ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1258-2004- SEDAPAL/S
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1258-2004- SEDAPAL/S
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
LA ATARJEA, SETIEMBRE 2004
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
MEMORIA DESCRIPTIVA
GENERALIDADES
1.1 OBJETO
La presente Adjudicación de Menor Cuantía se convoca con la finalidad de contratar los servicios de una compañía de seguros que cubran las pólizas que se detallan en las presentes bases y que aseguren el riesgo de los activos y personal de SEDAPAL.
1.2 BASE LEGAL
1.2.1 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado según el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM.
1.2.2 Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM
1.2.3 Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General
1.2.4 Bases del proceso.
1.3 ALCANCE
Los servicios requeridos por SEDAPAL para cubrir los riesgos son los siguientes:
01. Póliza Multiriesgo.
02. Póliza para Terrorismo y Riesgos Políticos
03. Póliza Obras Civiles Terminadas
04. Póliza Deshonestidad 3 D
05. Póliza de Responsabilidad Civil
06. Póliza de Responsabilidad Civil - Exceso
07. Póliza de Transporte
08. Póliza de Vehículo
09. Póliza Acc. Personales ( Obreros, Emp y Func.)
10. Póliza Cascos Marítimos
11. Póliza Xxxx Xxx Obreros,
12. Póliza Xxxx Xxx Empleados y Funcionarios
13. Póliza Seg. Complem. De Trabajo de Riesgo
14. Póliza Vida Grupo Temporal (obreros, Empl. Y Func.)
1.4 PLAZO DE DURACIÓN
El plazo de ejecución del servicio es por ciento ochenta (180) días, o hasta que se agote el monto contratado o se culmine el CP-013-2004-SEDAPAL, lo que ocurra primero. En este último caso se procederá a la resolución del contrato sin lugar a indemnización por parte de SEDAPAL
1.5 VALOR REFERENCIAL
El monto referencial estimado por SEDAPAL para la ejecución del servicio asciende a la suma de S/.3 077 768,40 (Tres millones setentisiete mil setecientos sesentiocho y 40/100 Nuevos soles), incluido IGV.
Dicho valor referencial se encuentra proyectado al 30.09.2004.
1.6 SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El servicio es a precios unitarios.
1.7 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN POR FINANCIAMIENTO
Recursos Propios.
2. DESARROLLO DEL PROCESO
2.1 Presentación de Propuestas
a) El Postor presentará su Propuesta Técnico Económica en el lugar, fecha y hora, fijados en la Carta remitida por SEDAPAL, conteniendo la documentación solicitada en las presentes Bases.
b) En cualquier etapa de la Adjudicación de Menor Cuantía, sea en el proceso o luego de firmado el Contrato, en caso de verificarse que existe impedimento para contratar o las declaraciones juradas o documentos que tengan dicho carácter, no se ajustan a la verdad, SEDAPAL podrá eliminar al Postor o resolver el Contrato.
c) XXXXXXX procederá a descalificar al Postor que incumpla en presentar los documentos de presentación obligatoria solicitados en las presentes bases.
d) Las cartas, compromisos, constancias, y certificaciones, tienen el valor de Declaración Jurada, de acuerdo a lo estipulado por la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
2.2 Recepción de Propuestas
a) La recepción de propuestas se efectuará en el lugar, día y hora señalado en la Carta emitida por SEDAPAL.
b) El Comité Especial podrá solicitar subsanación de documentos presentados, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
2.3 Evaluación y Adjudicación
a) La evaluación y calificación de las propuestas técnicas-económicas se efectuará de acuerdo con lo solicitado en las especificaciones técnicas y se adjudicará de acuerdo con lo establecido en las mismas.
b) Terminada la evaluación y calificación de propuestas el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro.
c) En toda la fase de evaluación y adjudicación se seguirán los lineamientos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
2.4 Notificación de Buena Pro
Los resultados serán notificados de acuerdo con lo señalado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
2.5 Suscripción del Contrato
a) Consentida la adjudicación correspondiente, el Postor ganador o su representante autorizado con poder suficiente deberá suscribir el Contrato.
Los plazos y mecanismos para la formalización del Contrato serán los establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
El otorgamiento de la Buena Pro se constituye en irrevocable para los postores que resulten favorecidos y el desistir de las obligaciones que deriven del mismo, en cualquiera de sus etapas, facultará a SEDAPAL a invocar y aplicar en cautela de sus intereses las sanciones establecidas en los dispositivos legales que resulten pertinentes
2.6 Condiciones Comerciales
a) La validez de la oferta deberá tener vigencia hasta la fecha de suscripción del Contrato.
b) Las propuestas económicas que excedan en más xxx xxxx (10%) por ciento del valor referencial – S/.3 385 545,24 (Tres millones trescientos ochenticinco mil quinientos cuarenticinco y 24/100 Nuevos soles) o que sean inferiores al setenta (70%) por ciento del valor referencial – S/.2 154 437,88 (Dos millones ciento cincuenticuatro mil cuatrocientos trentisiete y 88/100 Nuevos soles), serán devueltas por el Comité Especial considerándolas como no presentadas.
c) El pago de los servicios ejecutados se efectuará dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la presentación de la factura respectiva, previa conformidad del Equipo Operaciones Financieras.
2.7 De las garantías
2.7.1 Se aceptarán como garantía, cartas fianzas o pólizas de caución otorgadas por entidad bancaria o financiera que se encuentre, supervisada por la Superintendencia de Banca y Seguros, no aceptándose para estos fines, cheques de gerencia o cheques certificados.
2.7.2 Asimismo, en virtud de lo dispuesto por la Ley 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, las MYPE podrán optar como sistema alternativo a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento, por la retención por parte de SEDAPAL de un porcentaje de un diez (10%) del monto del total del contrato. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo de ser devuelto a la finalización del mismo, a cuyo efecto deberán suscribir la Declaración Jurada autorizando el referido descuento.
2.7.3 Luego del otorgamiento de la Buena Pro y previamente a la firma del contrato, el adjudicatario entregará carta fianza o póliza de caución en Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por el monto equivalente al diez (10%) por ciento del monto total otorgado en Buena Pro, válida por el tiempo de duración del contrato y hasta que la liquidación final quede consentida y firme.
Al respecto, se precisa que tal como se indica en los formularios modelo de fianza correspondientes, dichas fianzas deberán contener dentro de su texto, lo siguiente:
* Deberá garantizar al afianzado en forma solidaria, irrevocable e incondicional y la fianza será de realización automática.
El monto de dicha fianza, será expresado en el mismo tipo de moneda del otorgamiento de la Buena Pro.
2.7.4 En caso que la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx (10%) por ciento de éste, previo a la suscripción del contrato, junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una Garantía Adicional equivalente a la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.
2.8 De las Sanciones
En el caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, SEDAPAL aplicará al Contratista una penalidad por cada día de atraso hasta por un monto máximo equivalente al cinco (5 %) por ciento del monto contractual, o, de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o partida que debió ejecutarse. La fórmula a aplicarse para el cálculo de la penalidad será la establecida en el Artículo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El servicio debe considerar lo siguiente:
INFORMACIÓN GENERAL PARA COTIZAR
a) VALORES DECLARADOS
|
|
Locales Administrativos |
15,333,395.77 |
Estructura Sanitaria Pozos |
118,302,945.37 |
Estructura Sanitaria Reservorios |
117,637,428.75 |
Estructura Sanitaria Cámara Rebombeo Agua |
19,315,173.51 |
Estructura Sanitaria Cámara Rebombeo Desague |
6,936,861.53 |
Estructura Sanitaria Cámara Reductora Presión |
11,245,515.10 |
Planta Tratamiento de Agua Potable La Atarjea |
180,552,766.35 |
Planta Tratamiento de Aguas Residuales (Carapongo) |
13,836,174.60 |
Equipo de Explotación |
13,652,745.99 |
Maquinaria para Producción |
447,102.89 |
Mobiliarios y Enseres |
2,910,209.63 |
Equipos Oficinas |
12,920,451.81 |
Equipos Computarizados |
9,077,197.26 |
Equipo Lab.Quím.Biológico Médicos |
2,399,735.89 |
|
|
TOTAL US $
|
528,057,996.15 |
PROYECTO MARCA 3 (SOLO PARA OBRAS CIVILES TERMINADAS)
- Túneles, canales, sifones, diques y presas de Marcapomacocha Marca III |
48´431,046,19 |
b) RELACIÓN DE LOCALES PRINCIPALES DE SEDAPAL
LOCALES |
|
1. Agencia Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx |
Xx. Xxxxxxxxxxx Xx 000 - Xxxx X – Puente Piedra |
2. Ate- Vitarte - Ate |
Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 0000 – Xxx Xxxxxxx |
0. Xxxxx Xx Xxxxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxxxx- Xxxx 0 -0xx Xxxxxx- Xxxxx Xx Xxxxxxxx |
4. Agencia S. J. Miraflores |
Xx. Xx xxx Xxxxxx 000 Xxxx X – Xxx Xxxx Xxxxxxxxxx |
5. Comas |
Av. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx. 5 – Comas |
6. Tingo María |
Xx. Xxxxx Xxxxx Xx 000 – 678 – Breña |
7. Callao |
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx 0000 – Callao |
8. Surquillo |
Xx. Xxxxxxx Xx 0000 – Xxxxxxxxx |
9. Agencia Ventanilla |
Xx. X Xxxx 00 0xx. Xxxxxx X. Xxxxxx xx Xxxxxxx |
10. Venezuela |
Xx. Xxxxxxxxx 000-000 – Breña |
11. Agencia La Xxxxxx |
Av. Xxxxxx Xxxxx Xxxx N° 5904-5906–Xxx.Xx Xxxxxxx |
12. Planta Tratamiento Agua Potable |
Atarjea - Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 Xx Xxxxxxxx |
00 Xx Xxxxx |
Xxxxxxx Filtrante Pozo 620 Xxxxx Xxxxxx – Xxx. Xx Xxxxx |
00. Sede Principal |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 - Xx Xxxxxxxx |
00. Pozos y Reservorios |
|
16. Cámara de Rebombeo Agua/Desagüe |
|
17. Local Puerto Nuevo |
Av. Contralmirante Xxxx s/n – Callao |
18. Estaciones Metereológicas |
Cuenca del río Chillón y parte xxx Xxxxxxx |
19. Planta Carapongo |
Xx. 00.0 Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx- Xxx |
00. Xxx Xxxx xx Xxxxxxxxxx |
Av. Próceres de la Independencia 3101-3105 Urb. Canto Rey . Canto Grande |
21. Agencia Rimac |
Xx. Xxxxxxxx 000 esq. Cdra. 6 Av. Xxxxxxx |
22. Agencia San Xxxxxx xx Xxxxxx |
Av. Perú 1362 – Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx |
00. Agencia Xxx Xxxxxx |
Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 0000 – Xxx. Xxxxxxx |
00. Agencia Cieneguilla |
Xx. Xxx Xxxxxx Xx. X Xx 0 Xxxx X-XxxXxxxx Xxxxx. |
00. Quebrada Huaycoloro |
Xxxxxx – San Xxxx de Lurigancho |
26. Parque Internacional |
Xxxxx Xxxx - Xxxx Xx 000 – Xxxxxx |
27 Medidores |
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 0000 – El Agustino |
28. Agencia de Zarate |
Xx. Xxxx Xxxxx 0000 - Xxx. Xxxxxx – San Xxxx xx Xxxxx. |
29. Agencia Miraflores |
Xx.00 xx Xxxxx 000 – Miraflores |
30. Marcapomacocha III |
Distrito de Marcapomacocha y Carhuacayán, provincia de Yauli, Departamento de Junín.
|
31 Represa de Yuracmayo |
Distrito de San Xxxxx- Provincia San Xxxxx Huanchor Departamento de Lima |
32 Planta Tratamiento Aguas residuales – Puente Piedra |
Margen izquierda Río Chillón lote 17, 18 Ex Hacienda Chuquitanta – San Xxxxxx xx Xxxxxx |
Las características de construcción de los Pozos, Reservorios y Cámaras en general, han sido construidos con material noble.
Como medida preventiva en caso de lluvia, inundación, deslizamientos, huaycos, etc. se han efectuado obras de reforzamiento en las plantas de tratamiento .
Todos los locales de SEDAPAL cuentan con xxxxx xx xxxxxx a la entrada y xxxxxxx xx xxxxxx para los diferentes ambientes.
Los locales de SEDAPAL cuentan con vigilancia permanente las veinticuatro (24) horas del día.
Todas nuestras instalaciones cuentan con sus correspondientes extinguidores.
Los Centros Operativos tiene formadas sus brigadas contra incendio.
Se cuenta con protección policial en cada Centro Operativo.
Todas las entradas, puertas y ventanas están debidamente protegidas y aseguradas.
Los equipos cuentan con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo.
c) TODO RIESGO EQUIPO Y CONTRATISTAS (TREC)
Se cubre todas las pérdidas o daños directos producidos a las maquinarias o Equipos objeto de este seguro que se utilizan en las labores de SEDAPAL.
El radio de acción es a nivel del Departamento, pero por emergencias dentro del territorio nacional.
Estas maquinarias cuentan con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo.
La máquina asegurada de mayor valor es una grúa autopropulsora marca B&H modelo CN 122 año 1996 Xxx. Xx 00 Xx., su costo aproximado es de US $ 200,000.00.
MATERIA ASEGURADA
MAQUINARIAS |
Tres montacarga años 1980 EMELSA, 1995 y 1996 KOMATSU |
Una Compresora móvil |
Una planta Generadora móvil |
Un equipo perforador marca Magiruz montado sobre vehículo motorizado |
Tres Retroexcavadoras, año 1972, marca Xxxx Xxxx, modelo 544-A |
Tres Retroexcavadoras, año 1985, marca Xxxx Xxxx, modelo 310-B |
Un caterpillar, año 1982, modelo 930 |
Una Retroexcavadora Marca Case, año 1990, modelo 780-D |
Una grúa autopropulsora Xxxxx XXXXX año 1986 |
Una grúa autopropulsora Marca B&H Modelo CN 122 año 1996 |
Una Retroexcavadora N° 42 Marca CASE año 2000 modelo 590 SL Estandahoe |
Una Retroexcavadora marca Case Modelo 590 SL Turbo año 2001 |
Una Retroexcavadora Xxxx Xxxx 310 SE Turbo 2001 |
Un Minicargador CASE 18456 Año 2001 |
Un Montacarga Daewo Modelo 40S Año 2001 |
Un tractor Universal Modelo 643 DTP Año 2001 |
Un Cargador frontal N° 33 Marca Xxxx Xxxx Modelo 544-A Año 1972 |
|
d) ROTURA DE MAQUINARIA
Se cubre a las máquinas y equipos estacionarios de propiedad de SEDAPAL o que se encuentren bajo su responsabilidad
Materia del Seguro: Toda máquina y/o Equipo de Explotación (equipos hidráulicos, electrobombas, grupos electrógenos, compresoras y otros) de propiedad de SEDAPAL y/o terceros que se encuentran bajo su responsabilidad, ubicados dentro de los predios del asegurado.
La máquina asegurada de mayor valor es un tablero de control marca Manufacturas Eléctricas valorizada en US $ 200,000.00 y se encuentra en la Planta.
e) EQUIPOS ELECTRÓNICOS
Se cubre a todo equipo electrónico de propiedad de SEDAPAL o que estén bajo su responsabilidad.
Cuentan con un contrato de mantenimiento preventivo y correctivo .
Los equipos en su mayoría cuentan con estabilizadores de voltaje y el tipo de extintor que los protege es el polvo químico ABC .
Los equipos asegurados de mayor valor son servidores IBM/600 Modelo 7017-S7A valorizado en US $ 687,989.00, un módulo de retroproyección con accesorios Proyecto Scada en US $ 450,000.00 y un sistema de radio comunicación LP AG 401 valorizado en US $550,000.00.
f) DESHONESTIDAD 3D
El formulario de póliza 3D será absuelta y proporcionada al ganador de la Buena Pro.
a) Nuestra empresa cuenta con Normas Internas que regulan nuestro funcionamiento.
b) Para los que manejan dinero, existen procedimientos de control interno.
c) Se efectúan Auditorias Internas y Externas.
d) Los cheques girados por XXXXXXX son firmados por dos funcionarios.
Además deberán tener en cuenta que esta póliza cubre lo siguiente :
Equipos en general, maquinarias, máquinas, repuestos en general, accesorios, artefactos fijos y/o movibles, existencia de materiales en general, productos auxiliares, motores, electrobombas, muebles, útiles y enseres, papelerías y bienes de SEDAPAL y/o que están en consignación, de propiedad de terceros bajo la custodia de SEDAPAL.
El valor total aproximado de estos bienes es de :
Maquinarias US $ 17´590 140,58
Muebles y Enseres 2´910 209,63
Equipos diversos 24´397 384,96
US $ 44 ´897 735,17
Revólveres y/ o pistolas, cuando estén en locales de propiedad de SEDAPAL, alquilados y/o terceros en transito, en vehículos propios y/o alquilados y/o de terceros y en poder del usuario.
El valor total de estos bienes es de US $ 8 600,00
Herramientas en general, en tránsito y/o cuando estén utilizándose en plena labor por los trabajadores y/o cuando estén en el lugar en donde se realicen los trabajos .
El valor total es de US$ 50 000,00
Microcomputadoras portátiles Notebook en poder de funcionarios de SEDAPAL .
El valor total de estos equipos es de US $ 63 500,00
Materiales de ferretería, construcción y de carpintería.
Valor total es US $ 500,000.00
Capturadores de datos PALMTOP HP 200 LX 2MB, serie N°:
SG43600914
SG54602292
SG54700944
SG54700950
Capturadores de datos HANDHELD 256 KB, Serie N°:
02432451
02432452
02432454
02432509
02432505
Cuando estos se encuentren en los locales de SEDAPAL, en tránsito utilizándose en plena labor por los trabajadores y/o cuando estén en el lugar en donde se realicen los trabajos .
El valor total de estos equipos es de US $ 12 700,00
El radio de acción de operación del pool de equipos móviles es a nivel nacional .
g) RESPONSABILIDAD CIVIL Y VIDA
Monto mensual de planillas :
- Funcionarios : S/. 668, 700
- Empleados : S/. 4´257,006
- Obreros : S/. 1´750,441
Interés Asegurable :
Responsabilidad Civil Extracontractual, es decir daños que se puedan ocasionar a terceros, derivados de sus operaciones y actividades con relación al giro del negocio.
Responsabilidad Civil Patronal .
Se cuenta con dos grúas autopropulsoras, cuatro montacargas y 289 vehículos ajenos aproximadamente.
Responsabilidad Civil Extracontractual incluye asimismo la Responsabilidad Civil xx xxxx retroexcavadoras, una comprensora móvil, una planta generadora móvil, un equipo perforador sobre vehículo motorizado y un tractor con un límite global por c/u de US $ 10 000,00, las mismas que detallamos a continuación :
Nº MARCA MODELO AÑO
03 Retroexcavadoras Xxxx Xxxxx 544-A 1972
03 Retroexcavadoras Xxxx Xxxxx 310-B 1985
01 Caterpillar 930 1982
01 Retroexcavadora CASE 780-D 1990
01 Retroexcavadora CASE 590-SL 2000
01 Retroexcavadora CASE 590-SL Turbo 2001
01 Retroexcavadora Xxxx Xxxxx 310 SE Turbo 2001
01 Grúa GROVE Plataforma 1986
00 Xxxx X X X Xxxxxxxxxx 0000
01 KAMATSU Montacarga 1995
01 EMELSA Montacarga 1980 01 KOMATSU Montacarga 1996
01 DAEWO Montacarga 2001
01 MAGIRUZ Equipo Perforador
El sublímite de US $ 10,000.00 es aplicable únicamente para las retroexcavadoras y demás maquinas que no cuenten con una póliza de seguros de automóviles.
1.- TODO RIESGO DE INCENDIO ( MULTIRRIESGO)
Materia Asegurada:
Toda propiedad mueble e inmueble de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, cuidado, custodia y/o control, propiedades en curso de construcción, instalaciones ensamblaje y montaje, incluyendo pero no limitado a lo siguiente : Inmuebles, comprende todo lo concerniente a edificios, construcciones, estructuras, techos, cobertores, obras civiles y electromecánicas en general ( excluyendo el valor del terreno), así como sus extensiones, aditamentos y mejoras, incluyendo instalaciones de agua, desagüe y electricidad, tanques aéreos y subterráneos, cisternas, pozos y chimeneas, ascensores y montacargas, puertas, ventanas, lunas, vidrios y cristales, rejas y cortinas metálicas y en general todas las instalaciones fijas y permanentes, sean mecánicas y/o eléctricas que formen parte del edificio y su funcionamiento, incluyendo reservorios, cámaras de válvula del proyecto Chillón, cámaras de rebombeo de agua y desagüe ( cámaras de purga de aire, cámara de válvula que se reciban o sean transferidos a SEDAPAL y cámaras de macromedición), plantas 1 y 2 de la Atarjea, Carapongo, obras de captación y toma de agua canales de conducción, estanques reguladores, casa fuerza, talleres de maestranza y unidades de transporte.
Contenido en general de muebles, útiles, enseres, maquinas de oficina, papelería en general y demás contenido, cualquiera sea su naturaleza, de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su control y responsabilidad.
Maquinaria comprende todo lo concerniente a maquinarias y equipo en general, equipos electrónicos, artefactos fijos y móviles, enseres, mobiliarios, útiles, calculadoras y demás efectos ( incluyendo sus bases y cimentaciones) que componen las instalaciones de planta, laboratorio y taller, incluyendo bombas, calderas, compresoras, motores, taladros, tanques, torno, conductores y ductos en general, grupos electrógenos, subestaciones eléctricas, transformadores, controles, llaves y tableros de toda clase enseres utensilios, herramientas, instrumentos, accesorios, repuestos, partes, piezas, vehículos de planta ( montacargas, carretillas y similares) bienes móviles y/o fijos y todo otro bien de naturaleza similar, aun cuando no se encuentren detallados aquí pero forman parte de o estén contenidos en las instalaciones o predios ocupados por el asegurado.
Se incluye bajo la cobertura de todo riesgo, los nuevos activos que adquiera el asegurado, en propiedad o alquiler, bienes de propiedad de terceros, empleados y/o contratistas.
Todo aquellos Gastos Extraordinarios en los que necesite incurrir el asegurado, como consecuencia de un siniestro cubierto, tales como remoción de escombros, reconstrucción de documentos y modelos, honorarios profesionales (arquitectos, ingeniero etc.) y gastos de demolición.
Mejoras: comprende todo lo concerniente a rejas y cortinas metálicas, mejoras tabiquerias, obras de carpintería, revestimientos de techos y paredes, falso techo, ductos de aire acondicionado, alfombras y tapizones de pared a pared y en general todas las instalaciones adicionales que mejoren los locales ocupados por el asegurado.
Cercos y pistas comprende lo concerniente a cercos, muros, alambrados , mallas metálicas, rejas perimetrales, pistas, veredas, bermas, sardineles, lozas de concreto y en general toda otra estructura u obras civiles.
Coberturas:
Todo Riesgo de Incendio y Líneas Aliadas incluyendo terremoto, así como los gastos extraordinarios y extras, asimismo las coberturas que se mencionan como sub - limites.
No se considera cobertura para Huelgas, Conmociones Civiles, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo.
Valores Declarados
Activos en General US$ 528’057,996.15
Coberturas y Xxxxx aseguradas
Seguro contra Todo Riesgo a primer riesgo daños materiales US$ 60’000,000
Sub-Límites a Primer Riesgo
Rotura de maquinaria US$ 300,000.00
Equipo Electrónico
- Sección I Daño Físico US$ 900,000.00
- Sección II Portadores Externos de Datos US$ 300,000.00
- Sección III Incremento del costo de operación US$ 120,000.00
- Todo Riesgo Equipo de Contratista US$ 300,000.00
- Infortunio US$ 45,000.00
- Rotura Accidental xx xxxxxxx y/o cristales y avisos y/o paneles
Publicitarios y/u objetos frágiles US$ 30,000.00
Coberturas adicionales a Primer Riesgo
Gastos Extras US$ 1’000,000.00
Gastos Extraordinarios US$ 1’000,000.00
Transporte incidental US$ 500,000.00
Cobertura automática para nuevas adquisiciones US$ 5’000,000.00
Remoción de escombros US$ 400,000.00
CLÁUSULAS ADICIONALES aplicables a toda la póliza
Condicionado General de Incendio
Remoción de escombros
Honorarios de arquitectos, topógrafos e ingenieros
Documentos y modelos
Reposición de productos
Errores u omisiones
Combustión espontánea
Sellos y marcas
Propiedades fuera del control del asegurado
Nombramiento de Ajustadores
Traslado temporal
Reemplazo
Permisos y privilegios
Reparaciones y/o reconstrucciones
Adelanto del 50% del monto del siniestro
Inclusión automática
Cobertura automática por nuevas adquisiciones (sean estos bienes nuevos o usados)
Rotura accidental xx xxxxxxxxx (sin exclusiones por la posición xxx xxxxxx)
Rehabilitación automática suma asegurada
Primer riesgo
Todo riesgo de incendio
Aparatos eléctricos
Impacto de Vehículos
Cláusula de Subrogación
Gastos Extraordinarios
Mercaderías de propiedad de terceras personas
Propiedad de terceros
Condicionado general de Xxxxx Xxxxxxx - Xxxxxx F
Condicionado General de Rotura de maquinaria
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso
Flete aéreo
Se ampara las pérdidas o daños de los aceites lubricantes o refrigerantes contenidos en los equipos y maquinarias, eliminándose la depreciación por uso en caso de siniestro.
Se deja sin efecto la cláusula de ajuste de depreciación para el bobinado de equipos eléctricos y transformadores y la depreciación para motores de combustión interna.
También están cubiertos los daños a las bombas sumergidas y xx xxxx profundo resultante de la falta de agua y por hundimiento xxx xxxx, así como la destrucción de tubos o muros.
Incendio interno, explosión química interna y caída directa xx xxxx
Aceites lubricantes y/o refrigerantes.
Condicionado General de Equipo Electrónico
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso
Flete aéreo.
Equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios asegurados (nacional e internacional)
Valor nuevo de reposición para equipos hasta 03 años de antigüedad.
Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el mercado el modelo del equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior.
Asimismo, están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.
Equipos móviles y portátiles
Condicionado general de Infortunio
Condicionado General de Todo Riesgo Equipo de contratistas
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso
Flete aéreo
Accidentes durante el Montaje, desmontaje, Transporte, Carga y/o Descarga del Equipo o Maquinaria de Construcción
La cobertura es extensiva a amparar las unidades mientras se encuentren estacionadas y/o en circulación y/o mientras se trasladen por sus propios medios, incluyendo vías no autorizadas.
Extensión de cobertura durante el desplazamiento de los equipos por reparaciones a depósitos y talleres, así como su permanencia en los mismos.
Bajo la cobertura TREC se consideran aseguradas las carretas y su carga, remolcados por los vehículos asegurados bajo la cobertura TREC.
Equipos bajo tierra
Transporte incidental
Todo Riesgo incluyendo:
Accidente al Medio Conductor
Robo de Xxxxx Entero y/o falta de entrega de Xxxxx Entero
Robo por Xxxxxx
Instituto para Huelgas (cargamentos)
Carga y Descarga
Terrorismo
Riesgos Políticos
Riesgos de la naturaleza
Se extiende a cubrir propiedades de terceros bajo responsabilidad
Deducibles
Todo riesgo y cada pérdida US$ 25,000
Excepto para:
- Riesgos de la Naturaleza: 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 100,000
- Equipo Electrónico
* Sección I y II: 1 % del valor de reposición del equipo, mínimo
US$ 500
* Sección III: 02 días y periodo de indemnización 65 días
- Infortunio: 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 400
- Rotura Accidental xx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx: Sin Deducible
- Rotura de maquinaria: 5% de la suma asegurada mínimo US$ 2,500
- Todo Riesgo Equipo de Contratista (TREC) 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 2,500
CONDICIONES ESPECIALES
Para efectos de la indemnización bajo la cobertura de rotura de maquinaria, equipo electrónico, estarán cubiertos los daños o perdidas de las maquinarias y equipos, así estas hayan cumplido su vida útil de trabajo, considerando su valor comercial xx xxxxxxx.
La cobertura para infortunio será del tipo de riesgo amparando los daños y perdidas externas e internas y por cualquier causa durante el almacenamiento, trabajo transporte.
En cualquier medio o vía de transporte, incluyendo el robo mientras se encuentren en cualquier medio de transporte.
En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor
El Plazo de aviso de siniestro será de 15 días
Al haberse declarado el valor de reemplazo a nuevo para todos los activos, en caso de siniestro bajo cualquiera de las coberturas contratadas, la indemnización será a valor de reemplazo a nuevo y no se aplicará “Infraseguro”.
En caso de siniestro de rotura de maquinaria equipo electrónico y TREC, no se aplicará depreciación en caso de pérdida total, hasta 3 años
La cobertura de gastos extraordinarios y gastos extras ampara los gastos por limpieza y descontaminación en el lugar del siniestro, con el fin de dejar operativas las instalaciones, así estos no hayan sufrido daños.
Bajo la póliza de equipo electrónico están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por fallas o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.
Para la indemnización de siniestros en la que el asegurado no pueda obtener facturas o proformas, se tomarán en cuenta las guías de salida xx xxxxxxx, los listados de costos inventarios y/o órdenes de compra.
Bajo la póliza de equipo electrónico, se amparan los equipos de laboratorio.
Asimismo, están cubiertos los gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro.
También están cubiertos los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.
Cubre también las reparaciones transitorias o medidas de protección necesarias que surjan directamente de las pérdidas.
Bajo la póliza de transporte local e incidental, se indemnizará el costo de la mercadería según factura o valorización incluyendo Flete + Gastos.
En caso de siniestro y cuando la autoridad pertinente no permita o autorice la reconstrucción de las instalaciones y debido a ello, tengan que construir una nueva instalación en otro lugar, la póliza indemnizará como pérdida total sin descontar el monto del salvamento existente en el lugar del siniestro.
También están cubiertos daños o pérdidas debido al impedimento del acceso a los predios asegurados por un accidente o daños en los locales vecinos o interrupción de vías de comunicación.
Adicionalmente a lo indicado en las bases, deberán considerar en su propuesta para la póliza de Equipos Electrónicos, los laboratorios móviles instalados en las unidades de placas N° s:
Unidad de placa QI-4137 Valor US$ 73,005.40
Unidad de placa QI-4138 Valor US$ 69,411.40
Unidad de placa QI-4464 Valor US$ 65,510.16
Unidad de placa QI-4465 Valor US$ 65,806.49
Unidad de placa QI-7596 Valor US$ 23,198.46
Unidad de placa QI-7597 Valor US$ 23,198.46
Equipos Instalados en unidades
Unidad de placa UO-9523 Valor US$ 17,515.73
Unidad de placa UO-9522 Valor US$ 17,515.73
Equipo de Inspección televisiva
Unidad de placa QI-7993 Valor US$ 86,635
Unidad de placa QI-7928 Valor US$ 86,635
Se cubre dinero y/o valores bajo las coberturas de incendio
La cláusula de nombramiento de Ajustadores es para toda la póliza .
2.- RIESGOS POLÍTICOS (HUELGAS, CONMOCIONES CIVILES; DAÑO
MALICIOSO; VANDALISMO Y TERRORISMO)
Materia Asegurada:
Toda propiedad mueble e inmueble de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, cuidado, custodia y/o control, propiedades en curso de construcción, instalaciones ensamblaje y montaje, incluyendo pero no limitado a lo siguiente : Inmuebles, comprende todo lo concerniente a edificios, construcciones, estructuras, techos, cobertores, obras civiles y electromecánicas en general ( excluyendo el valor del terreno), así como sus extensiones, aditamentos y mejoras, incluyendo instalaciones de agua, desagüe y electricidad, tanques aéreos y subterráneos, cisternas, pozos y chimeneas, ascensores y montacargas, puertas, ventanas, lunas, vidrios y cristales, rejas y cortinas metálicas y en general todas las instalaciones fijas y permanentes, sean mecánicas y/o eléctricas que formen parte del edificio y su funcionamiento, incluyendo reservorios, cámaras de válvula del proyecto Chillón, cámaras de rebombeo de agua y desagüe ( cámaras de purga de aire, cámara de válvula que se reciban o sean transferidos a SEDAPAL y cámaras de macromedicion), plantas 1 y 2 de la Atarjea, Carapongo, obras de captación y toma de agua canales de conducción, estanques reguladores, casa fuerza, talleres de maestranza y unidades de transporte.
Contenido en general de muebles, útiles, enseres, maquinas de oficina, papelería en general y demás contenido, cualquiera sea su naturaleza, de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su control y responsabilidad.
Maquinaria comprende todo lo concerniente a maquinarias y equipo en general, equipos electrónicos, artefactos fijos y móviles, enseres, mobiliarios, útiles, calculadoras y demás efectos (incluyendo sus bases y cimentaciones) que componen las instalaciones de planta, laboratorio y taller, incluyendo bombas, calderas, compresoras, motores, taladros, tanques, torno, conductores y ductos en general, grupos electrógenos, subestaciones eléctricas, transformadores, controles, llaves y tableros de toda clase enseres utensilios, herramientas, instrumentos, accesorios, repuestos, partes, piezas, vehículos de planta ( montacargas, carretillas y similares) bienes móviles y/o fijos y todo otro bien de naturaleza similar, aun cuando no se encuentren detallados aquí pero forman parte de o estén contenidos en las instalaciones o predios ocupados por el asegurado.
Se incluye bajo la cobertura de todo riesgo, los nuevos activos que adquiera el asegurado, en propiedad o alquiler, bienes de propiedad de terceros, empleados y/o contratistas.
Todo aquellos Gastos Extraordinarios en los que necesite incurrir el asegurado, como consecuencia de un siniestro cubierto, tales como remoción de escombros, reconstrucción de documentos y modelos, honorarios profesionales (arquitectos, ingeniero etc.) y gastos de demolición.
Mejoras: comprende todo lo concerniente a rejas y cortinas metálicas, mejoras tabiquerias, obras de carpintería, revestimientos de techos y paredes, falso techo, ductos de aire acondicionado, alfombras y tapizones de pared a pared y en general todas las instalaciones adicionales que mejoren los locales ocupados por el asegurado.
Cercos y pistas comprende lo concerniente a cercos, muros, alambrados , mallas metálicas, rejas perimetrales, pistas, veredas, bermas, sardineles, lozas de concreto y en general toda otra estructura u obras civiles.
Proyecto de afianzamiento Marcapomacocha Marca III, ubicado en le distrito de Carhuacayan, provincia xx Xxxxx, Departamento de Junín, que consta entre otros de túneles, canales, sifones, diques y presas.
Valores Declarados Activos en General US$ 576’489,042.34
Coberturas y Sumas Aseguradas
Limite único y combinado en agregado anual para daños materiales ocasionados por sabotaje, terrorismo, huelga y conmoción civil, daño malicioso y vandalismo. US$ 30’000,000.00
Cláusulas Adicionales
Condiciones de seguro contra el Terrorismo.
Cláusula para perdidas y dalos directos ocasionados por huelga y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo.
Cláusula para cubrir daños materiales ocasionados por daño malicioso, vandalismo y terrorismo.
Adelanto del 50% en caso de siniestro.
Nombramiento de Ajustadores.
Deducible
Daño Material US$ 50,000
3.- OBRAS CIVILES TERMINADAS
Materia Asegurada
Proyecto de afianzamiento Marcapomacocha Marca III, ubicado en el distrito de Carhuacayán, provincia xx Xxxxx, departamento de Junín, que consta entre otros de túneles canales, sifones, diques y presas.
Valor Declarado
Póliza a riesgos nombrados US$ 48’431,046.19
Coberturas US$ 48’000,000
Incendio y caída xx xxxxx
Huracán, ventarrón, tempestad, granizo
Caída de aeronaves, impacto de vehículos
Remoción de escombros US$ 500,000
Sub-Limites por Evento y Vigencia
Hundimiento de terreno, corrimiento de tierra,
Caída de rocas u otros movimientos de la tierra US$ 5’000,000.00
Tormenta, ciclón, lluvia e inundación US$ 15’000,000.00
Xxxxxxxxx, vulcanismo o maremoto US$ 15’000,000.00
Gastos adicionales
CLÁUSULAS ADICIONALES
CONDICIONADO GENERAL DE OBRAS CIVILES TERMINADAS
Cláusula de primer riesgo
Nombramiento de Ajustadores
Gastos Extraordinarios
Adelanto del 50% de indemnización en caso de siniestro
Cláusula de cibernética
Deducibles
Todo Riesgo: 5% del monto del siniestro mínimo US$ 150,000.00
Para los efectos de la aplicación de los deducibles se hace constar que si ocurren dos o más siniestros sucesivos ocasionados por cualquiera de los mismos que se mencionan en los sub-límites, dentro de cualquier periodo de un numero de 72 horas consecutivas, los daños causados por ellos serán considerados como una sola reclamación ( se adjunta cláusula de 72 horas)
Incluir cláusula de Deducible Mayor.
Gastos adicionales: 10% del monto de la perdida con un máximo de US$ 2’000,000.00
4.- DESHONESTIDAD 3 D
Materia Asegurada
Sobre bienes de propiedad de SEDAPAL, personal a su servicio y bienes de terceros bajo su responsabilidad, cargo, custodia o control y/o por los cuales sea de alguna manera responsable, contenidos en locales propios o de terceros o en tránsito entendiéndose como tales principalmente a dinero, valores, existencias en general y activos fijos, incluyendo instalaciones fijas susceptibles de robo.
Convenios Suma Asegurada
Convenio I : Deshonestidad de Empleados US$ 550,000.00
No. de Trabajadores:
Categoría “A” : 56
Categoría “B” : 13
Categoría “C” : 2079
Total Trabajadores: 2148
Convenio II Pérdida de Dinero y/o Valores
dentro de los locales(Todos los
locales) incluyendo los centros autorizados
de cobranza ubicados en las provincias de
Lima y Callao US$ 40,000.00
Convenio III Dinero y/o Valores en tránsito US$ 25,000.00
Convenio IV Por estafa falsificación de giros postales, US$ 80,000.00
Libranza o de papel moneda y cheques
Emitidos por la empresa.
Títulos y/o valores
Billetes
Convenio V: Falsificación de Documentos
Bancarios de salida US$ 80,000.00
Convenio VI : Robo con fractura y/o Asalto de Activo
Fijo y/o Existencias en locales propios
y/o de terceros. US$ 500,000.00
Coberturas Adicionales :
- Hurto US$ 10,000.00
- Bienes y/o dinero y/o valores de Empleados
( solo por asalto dentro de los locales) US$ 15,000.00
- Bienes y/o dinero y/o valores de directores
Y funcionarios en poder de mensajeros US$ 15,000.00
- Extorsión ( personas / propiedades) US$ 33,000.00
- Deshonestidad por cargos ( personas encargadas
de custodia de cartas fianzas): 2 personas US $ 350,000.00
Cláusulas Adicionales
Condicionado general de 3D
Garantía para dinero en tránsito
Normas mínimas de control
Adelanto del 50% del siniestro
Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada
Traslado temporal (convenio VI)
Hurto
Nombramiento de ajustadores
Trabajadores no identificados
Inclusión automática
Propiedades de terceros
Cláusula de reemplazo
Dinero en efectivo y/o valores dentro de local
Dinero en efectivo y/o valores en transito
Elementos de seguridad y montos máximos para dinero en efectivo
Valor de reposición (Activo Fijo)
Cobertura de falsificación de cheques de gerencia
Deducibles
10% del monto indemnizable mínimo US$ 350.00, excepto el robo de dinero en centros autorizados de cobranza donde el deducible mínimo queda establecido en US$ 50.00
CONDICIONES ESPECIALES
Para los convenios II y III se otorga cobertura automática por doble acumulación de dinero por paralización bancaria o no atención.
Se extiende la cobertura para pérdida donde intervengan trabajadores aunque no se encuentren en planilla tales como contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen oficialmente de manera temporal en Sedapal.
Bajo el convenio III se cubrirán los tránsitos de dinero de propiedad del asegurado, realizados por funcionarios a sus domicilios y/o viceversa
Bajo el Convenio III se cubre dinero y/o Valores y/o Bienes en tránsito propiedad del asegurado en poder de empleados y/o dentro del vehículo utilizado por ellos, solo por asalto.
Los convenios IV y V se extienden a cubrir guías xx xxxxxxx y/o remisión, órdenes de compra, órdenes de salida, cheques de gerencia, y boletas de depósito.
La cláusula de hurto se extiende a cubrir equipos electrónicos cuando se encuentren en locales de terceros
Se establece el plazo de aviso de siniestro a la compañía de seguros hasta 15 días útiles después de la ocurrencia.
Bajo los convenios II y III se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios.
Bajo el convenio I se incluye policías particulares y/o vigilantes , personal eventual, practicantes y contratados y/o personal contratado en base a honorarios profesionales y/o a través de cooperativas y/o empresas de servicios y/o transportistas y/o cualquier persona que preste servicios al asegurado y que no esta necesariamente formalizado.
El convenio I no estará limitado a la identificación del trabajador deshonesto, bastando solamente el comprobar la ocurrencia de la deshonestidad.
Los convenios II y III cubren toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores, sin que la cobertura sea limitada a sólo robo con fractura y/o asalto.
Se otorga cobertura automática para cualquier otro local, donde la empresa efectúe movimiento de dinero y/o activos
La póliza incluye el robo de dinero y/o bienes del asegurado en cualquier obra donde efectúen trabajos en el territorio del Perú
En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor
Los traslados de dinero y/o bienes en general descritos en la sección información están cubiertos entre los locales asegurados, bancos, financieras y/o demás locales y/o centros de operaciones y/o demás locales o lugares de trabajos propios del negocio.
La cobertura de dinero dentro de los locales no esta limitada a que se encuentre únicamente en caja fuerte.
Se extiende a cubrir todo lo que son instalaciones de energía eléctrica de propiedad de SEDAPAL o que se encuentren bajo su responsabilidad, por mas que se encuentren a la intemperie.
No obstante lo que se diga en las Condiciones generales de la póliza, esta se extiende a cubrir el HURTO de activos asegurados bajo el Convenio VI (cobertura contra robo con fractura de bienes y mercaderías), entendiéndose como tal la sustracción en forma oculta o clandestina de un bien asegurado, sin que existan huellas o evidencias de la forma en que fue sustraído, dentro del local o locales asegurados
Cobertura automática para la mercadería en los recintos aduaneros cuando la cobertura de transporte de importación haya expirado.
Las sumas aseguradas son a primer riesgo, no hay límites agregados anuales
Bajo el convenio II se cubre asimismo 56 Centros Autorizados de Cobranza entre farmacias y otros establecimientos, cuya lista se encuentra en el Anexo N° 05.
Para los Centros Autorizados de Cobranza se establece un límite de US $ 11,000.00 por local.
5.- RESPONSABILIDAD CIVIL
MATERIA ASEGURADA: Demandas legales o reglamentarias
COBERTURA:
Ampara al asegurado en los casos de reclamos de indemnización por los daños y perjuicios que se haya causado a las personas y/o bienes de terceros en los cuales resulte responsable.
Responsabilidad Civil Extracontractual, Responsabilidad Civil Patronal y Responsabilidad Civil de Productos, Responsabilidad Civil Contractual y Responsabilidad Civil Profesional.
SUMA ASEGURADA US$ 1’100,000
Coberturas y Cláusulas
Extracontractual
Patronal
Productos
Contractual
Profesional
Contratistas y Subcontratistas independientes
Restitución automática de la suma asegurada
Playas de estacionamiento
Vehículos Ajenos
Incendio, explosión y humo
Locales y operaciones incluyéndose la administración y operación de redes de agua y desagüe de primarias y secundarias, así como las cámaras rompe presión.
Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores aunque no se encuentren el planillas, tales como contratistas, sub contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado
Ascensores, Grúas, Montacargas y Escaleras mecánicas
Uso xx Xxxxx de Fuego
Eventos y similares
Transporte de mercadería peligrosa
Locatarios (inmuebles)
Transporte de carga
Transporte de personal
Contratistas de obras
Trabajos terminados
Equipos y maquinarias
Vehículos de terceros
Alimentos y bebidas
Nombramiento de ajustadores
Responsabilidad civil por vehículos propios y/o de terceros dentro de predios hasta
US$ 250,000.
Gastos y costos de defensa penal hasta US$ 5,000
Deducible
10% del monto indemnizable mínimo US$ 4,000 solo para daños materiales
Condiciones Especiales
Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de los contratistas y/o subcontratistas.
Bajo Resp. Civil se cubren policías particulares trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o transportistas y/o vendedores libres y/o comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el asegurado.
Se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.
Se incluye la Responsabilidad Civil de las retroexcavadoras, grúas y demás maquinarias que no cuenten con una póliza de seguros de automóviles.
Se extiende la cobertura para daños y/o pérdidas donde intervengan personas que temporalmente bajo contrato no estén en planilla de Sedapal.
En caso el asegurado efectúe trabajos en locales de clientes están cubiertos los daños que cause a los bienes del cliente y que se encuentren bajo su custodia y control así como el personal del cliente.
Esta póliza también ampara al asegurado en caso de reclamo de terceros por los daños personales o materiales que surjan y que sean causados por vehículos alquilados que estén al servicio del asegurado.
La póliza se amplía a cubrir cualquier reclamo de terceros en exceso de la cobertura de responsabilidad civil bajo la póliza de vehículos de la empresa.
Se establece el aviso de siniestro a la compañía aseguradora hasta 15 días útiles después de haber tomado conocimiento de su ocurrencia.
Están cubiertos los reclamos de terceros por daños y/o perdidas a consecuencia de consumo de agua y que sea imputable a la labor de procesamiento y distribución del asegurado.
Se extiende a cubrir la responsabilidad civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.
También la póliza ampara los gastos incurridos en la defensa del personal de la empresa por reclamos de terceros por daños o perjuicios atribuidos a la operación de la empresa.
Cobertura en caso la autoridad judicial ordene un embargo de los bienes patrimoniales de los funcionarios o personal por demandas planteadas por terceros por daños y perjuicios atribuidos legalmente a la operación de la empresa.
Se incluye bajo la cobertura de responsabilidad civil patronal al personal contratado, eventual, personal de seguridad, practicantes, personal de cooperativa o cualquier otro que tenga relación laboral de la empresa.
Cobertura para los daños personales o materiales de terceros que sena causados por los equipos móviles y maquinarias que trabajan por cuenta del asegurado dentro de sus locales y en cualquier otro lugar.
Se ampara la responsabilidad de la empresa en caso de daños o perjuicios a los familiares de los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreativo, capacitación y eventos sociales que desarrolla la empresa dentro y/o fuera de sus locales.
Cubre al asegurado por daños no intencionados ocasionados a terceros a consecuencia de acontecimientos producidos una vez que el asegurado haya terminado o suspendido trabajos llevados a cabo para terceros, fuera de los predios o locales pertenecientes al asegurado o tomados en arrendamiento o controlados por el y sólo cuando el daño que origine cualquier reclamación, suceda, después que los trabajos hayan sido entregados y que dicha entrega otorgue a sus poseedores la facultad de disponer de ellos, independientemente de la intervención del asegurado o de sus trabajadores.
Responsabilidad de carga, ampara los reclamos de terceros por los daños personales o materiales que sufran y que hayan sido ocasionados por la carga que es transportada por el asegurado bajo su responsabilidad en vehículos propios y/o de terceros.
Para efectos de la indemnización de la cobertura se mantendrá desde el momento de la ocurrencia del siniestro así no se haya planteado el reclamo a las compañía de seguros, también se mantendrá en plena vigencia aún cuando haya vencido el periodo de cobertura de la póliza y se haya efectuado el cambio del asegurador.
También están cubiertos los daños materiales o personales a terceros por contaminación o polución súbita, imprevista y accidental causado por el asegurado.
Ampara la Responsabilidad Civil del uso, almacenamiento, manipuleo, transporte de líquidos y gas combustible y/o inflamables; asimismo, los daños causados a terceros por la carga que transporte el asegurado.
R.C. de vehículos hasta US$ 200,000 en exceso de US$ 150,000
6.- RESPONSABILIDAD CIVIL – EN EXCESO
MATERIA ASEGURADA: Demandas legales o reglamentarias
COBERTURA:
Ampara al asegurado en los casos de reclamos de indemnización por los daños y perjuicios que se haya causado a las personas y/o bienes de terceros en los cuales resulte responsable.
Responsabilidad Civil Extracontractual, Responsabilidad Civil Patronal y Responsabilidad Civil de Productos, Responsabilidad Civil Contractual y Responsabilidad Civil Profesional.
Suma Asegurada
US$ 8’900,000.00 por ocurrencia y en agregado anual para Responsabilidad de Productos en exceso de US$ 1’100,000.00 por ocurrencia y en agregado anual para Responsabilidad Civil de Productos.
Coberturas y Cláusulas
Extracontractual
Patronal
Productos
Locales y Operaciones
Vehículos Ajenos
Vehículos de terceros
Ascensores, Grúas y Montacargas
Uso xx Xxxxx de Fuego
Contratistas y Subcontratistas independientes
Transporte de mercadería incluyendo mercadería peligrosa
Locatarios
Incendio, explosión y humo, daños por agua
Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores aunque no se encuentren el planillas, tales como contratistas, sub contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado
Gastos admitidos por US$ 3,000.00 por persona
Responsabilidad Civil TREC
Responsabilidad Civil de talleres
Alimentos y bebidas
Playas de estacionamiento
Nombramiento de ajustadores
Equipo y maquinaria
Carga
Exceso de Resp. Civil de vehículos ( hasta US$ 200,000)
Transporte de Personal
Contratistas de obras
Trabajos terminados
Resp. Civil Cruzada
Gastos y/o costos de defensa penal ( hasta US$ 5,000)
Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de contratistas y/o sub contratistas.
Eventos y similares
Polución y/o contaminación accidental
Condiciones Especiales
Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de los contratistas y/o subcontratistas.
Bajo Resp. Civil se cubren policías particulares trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o transportistas y/o vendedores libres y/o comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el asegurado.
Se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.
Se incluye la Responsabilidad Civil de las retroexcavadoras, grúas y demás maquinarias que no cuenten con una póliza de seguros de automóviles.
Se extiende la cobertura para daños y/o pérdidas donde intervengan personas que temporalmente bajo contrato no estén en planilla de Sedapal.
En caso el asegurado efectúe trabajos en locales de clientes están cubiertos los daños que cause a los bienes del cliente y que se encuentren bajo su custodia y control así como el personal del cliente.
Esta póliza también ampara al asegurado en caso de reclamo de terceros por los daños personales o materiales que surjan y que sean causados por vehículos alquilados que estén al servicio del asegurado.
La póliza se amplía a cubrir cualquier reclamo de terceros en exceso de la cobertura de responsabilidad civil bajo la póliza de vehículos de la empresa.
Se establece el aviso de siniestro a la compañía aseguradora hasta 15 días útiles después de haber tomado conocimiento de su ocurrencia.
Están cubiertos los reclamos de terceros por daños y/o perdidas a consecuencia de consumo de agua y que sea imputable a la labor de procesamiento y distribución del asegurado.
Se extiende a cubrir la responsabilidad civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales.
También la póliza ampara los gastos incurridos en la defensa del personal de la empresa por reclamos de terceros por daños o perjuicios atribuidos a la operación de la empresa.
Cobertura en caso la autoridad judicial ordene un embargo de los bienes patrimoniales de los funcionarios o personal por demandas planteadas por terceros por daños y perjuicios atribuidos legalmente a la operación de la empresa.
Se incluye bajo la cobertura de responsabilidad civil patronal al personal contratado, eventual, personal de seguridad, practicantes, personal de cooperativa o cualquier otro que tenga relación laboral de la empresa.
Cobertura para los daños personales o materiales de terceros que sena causados por los equipos móviles y maquinarias que trabajan por cuenta del asegurado dentro de sus locales y en cualquier otro lugar.
Se ampara la responsabilidad de la empresa en caso de daños o perjuicios a los familiares de los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreativo, capacitación y eventos sociales que desarrolla la empresa dentro y/o fuera de sus locales.
Cubre al asegurado por daños no intencionados ocasionados a terceros a consecuencia de acontecimientos producidos una vez que el asegurado haya terminado o suspendido trabajos llevados a cabo para terceros, fuera de los predios o locales pertenecientes al asegurado o tomados en arrendamiento o controlados por el y sólo cuando el daño que origine cualquier reclamación, suceda, después que los trabajos hayan sido entregados y que dicha entrega otorgue a sus poseedores la facultad de disponer de ellos, independientemente de la intervención del asegurado o de sus trabajadores.
Responsabilidad de carga, ampara los reclamos de terceros por los daños personales o materiales que sufran y que hayan sido ocasionados por la carga que es transportada por el asegurado bajo su responsabilidad en vehículos propios y/o de terceros.
Para efectos de la indemnización de la cobertura se mantendrá desde el momento de la ocurrencia del siniestro así no se haya planteado el reclamo a las compañía de seguros, también se mantendrá en plena vigencia aún cuando haya vencido el periodo de cobertura de la póliza y se haya efectuado el cambio del asegurador.
También están cubiertos los daños materiales o personales a terceros por contaminación o polución súbita, imprevista y accidental causado por el asegurado.
Ampara la Responsabilidad Civil del uso, almacenamiento, manipuleo, transporte de líquidos y gas combustible y/o inflamables; asimismo, los daños causados a terceros por la carga que transporte el asegurado.
R.C. de vehículos hasta US$ 200,000 en exceso de US$ 150,000
7.- TRANSPORTE IMPORTACIÓN
Póliza : Flotante por declaraciones
Coberturas :
- Cláusula para Cargamentos (A)
- Cláusula para Cargamentos (Vía Aérea)
- Cláusula para Guerra (Cargamentos)
- Cláusula para Guerra (Carga Aérea)
- Cláusula para Guerra (Envío por correo)
- Cláusula para Huelgas (Cargamentos)
- Cláusula para Huelgas (Carga Aérea)
- Cláusula de Cancelación Riesgos de Huelgas
- Cláusula de Reposición
- Cláusula de Clasificación
- Cláusula de Xxxx Xxxxxxxxx
- Derecho de aduana
- Cláusula de Daño Oculto para maquinarias y equipos
- Cláusula de estadía en aduana y/o almacén particular
- Cláusula de localidad del instituto
Límite Máximo de Responsabilidad : US$ 3’000,000.00 por medio de transporte.
Limite por Embarque : US$ 1´500,000.00 por cada embarque
(declaración mensual)
Vía : Terrestre y/o Aérea y/o marítima y/o multimodal
Medio de Transporte : Buques clasificados y/o aviones de línea con itinerario regular y/o empresas de transporte terrestre legalmente establecidas.
Radio de Cobertura
El Radio de acción que comprende el presente Contrato de seguro es el siguiente
Desde : Los depósitos de los proveedores en cualquier lugar del mundo
Hasta : Los depósitos y/o almacenes finales del asegurado en cualquier lugar del territorio
peruano.
Vía : Cualquier puerto y/o aeropuerto, incluyendo transbordo si los hubiere.
Materia Asegurable : Productos químicos, vehículos, motores, medidores, accesorios
y otros bienes de propiedad del asegurado.
Embalaje : Adecuado
Franquicia deducible sobre el valor total asegurado por embarque 1.00%
Los Embarques que se realicen por vía aérea, en vuelo directo, obtendrán un descuento adicional del 30% sobre la tasa básica.
Valorización
El valor asegurado por embarque será el valor Costo y flete ( C & F) de la mercancía según factura comercial, y en caso de siniestro la indemnización se efectuara de acuerdo al Titulo X- Determinación de la indemnización – de las condiciones generales de esta póliza y demás cláusulas que se adhieren al presente contrato.
Liquidación xx xxxxxx: La liquidación xx xxxxxx se hará sobre la base de declaraciones mensuales.
Prima Mínima: No se considerara prima mínima por embarque.
TRANSPORTE NACIONAL
Materia Asegurada
Productos químicos, vehículos, motores, medidores, accesorios y otros bienes de propiedad del asegurado.
Coberturas : - Cláusula para Cargamentos (A)
- Cláusula para Cargamentos (Vía Aérea)
- Cláusula para Guerra (Cargamentos)
- Cláusula para Guerra (Carga Aérea)
- Cláusula para Guerra (Envío por correo)
- Cláusula para Huelgas (Cargamentos)
- Cláusula para Huelgas (Carga Aérea)
- Cláusula de Cancelación Riesgos de Huelgas
- Cláusula de Reposición
- Cláusula de Clasificación
- Cláusula de Xxxx Xxxxxxxxx
- Cláusula de localidad del instituto
Radio de Cobertura
El radio de acción que comprende el presente contrato de seguro, es el siguiente:
Dentro del territorio nacional
Límite máximo por Embarque : US$ 1´500,000.00 por cada
embarque y/o medio conductor
Medios de Transporte
Durante el transporte terrestre :
Vehículos de propiedad el asegurado y/o en vehículos de terceros de personas naturales y/o bajo su responsabilidad y/o a través de Empresas y/o Agencias de Transporte legalmente constituidas.
Durante el transporte aéreo
En aeronaves de líneas aéreas de servicio comercial con ruta establecida para el servicio de transporte de carga y/o charteadas y/o alquiladas, que se encuentren debidamente registradas en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Durante el transporte ferroviario
Por vagones y/o vagonetas debidamente acondicionadas para la carga, de la empresa nacional de ferrocarriles del PERU y/o empresas afines.
Durante el transporte fluvial y/o lacustre
Bajo cubierta por embarcación a motor y con xxxxx xx xxxxxx o acero
La embarcación y/o su armador deberá:
Franquicia Deducible: Todo reclamo que sea motivo bajo este contrato de seguro quedara afecto a una franquicia deducible de 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 150.00 aplicable para toda y cada pérdida.
Valorización
El valor asegurado y garantizado por el presente contrato de seguro será el valor declarado según factura comercial y/o guía de remisión valorizada, excluyendo los impuestos xx xxx.
8.- VEHÍCULOS
Materia Asegurada : Vehículos, según Anexo N° 06 y que obedece al siguiente detalle:
Automóviles 12
Camiones 7
Camiones cisternas 41
Camiones grúas 6
Camionetas Pick Up 20
Camionetas Panel 10
Camionetas Rural 7
Camionetas S.W. 1
Furgonetas 4
Omnibuses Particulares 3
Volquetes 10
Ambulancia 1
Hidrojet 18
Total Flota Vehícular 140
Coberturas : Suma Asegurada
US$.
-Daño Propio (Choque, vuelco, incendio, robo parcial
o total, rotura de lunas) Valor Comercial
- Responsabilidad Civil frente a terceros US$ 150,000 c/u
- Responsabilidad Civil de ocupantes US$ 10,000 c/u
- Accidentes de Ocupantes :
* Muerte e Invalidez Permanente US$ 25,000 c/u
* Gastos de Curación US$ 6,000 c/u
* Gastos de Sepelio hasta US$ 3,000 c/u
- Riesgos Políticos Hasta el valor comercial
- Riesgos de la Naturaleza Hasta el valor comercial
- Responsabilidad Civil global US$ 250,000
- Accesorios Musicales hasta US$ 1,000
(el exceso al 10% hasta US$ 2,000)
- Accesorios especiales hasta US$ 1,000
(equipos de comunicación, extintores, circulinas
etc.)
- Ausencia de control
- Servicio xx xxxx y ambulancia por accidente
- Auxilio mecánico
- Vehículo de reemplazo hasta la reparación total del vehículo siniestrado.
Rehabilitación automática de la suma asegurada de daño propio hasta 25 %
Uso de Vías no autorizadas
Cobertura automática para adquirir unidades nuevas
Procuraduría
- Libre elección de talleres, sin incremento de deducible
- Asesoría en caso de robo o accidentes las 24 horas del día
Deducibles
Todas las coberturas y vehículos: 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 140.00 (más IGV), excepto:
Rotura de lunas: Sin deducible
Perdida Total: Sin deducible
Accidentes personales: Sin deducible
Riesgos políticos: Sin deducible
Accesorios y equipos: 1% del valor de reposición mínimo US$ 140.00 (más IGV)
Ausencia de control: 10% del siniestro mínimo US$ 150.00 ( más IGV)
Responsabilidad Civil: 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 140.00 ( más IGV)
No se realizará recargo en los deducibles establecidos bajo ninguna circunstancia.
Condiciones Especiales
Ausencia de Control
La Suma Asegurada de Responsabilidad Civil para esta cobertura es el equivalente al monto asegurado de la póliza.
La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los conductores, estén o no en la Planilla del asegurado
La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los vehículos, sean o no de propiedad del asegurado.
En caso de siniestros amparados bajo la cobertura de Ausencia de Control, los alcances de la cobertura se extienden a todas las demás coberturas afectadas por el siniestro, tales como Accidentes de ocupantes, Responsabilidad Civil de Ocupantes, entre otras.
No se excluye la cobertura en caso de declaraciones inexactas, errores y/o similares de parte del conductor, cuando hayan sido realizadas sin conocimiento de la institución.
En caso de aplicar la cobertura de Ausencia de Control, la compañía de Seguros no repetirá contra los empleados el asegurado.
Exoneración de Denuncia :
En casos que no involucren a terceras personas se exonera al asegurado de la Denuncia Policial cuando cumple con comunicar su ocurrencia en forma inmediata a la Central de Emergencia de la Compañía de Seguros y permitir a la unidad móvil de la compañía constatar los hechos en los casos siguientes:
Choque estacionado
Choque y fuga
Choque sin daños a terceros ( impacto con sardineles, huecos, postes etc. )
Robo Parcial
Rotura de Lunas
- Aviso de siniestro a la compañía de seguros hasta 15 días después de la ocurrencia
- Servicio de auxilio mecánico para toda la flota vehicular de Sedapal.
- Cobertura de SOAT para todas las unidades de SEDAPAL sin costo alguna.
9.- ACCIDENTES PERSONALES
Materia Asegurada
Seguro contra accidentes para su personal obrero, empleados y funcionarios las 24 horas del día,
los 365 días del año en cualquier lugar del mundo, los cuales están agrupados de la siguiente
manera:
Asegurados
Alta dirección 12
Funcionarios 44
Empleados 927
Obreros 553
Contratados 612
Total 2,148
Coberturas : Suma Asegurada
- Invalidez permanente incluyendo terrorismo US $ 20,000.00
- Gastos de curación hasta un límite de: US $ 200.00 por persona
Cláusulas Adicionales :
- Extensión de coberturas de Terrorismo y otros riesgos.
- Contra accidentes personales para pasajeros de aviones y/o helicópteros particulares y/o de las fuerzas armadas, por viajes eventuales.
- Por la práctica no profesional de deportes.
- Ampliación de limite máximo de edad ( 80 años ) .
- Conductores de motocicletas, motonetas y vehículos similares.
- Pasajeros que usan cualquier medio habitual de transporte publico de personas, ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo en vehículos que pudiendo ser o no de empresas comerciales no recorren itinerarios regulares y fijos.
10.- CASCOS MARÍTIMOS - NO PESQUEROS
MATERIA ASEGURADA
Xxxxxxx solicita el seguro para la embarcación “PROMAR”, la misma que ha sido construida con casco doble en material de fibra xx xxxxxx, de 21 pies de eslora, 8 pies de manga, 3 pies de puntual para trabajos oceanográficos en el litoral peruano.
Certificado 1 L/PROMAR
Características
Matricula CO-12467 SM
Bandera Peruana
Material Fibra xx xxxxxx
Año de fabricación 1995
Eslora 21.00 mts.
Manga 8.00 mts.
Puntal 3.00 mts.
Cobertura Alternativa X. Xxxxxx de Navegación
SUMA ASEGURADA.
Casco, maquinaria y equipo 13,000.00
Total US$ 13,000.00
Condiciones de Cobertura
Casco Maquinaria y equipos ( certificado 1)
Perdida total absoluta y/o
Perdida total constructiva
Gastos de salvamento al 100%
Averías particulares por Incendio
Averías particulares por Explosión
Averías particulares por Hundimiento
Averías particulares por Varadura
Averías particulares por Encalladura
Responsabilidad Civil por Colisión al 100%
Póliza para embarcaciones pesqueras – condiciones generales
Deducible
Casco maquinaria y equipos ( certificado 1)
5 % de la suma asegurada aplicable a cada accidente o evento, no aplicable únicamente en caso de pérdida total absoluta o perdida total constructiva.
Aviso de siniestro a la compañía de seguros hasta 15 días después de la ocurrencia.
Radio de Navegación
A nivel nacional
Lugar donde se encuentra la embarcación: PTAR San Xxxx, Xx. Xxxxx Xxxxxx x/x, xxxxxxx xx Xxx Xxxx, Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx xx Xxxxxxxxxx.
11.- XXXX XXX OBREROS
Xxxxxxx solicita el seguro de Xxxx Xxx para su personal Obrero que cuenten con cuatro o más años de servicio.
COBERTURAS
Muerte Natural : 16 sueldos
Muerte Accidental : 32 sueldos
Invalidez Total y Permanente : 32 sueldos
COBERTURAS ADICIONALES
- Gastos de Sepelio : S/. 5,000
- Cáncer : S/. 2,500
- De Préstamos internos : S/. 7,500
- Desamparo Familiar Súbito : S/. 10,000
- Infarto de Miocardio : S/. 2,500
- Accidente Vascular Cerebral (VAC) : S/. 2,500
- Insuficiencia Renal Crónica : S/. 3,500
- Transplante de Órganos : S/. 10,000
- Quemadura : S/. 7,000
- Cirugía xx Xxxxxx Aortocoronario (By Pass) : S/. 3,500
- Ceguera por Accidente : S/. 7,000
- Hijo Póstumo : S/. 5,000
- Enfermedades Graves : S/. 2,500
Planilla de Noviembre Obreros : S/. 1,191,937.20
Número de Obreros : 540
Remuneración más alta : S/. 2,400.00 mensual
12.- XXXX XXX EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS
Sedapal solicita el seguro de Xxxx Xxx para su personal Empleados y Funcionarios que cuenten con cuatro o más años de servicio.
COBERTURAS
Muerte Natural : 16 sueldos
Muerte Accidental : 32 sueldos
Invalidez Total y Permanente : 32 sueldos
COBERTURAS ADICIONALES
- Gastos de Sepelio : S/. 5,000
- Cáncer : S/. 2,500
- De Préstamos internos : S/. 7,500
- Desamparo Familiar Súbito : S/. 10,000
- Infarto de Miocardio : S/. 2,500
- Accidente Vascular Cerebral (VAC) : S/. 2,500
- Insuficiencia Renal Crónica : S/. 3,500
- Transplante de Órganos : S/. 10,000
- Quemadura : S/. 7,000
- Cirugía xx Xxxxxx Aortocoronario (By Pass) : S/. 3,500
- Ceguera por Accidente : S/. 7,000
- Hijo Póstumo : S/. 5,000
- Enfermedades Graves : S/. 2,500
Planilla de Noviembre Empleados y Func.: S/. 3,460,391.70
Número de Empleados y Func. : 957
Remuneración más alta : S/. 13,500.00 mensual
13.- SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – PENSIONES
MATERIA ASEGURADA : Xxxxxxx solicita el seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para sus trabajadores que desarrollan actividades consideradas de alto riesgo.
Asegurados : N° de Trabajadores 1,161
Total remuneraciones mes Nov. 2003 S/. 3´517,111.00
Coberturas : Pensión de sobrevivencia por Muerte del asegurado,
Pensión de invalidez según lo dispuesto por el D.S. N° 003-98-SA
Gastos de Sepelio por Accidentes de Trabajo o Enfermedad Profesional.
Condiciones : Normativa sobre Trabajo de Alto Riesgo
Deducible : Ninguno
14.- VIDA GRUPO TEMPORAL
Sedapal solicita el Seguro de Vida Grupo Temporal: Obreros, Empleados y Funcionarios, los cuales están agrupados de la siguiente manera:
Asegurados
Alta dirección 12
Funcionarios 44
Empleados 927
Obreros 553
Contratados 612
Total 2,148
COBERTURAS SUMAS ASEGURADAS
Muerte Natural : US$ 5,000
Muerte Accidental : US$ 10,000
SIDA
Incluye cláusula de ampliación de límite de edad hasta los 80 años
DISTRIBUCIÓN DE EDADES:
Edad mínima : 20 años
Edad máxima : 70 años
Existen 10 trabajadores mayores de 68 años
DEDUCIBLE : Ninguno
3.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a) Efectuar la prestación del servicio en estricta observancia de las disposiciones Específicas, Especificaciones Técnicas y consideraciones que se encuentran contenidas en las bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL, así como mantener la calidad de los servicios prestados durante la vigencia del presente contrato.
b) Efectuar las indemnizaciones dentro de los plazos establecidos en su oferta.
c) Remitir la relación de Ajustadores y Centros de Servicios en general con las que trabaja.
d) Informar a su personal la lista de penalidades que se encuentran vigentes en el presente servicio.
3.3 OBLIGACIONES DE SEDAPAL
a) Informar oportunamente la relación del personal autorizado a coordinar sobre los siniestros y acciones colaterales que se presenten.
b) Tramitar, a través del Equipo Operaciones Financieras, solamente los pagos que se presenten con las acreditaciones mencionadas en el numeral anterior, acción que no será causal para imputar daños y perjuicios a SEDAPAL.
c) Exigir, a través del Equipo Operaciones Financieras, el estricto cumplimiento de todos los términos y condiciones del presente Contrato, siendo EL CONTRATISTA responsable de su sujeción a las bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL y a su propuesta técnico económica que forma parte de este Contrato, estando facultada la primera para aplicar multas, sanciones y/o penalidades, pudiendo de ser el caso, plantear la resolución del Contrato.
3.4 PRECIOS Y MONEDA
Los precios cotizados por el Postor serán en Nuevos Soles y no se efectuarán reajustes de precios durante el plazo de ejecución del contrato.
3.5 FORMA DE PAGO
La forma de pago será dentro los treinta (30) días naturales posteriores a la presentación de la factura correspondiente, previa conformidad del Equipo Operaciones Financieras.
3.6 ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO
Se adjudicará la Buena Pro a la propuesta Técnico - económica que cumpla con el total de las especificaciones técnicas descritas en las presente Bases.
4. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS POSTORES EN SU PROPUESTA TÉCNICO-ECONÓMICA:
1. Declaración Jurada de Presentación (Formulario N° 01).
2. Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso (Formulario N° 02).
3. Declaración Jurada, según Art. 56 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones el Estado (Formulario N° 03).
4. Declaración Jurada de ser una pequeña o microempresa, de ser el caso (Formulario N° 04.
5. Declaración Jurada de no tener sanción vigente para contratar con el Estado (Formulario N° 05).
6. Plazo de Pago de Siniestros.
7. Pacto de Integridad (Formulario N° 06).
8. Declaración Jurada de tener autorización de operación expedida por la Superintendencia de Banca y Seguros, así como el número de años de antigüedad de operación. (Formulario N° 07).
9. Declaración Jurada del Postor comprometiéndose a contratar reaseguradoras, no vulnerables, de acuerdo con la calificación mínima que exige la Superintendencia de Banca y Seguros, en su Resolución SBS N° 374-2000 (Formulario N° 08)
10. Propuesta de Oferta Técnica.
11. Propuesta de Oferta Económica a precios unitarios, indicando Primas netas, Derecho de Emisión, IGV y Primas Totales por cada Póliza. (Anexo 01).
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
ANEXOS
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
ANEXO Nº 01
PROFORMA DE OFERTA ECONÓMICA A PRECIOS UNITARIOS
DESCRIPCIÓN SUMAS ASEGURADAS PRIMA
US $ US $
01. Póliza Multiriesgo. 60’000,000.00
02. Póliza para Riesgos Políticos ( Terrorismo y otros) 20´000,000.00
03. Póliza Obras Civiles Terminadas 20´000,000.00
04. Póliza Deshonestidad 3 D 1´348,000.00
05. Póliza de Responsabilidad Civil 1´100,000.00
06. Póliza de Responsabilidad Civil-Exceso 8´900,000.00
07. Póliza de Transporte Según Declaración
08. Póliza de Vehículo 2 717,700.00 (*)
09. Póliza Acc. Personales Obreros, Emp y Func. 42 960,000.00
10. Póliza Cascos Marítimos 13,000.00
11. Póliza Xxxx Xxx Obreros, 1 191,937.00 (**)
12. Póliza Xxxx Xxx Empleados y Funcionarios 3´460,392.00 (**)
13. Póliza Seg. Complem. De Trabajo de Riesgo 3´517,111.00 (**)
14. Póliza Vida Grupal Temporal 21’480,000.00
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TOTAL PRIMA
IGV (19 %)
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
MONTO TOTAL A CONTRATAR
Nota : La forma de pago será propuesta por el postor, la cual no estará afecta a costo de financiamiento alguno.
( * ) Suma asegurada hasta por el valor comercial de 140 vehículos
(**) Suma Asegurada de acuerdo a planilla mensual.
______________________
REPRESENTANTE LEGAL
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
ANEXO Nº 02
TABLA DE PENALIDADES Y MULTAS
-
N°
INFORMACIÓN
PENALIDAD
01
DEMORA EN LAS INDEMNIZACIONES
Por no indemnizar a SEDAPAL dentro de los tiempos contratados establecidos.
10% del monto indemnizable
02
POR ERRORES DE INDEMNIZACIÓN
Por presentar errores en las liquidaciones de las indemnizaciones pagaderas a SEDAPAL.
5% del monto liquidado
1. Las multas serán aplicadas por el Funcionario designado por el Equipo Operaciones Financieras, debiendo ser descontadas en sus próximas facturaciones.
2. Antes de aplicar la primera multa en cualquiera de las penalidades, SEDAPAL procederá por única vez a notificar a EL CONTRATISTA sobre la falta cometida dándole oportunidad para que la enmiende.
3. La notificación de la multa podrá ser mediante papeleta, carta u hoja de coordinación.
4. EL CONTRATISTA que estime o se sienta perjudicado por la aplicación de las sanciones mencionadas, podrá interponer los recursos administrativos previstos en el Artículo N° 207° Incisos A y B de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
5. Las deficiencias que dieran lugar a la multa, serán subsanadas dentro del día siguiente. De no hacerlo se volverá aplicar la sanción hasta cuando sean subsanadas.
6. La sucesión y persistencia xx xxxxxx, además de la aplicación de las penalidades respectivas serán causal de la resolución del contrato.
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
ANEXO Nº 03
PROFORMA DE CONTRATO
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1258-2004-SEDAPAL/S
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Nº -2004-SEDAPAL
Conste por el presente documento el Contrato de Prestación de Servicios que celebran, de una parte el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL con RUC Nº 20100152356, con domicilio en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 Xx Xxxxxxxx, en adelante SEDAPAL, debidamente representada por su Gerente de Logística y Servicios, Sr. ...................................... identificado con DNI Nº .....................; y de la otra parte ...................................., con RUC Nº ..........., con domicilio en ..............................., en adelante EL CONTRATISTA, debidamente representada por el Sr. .................., identificado con D.N.I Nº ........, según poder inscrito en ............................................................................................., en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
SEDAPAL, es una Empresa Estatal de Derecho Privado, íntegramente de propiedad del Estado, constituida como Sociedad Anónima, cuyo objeto social es la prestación de los Servicios de saneamiento, los cuales están constituidos por los servicios de agua potable, alcantarillado de Lima Metropolitana y Callao.
EL CONTRATISTA es una persona jurídica, cuyo objeto social es .................................... ................................................................................................................................................
XXXXXXX, el .. de ...... del .... convocó la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 1258-2004-SEDAPAL para la “Contratación de una Compañía de Seguros para la Prestación el Servicio de Aseguramiento de los Activos y Personal de SEDAPAL”, otorgando el Comité Especial la Buena Pro a favor de EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar el Servicio de Aseguramiento de los Activos y Personal de SEDAPAL.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO
El costo del servicio al que se refiere la Cláusula anterior asciende a la suma de S/. ......... (...................................... Nuevos soles), incluido IGV.
Xxxxx xxxxx comprende las remuneraciones del personal profesional y técnico calificado, materiales, equipos y todo cuanto de hecho y de derecho es necesario para el cabal cumplimiento del objeto del contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo de EL CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, tributos, transportes, seguros directos y contra terceros, gastos generales y la utilidad o porcentaje de ganancia.
CLÁUSULA CUARTA: COMPROMISO DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir con las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento y sin perjuicio de la responsabilidad a la que quede sujeto.
CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el objeto materia del presente Contrato, con estricta sujeción a las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL y las condiciones generales de su Propuesta Técnico - Económica, que forman parte del presente Contrato, así como a los términos y condiciones del mismo, entre otras, las siguientes:
a) Efectuar la prestación del servicio en estricta observancia de las disposiciones Específicas, Especificaciones Técnicas y consideraciones que se encuentran contenidas en las bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL, así como mantener la calidad de los servicios prestados durante la vigencia del presente contrato.
b) Efectuar las indemnizaciones dentro de los plazos establecidos en su oferta.
c) Remitir la relación de Ajustadores y Centros de Servicios en general con las que trabaja.
d) Informar a su personal la lista de penalidades que se encuentran vigentes en el presente servicio.
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE SEDAPAL
SEDAPAL por el presente Contrato se obliga a:
a) Informar oportunamente la relación del personal autorizado a coordinar sobre los siniestros y acciones colaterales que se presenten.
b) Tramitar, a través del Equipo Operaciones Financieras, solamente los pagos que se presenten con las acreditaciones mencionadas en el numeral anterior, acción que no será causal para imputar daños y perjuicios a SEDAPAL.
c) Exigir, a través del Equipo Operaciones Financieras, el estricto cumplimiento de todos los términos y condiciones del presente Contrato, siendo EL CONTRATISTA responsable de su sujeción a las bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL y a su propuesta técnico económica que forma parte de este Contrato, estando facultada la primera para aplicar multas, sanciones y/o penalidades, pudiendo de ser el caso, plantear la resolución del Contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO DE DURACIÓN
El plazo de ejecución del servicio es por seis (06) meses, o hasta que se agote el monto contratado o se culmine el CP-013-2004-SEDAPAL, lo que ocurra primero. En este último caso se procederá a la resolución del contrato sin lugar a indemnización por parte de SEDAPAL.
CLÁUSULA OCTAVA: FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la presentación de su Factura en el domicilio de SEDAPAL, previa verificación conformidad, por parte del Equipo Operaciones Financieras de la información presentada por EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA NOVENA: GARANTÍAS
A la suscripción del Contrato, EL CONTRATISTA entrega la garantía en:
Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, con el siguiente detalle:
- Nº :
- Fecha de Emisión :
- Importe :
- Banco Emisor :
- Fecha de vencimiento :
Garantía de Adicional, con el siguiente detalle:
- Nº :
- Fecha de Emisión :
- Importe :
- Banco Emisor :
- Fecha de vencimiento :
Las garantías se devolverán una vez que la liquidación final esté aprobada y en caso no se configure ninguno de los supuestos del Artículo 124° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO.
A la suscripción del presente Contrato EL CONTRATISTA, presentará la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, SEDAPAL, le aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad diaria, de acuerdo con la fórmula prevista en el Artículo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, SEDAPAL podrá resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: DESCUENTOS
XXXXXXX queda autorizada a deducir cualquier gasto que por acción u omisión de EL CONTRATISTA genere un desembolso económico, el que deberá acreditar posteriormente con la documentación pertinente.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA: RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
SEDAPAL, podrá resolver el Contrato en los casos en que EL CONTRATISTA incurra en cualquiera de las siguientes causales:
a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, SEDAPAL podrá resolver el contrato sólo si habiéndolo requerido dos veces, EL CONTRATISTA no ha verificado su cumplimiento;
b) No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar la ejecución de la prestación a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación;.
c) Xxxx llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo.
Para efecto de la resolución contractual prevista en esta cláusula, se observará el procedimiento establecido en el Artículo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Adicionalmente a los supuestos de resolución contractual contenidos en esta cláusula, SEDAPAL se reserva el derecho de iniciar las acciones judiciales a que haya lugar.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA: SUJECIÓN LEGAL DEL CONTRATO.
Las partes se sujetan en orden de precedencia, a lo establecido en el presente Contrato, a las Bases, Especificaciones Técnicas, los demás documentos de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL y a los términos de la Oferta Técnico - Económica presentada por EL CONTRATISTA, todo lo que forma parte integrante del presente Contrato, y en su defecto a los Principios Generales del Derecho, y de manera supletoria Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
En caso de conflicto, discrepancia o contradicciones, prima la interpretación que deviene de la documentación citada en el párrafo precedente.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente Contrato, deberá solucionarse por conciliación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 185° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA: ARBITRAJE
Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes acuerdan someterse obligatoriamente arbitraje de derecho para que se pronuncie definitivamente sobre las diferencias no resueltas dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes de la suscripción del acta respectiva, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado según el Texto Único Ordenado aprobado por D.S. 012-2001-PCM, su Reglamento DS-013-2001-PCM, y la Ley Nº 26572, Ley General de Arbitrajes.
El arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por 3 miembros, según lo dispuesto en el Artículo 189° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
A la falta de acuerdo en la designación de los árbitros o del Presidente del Tribunal, ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El laudo arbitral emitido obligará a las partes, y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA: PACTO DE INTEGRIDAD
Por la presente cláusula EL CONTRATISTA se obliga a:
a) Reconocer la importancia de aplicar los principios que rigen los procesos de contratación.
b) Confirmar que no se ha ofrecido u otorgado, ni se ofrecerán u otorgarán ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a Funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la Adjudicación de Menor Cuantía.
c) No haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
Asimismo, SEDAPAL se obliga a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de sus funcionarios.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA: PRIVATIZACIÓN
SEDAPAL deja constancia que, al encontrarse incluida dentro del Proceso de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado, dispuesta por el Decreto Legislativo Nº 674 y su Reglamento D.S. Nº 070-92-PCM, a su elección está facultada para ceder su posición contractual al operador que resultase ganador del citado Xxxxxxx, quien tendrá derecho a exigir la prestación a cargo de su deuda, que se ha obligado a transferir por un título distinto, de conformidad con el Art. 1206 del Código Civil.
CLÁUSULA DECIMONOVENA: PERFECCIÓN Y FORMALIDAD FACULTATIVA
El presente Contrato queda perfeccionado con la firma de las partes intervinientes. Sin embargo, sin perjuicio de su plena validez y vigencia, cualquiera de las partes podrá elevarlo a Escritura Pública asumiendo los gastos correspondientes.
Estando de acuerdo en todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato, las partes lo firman en dos ejemplares igualmente válidos en la Ciudad de Lima, a los ………. días del mes de .............................. del 2004.
POR SEDAPAL POR EL CONTRATISTA
____________________________________ __________________________________
Gerente de Logística y Servicios Representante Legal
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
FORMULARIOS
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
FORMULARIO 01
DECLARACIÓN JURADA DE PRESENTACIÓN
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
Presente.-
De consideración:
Declaro bajo juramento que, acorde a las exigencias contenidas en las bases de la presente Adjudicación de Menor Cuantía Nº 1258-2004-SEDAPAL, le damos cumplimiento del modo siguiente:
Nombre o Razón Social de la Empresa…………………….………………………………………
Domicilio de la Empresa……………………………………………………………………………
RUC de la Empresa……………………………..
Nombre completo del Representante Legal………………………………………………………..
DNI / LE Nº………………………………………
Descripción de la Inscripción de las Atribuciones y Poderes conferidos al Representante Legal en los Registros Públicos, donde conste la facultad para actuar y obligar en su representación y suscribir cualquier compromiso, indicando el Nº de Libro, Asiento, Tomo, Folio, etc., según sea el caso.
________________________________
Sello y Firma del Representante Legal
Nota: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una de las empresas consorciadas.
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FORMULARIO 02
PROMESA FORMAL DEL CONSORCIO
Lima, de del 2004
ENTIDAD LICITANTE : SEDAPAL
SERVICIO :
POSTOR :
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de convocatoria, para proveer servicios y presentar una Propuesta conjunta a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 1258-2004-SEDAPAL, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Precisamos las obligaciones que asumirá cada una de las partes:
EMPRESA OBLIGACIONES % PARTICIPACIÓN
...................................................... ............................................ .............
...................................................... ............................................ ............. ...................................................... ............................................ ............. ...................................................... ............................................ ............. ...................................................... ............................................ ............. ...................................................... ............................................ .............
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el Contrato de asociación en participación mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales, para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes a las partidas ganadoras.
Designando al Sr. como Representante Legal común de la Asociación y fijando nuestro domicilio legal común en ……………………………….. a los efectos de suscribir con SEDAPAL el Contrato de Prestación de Servicios correspondiente.
__________________________________ _____________________________
Firma y L.E. o C.E. Firma y L.E. o C.E.
Representante Legal Representante Legal
Razón Social Razón Social
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FORMULARIO 03
DECLARACIÓN JURADA SEGÚN ARTÍCULO Nº 56 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
PRESENTE
En mi calidad de Representante Legal de la empresa ……………………………………………, declaro bajo juramento:
1º No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado según el Texto Único Ordenado aprobado por D.S. 012-2001-SEDAPAL;
2º Conocer, aceptar y someternos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;
3º Ser responsables de la veracidad de los documentos e información que se presenta para efectos del proceso;
4º Nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro; y
5º Conocer la normas contenidas en la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
6° Que los servicios se prestan dentro del territorio nacional y/o que es una persona jurídica constituida, autorizada o domiciliada en el Perú y que realiza operaciones sustanciales en territorio nacional, es decir, que más del 50% del total de sus activos fijos están ubicados en el país y que al menos el 60% de su facturación total ha sido realizada en territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el D. U. N° 064-2000, en el D. S. N° 003-2001-PCM y en la Resolución Ministerial N° 043-2001-ITINCI-DM.
________________________________
Sello y Firma del Representante Legal
Nota: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una de las empresas consorciadas.
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FORMULARIO 04
DECLARACIÓN JURADA DE SER UNA PEQUEÑA O UNA
MICRO EMPRESA
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
PRESENTE
REF: Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
………………………………………………………… en mi calidad de Representante Legal de la empresa ……………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO ser una pequeña / micro empresa.
Atentamente.
__________________________________________
FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL
Nota: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una de las empresas consorciadas.
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FORMULARIO 05
DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER SANCIÓN VIGENTE PARA
CONTRATAR CON EL ESTADO
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
Presente.-
REF: Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
Yo, …………………………………………………………………………………….en mi calidad de Representante Legal de la empresa ………………..………………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada no tiene sanción vigente para contratar con el Estado.
Atentamente,
__________________________________
Sello y Firma del Representante Legal
Nota: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una de las empresas consorciadas.
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FORMULARIO 06
PACTO DE INTEGRIDAD
Conste por el presente, EL Pacto de Integridad que celebran, de una parte la EMPRESA SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL con RUC Nº 20100152356, con domicilio en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 Xx Xxxxxxxx, a quien en adelante se denominará SEDAPAL, debidamente representada por su Gerente de Logística y Servicios, ......................................... con DNI Nº ......................; y de la otra parte la firma ……………………..con RUC Nº …………, con domicilio en ……………, a quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, debidamente representada por ……………, identificado con DNI. Nº………………, según poder inscrito en la Partida Electrónica N°…………, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, en los términos y bajo las condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
Mediante Resolución de Contraloría N° 123-2000-CG se modifican diversas normas técnicas de control interno para el Sector, en cuyo numeral 700-06 se precisa que la dirección de las entidades deben implantar mecanismos para asegurar que los procesos contratación y adquisición se ajusten a la normativa de la materia y a los principios de trasparencia e integridad.
En ese sentido, las partes convienen en suscribir el presente Pacto de Integridad.
Cláusula Primera.- Por el presente Pacto EL CONTRATISTA :
1.1 Reconoce la importancia de aplicar los principios que rigen los procesos de contratación.
1.2 Confirma que no se ha ofrecido u otorgado, ni se ofrecerán u otorgarán ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a Funcionario Público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de licitación, concurso o adjudicación.
1.3 Manifiesta no haber celebrado o celebrar acuerdo formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
Cláusula Segunda.- Por el presente Pacto SEDAPAL :
Se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de sus funcionarios.
Estando las partes de acuerdo en el contenido, se suscribe en la ciudad de Lima, a los …… días del mes de ……………….del 2004.
POR SEDAPAL POR EL CONTRATISTA
_____________________________
Gerente de Logística y Servicios
Nota: En caso de presentarse como Consorcio deberá presentar este formulario cada una de las empresas consorciadas.
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
FORMULARIO 07
DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR DE TENER AUTORIZACIÓN DE OPERACIÓN Y AÑOS DE ANTIGÜEDAD DE OPERACIÓN
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
Presente.-
REF: Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
Yo, …………………………………………………………………………………….en mi calidad de Representante Legal de la empresa ………………..………………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada cuenta con la autorización de operación expedida por la Superintendencia de Banca y Seguros.
Asimismo, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada tiene ................ años de antigüedad de operación en el rubro Seguros.
Atentamente,
__________________________________
Sello y Firma del Representante Legal
Nota: En caso de empresas fusionadas, absorvidas y/o consorciadas, la experiencia se deberá consignar en base a la Compañía de Seguros de mayor antigüedad.
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
FORMULARIO 08
DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR COMPROMETIÉNDOSE A CONTRATAR REASEGURADORAS
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
Presente.-
REF: Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
Yo, …………………………………………………………………………………….en mi calidad de Representante Legal de la empresa ………………..………………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO que en caso de obtener la Buena Pro del proceso de la referencia, mi representada se compromete a contratar reaseguradoras, no vulnerables de acuerdo con la calificación mínima que exige la Superintendencia de Banca y Seguros, en su Resolución SBS N° 374-2000.
Atentamente,
__________________________________
Sello y Firma del Representante Legal
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
FORMULARIO 09
CARTA FIANZA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
PRESENTE
REF: Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
Muy señores nuestros :
Por la presente nos dirigimos a ustedes para presentar al/los señor/es ……………………………………a los cuales garantizamos en forma solidaria, irrevocable e incondicionada y de realización automática hasta por la suma de ……………., para el fiel cumplimiento del Contrato que dicha empresa ha celebrado con ustedes por haber obtenido la Buena Pro del proceso de la referencia, convocado por SEDAPAL para el “CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”.
Esta fianza será ejecutada en forma automática a la sola solicitud por escrito por parte de SEDAPAL y no podrá exceder en ningún caso y por ningún motivo, la cantidad arriba expresada venciendo indefectiblemente el día…..
El Fiador hace renuncia expresa al Derecho de Excusión, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1883, Inciso I del Código Civil.
Sin otro particular, nos es grato suscribirnos de ustedes.
Atentamente.
NOTA: Sólo para el Postor beneficiario de la Buena Pro.
(Art. 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)
"CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
FORMULARIO 10
CARTA FIANZA GARANTÍA ADICIONAL
Lima, de del 2004
SEÑORES
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA
SEDAPAL
PRESENTE.-
REF: Adjudicación de Menor Cuantía N° 1258-2004-SEDAPAL
“CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”
Muy señores nuestros :
Por la presente nos dirigimos a ustedes para presentar al/los señor/es …………………………………..a los cuales garantizamos en forma solidaria, irrevocable e incondicionada y de realización automática hasta por la suma de ……………, garantizando el monto diferencial del proceso de la referencia, convocado por SEDAPAL para la “CONTRATACIÓN DE UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LOS ACTIVOS Y PERSONAL DE SEDAPAL”.
Esta fianza será ejecutada en forma automática a la sola solicitud por escrito por parte de SEDAPAL y no podrá exceder en ningún caso y por ningún motivo, la cantidad arriba expresada venciendo indefectiblemente el día…..
El Fiador hace renuncia expresa al Derecho de Excusión, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1883, Inciso I del Código Civil.
Sin otro particular, nos es grato suscribirnos de ustedes.
Atentamente,
NOTA: Sólo para el Postor beneficiario de la Buena Pro.
(Art. 123º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)
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