LPL22/2016
Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas
Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco
BASES LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL
LPL22/2016
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA 2016-2018”
De conformidad a lo previsto por los Artículos 1, 4, 5, 6, 8 Fracción I, 10 Fracción I 43, 44 Fracción XI y 45 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco y el Artículo 19 Fracción I de su Reglamento, la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo en coordinación con la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado, ubicadas en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco; convoca a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública Local No. LPL 22/2016 para la contratación de “ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL
GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA 2016-2018” solicitada por el Director General de Abastecimientos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, la cual se llevará a cabo con recursos ESTATALES a efecto de normar el desarrollo de la licitación antes señalada, se emiten las siguientes
B A S E S
En el presente proceso licitatorio únicamente podrán participar proveedores establecidos en el Estado de Jalisco, de conformidad con lo prescrito por la fracción I del Artículo 10 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, que a la letra reza:
Artículo 10.- Las Licitaciones públicas podrán ser:
I. Locales, cuando únicamente puedan participar proveedores establecidos en el Estado;
II. … …
III. … …
Para los fines de estas bases, se entenderá por:
Ley | Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado |
Reglamento | Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado |
Secretaría | Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas |
Comisión | Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco |
Dirección | Dirección de la Comisión de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas. |
Padrón | Padrón de Proveedores de Bienes y Servicios |
Domicilio | Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, (ingreso opcional por puerta posterior de Av. Magisterio s/n) |
Propuestas | La propuesta técnica y económica que presenten los participantes |
Participante | Persona Física o Jurídica que presenta propuesta en el proceso de adquisición |
Proveedor | Participante Adjudicado |
I.V.A. | Impuesto al Valor Agregado |
Dependencias | Las que establece la ley orgánica del Poder Ejecutivo |
Entidades | Las que establece la ley orgánica del Poder Ejecutivo |
1. ESPECIFICACIONES.
La propuesta del participante deberá sujetarse a las especificaciones señaladas en el Anexo 1 (Especificaciones Técnicas).
2. FECHA, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA.
El participante adjudicado deberá asegurar los BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO,
VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA a partir de las
12:01 horas del día 30 de noviembre del año 2016 y hasta las 12:00 horas del día 20 de noviembre del año 2018.
3. PUNTUALIDAD.
Sólo podrán ingresar a los diferentes actos, los Participantes registrados que se encuentren en la hora señalada en estas bases o en el lugar donde se vaya a llevar a cabo el acto que corresponda a la hora en que éste comience.
En el caso de que por causas justificadas los actos no se inicien a la hora señalada o se difieran, los acuerdos y las actividades realizadas por la Comisión o por la Secretaría serán válidos. Asimismo, la falta de firma de algún Participante en las actas que se deriven de los actos de este proceso de adquisición, no será causa de invalidez o nulidad de algún acto.
4. OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES.
a) Ser Persona Jurídica calificada en el ramo de aseguradoras o institución especializada en el tipo de riesgo que se está solicitando, y cuente con el respaldo necesario de una aseguradora a fin de cubrir los riesgos implícitos dentro de las presentes bases, acreditarlo mediante copia simple del acta constitutiva y sus reformas, poder e identificación del apoderado.
b) El licitante participante deberá acreditar con copia simple de la autorización que emite la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para operar como Compañía Aseguradora,
c) Los licitantes deberán presentar como parte de su propuesta, escrito donde manifieste el nombre del intermediario de reaseguro con los que, en su caso, colocarán las pólizas del SEGURO BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRONICO Y MAQUINARIA PESADA del Gobierno de Jalisco Poder Ejecutivo, y/o Dependencias, del presente proceso de adquisición, mismo que deberá contar con experiencia mínima comprobable de cinco años en la colocación de negocios de gobierno con el mercado internacional, deberán cumplir con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables vigentes en México; la Aseguradora deberá presentar copia simple del registro del Intermediario de Reaseguro autorizado ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; integrar como parte de su propuesta copia de la carátula de una póliza local de errores y omisiones donde se observe una suma asegurada mínima de USD 40,000,000.00 (Cuarenta millones de dólares americanos, 00/100 USD), emitida por una Compañía de Seguros diferente a la proponente y acompañada con una copia del recibo de pago correspondiente, la póliza de errores
u omisiones del Intermediario de reaseguro deberá demostrar que cuenta con esta suma asegurada por lo menos desde el 31 de diciembre de 2015.
d) Presentar relación de reaseguradores de primer nivel con los que coloco el riesgo, desglose de participación en el riesgo que incluya nota de cobertura y registro vigente.
e) El licitante adjudicado deberá asignar para las gestiones de reclamaciones y seguimiento de las mismas a una Persona Física ó Moral (Agente de Seguros) con experiencia e infraestructura de servicio en la administración de cuentas de gobierno, el licitante adjudicado presentará Curriculum, comprobante de domicilio del agente en la Zona Metropolitana de Guadalajara y copia de la póliza de Responsabilidad Civil Profesional.
f) Carta donde especifique bajo protesta de decir verdad que el objeto del contrato que se celebrará con motivo de la presente licitación es la adquisición del aseguramiento de BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRONICO Y MAQUINARIA PESADA del Gobierno de Jalisco Poder Ejecutivo, y/o Dependencias, contra los riesgos cubiertos de acuerdo a los limites, coberturas y cláusulas asentados y pactados en el contrato, de acuerdo a las bases de licitación, propuesta que contienen las condiciones especiales, así como las propuestas económicas, que forma parte integral del mismo.
g) Escrito en hoja membretada donde manifieste que el participante cubrirá los riesgos contra el efecto económico adverso que provoca un acontecimiento fortuito que pudiera afectar los bienes del Estado de Jalisco;
h) Carta compromiso que, en caso de resultar adjudicado, deberá estar actualizado o inscribirse en el Padrón de Proveedores de Bienes y Servicios del Gobierno de Jalisco, antes de la firma del contrato respectivo; en el entendido de que la falta de inscripción en el Padrón, no imposibilita que pueda participar, pero sí es factor imprescindible para la elaboración y la formalización del contrato.
(Para efecto de lo anterior comunicarse al teléfono 00-00-00-00, donde le será proporcionada la información necesaria).
i) Carta manifiesto que los pagos serán depositados en cuenta, para lo cual el participante adjudicado deberá llenar una Solicitud de Pago Electrónico que será proporcionada por la Dirección de Desarrollo de Proveedores;
j) En caso de ser adjudicado deberá cumplir con lo establecido en los artículos 39 de la Ley y 49 del Reglamento, y los documentos que acrediten los datos asentados en el Anexo 4 (acreditación) de estas bases, previo a la firma del contrato;
k) Carta compromiso de no cancelación de la póliza, aún por alta siniestralidad, igualmente se deberá comprometer a realizar los pagos bajo este supuesto, sin afectar en ningún momento los derechos de la convocante.
l) Presentar correo electrónico recibido por la CNSF, en la cual demuestra la validación con éxito del envío de la información del SIIF 2015 (Reporte de cifras Control del Sistema Integral de Información Financiera), así como la validación que envía a través del correo electrónico “Entrega Electrónica Administrador" en donde se muestra que la información ha sido validada con éxito.
m) El participante deberá contar con infraestructura local para la atención de siniestros en el xxxx xx xxxxx; señalando y comprobando domicilio en la Zona Metropolitana de Guadalajara a nombre del licitante y licencia municipal.
n) Presentar Indicadores regulatorios de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (Índice de Cobertura de Reservas Técnicas, Índice de Cobertura de Capital Mínimo de Garantía e Índice de Cobertura de Capital Mínimo Pagado), impresión del portal donde aparezca el nombre del participante de los últimos cuatro trimestres publicados, en el que se observe calificación satisfactoria de acuerdo a la regulación del Órgano.
o) El participante deberá estar al corriente con sus obligaciones fiscales (presentar Formato 32-D Emitido por el Servicio de Administración Tributaria SAT, con antigüedad de 30 días.)
p) Carta compromiso bajo protesta decir verdad, donde manifieste que la emisión de la póliza será bianual de acuerdo a la Vigencia solicitada.
Para efectos de inscripción o actualización del registro, favor de comunicarse a la Dirección de Desarrollo de Proveedores al teléfono 0000- 0000, o bien ingresar al módulo “Registrarse como Proveedor del Gobierno de Jalisco” de la página de Internet xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XxxxxxxxxXxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxxxx
5. JUNTA ACLARATORIA.
Se llevará a cabo a las 15:00 horas del día 15 de noviembre del año 2016 en la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, ubicada en prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, en esta ciudad, con entrada opcional por la puerta posterior del edificio, ubicada en la calle Magisterio s/n, bajo los siguientes lineamientos:
a).- Las preguntas deberán entregarse en forma impresa y digital (en formato de Word,), por conducto del apoderado legal de los participantes en la oficina de la Dirección de la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, ubicada en domicilio citado en el párrafo inmediato anterior, a más tardar antes de las 10:00 horas del día 09 de noviembre del año 2016. No se recibirá o dará curso a las preguntas extemporáneas.
b).- A este acto deberá asistir el Participante y/o su representante legal, debidamente acreditado.
c).- Se dará respuesta únicamente a las preguntas relacionadas con las bases y el proceso de adquisición, que se formulen de conformidad al presente numeral y a lo establecido en el formato del Anexo 2
(junta aclaratoria).
d).- La asistencia de los Participantes a la junta aclaratoria será bajo su estricta responsabilidad ya que deberán de aceptar lo ahí acordado, en el entendido de que en la misma se podrán modificar las características de los bienes y servicios, señalar la fecha para otra junta aclaratoria o el diferimiento de la misma.
El acta de la junta aclaratoria es parte integral de las presentes bases para los efectos legales a los que haya lugar. El objetivo principal de la junta aclaratoria, será el de discutir y en su caso acordar o disipar cualquier duda o comentario que sobre las presentes bases realicen o formulen los concursantes, en el entendido de que éstos podrán realizar las observaciones conducentes a sus representadas y en caso de no existir manifestación expresa alguna por cada uno de los concursantes, se entenderá como aceptadas en todos sus términos y condiciones de la presente licitación así como el contrato que para el caso se llegue a celebrar con el adjudicado en el concurso, no pudiendo alegar la compañía aseguradora beneficiada con posterioridad a junta aclaratoria, vicios del consentimiento, nulidad, dolo, error, lesión, inexactas declaraciones o cualquier acto figura jurídica que tuviera por efecto anulación, rescisión o incumplimiento del contrato de seguro a celebrar, lo anterior tomando en consideración que la junta aclaratoria en cuestión es parte integral del contrato, puesto que en caso de ser omisa(s) la adjudicada no podrá alegar en su favor las circunstancias antes señaladas en caso de existir controversias ya de índole administrativo, civil, mercantil o penal, ya que las compañías de seguro concursantes son diestras y expertas en la materia de seguros.
6. CARACTERÍSTICAS DE LA PROPUESTA.
El participante deberá presentar su propuesta técnica y económica mecanografiada o impresa en papel membretado original del participante, debidamente firmada, dirigida a la “Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco” en la que debe constar el desglose de cada uno de los bienes o servicios que está ofertando y que la convocante solicita adquirir. Queda prohibido para el participante hacer suyo el Anexo 1, sustituyendo su propuesta técnica con el anexo 1 o la junta aclaratoria; el no observar lo anterior será motivo de descalificación para el participante.
a).- Toda la documentación elaborada por el Participante deberá redactarse en español. Únicamente podrán presentarse certificaciones, folletos, catálogos o cualquier tipo de documento informativo en el idioma original, anexando traducción al español en los términos del Art. 35 párrafo tercero de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios;
b).- Todas y cada una de las hojas de la propuesta elaborada por el Participante, deberán presentarse firmadas de forma autógrafa por él o su representante legal;
c).- Todos los documentos que integren la propuesta deberán presentarse, dentro de un sobre cerrado de forma inviolable con cinta adhesiva, señalando claramente nombre del Participante, identificándolo como “SOBRE 1 PROPUESTA TECNICA” y “SOBRE 2 PROPUESTA ECONOMICA”, así como número y nombre del proceso de adquisición;
d).- Los documentos no deberán estar alterado, tachados y/o enmendados;
e).- No se aceptarán opciones, el Participante deberá presentar una sola propuesta;
f).- La propuesta Técnica deberá presentarse en los términos del formato Anexo 6 “Propuesta Técnica” de conformidad con lo solicitado en el Anexo 1 y considerar los modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones,
g) La propuesta Económica deberá presentarse en los términos del Anexo 5 “Propuesta Económica”;
h).- La propuesta técnica deberá realizarse con estricto apego a las necesidades planteadas por la convocante en las presentes bases, de acuerdo a los bienes y servicios, y especificaciones requeridas en el Anexo 1 (especificaciones); y
i).- La oferta económica se presentará en Moneda Nacional con I.V.A. desglosado y demás impuestos que en su caso correspondan, incluyendo todos los costos involucrados, por lo que no se aceptará ningún costo extra o precios condicionados.
6.1. Características adicionales de las propuestas:
a).- Para facilitar la revisión en el acto de apertura de los documentos requeridos, se sugiere que éstos sean integrados en una carpeta de argollas conteniendo:
1.- Índice que haga referencia al número de hojas;
2.- Separadores dividiendo las secciones de la propuesta;
3.- Las hojas foliadas en el orden solicitado, de la siguiente forma: 1/3, 2/3, 3/3…
4.- Los documentos originales que se exhiban con carácter devolutivo no deberán perforarse, por tanto, deberán presentarse dentro de micas.
b).- Todos los escritos y las cartas deberán ser dirigidos a la “Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado”, mecanografiada o impresa preferentemente en papel membretado original del Participante.
La falta de alguna de las características adicionales de la propuesta, no será causal de descalificación.
7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
7.1. PRESENTACION DE PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA, Y APERTURA DE PROPUESTA TECNICA.
Este acto se llevará a cabo a las 13:00 horas del día 18 de noviembre del año 2016, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el mezzanine, del domicilio de la Secretaría; hora de registro de las 12:30 a 12:59 hrs.
7.2. Documentos que debe contener el sobre 1 de la “Propuesta Técnica”.
a).- Anexo 3 (Carta de Proposición); b).- Anexo 4 (Acreditación);
c).-Anexo 6 (técnica).
d).- Cartas para cada uno de los incisos del a) al p) del Numeral 4 “Obligaciones de los Participantes”; donde especifique lo solicitado en estos incisos bajo protesta de decir verdad; acompañando a cada carta con copia simple de la documentación y/o soporte en los incisos en que aplique;
e).- Escrito firmado por el representante legal de que están adjuntando relación de reaseguradores de primer nivel con los que se colocó el riesgo (desglose de participación en el riesgo que incluya nota de cobertura) y que están registrados ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en la fecha de entrega de esta propuesta, el no cumplir con este requerimiento es motivo de descalificación.
f).- Los licitantes deberán presentar, el nombre del intermediario de reaseguro con los que, en su caso, colocarán las pólizas del presente proceso de adquisición, mismos que deberán cumplir con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables vigentes en México, la Aseguradora deberá presentar, copia simple del registro del Intermediario de Reaseguro autorizado ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
g).- Los participantes entregaran una carta en donde manifiesten del personal propio del proveedor que atenderá la cuenta, así como la atención de siniestros con los datos que se deberán de contener como son: nombre, puesto, teléfono con extensiones y celulares u otros equipos de radiocomunicación
h) Anexo 7 (Estratificación)
7.3 Documentos que debe contener el Sobre 2 “Propuesta Económica”.
a).- Anexo 5 (Propuesta Económica)
La falta de alguno de estos documentos en las fracciones que anteceden, será causal de descalificación de la propuesta del participante
7. 4. Este acto se llevará de la siguiente manera:
a).- A este acto deberá asistir solamente el Participante o su representante Legal y presentar Poder Notarial e identificación vigente con validez oficial (pasaporte, credencial para votar con fotografía, cédula profesional o cartilla del servicio militar);
b).- Los Participantes que concurran al acto firmarán un registro para dejar constancia de su asistencia, el horario de registro es de 12:30 a 12:59 hrs.;
c).- En el momento en que se indique, los Participantes ingresarán a la sala, llevándose a cabo la declaración oficial de apertura del acto;
d).- Se hará mención de los Participantes presentes;
e).- Los Participantes registrados entregarán dos sobres por separado cerrados en forma inviolable, uno conteniendo la propuesta técnica y demás documentación solicitada, y otro únicamente la propuesta económica, señalando de manera clara el NOMBRE DEL PARTICIPANTE, PROCESO Y TIPO DE PROPUESTA (TÉCNICA O ECONÓMICA), en caso de omitir algún dato de lo solicitado en este inciso, la Comisión le solicitará al o los participantes que cubran los requisitos solicitados para seguir con el acto;
f) Se procederá a la apertura de los sobres de las propuestas, verificando la documentación solicitada en el numeral 7.2 de las presentes bases;
g).- El sobre de la propuesta económica (Anexo 5) quedará en resguardo de la Convocante, debidamente firmada por los integrantes de la Comisión y los participantes asistentes.
h) Cuando menos dos de los integrantes de la Comisión asistentes y dos de los Participantes presentes, rubricarán la primera hoja de los documentos solicitados en el numeral 7.2 de estas bases;
i).- Todos los documentos presentados quedarán en poder del coordinador de compras adscritos a la Dirección para su análisis. Una vez concluido el proceso el expediente será archivado; y
j).- En el supuesto de que algún Participante no cumpla con la obligación de sostener todas y cada una de las condiciones de sus propuestas, o las retire antes de la emisión de la resolución que recaiga en el presente proceso de adquisición, el Director General de Abastecimientos o el funcionario que éste designe para tal efecto, podrá suspender o cancelar el registro xxx Xxxxxx.
8. DICTAMEN TÉCNICO Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS.
Este acto se llevará a cabo a las 13:00 horas del día 24 de noviembre del año 2016, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el mezzanine, del domicilio de la Secretaría; hora de registro de las 12:30 a 12:59.
8.1 Este acto se llevará a cabo de la siguiente manera:
a).- A este acto deberá asistir solamente el Participante o su representante legal, debidamente acreditado;
b).- Se dará lectura del dictamen técnico donde se mencionará(n) al (los) participante(s) que puedan continuar ofertando y por lo tanto adquiera(n) el derecho a que se realice la apertura de su(s) propuesta(s) económica(s);
c).- Se procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas para verificar que contengan el documento requerido;
d).- Los Participantes darán lectura al total de su oferta económica I.V.A. incluido;
e).- Se les regresará el sobre cerrado, de sus propuestas económicas, transcurridos 15 quince días hábiles contados a partir del acto del fallo, a los participantes que hubiesen sido descalificados, para lo cual se levantará y firmará, un acta circunstanciada dónde al participante que se le regrese el sobre firmará de conformidad el recibirlo sin haber sido aperturado.
f).- Cuando menos dos de los integrantes de la Comisión asistentes y dos de los Participantes presentes, rubricarán todas y cada una de las hojas de las propuestas económicas aperturadas;
g).- Todos los documentos presentados quedarán en poder de la Convocante para su análisis, constancia de los actos y posterior fallo; y
h).- Todos los documentos presentados quedarán en poder del coordinador de compras adscritos a la Dirección para su análisis. Una vez concluido el proceso el expediente será archivado; y
i) En el supuesto de que algún Participante no cumpla con la obligación de sostener todas y cada una de las condiciones de sus propuestas, o las retire antes de la emisión de la resolución que recaiga en el presente proceso de adquisición, el Director General de Abastecimientos o el funcionario que éste designe para tal efecto, podrá suspender o cancelar el registro xxx Xxxxxx.
9. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN.
La totalidad de los servicios serán adjudicados a un solo participante.
Para evaluar aspectos técnicos y económicos de las propuestas objeto del presente proceso de adquisición, a juicio de la Comisión se considerará:
a).- Precio ofertado; b).- Financiamiento;
c).- Calidad del servicio propuesto; d).- Tiempo de entrega; y
e).- Tiempo de garantía.
Para la adjudicación del objeto del presente proceso de adquisición se procederá conforme a los artículos 17, 19 y 44 fracción I de la Ley y los artículos 19 de su Reglamento.
10. ACLARACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
El Secretario Ejecutivo de la Comisión o el funcionario que éste designe, podrá solicitar aclaraciones relacionadas con las propuestas a cualquier Participante por el medio que disponga.
11. COMUNICACIÓN.
Salvo lo dispuesto en el numeral que antecede, desde el cierre del acta de aclaración de bases y hasta el momento de la notificación de la resolución de adjudicación, los participantes no se pondrán en contacto con los miembros de la Comisión, la Convocante o la dependencia solicitante, para tratar cualquier aspecto relacionado con la evaluación de alguna propuesta. Cualquier intento por parte de un Participante de ejercer influencia para la evaluación o adjudicación, dará lugar a que se descalifique su propuesta.
12. DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES.
La Comisión descalificará a los Participantes que incurran en cualquiera de las siguientes situaciones:
a).- En alguno de los casos previstos por el artículo 18 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, o cuando se compruebe su incumplimiento a las condiciones especiales y estándares de servicio de los contratos de seguros celebrados con anterioridad, así como la mala calidad como proveedor del Gobierno de Jalisco, de la Federación, del municipio o de cualquier entidad Federativa;
b).- Si incumple con cualquiera de los requisitos solicitados en las presentes bases y sus anexos;
c).- Si un socio o administrador forma parte de dos o más de las empresas Participantes, o forma parte de alguna empresa a la que se le haya cancelado o suspendido el registro en el Padrón;
d).- Cuando la propuesta presentada no esté firmada por la persona legalmente facultada para ello, e).- La falta de cualquier documento obligatorio solicitado;
f).- La presentación de datos falsos;
g).- Cuando de diversos elementos se advierta la posible existencia de arreglo entre los Participantes para elevar los precios objeto del presente proceso de adquisición;
h).- Si se acredita que al Participante que corresponda se le hubieren rescindido uno o más contratos por causas imputables al mismo y/o las sanciones aplicadas con motivo de incumplimiento se encuentren en vigor;
i).- Si se acredita que el Participante no demuestra tener capacidad administrativa, financiera, legal, técnica, de producción o distribución adecuada para atender el requerimiento de los bienes y servicios en las condiciones solicitadas;
j).- Si las ofertas presentadas no se realizan con estricto apego a las necesidades planteadas por la convocante en las presentes bases, de acuerdo a la descripción de los bienes y servicios requeridos y cada una de sus especificaciones;
k).- Se descalificará a los participantes que tengan siniestros documentados pendientes por pagar hacia el Estado, la CONVOCANTE, así como a sus Organismos Públicos Descentralizados, Desconcentrados, Intermunicipales, del Poder Legislativo y/o Poder Judicial, así como de aquellos que se hubiere firmado el convenio con la compañía de seguros a través del despacho de ajustadores y del cual se desprenda la promesa de pago por la indemnización y que a la fecha de la presentación de su propuesta no se hubieren finiquitado y/o pagado,
l).- No podrán presentar propuestas o cotizaciones, ni celebrar contratos o pedido alguno, las personas físicas o jurídicas que por causas imputables a ellas, se encuentran en situaciones xx xxxx, respecto al cumplimiento de otro contrato o pedido celebrado con el Gobierno del Estado, dependencias u organismos auxiliares o fideicomisos públicos y que hayan afectado con ello los intereses del Gobierno; en razón de lo anterior, se descalificara a los participantes que cuenten con sentencia que haya sido emitida por autoridad competente y que la misma haya causado estado, en los términos del artículo 420 del código civil del estado de Jalisco.
m).- Se descalificará a los participantes que cuenten con procedimientos incoados por incumplimiento hacia la CONVOCANTE, así como a sus Organismos Públicos Descentralizados, Desconcentrados, Intermunicipales, del Poder Legislativo, Poder Judicial entre otros en el Estado de Jalisco, así como aquellos que reúnan la calidad de beneficiarios, los cuales podrán comparecer de manera conjunta o separada y que estos hubieran hecho del conocimiento a la CONVOCANTE por escrito de la presentación de la solicitud de instauración de procedimientos ante la CONDUSEF y/o autoridad judicial.
13. SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN.
La Comisión podrá cancelar o suspender el proceso de adquisición en los supuestos que a continuación se señalan:
a).- Por caso fortuito o fuerza mayor o cuando ocurran razones de interés general;
b).- Cuando se detecte que las bases difieren de las especificaciones de los bienes y servicios que se pretenden adquirir;
c).- Si se presume o acredita la existencia de irregularidades;
d).- Si la oferta del Participante que pudiera ser objeto de adjudicación, excede el presupuesto autorizado para este proceso de adquisición;
e).- Si ninguna de las ofertas propuestas en este proceso de adquisición, aseguran al Gobierno de Estado de Jalisco las mejores condiciones disponibles para la adjudicación de los bienes y servicios materia de este proceso
de adquisición, por resultar superiores a los xxx xxxxxxx o ser inferiores a tal grado que la convocante presuma que ninguno de los Participantes podrá cumplir con el suministro de los mismos;
f).- Por orden escrita debidamente fundada y motivada o por resolución firme de autoridad judicial; por la Contraloría del Estado con motivo de inconformidades; así como por la Comisión, en los casos en que tenga conocimiento de alguna irregularidad; y
g).- A petición de la dependencia solicitante, debido a alguna causa superveniente posterior al inicio del procedimiento de adquisición y antes de que la Comisión de Adquisiciones emita el fallo del proceso.
En caso de que el proceso de adquisición sea suspendido o cancelado se dará aviso a todos los Participantes.
14. DECLARACIÓN DE PROCESO DE ADQUISICIÓN DESIERTO.
La Comisión podrá declarar desierto el proceso de adquisición:
a).- Cuando no se reciba por lo menos una propuesta en el acto de presentación y apertura de propuestas; b).- Cuando ninguna de las propuestas cumpla con todos los requisitos solicitados en estas bases;
c).- Si a criterio de la Comisión ninguna de las propuestas cubre los elementos que garanticen al Gobierno del Estado las mejores condiciones señaladas en el numeral 8 de estas bases;
d).- Si después de efectuada la evaluación técnica y económica no sea posible adjudicar a ningún Participante; y
e).- Si ninguna de las ofertas propuestas en este proceso de adquisición, aseguran al Gobierno de Estado de Jalisco las mejores condiciones disponibles para la adjudicación de los bienes y servicios materia de este proceso de adquisición, por resultar superiores a los xxx xxxxxxx o ser inferiores a tal grado que la convocante presuma que ninguno de los Participantes podrá cumplir con el suministro de los mismos.
15. FACULTADES DE LA COMISIÓN.
La Comisión resolverá cualquier situación no prevista en estas bases y además tendrá las siguientes facultades adicionales:
a).- Dispensar defectos de las propuestas cuya importancia en sí no sea relevante, siempre que exista la presunción de que el Participante no obró de mala fe;
b).- Rechazar propuestas cuyo importe sea de tal forma inferior, que la Comisión considere que el Participante no podrá suministrar los bienes y servicios, por lo que incurriría en incumplimiento;
c).- Si al revisar las propuestas existiera error aritmético y/o mecanográfico se reconocerá el resultado correcto y el importe total será el que resulte de las correcciones realizadas. El Secretario Ejecutivo de la Comisión o a quien él faculte, podrá citar al Participante correspondiente para hacer las aclaraciones respectivas;
d).- Verificar todos los datos y documentos proporcionados en la propuesta correspondiente y si se determina que por omisión o dolo el Participante no estuviera en posibilidad de cumplir con lo solicitado en estas bases y sus anexos, la Comisión podrá adjudicar al Participante que hubiera obtenido el segundo lugar de acuerdo a la evaluación que se practique a las propuestas presentadas o convocar a un nuevo proceso de adquisición si así lo considera conveniente;
e).- Solicitar el apoyo a cualquiera de las áreas técnicas del gobierno del estado, con el fin de emitir su resolución; y
f).- Xxxxxxxx, suspender o declarar desierto el presente proceso de adquisición.
16. DE LA RESOLUCIÓN O FALLO.
La Comisión emitirá la resolución de adjudicación dentro de los 10 diez días hábiles siguientes a la celebración del acto presentación y apertura de las propuestas.
17. ACTO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN.
El resultado de la Resolución de Adjudicación, se dará a conocer dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la emisión de la Resolución, en los términos de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios; y para el caso de que así lo solicite el participante o exista acuerdo que lo autorice, de que todas las notificaciones y aún las personales se le practiquen por correo electrónico en la cuenta que señalen en la carta de proposición, se llevarán en los términos del artículo 123 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, aplicado de manera supletoria por esta autoridad administrativa.
De la misma forma, la notificación de la resolución que emita la Comisión, podrá practicarse a los participantes en la Dirección de la Comisión de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, ubicada en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, con entrada opcional por la puerta posterior del edificio, ubicado en Magisterio s/n.
18. FIRMA DEL CONTRATO.
El Participante adjudicado se obliga a firmar el contrato en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la resolución de adjudicación, en la Dirección. Una vez firmado en su totalidad se le proporcionará un ejemplar, previa entrega de las garantías de cumplimiento del contrato. El contrato podrá ser modificado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 18 del Reglamento.
La persona que acuda a la firma del contrato deberá ser el Representante Legal debidamente acreditado con original para cotejo y copia simple del poder notarial de conformidad con el Anexo 4 de las presentes bases, así mismo deberá presentar original de identificación vigente con validez oficial (cartilla, pasaporte, cédula profesional o credencial para votar con fotografía), deberá ser el Representante Legal debidamente acreditado con original para cotejo y copia simple del poder notarial de conformidad con el Anexo 4 de las presentes bases, así mismo
Si el contrato respectivo no se formaliza con el Participante adjudicado en el plazo señalado anteriormente, por causas imputables a él, de resultar conveniente se podrá celebrar con el segundo lugar, cancelar o iniciar un nuevo proceso de adquisición.
19. ANTICIPO.
En el presente proceso de adquisición no se otorgará anticipo.
20. FORMA DE
PAGO.
El pago se realizará en Moneda Nacional, y separando los importes que correspondan a las Dependencias del Poder Ejecutivo con relación a Organismos Públicos Descentralizados o desconcentrados, de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas, debidamente requisitados los documentos conforme al anexo 8.
Una vez cubiertos todos y cada uno de los requisitos y documentos solicitados conforme al anexo 8, por la Dirección General de Abastecimientos y recibidos por ésta misma, entregará a la Aseguradora el correspondiente contra recibo por la cantidad equivalente a la prima ANUAL correspondiente, en un lapso no menor a 5 días hábiles ni mayor a 20 días hábiles a partir de la fecha en que se haya entregado por parte de la compañía aseguradora la documentación pertinente, completa y correcta a que se refiere el anexo 8, en ese sentido la Dirección de Abastecimientos entregará el correspondiente contra recibo a la compañía Aseguradora, mismo que se tendrá como documento de pago a la obligación por parte del Gobierno del Estado.
Ahora bien, el contra recibo a que se hizo referencia en el párrafo que precede, deberá de presentarse ante la Secretaría a fin de que ésta en un plazo no menor a 30 días hábiles libere el correspondiente cheque a favor de la compañía aseguradora, por lo que en este orden de ideas, la compañía aseguradora no podrá alegar el incumplimiento en la obligación de pago dado que se estipula por ambas parte la conformidad con lo aquí establecido, atendiendo de igual forma a los dispuesto por los artículos 36, 37, 150 bis, de la Ley de Contrato Sobre Seguro, prevaleciendo en cualquier tiempo la voluntad de las partes aquí plasmada.
En caso de que la documentación no se entregue completa o con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el ANEXO 8, la Dirección General de Abastecimientos, dará aviso a la compañía aseguradora por el medio que ésta estime pertinente o en su defecto con oficio con acuse de recibido, lo anterior para el efecto de que la aseguradora lleve a cabo las rectificaciones o complete los documentos faltantes en caso de que esto se actualice, resultado con ello, que el termino de pago empezará a correr a partir de que de nueva cuenta se atienda a la mecánica aquí establecida, no pudiendo por ello alegar la aseguradora que se ha incumplido el pago de la prima, ya que esto solo resultara imputable a la compañía de seguro, al no haber cumplimentado los requisitos para el pago correspondiente a través del contra recibo antes mencionado, sin que por ello esto pueda eximir a la compañía aseguradora en el cumplimiento íntegro del servicio contratado.
El pago se realizará en forma anual de acuerdo a lo solicitado en el ANEXO 5 de las bases.
Para el Pago Total:
a)
Original y 3 (tres) copias de Factura, a nombre de la Secretaría de planeación, Administración y finanzas del
Gobierno de Jalisco, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxx Xxxxxx, X.X.X. SPC130227L99, sellada y firmada por la Dirección General de Abastecimiento de la Secretaría.
b)
Original y 2 (dos) copias de la Orden de compra.
c)
Original y copia del Anexo de Facturación y Entregas.
d)
2 (dos) copias del Contrato.
e)
2 (dos) copias del Acta de Resolución de Adjudicación.
f)
2 (dos) copias de la Garantía de cumplimiento del contrato por el 10%.
21. GARANTÍAS.
Las garantías podrán ser a través de fianza, cheque certificado o cheque de caja a favor de la Secretaría, o bien en efectivo a través de billete de depósito tramitado en la oficina recaudadora metropolitana No. 000 de la Secretaría, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxx, con horarios de 8:30 a 15.30 hrs.
Dichas garantías deberán constituirse en Moneda Nacional
Las garantías podrán ser exigibles en cualquier tiempo y estarán en vigor a partir de la fecha del contrato.
21.1 Para el Cumplimiento del Contrato.
El Proveedor deberá entregar una garantía del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato I.V.A. incluido, para responder por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases y en el contrato respectivo.
Si el Proveedor opta por garantizar el cumplimiento de contrato a través de fianza, ésta deberá ser expedida por afianzadora nacional y contener el texto del Anexo 7 (fianza del 10% del cumplimiento del contrato).
La garantía deberá entregarse dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la fecha de firma del contrato.
El hecho de no cumplir con la presentación de esta garantía, será causa suficiente para cancelar el contrato de forma administrativa, pudiendo adjudicársele al segundo lugar que haya presentado la mejor propuesta dentro de este proceso de adquisición.
22. INCONFORMI
DADES.
Se dará curso al procedimiento de inconformidad con lo establecido en el Titulo Séptimo del Capítulo I de la Ley.
23. LEGISLACIÓN
SUPLETORIA.
Para efectos de lo no previsto en las presentes bases, en la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco y el Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, podrá aplicarse por la convocante de manera supletoria la siguiente normatividad:
a).- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
b).- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
c).- Ley del procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco;
d).- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco;
e).- Código Federal de Procedimientos Civiles;
f).- Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
g).- Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; y
h).- Demás normas que sean de aplicación al presente proceso de adquisición.
Guadalajara, Jalisco a 00 xx xxxxxxxxx xx 0000.
XXXXX 0 ESPECIFICACIONES TECNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL22/2016
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA 2016-2018”
EL PARTICIPANTE DEBERÁ DECLARAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUMPLIRÁ CON LO SOLICITADO EN ESTE ANEXO.
COMPROMISOS.
(Razón Social Aseguradora) DENOMINADA EN ADELANTE “LA ASEGURADORA” SE COMPROMETE A INDEMNIZAR AL ASEGURADO DE ACUERDO A LOS LIMITES, COBERTURAS Y CONDICIONES ESPECIALES QUE AFECTEN A LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRONICO Y MAQUINARIA PESADA, DEL GOBIERNO DE JALISCO Y SUS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS O DESCONCENTRADOS, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA “EL CONTRATANTE”.
CONTRATANTE.
SE DENOMINA CONTRATANTE A LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS QUE HA SOLICITADO LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO PARA TERCERAS PERSONAS Y QUE ADEMAS SE RESPONSABILIZA POR EL PAGO DE LAS PRIMAS DE ACUERDO AL ESQUEMA ELEGIDO, PRORROGABLE BAJO NEGOCIACION ENTRE LAS PARTES. EL PRESENTE CONTRATO SE EXPIDE A FAVOR DE LAS DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE JALISCO, QUE SE ENCUENTREN LEGALMENTE CONSTITUIDAS O EN UN FUTURO PUEDEN SER CONSTITUIDAS O INCORPORADAS AL MISMO, SIEMPRE Y CUANDO EXISTA UN INTERÉS ASEGURABLE.
LA SECRETARIA DE ADMINSTRACION ACTUARA COMO CONTRATANTE A NOMBRE DE LOS DEMAS, PARA TODAS LAS OBLIGACIONES Y DEBERES DEL ASEGURADO ADQUIRIDAS EN ESTE CONTRATO.
ASEGURADO.
EL PRESENTE CONTRATO SE EXPIDE A FAVOR DE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y SUS DEPENDENCIAS, QUE SE INCLUYEN EN LOS ANEXOS QUIENES TENDRAN EL BENEFICIO DE LA COBERTURA CONTRATADA, SIENDO ESTA RELACION ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA.
CADA UNO DE LOS ASEGURADOS CITADOS TENDRAN LA MISMA PROTECCION Y LAS MISMAS OBLIGACIONES COMO SI ESTE CONTRATO HUBIERA SIDO EMITIDO EN FORMA INDIVIDUAL A CADA UNO DE ELLOS.
ADMINISTRACION.
AL INICIO DE LA VIGENCIA, LA ASEGURADORA DEBERÁ INFORMAR POR ESCRITO AL CONTRATANTE, EL NOMBRE DEL PERSONAL DESIGNADO PARA BRINDAR LAS ACTIVIDADES PROPIAS DEL SERVICIO TALES COMO: EMISIÓN DE PÓLIZAS, COBRANZA DE PRIMA, ATENCIÓN Y PAGO DE SINIESTROS, ASÍ COMO GESTIONES DE RECLAMACIONES
Y SEGUIMIENTO. EL SERVICIO DEBERÁ SER PROPORCIONADO DIRECTAMENTE A LAS DEPENDENCIAS Y/O SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN COMO RESPUESTA A UNA SOLICITUD.
OBJETO.
EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO ES LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRONICO Y MAQUINARIA PÉSADA DEL GOBIERNO DE JALISCO, Y/O DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS O DESCONCENTRADOS CONTRA LOS RIESGOS CUBIERTOS DE ACUERDO A LOS LIMITES, COBERTURAS Y CLAUSULAS ASENTADOS Y PACTADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, DE ACUERDO A LAS BASES DE LICITACION, PROPUESTA TECNICA QUE CONTIENEN LAS CONDICIONES ESPECIALES, ASI COMO LAS PROPUESTAS ECONOMICAS, QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL MISMO, ENTENDIENDOSE POR ESTOS DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA.
MONEDA.
EL PAGO DEL PRESENTE CONTRATO SE PACTA EN PESOS MEXICANOS Y SU PAGO XX XXXXXX SE REALIZARÁ EN MONEDA NACIONAL Y SEPARANDO LOS IMPORTES QUE CORRESPONDAN A LAS DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO CON RELACIÓN A ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS O DESCONCENTRADOS.
DE LA VIGENCIA.
A partir de las 12:01 horas del día 30 de noviembre del año 2016 y hasta las 12:00 horas del día 30 de noviembre del año 2018.
GARANTIA DE PAGO:
EL PAGO DE LA PRIMA ACORDADA QUEDARA GARANTIZADO POR PARTE DE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS POR LO QUE NO SERA MOTIVO DE RECHAZO O CONDICIONAMIENTO PARA BRINDAR LOS SERVICIOS CONTRATADOS POR DESFAZAMIENTO EN EL PAGO DE LA PRIMA.
TERRITORIALIDAD.
REPÚBLICA MEXICANA Y EN EL EXTRANJERO CUANDO PROCEDA EN LA COBERTURA AFECTADA.
ERRORES U OMISIONES.
LA VALIDEZ DEL PRESENTE CONTRATO NO SE IMPUGNARÁ CUANDO EL CONTRATANTE O CUALQUIERA DE LOS ASEGURADOS HUBIERAN INCURRIDO EN ERROR U OMISIÓN INVOLUNTARIO EN LA ADMINISTRACION DE LA POLIZA COMO ALTA, DESCRIPCIÓN, INCLUSION DE BIENES ASEGURADOS, ESTIMACION DE VALORES ASEGURABLES O EN EL TRÁMITE DE DOCUMENTACIÓN POR CUALQUIERA DE SUS FUNCIONARIOS.
AL SER DESCUBIERTO, SE DEBERÁ NOTIFICAR ESE ERROR U OMISIÓN REALIZANDO LA CORRECCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE LA ASEGURADORA DESDE SU FECHA DE INGRESO O DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO, PAGANDO EL ASEGURADO LA PRIMA, O DEVOLVIENDO LA PRIMA CORRESPONDIENTE, SIN LIBERAR
A LA ASEGURADORA DE LA OBLIGACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN, NI AL CONTRATANTE DEL PAGO DE PRIMA CUANDO CORRESPONDA.
CANCELACIÓN ANTICIPADA.
EN CASO DE QUE LA ASEGURADORA DECIDA DE MANERA UNILATERAL CANCELAR ESTE CONTRATO, DEBERÁ HACERLO MEDIANTE NOTIFICACIÓN POR ESCRITO Y DE MANERA INDUBITABLE, SURTIENDO EFECTO LA TERMINACIÓN DEL SEGURO DESPUÉS DE 60 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN, DEVOLVIENDO LA TOTALIDAD DE LA PRIMA NO DEVENGADA INCLUYENDO LOS GASTOS E IVA DERIVADOS DE LA EMISIÓN AL MOMENTO DE LA NOTIFICACIÓN. DICHA NOTIFICACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EN LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN REINTEGRANDO ADEMÁS AL ASEGURADO, EL 10% DE LAS PRIMAS TOTALES DEL CONTRATO EN CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y SUS DEPENDENCIAS. SIN ESTE REQUISITO, NO SE TENDRÁ POR HECHA LA NOTIFICACIÓN DE CANCELACIÓN Y SEGUIRÁ SURTIENDO TODOS SUS EFECTOS EL CONTRATO CELEBRADO HASTA EN TANTO NO SE CUMPLA CON LAS PRESENTES DISPOSICIONES.
EN CASO DE QUE EL CONTRATANTE DECIDA SIN JUSTIFICACIÓN ALGUNA CANCELAR ESTE CONTRATO, DEBERA HACERLO MEDIANTE NOTIFICACION POR ESCRITO. SURTIENDO EFECTO LA TERMINACION DEL SEGURO DESPUES DE 60 DIAS HÁBILES A PARTIR DE LA FECHA DE LA NOTIFICACION, LA ASEGURADORA DEVOLVERA LAS PRIMAS NO DEVENGADAS AMPARANDO DICHOS 60 DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACION DE CANCELACIÓN.
EN CASO DE HACERSE EFECTIVA LA GARATIA POR INCLUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL CONTRATANTE PODRA EN PLENO DERECHO RESCINDIR EL MISMO, QUEDANDO OBLIGADA LA ASEGURADORA, A DEVOLVER A PRORRATA LAS PRIMAS NO DEVENGADAS.
CAUSAS DE RESCISION DEL CONTRATO.
LAS PARTES, PODRÁN DAR POR RESCINDIDO EL PRESENTE CONTRATO CUANDO SE PRESENTEN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN
• EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN LAS CLAUSULAS DE ESTE CONTRATO.
• QUE LA ASEGURADORA SE NIEGUE A PROPORCIONAR EL SERVICIO CONTRATADO O SE NIEGUE A CUMPLIR CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
• LA MALA CALIDAD DE RESPUESTA EN EL SERVICIO PRESTADO, A JUICIO DEL CONTRATANTE.
• LA VOLUNTAD DE LAS PARTES.
• LA VOLUNTAD DEL CONTRATANTE, PREVIO AVISO POR ESCRITO CON UNA ANTICIPACION DE 60 SESENTA DIAS NATURALES.
• POR FUERZA MAYOR, PROVOCADA POR SITUACIONES AJENAS A EL CONTRATANTE, PARA DESTINAR RECURSOS ECONOMICOS A OTROS
PROGRAMAS QUE A SU JUICIO RESULTEN PRIORITARIOS.
• LAS DEMAS QUE ESTABLECEN LAS LEYES CIVILES Y MERCANTILES.
• INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DEL REPORTE DE SINIESTRALIDAD DENTRO DEL TIEMPO Y TERMINOS ESTABLECIDOS EN ESTE ANEXO.
MODIFICACIONES, ALTAS, BAJAS, INCREMENTOS, REDUCCIONES O LÍMITES DE SUMAS ASEGURADAS.
LAS ALTAS, BAJAS, REDUCCIONES, INCREMENTOS O CAMBIOS EN LOS LIMITES DE SUMAS ASEGURADAS, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO SE COBRARÁN O DEVOLVERÁN POR PARTE DE LA ASEGURADORA CALCULANDO A PRORRATA SOBRE EL COSTO INICIAL.
CUALQUIER MODIFICACION EMITIDA POR LA COMPAÑÍA DEBERA SER LA RESPUESTA A UNA SOLICITUD PREVIA DEL CONTRATANTE GENERADA POR OFICIO QUE EXPIDA LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS O LAS DEPENDENCIAS DEL CONTRATANTE, SIENDO ESTAS LAS UNICAS AUTORIZADAS PARA SOLICITAR DICHOS CAMBIOS.
REPORTES DE SINIESTRALIDAD.
• INFORMACION MENSUAL:
LA ASEGURADORA DEBERA PRESENTAR TODOS LOS DÍAS LUNES DE LA CORRESPONDIENTE MENSUALIDAD Y A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO UN REPORTE DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS A LA ASEGURADORA ASI COMO LOS CHEQUES EXPEDIDOS EN ESE PERIODO (SEMANA) DE RECLAMACIONES ANTERIORES. CONTENIENDO LOS SIGUIENTES CAMPOS:
• NUMERO DE SINIESTRO NOMBRE DE LA DEPENDENCIA. RIESGO AFECTADO IMPORTE.
• FECHA DE RECIBIDA LA DOCUMENTACIÓN.
• FECHA DE PAGO Y NUMERO DE CHEQUE EN SU CASO.
ESTE REPORTE DEBERA SER ENTREGADO EN LA DIRECCION GENERAL ABASTECIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, CON COPIA A LA DIRECCION DE LO CONSULTIVO Y CONTENCIOSO Y VIA ELECTRONICA AL E-MAIL: (Los e-mails: SE PROPORCIONARÁ POR MEDIO DE LA DIRECCION DE LO CONSULTIVO Y CONTENCIOSO UNA VEZ ADJUDICADA LA ASEGURADORA). EL REPORTE SE DARA POR RECIBIDO UNA VEZ QUE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS CONFIRME LA RECEPCION DEL E- MAIL.
• REPORTES BIIMESTRALES.
SE DEBERÁ PRESENTAR EN DETALLE REPORTES BIMESTRALES (LAPSOS DE TIEMPO NO MAYORES A 60 DÍAS) A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE LA SINIESTRALIDAD CONTEMPLANDO LOS SIGUIENTES DATOS:
• NUMERO DE PÓLIZA.
• NUMERO DE SINIESTRO.
• RIESGO AFECTADO.
• MONTO DE RESERVA (DEBERA CONSIDERAR LA ESTIMACION INICIAL DE LA PERDIDA Y EN SU CASO DEBERA RESTAR LOS ANTICIPOS PAGADOS A CUENTA DEL SINIESTRO).
• ANTICIPO A CUENTA DEL SINIESTRO. (SERAN TODOS QUE SE REALICEN A CUENTA DEL MISMO).
• PAGO TOTAL DE SINIESTRO CONCLUIDO. (APLICA PARA SINIESTROS CONCLUIDOS POR LO TANTO NO DEBERA EXISTIR RESERVA NI ANTICIPOS DE SINIESTROS.)
• STATUS DEL SINIESTRO (SINIESTRO PAGADO, PENDIENTES X DOCUMENTAR, POR PAGAR, ETC.).
• ESTA INFORMACIÓN DEBERÁ ENTREGARSE IMPRESA Y EN ARCHIVO ELECTRÓNICO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ABASTECIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE PLANEACION, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS CON COPIA A LA DIRECCIÓN DE CONSULTIVO Y CONTENCIOSO. LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA DEBERÁ INCLUIR INVARIABLEMENTE Y A DETALLE TODAS LAS RECLAMACIONES PAGADAS, ESTA NUNCA DEBERÁ DE SEÑALAR RESERVAS. LA OMISIÓN DE LA ENTREGA DE LA SINIESTRALIDAD SOLICITADA SERA MOTIVO DE RESCISION DEL CONTRATO ADEMAS DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES SEÑALADAS DENTRO DE LOS ESTANDARES DE
SERVICIO.
LA OMISION DE INFORMACION PROPORCIONADA Y QUE NO SE AJUSTE A LO SOLICITADO EN LOS PARRAFOS ANTERIORES SE CONSIDERARA COMO NO PRESENTADA.
• LA ASEGURADORA ENTREGARÁ UN REPORTE AL FINAL DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, DE TODOS LOS SINIESTROS PAGADOS AL 30 DE NOVIEMBRE DICHO REPORTE DEBERÁ ENTREGARSE A MÁS TARDAR EL
15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018.
ESTANDARES DE SERVICIO.
LA ASEGURADORA DEBERA RESPETAR LOS ESTANDARES EN TIEMPOS DE RESPUESTA PARA LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
SUSCRIPCIÓN | TIEMPO DE RESPUESTA | ||
MÁXIMO | PENAS | ||
DIAS HABILES | CONVENCIONALES | ||
1 | COTIZACIÓN DENTRO DE CONTRATOS | 5 DÍAS | $1,000.00 M.N. POR CADA DIA HABIL DE INCUMPLIMIENTO |
2 | COTIZACIÓN SI SE REQUIERE REASEGURO | 20 DÍAS | |
3 | INSPECCIONES LOCALES | 10 DÍAS | |
4 | INSPECCIONES FORÁNEAS | 10 DÍAS | |
5 | REPORTES DE INSPECCIÓN | 5 DÍAS | |
6 | EMISIÓN DE PÓLIZAS: DAÑOS | 10 DÍAS |
7 | EMISIÓN DE MOVIMIENTOS (ENDOSOS A, B Y D CUALQUIER PÓLIZA | 10 DÍAS | |
8 | CARTAS COBERTURA CUANDO SE REQUIERA | 2 DÍAS | |
9 | REEXPEDICIÓN DE PÓLIZAS Y ENDOSOS ERRORES | 7 DÍAS | |
10 | DUPLICADO DE PÓLIZAS Y RECIBOS CUANDO SOLICITE | 5 DÍAS | |
11 | ENTREGA DE NOTAS DE CRÉDITO | 3 DÍAS | |
12 | FACTURAS POR CONCEPTO DE DEDUCIBLE | 5 DIAS | |
13 | REEXPEDICION DE FACTURAS POR ERRORES | 2 DIAS |
SINIESTROS | TIEMPO RESPUESTA MÁXIMO HABILES) | PENAS CONVENCIONALES | |
1 | PROPORCIONAR EL NÚMERO DE SINIESTRO | 3 DÍAS | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA HABIL DE INCUMPLIMIENTO. |
2 | TIEMPOS DE LLEGADA DEL AJUSTADOR A CRUCEROS POR PROBLEMAS DE SEMAFORIZACION | 120 MINUTOS | ELIMINACION DEL DEDUCIBLE |
3 | TIEMPOS DE LLEGADA DEL AJUSTADOR (DAÑOS) | HASTA 1 DÍAS | ELIMINACION DEL DEDUCIBLE |
4 | TIEMPOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO PAGOS ESPECIALES | 5 DÍAS | ACEPTACIÓN Y PAGO DEL SINIESTRO |
5 | TIEMPO DE REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR COMPLEMENTO DOCUMENTACIÓN O DAR CARTA RECHAZO | 5 DÍAS | PÉRDIDA DEL DERECHO DE SOLICITAR DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PAGO DEL SINIESTRO RECHAZO O AUN Y CUANDO EL RECHAZO SE ENCUENTRE EN LAS EXCLUSIONES DE LAS CONDICIONES GENERALES. |
6 | TIEMPO PARA PRESENTACION DE CONVENIO UNA VEZ RECIBIDA LA DOCUMENTACION | 5 DIAS | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA HABIL DE INCUMPLIMIENTO. |
7 | TIEMPO ENTREGA DEL CHEQUE SINIESTRO DESPUÉS FIRMA DEL CONVENIO: | 5 DÍAS | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA HABIL DE INCUMPLIMIENTO. |
8 | CARTA DE CESION DE DERECHO CUANDO PROCEDA | 5 DIAS | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA HABIL DE INCUMPLIMIENTO. . |
9 | REPORTES DE SINIESTRALIDAD | BIMESTRAL DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS DESPUES DEL BIMESTRE CORRESPONDIENTE | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA HABIL DE INCUMPLIMIENTO. |
10 | ANTICIPO HASTA POR EL 60% IMPORTE A AJUSTAR, UNA VEZ DECLARADO PROCEDENTE Y SE CUENTE CON LA DOCUMENTACION QUE SOPORTE EL IMPORTE CORRESPONDIENTE AL ANTICIPO. APLICA A RECLAMACIONES MAYORES $1’000,000.00 M.N. PREVIA SOLICITUD | 5 DÍAS SIGUIENTES A RECLAMO | $1,000.00 M.N. POR CADA DÍA HABIL DE INCUMPLIMIENTO. |
EJECUCIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES.
LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES SE LLEVARÁ A ACABO DE LA SIGUIENTE MANERA: LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE LO CONSULTIVO Y CONTENCIOSO, NOTIFICARÁ A LA ASEGURADORA POR ESCRITO DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO, ASÍ COMO EL IMPORTE QUE SE HUBIERE GENERADO POR CADA DÍA DE ATRASO, EN CASO DE NO PAGAR PUNTUALMENTE LAS PENALIDADES.
NO OBSTANTE QUE “LA COMPAÑÍA” REALICE EL PAGO DE LAS PENAS O EJECUTE LAS ACCIONES QUE SE MENCIONAN CON MOTIVO DE LOS INCUMPLIMIENTOS, “EL ASEGURADO” EN CUALQUIER TIEMPO PODRA CONSIDERAR CUALQUIER HECHO COMO INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PODRA ELEGIR ENTRE DEMANDAR EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y/O SU RESCISION Y EN AMBOS CASOS EXIGIR EL PAGO DE LA GARANTIA DEL 10% DIEZ PORCIENTO DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO EL PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PODRÁ SOLICITAR TODOS AQUELLOS DOCUMENTOS QUE A JUICIO DE ESTA CONSIDERE NECESARIOS PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS PAGOS CORRESPONDIENTES DE LOS EXPEDIENTES QUE CON MOTIVO DE SINIESTRO “LA COMPAÑÍA” HUBIERE ABIERTO, PARA REALIZAR ESTA REVISION Y AUDITAR SERA ATRAVEZ DE LA DIRECCION GENERAL JURIDICA.
BIENES CUBIERTOS:
TODA PROPIEDAD DEL ASEGURADO, CONSISTENTE EN BIENES MUEBLES E INMUEBLES ENTENDIÉNDOSE POR ÉSTOS A LOS QUE HACE ALUCIÓN EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO (DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA) Y CONTENIDOS DENTRO O FUERA DE LOS PREDIOS ASEGURADOS INCLUYENDO MEJORAS Y ADAPTACIONES A LOCALES QUE TENGA EN ARRENDAMIENTO Y/O AQUELLOS QUE TENGA BAJO SU CUIDADO, COMODATO, CONTROL Y/O CUSTODIA O POR LOS CUALES RESULTE LEGALMENTE RESPONSABLE PERO NO LIMITADO A:
• EDIFICIOS Y SUS CONTENIDOS EN GENERAL INCLUYENDO CIMIENTOS BAJO EL NIVEL DEL PISO MAS BAJO, MUROS DE CONTENCION, DRENAJES O ALCANTARILLADOS, BARDAS PERIMETRALES, CALLES, PAVIMENTOS,
CAMINOS, VIAS DE ACCESO, VIAS Y ESPUELAS DE FERROCARRIL, DIQUES, CANALES, GUARNICIONES, POZOS, CISTERNAS.
• TUNELES, VIAS, TRENES, ALIMENTADORES ELECTRICOS, SUBESTACIONES, DOMOS, EQUIPO RODANTE, BARRERAS. PUENTES, BIENES BAJO LA SUPERFICIE DE LA TIERRA, VIAS ELEVADAS, TODOS LOS BIENES QUE INTEGRAN EL SISTEMA DEL TREN ELECTRICO URBANO, INCLUYENDO LAS LÍNEAS DE OPERACIÓN 1, 2 Y 3 DEL SITEUR ASI COMO DEL SIAPA.
• OBRAS DE ARTE Y OBJETOS DE DIFICIL O IMPOSIBLE REPOSICION.
• JOYERIA METALES Y PIEDRAS PRECIOSAS, LINGOTES DE ORO Y PLATA, DINERO EN EFECTIVO, Y EN GENERAL CUALQUIER DOCUMENTO NEGOCIABLE, TITULOS DE PROPIEDAD, REGISTROS DE INFORMACION DE CUALQUIER TIPO, MANUSCRITOS, PLANOS, CROQUIS, DIBUJOS, PATRONES, MODELOS O MOLDES.
• EDIFICIOS, ESTRUCTURAS, MAQUINARIA Y EQUIPO, QUE SE ENCUENTREN EN PERIODO DE CONSTRUCCCION, MONTAJE, INSTALACION, DURANTE EL PERIODO DE PRUEBAS INCLUYENDO LOS MATERIALES Y SUMINISTROS DE LOS MISMOS, INCLUYENDO LAS LÍNEAS DE OPERACIÓN 1, 2 Y 3 DEL SITEUR.
• TODO EL EQUIPO ELECTRICO, ELECTRÓNICO, ELECTROMECANICO, MECANICO, EQUIPO A PRESION INCLUYENDO SUS ACCESORIOS TALES, PERO NO LIMITADOS A: EQUIPO DE SEMAFORIZACION INCLUYENDO SUS POSTES, COMPUTADORAS, EQUIPO MOVIL Y PORTATIL, RADIOS COMUNICADORES, ANTENAS, SISTEMAS INTEGRALES DE COMUNICACIÓN, CONTROLADORES, PANELES, GAVETAS, SISTEMAS DE TB. MAQUINARIA, TANQUES Y EQUIPOS A PRESION, EQUIPOS DE VIDEOVIGILANCIA INCLUYENDO SUS POSTES Y EN GENERAL TODO EL EQUIPO INSTALADO O NO, PROPIEDAD DEL ASEGURADO O DE TERCEROS MIENTRAS SE ENCUENTRE BAJO SU RESPONSABILIDAD.
• EQUIPO DE CONTRATISTAS TALES COMO: MOTOCONFORMADORAS, PAYLODER, BULLDOZER, RETROEXCAVADORAS, TRACTORES INCLUYENDO AGRICOLAS, COMPACTADORES, GRUAS, MONTACARGAS, TRASCAVOS, DUOPACTOR, CORTADORAS DE CAÑA, ENTRE OTROS.
• BIENES EN TRÁNSITO, MARITIMO, TERRESTRE O AEREO, INCLUYENDO LAS MANIOBRAS DE CARGA O DESCARGA; CONSIDERANDO TODOS LOS EMBARQUES NECESARIOS PARA LA OPERACIÓN DE CUALQUIER DEPENDENCIA Y/U ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, SIN NECESIDAD DE PRESNETAR PRONÓSTICO O DECLARACIÓN DE EMBARQUE.
TODO LO QUE EXCEDA DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA OPERARÁ SIN COBRO DE PRIMA ADICIONAL SALVO EN CASO DE PRESENTARSE UNA RECLAMACIÓN PROCEDENTE; LA DEPENDENCIA AFECTADA DEBERÁ DECLARAR EL EMBARQUE AFECTADAY SE REALIZARÁ AJUSTE SOBRE EL EXCEDENTE.
• TODOS LOS BIENES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA U OPERACIÓN DEBAN ESTAR SOBRE Ó BAJO EL AGUA.
• BIENES CONTENIDOS EN PLANTAS REFRIGERADORAS O INCUBADORAS.
• PLACAS QUE INCLUYEN EL KIOSKO, PLACAS QUE SOLO TIENEN PUERTOS DE ANCLAJE, BOLARDOS QUE INTEGRAN LAS “ISLAS” DE ESTACIONES DE BICICLETAS DE USO PUBLICO DEL PROGRAMA DENOMINADO “MI BICI” EN EL AREA CONURBADA DE GUADALAJARA.
RIESGOS CUBIERTOS
ESTE SEGURO CUBRE TODO RIESGO CONTRA CUALQUIER PERDIDA O DAÑO MATERIAL TOTAL O PARCIAL CAUSADO EN FORMA ACCIDENTAL, SÚBITA Y/O IMPREVISTA INCLUYENDO TEMBLOR, TERREMOTO, ERUPCION VOLCANICA, HURACAN, GRANIZO, VIENTOS TEMPESTUOSOS, INUNDACIÓN, DAÑOS POR AGUA, DERRAME DE EQUIPOS P.C.I., COMBUSTION ESPONTANEA, DERRAME DE MATERIAL FUNDIDO, DAÑOS PROVENIENTES DEL CAMBIO DE TEMPERATURA O LA PARALIZACION DE PLANTAS REFRIGERADORAS O INCUBADORAS Y EN GENERAL CUALQUIER RIESGO QUE NO SE ENCUENTRE CITADO EXPRESAMENTE COMO RIESGO EXCLUIDO DENTRO DEL PRESENTE CONTRATO.
DAÑOS MATERIALES TOTALES O PARCIALES OCASIONADOS POR SU PROPIA OPERACIÓN A MAQUINARIA O EQUIPO; POR FALLAS, ROTURA, MAL FUNCIONAMIENTO, DAÑOS ELECTRICOS O MECÀNICOS A EQUIPO ELECTRONICO FIJO O MOVIL (EN CUALQUIER PARTE DEL MUNDO), EQUIPO DE CONTRATISTAS INCLUYENDO DAÑOS POR COLISION, VOLCADURA, DESPEÑADURA ASI COMO TODOS LOS RIESGOS DERIVADOS DE OBRA CIVIL EN CONSTRUCCION Y/O MONTAJE EN DONDE EL ASEGURADO TENGA EL INTERES EN CASO DE PERDIDA. ASIMISMO, AMPARA EL AGRIETAMIENTO, FRACTURAS, COLAPSOS, EXPLOSIONES, IMPLOSIONES, QUEMADURAS A CALDERAS, ECONOMIZADORES, RECIPIENTES O TUBERÌAS; INCLUYENDO SUS CONTENIDOS. LA COBERTURA QUE AQUÍ SE MENCIONA NO LIMITA A UN EQUIPO EN PARTICULAR, POR LO QUE LA ASEGURADORA RESPONDERA POR CUALQUIER PERDIDA NO EXCLUIDA.
LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO POR DAÑOS A TERCEROS A SUS BIENES Y/O PERSONAS INCLUYENDO LOS CAUSADOS A CONSECUENCIA DE LA ACTIVIDAD DEL TREN LIGERO (INCLUYENDO LAS LÍNEAS DE OPERACIÓN 1, 2 Y 3 DEL SITEUR) , EL SIAPA Y LOS HANGARES QUE DISPONGA Y/O UTILICE EL ASEGURADO.
LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PAGAR LA INDEMNIZACIÓN QUE EL ASEGURADO DEBA A UN TERCERO A CONSECUENCIA DE UNO O MÁS HECHOS REALIZADOS SIN DOLO, YA SEA POR CULPA O POR EL USO DE COSAS PELIGROSAS, QUE CAUSEN UN DAÑO PREVISTO EN ÉSTE CONTRATO A TERCERAS PERSONAS CON MOTIVO DE LAS ACTIVIDADES DEL ASEGURADO.
LOS DAÑOS COMPRENDERAN: LESIONES CORPORALES Ó INCAPACIDAD OCASIONADA POR UNA LESION, O LA MUERTE, ASÍ COMO EL DETERIORO O DESTRUCCIÓN DE BIENES. LOS PERJUICIOS QUE RESULTEN Y EL DAÑO MORAL SOLO SE CUBREN CUANDO SEAN CONSECUENCIA DIRECTA E INMEDIATA DE LOS CITADOS DAÑOS.
ASIMISMO, QUEDA A CARGO DE LA ASEGURADORA Y DENTRO DEL LIMITE DE RESPONSABILIDAD ASEGURADO, EL PAGO DE GASTOS DE DEFENSA LEGAL DEL ASEGURADO. DICHOS GASTOS INCLUYEN LA TRAMITACIÓN JUDICIAL, LA EXTRAJUDICIAL, ASI COMO EL ANÁLISIS DE LAS RECLAMACIONES DE TERCEROS, AUN Y CUANDO ELLAS SEAN INFUNDADAS, Y LAS CAUCIONES Y PRIMAS DE FIANZAS REQUERIDAS PROCESALMENTE.
LA DELIMITACIÓN DE LA COBERTURA ESTARÁ SUJETA A:
• RECLAMACIONES PRESENTADAS EN LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
• RECLAMACIONES PRESENTADAS EN TERRITORIO NACIONAL.
• COMO TOPE MÁXIMO A INDEMNIZAR SERÁ EL MONTO IGUAL A LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ÉSTA COBERTURA.
SIN EMBARGO, LA COBERTURA ANTES CITADA NO SE REFIERE NI OTORGA PROTECCIÓN ALGUNA POR:
• INCLUMPLIMIENTO DE CONTRATOS
• CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
• FALTA DE OBRAS DE CONSOLIDACIÓN PARA EVITAR LA PÉRDIDA DEL SOSTÉN NECESARIO AL SUELO O SUBSUELO A PROPIEDADES VECINAS.
• RESPONSABILIDADES IMPUTABLES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO O LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
• DAÑOS CAUSADOS POR ASBESTO, TABACO O DAÑOS GENETICOS.
• MULTAS, SANCIONES PENALES O FIANZAS.
• POR CONTAMINACIÓN GRADUAL O PAULATINA.
• RESPONSABILIDAD CIVIL DE ACTIVIDADES E INMUEBLES: POR LA POSESIÓN, EL USO O MANTENIMIENTO DE LOS INMUEBLES ASEGURADOS Y EN LOS CUALES ESTE DESARROLLA LAS ACTIVIDADES MATERIA DEL SEGURO.
LA COBERTURA INCLUYE TODOS LOS RIESGOS QUE FORMAN PARTE DE LA ACTIVIDAD MATERIA DEL SEGURO EN EL GIRO NORMAL INCLUYENDO LA RESPONSABILIDAD CIVIL PERSONAL DE SUS EMPLEADOS Y TRABAJADORES EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES AL SERVICIO DEL ASEGURADO, DERIVADAS DE ACTIVIDADES MATERIA DE ESTE SEGURO.
• RESPONSABILIDAD CIVIL DE ARRENDATARIO; ESTA ASEGURADA CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO, LOS DAÑOS QUE, POR INCENDIO O EXPLOSIÓN, SE CAUSEN AL MUEBLE O INMUEBLES TOMADOS EN ARRENDAMIENTO POR EL ASEGURADO, SIEMPRE Y CUANDO DICHOS DAÑOS LE SEAN IMPUTABLES.
• RESPONSABILIDAD CIVIL DE ESTACIONAMIENTOS; EL SEGURO SE AMPLIA A CUBRIR LA RESPONSABILIDAD DEL ASEGURADO POR DAÑOS A VEHICULOS AJENOS O PROPIOS, DE LOS CUALES PERMITA SU ESTACIONAMIENTO DENTRO DE SUS INMUEBLES QUEDANDO LA COBERTURA POR ROBO TOTAL DEL VEHICULO COMO PERDIDA TOTAL DEL MISMO EN BASE AL VALOR COMERCIAL DEL VEHICULO DEL CUAL SERA TOMADO DE LA GUIA EBC (LIBRO AZUL), EN CASO DE TRATARSE DE UNIDADES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA QUE ESTEN LEGAMENTE O REGULARIZADOS EN EL TERRITORIO NACIONAL EL VALOR SERA TOMADO EN BASE AL PRECIO QUE ESTA SEÑALADO EN EL BLUE BOOK.
ESTA COBERTURA SURTE EFECTO CUANDO EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO ESTÉ UBICADO EN UN LOCAL CERRADO, BARDEADO O DELIMITADO Y CON UN ACCESO CONTROLADO, CON REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE ENTRADA Y SALIDA DE CADA VEHICULO.
CUANDO EL ESTACIONAMIENTO OPERE BAJO UN SISTEMA SIN ACOMODADORES (AUTOSERVICIO) QUEDARAN ASEGURADOS LOS DAÑOS A LOS PROPIETARIOS DE LOS VEHICULOS POR:
INCENDIO O EXPLOSION
ROBO TOTAL DEL VEHICULO O PERDIDA DEL MISMO POR ABUSO DE CONFIANZA
QUEDARAN ADEMÁS ASEGURADOS LOS DAÑOS A LOS VEHICULOS DE LOS PROPIETARIOS AJENOS POR COLISION Y VUELCO.
RESPONSABILIDAD CIVIL ASUMIDA SIN REQUERIMIENTO DE REGISTRAR CONTRATOS; ESTA COBERTURA AMPARA LAS RESPONSABILIDADES AJENAS, ADQUIRIDAS POR EL ASEGURADO POR CONVENIO O CONTRATO.
ESTA COBERTURA NO TIENE LA NATURALEZA DE UNA GARANTIA A FAVOR DE LOS OBLIGADOS ORIGINALES, Y NO PUEDE SER ASIMILADA A UNA FIANZA, PRENDA O AVAL O A CUALQUIER OTRA GARANTIA, PERSONAL O REAL, POR EL INCUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS O CONVENIOS CELEBRADOS POR EL OBLIGADO ORIGINAL.
• RESPONSABILIDAD CIVIL POR CONTAMINACIÓN SÚBITA, ACCIDENTAL Y/O
IMPREVISTA; ESTA COBERTURA AMPARA LA RESPONSABILIDAD EN LA QUE INCURRIERE EL ASEGURADO A CONSECUENCIA DE DAÑOS A TERCEROS, OCASIONADOS POR VARIACIONES PERJUDICIALES DE AGUAS, ATMÓSFERA, SUELOS, SUBSUELOS, O BIEN, POR RUIDOS SIEMPRE Y CUANDO SEA A CONSECUENCIA DE UN ACONTECIMIENTO QUE OCURRA DENTRO DE SU INMUEBLE EN FORMA REPENTINA, ACCIDENTAL E IMPREVISTA.
ESTE SEGURO NO SE REFIERE A DAÑOS POR LA INOBSERVANCIA DE INSTRUCCIONES O RECOMENDACIONES ESCRITAS PARA LA INSPECCIÓN, CONTROL O MANTENIMIENTO DADAS POR LOS FABRICANTES DE ARTEFACTOS O INSTALACIONES RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN O EL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. ASI COMO POR LOS DAÑOS DERIVADOS DE LA OMISIÓN DE LAS REPARACIONES NECESARIAMENTE INMEDIATAS DE LOS ARTEFACTOS O INSTALACIONES ANTES MENCIONADOS, ASÍ COMO POR DAÑOS OCASIONADOS POR AGUAS NEGRAS, BASURA O SUBSTANCIAS RESIDUALES.
• RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LA OPERACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE EQUIPO, SEA FIJO O MÓVIL, CON PLACAS O SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN. TRATANDOSE DE VEHICULOS AUTOMOTORES ESTE CONTRATO CUBRIRA LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EXCESO DE LA COBERTURA CONTRATADA EN EL SEGURO DEL PARQUE VEHICULAR TANTO PARA DAÑOS A TERCEROS COMO POR LESIONES O LA MUERTE DE LOS ACOMPAÑANTES EN VEHICULOS DEL ASEGURADO O DE TERCEROS BAJO SU RESPONSABILIDAD.
• RESPONSABILIDAD CIVIL DEL VIAJERO.
• RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA POR DAÑOS, LESIONES O LA MUERTE ENTRE EMPLEADOS, CONTRATISTAS O SUBCONTRATISTAS A CARGO DEL ASEGURADO, LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO DE JALISCO ASEGURADAS, ENTRE CADA UNO DE LOS NOMBRADOS ENTRE SI.
• RESPONSABILIDAD CIVIL CARGA Y DESCARGA; DERIVADA DE DAÑOS A VEHICULOS TERRESTRES AJENOS O PROPIOS, DURANTE LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA OCASIONADOS POR GRÚAS, CABRIAS O MONTACARGAS, TAMBIÉN SE CUBREN LOS DAÑOS A TANQUES, CISTERNAS Y CONTENEDORES DURANTE LA OPERACIÓN DE DESCARGA A CONSECUENCIA DE IMPLOSIÓN.
• RESPONSABILIDAD CIVIL POR EXPLOSIVOS; DERIVADA DEL ALMACENAMIENTO Y LA UTILIZACIÓN DE MATERIAS EXPLOSIVAS.
• RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL; LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PAGAR LA INDEMNIZACION QUE EL ASEGURADO DEBA A PARTICULARES A CONSECUENCIA DE ACCIONES U OMISIONES NO DOLOSAS, QUE CAUSEN DAÑO A LOS BIENES O DERECHOS DE ESTOS Y DE LOS CUALES NO TENGAN LA OBLIGACION JURIDICA DE SOPORTARLOS.
LAS BASES QUE DAN EL SUPUESTO LEGAL QUE DA MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ESTE CONTRATO DE SEGURO SON, SEGUN SE TRATE DEL ASEGURADO CONTRATANTE DE ESTA POLIZA:
• EL SEGUNDO XXXXXXX XXX XXXXXXXX 000 XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX MEXICANOS.
• LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS.
• LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
• OTRAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS ANTERIORES.
ES DERECHO SUPLETORIO COMUN DE TODO LO ANTERIOR, SEGÚN LO INDICAN LAS MISMAS DISPOSICIONES:
• LOS CODIGOS CIVILES FEDERAL Y DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.
• SE CUBREN LOS GASTOS DE DEFENSA JURIDICA INCLUYEN LA TRAMITACIÓN JUDICIAL, LA EXTRAJUDICIAL, ASI COMO EL ANALISIS DE LAS RECLAMACIONES PARTICULARES AÚN CUANDO ELLAS SEAN INFUNDADAS, ASI COMO LA ENTREGA DE CAUCIONES Y EL PAGO XX XXXXXX DE FIANZAS REQUERIDAS PROCESALMENTE AUN PARA GARANTIZAR DAÑOS A BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y/O TERCEROS O LESIONES Y/O FALLECIMIENTO DE ACOMPAÑANTES Y/O TERCEROS.
• QUEDAN AMPARADOS LOS DAÑOS OCURRIDOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA POLIZA EN EL TRERRITORIO MEXICANO Y QUE SEAN RECLAMADOS DE ACUERDO CON LA LEGISLACION MEXICANA APLICABLE.
EL LIMITE MAXIMO DE RESPONSABILIDAD PARA LA ASEGURADORA POR LA SUMA DE TODOS LOS SINIESTROS QUE OCURRAN DURANTE LA VIGENCIA DE LA POLIZA, ES LA SUMA ASEGURADA MENCIONADA EN LA CLAUSULA DE: “LIMITES DE RESPONSABILIDAD, PARTICIPACION Y SUMAS ASEGURADAS”, DESCRITA MÁS ADELANTE, DENTRO DE LA CUAL SE INCLUYE EL COSTO POR LA FUNCION DE DEFENSA JURIDICA DEL ASEGURADO.
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES QUE CONSTITUYAN LA LESION PATRIMONIAL RECLAMADA, INCLUIDOS LOS PERSONALES Y XXXXXXX, HABRÁN DE SER REALES, EVALUABLES EN DINERO, DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON UNA O VARIAS PERSONAS Y DESIGUALES A LOS QUE PUDIERAN AFECTAR AL COMUN DE LA POBLACION.
LOS DAÑOS QUE SE CAUSEN AL PATRIMONIO DE LOS PARTICULARES POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IRREGULAR DEBERAN ACREDITARSE TOMANDO EN CONSIDERACION LOS SIGUIENTES CRITERIOS.
A. EN LOS CASOS EN QUE LA CAUSA O CAUSAS PRODUCTORAS DE LOS DAÑOS SEAN IDENTIFICABLES, LA RELACION CAUSA-EFECTO ENTRE LA LESION PATRIMONIAL Y LA ACCION ADMINISTRATIVA IRREGULAR IMPUTABLE AL ESTADO, LA QUE DEBERA PROBARSE FEHACIENTEMENTE POR EL PARTICULAR RECLAMANTE.
B. EN SU DEFECTO, LA CAUSALIDAD UNICA O CONCURRENCIA DE HECHOS Y CONDICIONES CAUSUALES, ASI COMO LA PARTICIPACION DE OTROS AGENTES EN LA GENERACION DE LA LESION RECLAMANDA, DEBERA PROBARSE A TRAVES DE LA INDENTIFICACION PRECISA DE LOS HECHOS QUE PRODUJERON EL RESULTADO FINAL, EXAMINANDO RIGUROSAMENTE LAS CONDICIONES O CIRCUNSTANCIAS ORIGINALES O SOBREVENIDAS QUE HAYAN PODIDO ATENUAR O AGRAVAR LA LESION PATRIMONIAL RECLAMADA.
QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ASEGURADO POR DAÑOS A LAS PERSONAS O A SUS BIENES, RESULTANTES DE CONTAMINACION CAUSADA POR EMISIONES, EMANACIONES, DESCARGAS O DERRAMES DE HUMOS, POLVOS, GASES, VAPORES, RUIDOS, VIBRACIONES, OLORES O LIQUIDOS, SIEMPRE QUE SE PRODUZCAN EN FORMA REPENTINA, INESPERADA, ACCIDENTAL, ANORMAL E IMPREVISTA Y A CONDICION DE QUE EL HECHO CONTAMINANTE SE PRESENTE EN FORMA AISLADA Y NO COMO CONSECUENCIA DE INCENDIO, EXPLOSION, TERREMOTO, INUNDACION, RAYO U OTROS FENOMENOS NATURALES O ACTOS DE TERCEROS; SERA REQUISITO,
ADEMAS, QUE EL ACTO GENERADOR Y LA CONTAMINACION SE INICIEN Y LOS EFECTOS DAÑINOS SE MANIFIESTEN DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA POLIZA.
RESPONSABILIDAD CIVIL A BIENES BAJO CUSTODIA.
RESPONSABILIDAD CIVL GENERAL POR EVENTO DE LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN EN EL DESFILE ATRAVES DE LOS CARROS ALEGORICOS ASI COMO LOS EVENTOS QUE SE GENEREN DETRO DE LAS INSTALACIONES DEL AUDITORIO XXXXXX XXXXXX.
ROTURA XX XXXXXXXXX, ROBO, EFECTIVO Y/O VALORES DE ACUERDO A LOS LIMITES DE RESPONSABILIDAD DESCRITOS EN LA SECCION DE SUMAS ASEGURADAS Y PARTICIPACIONES PACTADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
TODOS LOS RIESGOS QUE AFECTEN A EMBARCACIONES MARITIMAS O DE PLACER EN LA COBERTURA DE CASCOS INCLUYENDO AQUELLOS DESTINADOS PARA COMPETENCIA.
TODOS LOS RIESGOS QUE AFECTEN A BIENES EN TRÁNSITO INCLUYENDO FALTA DE ENTREGA, RATERIA Y DEMAS PROPIOS AL EMBARQUE.
TERRORISMO.
UN ACTO DE TERRORISMO SIGNIFICARA UN ACTO, INCLUYENDO EL USO DE LA FUERZA O LA VIOLENCIA, DE CUALQUIER PERSONA O GRUPO(S) DE PERSONAS, SI ACTÚAN SOLOS O EN NOMBRE DE Ó EN CONEXIÓN CON CUALQUIER ORGANIZACIÓN(ES), PERPETRADO POR POLÍTICA, RELIGIÓN O PROPÓSITOS IDEOLÓGICOS INCLUYENDO LA INTENCIÓN A INFLUIR CUALQUIER GOBIERNO Y/O PONER AL PÚBLICO EN TEMOR POR DICHOS PROPÓSITOS.
INCLUYENDO ACTOS DE OBSTRUCCIÓN, COMBATE O DEFENSA EN CONTRA DE ATAQUE REAL, INMINENTE O ESPERADO O IMPREVISIBLE POR CUALQUIER PROYECTIL BÉLICO.
BIENES EXCLUIDOS
ESTAS CONDICIONES ESPECIALES NO CUBREN LA PERDIDA O DAÑO A:
SUELOS, TERRENOS INCLUYENDO CAPA VEGETAL, RELLENOS, CULTIVOS EN CRECIMIENTO, MADERA EN SU ESTADO VIVO ÁRBOLES Y ANIMALES, SALVO LOS QUE SE UTILICEN PARA INVESTIGACIÓN Y OBSERVACIÓN O EN LOS VIVEROS.
• AVIONES, NAVES ESPECIALES Y AUTOMOVILES, SALVO EN EL CASO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
• BIENES CUYA DESAPARICIÓN SEA MISTERIOSA E INEXPLICABLE EXCEPTO AQUELLOS OCURRIDOS AL EQUIPO DE INVESTIGACION, LA COBERTURA DE EQUIPO ELECTRÓNICO EN GENERAL, MEDICA Y LABORATORIO YA SEA FIJO, PORTATIL O MOVIL.
• COMBUSTIBLES Y DESPERDICIOS NUCLEARES, ASÍ COMO MATERIA PRIMA PARA PRODUCIRLO, MATERIAL CRUDO Y OTROS PARA COMBUSTIBLE NUCLEAR.
RIESGOS EXCLUIDOS
ESTE CONTRATO NO CUBRE PERDIDA O DAÑOS OCASIONADOS EN FORMA DIRECTA O INDIRECTA POR LAS SIGUIENTES CAUSAS:
• REBELIÓN, REVOLUCIÓN, GUERRA CIVIL, PODER USURPADO O ACCIÓN TOMADA POR UNA AUTORIDAD GUBERNAMENTAL PARA OBSTRUIR, COMBATIR O DEFENDER EN CONTRA DE DICHO EVENTO.
• CUALQUIER PROYECTIL BELICO QUE UTILICE FISION O FUSION ATOMICA O FUERZA RADIOACTIVA YA SEA EN TIEMPO DE XXX X XX XXXXXX
• SECUESTRO O DESTRUCCIÓN POR ORDEN DE AUTORIDAD PÚBLICA, EXCEPTO LA DESTRUCCIÓN PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN O LA AGRAVACIÓN DE DAÑOS CUBIERTOS POR ESTE CONTRATO O EN CUMPLIMIENTO DE UN DEBER DE HUMANIDAD.
• POR CUALQUIER GOBIERNO O PODER SOBERANO DE HECHO O DERECHO, O POR CUALQUIER AUTORIDAD QUE MANTIENE O USA FUERZAS MILITARES, NAVALES O AÉREAS.
• POR UN AGENTE DE TAL GOBIERNO, PODER, AUTORIDAD O FUERZA.
• DESTRUCCION DE LOS BIENES POR ACTOS DE AUTORIDAD LEGALMENTE RECONOCIDA CON MOTIVO DE SUS FUNCIONES, SALVO EN CASO QUE SEAN TENDIENTES A EVITAR UNA CONFLAGRACION O EN CUMPLIMIENTO DE UN DEBER DE HUMANIDAD.
• REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA, CONTROLADA O NO, YA SEA PERDIDA DIRECTA O INDIRECTA, PRÓXIMA O REMOTA, TOTAL O PARCIALMENTE CAUSADAS O AGRAVADAS POR EL O LOS RIESGOS AMPARADOS BAJO LA PRESENTE PÓLIZA, CON LA SIGUIENTE EXCEPCIÓN: SI ES CONSECUENCIA DE UN INCENDIO, LA RESPONSABILIDAD ESTA ESPECÍFICAMENTE CUBIERTA PARA LAS PERDIDAS DIRECTAS DERIVADAS DE DICHO INCENDIO, PERO NO SE CUBREN LAS PERDIDAS DERIVADAS DE LA REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR O LA CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA.
• PERDIDA DE USO, RETRASO, PERDIDA XX XXXXXXX, ABANDONO O LENTITUD DE TRABAJO O PARO DE LABORES.
• CARENCIA, ESCASES O REDUCCIÓN DE ENERGÍA O TRABAJO.
• ASENTAMIENTOS, CONTRACCIONES,
HUNDIMIENTOS GRADUALES EN SUELOS, EROSION DE SUELOS.
• DESGASTE NORMAL, EROSIÓN, POLUCIÓN, FERMENTACIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMA, INCRUSTACIONES, OXIDACIÓN, CONTAMINACIÓN, VICIO PROPIO, DERRUMBE, PODREDUMBRE SECA O HÚMEDA, ATMÓSFERA HÚMEDA, SMOG O TEMPERATURA EXTREMA A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTAS CONDICIONES ESPECIALES.
• DESGASTE NORMAL, EROSIÓN, POLUCIÓN, FERMENTACIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMA, INCRUSTACIONES, OXIDACIÓN, CONTAMINACIÓN, VICIO PROPIO, DERRUMBE, PODREDUMBRE SECA O HÚMEDA, ATMÓSFERA HÚMEDA, SMOG O TEMPERATURA EXTREMA A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTE CONTRATO.
• LOS ACTOS FRAUDULENTOS COMETIDOS CON DOLO O MALA FE POR EL ASEGURADO.
• DESAPARICIÓN SEA MISTERIOSA E INEXPLICABLE EXCEPTO AQUELLOS OCURRIDOS AL EQUIPO ELECTRÓNICO EN GENERAL, EQUIPO MEDICO, LABORATORIO, EQUIPO DE INVESTIGACION CUALQUIERA DE ELLOS YA SEA FIJO, PORTATIL O MOVIL.
• ERRORES EN EL PROCESO DE FABRICACIÓN DEL PRODUCTO ASEGURADO, A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTE CONTRATO.
• DEMORA, PERDIDA XX XXXXXXX O RETRASO, CON RESPECTO A LOS BIENES EN TRÁNSITO; ASÍ COMO LA INTERRUPCIÓN TOTAL O PARCIAL DE NEGOCIOS.
• RESPONSABILIDAD POR DAÑOS ORIGINADOS POR CONTAMINACIÓN GRADUAL ATMÓSFERICA O BIEN POR RUIDO.
• RESPONSABILIDAD COMO CONSECUENCIA DE EXTRAVÍO DE BIENES.
• RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCASIONADOS POR REACCIONES NUCLEARES.
EXCLUSIONES APLICABLES UNICAMENTE PARA RESPONSABILIDAD CIVIL PATRIMONIAL.
a) RESPONSABILIDADES POR ENTES PUBLICOS O SUS GASTOS DE DEFENSA JURIDICA POR LA COMISION DE ILICITOS CIVILES DOLOSOS.
b) REPONSABILIDADES DERIVADAS DE LA ADMINISTRACION DE PRISIONES PREVENTIVAS O PENITENCIARIAS.
c) RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE LA PLANIFICACION URBANA O DE OBRAS PÚBLICAS O VIAS PÚBLICAS, INCLUYENDO AQUELLAS POR EL USO O EL NO USO DEL SUELO.
d) RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE LA ORGANIZACIÓN Y GESTION XX XXXXX DE AHORRO, FONDOS FILANTROPICOS POR COLECTAS PÚBLICAS, LOTERIAS, RIFAS, SORTEOS, PRONOSTICOS DE TODO TIPO. O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD QUE TRIBUYA RECOMPENSAS O PEMIOS BASADOS EN EL AZAR O EN EL CALCULO DE PROBABILIDADES.
e) LA OBLIGACION DE INDEMNIZAR LOS DAÑOS OCASIONADOS POR FUERZA MAYOR, LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE NO SEAN DE LA CONSECUENCIA DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA, ASI COMO AQUELLOS QUE SE DERIVEN DE HECHOS O CIRCUNSTACIONAS QUE NO SE HUBIERAN PODIDO PREVER O EVITAR SEGÚN EL ESTADO DE LOS CONOCIMIENTOS DE LA CIENCIA O DE LA TECNICA EXISTENTES EN EL MOMENTO DE SU ACAECIMIENTO, EN EL LUGAR Y TIEMPO DETERMINADO.
f) PERDIDA, DESTRUCCION O DAÑO A: DINERO NACIONAL O EXTRANJERO, PIEDRAS PRECIOSAS, OBRAS DE ARTE, VALORES O LA SUSTRACION O EMPLEO INDEBIDO DE BIENES.
g) HECHOS, ACTOS U OMISIONES COMETIDOS POR EL ASEGURADO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE ESTA POLIZA.
h) RESPONSABILIDAD ASUMIDA POR EL ASEGURADO.
i) LA PROPIEDAD, POSESION O USO DE CUALQUIER AERONAVE, EMBARCACION, VEHICULO DE MOTOR, MAQUINARIA MOVIL PROPULSADA MECANICAMENTE.
j) DAÑOS CAUSADOS A LOS BIENES DE PARTICULARES DE LOS CUALES EL ASEGURADO TENGA POSESION PRECARIA PARA REALIZAR CON O SOBRE ELLOS UN TRABAJO, CONTROL, GUARDIA O CUSTODIA, DEPOSITO O SECUESTRO.
k) CUALESQUIER RESPONSABILIDAD POR INTERRUPCION TOTAL O PARCIAL O SUSPENSION DE LAS LABORES REGULARES DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA.
l) PARA EFECTOS DE ESTA COBERTURA, SE ENTENDERA POR CONTAMINACION TODA ALTERACION QUE, POR ALGUNAS DE LAS CAUSAS INDICADAS EN LA COBERTURA SUFRA LA COMPOSICION, O CONDICION NORMAL Y NATURAL DEL AIRE, EL AGUA, EL SUELO, LA FLORA, LA FAUNA O CUALQUIER OTRO ELEMENTO NATURAL Y QUE CAUSE DAÑOS A LA SALUD O A LOS BIENES DE LOS PARTICULARES O ACTOS DE TERCEROS;
SERA REQUISITO, ADEMÁS, QUE EL ACTO GENERADOR Y LA CONTAMINACION SE INICIEN Y LOS EFECTOS DAÑINOS SE MANIFIESTEN DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA POLIZA.
m) ESTE SEGURO NO CUBRE LA RESPONSABILIDAD PROVENIENTE DE DAÑOS CAUSADOS POR CONTAMINACION GRADUAL, PAULATINA O NORMAL Y TAMPOCO LA QUE, AUNQUE SE HAYA PRESENTADO DE MANERA REPENTINA, INESPERADA, ACCIDENTAL, ANORMAL E IMPREVISTA, SE PROLONGUE POR MAS DE DOS SEMANAS.
CLAUSULAS ADICIONALES:
COBERTURA AUTOMÁTICA PARA INCISOS CONOCIDOS.
ESTE CONTRATO ASEGURA AUTOMÁTICAMENTE POR UN PERIODO QUE NO EXCEDA A LOS 90 DÍAS, LOS INTERESES DEL ASEGURADO EN CUALQUIER AUMENTO DE SUMA ASEGURADA PARA UNA O MAS UBICACIONES, YA SEA QUE CADA AUMENTO DE SUMA ASEGURADA SE PRODUZCA POR EL CAMBIO DEL VALOR DE LOS BIENES CUBIERTOS O POR LA ADQUISICIÓN DE OTROS BIENES COMPRADOS, O ADQUIRIDOS EN ALQUILER POR EL ASEGURADO, OBRAS PROVISIONALES PROPIEDAD DEL ASEGURADO, POR MODIFICACIONES, ADAPTACIONES O CONSTRUCCIONES ADICIONALES A LOS EDIFICIOS OCUPADOS PROPIEDAD DEL ASEGURADO O POR EL CUAL SEA LEGALMENTE RESPONSABLE PERO SIEMPRE Y CUANDO DICHOS BIENES SE ENCUENTREN CONTENIDOS EN LOS PREDIOS MENCIONADOS O POR SU NATURALEZA DEBAN ESTAR UBICADOS A LA INTEMPERIE O MOVILES. EL ASEGURADO INFORMARA LOS VALORES A LA ASEGURADORA DENTRO DE LOS SIGUIENTES 270 DÍAS A LA FECHA EN QUE SE PRODUZCAN TALES AUMENTOS DE SUMA ASEGURADA, ES VALIDA PARA TODAS LAS SECCIONES Y SUBLIMITES DE ESTE CONTRATO.
COBERTURA AUTOMÁTICA PARA INCISOS NUEVOS O NO CONOCIDOS.
ESTE CONTRATO ASEGURA AUTOMÁTICAMENTE POR UN PERIODO QUE NO EXCEDA A LOS 270 DÍAS, LOS INTERESES DEL ASEGURADO DE TODAS AQUELLAS ADQUISICIONES O INCORPORACIONES DE BIENES HECHAS POR EL, EN RELACIÓN CON SU OPERACIÓN Y LOCALIZADAS EN UBICACIONES O EN TRANSITO NO DESCRITAS EN ESTE CONTRATO, EL ASEGURADO INFORMARA LOS VALORES A LA ASEGURADORA DENTRO DE LOS SIGUIENTES 270 DÍAS A LA FECHA EN QUE SE PRODUZCAN TALES AUMENTOS DE SUMA ASEGURADA. ES VALIDA PARA TODAS LAS SECCIONES Y SUBLIMITES DE ESTE CONTRATO.
VALOR DE REPOSICIÓN.
CANTIDAD QUE SERIA NECESARIO EROGAR PARA CONSTRUIR, ADQUIRIR, INSTALAR O REPARAR, LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES CON ELEMENTOS DE LA MISMA CLASE, CALIDAD, TAMAÑO Y CAPACIDAD DE PRODUCIÓN QUE LOS ASEGURADOS, SIN TOMAR EN CUENTA ALGUNA DEPRECIACIÓN.
EN CASO DE REPARACIÓN, SI LAS CONDICIONES DE REPARACIÓN DEL BIEN DAÑADO TUVIERAN CARACTERISTICAS DISTINTAS A LO ESTABLECIDO POR EL REGLAMENTO DE CONSTRUCCION VIGENTE AL MOMENTO DEL SINIESTRO, LA INDEMNIZACION INCLUIRA EL COSTO PARA CUMPLIR CON DICHO REGLAMENTO SOBRE LA BASE DE QUE LA REPARACIÓN DEBERÁ QUEDAR CON LAS MISMAS CONDICIONES DE DIMENSIÓN Y FUNCIONALIDAD QUE LE BIEN TENÍA ANTES DE SUFRIR SINIESTRO.
LIMITES DE RESPONSABILIDAD, PARTICIPACION Y SUMAS ASEGURADAS.
LA COMPAÑIA DE SEGUROS PAGARA EL 100% DE LAS PERDIDAS REGISTRADAS EN LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y POLIZA QUE SE DERIVE DE LA PRESENTE LICITACIÓN A VALOR DE REPOSICIÓN, DE ACUERDO A LAS CLAUSULAS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO, APEGÁNDOSE ÚNICAMENTE A LOS DEDUCIBLES SEÑALADOS EN EL PRESENTE PUNTO, QUEDANDO NULO CUALQUIER OTRO DEDUCIBLE O COASEGURO ESTABLECIDO EN LAS CONDICIONES GENERALES O POR ENDOSO, HASTA EL VALOR DE REPOSICIÓN DAÑADO, PERO SIN REBASAR EL LIMITE Y SUBLIMITES SIGUIENTES:
COBERTURA S | LIMITE MÁXIMO POR UBICACIÓN Y EVENTO | DEDUCIBLES |
LIMITE MAXIMO POR | - INCENDIO, EXPLOSIÓN Y TERRORISMO: SIN DEDUCIBLE Y UN | |
DAÑO | UBICACIÓN Y EVENTO | COASEGURO DEL 10% |
MATERIAL: | HASTA POR | |
TODO | $1,000’000,000.00 M.N. | - TERREMOTO 5% DEL VALOR DE REPOSICIÓN DE LA |
RIESGO | ESTRUCTURA DAÑADA O CONTENIDOS POR SEPARADO Y 10% | |
PODER EJECUTIVO | DE COASEGURO | |
$500’000,000.00 M.N. A | ||
PRIMER RIESGO | - HURACÁN, | |
ABSOLUTO | TEMPESTUOSOS (FENOMENOS HIDROMETEOROLOGICOS): | |
5% DE VALOR DE REPOSICIÓN DE LA ESTRUCTURA DAÑADA | ||
ORGANISMOS PÚBLICOS | O SUS CONTENIDOS POR SEPARADO 10% DE COASEGURO DE | |
DESCENTRALIZADOS | ACUERDO AL MONTO DEL SINIESTRO | |
$500’000,000.00 PRIMER | ||
RIESGO ABSOLUTO | ||
- CUALQUIER OTRA PERDIDA ASEGURADA 750 D.S.M.V.D.F. AL | ||
SITEUR | MONTO DEL SINIESTRO RECLAMADO | |
$600’000,000.00 M.N. | ||
A PRIMER | - CUALQUIER DAÑO A BARRERAS, BARDAS, MALLAS, POSTES $ | |
RIESGO RELATIVO; | 500.00. M.N. APLICA PARA EL SITEUR | |
LOS VALORES AL | ||
100% SE DETALLAN EN EL | ||
ANEXO | ||
SIAPA | ||
$ 296’499,000.00 M.N. | ||
A PRIMER RIESGO | ||
RELATIVO; | ||
LOS VALORES AL 100% SE | ||
DETALLAN EN EL ANEXO. | ||
REMOCIÓN DE ESCOMBROS | $ 100´000,000.00 M.N. | SIN DEDUCIBLE |
BIENES EN PLANTAS REFRIGERADORAS/ INCUBADORAS | $ 30,000,000.00 M.N | SIN DEDUCIBLE |
COBERTURAS AUTOMÁTICAS: | ||
INCISOS NUEVOS O NO CONOCIDOS | $ 30´000,000.00 M.N. | EL CORRESPONDIENTE AL RIESGO AFECTADO |
INCISOS CONOCIDOS | $ 30´000,000.00 M.N. | EL CORRESPONDIENTE AL RIESGO AFECTADO |
SUBLIMITES A PRIMER RIESGO: | ||
COBERTURA: EQUIPO DE CONTRATISTA TODO RIESGO (MAQUINARIA Y EQUIPOS) | $50’000,000.00 MN | 10% SOBRE LA PERDIDA MIN. 50 D.S.M.V.D.F. |
ROTURA DE MAQUINARIA / CALDERAS Y APARATOS SUJETOS A PRESION TODO RIESGO | $ 75´000,000.00 M.N. | 1% SOBRE EL EQUIPO DAÑADO MÍNIMO 50 D.S.M.V.D.F. |
EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO TODO RIESGO | $ 110´000,000.00 M.N. | 10% SOBRE LA PERDIDA MIN. 50 D.S.M.V.D.F. |
RADIOS, TELEFONOS Y EQUIPO MOVIL EN GENERAL | CONTENIDO EN EQUIPO ELECTRONICO (INCISO ANTERIOR) | 10% SOBRE LA PERDIDA |
OBRA CIVIL Y MONTAJE | $ 50´000,000.00 M.N. | 1,000 DIAS DE D.S.M.G.V.D.F. |
GASTOS EXTRAS POR FLETE AEREO Y TRABAJOS EN DIAS FESTIVOS | 30% DE LA PERDIDA INDEMNIZABLE | SIN DEDUCIBLE. |
ROTURA XX XXXXXXXXX, ANUNCIOS, VITRALES, DOMOS Y SEÑALIZACIÓN. | $ 1’000,000.00 M.N. | 10% SOBRE LA PERDIDA MIN. 50 D.S.M.V.D.F. Y CRISTALES MONTADOS EN VAGONES O UNIDADES: 20% DE LA PERDIDA CON MÍNIMO DE 50 D.S.M.V.D.F. |
ROBO DE MERCANCÍA | $ 10´000,000.00 M.N. | 10% SOBRE LA PERDIDA MIN. 50 D.S.M.V.D.F. |
DINERO Y VALORES (L.U.C.) | $ 5´000,000.00 M.N. | 10% SOBRE LA PERDIDA MIN. 50 D.S.M.V.D.F. |
RESPONSABILIDAD CIVIL | ||
INMUEBLES Y ACTIVIDADES Y OTRAS COBERTURAS CONTRATADAS | $ 100´000,000.00 M.N. | SIN DEDUCIBLE |
ESTACIONAMIENTOS POR UNIDAD: | $ 10´000,000.00 M.N VALOR COMERCIAL POR UNIDAD | SIN DEDUCIBLE |
OBLIGATORIO DEL VIAJERO LIMITES XX XXX | $ 30´000,000.00 M.N. | SIN DEDUCIBLE |
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL | $ 25’000,000.00 M.N. | SIN DEDUCIBLE |
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EXPLOSIVOS | $15´000,000.00 M.N. | SIN DEDUCIBLE |
CASCOS | ||
PRONÓSTICO ANUAL DE EMBARQUES LÍMITE MÁX. POR EMBARQUE. | $300´000,000.00 M.N (POR DEPENDENCIA) $ 10´000,000.00 M.N. | TODO RIESGO 1% S/VALOR TOTAL DEL EMBARQUE ROBO 5% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE |
D.S.M.G.D.F. XXXX XX XXXXXXX MÍNIMO GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL.
SIENDO ESTOS VALORES CLASIFICADOS COMO SIGUE;
a) EDIFICIOS, CONTENIDOS EN GENERAL, PLACAS QUE INCLUYEN EL KIOSKO, PLACAS QUE SOLO TIENEN PUERTOS DE ANCLAJE, BOLARDOS QUE INTEGRAN LAS “ISLAS” DE ESTACIONES DE BICICLETAS DE USO PUBLICO DEL PROGRAMA DENOMINADO “MIBICI” EN EL AREA CONURBADA DE GUADALAJARA, POSTES DE SEMAFORIZACIÓN, BARDAS, TÚNELES, ALIMENTADORES ELÉCTRICOS, VÍAS, MALLAS, BARRERAS ENTRE OTROS INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A PERDIDAS CONSECUENCIALES, (INCLUYENDO LAS LÍNEAS DE OPERACIÓN 1,2 Y 3 DEL SITEUR)
DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO (ANEXO I A) --------------- $ M.N. DIFERENTES ORGANISMOS (ANEXO I B) ----------------------------------- $ M.N. SITEUR (ANEXO I C) $ M.N.
SIAPA (ANEXO I D) $ M.N
b) MOTOCONFORMADORAS, PAYLODER, BULLDOZER, RETROEXCAVADORAS, TRACTORES AGRÍCOLAS, COMPACTADOR, TRASCAVO, DUO PACTOR Y SIMILARES, ASÍ COMO EL EQUIPO RODANTE DEL TREN ELÉCTRICO (INCLUYENDO LAS LÍNEAS DE OPERACIÓN 1, 2 Y 3 DEL SITEUR), SUJETO AL RIESGO ENTRE OTROS DE ROTURA DE MAQUINARIA, CALDERAS Y APARATOS SUJETOS A PRESION, EQUIPO DE CONTRATISTA,
DEPENDENCIAS PODER EJECUTIVO (XXXXX XX A) -----------$ M.N. DIFERENTES ORGANISMOS (ANEXO II B) ------------------------$ M.N. SITEUR (ANEXO II C) $ M.N.
SIAPA (ANEXO II D) $ M.N
c) TODO EL EQUIPO ELÉCTRICO, ELECTROMECÁNICO, MEDICO, DE INVESTIGACION, ELECTRÓNICO Y ACCESORIOS, COMO PORTATILES Y MOVILES COMO COMPUTADORAS, EQUIPO MÓVIL Y PORTATIL, RADIOS COMUNICADORES, ANTENAS, SISTEMAS INTEGRALES DE COMUNICACIÓN, CONTROLADORES, PANELES, GAVETAS, SISTEMAS DE T.V., EQUIPO DE CONTROL EN KIOSKOS (PANTALLAS, LECTORES, ANTENA, PANEL SOLAR) Y EN PUERTOS DEL PROGRAMA DE BICICLETAS DE USO PUBLICO DENOMINADO “MI BICI”, EQUIPO MEDICO Y DE INVESTIGACION LO ANTERIOR ES ENUNCIATIVO Y NO LIMITATIVO.
DEPENDENCIAS PODER EJECUTIVO (XXXXX XXX A) $ M.N.
DIFERENTES ORGANISMOS (ANEXO III B) ------------------------ $ M.N. SITEUR (ANEXO III C) $ M.N. SIAPA (ANEXO III D) $ M.N.
d) VALORES TALES COMO: DINERO EN EFECTIVO, CHEQUES Y DOCUMENTOS DE VALOR DEPENDENCIAS PODER EJECUTIVO (ANEXO IV A) $ M.N.
DIFERENTES ORGANISMOS (ANEXO IV B) ---------------------- $ M.N. SITEUR (ANEXO IV C) $ M.N. SIAPA (ANEXO IV D) $ M.N.
e) BIENES EN TRANSITO
DEPENDENCIAS PODER EJECUTIVO (XXXXX X X) ------------- $ M.N. DIFERENTES ORGANISMOS (ANEXO V B) $ M.N
SITEUR (ANEXO V C) $ M.N. SIAPA (ANEXO V D) $ M.N.
f) PARA TODAS LAS SECCIONES DE ESTAS CONDICIONES ESPECIALES Y LOS RIESGOS CUBIERTOS EN ELLA, SE DECLARA UNA SUMA ASEGURADA FLOTANTE PARA BIENES DE NUEVA ADQUISICION, EN COMODATO, ARRENDAMIENTO, BAJO CUSTODIA, NO RELACIONADOS Y CUALQUIER OTRO BIEN EN EL CUAL TENGA INTERES ASEGURABLE EL GOBIERNO DE JALISCO $ 500´000,000.00 M.N.
g) OBRAS CIVILES EN CONSTRUCCION INCLUYENDO MAQUINARIA, EQUIPO Y CONSTRUCCIONES PROVISIONALES NECESARIAS PARA LA EJECUCION DE LA OBRA. ----------------------------------------------------------------
$ 50´000,000.00 M.N.
COSTO DEL SEGURO.
EL COSTO DEL SEGURO DEBERA PRESENTARSE CON UN FACTOR PONDERADO PARA CADA SECCION O RAMO EN BASE A LA SUMA ASEGURADA GLOBAL, QUE FACILITE EL CALCULO DE CUALQUIER INCREMENTO O REDUCCION DE SUMA ASEGURADA QUE SE GENERE DURANTE LA VIGENCIA.
DE ACUERDO AL ANEXO 5 “PROPUESTA ECONÓMICA”, DEBERÁ PRESENTARSE EL COSTO CON EL FACTOR CORRESPONDIENTE ANTES MENCIONADO, SEPARADO PARA CADA UNA DE LAS CUATRO GRUPOS DE DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO CONTRATANTES:
1. PODER EJECUTIVO
2. ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS
3. SISTEMA DE TREN ELECTRICO URBANO (SITEUR)
4. SISTEMA INTERMUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO (SIAPA)
YA QUE LA PROPUESTA DE COTIZACIÓN SE SOLICITA POR SEPARADO, LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PODRÁ ADJUDICAR A UNA SOLA ASEGURADORA, LA TOTALIDAD DE LAS CUATRO PARTIDAS ANTES DESCRITAS (PODER EJECUTIVO, DIFERENTES ORGANISMOS, SITEUR Y SIAPA) O CUALQUIERA DE ELLAS EN LO INDIVIDUAL. POR LO QUE LA PROPUESTA NO PODRÁ VERSE MODIFICADA EN SU COBERTURA O COSTO, AL NO CONTRATAR LAS CUATRO PARTIDAS EN SU CONJUNTO.
CARGOS POR BOMBEROS Y GASTOS DE EXTINCIÓN.
LA ASEGURADORA PAGARA SIN APLICAR DEDUCIBLE ALGUNO CUANDO LAS PROPIEDADES ASEGURADAS SEAN DAÑADAS O DESTRUIDAS POR UN RIESGO ASEGURADO, Y QUE SEAN INDEMNIZABLES LOS GASTOS ASEGURADOS POR:
CARGO POR BOMBEROS Y OTROS GASTOS DE EXTINCIÓN POR LOS CUALES EL ASEGURADO PUEDA SER GRAVADO
PERDIDA DE MATERIALES DE EXTINCIÓN UTILIZADOS.
REMOCIÓN DE ESCOMBROS.
EN EL CASO DE PERDIDA MATERIAL DIRECTA O DAÑO ASEGURADO Y QUE OCURRA DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO, LA COMPAÑÍA PAGARA:
LOS GASTOS NECESARIOS PARA DEMOLER Y/O REMOVER LOS ESCOMBROS Y/O GASTOS DE LIMPIEZA, EN LOS PREDIOS DEL ASEGURADO Y AQUELLOS BAJO SU CUIDADO, CUSTODIA Y CONTROL, NECESARIOS COMO RESULTADO DE DICHA PERDIDA O DAÑO FÍSICO DIRECTO.
EL COSTO DE REMOVER, ELIMINAR, DESCONTAMINAR Y REPONER LOS BIENES ASEGURADOS QUE HAYAN SIDO CONTAMINADOS Y QUE POR ORDEN XX XXX O AUTORIDADES CIVILES, SE DEBAN DE REMOVER, ELIMINAR O DESCONTAMINAR.
PRIMER RIESGO ABSOLUTO.
EN CASO PROVENIENTE DE LOS RIESGOS CUBIERTOS POR ESTE CONTRATO, LA ASEGURADORA LIQUIDARA ÍNTEGRAMENTE CUALQUIER PERDIDA HASTA EL MONTO DEL LIMITE MAXIMO POR UBICACION Y EVENTO SIN NINGUNA LIMITACIÓN DE PROPORCIONALIDAD, DEPRECIACION O BAJO SEGURO
ES CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA QUE ESTE SEGURO OPERE A PRIMER RIESGO ABSOLUTO MANTENER SIEMPRE EN VIGOR COMO MÍNIMO DE SUMA ASEGURADA LA CANTIDAD QUE APARECE EN LA CLAUSULA DE LIMITES DE RESPONSABILIDAD, PARTICIPACION Y SUMAS ASEGURADAS DE ESTE CONTRATO.
CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE:
SI AL MOMENTO DE OCURRIR UN SINIESTRO, LOS BIENES TIENEN UN VALOR TOTAL DE REPOSICIÓN SEGÚN SE INDIQUE EN ESTE CONTRATO SUPERIOR A LA CANTIDAD ASEGURADA, NO OPERARÁ LA PROPORCIÓN INDEMNIZABLE Y LA COMPAÑÍA INDEMNIZARÁ AL 100% EN TODOS LOS SINIESTROS SIN EXCEPCIÓN ALGUNA
MARGEN DE ERROR.
LA ASEGURADORA ACEPTA QUE EXISTA UN MARGEN DE ERROR EN LA DETERMINACIÓN DE LAS SUMAS ASEGURADAS CONTRATADAS DEL 25% POR LO QUE CUALQUIER BAJO SEGURO QUE SE ENCUENTRE DENTRO DEL LÍMITE MARCADO ANTERIORMENTE, NO GENERARÁ NINGUNA LIMITACIÓN DE PROPORCIONALIDAD O DEPRECIACIÓN POR BAJO SEGURO.
COMPENSACIÓN DE VALORES:
(EDIFICIOS, CONTENIDOS Y PERDIDAS CONSECUENCIALES): LA
ASEGURADORA ACEPTA, EN CASO DE SINIESTRO, QUE LOS VALORES DECLARADOS PARA EDIFICIOS, CONTENIDOS Y PERDIDAS CONSECUENCIALES SE COMPENSEN ENTRE SÍ, POR LO QUE LA BASE PARA LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA PROPORCIÓN INDEMNIZABLE DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ CONSIDERANDO EL TOTAL DE LOS VALORES CONTRATADOS. ESTA COMPENSACIÓN NO OTORGA SUMA ASEGURADA ADICIONAL, SOLO COMPENSA LA DISTRIBUCIÓN LA SUMA ASEGURADA.
SUBROGACIÓN.
LA ASEGURADORA SE SUBROGARÁ HASTA EL IMPORTE DE LA CANTIDAD PAGADA, EN TODOS SUS DERECHOS CONTRA TERCEROS QUE POR CAUSA DEL DAÑO INDEMNIZADO CORRESPONDA AL ASEGURADO; SIN EMBARGO, CUANDO SE TRATE DE ACTOS COMETIDOS POR CUALQUIER ENTIDAD AFILIADA, SUBSIDIARIA, DEPENDIENTE O PERSONA DE LOS QUE FUESE LEGALMENTE RESPONSABLE EL ASEGURADO, POR CONSIDERARSE PARA ESTOS EFECTOS TAMBIÉN COMO ASEGURADOS, NO HABRÁ SUBROGACIÓN.
ASI MISMO EL DERECHO DE SUBROGACION NO APLICARA CUANDO EL RESPONSABLE DEL DAÑO SEA CUALQUIER OTRA ENTIDAD DE GOBIERNO AFILIADA O NO, DEPENDIENTES O NO, SUBSIDIARIA O NO DEL ASEGURADO.
PRORROGA.
EN CASO QUE EL CONTRATANTE SOLICITE PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA COBERTURA DEL CONTRATO, LA ASEGURADORA ESTARA OBLIGADA A OTORGAR DICHA PRORROGA POR UN PERIODO ADICIONAL EQUIVALENTE HASTA POR 30% DEL MONTO CONTRATADO AL TERMINO DE LA VIGENCIA ORIGINAL, BAJO LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES PACTADAS EN EL PRESENTE CONTRATO; POR LO TANTO, SE SUJETARA A LA APROBACION DEL PRESUPUESTO QUE PARA TAL EFECTO AUTORICE EL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO. OBLIGANDOSE LA COMPAÑÍA ADEMAS DE RENOVAR LAS GARANTÍA Y PRESENTARLAS AL MOMENTO DE LA FIRMA DE LA PRORROGA CORRESPONDIENTE.
AVISO DE SINIESTRO
AL OCURRIR UN SINIESTRO QUE PUDIERA DAR LUGAR A LA INDEMNIZACIÓN CONFORME A ESTE CONTRATO, EL ASEGURADO TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE COMUNICARLO A LA ASEGURADORA LO MAS PRONTO POSIBLE A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE SE TENGA CONOCIMIENTO DEL HECHO EN SUS OFICINAS EN LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN.
BENEFICIOS PARA EL ASEGURADO.
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO LAS AUTORIDADES APRUEBAN EXTENSIONES O NUEVAS COBERTURAS SIN CARGO ADICIONAL DE PRIMA, SERÁN APLICADAS AUTOMÁTICAMENTE EN BENEFICIO DEL ASEGURADO.
CINCUENTA METROS.
POR NECESIDAD DE OPERACIÓN LOS BIENES QUEDAN IGUALMENTE AMPARADOS MIENTRAS SE ENCUENTREN A LA INTEMPERIE SOBRE ANDENES, PLATAFORMAS, CAMIONES O CUALQUIER OTRO LUGAR DENTRO DE LOS LIMITES TERRITORIALES DEL CONTRATO SIN QUEDAR LIMITADO A UNA DISTANCIA DE 50 METROS DE LOS MISMOS.
PRESCRIPCION.
EL ASEGURADO TENDRÁ DERECHO A DOCUMENTAR LAS RECLAMACIONES A QUE HAYA LUGAR DERIVADOS DEL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, EN UN PLAZO NO MAYOR DE DOS AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DEL SINIESTRO. EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO PODRA SOLICITAR A LA ASEGURADORA POR ESCRITO Y DENTRO DEL TERMINO DE PRESCRIPCION UNA PRORROGA HASTA POR 12 MESES ADICIONALES. LA PRORROGA PODRA RENOVARSE SIEMPRE QUE SE SOLICITE DENTRO DEL PERIODO VIGENTE DE LA MISMA. LA ASEGURADORA SE OBLIGA A OTORGAR DICHA PRORROGA SIEMPRE QUE LA SOLICITUD SE REALICE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO.
GRAVAMENES.
ESTE SEGURO NO PERDERÁ VALIDEZ SI LAS PROPIEDADES ASEGURADAS ESTAN GRAVADAS POR HIPOTECA, PRENDA O CONVENIO DE FIDEICOMISO O SI UN JUICIO HA SIDO EMPEZADO O SE HA INICIADO LA VENTA O EFECTUADO EL CONTRATO DE VENTA DE TODAS O CUALQUIER PARTE DE LAS MISMAS O SI LAS PROPIEDADES ASEGURADAS ESTAN EDIFICADAS EN TERRENOS QUE NO SEAN PROPIEDAD DEL ASEGURADO, O SI EL INTERES DEL ASEGURADO ES CONDICIONAL O DE PROPIEDAD NO EXLCUSIVA; PERO EL ASEGURADO SIEMPRE DEBERÁ TENER UN INTERÉS ASEGURABLE DE ACUERDO CON LA LEY.
HONORARIOS PROFESIONALES
ESTE SEGURO INCLUYE LOS HONORARIOS A PROFESIONALES Y COSTOS LEGALES CORRESPONDIENTES A PLANOS, ESPECIFICACIONES Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA REPOSICIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTE CONTRATO, SIEMPRE QUE EN CONJUNTO CON EL IMPORTE DE LA PERDIDA NO EXCEDA DE LA SUMA ASEGURADA DEL BIEN DAÑADO.
NUEVAS EDIFICACIONES.
ESTE SEGURO TAMBIÉN CUBRE DENTRO DE LA SUMA ASEGURADA:
a) LAS NUEVAS EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS, ADICIONES, EXTENSIONES, ALTERACIONES Y REPARACIONES QUE SE HAGAN EN LO SUCESIVO SOBRE LOS PREDIOS DESCRITOS TANTO DURANTE EL PERIODO DE SU EDIFICACIÓN COMO YA TERMINADOS.
b) MATERIALES, PROVISIONES, EQUIPO, MAQUINARIA Y APARATOS RELACIONADOS CON LOS TRABAJOS MENCIONADOS EN EL INCISO A) DE ESTE INCISO.
c) LAS CONSTRUCCIONES QUE SE ENCUENTREN EN EL INTERIOR DEL ESTADO DE JALISCO QUE POR DESCONOCIMIENTO DE LOS MISMOS NO SE ENCUENTREN RELACIONADOS EN LOS ANEXOS A ESTE CONTRATO.
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE PÉRDIDAS O DAÑOS RECLAMADOS.
a) ACTIVOS FIJOS; LA VALUACIÓN DE PERDIDAS O DAÑOS INDEMNIZABLES BAJO ESTE SEGURO, SE LLEVARA A CABO DE ACUERDO CON EL VALOR DE REPOSICIÓN A LA FECHA DEL SINIESTRO) ROTURA DE MAQUINARIA, CALDERAS, EQUIPOS SUJETOS A PRESION, EQUIPO ELECTRONICO, EQUIPO DE CONTRATISTAS ASEGURADOS EN LAS COBERTURAS XX XXXXX TECNICOS, LAS PERDIDAS SERÁN INDEMNIZADAS BAJO EL FORMATO DE PÓLIZA BLANKET (SIN REQUERIMIENTO DE RELACIÓNAR LOS EQUIPOS), DE LA SIGUIENTE MANERA: PERDIDAS PARCIALES (SIN IMPORTAR LA EDAD DEL EQUIPO) A VALOR DE REPOSICION Y PERDIDAS TOTALES PARA EQUIPO CON EDAD MENOR DE 10 AÑOS A VALOR DE REPOSICIÓN Y PERDIDAS TOTALES A EQUIPO CON EDAD DE 11 AÑOS EN ADELANTE A VALOR REAL.
b) BIENES DE TERCEROS:
PARA LOS BIENES DE TERCEROS BAJO RESPONSABILIDAD Y/O CUSTODIA DEL ASEGURADO Y POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE RESPONSABLE, LA VALUACIÓN DE LAS PERDIDAS O DAÑOS INDEMNIZABLES BAJO ESTE SEGURO SE LLEVARÁ A CABO DE ACUERDO CON EL VALOR DE REPOSICION AL MOMENTO DE LA PERDIDA O DAÑO EN EL LUGAR DEL SINIESTRO
c) LA ASEGURADORA LIQUIDARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, LA CANTIDAD QUE RESULTE COMO INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A BIENES CUBIERTOS EN ESTE CONTRATO Y SEAN PROPIEDAD DEL SISTEMA DE SEMAFORIZACIÓN COMPUTARIZADA EN VÍA PÚBLICA, DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO DE PAGO DIRECTO YA ESTABLECIDO CON DICHOS PROVEEDORES (ANEXO A ESTE CONTRATO).
d) PARA OBRAS DE ARTE, FRESCOS, MURALES, PINTURAS, VITRALES, BIENES XX XXXXXX, ESCULTURAS, LIBROS Y DOCUMENTOS DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE REPOSICIÓN;
i. EN CASO DE PERDIDA O DAÑO Y/O GASTO POR DAÑOS PARCIALES, QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE LA RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA QUEDARA LIMITADA SOLAMENTE AL COSTO DE EJECUCIÓN DE LA RESTAURACIÓN ARTÍSTICA DE LAS PARTES DAÑADAS O ROTAS, PARA DEJAR EL OBJETO EN SU PRIMITIVO ESTADO, PRESCINDIÉNDOSE DEL DEMERITO ARTÍSTICO QUE LA RESTAURACIÓN PUDIERA DETERMINAR.
ii. ASIMISMO QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE NO HABRA RESPONSABILIDAD PARA LA ASEGURADORA POR DAÑO O AVERIA DE CUALQUIER NATURALEZA DEBIDO A LA POLILLA, DESCORTIZACION O INFLUENCIA DE LA TEMPERATURA, NI SERA OBJETO DE UNA RECLAMACIÓN POR DEPRECIACIÓN O DEMERITO DE LOS OBJETOS ASEGURADOS.
iii. EN CASO DE PERDIDA TOTAL, LA ASEGURADORA SERA RESPONSABLE HASTA POR EL VALOR REGISTRADO.
OTROS SEGUROS
CUANDO SE CONTRATE CON VARIAS EMPRESAS UN SEGURO CONTRA EL MISMO RIESGO Y POR EL MISMO INTERES, EL ASEGURADO TENDRA LA OBLIGACIÓN DE:
• PONER EN CONOCIMIENTO DE CADA UNO DE LOS ASEGURADORES LA EXISTENCIA DE LOS OTROS SEGUROS SIEMPRE Y CUANDO LO ANTERIOR SEA DE CONOCIMIENTO DEL CONTRATANTE.
• EL AVISO DEBERA DARSE POR ESCRITO E INDICAR EL NOMBRE DE LOS ASEGURADORES, ASÍ COMO LAS SUMAS ASEGURADAS.
• SI EL CONTRATANTE OMITE INTENCIONALMENTE EL AVISO DE QUE TRATA EL ARTICULO ANTERIOR, O SI CONTRATA LOS DIVERSOS SEGUROS PARA OBTENER UN PROVECHO ILICITO, LOS ASEGURADORES QUEDARAN LIBERADOS DE SUS OBLIGACIONES.
AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR.
EN CASO DE SINIESTRO QUE AMERITE INDEMNIZACIÓN BAJO EL PRESENTE CONTRATO, LOS ASEGURADOS PODRÁN OPTAR POR LA REPOSICIÓN DE LOS BIENES DAÑADOS O DISPONER DE ELLOS PARA EMPEZAR INMEDIATAMENTE SU REPARACIÓN O RECONSTRUCCIÓN, YA SEA EN EL MISMO SITIO EN QUE SE ENCONTRABA O EN OTRO, O BIEN PARA DESTINARLOS A OTROS USOS; QUEDANDO ENTENDIDO SIN EMBARGO, QUE LA RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA ESTARÁ LIMITADA AL VALOR REPOSICION, SIN EXCEDER EN NINGÚN CASO DE LOS LIMITES FIJADOS EN LA CLAUSULA QUE FIJA LOS LIMITES DE RESPONSABILIDAD, PARTICIPACION Y SUMAS ASEGURADAS.
SI A DECISIÓN DEL ASEGURADO OPTA POR REPONER O RECONSTRUIR CON CARATERISTICAS Y USOS DISTINTOS A LOS QUE ORIGINALMENTE TENIA EL BIEN DAÑADO, LA ASEGURADORA INDEMNIZARA EL MONTO ORIGINAL
DE LA PERDIDA QUEDANDO A CARGO DEL ASEGURADO LA DIFERENCIA QUE RESULTE POR LOS CAMBIOS REALIZADOS.
PERMISOS.
SE CONCEDE PERMISO A LOS ASEGURADOS SIN LIMITE DE TIEMPO Y SIN PREVIO AVISO, PARA HACER ADICIONES, ALTERACIONES Y REPARACIONES, PARA TRABAJAR A CUALQUIER HORA, SUSPENDER LABORES O DESOCUPAR CUALQUIERA DE LOS LOCALES, QUEDANDO OBLIGADO EL ASEGURADO:
PROCEDER CON LA DEBIDA DILIGENCIA PARA ATENUAR EL RIESGO O IMPEDIR SU AGRAVACIÓN.
NOTIFICAR A LA ASEGURADORA POR ESCRITO LOS MAS PRONTO POSIBLE UNA VEZ EFECTUADOS LOS MOVIMIENTOS. Y TENGA LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN CONOCIMIENTO.
MEDIDAS DE SALVAGUARDA Y RECUPERACIÓN.
AL OCURRIR UN SINIESTRO, LOS ASEGURADOS TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE EJECUTAR TODOS LOS ACTOS QUE TIENDAN A EVITAR O DISMINUIR EL DAÑO, SI NO HAY PELIGRO EN LA DEMORA, LOS ASEGURADOS DEBERÁN PEDIR INSTRUCCIONES A LA ASEGURADORA ATENIÉNDOSE A LO QUE ELLA INDIQUE.
AVISOS DE SINIESTROS.
LA ASEGURADORA CONVIENE Y ACEPTA, QUE EN ESTE ACTO NOMBRA Y DESIGNA AL DESPACHO DE AJUSTADORES QUE DEBERAN DE ESTAR DEBIDAMENTE CERTIFICADOS POR LA ASEGURADORA, ADEMAS DE CONTAR CON LA EXPERIENCIA EN EL MANEJO Y ATENCIÓN EN CUENTAS DE GOBIERNO COMO LA INFRAESTRUCTURA NECESARIA PARA PRESTAR EL SERVICIO:
AL OCURRIR UN SINIESTRO, O AL TENER CONOCIMIENTO DEL MISMO LOS ASEGURADOS PODRÁN RECURRIR A NOTIFICAR PARA EL PROCESO DE AJUSTE AL DESPACHO ANTERIORMENTE MENCIONADO, QUIENES ACTUARÁN COMO PERITOS QUE FUNGIRÁN EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 84 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
LIQUIDACION DE PÉRDIDAS.
EN CASO DE CUALQUIER PERDIDA INDEMNIZABLE BAJO ESTE CONTRATO, LA ASEGURADORA LIQUIDARÁ A LOS ASEGURADOS DENTRO DEL PLAZO ACORDADO EL IMPORTE DE LAS PERDIDAS; POR PLAZO ACORDADO SE ENTENDERÁ LO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA DE ESTANDARES DE SERVICIO DEL PRESENTE CONTRATO.
TRASLADO DE BIENES
LOS ASEGURADOS PODRÁN EN CASO DE SINIESTRO, SIN PREVIO AVISO A LA ASEGURADORA TRASLADAR LOS BIENES A CUALQUIER EDIFICIO, LUGAR O PREDIO NO MENCIONADO EN LA MISMA, CON OBJETO DE SALVAGUARDAR LAS
PERDIDAS O DAÑOS
UNA VEZ HECHO DICHO TRASLADO DE BIENES, CONTINUARAN CUBIERTOS EN LA NUEVA UBICACIÓN POR LO MISMOS RIESGOS Y LIMITES DE LA COBERTURA ORIGINAL.
DE LAS ALTAS Y BAJAS DE SUMAS O INCREMENTOS O DISMINUCIONES DE LIMITES
LAS ALTAS, BAJAS, REDUCCIONES, INCREMENTOS O CAMBIOS EN LOS LIMITES DE SUMAS ASEGURADAS DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO, SE COBRARÁN O DEVOLVERAN POR PARTE DE LA COMPAÑÍA CALCULANDO A PRORRATA SOBRE EL COSTO INICIAL.
CUALQUIER MODIFICACIÓN EMITIDA POR LA COMPAÑÍA DEBERÁ SER LA RESPUESTA A UNA SOLICITUD PREVIA DEL ASEGURADO GENERADA POR OFICIO EXPEDIDA POR LA DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA DE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS O LAS DEPENDENCIAS DE GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, SIENDO ESTAS LAS UNICAS AUTORIZADAS PARA SOLICITAR DICHOS CAMBIOS.
LIQUIDACION DE PÉRDIDAS POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
A. POR DAÑOS Y PERJUICIOS DE DAÑOS MATERIALES: SEGÚN LO ESTABLEZCAN: LA DISPOSICION LEGAL FEDERAL O LAS DISPOSICIONES DE LAS CORRESPONDIENTES LEGISLACIONES, SOBRE LA MATERIA, DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
B. POR DAÑOS PERSONALES:
CONFORME CORRESPONDA A LA CUANTIFICIACION POR INCAPACIDADES TEMPORALES O PERMANENTES, MUERTE, GASTOS DE ATENCION MEDICA, O DE DAÑO MORAL, SEGÚN LOS DIFERENTESCRITERIOS INDICADOS POR LA LEGISLACION FEDERAL O LAS LEGISLACIONES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SEGÚN SEAN APLICABLES.
ACREDITACIÓN DE PROPIEDAD
PARA LA ATENCIÓN DE LOS SINIESTROS BASTARÁ CON LA ACREDITACIÓN DE LA POSESIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS, LA ACREDITACIÓN SE REALIZARÁ CON LOS DOCUMENTOS A QUE DE LUGAR LA LEGISLACIÓN APLICABLE, EL RESGUARDO Y/O RELACIÓN DE INVENTARIOS.
MANEJO DE INFORMACIÓN
LOS BIENES CUBIERTOS EN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES SE MANEJARÁN SIN RELACIÓN Y TODA LA INFORMACIÓN QUE SE PROPORCIONE AL RESPECTO ES DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA
LIBROS Y REGISTROS.
ESTE SEGURO SE EXTIENDE A CUBRIR LA PERDIDA O DAÑO A LIBROS DE CONTABILIDAD, DIBUJOS, FICHEROS, Y OTROS REGISTROS, PERO EN NINGUN CASO EXCEDERÁ DEL COSTO DE LIBROS, PAGINAS O CUALQUIER OTRO MATERIAL EN BLANCO, MAS EL COSTO REAL DEL TRABAJO NECESARIO PARA TRANSCRIBIR O COPIAR DICHOS REGISTROS.
RENUNCIA DE INVENTARIOS.
LA ASEGURADORA NO REQUERIRA DEL ASEGURADO, CON OBJETO DE AGILIZAR LA INDEMNIZACION EN CASO DE SINIESTRO, NINGUN INVENTARIO O AVALÚO DE LA PROPIEDAD INDEMNE SI LA RECLAMACIÓN TOTAL BAJO EL SEGURO DE INCENDIO EXISTENTE SOBRE LOS BIENES ASEGURADOS, NO EXCEDE DEL 10% DE LA SUMA ASEGURADA GLOBAL CONTRATADA.
PRELACION.
LAS PARTES CONTRATANTES SE SUJETARÁN UNICAMENTE A LO PACTADO EN EL PRESENTE CONTRATO, EN SUS ANEXOS, JUNTA ACLARATORIA Y BASES DE LA LICITACION, ASI COMO A LO ESTABLECIDO EXPRESAMENTE EN LAS CONDICIONES ESPECIALES QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO, VOLUNTADES QUE REGIRAN Y REGULARAN EN LA VIGENCIA DE LA POLIZA QUE SE EXPIDA, SIENDO LAS CONDICIONES GENERALES APLICABLES UNICAMENTE EN TANTO BENEFICIEN AL GOBIERNO DEL ESTADO.
NO ADHESIÓN.
LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE CONTRATO FUERON ACORDADOS Y FIJADOS LIBREMENTE ENTRE “EL CONTRATANTE” Y “LA ASEGURADORA”, POR LO QUE ESTE ES UN CONTRATO DE NO ADHESIÓN Y POR LO TANTO NO SE UBICA EN EL SUPUESTO PREVISTO EN ÉL ARTÍCULO 36-B DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS; EN ESA VIRTUD ESTE CONTRATO NO REQUIERE SER REGISTRADO ANTE COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS POR LO QUE LAS CONDICIONES GENERALES Y SUS ENDOSOS DE LAS POLIZAS DE “LA ASEGURADORA” EN TERMINOS DE ARTICULO ANTES CITADO, NO APLICARAN EN CUANTO SEAN CONTRARIAS A ESTE CONTATO.
CONVENIO DE BUENA FE.
SE CONVIENE Y ACEPTA POR AMBAS PARTES TANTO “EL CONTRATANTE” COMO “LA ASEGURADORA” ACEPTAR EN TERMINOS DEL ARTICULO 50 EN CUALQUIER DE SUS FRACCIONES, DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, RENUNCIAR A LA RESCISION O NULIDAD DEL CONTRATO POR LA OMISION O INEXACTA DECLARACION DE LOS HECHOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 8, 9, Y 10 DE LA CITADA LEY.
NO SERA MOTIVO DE RECHAZO O PERDIDA DE COBERTURA CUALESQUIERA SITUACION QUE PROVOQUE UNA AGRAVACION DE RIESGO DENTRO DE LAS OPERACIONES NORMALES DEL GOBIERNO DE JALISCO O SUS DEPENDENCIAS.
CESION Y DERECHOS Y OBLIGACIONES
LA COMPAÑÍA NO PODRA GRABAR O SEDER A OTRAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS, YA SEA PARCIAL O TOTAL LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DEL PRESENTE CONTRATO, SALVO LOS DE COBRO QUE SE GENEREN EN LOS TERMINOS DEL PROPIO CONTRATO, EN CUYO CASO DEBERÁ CONTAR CON LA ANUENCIA PREVIA DE LA ASEGURADO, POR TANTO CUALQUIER ACTO U HECHO JURIDICO CELEBRADO EN CONTRAVENCION A LO ESTIPULADO NO SURTIRA EFECTO ALGUNO Y NO PODRA SER OPONIBLE YA POR PERSONAS FISICAS O JURIDICAS EN PERJUICIO DEL ASEGURADO.
CLAUSULA ARBITRAL
LA “ASEGURADORA” ACEPTA QUE, EN CASO DE EXISTIR CONTROVERSIA O INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES, COBERTURAS, SUMAS ASEGURADAS, PAGO DIRECTO A PROVEEDORES, CUMPLIMENTO DE LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO, DE FORMA AMIGABLE AMBAS PARTES ACEPTAN EL SUJETARSE AL PROCEDIMIENTO ARBITRAL QUE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS APLICA.
EL “CONTRATANTE” SE RESERVA EL DERECHO DE EJERCER LAS ACCIONES LEGALES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO AL PRESENTE CONTRATO EN LOS TRIBUNALES COMPETENTES.
SE ANEXA LA DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES, ASI COMO EL REPORTE DE SINIESTRALIDAD A DETALLE FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTE ANEXO.
1. Los licitantes deberán presentar, el nombre del intermediario de reaseguro con los que, en su caso, colocarán las pólizas del presente proceso de adquisición, mismos que deberán cumplir con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables vigentes en México, la Aseguradora deberá presentar, copia simple del registro del Intermediario de Reaseguro autorizado ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
2. Escrito firmado por representante legal de que están adjuntando relación de reaseguradores de primer nivel con los que se colocó el riesgo (desglose de participación en el riesgo que incluya nota de cobertura) y que su registro se encuentre vigente.
3. Los participantes entregaran una carta en donde manifiesten del personal propio del proveedor que atenderá la cuenta, así como la atención de siniestros con los datos que se deberán de contener como son: nombre, puesto, teléfono con extensiones y celulares u otros equipos de radiocomunicación.
LA RELACIÓN DE UBICACIONES Y VALORES DE LOS ANEXOS IA, IB, IC, ID, IIA, IIB, IIC, IIIA, IIIB, IIIC, IIID, IVA,
IVB, IVC, IVD, VA, VB, VC, VD serán entregados al final de la junta aclaratoria indicada en el numeral 5 de las presentes bases.
JUNTA ACLARATORIA
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA”
NOTAS ACLARATORIAS | |
1. | Las bases no estarán a discusión en esta junta ya que su objetivo es EXCLUSIVAMENTE la aclaración de las dudas formuladas en este documento. |
2. | Solo se aceptarán preguntas presentadas con este formato. |
3 | Para facilitar la lectura de sus preguntas favor de presentarlas mecanografiadas o impresas. El participante deberá anexar un CD o USB con las preguntas en texto con formato .DOC o .DOCX. No se aceptarán preguntas del participante si no anexa dicha información en formato digital.. |
NOMBRE COMPLETO DEL PARTICIPANTE: | |
NOMBRE DE SU REPRESENTANTE LEGAL: | |
FIRMA: |
ANEXO 3
CARTA DE PROPOSICIÓN LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 22/2016
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL
GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA”
COMISIÓN DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO
P R E S E N T E
EN ATENCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 22/2016 RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE “ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA” EL SUSCRITO (NOMBRE DEL FIRMANTE) EN MI CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE (NOMBRE DEL PARTICIPANTE), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE:
1. Cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente proceso de adquisición, así como para la firma y presentación de los documentos y el contrato que se deriven de éste, a nombre y representación de Persona Jurídica. Así mismo, manifiesto que cuento con número de proveedor y con Registro Federal de Xxxxxxxxx , y en su caso me comprometo a realizar los trámites de registro y actualización ante el padrón de proveedores en los términos señalados en las presentes bases, para la firma del contrato que llegare a celebrarse en caso de resultar adjudicado.
2. Mi representada señala como domicilio para todos los efectos legales a que haya lugar la finca marcada con el número
de la calle , de la colonia , de la ciudad de , C.P. , teléfono , fax y correo electrónico @ , solicitándoles que las notificaciones que se me tengan que practicar, se me hagan por correo electrónico en la cuenta señalada.
3. He leído, revisado y analizado con detalle las bases del presente proceso de adquisición, las especificaciones correspondientes y el juego de anexos que me fueron proporcionados por la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno de Jalisco, obligándome a cumplir con lo estipulado en cada uno de ellos.
4. Mi representada no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 18 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, y tampoco en las situaciones previstas para la DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES que se indican en las bases del presente proceso de adquisición.
5. Se han formulado cuidadosamente todos y cada uno de los precios unitarios que se proponen, tomando en consideración las circunstancias previsibles que puedan influir sobre ellos. Dichos precios se presentan en Moneda Nacional e incluyen todos los cargos directos e indirectos que se originen en la prestación del servicio hasta su recepción total por parte de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, por lo que aceptamos todas y cada una de las condiciones ahí establecidas.
6. En caso de resultar favorecidos, nos comprometemos a firmar el contrato en los términos señalados en las bases del presente proceso de adquisición.
7. Mi representada otorgará el servicio a que se refiere el presente proceso de adquisición de acuerdo con las especificaciones y condiciones requeridas en las bases de este proceso de adquisición, con los precios unitarios señalados en la propuesta económica.
Atentamente, Nombre y firma del
Representante Legal del Participante
ANEXO 4
ACREDITACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 22/2016
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA”
Xx, (nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente proceso de adquisición, así como con los documentos que se deriven de éste, a nombre y representación de (Persona Jurídica) .
Nombre del Participante: | |
No. de Registro xxx Xxxxxx de Proveedores de Bienes y Servicios del Gobierno de Jalisco: (en caso de contar con él) | |
No. de Registro en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM): | |
No. del Registro Federal de Contribuyentes: | |
Domicilio: (Calle, Número exterior-interior, Colonia, Código Postal) | |
Municipio o delegación: | Entidad Federativa: |
Teléfono (s): | Fax: |
Correo Electrónico: | |
Para Personas Jurídicas: Número de Escritura Pública: (en la que consta su Acta Constitutiva y sus modificaciones* si las hubiera) Fecha y lugar de expedición: Nombre del Fedatario Público, mencionando si es Titular o Suplente: Fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio: Tomo: Libro: Agregado con número al Apéndice: *NOTA: En caso de que hubiere modificaciones relevantes al Acta Constitutiva (cambio de razón social, de domicilio fiscal, de giro o actividad, etc.), deberá mencionar los datos anteriores que correspondan a dicha modificación y la referencia de la causa de la misma. Para Personas Físicas: Número de folio de la Credencial de Elector: |
P O D E R | Para Personas Jurídicas o Físicas que comparezcan a través de Apoderado, mediante Poder General o Especial para Actos de Administración o de Dominio, que les faculte para comparecer al concurso y a la firma del contrato que resulte del mismo): Número de Escritura Pública: Tipo de poder: Nombre del Fedatario Público, mencionando si es Titular o Suplente: Fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio: Tomo: Libro: Agregado con número al Apéndice: Lugar y fecha de expedición: |
Nombre y firma Representante Legal
PROPUESTA ECONÓMICA LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 22/2016
““ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA”
SECCION COBERTURAS | SUMA ASEGURADA | CUOTA AL MILLAR | PRIMA NETA BIANUAL | ||
DAÑO MATERIAL: TODO RIESGO | MONEDA NACIONAL | %° | MONEDA NACIONAL | ||
1. PODER EJECUTIVO | $ | $ | |||
2. ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS | $ | ||||
3. SITEUR | $ | $ | |||
4. SIAPA (INCLUYE INVENTARIOS) | $ | $ | |||
. | . | . | . | ||
. | . | . | . | ||
SUB LIMITES A LA COBERTURA DE: DAÑO MATERIAL: TODO RIESGO Y XXXXX TECNICOS | . | . | . | . | |
EQUIPO DE CONTRATISTA TODO RIESGO | . | . | . | . | |
ROTURA DE MAQUINARIA/ CALDERAS Y APARATOS A PRESION | . | . | . | . | |
EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO | . | . | . | . | |
1. PODER EJECUTIVO | $ | $ | |||
2. ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS | $ | ||||
3. SITEUR | $ | $ | |||
4. SIAPA | $ | $ | |||
OBRA CIVIL Y MONTAJE | $ 50´000,000.00 | $ | |||
. | . | . | . | ||
COBERTURAS LIMITE UNICO Y COMBINADO (DIVERSOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL) | |||||
| ROTURA XX XXXXXXXXX, ANUNCIOS, VITRALES, DOMOS Y SEÑALIZACION | $ 1’000,000.00 | $ |
ROBO DE MERCANCÍA | $ 10’000,000.00 | $ | |||||
DINERO Y/O VALORES | $ 5’000,000.00 | $ | |||||
R.C. INMUEBLES Y ACTIVIDADES Y CUALQUIER OTRA COBERT. NO ESPEC. | $ 100’000,000.00 | $ | |||||
R.C. ESTACIONAMIENTOS | $ 10’000,000.00 | $ | |||||
R.C. OBLIGATORIO DEL VIAJERO | $ 30’000,000.00 | $ | |||||
RESPONSABILIDAD CIVIL PATRIMONIAL | $ 25’000,000.00 | $ | |||||
TRANSPORTES TODO RIESGO | $ 10’000,000.00 | $ | |||||
SE DEBE PRESENTAR DESGLOSE DE COSTOS POR SECCION CON FACTOR | . | ||||||
ESTA PROPUESTA ES EN MONEDA NACIONAL | PRIMA NETA TOTAL POR LA VIGENCIA | $ | |||||
DERECHO DE POLIZA | $ | ||||||
LA PRESENTE PROPUESTA SE SUJETA A LA PROPUESTA TECNICA DE LAS BASES | IVA | $ | |||||
PRIMA TOTAL POR LA VIGENCIA | $ | ||||||
DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO | ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS O DESCONCENTRADOS | SITEUR | SIAPA | ||||
PRIMA BIANUAL | $ | PRIMA BIANUAL | $ | PRIMA BIANUAL | $ | PRIMA BIANUAL | $ |
CANTIDAD CON LETRA |
TIEMPO DE ENTREGA |
Declaro bajo protesta de decir verdad que los precios cotizados tienen una vigencia de 30 treinta días naturales contados a partir de la resolución de adjudicación y que los precios incluyen todos los costos involucrados y se presentan en moneda nacional con los impuestos desglosados. |
PROPUESTA TÉCNICA LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 22/2016
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL,
EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA 2015-2016”
PARTIDA | CONCEPTO |
1 | ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA |
ESPECIFICACIONES DETALLADA | |
ESPECIFICACIONES Y CARACTERÍSTICAS PROVEEDOR:
En caso de ser adjudicado proporcionaré el servicio en los términos y condiciones del presente anexo, el contrato, las bases y los acuerdos de la junta aclaratoria del presente proceso.
Asimismo, seré responsable por los defectos, vicios ocultos o falta de calidad en general del servicio por cualquier otro incumplimiento en que puedan incurrir en los términos del contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado
El presente Anexo 6 conforma la propuesta que como Participante me comprometo a cumplir y consta de xx hojas por uno solo de sus lados.
Nombre y firma del Representante Legal
ANEXO 7
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 22/2016
“ASEGURAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, EFECTIVO, VALORES, RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EQUIPO ELECTRÓNICO Y MAQUINARIA PESADA”
TEXTO DE LA FIANZA DEL 10% DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Los Participantes que opten por garantizar el cumplimiento del contrato a través de fianza, deberán presentarla con el siguiente texto:
(NOMBRE DE LA AFIANZADORA), EN EL EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE ME OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 5º Y 6° DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, ME CONSTITUYO FIADORA POR LA
SUMA DE $ (CANTIDAD CON LETRA) A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE PLANEACION,
ADMINISTRACION Y FINANZAS DEL GOBIERNO DE JALISCO A EFECTO DE:
GARANTIZAR POR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) CON DOMICILIO EN COLONIA CIUDAD _ EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL CONTRATO NÚMERO , DE FECHA , CELEBRADO ENTRE NUESTRO FIADO Y LA SECRETARÍA DE PLANEACION, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO, CON UN IMPORTE TOTAL DE $ , DERIVADO DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN XX.
ESTA FIANZA ESTARÁ EN VIGOR POR 12 MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL CONTRATO.
ADICIONALMENTE ESTA FIANZA PODRÁ SER EXIGIBLE EN CUALQUIER TIEMPO PARA GARANTIZAR LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y BASES DEL PROCESO QUE LE DIERON ORIGEN, LA BUENA CALIDAD EN GENERAL DE LOS BIENES Y SERVICIOS, CUANDO SEAN DE CARACTERÍSTICAS INFERIORES A LAS SOLICITADAS EN LAS BASES DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN ANTERIORMENTE SEÑALADO Y/O CUANDO DIFIERAN EN PERJUICIO DE LA SECRETARÌA Y/O LA DEPENDENCIA, ASÍ COMO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS, DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIEREN APARECER Y QUE SEAN IMPUTABLES A NUESTRO FIADO CON MOTIVO DE LA CONTRATACIÓN QUE SE MENCIONA Y SOLO PODRÁ SER CANCELADA CON LA PRESENTACIÓN DE SU ORIGINAL POR PARTE DE NUESTRO FIADO.
IGUALMENTE, EN EL CASO QUE SE OTORGUE PRORROGA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE JUICIOS, RECURSOS O INCONFORMIDADES DE LOS BIENES Y SERVICIOS CONTRATADOS ESTA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE HASTA SU TOTAL RESOLUCIÓN.
EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE, LA AFIANZADORA Y EL FIADO ACEPTAN EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 93 AL 95 BIS, 118 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR, PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDA EL COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA ACEPTANDO SOMETERSE A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO, RENUNCIANDO A LOS TRIBUNALES QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, LES PUDIERA CORRESPONDER.
REQUISITOS DE DOCUMENTOS PARA PAGO.
CONTENIDO IMPRESO COMO DOCUMENTO DE VALOR FISCAL: | |
SEGÚN SEA EL CASO QUE SE REQUIERA, SI ES RECIBO, FACTURA O NOTA DE CREDITO (TEXTUALMENTE) | |
FOLIO | |
RAZON SOCIAL DE LA CIA QUE EXPIDE | |
DOMICILIO FISCAL DE LA CIA QUE EXPIDE | |
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA CIA QUE EXPIDE | |
CEDULA FISCAL DE LA CIA QUE EXPIDE | |
VIGENCIA FISCAL DEL RECIBO | |
DATOS CON LOS QUE SE DEBE LLENAR LOS RECIBOS | |
RAZON SOCIAL | |
DOMICILIO FISCAL | |
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES | |
FECHA DE EMISION | |
PERIODO DE LA VIGENCIA DE LA POLIZA | |
FORMA DE PAGO (MENSUAL, SEMESTRAL, ANUAL) | |
NUMERO DE PAGO (ESTO ES SI ES EL PAGO DEL 2° AÑO POR EJEMPLO), O IGUAL 1/2, 2/2 | |
TRAER LEYENDA DE PAGO EN UNA SOLA EXHIBICION | |
IMPORTE CON NUMERO | |
IMPORTE CON LETRA (PROTECCION CON LETRA) | |
NUMERO DE POLIZA | |
RAMO DE SEGURO AL QUE SE REFIERE (XXXXXXXXX, GASTOS MEDICOS, VIDA, ETC) | |
MONEDA (NACIONAL) | |
NOTA: Todos los requisitos anteriores son enunciativos mas no limitativos de acuerdo a lo que establece el | |
Artículo 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación. | |
PARA EFECTOS DE PAGO | |
DOCUMENTOS Y SUS JUEGOS: | |
DAÑOS | |
FACTURA | ORIGINAL Y 2 JUEGOS |
CARATULA DE POLIZA | 3 JUEGOS |
POLIZA INCLUYENDO EL DESGLOCE DE BIENES | JUEGOS SEGÚN DEPENDENCIAS |
CONDICIONES ESPECIALES IMPRESAS | JUEGOS SEGÚN DEPENDENCIAS |
PROCEDIMIENTO DE PAGO DIRECTO I N D I C E
INTRODUCCIÓN.
OBJETIVOS.
RECEPCIÓN, INTEGRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS.
ENTREGA DE DOCUMENTOS.
INTEGRACIÓN DE DOCUMENTOS.
FINIQUITO Y CESIÓN DE DERECHOS SOBRE BIENES SUSTITUIDOS.
COMPROMISO DE PAGO.
TIEMPOS DE RESPUESTA, GARANTÍAS Y/O PENALIZACIONES.
DEFINICIONES
INTRODUCCIÓN:
El presente Instructivo de Procedimientos, es exclusivamente para el pago directo a Proveedores, lo cual se encuentra contemplado dentro de la Póliza de Seguro No. XXXX, que tiene contratada el Gobierno del Estado de Jalisco, denominado en adelante “El Asegurado” con la Compañía de Seguros, denominada en adelante “La Aseguradora”, lo cual se encuentra asentado en la Póliza de referencia, en la página XX , Cláusula XXXXXX inciso XXX en donde manifiesta cuanto sigue:
“En el caso que el Asegurado así lo requiera, la Aseguradora liquidará la cantidad que resulte después de aplicadas las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza contratada, como indemnización por Daños a bienes cubiertos por la póliza y éstos sean propiedad del Sistema de Semaforización Computarizada en Vía Pública, cuyo pago será directamente al proveedor”.
OBJETIVOS:
El presente documento tiene la finalidad de establecer los pasos a seguir para el Pago Directo a los Proveedores, en caso de siniestro que se encuentre amparado bajo la Póliza de Seguros contratada, del Sistema de Semaforización Computarizada en Vía Pública por parte de la Cía. Aseguradora, previo entero que del Deducible le corresponde al Asegurado participar, de acuerdo a las condiciones de la Póliza.
PARTICIPANTES
En el presente Instructivo de Procedimientos, participan las siguientes entidades: 1.- COMPAÑÍA DE SEGUROS
2.-SECRETARIA DE PLANEACION, ADMINISTRACION Y FINANZAS (SEPAFI)
3.-SECRETARIA DE XXXXXXXXX
4.- FRADAL EMPRESARIAL, SA DE CV.
5.- SEMEX, SA
6.- AJUSTADOR DESIGNADO POR EL GOBIERNO DEL ESTADO.
Las cuales son representadas por las siguientes personas, en su carácter de representantes y/o apoderados legales:
1. APODERADO LEGAL (ASEGURADORA)
2. XXXXXXXXXXX(SEPAFI)
3. SECRETARIA DE MOVILIDAD
4. APODERADO LEGAL FRADAL
5. APODERADO LEGAL SEMEX
6. REPRESENTANTE LEGAL (AJUSTADOR)
RECEPCIÓN, INTEGRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS:
La integración de los documentos, que más adelante se mencionan son parte del soporte que servirán para la determinación de pérdidas, debiendo aplicar las Condiciones estipuladas en el contrato que se derive de esta licitación de Seguros en lo que se refiere a la participación que por el Deducible, le corresponde al Asegurado (Gobierno del Estado de Jalisco / Secretaría de Movilidad)
Inicialmente y una vez recibido el reporte de siniestro, los Proveedores, según sea el caso, deberán presentarse en el lugar del evento, a solicitud del Asegurado, esto con la finalidad de solucionar el problema que se haya presentado y dejar en condiciones normales la operación de la semaforización.
Ya aprobado el trabajo realizado, se efectuará la integración del soporte documental, que cada uno de los Proveedores deberá proporcionar, para la gestión del pago correspondiente.
ENTREGA DE DOCUMENTOS:
Aviso de siniestro por parte de la Secretaría de Movilidad, Sistema Computarizado de Control de Tránsito, donde serán descritos de forma detallada, los daños a consecuencia del siniestro.
De acuerdo a la inspección realizada por el Ajustador, las partes dañadas serán las que se tengan que indemnizar por el efecto del evento ocurrido, es decir, que en el caso de alguna mejora, éstas no serán motivo de indemnización alguna, además de algunos trabajos que sean propiamente de mantenimiento.
Cada uno de los Proveedores, según sea el caso, deberá presentar el presupuesto donde se haga mención del reporte técnico del asegurado, así como el lugar del siniestro y deberá presentarlo al Despacho de Xxxxxxx designado para su aprobación o rechazo, acusando de recibido con el sello correspondiente, invariablemente fechado y firmado.
Es importante hacer notar que dicho documento será parte integral de la reclamación, por lo que deberá estar soportada por los costos de reposición, que en el caso de mano de obra deberá desglosarse ésta de los insumos suministrados.
Así mismo y como nota aclaratoria, no son motivo de indemnización las Exclusiones que para el efecto se encuentran señaladas en el Anexo I de esta licitación, donde se contemplan, algunos de los siguientes casos:
El costo de mejorar o adicionar el diseño original del bien asegurado.
Errores en el proceso de fabricación del producto asegurado, a menos que sean consecuencia de cualquier riesgo amparado por la póliza.
Desgaste normal, erosión, polución, fermentación, deterioro gradual, merma, incrustaciones, oxidación, contaminación, vicio propio, derrumbe, podredumbre seca o húmeda, atmósfera húmeda, smog o temperatura extrema a menos que sean consecuencia de cualquier riesgo amparado por la Póliza.
El Despacho de Xxxxxxx designado, elaborará y enviará en original al Proveedor, para su ejecución, con copia a la Secretaría de Movilidad para su conocimiento y su seguimiento, la Orden de Trabajo en adelante “O/T”, que invariablemente estará foliada y que dentro de las instrucciones de Entrega a: Se consigna a la Secretaría de Movilidad. En la instrucción de “Facturar a:”, se deberá anotar que será a favor de: Compañía de Seguros, con RFC: XXXXXX, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
El Proveedor deberá entregar el reporte de conclusión del trabajo donde se hayan recibido de conformidad los suministros y trabajos, correspondientes a la O/T, relacionada con el siniestro. Deberá estar signado éste documento, tanto quien entrega, con el conocimiento y aprobación de las áreas correspondientes, siendo la Dirección de Dispositivos de Control de Tránsito, así como la autorización de la Dirección General de Infraestructura Vial, con la revisión de la Dirección General de Administración y Servicios ( S.M.)
La Secretaría de Movilidad, hará una carta de reclamación dirigida a la Cía. Aseguradora, donde mencione que el pago por la indemnización, será a favor del Proveedor.
Por lo que respecta a la solicitud del Pago del Deducible, la Secretaría de Movilidad, hará del conocimiento de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, para que éste sea tramitado por el importe que por Deducible le corresponde participar al Asegurado.
El Proveedor anexará el original de la Factura dirigida a la Cía. Aseguradora, según se ha establecido, siendo a Compañía de Seguros, con RFC: XXXXXXXX, tal y como se indica en el párrafo anterior.
INTEGRACIÓN DE DOCUMENTOS PARA LA CÍA. ASEGURADORA:
El Proveedor recopilará la documentación generada en cada uno de los eventos anteriores y enviará al Despacho de Ajustes designado, como soporte del reclamo, donde deberá ir acompañado de la carta reclamación emitida por la Secretaría de Movilidad dirigida a la Cía. Aseguradora, donde solicite el pago directo al Proveedor, mencionando el Número de Siniestro, fecha del siniestro, así como el importe de la reclamación. Documentación que será entregada en su totalidad al Despacho de Ajustes designado.
El Despacho de Ajustes designado integrará el Cuaderno de Ajuste, con los documentos mencionados. Dentro de dicho Informe de Ajuste, en el inciso correspondiente, anexará la Cédula de Determinación de Pérdidas, donde viene el detalle del Cuadro de Ajuste, donde aparecerá el Deducible que el Asegurado deberá enterar a la Aseguradora, con quien comentará de forma oportuna su Cuaderno de Ajuste, para obtener la aprobación de la firma del Convenio y/o del rechazo correspondiente.
Una vez entregado el Cuaderno de Ajuste, el cual fue autorizado por la Aseguradora, se firmará el Convenio de Liquidación, en el que firmarán los representantes legales de la Secretaría de Movilidad y por la otra parte, los Ajustadores que intervinieron en la Determinación de Pérdidas.
La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, autorizará el pago del Deducible correspondiente y debiendo estar asentado en documento el Número de Siniestro correspondiente, y está emitirá el cheque correspondiente a favor de la Aseguradora.
Una vez que se haya emitido el cheque a favor de la Compañía de Seguros, está expedirá el comprobante respectivo, dirigido a la Secretaría de Finanzas, con RFC: SFI-890301-DU0, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxx. XX 00000
FINIQUITO Y CESIÓN DE DERECHOS DE BIENES SUSTITUÍDOS:
En los casos donde las indemnizaciones de bienes propiedad del Asegurado hayan sido pagados por la Compañía Aseguradora directamente a los Proveedores, para efectos de Control de Bienes Patrimoniales del Gobierno del Estado de Jalisco, la Compañía cederá la propiedad de los bienes sustituidos mediante constancia por escrito, en la que detallará los bienes indemnizados, indicando ser propiedad del Gobierno.
COMPROMISO DE PAGO:
A la entrega del Informe Final de Ajuste, por parte del Despacho de Ajuste designado, la Aseguradora, programará el pago correspondiente directamente al Proveedor, y sólo cuando se hayan cumplido con todos los procesos aquí mencionados.
TIEMPOS DE RESPUESTA, GARANTIAS Y/O PENALIZACIONES
Los tiempos de respuesta y penas convencionales, quedan establecidas en la cláusula de Estándares de Servicio y que están contempladas en el anexo I de las presentes bases.
DEFINICIONES
Compañía: Compañía Aseguradora que presta el servicio.
Asegurado: Quien contrata el Seguro y tiene derecho a exigir el cumplimiento del Contrato de Seguro. Gobierno del Estado de Jalisco o Gobierno: Quien contrata el Seguro y tiene derecho a exigir el cumplimiento del Contrato de Seguro.
Proveedor: Empresa que suministra materiales y ejecuta reparación del daño.
Ajustador: Empresa que hará la valorización del daño, aplicando las condiciones de la Póliza.
Dependencias de Gobierno: Entidades pertenecientes al Gobierno del Estado de Jalisco.
Deducible: Es la cantidad que en cada siniestro queda a cargo del Asegurado.
VIGENCIA
El presente Instructivo de Procedimientos tendrá una vigencia del 01 de XXXX del 201X al 01 de XXXX del