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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE INSPECCION Y CONTROL DE LA RECOGIDA SELECTIVA DE RESIDUOS URBANOS.
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la prestación del servicio de inspección y control de la recogida selectiva de residuos urbanos, con el objetivo de garantizar una buena separación y depósito de los residuos domiciliarios y comerciales por parte de los usuarios, reducir los niveles de impropios y en consecuencia mejorar la calidad de los materiales destinados a reciclaje y compostaje, y mejorar la calidad y eficacia de los servicios de recogida selectiva prestados por la mancomunidad en ámbitos urbanos, todo ello de conformidad con las prescripciones técnicas que figuran en el ANEXO 1 de este Pliego que tendrá carácter contractual.
Dicho objeto corresponde al siguiente código de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) según Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión Europea:
90500000-2: “Servicios relacionados con desperdicios y residuos”
La prestación objeto del contrato se encuentra incluida en la categoría 16 del anexo II del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP): “Servicios de alcantarillado y eliminación de desperdicios: servicios de saneamiento y servicios similares”
Dada la naturaleza del presente contrato, NO SE ADMITE la presentación de VARIANTES o alternativas en las proposiciones.
2. PLAZO
El plazo total de ejecución de la prestación será de UN AÑO, contado a partir del día siguiente al de la formalización del mismo. El contrato podrá ser objeto de prórroga, por acuerdo expreso de ambas partes tres (3) meses antes de la finalización de aquél, por un período de un año.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
El presupuesto anual de licitación de este contrato asciende a 45.000,00 €, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, el cual asciende a 9.450,00 € (el tipo impositivo del IVA es del 21% en el momento de aprobación de los Pliegos). Las ofertas económicas que se formulen no podrán superar el presupuesto base de licitación.
Este presupuesto base de licitación comprende la totalidad del objeto del contrato, y se entenderá que las proposiciones presentadas llevan implícitos todos los conceptos previstos en el presente Pliego y de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares, incluyendo todo tipo de impuestos y gastos que se ocasionen como consecuencia del mismo, sin incluir el IVA correspondiente, que vendrá consignado aparte.
4. FINANCIACION
Para sufragar el precio del contrato hay previsto crédito adecuado y suficiente con cargo presupuesto del año en curso. Asimismo, y dada la caracterización del contrato como de carácter permanente y tracto sucesivo, el órgano competente en materia presupuestaria reservará los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará mensualmente, contra la presentación y conformidad del correspondiente documento cobratorio, dentro del plazo establecido en el artículo 216 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011).
6. REVISION DE PRECIOS
En el presente contrato no procederá la revisión de precios tal y como se acredita en el expediente.
7. GARANTIAS
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El plazo para acreditar la constitución de la citada garantía será xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación y podrá constituirse en alguna de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, la Mancomunidad no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 151.2. del TRLCSP y se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La devolución o cancelación de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas satisfactoriamente por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Mancomunidad exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurran las circunstancias previstas expresamente en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
12. RECEPCION DE LA PRESTACION Y PLAZO DE GARANTIA
En el plazo máximo de quince días desde la finalización de la prestación objeto del contrato se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma.
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,20 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B. INCUMPLIMIENTO DE LA EJECUCION PARCIAL DE LAS PRESTACIONES:
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, el Ayuntamiento podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
C. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
14. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato servicios las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden a la Mancomunidad las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
16. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
El expediente de contratación será objeto de tramitación ordinaria y la adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto con más de un criterio de adjudicación, al empresario que presente la oferta económicamente más ventajosa.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1) CALIDAD TÉCNICA. Se ponderará hasta un máximo de 50 puntos.
2) PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Se ponderará hasta un máximo de 50 puntos.
16.1 CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR
De los citados criterios, los criterios dependientes de un juicio de valor y que se valorarán previamente a los de apreciación automática, son los siguientes:
16.1.1. CALIDAD TÉCNICA:
En el presente criterio se tendrá en cuenta la calidad y las conclusiones que puedan derivarse del Proyecto de Ejecución de los Servicios (MEMORIA TÉCNICA) redactado por los licitadores, sobre la forma de organización y prestación de los trabajos objeto de contrato que permita obtener el máximo rendimiento y una óptima calidad en el Servicio, hasta un máximo de 50 puntos.
Advertencia: las ofertas que no alcancen el 50% (25 puntos) del valor técnico (50 puntos), quedarán excluidas de la fase de ponderación de criterios de apreciación automática.
16.2 CRITERIOS DE APRECIACION AUTOMATICA
16.2.1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
1.- Las proposiciones económicas se ponderarán entre 0 y 50 puntos, de acuerdo con el siguiente sistema de puntuación:
- Se otorgará la máxima puntuación, 50 puntos, a la oferta más barata.
- Al resto de las ofertas se les otorgará el resultado de restar a la máxima puntuación los puntos resultantes de la diferencia entre su porcentaje de baja y el de la oferta más barata.
2.- La diferencia entre cien y el porcentaje que representa cada proposición económica respecto al precio de licitación será la “baja” de dicha proposición:
100 x [1-(proposición / licitación)]
3.- A la proposición con más “baja”, a la que denominaremos “Baja A”, se le otorgará la puntuación máxima, es decir, 50 puntos. Cualquier otra proposición B, se ponderará de acuerdo con la siguiente fórmula:
50 – (Baja A – Baja B)
Ofertas con valores desproporcionados: se considerarán como desproporcionadas las ofertas que contengan una baja de 10 puntos porcentuales a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas. En cualquier caso, se considerarán desproporcionadas las bajas superiores a 20 unidades porcentuales.
17. MESA DE CONTRATACIÓN
De conformidad con la disposición adicional segunda apartado decimo del TRLCSP, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas.
La Mesa de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros:
- Presidente: El Presidente de la Mancomunidad
- Vocal nº1: La Secretaria de la Mancomunidad
- Vocal nº2: La Interventora de la Mancomunidad
- Vocal nº3: El Jefe de Servicio de la Mancomunidad
- Vocal nº4: El Técnico de Medio Ambiente de la Mancomunidad
- Secretaria de la Mesa: Hará las veces de Secretaria, la Vocal nº1
La Mesa de Contratación remitirá al órgano de contratación las actas de sus sesiones, toda la documentación que obre en su poder referida a las ofertas presentadas y una propuesta de adjudicación en el que hará constar la oferta que considera más ventajosa o, si procede, a su juicio, declarar desierta la licitación.
18. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en este Pliego.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
La actividad de las personas jurídicas deberá tener una relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, y deberá disponer de una organización con elementos suficientes para la debida ejecución del contrato (art. 57.1 TRLCSP). Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato (art. 54.2 TRLCSP).
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación del servicio.
19. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las oficinas de esta Administración, sitas en Xxxxxxxxx-txikiko industrialdea, 3-2ªplanta, del barrio Salbatore s/n de Beasain, de 9.00 a 14.00 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Estas se presentarán en el mismo lugar y horario indicados, durante el plazo de quince (15) días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio.
Si el último día fuese sábado o festivo, el plazo se prorrogará hasta las 14:00 horas del primer día hábil siguiente.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar a través del siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxx.xxx
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de tres días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos cuatro días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
20. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (“A”, “B” y “C”) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION ORDINARIA DEL SERVICIO DE INSPECCION Y CONTROL DE LA RECOGIDA SELECTIVA DE RESIDUOS URBANOS”.
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa y NIF correspondiente, el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, su DNI, dirección de correo electrónico y teléfono, todo ello de forma legible debiendo estar todos los sobres necesariamente firmados por el licitador o persona que lo represente.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del licitador o su representante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o empresa, poder notarial bastanteado. Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá estar inscrito en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1. 5. del Reglamento del Registro Mercantil.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente las circunstancias de no haber sido objeto de sanción con carácter firme por infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo (art. 60. c) del TRLCSP) y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance y forma que previenen los artículos 13 y 14 del RGLCAP (RD 1098/2001, 12 de octubre), salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E., en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto (art. 15 RGLCAP).
f) La entidad licitadora deberá de cumplir los siguientes requisitos de solvencia para poder participar en el concurso público:
f.1.) La justificación acreditativa de la solvencia económica y financiera se hará conforme al artículo 75 del TRLCSP, mediante la presentación de todos y cada uno de los siguientes documentos:
- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales de una cuantía mínima de 300.000 €, o en su caso, compromiso mediante declaración responsable de suscribirlo en caso de resultar adjudicatario.
f.2.) La justificación acreditativa de la solvencia técnica y profesional se hará conforme al artículo 78 del TRLCSP, mediante la presentación de los siguientes documentos:
- f.2.1.) El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, avalados por certificados de buena ejecución.
g) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma (artículo 24.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre).
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a cada una de las empresas componentes de la Unión Temporal de Empresas.
h) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
i) Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial. Tal como prevé el artículo 140 del TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración podrá considerarse, en función de sus características, que todos o alguno de los documentos o datos presentados carecen de dicho carácter confidencial.
j) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP.
k) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a) y b) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente.
El sobre “B” se subtitulará “CRITERIOS DE VALORACION QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR” y contendrá una MEMORIA TÉCNICA explicativa de los trabajos a realizar, con la información y el nivel de desarrollo exigidos en el presente Xxxxxx.
El sobre “C” se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE VALORACION AUTOMATICA” y contendrá los siguientes documentos:
a) La PROPOSICIÓN ECONÓMICA ajustada al modelo establecido en el ANEXO 1.
b) Una RELACION DE PRECIOS UNITARIOS referidos a los distintos componentes de la prestación objeto del contrato, de cuya aplicación resulta la proposición económica.
c) Una MEMORIA ECONOMICO-FINANCIERA detallada y justificativa de la proposición económica. En dicha Memoria se incluirá mínimamente un capítulo en el que se detallará el PRESUPUESTO ANUAL ofertado para el total de los servicios objeto de contrato, que será el resultado de aplicar los precios unitarios referidos a las distintas unidades de la prestación objeto del contrato. El Presupuesto anual deberá detallar al menos, los costes de ejecución material (personal directo y material), los gastos generales y el beneficio industrial.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en FOTOCOPIA SIMPLE, pero en este caso el primer clasificado deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
21. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
1º. APERTURA DEL SOBRE “A” Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION QUE CONTIENE:
La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre “A”. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente y mediante correo electrónico a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante.
En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el art. 81 del citado Reglamento, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
2º. SELECCIÓN DE EMPRESAS:
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, determinados en la cláusula 20 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
3º. APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “B”:
La apertura del sobre “B” correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente, se llevará a cabo en un acto de carácter público, y se celebrará en el lugar, fecha y hora que se indique en el perfil de contratante.
4º. APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “C”:
Tras la apertura y valoración de la documentación contenida en el sobre “B”, se llevará a cabo la apertura pública del sobre “C” el día y hora que se indique en el perfil de contratante.
En este acto se dará a conocer la valoración asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor en cada oferta.
5º. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS:
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
Al amparo de lo previsto en el art. 152 del TRLCSP, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración.
Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse
6º. REQUERIMIENTO, EN SU CASO, AL PRIMER CLASIFICADO:
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
b) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
c) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en los sobres que configuran la proposición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
22. ADJUDICACION, FORMALIZACION Y GASTOS
La adjudicación se realizará en el plazo de una semana a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones económicas (sobre “C”), notificándose a todos los licitadores y publicándose en el perfil de contratante de esta Institución.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
b) Pagar los gastos de publicidad oficial en un solo Boletín y por una sola vez, cuyo importe máximo será de 50 €.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
23. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como por el Pliego de Prescripciones Técnicas.
De conformidad con el TRLCSP, le serán de aplicación, en primer término, sus normas específicas y, en defecto de las mismas, la normativa que a continuación se indican:
• Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y sus disposiciones de desarrollo.
• Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en lo que no se oponga al RDL 3/2011.
• Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga al RDL 3/2011.
• Demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
24. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, previa audiencia del contratista, y sus acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
25. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
En consecuencia, toda la información de carácter personal a la que tenga acceso la empresa contratista con ocasión de la ejecución del contrato tiene carácter confidencial. La empresa contratista y el personal por ella asignado a la ejecución del contrato no pueden utilizar para sí, ni proporcionar a terceras personas, ningún dato o información de carácter personal al que tengan acceso con ocasión de la ejecución, sin autorización escrita de la Administración, siendo, por tanto, obligatorio poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial o reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
En Beasain, a 0 xx xxxxx xx 0000
XXXXX 0: PRESCRIPCIONES TECNICAS
1.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS A REALIZAR
La prestación del servicio de inspección y control de la recogida selectiva de residuos urbanos, con el objetivo de garantizar una buena separación y depósito de los residuos domiciliarios y comerciales por parte de los usuarios, reducir los niveles de impropios y en consecuencia mejorar la calidad de los materiales destinados a reciclaje y compostaje, y mejorar la calidad y eficacia de los servicios de recogida selectiva prestados por la mancomunidad en ámbitos urbanos:
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel de “impropios” en la recogida selectiva de envases ligeros.
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel de “impropios” en la recogida selectiva de papel-cartón.
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel de “impropios” en la recogida selectiva de biorresiduos.
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel de “impropios” en la recogida selectiva de pañales.
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel de materiales reciclables y compostables en la recogida selectiva de fracción resto.
- Control y adopción de medidas, para la correcta separación y entrega de residuos por parte de los comercios que disponen de servicios de recogida selectiva personalizada.
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel de bolsas con residuos mezclados depositadas junto a los contenedores y colgadores.
- Control y adopción de medidas para reducir el nivel xx xxxxx de cartón depositadas junto a los contenedores y colgadores.
- Control y adopción de medidas para reducir la presencia de enseres voluminosos depositados fuera de calendario y/o horario.
- Control y adopción de medidas para reducir la presencia de residuos considerados como de recepción no obligatoria (escombros, neumáticos…) por parte de los servicios de recogida que se encuentren depositados junto a los contenedores o colgadores.
- Comprobación sistemática del correcto estado de funcionamiento de la totalidad de las cerraduras electrónicas instaladas en los contenedores de fracción resto, biorresiduos y pañales, inclusive de su nivel de batería.
- Comprobación sistemática del correcto estado de funcionamiento de la totalidad de las cerraduras mecánicas instaladas en los contenedores de biorresiduos.
- Comprobación sistemática del correcto estado de funcionamiento del sistema de bloqueo de la tapa del lado del vehículo en los contenedores de carga lateral y de las cerraduras gravitacionales instaladas en los contenedores de carga trasera.
- Comprobación sistemática del correcto estado de funcionamiento del amortiguador de la tapa del lado del usuario de los contenedores de carga lateral para fracción resto y biorresiduo.
- Comprobación del estado y en su caso, reposición de la pegatina del lector de tarjetas en la totalidad de los contenedores dotados de cerradura electrónica.
- Comprobación sistemática del nivel de llenado de contenedores y detección de contenedores desbordados o próximos a desbordarse.
- Comprobación sistemática del desplazamiento accidental de contenedores.
- Comprobación sistemática de pintadas y graffitis en los contenedores.
- Comprobación sistemática de daños causados a los contenedores.
- Descarga periódica de datos de utilización de contenedores dotados de cerradura electrónica que puedan ser solicitados por la mancomunidad.
- Apoyo en situaciones puntuales de caída accidental de objetos personales (llaves, cartera…) al interior de los contenedores.
- Apoyo en situaciones puntuales de atascos y otros problemas leves en máquinas expendedoras de bolsas compostables.
- Preparación y entrega de pequeños cubos y contenedores de 2 ruedas a comercios.
2.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
Mínimamente una vez por semana, el contratista y los servicios técnicos de la mancomunidad realizarán una reunión de coordinación en las oficinas de la mancomunidad para valorar los resultados obtenidos y fijar objetivos y prioridades para la semana siguiente.
Diariamente el contratista del servicio entregará un informe sobre los trabajos desarrollados. Dentro de la organización propuesta, los licitadores deberán prever unos dispositivos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por la mancomunidad, en orden a la justificación de los trabajos realizados y tomar cuanto antes las medidas que sean oportunas. Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los disponibles por la mancomunidad, sean informáticos o de otra naturaleza.
Asimismo, los licitadores deberán prever todo tipo de medidas encaminadas a reducir los niveles de impropios entre los materiales destinados a reciclaje y compostaje (especialmente envases ligeros y biorresiduos) y a corregir situaciones y actitudes anómalas tales como el depósito de bolsas de basura o cajas de cartón en el suelo etc. Entre estas medidas se incluirán el aviso previo a los ciudadanos más próximos de las situaciones anómalas que se hubieran detectado y el seguimiento que se haya previsto realizar, la vigilancia e inspección de los puntos de contenedores, la identificación de los causantes de ese tipo de situaciones y la información y sensibilización personalizada para corregirlas. Una vez corregida, se informará nuevamente a los ciudadanos sobre los logros obtenidos. El objetivo final de este servicio es corregir y encauzar las situaciones anómalas a través de herramientas de detección, información y sensibilización, dejando inicialmente de lado las posibles sanciones. Estas herramientas y el procedimiento organizativo a seguir vendrán minuciosamente descritas en la Memoria Técnica.
El contratista dispondrá en todo momento del personal y medios materiales (vehículo y materiales accesorios, ordenador portátil, teléfono, indumentaria adecuada etc.) necesarios para prestar eficazmente los servicios contratados, que vendrán detallas en la Memoria Técnica.
3.- CALENDARIO Y HORARIO
El calendario y horario de trabajo se adecuará a las necesidades del servicio a prestar.
ANEXO 2: MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D/Dña con
domicilio en...................................................................................................................................
CP....................., D.N.I. nº..........................., teléfono...................................................................
e-mail en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar,
en nombre propio (o en representación de………………………………………………………….
con domicilio en...........................................................................................................................
CP..........................., teléfono................................................, y D.N.I. o C.I.F. (según se trate
de persona física o jurídica) nº.................................................), enterado del procedimiento abierto convocado por la Mancomunidad Xxxxxxx, para la contratación del servicio de inspección y control de la recogida selectiva de residuos urbanos,
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de
................................................................................€, más €,
correspondientes al 21% de I.V.A, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En..............................., a...............de de 2017
Firma