospedaje o transporte 75 SMDLV por evento, máximo 30 SMDLV por persona. Parqueadero 25 SMDLV Desplazamiento 90 SMDLV | Hospedaje o transporte 150 SMDLV por evento, máximo 40 SMDLV por persona. Parqueadero 25 SMDLV Desplazamiento 90 SMDLV | Hospedaje o transporte 200 SMDLV por evento, máximo 50 SMDLV por persona. Parqueadero 25 SMDLV Desplazamiento 90 SMDLV |
Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Transporte por xxxxx xxx xxxxx | Si te roban el carro SURA te pagará tus gastos de transporte y los de tus pasajeros hasta tu domicilio o hasta el destino del viaje, lo que esté más cerca del lugar del evento. Si el carro es recuperado después de que te fuiste del lugar de los hechos, SURA te cubrirá los siguientes gastos: • El costo del parqueadero donde haya sido guardado entre el momento que fue recuperado y el momento que sea recogido. • El costo del servicio xx xxxx hasta tu domicilio siempre y cuando las autoridades competentes hayan hecho su entrega material, o si el carro puede ser conducido, SURA te cubrirá el costo de tu desplazamiento o el de una persona que designes hasta el lugar donde el carro fue recuperado. Los trámites para obtener la entrega material los deberás realizar tú. | No aplica No aplica No aplica | Transporte 150 SMDLV por evento, máximo 40 SMDLV por persona. Parqueadero 25 SMDLV Desplazamiento 90 SMDLV | Transporte 200 SMDLV por evento, máximo 50 SMDLV por persona. Parqueadero 25 SMDLV Desplazamiento 90 SMDLV |
Taller móvil y cerrajería | En caso que se te pierdan las llaves o se queden dentro xxx xxxxx, te vares porque se pinchó una llanta, dañó la batería o te quedaste sin gasolina dentro del perímetro urbano de las ciudades capitales de departamento y su área metropolitana, SURA pondrá a tu disposición los medios para solucionar tales imprevistos. Los costos adicionales a la mano de obra corren por tu cuenta. El servicio de cerrajería sólo incluye la apertura de una puerta pero no la reposición de las llaves. | Cuatro eventos de cerrajería por vigencia. Los otros servicios ilimitados | Cuatro eventos de cerrajería por vigencia. Los otros servicios ilimitados | Ilimitado. |
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Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Localización y envío de repuestos | Si en el lugar donde están reparando el carro no tienen los repuestos necesarios podrás pedirle x XXXX que te los busque y te los envíe, siempre y cuando estén disponibles a la venta en Colombia. Tú deberás pagar el costo de los repuestos. | Si | Si | Si |
Informe estado de las vías | Podrás comunicarte con la línea de atención al cliente para conocer el estado de las carreteras principales en todo el territorio colombiano, si existen problemas de orden público, trabajos adelantados en las mismas y cualquier situación que pueda afectar la libre circulación xxx xxxxx asegurado. La información proporcionada está sujeta a la disponibilidad de reportes por parte de la entidad correspondiente. | Si | Si | Si |
Descripción | Límites | |||
Plan Básico | Plan Clásico | Plan Global | ||
Conductor Elegido | Si por tomar bebidas alcohólicas tú o la persona a la que le prestes el carro no están en capacidad de conducir, SURA pondrá a su disposición un conductor que maneje el carro asegurado hasta su casa. Este servicio está condicionado a: a) Que estés en una de las siguientes ciudades: Bogotá, Medellín, Cali, Apartadó, Barranquilla, Barrancabermeja, Cartagena, Cúcuta, Bucaramanga, Ibagué, Armenia, Neiva, Pereira, Manizales, Buga, Cartago, Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Pasto, Popayán, Santa Xxxxx, Sincelejo, Tuluá, Tunja, Valledupar y Villavicencio, y que el lugar donde te van a recoger se encuentre dentro de un radio de 30 kilómetros contado desde el centro administrativo de la ciudad. b) Que el carro cuente con las exigencias xx xxx tales como licencia de tránsito, SOAT, certificado de revisión técnico mecánica y equipo de carretera vigentes al momento de la solicitud. c) Que el servicio sea solicitado mínimo con cuatro horas de antelación. d) Que no haga paradas en el camino. e) Que el servicio (incluyendo desplazamiento y espera) no dure más de hora y media. f) Que no hagas esperar al conductor más de 15 minutos; pasado este tiempo, él se retirará del lugar. En caso de que deseen cancelar el servicio deberán hacerlo con mínimo dos horas de anticipación previas a la prestación del mismo, de lo contrario el servicio se contará como servicio prestado de los disponibles en la vigencia. La prestación de estos servicios estará sujeta a disponibilidad por parte del proveedor. g) El solicitante del servicio se debe desplazar en el carro cuando se esté prestando la asistencia. | No aplica | 6 servicios por vigencia | 12 servicios por vigencia |
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Para los eventos ocurridos en Bolivia, Chile, Ecuador, Perú o Venezuela la asistencia siempre se prestará mediante reembolso, pero el servicio deberá estar previamente autorizado por SURA.
Servicio
3. SERVICIOS DE ASISTENCIA JURÍDICA
Descripción | |
Asesoría jurídica telefónica o en el sitio | En caso de un accidente de tránsito, SURA te asesorará telefónicamente a ti o al conductor xxx xxxxx asegurado y cuando lo considere necesario enviará un abogado al sitio del accidente. |
Acompañamiento ante el tránsito o centro de conciliación | En el evento de un choque donde se generen acciones contravencionales, SURA te asignará un abogado a ti o al conductor xxx xxxxx asegurado para que los acompañe y asesore durante las diligencias que SURA considere necesarias, ante el organismo respectivo. Igualmente, en caso que el carro sea retenido por lesiones o muerte que se presenten en el accidente, el abogado adelantará todos los trámites necesarios para obtener su liberación provisional. |
Orientación telefónica para trámites de xxxxxxxx | XXXX te orientará telefónicamente en aspectos relacionados con trámites que debas realizar ante las autoridades de tránsito como multas por infracciones, diligencias de traspaso de vehículos, requisitos para el pago de impuestos y de circulación. XXXX no será responsable por las consecuencias de los trámites que adelantes tú o las personas que autorices con ocasión de la asesoría telefónica recibida. |
Orientación Jurídica telefónica en la asistencia global viajera | • Conocer cómo debes coordinar la entrada y la salida de un menor de 14 años cuando viaja con uno de sus padres o sin ellos. • Conocer cómo debes organizar la cuota alimentaria cuando vas de viaje a alguna ciudad distinta a la de origen dentro de Colombia. • Orientarte en caso de: foto multas en ciudad destino, pérdida de documentos, daños ocasionados a terceros o accidente de tránsito durante el viaje. XXXX no será responsable por las consecuencias de los trámites que adelantes tú o las personas que autorices en la asesoría telefónica recibida. |
En ninguna de las asistencias prestadas SURA se hará responsable de los elementos personales que se encuentren en tu carro.
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4. EXCLUSIONES DE ASISTENCIA
4.1. Servicios no prestados
4.1.1. Gastos de asistencia médica y hospitalaria.
4.1.2. El pago de multas, infracciones o gastos de parqueadero y peritazgo por retenciones oficiales xxx xxxxx.
4.1.3. Aquellos necesarios para los remolques que se encuentren ensamblados al carro.
4.1.4. Aquellos necesarios para la carga xxx xxxxx y la mercancía transportada en ella.
4.2. En los siguientes casos SURA no prestará las asistencias:
4.2.1. Cuando los servicios los hayas contratado por tu cuenta sin el previo consentimiento xx XXXX, salvo en casos de fuerza mayor que te impidan comunicarte con SURA.
4.2.2. Cuando elcarro asegurado vaya con sobrecupo o transportando objetos para los cuales no sea apto.
4.2.3. Los alimentos, bebidas, llamadas telefónicas y otros gastos adicionales con cargo a la habitación en el caso de hospedaje.
4.2.4. Cuando te niegues a colaborar con los abogados y en general con el personal designado por XXXX para la prestación de los servicios de asistencia.
4.2.5. Cuando el evento haya ocurrido por mala fe tuya, de tu acompañante o pasajeros.
4.2.6. Cuando hayan ocurrido fenómenos de la naturaleza decarácter extraordinario tales como inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas y caídas de cuerpos siderales.
4.2.7. Cuando el evento se derive de terrorismo, motín o tumulto popular, actuaciones de las fuerzas armadas o de cuerpos de seguridad.
4.2.8. Cuando el evento se derive de la energía nuclearradiactiva.
4.2.9. Cuando la asistencia se requiera con ocasión de la participación xxx xxxxx en apuestas o desafíos, carreras, competencias, prácticas deportivas y pruebas preparatorias o entrenamientos.
4.2.10. Cuando las asistencias comprometan la seguridad del prestador del servicio por prestarse en zonas de alto riesgo o donde no exista un acceso transitable por carretera.
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4.2.11. Cuando elcarro sea destinado al transporte público de personas, materiales azarosos, explosivos o inflamables, dedicado a competencias en general, o cuando sea dado en alquiler.
4.2.12. Cuando debido a razones administrativas, políticas x xx xxxxxxx no pueda hacerlo. Más allá del reembolso regulado a
continuación, SURA no pagará ningún otro costo o perjuicio derivado de la no prestación directa de los servicios.
5. SOLICITUD DE ASISTENCIA
Para solicitar alguna de las asistencia deberás comunicarte al
01800 051 8888, desde cualquier ciudad del país; desde Bogotá, Cali y Medellín al número 437 88 88 o #888 desde cualquier teléfono celular.
Si estás fuera del país al número x000 000 000 00 00.
También puedes solicitar los servicios xx xxxx, taller móvil, abogado, desplazamiento, conductor elegido, cerrajero a través de laAPP SURA.
La solicitud de servicios de asistencia no genera automáticamente la notificación de una reclamación bajo alguna de las coberturas de este seguro.
6. REEMBOLSO EN CASOS EXCEPCIONALES
SURA prestará directamente las asistencias enunciadas, sin embargo, en los casos en los cuales debido a razones administrativas, políticas x xx xxxxxxx no pueda hacerlo, te reembolsará los gastos en que hayas incurrido siempre y cuando hayas contado con la autorización previa xx XXXX y aportes las facturas del servicio contratado. El valor máximo a reembolsar será a tarifa SURA.
En ningún caso se pagarán otros gastos o perjuicios derivados de la contratación directa o actividades realizadas por ti en estas circunstancias.
Sección 6 - Glosario
A
Accidente
Hecho súbito, imprevisto e independiente de la voluntad de las partes, con el carro asegurado.
Accidente de tránsito
Evento involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas o bienes involucrados en el.
B
Xxx
Para todas las coberturas, excepto asistencia, es la persona natural o jurídica que en caso de un siniestro cubierto por este seguro tiene derecho a ser indemnizada. Para la cobertura de asistencia, los beneficiarios son:
• Tú o la persona a la que le prestes el carro asegurado.
• Los demás ocupantes xxx xxxxx asegurado, cuando sean afectados por
un accidente de tránsito en éste.
E
Equipaje
Maleta o bolso que utilices para cargar tus pertenencias al viajar, que estén registrados, en posesión y bajo el control de la compañía contratada. Esto no incluye los artículos de equipaje de mano.
H
Hurto
Apoderamiento ilegítimo de una cosa o mueble ajeno con ánimo de lucro o la intención de obtener cualquier enriquecimiento o utilidad con la apropiación.
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P
Pérdida permanente de capacidad laboral
Pérdida permanente de capacidad laboral es aquella certificada por una ARL, EPS o AFP con base en el Manual Único de Calificación de Invalidez vigente. En caso de discrepancia entre el dictamen de la entidad que certifica la pérdida permanente de capacidad laboral y SURA o si te encuentras amparado por regímenes especiales como el del Magisterio, las Fuerzas Armadas o Ecopetrol, se tendrá como prueba definitiva el dictamen de la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
Pérdida de manos y pies
Pérdida de manos y pies
Pérdida de manos y pies es la inutilización o amputación traumática o quirúrgica por la muñeca o por el tobillo, respectivamente, o parte proximal de éstos.
Pérdida de visión, audición y habla
Pérdida de visi n, audici n y habla
Pérdida de visión, audición y habla es la pérdida total e irreparable de la visión por un ojo o de la audición por ambos oídos o del habla, respectivamente.
S
Siniestro
Siniestro
Es que ocurra uno de los eventos que cubre este seguro. Todos los daños que sean consecuencia de una misma causa o evento protegido por una de las coberturas se entienden como un solo siniestro.
V
Viaje
Viaje
Es el cambio de ubicación de una persona.
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01 8000 518 888
Bogotá, Cali y Medellín 000 0000
Desde tu celular #888
xxxxxxxxxxx.xxx.xx