CONTRATO DE CONSTRUCCION EN TERRENO PROPIO
PROGRAMA NACIONAL DE VIVIENDA SOCIAL SAV- BID 2797 OC/ EC
CONTRATO DE CONSTRUCCION EN TERRENO PROPIO
Contrato de construcción a suscribirse entre el señor/a................................................................
y el contratista (OVTP), para la construcción de una vivienda en el proyecto …………………………….
…………………………………………………………………..(EN CASO DE ÁMBITO RURAL- URBANO MARGINAL)
Parroquia................................................................
Cantón.................................................................y Provincia....................................
COMPARECIENTES
Comparecen a la celebración del presente contrato por una parte, (el los) señor(es)..............................................................................................., en calidad de
contratantes y, por la otra, en calidad de contratista, el señor Ing. /Arq. (OVTP) (En caso de personas jurídicas, OVTP identificarla
y consignar el nombre del representante legal) Los intervinientes, siendo plenamente capaces para contratar, convienen en obligarse al tenor de las siguientes estipulaciones:
PRIMERA.- ANTECEDENTES.-
El(los) señor(es)
................................................................................................................................................., son
legítimos propietarios de un Inmueble ubicado en la calle………………………………N° el sector
(o barrio).............................................................................................................................. de la parroquia… del
cantón...................................................................Provincia de y
beneficiarios del Apoyo económico No para construcción de Vivienda Urbana del
programa Nacional de Vivienda Social SAV- BID, otorgado por el MIDUVI.
SEGUNDA.- DOCUMENTOS HABILITANTES
Como documentos habilitantes se anexa al presente instrumento:
1. Presupuesto de obra,
2. Planos,
3. Especificaciones técnicas constructivas y
4. Cronograma de trabajo presentados por el contratista (OVTP)
TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO
Con los antecedentes expuestos, el contratista (OVTP ) , se obliga a
construir, terminar y entregar a entera satisfacción del Contratante, la vivienda de propiedad del (los) señor (es)...............................................................................................................
.............................................................................................................................., de
conformidad y de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas constructivas que constan en
su Presupuesto de Obra y de acuerdo a las cantidades y precios definidos en él, correspondiéndole la provisión de materiales, mano de obra, equipos y todo lo necesario para ejecutar debidamente la obra hasta alcanzar la completa terminación de la obra contratada, hasta dejar la vivienda en condiciones de habitabilidad inmediata, según la descripción que a continuación se detalla:
Descripción general de los rubros a ejecutar:
Rubros | Unidad | Cantidad | Precio Unitario | Precio total |
TRABAJOS PRELIMINARES | ||||
CIMENTACION | ||||
ESTRUCTURA DE HORMIGON | ||||
MAMPOSTERIA | ||||
ENLUCIDOS | ||||
PISOS | ||||
CARPINTERIA XX XXXXXX | ||||
CUBIERTA | ||||
PIEZAS SANITARIAS | ||||
INSTALACIONES SANITARIAS Y AGUA POTABLE | ||||
INSTALACIONES ELECTRICAS | ||||
ACABADOS | ||||
COSTO FINAL DE LA OBRA (COSTOS DIRECTOS incluido IVA + COSTOS INDIRECTOS) |
CUARTA.- PRECIO DEL CONTRATO
De conformidad con el Presupuesto de Obra presentado por el contratista............................................................, el precio de la vivienda contratada, es la suma de USD$ Dólares de los Estadios Unidos de América. El valor de los trabajos
que debe realizar el contratista se financia de la siguiente manera:
1. Ahorro en efectivo por el valor de USD$ acreditado en la cuenta de
ahorros No….........de la entidad Financiera que
corresponden al aporte personal de los contratantes, suma de dinero que será únicamente retirado por el contratista, al efecto de lo cual queda expresamente autorizado por el beneficiario.
2. Ahorro por el valor de la mano de obra del beneficiario, por el valor de USD$............
Que corresponde a la mano de obra de los siguientes rubros:
Rubro | Unidad | Cantidad | Valor Unitario | Valor Total |
VALOR TOTAL |
3. Apoyo No………...............…….. por el valor de USD$............................... Dólares de los Estados Unidos de América, que el beneficiario endosa al contratista para que lo presente al cobro en el MIDUVI.
4. Crédito de USD$ , que se encuentra depositado, para financiar los
trabajos materia de la presente contratación, en la cuenta N°..…..........de la Institución Financiera............................................. ……………………………………………….. suma de dinero que será retirada únicamente por el contratista, a efecto de lo cual queda expresamente autorizado por el beneficiario.
5. Aporte en obras iniciadas, si es del caso, ejecutados en la vivienda por el valor de USD
$ valorados y cuantificados previamente por el contratista (OVTP).
QUINTA.- FORMA DE PAGO
El MIDUVI entregará al contratista, el valor por concepto del APOYO ECONÓMICO otorgado al beneficiario, que será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA apertura en una institución financiera.
El Contratante entregará al Contratista el ahorro obligatorio, y los valores adicionales de ser el caso en el momento que se solicite el pago del apoyo económico.
Por la naturaleza del contrato no habrá lugar a obras adicionales ni complementarias.
SEXTA.- PLAZO.-
El plazo dentro del cual el contratista debe completar la totalidad de los trabajos que se contratan por el presente instrumento, es el de.............................................días calendario, contados a partir de la fecha de pago del apoyo económico.
SEPTIMA.- PRORROGA DE PLAZO.-
El plazo estipulado, es improrrogable, salvo el caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado por el contratista y comprobado por los contratantes dentro de los 15 días de ocurridos tales hechos.
Cuando las causales para una prórroga de plazo sean imputables al MIDUVI, previo informe del técnico de la Dirección Provincial, el Director Provincial aprobará la prórroga.
OCTAVA.- GARANTIAS.-
El contratista. rendirá a favor del Ministerio de Desarrollo Urbano
y Vivienda, dos garantías bancarias o pólizas de seguro de instituciones financieras reguladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros, que deben reunir las condiciones de irrevocables, incondicionales y de cobro inmediata. Las garantías a presentar son:
Fiel Cumplimiento: Por un monto equivalente al 5% del valor total de la obra, garantizará el cumplimiento del contrato o la promesa de compraventa y asegurar la debida ejecución de la obra y la buena calidad de los materiales el OVTP, además servirá para asegurar las reparaciones o cambios de aquellas partes de la obra que presenten defectos de construcción, mala calidad de los materiales o incumplimiento de las especificaciones técnicas imputables al contratista.
Por el Anticipo: El OVTP rendirá una garantía por igual valor del anticipo recibido para la compra o ejecución de la vivienda.
Las garantías se deberán rendir a favor del MIDUVI. Para el ámbito urbano, rural y urbano marginal, y deberán cubrir el valor del Apoyo Económico de la vivienda más el valor del Apoyo Económico para saneamiento para conexión del agua a la vivienda (cuando corresponda) y más ahorro obligatorio del beneficiario. La vigencia de las garantías será 30 posteriores al plazo contractual. En caso de presentarse prórrogas de plazo aprobadas, las garantías estarán vigentes 30 días adicionales al plazo con la prórroga concedida.
Devolución de Garantías: Las garantías serán devueltas cuando se haya cumplido el total de las obligaciones que avalan. Para que opere la devolución de las garantías, el contratista, deberá suscribir en forma previa la correspondiente Acta de Entrega-Recepción dentro de los quince días calendario posterior a la notificación que debe realizar el contratista con la razón
de que los trabajos están concluidos en su totalidad y de conformidad con las especificaciones técnicas constructivas correspondientes. El Acta de Entrega-Recepción, deberá otorgarse por triplicado, uno de cuyos ejemplares deberá remitirse al MIDUVI.
Ejecución de Garantías.- En caso de incumplimiento al reglamento e instructivo del SAV- MIDUVI o al presente documento por parte del OVTP, se ejecutará las garantías y se procederá a una demanda para el cobro de daños y perjuicios causados.
Si las causales son imputables al beneficiario éste realizará la devolución del valor xxx xxxx más los intereses respectivos. No podrá enajenar durante 5 años el inmueble construido con el bono, contados desde la suscripción del acta entrega recepción avalada por el MIDUVI.
NOVENA.- CONTROL Y SUPERVISION.-
El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, tendrá la facultad de realizar el control y supervisión del avance de los trabajos que se contratan por medio del presente instrumento, en cualquier tiempo, que podrá referirse a la inversión de los recursos financieros o a la calidad técnica de la obra. Los intervinientes aceptan esta condición y se comprometen a brindar las facilidades pertinentes para que opere la supervisión y control y reconocen que esta facultad del MIDUVI de manera alguna implica compromisos para el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.
DECIMA.- RECEPCION UNICA.-
Se realizará una recepción única con efectos de recepción definitiva. Previo a la suscripción del acta de entrega recepción, es obligación de la Dirección Provincial verificar, en sitio, el cumplimiento de las obligaciones contractuales, en lo referente a especificaciones técnicas, presupuesto, calidad de la obra y plazos.
Si en la verificación se encuentra rubros incompletos, defectuosos o no aceptables, se comunicará de inmediato al Contratista a fin de que sean corregidas dentro de un plazo definido. Una vez cumplido con las debidas correcciones, el contratista solicitará una nueva verificación.
El acta entrega recepción será suscrita por el beneficiario y el OVTP, con el visto bueno del técnico del MIDUVI, una vez que la obra cumpla con todas las obligaciones contractuales.
La recepción única se realizará, a petición del Contratista, cuando se concluyan todos los trabajos contratados, para el efecto deberá presentar la planilla de liquidación aprobada por el técnico del MIDUVI.
DECIMA PRIMERA.- TERMINACION DEL CONTRATO.-
El presente contrato terminará una vez cumplido el plazo y concluida la obra que se contrata por medio del presente instrumento, sin perjuicio de que este pueda darse por terminado anticipadamente de conformidad a las previsiones establecidas en este contrato.
El presente contrato podrá darse por terminado por los contratantes, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías rendidas por el contratista, de mediar una o varias de las siguientes causas imputables al contratista.
1. Si no se cumplieren las especificaciones técnicas y constructivas constantes en la oferta
2. Si se abandonare la obra por más de cinco días consecutivos.
3. Si no se hiciere la provisión de los materiales de construcción y más insumos necesarios para la obra.
4. Si dentro de los 10 días posteriores a la efectivización del Apoyo económico no se iniciaren los trabajos contratados.
5. Si en general hubiere manifiesto incumplimiento de las presentes cláusulas contractuales o de las especificaciones de la oferta
De igual manera, el contratista, podrá demandar la terminación del contrato en los siguientes eventos:
1. Cuando el contratante, injustificadamente, no realice o retarde los pagos que correspondan al contratista, de conformidad a los términos acordados en el presente contrato.
2. Cuando el contratante ejecute actividades que interfieran en el normal desarrollo de las obras a cargo del contratista.
La terminación unilateral del contrato da derecho a quien la formule de manera justificada, a reclamar la indemnización que corresponda por los daños y perjuicios que se le ocasione.
DECIMA SEGUNDA.- CONTROVERSIAS.-
Para el inopinado caso de controversias respecto de la interpretación y aplicación del presente instrumento, las partes, renunciando fuero y domicilio acuerdan someterse expresamente a los Jueces de Lo Civil de y al trámite verbal-sumario,
sin perjuicio que de acuerdo a la naturaleza de la reclamación puedan someterla a conocimiento de árbitros, de conformidad con la Ley Especial de Mediación y Arbitraje.
Para constancia de lo estipulado, las partes aceptan libre y voluntariamente, todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Para constancia y en fe de aceptación, suscriben el presente instrumento en el lugar y fecha indicados en tres ejemplares de igual tenor y valor, reposando un ejemplar en manos de cada uno de los intervinientes y acordándose que el ejemplar restante sea remitido al MIDUVI para los fines legales pertinentes.
En………………a los………días del mes de………….del 201..