CUADRO RESUMEN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS COMO...
Pliego de Cláusulas Particulares
CUADRO RESUMEN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES
DATOS PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
1.- | Órgano de Contratación: | CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA.- Comisión de Contratación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. CIF: Q-2802216-H |
2.- | Número de Expediente: | 440/2017 |
3.- | Objeto del contrato: | LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES. |
4.- | Gastos de anuncios oficiales: | Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos derivados de los anuncios, ya sea en el DOUE, o en el BOE, o en cualquier otro medio de comunicación que la Cámara de España haya considerado necesario hasta un máximo de 2.000 EUROS |
5.- | Presentación de los sobres | Horario Oficial de Registro: de lunes a jueves 9-14:00 horas. Viernes de 9-13: Fecha límite de Presentación: 26 de febrero de 2018 a las 14:00 horas SÓLO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE TRES SOBRES, en los que se señalará: 1. La referencia del procedimiento (PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES. Expediente nº 440/2017) 2. El nombre del licitador. 3. Su dirección, teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones. En cada uno de los tres sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: • En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un juego de documentación). En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” (Conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico). • En el sobre número 3 “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” (Conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico). Apertura de proposiciones técnicas (Sobre 2): se anunciará en el Perfil del Contratante disponible en la web de la Cámara de España (xxx.xxxxxx.xx) una vez finalice el plazo de presentación de ofertas. Apertura de proposiciones económicas (Sobre 3): 26 xx xxxxx de 2018 a las 11:00 horas |
6.- | Tipo de contrato: | Contrato sujeto a regulación armonizada |
7.- | Clasificación del contrato: | 79340000-9 “Servicios de Publicidad y de Marketing” |
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES (EXPEDIENTE 440/2017)
ÍNDICE
CAPÍTULO I. GENERAL 1
Sección 1ª. Descripción del Programa y elementos que lo componen
CLÁUSULA 1ª. Introducción
Sección 2ª. Características básicas del contrato CLÁUSULA 2ª. Naturaleza de la contratación CLÁUSULA 3ª. Objeto
CLÁUSULA 4ª. Prestaciones que deben ejecutarse CLÁUSULA 5ª. Duración de la contratación CLÁUSULA 6ª. Valor estimado y presupuesto CLÁUSULA 7ª. Régimen jurídico
CLÁUSULA 8ª. Documentos contractuales CLÁUSULA 9ª. Publicidad
CAPÍTULO II. NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Órgano competente
CLÁUSULA 10ª. Definición del Órgano competente
Sección 2ª. Forma y procedimiento de la contratación
CLÁUSULA 11ª. Procedimiento de licitación
Sección 3ª. Capacidad para concurrir al procedimiento CLÁUSULA 12ª. Condiciones de aptitud CLÁUSULA 13ª. Uniones Temporales de Empresas
CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Sección 1ª. Lugar y plazo de presentación de proposiciones
CLÁUSULA 14ª. Lugar y plazo
CLÁUSULA 15ª. Presentación de proposiciones CLÁUSULA 16ª. Efectos de la entrega de proposiciones
Sección 2ª. Requisitos de las proposiciones
CLÁUSULA 17ª. Contenido
Sección 3ª. Sobre 1
CLÁUSULA 18ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN GENERAL
Sección 4ª. Sobre 2
CLÁUSULA 19ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Sección 5ª. Sobre 3
CLÁUSULA 20ª. Contenido: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Sección 6ª. Otros requisitos de las proposiciones CLÁUSULA 21ª. Confidencialidad CLÁUSULA 22ª. Propiedad Intelectual CLÁUSULA 23ª. Protección de datos
CAPÍTULO IV. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Apertura de proposiciones
CLÁUSULA 24ª. Apertura y calificación de sobres CLÁUSULA 25ª. Subsanación de errores
Sección 2ª. Valoración de las proposiciones presentadas CLÁUSULA 26ª. Criterios de valoración de ofertas CLÁUSULA 27ª. Metodología de valoración de criterios
Sección 3ª. Contratación de licitadores
CLÁUSULA 28ª. Propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato CLÁUSULA 29ª. Garantía
CLÁUSULA 30ª. Contrato y gastos
CLÁUSULA 31ª. Condición en la Contratación CLÁUSULA 32ª. Falta de formalización del Contrato
Sección 4ª Otras cuestiones
CLÁUSULA 33ª. Cesión de la contratación CLÁUSULA 34ª. Subcontratación CLÁUSULA 35ª. Revisión de precios
CLÁUSULA 36ª. Resolución de la contratación
Anexo I: Modelo de Declaración responsable Anexo II: Modelo de presentación de oferta Anexo III: Modelo de oferta económica
CAPÍTULO I. GENERAL
SECCIÓN 1ª. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA Y ELEMENTOS QUE LO COMPONEN CLÁUSULA 1ª. ANTECEDENTES
La imagen de estabilidad política y seguridad jurídica que han hecho de España -y Cataluña como parte de España- un destino preferente de inversiones internacionales se ha visto recientemente empañada como consecuencia del intento de proceso secesionista que se ha desarrollado en Cataluña en los últimos meses, y que ha desembocado en la aplicación de mecanismos constitucionales de carácter excepcional por parte del Gobierno de España con el objeto de preservar el orden constitucional y la legalidad vigente.
El daño reputacional sufrido por España –y por Cataluña como parte de España– ante la opinión pública internacional, concretamente en el ámbito económico-empresarial, como consecuencia del intento de proceso independentista anteriormente referido afecta, directa y negativamente, a la actividad económica española en general, y a los intereses de las empresas españolas en el exterior en particular, como acreditan los indicadores económicos oficiales que muestran un deterioro de la situación económica en Cataluña desde el mes de octubre de 2017.
Entre las funciones que la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación (en lo sucesivo, la “Ley 4/2014”) encomienda a la Cámara de España, destacan las siguientes: la (i) defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, la (ii) prestación de servicios a las empresas que ejerzan alguna de esas actividades, el (iii) desarrollo de actividades de apoyo, en particular, a las pequeñas y medianas empresas (“Pymes”) para impulsar su internacionalización e incrementar su competitividad, la (iv) representación nacional e internacional de las Cámaras de Comercio y la coordinación de la red cameral, tanto nacional como internacional, el (v) asesoramiento al Gobierno como órgano consultivo de la Administración y la (vi) mediación y el arbitraje mercantil nacional e internacional.
En cumplimiento de esas funciones la Cámara de España considera urgente reforzar la imagen y prestigio de España –y Cataluña como parte de España- en el exterior reforzando la confianza de los operadores internacionales en el entorno económico, empresarial y jurídico de España y Cataluña, mitigando así las consecuencias dañosas derivadas del intento de proceso secesionista catalán.
En particular, se considera necesario centrar las actuaciones objeto de licitación en los siguientes países:
- Xxxxx Unido
- Alemania
- Bélgica
- Francia
- Italia
- Estados Unidos
- Argentina
- México
- Brasil
Naturaleza de la CÁMARA DE ESPAÑA
El artículo 20.1. de la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de la Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, configura a la Cámara de España como una Corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines que se configura como órgano consultivo de la Administración General del Estado, sin menoscabo de los intereses privados que pueda perseguir.
La Cámara de España tiene como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las actividades indicadas.
La Cámara de España está integrada por representantes de las Cámaras de Comercio de todas las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, las grandes empresas de mayor contribución, las organizaciones empresariales y de autónomos, los Ministerios por razón de la competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales españolas en el extranjero, y es el organismo de representación, relación y coordinación de las mismas.
SECCIÓN 2ª. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª. NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto y, en cuanto a su tramitación, se estará a lo previsto en el artículo 2 de las Instrucciones Internas de Contratación de la Cámara de Comercio de España (xxx.xxxxxx.xx), según el cual “La adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada y de los contratos subvencionados a los que se refiere el artículo 17 del TRLCSP se regirá por las normas establecidas en el artículo 190 del TRLCSP.”
CLÁUSULA 3ª. OBJETO.
3.1. OBJETO
El objeto del presente procedimiento convocado por la Cámara de Comercio de España es la selección de la empresa que prestará los servicios de asistencia técnica para el diseño, realización, producción, ejecución y seguimiento de una campaña de comunicación internacional para reforzar la imagen de España y de las empresas españolas como destino de inversiones.
3.2. CÓDIGO DEL CONTRATO
El Código que corresponde al contrato, según la nomenclatura es 79340000-9, “Servicios de Publicidad y de Marketing” (Reglamento (CE) n. º 213/2008, de la Comisión, de 28 de noviembre
de 2007, que modifica el Reglamento (CE) n. º 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)).
CLÁUSULA 4ª. PRESTACIONES QUE DEBEN EJECUTARSE.
Las prestaciones que deben ejecutarse quedan expresadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CLÁUSULA 5ª. DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El contrato tendrá un plazo máximo de ejecución de siete meses, a contar desde el día siguiente al de la firma del documento en que se formalice el mismo.
CLÁUSULA 6ª. VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO
El valor estimado del contrato, XXX excluido, asciende a la cantidad de 400.000,00 euros (cuatrocientos mil euros), fijado a tanto alzado. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) asciende a 84.000,00 euros (ochenta y cuatro mil euros).
El pago del precio se realizará previa remisión de la correspondiente factura.
Para atender a las obligaciones económicas que se derivan del presente procedimiento de contratación existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos de la Cámara de España.
CLÁUSULA 7ª. RÉGIMEN JURÍDICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de Cámaras, Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, la contratación y el régimen patrimonial de las Cámaras se regirá por el Derecho privado y habilitando un procedimiento que garantice las condiciones de publicidad, transparencia y no discriminación.
En todo caso, el contrato que la Cámara de España suscriba con el contratista tendrá carácter privado.
Con independencia del carácter privado del contrato, el procedimiento de contratación debe garantizar el respeto a los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia de ofertas, a fin de observar en sus actuaciones el mayor grado posible de eficacia, eficiencia y economía.
En su virtud, y para cumplir con las exigencias enunciadas en el apartado anterior, el procedimiento se acomoda voluntariamente a las normas y principios que rigen para los poderes adjudicadores en los contratos sujetos a regulación armonizada en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para velar por el pleno respeto a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, no discriminación y confidencialidad.
CLÁUSULA 8ª. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El presente Pliego de Cláusulas Particulares
- El Pliego de Prescripciones Técnicas
- El documento de formalización del Contrato
- La oferta presentada por el contratista
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Particulares.
CLÁUSULA 9ª. PUBLICIDAD
El presente procedimiento de contratación se anunciará en el Diario Oficial de la Unión Europea (“DOUE”), el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) y en el Perfil de Contratante de la Cámara de España (xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx), en el que estarán disponibles los Pliegos que rigen el procedimiento.
CAPÍTULO II
NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SECCIÓN 1ª. ÓRGANO COMPETENTE
CLÁUSULA 10ª. DEFINICIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE
La Comisión de Contratación de la Cámara de España será el órgano encargado de realizar la adjudicación del contrato, una vez recibida la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación y, por tanto, ostentará la condición de órgano de contratación a todos los efectos
La Comisión de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:
- La Directora General de la Cámara de España.
- El Secretario General de la Cámara de España.
- El Tesorero de la Cámara de Comercio de España.
- El Director del departamento Jurídico de la Cámara de España.
- El Director del departamento Financiero de la Cámara de España.
- La Directora del departamento de Comunicación y Marketing de la Cámara de España.
El encargado de gestionar el procedimiento y proponer la selección de la(s) empresa(s) será la denominada “Mesa de Contratación”, que formulará una propuesta de adjudicación, a la Comisión de Contratación de la CÁMARA DE ESPAÑA.
La Mesa de Contratación estará integrada por los siguientes miembros
- Presidente: la directora del departamento de Comunicación y Marketing.
- Secretario: un miembro del departamento de Comunicación y Marketing.
- Vocal (jurídico): designado entre el personal del departamento Jurídico de la Cámara de España.
- Vocal (financiero): designado entre el personal del departamento Financiero de la Cámara de España.
- Vocal (técnico): designado entre el personal del departamento de Comunicación y marketing.
- Vocal (técnico): designado entre el personal del departamento de Desarrollo Corporativo.
En el acto público de apertura de las proposiciones se dará cuenta de las personas que han sido designadas para el desempeño de los cargos indicados.
La ausencia de cualquiera de los miembros de la Mesa podrá ser suplida por un empleado de la CÁMARA DE ESPAÑA con similar categoría. Los nombres del sustituido y del sustituto, puesto desempeñado por éste y actuación en la que se produce su intervención, se harán igualmente constar en las actas que documenten las actuaciones de la Mesa en que aquellas se han producido.
Tanto la Mesa de Contratación como la Comisión de Contratación, antes de formular su propuesta o decisión, podrán solicitar cuantos informes técnicos consideren precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
SECCIÓN 2ª. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN CLÁUSULA 11ª. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
La contratación, sujeta a regulación armonizada y tramitada de forma ordinaria, se adjudicará mediante procedimiento abierto a la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con las reglas y principios establecidos en la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (en lo sucesivo, la “Directiva 2014/24”).
Se considera que éste es el procedimiento que mejor garantiza la publicidad, transparencia y libre concurrencia al permitir valorar otras cualidades de las entidades participantes, aparte de las meramente económicas e, igualmente, el más adecuado para la finalidad pretendida pues se intenta obtener no sólo el mejor precio sino las mejores características de los servicios ofertados.
SECCIÓN 3ª. CAPACIDAD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO. CLÁUSULA 12ª. CONDICIONES DE APTITUD
12.1. Podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias descritas en los apartados 1 y 2 del artículo 57 de la Directiva 2014/24 ni igualmente en las causas de prohibición de contratar previstas en el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
12.2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Asimismo, deberán disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
12.3. Del mismo modo, se exigirá que quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La concurrencia de estos requisitos se demostrará mediante la realización de una declaración responsable, sin perjuicio de que el licitador cuya oferta sea considerada económicamente la más ventajosa deberá presentar las correspondientes certificaciones expedidas por los organismos competentes, según señala en el apartado 6 de la cláusula 18ª de este Pliego.
12.4. Quienes acudan al presente procedimiento de selección podrán hacerlo por sí mismos o representados por persona autorizada que justifique documentalmente que está facultada para ello, mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad o aquel que legal o reglamentariamente lo sustituya, así como del correspondiente poder o copia previamente autentificada del mismo.
CLÁUSULA 13º. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se hay efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. Asimismo, cada una de las empresas participantes deberá acreditar individualmente las circunstancias descritas en la cláusula 18ª referidas a personalidad del empresario y a su solvencia económica y financiera, así como las que justifiquen su solvencia técnica.
La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento.
CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
SECCIÓN 1ª. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
CLÁUSULA 14ª. LUGAR Y PLAZO
Las proposiciones podrán entregarse, en el registro de la sede de la Cámara de España, en la xxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx, 00 – 00000 (Xxxxxx) a la atención del departamento de Comunicación y Marketing, hasta las 14:00 horas del último día del plazo que se señale en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El horario de presentación de proposiciones será de 09:00-14:00 horas
Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las proposiciones podrán igualmente enviarse dentro del mismo plazo por correo certificado a la dirección indicada en el anuncio de licitación, debiéndose en este caso justificar la fecha de imposición del envío y anunciar la Cámara de España tal circunstancia mediante télex, fax o telegrama.
A estos efectos se entenderá como la única habilitada para recibir tal anuncio, la CÁMARA DE ESPAÑA, cuyo fax es el (x00 00 000 00 00)
Transcurridos los diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido en la sede de la CÁMARA DE ESPAÑA la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. Los licitadores presentarán sus proposiciones utilizando el modelo que consta en el Anexo II del presente Xxxxxx.
Lugar dónde se puede solicitar información sobre la licitación
Se puede solicitar información sobre la licitación a través del Responsable del contrato en el teléfono 00.000.00.00, o mediante correo electrónico (xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xx). Para ello deberá hacerse expresa mención al número del procedimiento.
CLÁUSULA 15ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada licitador sólo podrá presentar una propuesta, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir alternativas o variantes.
Quienes opten por concurrir en unión temporal de empresas:
a. No podrán presentar su proposición más que en una unión temporal.
b. No podrán presentar su proposición individualmente.
CLÁUSULA 16ª. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación.
Además, al presentar sus propuestas, todos los licitadores garantizan al órgano de contratación que:
a) Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de los servicios objeto del presente procedimiento.
b) En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en ningún litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.
c) En la prestación de los servicios, deberán garantizar el cumplimiento de todas las condiciones técnicas establecidas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d) Xxxxxxxxxx a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno a la CÁMARA DE ESPAÑA o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto.
e) Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
SECCIÓN 2ª. REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES
CLÁUSULA 17ª. CONTENIDO
Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. En cada uno de ellos se señalará:
1. La referencia del procedimiento (“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES. (EXPEDIENTE Nº 440/2017)
2. El nombre del participante.
3. Su dirección, teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones.
4. Finalmente, en cada uno de los tres sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:
- En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un juego de documentación).
- En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” (conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico).
- En el sobre número 3: “PROPOSICION ECONOMICA” (conteniendo dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico).
El CÁMARA DE ESPAÑA se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente
aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del presente pliego serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
SECCIÓN 3ª: SOBRE 1 CLÁUSULA 18ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN GENERAL
El sobre número 1 deberá contener los siguientes documentos:
a. Aquellos que acrediten la personalidad del empresario. Y, en su caso, su representación.
b. Los que justifiquen la solvencia económica o financiera en los términos señalados a continuación
c. Los que justifique la solvencia técnica o profesional en los términos previstos a continuación
d. Una declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
e. Otros documentos.
Los documentos a que se refieren los puntos anteriores se presentarán en original o mediante copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente y en lengua castellana o mediante traducción oficial, prevaleciendo esta en caso de discrepancias.
18.1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y capacidad de contratar
En la forma siguiente:
- Cuando se trate de empresarios individuales: copia legitimada del Documento Nacional de Identidad.
- Si el empresario fuese persona jurídica: La escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad con informe de la Misión Diplomática de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
- Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representación del licitador, aquel que acredite su personalidad ( Documento Nacional de Identidad, o aquel que legal o reglamentariamente le sustituya, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea; aquel que acredite su personalidad, conforme a la legislación del respectivo país, para los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea)
- Igualmente deberá aportarse, poder bastante en derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, si actúa en representación de personas jurídicas, por imperativo de la legislación mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado le eximirán de aportar los documentos relativos a que se refieren los apartados anteriores, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado.
- El certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
18.2. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera
La solvencia económico-financiera se acreditará por, al menos, uno de los siguientes medios:
- El volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser igual o superior a 600.000 €.
La acreditación de este criterio se llevará mediante declaración responsable del empresario y presentación de las cuentas anuales de los tres (3) últimos años aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil (o Registro Oficial correspondiente) o, caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante los libros inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
- El patrimonio neto que, según el balance de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil correspondientes al último ejercicio finalizado, y, en su defecto, de las correspondientes al último ejercicio cuyo periodo de presentación haya finalizado, sea igual o superior a 100.000 €.
La acreditación de este requisito se llevará a cabo a través de las cuentas anuales del último ejercicio finalizado aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil (o Registro Oficial correspondiente) o, caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante los libros inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado le eximirá de aportar los documentos a que se refieren los apartados anteriores.
El certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
18.3. Documentos que acrediten la solvencia técnica
Para acreditar la solvencia técnica se requerirá en todo caso:
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados por el licitador en los últimos cinco años que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. A este respecto deberá acreditarse la realización, sea como contratista principal o subcontratista, de servicios de naturaleza y características iguales o similares a los que constituyen el objeto del contrato y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 280.000 €
- Una descripción del equipo técnico y unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. En concreto, en razón del objeto de este contrato, se considera que para acreditar la solvencia técnica del contratista, el equipo que se dedique específicamente a la realización de este contrato deberá acreditarse aportando el Currículo Vitae de las personas propuestas. El CV deberá detallar los Proyectos en los que ha participado cada uno de los integrantes del equipo, acreditando una experiencia mínima de 5 años en el caso del director del proyecto y de 3 años en los restantes perfiles.
El licitador deberá presentar la estructura del equipo de trabajo, en el cual deben estar implicados un mínimo de 6 personas, incluyendo al menos los siguientes perfiles:
- Jefe de Proyecto
- Experto en contenidos digitales
- 3 redactores/consultores
- Coordinador de eventos
Se aportarán asimismo las titulaciones académicas o profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa, así como, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. Las titulaciones se acreditarán mediante título original, fotocopia compulsada o copia legitimada notarialmente.
Además de los requisitos mencionados, deberán aportarse los siguientes medios para acreditar la solvencia técnica:
- Una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los últimos tres años.
- Una declaración del material y equipo técnico de los que disponga el empresario para la prestación efectiva de los servicios.
18.4. Documento Europeo Único de Contratación
De conformidad con lo previsto en el artículo 59.1 de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación del Documento Europeo Único de Contratación, de 6 xx xxxxx de 2016, los licitadores podrán acreditar mediante la presentación del “Formulario normalizado del documento Europeo Único de Contratación (DEUC)” que consta en el Anexo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7, de 5 de enero de 2016 (que está disponible en la página web xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx), o bien, mediante el formulario normalizado del DEUC aprobado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado u otro órgano administrativo, que acredite lo siguiente:
- No hallarse en ninguna de las situaciones de exclusión o posible exclusión de los licitadores contempladas en el art. 57 de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
- Cumplir con los requisitos de capacidad (apartado 18.1), solvencia económica y financiera (apartado 18.2) y capacidad técnica y profesional (apartado 18.3).
En ese caso, de conformidad con lo dispuesto en el art. 146.4 del TRLCSP, el órgano de contratación podrá reclamar y exigir en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que el licitador aporte la documentación acreditativa exigida en el presente Pielgo del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario de contrato.
En el caso que dicho requerimiento no sea atendido en tiempo y forma por el licitador, la empresa podrá ser excluida del procedimiento.
18.5. Declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar
- Declaración responsable, realizada conforme al Anexo I del presente Xxxxxx, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en la Directiva 2014/24 y en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá una manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
18.6. Otros documentos
- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de las relaciones jurídicas derivadas del presente procedimiento, tanto frente al CÁMARA DE ESPAÑA Oficiales de Comercio, Industria y Navegación o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto a desarrollar, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
- Presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y, en su caso, del último recibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación.
- Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por Autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad.
Los documentos que se presenten deberán ser originales o copias previamente autentificada.
Según se indica en la cláusula 28 del PCAP, al licitador que resulte seleccionado para su contratación se le concederá un plazo xx xxxx días hábiles para que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y con la Seguridad Social, mediante aportación de los correspondientes certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas.
SECCIÓN 4ª: SOBRE 2 CLÁUSULA 19ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
En este sobre, como justificación de la propuesta técnica se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de selección de las empresas contratadas, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada propuesta la puntuación que corresponda.
En todo caso, las proposiciones abarcarán la totalidad de los servicios y compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas; el incumplimiento de este requisito será causa de exclusión definitiva de la propuesta.
El adjudicatario generará la documentación e información, tanto en formato papel como en soporte electrónico, necesaria y suficiente para la adecuada ejecución de cada uno de los capítulos anteriormente indicados.
Con independencia de que pueda adjuntarse cuanta información se estime de interés, y de que la estructura de la oferta sea la que el ofertante considere más adecuada, las propuestas deberán comprender al menos los siguientes elementos de un modo expreso:
- ARGUMENTARIO DE MENSAJES CLAVE A DIFUNDIR.
El licitador deberá presentar en su oferta el argumentario de mensajes a difundir dando cobertura a los objetivos de comunicación especificados en la cláusula 3.1.2 del PPT.
- PLAN DE TRABAJO DETALLADO PARA CADA UNO DE LOS PAÍSES
El licitador deberá presentar el plan de acción de comunicación y relaciones públicas detallado para cada uno de los países con al menos los contenidos especificados en la cláusula 3.2.1 del PPT.
- METODOLOGÍA Y SEGUIMIENTO:
En este apartado el licitador presentará la Planificación del plan de Comunicación para cada uno de los países
- Metodología y herramientas propuestas para la ejecución del Plan y de cada una de sus acciones
- Indicadores de ejecución y alcance de las acciones propuestas
El número máximo de folios admitido para el global de la propuesta es de 100, impresos a una sola cara en tamaño A4.
En general, la descripción de las propuestas que se presenten debe incluir, junto con los puntos reseñados anteriormente, cualquier documentación adicional que desarrolle aspectos relevantes, y su descripción se realizará a un nivel suficientemente detallado para que ésta pueda ser evaluada con detenimiento por técnicos competentes. Con carácter general la información presentada en la propuesta debe estar estructurada y expuesta de forma clara y concisa, y no deben contenerse referencias a documentos externos relevantes que no se adjunten a la misma.
Los documentos podrán presentarse en original o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente y en lengua castellana o mediante traducción oficial, prevaleciendo ésta en caso de discrepancias.
En ningún caso se incluirá en el Sobre 2 documentación sobre la oferta económica correspondiente al Sobre 3, ni referencia alguna a la misma, siendo esto causa de exclusión.
Tal y como se indica, deberán entregarse dos ejemplares de la oferta técnica en papel, además de una copia en formato electrónico (soporte PENDRIVE o similar).
SECCIÓN 5ª: SOBRE 3 CLÁUSULA 20ª: CONTENIDO: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El sobre número 3 deberá contener dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico (en soporte pendrive o similar) de la proposición económica formulada conforme al modelo que figura en el Anexo III del presente Xxxxxx, y en el que debe expresarse el precio global ofertado. En caso de discrepancia entre la cifras indicadas (en letra y número) en la proposición económica, se tendrá siempre en cuenta el importe más elevado.
La empresa licitadora realizará su oferta económica respetando el importe máximo de 400.000,00€ (IVA excluido).
SECCIÓN 6ª. OTRAS CONDICIONES
CLÁUSULA 21ª. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en el presente Pliego de cláusulas particulares y en el de prescripciones técnicas y en el contrato, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la CÁMARA DE ESPAÑA o de otros agentes para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga la Cámara de España o en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la CÁMARA DE ESPAÑA y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán con la Cámara de España los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
CLÁUSULA 22ª. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de Propiedad Intelectual sobre las obras de todo tipo que resulten de la ejecución del contrato pertenecerán a la CÁMARA DE ESPAÑA en exclusiva para todo el mundo y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia.
La CÁMARA DE ESPAÑA será el titular exclusivo de todos los materiales elaborados en ejecución del contrato.
El adjudicatario reconoce expresamente que la CÁMARA DE ESPAÑA es titular exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de los trabajos encomendados por virtud del contrato, y como tal, todos los derechos de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la CÁMARA DE ESPAÑA, con carácter mundial, quien podrá ejercerlos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, el adjudicatario se abstendrá de comercializar, publicar o difundir, o comunicar de cualquier forma, total o
parcialmente el contenido de los citados materiales y trabajos sin el consentimiento previo expreso de la CÁMARA DE ESPAÑA. Asimismo, el adjudicatario deberá adoptar las medidas oportunas para asegurarse de que ninguna de las personas que tienen a su cargo, así como que ningún tercero, podrá reclamar a la CÁMARA DE ESPAÑA ningún tipo de derecho sobre los mismos comprometiéndose a eximir de responsabilidad a la CÁMARA DE ESPAÑA por las actuaciones que se produzcan contraviniendo lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996 y demás normativa sobre la materia.
Asimismo, el adjudicatario deberá adoptar las medidas oportunas para asegurarse de que ninguna de las personas que tiene a su cargo así como ningún tercero, pueda reclamar a la CÁMARA DE ESPAÑA ningún tipo de derecho sobre los trabajos realizados, comprometiéndose a eximir de responsabilidad a la CÁMARA DE ESPAÑA por las actuaciones que se produzcan contraviniendo lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996 y demás normativa sobre la materia. De este modo, el adjudicatario exonerará a la Cámara de España de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de los servicios, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del contrato objeto del presente Xxxxxx, procedente de los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los mismos.
El adjudicatario se compromete, al extinguirse el contrato por cualquier causa, a entregar a la CÁMARA DE ESPAÑA cualquier material que, como consecuencia de la prestación de servicios obre en su poder o de su personal.
CLÁUSULA 23ª. PROTECCIÓN DE DATOS
De acuerdo con lo expresado en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal no será considerado comunicación ni cesión de datos de la Cámara de Españas por parte del adjudicatario a los datos de carácter personal xxx Xxxxxx de España, ya que dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, es necesario para realizar la prestación del servicio contratado.
Es por ello que, a todos los efectos de normativa de protección de datos, el adjudicatario será considerado como “encargado del tratamiento” de los datos de los ficheros de las acciones del Programa PICE y, de acuerdo con ello se establece expresamente que el adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de la CCE y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, no siquiera para su conservación, a otras personas.
El adjudicatario se compromete a tratar los datos conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y a adoptar e implementar las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la citada ley, y en particular las que correspondan al nivel de seguridad exigible a los datos y ficheros derivados del desarrollo y ejecución del Programa, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.
Si el interesado o afectado ejercitara los derechos de la Cámara de España, rectificación, cancelación y/o oposición ante el adjudicatario, éste dará cuenta inmediata al Cámara de España y, en todo caso, antes del cumplimiento del plazo legalmente previsto.
Una vez cumplida la prestación de servicios pactada, y cuando ya no sean necesarios para continuar con el encargo realizado, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos
al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado, también, responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
El adjudicatario no subcontratará con ningún tercero la realización de ningún tratamiento objeto del contrato.
CAPÍTULO IV.
DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. SECCIÓN 1ª. APERTURA DE PROPOSICIONES.
CLÁUSULA 24ª. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, y constituida la Mesa de Contratación en el plazo máximo de siete días hábiles, ésta calificará, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores. A estos efectos, el Presidente de la Mesa ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no se ajuste a los términos de la convocatoria, sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 25ª.
El acto de apertura del sobre 2 se efectuará públicamente por la Mesa de Contratación. El lugar, día y hora en que vaya a realizarse dicho acto se anunciará en el Perfil del Contratante (xxx.xxxxxx.xx), una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas.
La ponderación asignada a los criterios no económicos correspondiente a cada una de las ofertas admitidas, se dará a conocer en el acto público de apertura del Sobre 3, que se efectuará en el lugar, día y hora señalados en el anuncio del presente procedimiento.
Terminado el acto de apertura de los sobres, la Mesa iniciará seguidamente, a puerta cerrada, el estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas, que continuará en días sucesivos si fuera preciso.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
CLÁUSULA 25ª. SUBSANACIÓN DE ERRORES
Si, antes de la apertura del Sobre 2, la Mesa de Contratación observare defectos formales o materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo.
En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede xxx Xxxxxx de España (Calle Xxxxxx xxx Xxxxx, 12, C.P. 28042 −Madrid−).
SECCIÓN 2ª. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS. CLÁUSULA 26ª. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las proposiciones de las empresas interesadas se valorarán, xx XXXX (0) a CIEN (100) puntos, conforme a los criterios que se indican a continuación y con la ponderación que se señala.
- CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: hasta 60 puntos
Las proposiciones de las empresas interesadas se valorarán xx XXXX (0) a SESENTA (60) puntos conforme a los criterios que se indican a continuación.
Se requerirá una valoración mínima de veinticinco (25) puntos en los criterios técnicos, para que puedan valorarse los criterios económicos de la oferta.
Argumentario hasta 20 puntos
Se valorará la adecuación de los mensajes a los objetivos de comunicación establecidos en el punto 3.1.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Se valorará la claridad en la exposición de los mensajes y la originalidad en el diseño de las piezas informativas.
La oferta que se adecue más a los objetivos de la campaña recibirá 20 puntos. La puntuación del resto de ofertas será inversamente proporcional
Plan de trabajo detallado para cada uno de los países ……………………..……….. hasta 35 puntos
Estos 35 puntos se asignarán en función de los criterios establecidos en el punto 3.2. Estrategia de comunicación del PPT.
La oferta que se adecue más a los objetivos de la campaña recibirá 35 puntos. La puntuación del resto de ofertas será inversamente proporcional.
Metodología y seguimiento hasta 5 puntos
Se valorará:
- La adecuación y nivel de detalle de la metodología de trabajo y herramientas
- La adecuación de los indicadores de seguimiento.
La oferta que se adecue más a los objetivos de la campaña recibirá 5 puntos. La puntuación del resto de ofertas será inversamente proporcional.
- CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS : hasta 40 puntos
El licitador ha de ofrecer un precio global por el importe del contrato
CLÁUSULA 27ª. METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS
27.1.1 Regla para la valoración económica del precio global
Para la valoración económica del precio global se aplicará la siguiente fórmula:
P = X ∗ min
O†
Donde:
- P es la puntuación obtenida.
- X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en el apartado del precio global.
- min es la oferta más baja de entre todas las presentadas en lo que a precio global se refiere.
- Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora en lo que a precio global se refiere.
La Mesa de Contratación podrá proponer que se declare desierto el procedimiento de contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible conforme a los criterios de valoración aplicables.
27.2. Ofertas anormales o desproporcionadas.
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias. A tal efecto, se consideraran ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.
En estos supuestos, la CÁMARA DE ESPAÑA, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta cinco (5) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada.
Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la CÁMARA DE ESPAÑA podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigirá al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva de hasta el 10% del presupuesto de adjudicación correspondiente.
En caso de que el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida, se acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa.
SECCIÓN 3ª. CONTRATACIÓN DE LICITADORES
CLÁUSULA 28ª. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN, REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONOMICAMENTE MÁS VENTAJOSA Y ADJUDICACIÓN.
Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores, la Mesa de Contratación elevará a la Comisión de Contratación de la Cámara de España una propuesta de adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la proposición económicamente más ventajosa o una propuesta de declarar el procedimiento desierto.
La Cámara de España se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación, si bien no podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta que se ajuste a los criterios de adjudicación que figuran en el Pliego.
La Comisión de Contratación, recibida y valorada la propuesta de la Mesa, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, tras lo cual y atendiendo a los criterios de valoración señalados en el Pliego, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas, y posteriormente requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tal como se señala en el apartado 6º de la Cláusula 18ª ; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato; y de haber constituido la garantía definitiva conforme se expone en la cláusula siguiente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación mencionada, la Comisión de Contratación adjudicará el contrato. El acuerdo de adjudicación se deberá adoptar en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de apertura de las proposiciones presentadas. Transcurrido dicho plazo sin que la Cámara hubiese dictado acuerdo, los candidatos que lo deseen podrán retirar sus ofertas.
La adjudicación, que será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de la página Web de la Cámara de España.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, la notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , sin perjuicio de que el plazo para considerar rechazada la notificación será xx xxxx días naturales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la citada Ley.
CLÁUSULA 29ª. GARANTÍAS.
29.1. Importe de la Garantía definitiva
Se requerirá al licitador cuya oferta sea considerada económicamente la más ventajosa para que, dentro de los diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha en que reciba el requerimiento de documentación a que se refiere la Cláusula 28ª, presente el documento que acredite haber constituido la garantía definitiva por un 5% del importe de la adjudicación, excluido el IVA.
La garantía definitiva deberá ser constituida, a elección de la empresa, mediante alguna de las siguientes formas:
a) En metálico o en valores públicos o privados.
b) Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España. Este aval deberá reunir los siguientes requisitos: garantizar íntegramente la cuantía indicada, ser indivisible, a primer requerimiento y con renuncia al beneficio de excusión.
c) Por contrato de seguro de caución, celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
Si la garantía no llegase a formalizarse por causa imputable al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, no se efectuará la adjudicación a su favor, y, en consecuencia se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
29.2 Duración de la garantía definitiva
En todos los casos anteriores, la garantía definitiva deberá permanecer vigente hasta transcurrido un año del final de la contratación.
CLÁUSULA 30ª. CONTRATO Y GASTOS.
30.1.- Formalización del Contrato y publicidad de la formalización.
La formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, la Comisión de Contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en el plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
El Contrato se formalizará mediante documento que, en unidad de acto, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, será suscrito, por una parte, por un representante de la Cámara de España y, por la otra, por un representante del adjudicatario.
El Contrato tendrá por objeto regular los derechos y obligaciones que, han de corresponder a la Cámara de España y al adjudicatario
Al propio tiempo, la empresa contratada suscribirá una copia de este Pliego de Cláusulas Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, en prueba de su conocimiento y aceptación.
La formalización del contrato se publicará en el DOUE, BOE y en el perfil del contratante de la página web de la Cámara de España.
30.2.- Gastos.
Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos. Estos comprenderán, en concreto, los siguientes conceptos: gastos para la publicación de anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier otro medio comunicación que la Cámara de España haya estimado necesario, hasta un máximo de 2.000 euros; los de formalización del contrato, en supuestos de elevación a escritura pública; así como cuantas licencias, autorizaciones y permisos, procedan en orden a la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 31ª. FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Si el licitador cuya oferta sea considerada económicamente la más ventajosa no aportase los certificados administrativos requeridos en tiempo y forma, o no constituyera la garantía prevista por causa imputable a ella, o se negare a suscribir el Contrato en los términos que han sido indicados, quedará sin efecto la contratación acordada por la Cámara de España, con reserva del derecho de reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados frente al adjudicatario fallido.
SECCIÓN 4ª. OTRAS CUESTIONES. CLÁUSULA 32ª. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero.
CLÁUSULA 33ª. SUBCONTRATACIÓN
Las empresas que pretendan subcontratar parte de las prestaciones reguladas en el presente Xxxxxx deberán hacer constar dicha circunstancia en su propuesta, indicando la parte de las
prestaciones que se propongan subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos, que deberán certificar documentalmente la existencia de tales acuerdos.
En todo caso, los licitadores deberán aportar la documentación que estimen conveniente para acreditar que tienen efectivamente a su disposición los medios de los subcontratistas que hubiere indicado.
La sustitución por la empresa contratada de tales subcontratistas deberá ser autorizada previamente por el CÁMARA DE ESPAÑA.
En ningún caso podrán ser objeto de subcontratación la prestación de los servicios descritos en el presente Pliego, en un porcentaje superior al sesenta por ciento (60%).
CLÁUSULA 34ª. REVISIÓN DE PRECIOS
El importe de los servicios que, en su caso, vayan a ser prestados por la empresa contratada, no podrá ser objeto de revisión.
CLÁUSULA 35ª. RESOLUCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
35.1. Causas de Resolución de la contratación
El Cámara de España resolverá el Contrato cuando (sin ánimo exhaustivo o excluyente) concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- La muerte o incapacidad sobrevenida de la empresa contratada (si ésta es un empresario individual) o la extinción de su personalidad jurídica, excepto los supuestos de transformación o fusión.
- Si la empresa contratada incumple las características de prestación de sus servicios o, en su caso, las condiciones de calidad establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- El incumplimiento por la empresa contratada de cualquier otra obligación que se derive de los Pliegos o del resto de documentos con carácter contractual descritos en la cláusula 8ª.
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta estará obligada a indemnizar todos los daños y perjuicios que su conducta hubiera causado.
35.2. Penalizaciones.
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta vendrá obligada a satisfacer como penalización una cantidad equivalente al 10% del importe de adjudicación del contrato.
En ningún caso, la satisfacción de tales penalizaciones sustituirá la indemnización de daños y perjuicios a lo que, conforme a Derecho, la empresa contratada estuviera obligada.
35.3. Cláusula Penal
Si por cualquier motivo el adjudicatario incurriera en un incumplimiento grave de sus obligaciones, el CÁMARA DE ESPAÑA tendrá derecho a percibir una cantidad equivalente al 10% del importe de adjudicación del contrato.
En ningún caso, el cumplimiento de la pena será sustitutiva de la obligación del adjudicatario de resarcir al CÁMARA DE ESPAÑA de todos los daños y perjuicios que le hubieren sido causados por su incumplimiento, en los términos que establece el Código Civil y demás normativa aplicable y sin perjuicio de la facultad xxx XXXXXX DE ESPAÑA de instar – en su caso - la resolución del contrato por incumplimiento.
ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
ANEXO I Modelo de Declaración responsable ANEXO II: Modelo de presentación de oferta ANEXO III: Modelo de oferta económica
ANEXO I AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/ña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de los Servicios DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES (Expte
nº 440/2017) según procedimiento aprobado por la CÁMARA DE ESPAÑA, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD
1. Que ni la Sociedad …, a la que representa, ni ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 60de el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que ni la Sociedad …, a la que representa, ni ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 57 de la Directiva2014/24/UE, de 26 de febrero, sobre contratación pública
2. Que la Sociedad ………… se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado e, igualmente, está al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, no habiendo causado baja en la matrícula del impuesto sobre Actividades Económicas.
Y para que así conste, firmo esta declaración,
En …, a … de … de … [Firma y rubrica]
ANEXO II AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de los Servicios DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES (Expte
nº 440/2017) según procedimiento aprobado por la CÁMARA DE ESPAÑA, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
Asimismo declara, que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos.
a) Presenta la documentación exigida por los Pliegos, en dos sobres cuyo contenido es el siguiente:
i. Sobre 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL [Índice del Sobre 1]
ii. Sobre 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA [Índice del Sobre 2]
iii. Sobre 3: PROPOSICION ECONOMICA [Índice del Sobre 3]
b) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad …]
c) Declara que, a efectos de notificaciones, consiente expresamente la utilización del correo electrónico como medio preferente de comunicación y por tanto solicita que las notificaciones en el presente procedimiento que se realicen a la siguiente dirección de correo electrónico [ ].
En …, a … de … de … [Firma y rúbrica]
Datos de contacto:
Teléfono y FAX:
.........................................................................................................
Dirección: .........................................................................................................
E-mail: .........................................................................................................
ANEXO III AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en nombre y representación de …………………………….con C.I.F número…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de los Servicios DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DISEÑO, REALIZACIÓN, PRODUCCIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INTERNACIONAL PARA REFORZAR LA IMAGEN DE ESPAÑA Y DE LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS COMO DESTINO DE INVERSIONES
(Exptenº 440/2017) según procedimiento aprobado por la CÁMARA DE ESPAÑA, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, se compromete a prestar los servicios objeto del procedimiento de contratación, por el precio global, IVA excluido (o su equivalente), que se señala a continuación:
- PRECIO GLOBAL (IVA o su equivalente excluido): XXX,xx €.
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
En……………, a………….de de …
FDO: