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APRUEBA BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA” ID 2735-134-LE20
DECRETO DAL N°1270/2020 LO BARNECHEA, 16-12-2020
VISTO: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; los artículos 9, 19 y 25 del Reglamento de Compras, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones; los artículos 56 y 63 letra i) de la Ley N.º 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y
TENIENDO PRESENTE:
a) La necesidad de la Municipalidad de Lo Barnechea de contratar los servicios de gestión y control para su flota vehicular, con la finalidad de hacer un uso óptimo de ésta.
b) Las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019, que rigen la presente licitación.
c) Las Pre-Obligaciones Presupuestarias Nos 5/291, 5/358 y 5/877 del año 2020, aprobadas mediante IDSGD N° 013473, del presupuesto de educación, salud y municipal, respetivamente.
d) La Solicitud de Compra IDSGD Nº 009491, aprobada por el Director de Administración y Finanzas.
D E C R E T O:
1. APRUÉBANSE las bases administrativas especiales, bases técnicas y anexos que regirán la Licitación Pública denominada “SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA” ID 2735-134-LE20, cuyo contenido es el siguiente:
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
“SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL PARA LA FLOTA VEHÍCULAR DE LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Las presentes bases administrativas especiales establecen las condiciones, procedimientos y términos que regularán la Licitación Pública denominada “SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL PARA LA FLOTA VEHÍCULAR DE LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”, la cual tiene por
objeto permitir el control y monitoreo de los vehículos municipales, así como generar estadísticas de estos.
El servicio por contratar contempla lo siguiente:
• Plataforma en línea (Web y Móvil)
• Dispositivos GPS.
• Sistema de identificador de conductor.
• Sistema de verificación de estado e implementos del vehículo.
• Sistema de lectura de vehículos eléctricos.
La adjudicación de la presente licitación pública será de adjudicación simple, a precios unitarios, en unidades de fomento y sin reajustes.
2. GARANTÍAS REQUERIDAS
2.1. Garantía de seriedad de la oferta
Los oferentes deberán presentar una garantía de seriedad de la oferta, consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las siguientes condiciones:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA MÍNIMA | 08 xx xxxxx de 2021 |
MONTO | $500.000 (quinientos mil pesos) |
GLOSA | “Para garantizar la seriedad de la oferta en la Licitación Pública ID 2735-134-LE20”. |
Serán rechazadas de planos las propuestas de los oferentes que no acompañen este documento.
En caso de extenderse el plazo de cierre de recepción de las ofertas, las garantías presentadas con anterioridad a la extensión del cierre y de acuerdo con los plazos establecidos en la apertura primitiva serán válidas para el proceso sin perjuicio de requerirse su prórroga si fuese necesario. En caso de no prorrogarse, se entenderá que el oferente se desiste de su oferta.
La restitución de la garantía de seriedad de la oferta se realizará al oferente adjudicado una vez que hubiere aceptado expresamente la orden de compra emitida. En el caso de las garantías presentadas por aquellos proponentes declarados inadmisibles y/o no adjudicados, estas serán restituidas de acuerdo con lo señalado en los numerales 8.1.5 y 8.1.6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 del 18 de febrero de 2019. Respecto a los demás requisitos y condiciones de esta garantía, remitirse al numeral 8.1 de las Bases Administrativas Generales.
2.2. Garantía de fiel cumplimiento de contrato
De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, resulta necesario exigir al adjudicatario presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, debido al perjuicio que generaría al Municipio el incumplimiento en la prestación del servicio, el que resulta fundamental para el control y monitoreo de los vehículos municipales.
De esta forma, el oferente a quien se adjudique la presente licitación deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de contrato, consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las siguientes condiciones:
BENEFICIARIO | Municipalidad de Lo Barnechea |
RUT | 00.000.000-0 |
VIGENCIA MÍNIMA | 90 días corridos posteriores al término de la contratación |
MONTO | 5% del valor total adjudicado |
GLOSA | “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Licitación Pública ID 2735-134- LE20”. |
Además, deberá cumplir con los requisitos exigidos en el numeral 9.2 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019.
La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA |
Publicación Licitación | 18/12/2020 15:00 horas |
Inicio de Preguntas | 18/12/2020 15:01 horas |
Final de Preguntas | 28/12/2020 12:30 horas |
Publicación de Respuestas y aclaraciones | 04/01/2021 20:00 horas |
Cierre de Recepción de Ofertas | 08/01/2021 15:01 horas |
Acto de Apertura Electrónica | 08/01/2021 15:30 horas |
Publicación de la Adjudicación | 08/02/2021 20:30 horas |
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo antes señalado, el Municipio informará en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4. DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 90 días corridos, a contar del acto de apertura de estas. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia y solicitará a los proponentes prorrogar sus ofertas y renovar las garantías de seriedad de las ofertas respectivas. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto DAL Nº 171 de 18 de febrero de 2019.
5. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Cada proponente que desee participar en este proceso licitatorio deberá ingresar en el portal xx Xxxxxxx Público los documentos que a continuación se indican. Los oferentes que no presenten uno o más documentos calificados como esenciales en el punto siguiente, no serán considerados en la evaluación de la presente licitación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 letra c) de la Ley 19.880, la Comisión Evaluadora verificará de oficio la información que haya sido generada por el municipio, no siendo necesario acompañar dicha información.
Solo se considerarán aquellos documentos que:
a) Se encuentren legibles, completos, y debidamente suscritos, cuando corresponda.
b) Hayan sido extendidos a nombre del oferente.
c) Puedan ser verificados en cuanto a su autenticidad.
d) Xxxxxx relación con el presente proceso concursal.
5.1 Documentos Administrativos
a) Anexo N° 1 “Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para ofertar y/o suscribir contrato con la Municipalidad de Lo Barnechea”. La individualización del oferente debe corresponder a la razón social. Aquellos proveedores que se presenten como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los integrantes de la misma, deberá presentar un Anexo N°1. (ESENCIAL).
b) Anexo Nº 2 “Identificación de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”. Este anexo sólo se debe adjuntar a la oferta por los proponentes que se constituyan como Unión Temporal de Proveedores.
c) Garantía de Seriedad de la Oferta (ESENCIAL).
5.2 Documento Económico
Anexo N° 3 “Oferta Económica” (ESENCIAL).
Atendido que el proponente deberá realizar su oferta a precios unitarios respecto del servicio de arriendo mensual por cada dispositivo GPS, en la determinación de su oferta económica, el oferente deberá tener presente el presupuesto máximo disponible para esta contratación, establecido en el numeral 8.1 de estas Bases Administrativas Especiales; la vigencia de la contratación establecida en el numeral 8.3, de estas mismas bases, y la cantidad inicial de dispositivos que comprende esta contratación señalada en el numera 9 de las Bases Técnicas. Esto, a efecto de no exceder el presupuesto máximo disponible.
5.3 Documentos Técnicos
a) Anexo N° 4 “Declaración de Experiencia”.
b) Anexo N° 5 “Declaración de Materias de Alto Impacto Social”.
En caso de que alguno de los oferentes no acompañe la totalidad de los documentos requeridos, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 inciso segundo del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad a través del foro inverso, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esos documentos solicitados o eventualmente podrá ser rechazada de plano, si correspondiere. Con todo respecto de aquellos documentos señalados como esenciales no podrá ejercerse esta facultad.
Aquellas propuestas que no incorporen los documentos esenciales serán declaradas inadmisibles. Lo mismo ocurrirá respecto aquellas propuestas que superen el máximo de recursos disponibles para esta contratación.
6. DE LA COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora estará compuesta por:
a) Xxxxxxxx Xxxx Xxxx, o en su ausencia, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, ambas funcionarias del Departamento de Administración.
b) Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, o en su ausencia, Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, ambos funcionarios de la Sección de Compras y Gestión de Contratos.
c) Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, o en su ausencia, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, ambos funcionarios de la Dirección de Asesoría Jurídica.
7. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las ofertas presentadas por cada uno de los proponentes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
N.º | CRITERIO | PONDERADOR |
1 | Oferta Económica (OE) | 70% |
2 | Experiencia (EX) | 27% |
N.º | CRITERIO | PONDERADOR |
3 | Materias de Alto Impacto Social (MA) | 2% |
4 | Cumplimiento de los Requisitos (CR) | 1% |
7.1. Oferta Económica (OE) 70%
Se evaluará el valor en unidad de fomento ofertado en el Anexo Nº 3 “Oferta Económica”, impuestos incluidos.
De esta forma, se otorgará 1000 puntos a la menor oferta económica presentada, y el resto de las ofertas obtendrán un puntaje de conformidad con la siguiente formula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 =
𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟
𝑥 1.000
(𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 )
OE = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑥 0,70
Cada oferente deberá indicar en el Anexo Nº3 “Oferta Económica”, el valor unitario en Unidad de Fomento con impuestos incluidos, por cada dispositivo a instalar en cada vehículo, valor que debe incluir todos los servicios mencionados en las Bases Técnicas.
7.2. Experiencia (EX) 27%
Se evaluará este factor en función de la cantidad de experiencias declaradas en el anexo N° 4 “Declaración de Experiencia” y acreditadas por el oferente, en el servicio de gestión y control xx xxxxx vehicular.
Los servicios deberán haber sido facturados desde el 1 de enero de 2015 y hasta el día anterior a la fecha del cierre de presentación de ofertas del presente proceso concursal.
Para comprobar cada una de las experiencias declaradas, el oferente deberá acompañar, a lo menos, la factura, junto con alguno de los siguientes documentos: certificado del mandante, contrato, decreto de adjudicación, o cualquier otro que acredite en forma íntegra y fehaciente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos señalados precedentemente.
Para el cálculo del puntaje, se utilizarán la siguiente tabla:
Experiencias Acreditadas | Puntaje |
10 o más experiencias | 1.000 puntos |
Entre 6 y 9 experiencias | 700 puntos |
Entre 4 y 6 experiencias | 400 puntos |
Entre 1 y 3 experiencias | 100 puntos |
No acredita experiencia | 0 puntos |
El puntaje se obtendrá de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝐸𝑋 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 0,27
Se entenderá que el oferente que no presente el anexo Nº 4 no tiene experiencia, por lo que será evaluado en este criterio con 0 puntos.
La Municipalidad se reserva el derecho de constatar la validez de los antecedentes y certificaciones acompañados por el oferente.
7.3. Materias de Alto Impacto Social (MA) 2%
Para obtener puntaje en este factor, el oferente deberá acompañar el Anexo N° 5 “Declaración de Materias de Alto Impacto Social” y adjuntar los medios de verificación que se indican a continuación, para acreditar el cumplimiento de uno o más de los ítems indicados en la siguiente tabla:
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de adjuntar documentos que incorporen información personal de terceros ajenos a esta licitación, el oferente deberá tachar (achurar) todos los datos de carácter sensibles de personas ajenas al proceso licitatorio dejando visibles sólo aquellos suficientes para realizar la evaluación de este factor, o bien, adjuntar una autorización simple suscrita por la persona que aporta la información de la documentación adjunta. Se entenderá por dato personal y dato sensible aquellos definidos en el literal f) y g) respectivamente, de la Ley N°19.628, sobre protección de la vida privada.
En caso de no cumplir con el requerimiento señalado, será evaluado con 0 (cero) puntos, en el ítem específico donde fue presentada la documentación con los datos sensibles expuestos.
ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN | ||||||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad. | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, y - Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación xxx XXXXXX. - Certificado de inclusión laboral de Discapacidad extendido por la Dirección del Trabajo. | ||||||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años). | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, y - Copia de cédula de identidad del trabajador. | ||||||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a jóvenes (15 a 29 años). | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores jóvenes, - Copia de la cédula de identidad del trabajador, y - Certificado de la AFP que el trabajador no tuvo cotizaciones en los últimos 3 meses antes del inicio de la fecha del contrato. | ||||||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas. | - Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, y - Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI o documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, para el caso de los extranjeros. | ||||||
El oferente femenino. | es | una | persona | natural | de | sexo | Sello Empresa Mujer. |
El oferente es una microempresa liderada por mujer/es. | Sello Empresa Mujer. | ||||||
El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. | Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1) de los últimos seis meses anteriores al cierre de presentación de ofertas. | ||||||
La empresa fomenta prácticas empresariales ambientalmente sustentables. | - Certificado de Acuerdo de Producción Limpia (APL); - Certificado ISO 14001 vigente (o norma chilena equivalente); - Certificado ISO 50001 vigente (o norma chilena equivalente), o Sello de eficiencia energética del |
ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
Ministerio de Energía; - Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio con al menos 6 meses de antigüedad; - Certificado de la empresa recolectora de al menos 1 entrega realizada por el proveedor en los últimos 12 meses; o - Reporte de Sostenibilidad GRI. |
Solo se considerará la información declarada en el Anexo N° 5, que se encuentre acreditada debidamente por los documentos indicados como medios de verificación.
El puntaje se otorgará de acuerdo con la cantidad de ítems que declare y acredite la oferta respectiva, según la asignación siguiente:
CONTIENE | PUNTAJE |
4 o más ítems | 1.000 puntos |
3 ítems | 750 puntos |
2 ítems | 500 puntos |
1 ítem | 250 puntos |
No informa | 0 puntos |
𝑀𝐴 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 0,02
7.4. Cumplimiento de los Requisitos (CR) 1%
Se evaluará con 1.000 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados, en tiempo y forma.
Se evaluará con 0 puntos a quienes no cumplan con los requisitos formales de presentación de las ofertas dentro del plazo de presentación de éstas.
El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝐶𝑅 = 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑥 0,01
Serán rechazadas de plano las propuestas de los oferentes que no acompañen documentos señalados como ESENCIALES, por lo tanto, no serán evaluadas.
7.5. Resumen fórmula de evaluación
𝑷𝑼𝑵𝑻𝑨𝑱𝑬 𝑻𝑶𝑻𝑨𝑳 = (𝑂𝐸 + 𝐸𝑋 + 𝑀𝐴 + 𝐶𝑅)
Para efectos de la aplicación de las fórmulas precedentes, se utilizarán números racionales con dos decimales.
7.6. Criterios de desempate
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
Si aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA”.
Si aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL”.
Si aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS”.
De persistir el empate, se aplicará un criterio cronológico, prefiriéndose la primera oferta ingresada al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, y si se mantuviera el empate se realizará vía sorteo ante Ministro de Fe.
8. DEL CONTRATO
Las disposiciones y cláusulas generales de toda licitación y contrato de suministro de bienes y servicios se encuentran contenidas en las Bases Administrativas Generales. Sin perjuicio de lo anterior, los elementos variables de la licitación y del contrato se tratan en el presente numeral.
8.1. Antecedentes del contrato
FUENTE DE FINANCIAMIENTO | Mixto (Salud, Municipal y Educación) |
PLAZO DE PAGO | 30 días desde la recepción conforme de la factura |
PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE | UF 1.145, impuestos incluidos |
OPCIONES DE PAGO | Transferencia electrónica o vale vista virtual |
REAJUSTE | No aplica |
NOMBRE DE RESPONSABLE DE PAGO | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx |
E-MAIL DE RESPONSABLE DE PAGO | |
NOMBRE DE RESPONSABLE DE CONTRATO | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx |
E-MAIL DE RESPONSABLE DE CONTRATO | |
PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN | No |
REQUIERE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO | Sí |
REQUIERE CONTRATO | Sí |
8.2. Requisitos para contratar
El adjudicatario deberá celebrar un contrato con la Municipalidad. Para ello, deberá ajustarse a lo dispuesto en el numeral 6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 de 18 de febrero de 2019.
8.3. Vigencia y renovación del contrato
La vigencia del contrato será desde la total tramitación del decreto que aprueba el contrato y hasta su liquidación
El plazo de duración del contrato es de 24 meses a contar de la suscripción del acta de inicio de servicio y podrá ser renovado por un plazo máximo de 12 meses con informe fundado del ITS.
8.4. Recepción Conforme
La recepción conforme será realizada por el Inspector Técnico de Servicio (ITS), quien deberá verificar mensualmente que los servicios se hayan prestado conforme a lo establecido en las bases técnicas.
Una vez verificada la recepción conforme, el ITS deberá generar la Hoja de Entrada de Servicio (HES), adjuntar en el sistema de gestión documental todos los antecedentes que den cuenta de la ejecución de los servicios y verificar que el proveedor haya aceptado la orden de compra emitida por la Municipalidad a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en caso de que la misma no se encuentre en dicho estado.
8.5. Forma de Pago
El pago se efectuará mensualmente respecto de la cantidad de dispositivos instalados en los vehículos que se encuentren en operación en el mes en que se está liquidando, de acuerdo con el valor por cada equipo GPS ofertado. Para efectos de facturación el contratista deberá utilizar el tipo de cambio de la UF correspondiente a la fecha de emisión de la HES.
Los pagos serán realizados previa recepción conforme de los servicios, para estos efectos el ITS enviará la HES (hoja de entrada de servicio) al proveedor quién procederá a la emisión de la factura, por el monto de los servicios prestados, conforme al Reglamento de Facturación y Pago a Proveedores de la Municipalidad de Lo Barnechea, el que se encontrará disponible en xxx.xxxxxxxxxxx.xx.
El Municipio iniciará el proceso de pago con la recepción de las facturas con acuse de recibo electrónico, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 19.983. En caso de existir multas ejecutoriadas pendientes de pago, éstas podrán ser descontadas del mismo.
El pago de la respectiva factura se realizará en un plazo máximo de 30 días contados desde la recepción conforme de la factura, mediante transferencia electrónica o vale vista virtual en sucursales del Banco Itaú.
El Municipio no se obligará al pago íntegro de la factura a la empresa de factoring en caso de que existieran multas pendientes de cumplimiento por parte del proveedor.
Cualquier consulta sobre pago proveedores deberá ser canalizada, a través del teléfono de Tesorería 000000000.
8.6. Modificación del contrato
El contrato se podrá modificar, aumentándolo o disminuyéndolo, de acuerdo con lo establecido en el numeral 20.7 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 del 18 de febrero de 2019, que rigen la presente licitación.
En el caso de aumento o disminución, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato deberá también modificarse en proporción al plazo y monto de la modificación que se suscriba, en el plazo que el ITS indique.
Con todo, las eventuales modificaciones que se pacten no producirán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el anexo de contrato, salvo que por necesidades del servicio deban ejecutarse desde el acto administrativo que da lugar al proceso modificatorio.
8.7. Multas y Sanciones
La Municipalidad de Lo Barnechea podrá cursar multas de acuerdo con el siguiente detalle:
N° 1 | CAUSAL | MULTA |
Incumplimiento en el plazo de implementación del software señalado en el numeral 2 de las Bases Técnicas. | 5 UTM por cada 1 día corrido de atraso. | |
2 3 | Incumplimiento al deber de confidencialidad del software. | 10 UTM por evento. |
Instalación deficiente de los dispositivos que contempla el contrato en los vehículos. | 3 UTM por evento. | |
4 | Incumplimiento en la continuidad del servicio respecto a lo establecido en el numeral 3 de las Bases Técnicas. Ya sea por no responder dentro de las 24 horas o no activar el servicio posterior a las 72 horas sin justificación. | 0,1 UTM por cada 1 día corrido de atraso. |
5 | Incumplimiento en el plazo de 48 horas establecido en el numeral 11 de las Bases Técnicas para atender el requerimiento del ITS respecto de bajas, incorporaciones o mantenimiento de dispositivos y/o reconocimiento de conductor | 1 UTM por cada 1 día corrido de atraso. |
6 | Incumplimiento de los plazos establecidos en el numeral 7 de las Bases Técnicas para atender el requerimiento del ITS | 2 UTM por cada 1 día corrido de atraso. |
El monto máximo de multas que podrá cursar la Municipalidad de Lo Barnechea al contratista no podrá superar el 30% del valor total del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se regirá por lo dispuesto en el numeral 20.9 del Decreto DAL Nº 171 de 18 de febrero de 2019.
8.8. Término anticipado del contrato
La Municipalidad de Lo Barnechea podrá poner término anticipado al contrato en los siguientes casos:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c) Haberse dispuesto la aplicación de multas por un monto igual al 30% del valor total del contrato.
El procedimiento de término anticipado se regirá por el numeral 20.10 del Decreto DAL Nº 171 de 18 de febrero 2019.
BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”
1. DE LA CONTRATACIÓN
Las presentes bases técnicas regulan las condiciones del presente llamado que efectúa la Municipalidad de Lo Barnechea para la contratación del servicio de control y gestión xx xxxxx vehicular, el cual consiste en la implementación de un dispositivo de rastreo mediante GPS (Global Positioning System), que deberá contar con tecnología de punta y prestar un servicio integral, que contemple a lo menos:
• Plataforma en línea (Web y Móvil)
• Sistema de identificador de conductor.
• Sistema de verificación de estado e implementos del vehículo.
• Sistema de lectura de vehículos eléctricos.
El servicio de control y gestión xx xxxxx se considera para vehículos propios y arrendados de uso municipal para las áreas, Salud, Educación y Municipal.
El oferente debe cumplir con el deber de confidencialidad de la información que se maneje a través del software, de los registros de los funcionarios, movimientos de los vehículos, en general toda la información que pueda acceder con ocasión de la entregar del servicio, de lo contrario existirá multa asociada a el incumplimiento de la reserva de la información.
2. PROCEDIMIENTOS DE INICIO DEL SERVICIO
a) Instalación de dispositivo GPS y otros servicios: Al momento de iniciar el contrato, una vez suscrita el Acta de Inicio de servicio, el adjudicado deberá realizar, la instalación del dispositivo GPS en cada uno de los vehículos de la flota, además de dejar en pleno funcionamiento el sistema de identificación de conductor, la aplicación para la verificación del estado e implementos del vehículo y en funcionamiento del sistema de lectura de vehículos eléctricos, además de todo lo necesario para que el servicio se preste eficientemente.
b) Habilitación de plataforma: Paralelamente y en el mismo periodo, el adjudicado deberá habilitar la plataforma en línea con la visualización de los dispositivos instalados.
c) Plazo para habilitar todos los servicios: El plazo máximo para el completo funcionamiento de todos los dispositivos y la plataforma es de 10 días hábiles, contados desde el Acta de Inicio de Servicio.
d) Coordinación para la instalación: la instalación de los dispositivos se coordinará mediante correo electrónico con el Inspector Técnico de Servicio (ITS), para lo cual el adjudicado deberá informar su disponibilidad de instalación (cantidad de dispositivos a instalar por día) para determinar los vehículos y las instalaciones que se dispondrán para tal efecto. Deberá entregarse una guía o detalle del servicio de instalación a través de correo electrónico que informe fecha, hora de la instalación y odómetro del vehículo, lo que será incorporado en la plataforma por el adjudicatario.
e) Recepción conforme: Una vez instalados todos los equipos, y en funcionamiento todos los servicios el ITS realizará la recepción conforme respecto a la instalación y habilitación del servicio. Para esto el ITS enviará a través de correo electrónico un check list el cual irá firmado y verificará el cumplimiento del plazo de instalación.
3. CONTINUIDAD DEL SERVICIO
El adjudicatario deberá contemplar para todos los servicios un funcionamiento 24/7. En caso de alguna baja del servicio, caída de sistema u otra eventualidad, el proveedor deberá informar a través de correo electrónico, en un plazo no superior a 24 horas contados desde la notificación del ITS, a qué se debe la falla, donde deberá explicar e identificar la causal, además de determinar un plazo para la reposición del servicio, el cual no deberá ser superior a 72 horas, a menos que esto se encuentre justificado en una eventualidad externa no imputable al adjudicatario, con respaldos que lo acrediten.
4. PLATAFORMA EN LÍNEA
La plataforma deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Plataforma Web, funcionalidades (Control On-Line de la flota): Debe considerar una interfaz compatible en entorno Windows que facilite la operación y disponga de herramientas de productividad para el operador, permitiendo, además distintos niveles de acercamiento, mostrar el desplazamiento de los móviles sobre cartografía digital a nivel de calles, rutas urbanas y rurales.
b) Disponer de aplicación móvil.
c) Deberá mostrar en una misma pantalla todos los vehículos con la posición definida por calles, el nombre del conductor y también la ubicación en la cartografía.
d) Estar habilitada para acceder con cualquier tipo de navegador (Explorer, Chrome, Firefox, Safari, entre otros).
e) Capacidad de generar múltiples usuarios, los cuales deben poder acceder a distintos privilegios. Estos deben poder acceder simultáneamente a la plataforma.
f) Capacidad de crear grupos con las patentes de los vehículos dentro de la plataforma para los diferentes departamentos de la municipalidad, pudiendo asignarlo al grupo que determine el usuario.
g) El sistema debe indicar si el vehículo se encuentra avanzando, detenido, con motor apagado, entre otros, debiendo diferenciar cada estado con un icono distinto.
h) La actualización de ubicación de los dispositivos en la plataforma debe ser máximo cada 15 segundos o 500 mts.
i) Debe identificar automáticamente los dispositivos que hayan dejado de transmitir la señal por un tiempo mayor a 4 horas y enviar una alerta al ITS del contrato y a quien este determine. (este tiempo podrá ser modificado por el ITS durante el periodo del contrato).
j) La identificación de los vehículos en la plataforma debe ser en base a su placa patente.
k) La información debe quedar almacenada por un periodo mínimo de 1 año.
l) Contar con incorporación de geocercas
m) Informar excesos de velocidad, lo que será configurado por el adjudicado en coordinación con el inspector técnico del servicio. El incumplimiento de los conductores debe ser notificado a través de una alerta al administrador y a quien éste determine.
n) Capacidad de generar usuarios y administradores que determine el ITS del servicio.
o) La plataforma debe permitir obtener distintos tipos de reportes, los cuales a lo menos deben ser los siguientes
i. Trayecto que ha tenido un móvil en una fecha u hora específica, indicando el conductor que ha hecho el trayecto del móvil solicitado.
ii. Reporte histórico de los móviles.
iii. Reporte de kilómetros recorridos, velocidad, detenciones, inactividades, ralentí, excesos de velocidad en un periodo de tiempo (Día, Semana, Mes), etc.
iv. Informe mensual o semanal sobre un vehículo en particular o un grupo de vehículos.
v. Reportes de alarmas de mantención.
vi. Reporte de conductores.
p) Ranking de observaciones a los conductores. Contar con la posibilidad de exportar a PDF y Excel los distintos datos obtenidos de los reportes.
q) Posibilidad de ingresar datos de los conductores del municipio, tales como nombres, tipo de licencia de conducir, vigencia de licencia de conducir, teléfono, correo electrónico
r) Incorporar odómetro de los vehículos y configurar mantenciones respectivas de cada uno con las alertas según disponga la municipalidad.
s) Las licencias, certificaciones u otros necesarias para el funcionamiento y cumplimientos de normas para la plataforma son de exclusiva responsabilidad del adjudicado.
5. DISPOSITIVOS GPS
El dispositivo GPS deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Se debe instalar en cada uno de los vehículos.
b) El intercambio de datos entre el dispositivo GPS y la plataforma en línea debe ser a través de la modalidad SIM card multi operador, con roaming a nivel país, cuyo servicio debe ser proporcionado por el adjudicado durante el período que dure el contrato.
c) Deberán ser instalados al interior del vehículo de manera que no sea invasivo, tanto estética como técnicamente, y no debe generar modificaciones irreversibles en los vehículos.
d) Xxxx ser capaz de almacenar la información recopilada por el GPS en una memoria cuando el dispositivo esté OFFLINE y retransmitir automáticamente esta información una vez que vuelva a estar ONLINE, en forma íntegra y sin pérdida de la información, para que sea almacenada en la base de datos.
e) Servicio de comunicaciones celular de datos GSM online para todos los equipamientos incorporado en la flota con transmisión continua las 24 horas del día.
f) El equipamiento instalado en los móviles de la flota vehicular deberá operar las 24 horas del día y los 365 días del año eficientemente.
6. SISTEMA DE IDENTIFICADOR DE CONDUCTOR
El oferente deberá proporcionar un sistema de identificación de conductor a través de la lectura de cédula de identidad y/o tarjeta de funcionario, la identificación se realizará a través un lector instalado dentro de cada vehículo, esta información deberá poder ser cruzada con la base de datos de conductores habilitados en la municipalidad de Lo Barnechea de tal forma de generar una alerta que dé aviso inmediato en la plataforma si el conductor identificado no se encuentra hábil.
También este dispositivo de identificación de conductor deberá ser capaz de entregar información como lugar de identificación, el horario en el que se realizó tal identificación e incluir este detalle en todos los reportes generados.
La cantidad de funcionarios habilitados para conducir son aproximadamente 170 personas, por lo que la plataforma debe poder cruzarse con la base de datos de la municipalidad la cual será entregada con el nombre del funcionario y su cedula de identidad. Esta base de datos se podrá ir modificando durante el periodo del contrato.
7. SISTEMA DE VERIFICACIÓN DE ESTADO E IMPLEMENTOS DEL VEHICULO
El oferente deberá proporcionar un sistema de verificación del estado y el equipamiento del vehículo, para esto debe proporcionar una plataforma 100% web de configuración y visualización, así como una aplicación móvil (al menos para Android) mediante la cual el conductor podrá descargar y completar el formulario en línea, verificando los distintos elementos críticos del vehículo (neumáticos, luces, parabrisas, carrocería e implementos). La aplicación móvil debe permitir incorporar y enviar comentarios y fotografías que deben ser enviadas de forma automática a la misma plataforma que el oferente proporcione.
Con la finalidad de que el cumplimiento de estos protocolos sean los que requiere la Municipalidad de Lo Barnechea, es indispensable que la lista de verificación pueda ser creada, modificada o eliminada según los requerimientos que el ITS determine.
Es indispensable que la falta de algún implemento genere una alerta para poder tomar las medidas necesarias.
La aplicación móvil deberá estar disponible para todos los funcionarios que cuenten con póliza y deseen activar su usuario y contraseña. Esta creación de la cuenta no deberá tardar más de 24 horas en encontrarse disponible posterior a la solicitud del ITS a través de correo electrónico. De no cumplirse con estos plazos se cobrará la multa correspondiente.
8. SISTEMA DE LECTURA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
El oferente deberá proporcionar un sistema de lectura de nivel de batería de vehículos eléctricos en forma constante, con la finalidad de monitorear los niveles de disponibilidad eléctrica y saber cuál es la autonomía de cada uno de estos vehículos en forma on-line.
9. DETALLES DE LOS VEHÍCULOS
Se debe considerar la instalación de GPS en los vehículos que se detallan a continuación:
ÁREA | VEHÍCULOS INCLUIDOS | VEHÍCULOS TOTALES |
MUNICIPAL | - 8 automóviles Eléctricos - 21 camionetas - 2 camiones ¾ - 5 camiones - 3 maquinarias | 39 vehículos |
SALUD | - 4 automóviles Eléctricos - 5 ambulancias - 2 minibús | 11 vehículos |
EDUCACIÓN | - 1 camioneta | 1 vehículos |
De este modo, inicialmente se estima la instalación de aproximadamente 51 dispositivos GPS, uno en cada uno de los vehículos recién indicados, número que puede variar de acuerdo a las necesidades de servicio a la fecha de inicio del contrato. Asimismo, se hace presente, que dado que la contratación es a precio unitario respecto del valor de arriendo mensual por GPS instalado, existe la posibilidad de disminución y de incremento de un 30% en el número indicado conforme las necesidades del servicio, por lo cual se considera poder realizar incrementos o disminuciones de aproximadamente 15 dispositivos durante el periodo del contrato, en la medida que no se supere el presupuesto máximo disponible para esta contratación.
La ubicación de los vehículos para instalar los dispositivos GPS y reconocimiento del conductor será en las distintas dependencias que posee la Municipalidad dentro de la comuna de Lo Barnechea además, debe considerar la dependencia de Centro de Montaña ubicada en sector de Farellones.
La cantidad de vehículos a monitorear podrá aumentar o disminuir dependiendo de las necesidades de la municipalidad, de modo que la cantidad de dispositivos GPS y el servicio que se contrata, podrá variar en el mismo sentido.
Atendido que el 78% de la flota municipal corresponde a vehículos arrendados, lo que implicará que en algún periodo de este contrato se deberá renovar la flota arrendada, los dispositivos deberán ser instalados en la flota nueva. De este modo, el adjudicatario deberá considerar que, durante el periodo del contrato, la municipalidad podrá requerir que los dispositivos sean instalados en otros vehículos diferentes a los indicados, sin costo para la municipalidad.
10. CAPACITACIÓN
El adjudicado deberá realizar una capacitación posterior a la instalación para utilizar correctamente su plataforma fijando día y hora con el ITS.
La municipalidad podrá solicitar capacitación del servicio de manera presencial las veces que estime conveniente durante el periodo del contrato, la cual será solicitada por el ITS del contrato mediante correo electrónico y donde el adjudicatario deberá dar respuesta a dicho requerimiento dentro de las 24 horas siguientes para coordinar la capacitación. Esta no podrá exceder la cantidad de 10 al año y podrá considerar capacitaciones vía web previo acuerdo con el ITS.
En cuanto al reconocimiento de conductor el adjudicado deberá entregar un instructivo detallando el uso y funcionamiento de su sistema en cada vehículo, al ITS.
11. BAJAS, INCORPORACIONES O MANTENIMIENTO
En caso de que se requiera la instalación o baja de un dispositivo y/o sistema de reconocimiento de conductor, el ITS del contrato debe remitir un correo electrónico al adjudicatario, quien tendrá un plazo de 24 horas para acusar recibo de la solicitud y a su vez confirmar hora y fecha para la realización del servicio solicitado.
Este servicio debe efectuarse dentro de las 48 horas posteriores a la solicitud por parte del ITS. En el caso de que se requiera un intercambio, retiro o reparación de un dispositivo o sistema de reconocimiento de conductor, los plazos serán los mismos. De no cumplir con estos plazos, se cursará la multa correspondiente.
Todo costo de instalación, reparación, retiro o intercambio debe ser provisto por el adjudicado al igual que el sistema de reconocimiento de conductor ya que el costo mensual será el dispuesto en la oferta económica por cada equipo GPS.
El adjudicatario deberá considerar los costos de reparación en caso de daños a los vehículos generados por los dispositivos o la instalación de ellos.
12. COMUNICACIÓN ENTRE EL MANDANTE Y EL CONTRATISTA
Toda comunicación entre el contratista y el ITS deberá realizarse por medio de correo electrónico, al correo institucional del ITS.
Para lo anterior, el contratista deberá informar al ITS al inicio del contrato el o los correos electrónicos que se utilizarán para efectuar las comunicaciones.
ANEXO Nº1
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA OFERTAR Y/O SUSCRIBIR CONTRATO CON LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
“SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”
ID 2735-134-LE20
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (*) | ||
OFERTA EN UTP | SI (**): | NO: |
RUT DEL OFERENTE | ||
REPRESENTANTE LEGAL | ||
RUT DEL REPRESENTANTE LEGAL | ||
DOMICILIO DEL OFERENTE | ||
CORREO ELECTRÓNICO (**) OFERENTE |
(*)Nombre personal natural, razón social persona jurídica o individualización de la UTP conforme establece el artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.
(**) Deberá acompañar un anexo por cada integrante de la UTP.
(***) Entendiendose éste como medio ofical de comunicación (siempre que estas bases no señalen lo contrario) entre la Municipalidad de Lo Barnechea y el contratista de acuerdo a lo señalado en las bases, por lo que en caso de modificación del mismo se deberá informar en el más breve tiempo posible, uno nuevo).
Declaro además, que no me encuentro afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, ni haber sido condenado por delitos prescritos en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
“Texto modificado y actualizado del art. 4º, Ley 19.886
Artículo 4º.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.(Ley 20238, art. Único Nº1 a) D.O. 19.01.2008)En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. (Ley 20.238, art. Único Nº1 b) D.O. 19.01.2008)
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
El inciso anterior sólo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que el adjudicatario se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios
directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (Ley 20088, artículo 13, D.O 05.01.2006)
Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.
Sin embargo, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, los órganos y empresas referidos en el inciso cuarto podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. En el caso del Congreso Nacional la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética del Senado o a la Comisión de Conducta de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.
Asimismo, el oferente en la presente licitación pública declara bajo juramento:
1) Conocer y aceptar las Bases Administrativas Generales y Base Técnicas elaboradas para la licitación pública mencionada precedentemente.
2) Conocer los documentos anexos, legislación aplicable y en general todos los documentos que forman parte de esta licitación.
3) Xxxxx estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia entre sí.
4) Autorizar a la Municipalidad de Lo Barnechea para requerir de los organismos oficiales, compañías de seguros, bancos, fabricantes de equipos o cualquier otra persona, firma o compañía, la información que solicite que diga relación con la presente licitación.
5) Estar conforme con las condiciones generales de la licitación.
6) Que se obliga a mantener vigente su oferta durante un periodo de 90 días corridos, contados desde la fecha de la apertura de la propuesta.
7) Haber verificado la exactitud de los antecedentes proporcionados.
8) Que, considerando lo expuesto en el punto Nº1.5 de la Instrucción General Nro. 11, de 2013, del Consejo para la Transparencia, informa que los socios o accionistas principales de la persona jurídica oferente, esto es, aquellos que individualmente sean dueños de a lo menos el 10% de los derechos sociales, corresponden a los siguientes:
i. ii.
iii.
iv. v.
FIRMA DEL OFERENTE O DE SU(S) REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES)
ANEXO Nº 2
CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) ENTRE
XXXX Y XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”
ID 2735-134-LE20
Comparecencia personas naturales1 Comparecencia personas jurídicas2
Los comparecientes mayores de edad exponen:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Los comparecientes con ocasión del proceso de licitación “SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO
BARNECHEA” ID 2735-134-LE20, publicado por la Municipalidad de Lo Barnechea, por este acto acuerdan constituir y formalizar una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en adelante “UTP”, según los términos dispuestos en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; para los efectos de la presentación conjunta de una propuesta, la celebración del contrato una vez adjudicada la Unión, si procediere, y la posterior ejecución de la prestación en los términos descritos en las bases de la licitación y demás documentos aplicables.
SEGUNDO: SOLIDARIDAD: Las partes comparecientes, pactan en este acto solidaridad respecto de todas las obligaciones que deriven de la oferta que presenten, en las bases de la licitación que regulan el proceso singularizado en la cláusula primera, y del contrato que se suscriban en atención al mismo. En virtud de dicha solidaridad, la Municipalidad de Lo Barnechea podrá exigir a cualquiera de los integrantes de la UTP que por este acto se constituye, indistintamente, el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Municipalidad de Lo Barnechea a cualquiera de los integrantes de la Unión que por este acto se constituye, será válido y extinguirá la deuda respecto de los demás integrantes de la UTP. Serán aplicables a este pacto las disposiciones del Título IX “De las Obligaciones Solidarias, del Libro Cuarto “De las Obligaciones en General y de los Contratos” del Código Civil.
Se deja expresa constancia que cada uno de los miembros de la unión de proveedores sean ellos personas naturales o jurídicas mantendrán su autonomía jurídica y económica.
TERCERO: OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la presente Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Municipalidad de Lo Barnechea, de una propuesta para el proceso de licitación singularizado en la cláusula primera de este acto, como, asimismo, asumir la obligación conjunta del cumplimiento de la contratación, el que será ejecutado de conformidad a las bases de licitación que regulan el proceso y al contrato que se suscriba para ello.
Los comparecientes se encargarán de elaborar la propuesta solicitada, como también de suministrar el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
1 Comparecencia de personas naturales, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad y, domicilio.
2 Comparecencia de personas jurídicas, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: nombre de la sociedad u otra, número de rol único tributario, nombre (s) del representante legal, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad, y domicilio común con la sociedad.
Además, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo sesenta y siete bis del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, al momento de presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo tener presente que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas y la suscripción de contratos afectan a cada integrante de la UTP.
CUARTO: VIGENCIA: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y su validez será hasta la total liquidación del contrato, incluyendo la renovación del mismo, en caso de existir, la cual solo podrá realizarse por una vez.
Con todo, la vigencia de la presente UTP deberá considerar el tiempo necesario para atender la solución de las garantías prestadas en el referido proceso de licitación.
QUINTO: DOMICILIO: Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores fijan como domicilio, el ubicado en 3.
SEXTO: REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE
PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de
ésta, a don(ña) 4, el (la) cual está facultado (a) para5:
a) , b) (….). En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado
común de ésta UTP, a don (ña)6 con las mismas facultades.
SEPTIMO: PERSONERÍAS: La personería de don (ña)
8, consta en escritura pública de fecha
10 Notario Público11 de la
12,
7 para actuar en representación de la
9, otorgada ante don(ña)
La personería de don(ña) para actuar en representación de la , consta en escritura pública de fecha otorgada ante don(ña)
Notario Público de la , que no se inserta por ser conocida de las partes y xxx xxxxxxx que autoriza.
En comprobante previa lectura firman los comparecientes.
Santiago, de de 2020
3 Informar domicilio común de la unión temporal de proveedores, con señalamiento de dirección, comuna y Región.
4 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la unión temporal de proveedores, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
5 Incorporar las facultades que se entregan al representante o apoderado común, las que en todo caso deberán considerar las de suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la cláusula primera del acuerdo, suscribir el contrato que derive la licitación indicada en la cláusula primera, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP.
6 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común que representará al titular, el cual deberá tener las mismas facultades, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
7 Nombre del representante legal o administrador de la persona jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
8 Nombre de la persona natural o jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
9 Incorporar fecha de la escritura pública donde consten los poderes.
10 Incorporar nombre del o la Notario Público que otorgó la escritura.
11 Notario Público y se no se ha constituido por Escritura Pública, deberá indicar quien lo autoriza.
12 Incorporar N° y Ciudad de la Notaría que otorgó la escritura.
OFERTA ECONÓMICA
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”
ID 2735-134-LE20
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | |
RUT |
ÍTEM | VALOR MENSUAL EN UF IMPUESTOS INCLUIDOS (*) |
SERVICIO DE ARRIENDO MENSUAL POR CADA DISPOSITIVO GPS (Monto incluye servicio de plataforma web, reconocimiento de conductor, sistema de verificación y todo lo mencionado en las bases técnicas) | $ |
(*) En la determinación de su oferta económica, el proponente deberá considerar que esta licitación supone un presupuesto máximo de UF 1145, para el periodo de 24 meses de vigencia de contrato, y para una flota inicial aproximada de 51 vehículos. En caso de que ese monto sea superior al presupuesto disponible, las ofertas serán declaradas inadmisibles.
ANEXO Nº 4 DECLARACIÓN DE EXPERIENCIA
LICITACIÓN PÚBLICA ID 2735-134-LE20
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | |
RUT |
N° | INSTITUCIÓN MANDANTE | FACTURA O BOLETA DE HONORARIOS (N° Y FECHA) | PERIODO DEL CONTRATO | DOCUMENTO DE RESPALDO |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 | ||||
6 | ||||
7 | ||||
8 | ||||
9 | ||||
10 |
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN DE MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL
LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTROL XX XXXXX VEHÍCULAR PARA LA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA”
ID 2735-134-LE20
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | |
RUT |
MARCAR CON UNA X | ÍTEM | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad. | ||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años). | ||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a jóvenes (15 a 29 años). | ||
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas. | ||
El oferente es una persona natural de sexo femenino. | ||
El oferente es una microempresa liderada por mujer/es. | ||
El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. | ||
La empresa fomenta prácticas empresariales ambientalmente sustentables. |
2. LLÁMASE A PROPUESTA PÚBLICA, en conformidad a las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N°171, de 18 de febrero de 2019, en conjunto con las presentes Bases Técnicas, las que se aprueban en el presente acto.
3. INSTRÚYASE a la Sección de Compras y Gestión de Contratos, dependiente de la Dirección de Compras Públicas y Gestión de Contratos, para que publique el presente Decreto en cumplimiento del artículo 57, letra b), números 1 y 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
4. PUBLÍQUESE, en la plataforma establecida por la Ley Nº 20.730 los miembros de la comisión evaluadora designados en las Bases Administrativas Especiales, en calidad de sujetos pasivos transitorios de conformidad a lo dispuesto en el literal e) del artículo 4 del Decreto Nº 71 de 2014, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXX SECRETARIO MUNICIPAL ALCALDE
MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
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