PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA ADJUDICACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE SOCIAL DE GESTION URBANISTICA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, S.A. EN C/ROBAYNA Nº 25 EN SANTA CRUZ DE TENERIFE
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA ADJUDICACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE SOCIAL DE GESTION URBANISTICA DE SANTA XXXX DE TENERIFE, S.A. EN C/XXXXXXX Nº 25 EN SANTA XXXX DE TENERIFE
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente Pliego será la realización del servicio de limpieza y mantenimiento de las sede social de GESTUR-TENERIFE,S.A., sita en la Xxxxx Xxxxxxx Xx 00 xx Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx incluyendo patios y zonas exteriores El edificio está integrado por:
- Planta sótano: garaje, archivos, servicios, …..
- Planta baja: despachos, mamparas, salón de entrada, servicios, cocina-office.
- Planta primera: despachos, mamparas, sala de juntas, servicios, cocina-office.
- Planta segunda: Despachos, mamparas, Salas de juntas, servicios, cocina-office.
- Zonas comunes: escaleras, mamparas, distribuidores en todas las plantas, ascensor
- Patio interior y exterior
El contrato a suscribir con el adjudicatario tiene la calificación de contrato de servicios tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (RDL 3/2011 de 14 de Noviembre).
2. ORGANO DE CONTRATACION
El órgano de contratación es GESTUR-TENERIFE, S.A. que tiene facultad para adjudicar el presente contrato.
El presente contrato de servicios se encuadra en lo señalado en el Artículo 138.3, del Texto Refundido, es decir, adjudicación directa a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, sería de adjudicación directa.
Sin embargo el órgano de contratación, ha considerado conveniente invitar a varias empresas del sector para poder valorar más proposiciones y proceder a optar por la oferta más ventajosa.
3. REGIMEN APLICABLE.-
Las partes se someten al presente pliego de condiciones, así como al contrato de prestación de servicios que sirven de base para esta contratación.
4. ACREDITACION DE LA APTITUD PARA CONTRATAR.-
Podrán presentarse las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten mediante declaración jurada que están en plena posesión de su capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar y acrediten su solvencia técnica o profesional, mediante una memoria en la que de manera sucinta y concreta enumeren los trabajos de similares
características a este contrato, así como una relación de medios que el licitador se compromete a utilizar en la prestación del servicio.
Asimismo, deberá hacer entrega del programa de trabajo y cuadro de frecuencias de realización de los servicios.
5. CLASIFICACION DE LOS LICITADRES.-
No se exige
6. PRESUPUESTO DE LICITACION.-
El presupuesto de licitación asciende a la cantidad de DIECISEIS MIL (16.000.-) EUROS, incluyendo IGIC, distribuidos en doce mensualidades
7. REVISION DE PRECIOS.-
En la presente contratación no habrá revisión de precios
8. DURACION DEL CONTRATO.-
La duración del presente contrato será de UN 1 AÑO contado desde la fecha de la firma del contrato de adjudicación.
9. PRESENTACION DE PROPOSICONES.-
Las ofertas se presentarán en GESTUR –TENERIFE, S.A. (Calle Xxxxxxx Nº 25) antes de las 12 horas del día 03 de noviembre de 2017.
Las proposiciones para tomar parte se presentaran en dos sobres cerrados, firmados por el licitador.
En el SOBRE A, se incluirá la declaración jurada de la aptitud para contratar según apartado 4. del presente Pliego..
Y, en el SOBRE B, memoria en la que de manera sucinta y concreta se enumeren los trabajos de similares características a este contrato. Relación de medios que el licitador se compromete a utilizar en la prestación del servicio. Programa de trabajo y cuadro de frecuencias de realización de los servicios. Oferta económica expresada en números y letras.
La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicional del presente pliego y del contrato de prestación de servicios.
10. CRITERIOS DE ADJUDICACION.-
Para la adjudicación del contrato se tendrá en cuenta fundamentalmente la oferta económica más ventajosa.
En caso de igualdad entre dos o más ofertas, la adjudicación recaerá en aquella que tenga más experiencia demostrada según el contenido de la Memoria de trabajos similares.
11. ADJUDICACION DEL CONTRATO.-
Se adjudicará el contrato dentro de los CINCO (5) DIAS HABILES siguientes a la recepción de las proposiciones.
12. FORMALIZACION DEL CONTRATO.-
La formalización del contrato se efectuará dentro de los DIEZ DIAS HABILES contados desde la fecha de la notificación de la adjudicación, y al mismo se incorporará el presente pliego.
13. REVISION DE PRECIOS
No se contempla la revisión de precios
14. RESOLUCION DEL CONTRATO.-
El Contrato quedará extinguido por los motivos establecidos en la Ley, por la llegada a término o por el incumplimiento y retrasos reiterados de forma injustificada en la ejecución del servicio.
15. PROGRAMA DE TRABAJO.-
El adjudicatario deberá entregar a la Empresa un programa de trabajo donde figure la distribución de los trabajos de limpieza, así como el personal dedicado, con indicación del horario que tendrá cada trabajador, los materiales, maquinaria y utillaje de limpieza que tienen previsto utilizar y, en general, cualquier otro aspecto que sea conveniente para juzgar el correcto desarrollo de los trabajos y para su control.
Asimismo, deberá entregar un “CUADRO DE FRECUENCIAS” (diario, días alternos, semanal, quincenal, mensual o semestral) de cada una de las dependencias de las que consta el edifico, con todos sus enseres. El adjudicatario estará obligado a efectuar todo el trabajo relacionado con la limpieza que sea debidamente ordenado por el responsable del contrato de GESTUR-TENERIFE, S.A.
- Barrido y fregado de todos los suelos, pavimentos, escaleras y rellanos de las mismas.
- Barrido con mopa impregnada en producto abrillantador para evitar la suspensión del polvo en suelos.
- Limpieza y desempolvado de todo el mobiliario, objetos de oficina, etc.
- Limpieza de servicios, lavabos, grifos y alicatados.
- Vaciado y lavado de papeleras.
- Desempolvado de aparatos telefónicos e informáticos.
- Limpieza y eliminación de huellas y polvo en mamparas, puertas, pasamanos y barandillas.
- Aspirado mecánico de alfombras y moquetas.
- Retirada de embalajes, papel usado, pilas, tóners y otros materiales de desecho al objeto de su reciclaje.
- Limpieza de ascensor, incluyendo botoneras, espejos, etc.
- Con relación a las salas de juntas, además de los trabajos recogidos con carácter general que puedan corresponder a estas zonas, se efectuarán antes de cada reunión repaso general, incluyendo todo el equipamiento.
- Repaso de manchas de alfombras.
- Desempolvado de la parte superior de mobiliario alto (armarios, estantes…)
- Desempolvado de extintores portátiles de incendios, de tablones de anuncios y, en general, de cualquier elemento fijado a las paredes
- Limpieza de patios, especialmente durante los periodos de lluvia.
- Limpieza de mamparas.
- Limpieza y fregado del suelo de las cocinas-office y de los muebles, retirada de papeleras.
- Limpieza xx xxxxxxxxx interiores y exteriores
- Limpieza general, barrido y fregado, de las dependencias de archivo.
- Limpieza en profundidad de garaje y archivo
16. CONDICIONES DEL SERVICIO.-
En todas las operaciones que se realicen en el cumplimiento del contrato, la empresa adjudicataria velará de forma escrupulosa, por la observancia de la legislación vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales. Deberá cumplir todo lo previsto en su sector por la normativa en vigor de prevención y riesgos laborales, en especial, lo relativo a los principios de la acción preventiva (art. 15 de la Ley 31/1995, formación de trabajadores (art. 19), equipos de trabajo y medios de protección (art. 17), recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores o suministradores de los equipos y medios de protección que precisen adquirir para su labor en esta Subdelegación del Gobierno, lo establecido en el artículo 41 de la mencionada Ley 31/1995.
17. INTERFERENCIAS EN LA ACTIVIDAD ORDINARIA.-
Todas las actuaciones deberán realizarse de forma que interfieran lo menos posible en la actividad ordinaria de la Empresa, minimizándose las molestias que pudieran ocasionarse o afectar al personal que trabaja en él, realizándose en horas o días determinados, sin que ello suponga coste adicional al organismo contratante.
18. REVISIONES PERIODICAS.-
De observarse cualquier tipo de incumplimiento, por parte de la Empresa, se notificarán por escrito al interlocutor de la empresa adjudicataria las instrucciones precisas con el fin de que subsane las faltas o defectos observados en el plazo máximo de 24 horas.
19. MATERIALES INCLUIDOS.-
Será por cuenta del adjudicatario la aportación de maquinaria de limpieza y equipos auxiliares necesarios y sus repuestos (aspiradoras de polvo y de agua, abrillantadoras, pulidoras, etc.), accesorios (cubos, fregonas, mangueras, carros, etc.), vestuario , herramientas, andamios, escaleras, elementos especiales de protección y seguridad, y en general, cualesquiera materiales o productos que se precisen para la correcta prestación del servicio, aunque no se citen expresamente (jabones, lejías, abrillantadores, ceras, desinfectantes, ambientadores, limpiacristales, limpiametales, etc.).
El personal destacado en los edificios deberá disponer del vestuario de trabajo desde el primer día de contrato.
Se incluye el material consumible de aseo (papel de celulosa, higiénico y de toalla, en bobina o toallitas, y jabón para limpieza de manos, especialmente líquido o en pastillas).
Los productos y materiales a utilizar han de estar adecuadamente envasados y llevar impresa la marca correspondiente y han de ser de reconocida calidad para la limpieza y desinfección de las instalaciones objeto de este contrato, en cuanto a tipos de suelo, mobiliario y accesorios varios que se encuentran en las mismas.
En todo caso, los productos de limpieza a utilizar han de reunir las condiciones que marca su legislación específica.
Por motivos de seguridad, todos los productos que se utilicen para la limpieza de suelos y pavimentos deben ser antideslizantes.
20. TERCERAS EMPRESAS.-
Por la naturaleza y condiciones del objeto del contrato, queda prohibida la subcontratación total o parcial.
21. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.-
Las reparaciones de los desperfectos que se puedan producir durante la prestación del servicio de limpieza, en bienes muebles o inmuebles, por el personal de la empresa adjudicataria correrán por su cuenta.
Responderá de la sustracción de mobiliario, material, valores o efectos, cuando quede suficientemente probado que ha sido realizada por su personal.
22. PERSONAL.-
La empresa adjudicataria destinará el equipo humano necesario para la realización de las operaciones de limpieza Dicho personal estará cualificado para atender debidamente las necesidades de limpieza.
El adjudicatario deberá adscribir, en su caso, a la ejecución del contrato el personal subrogado de la empresa saliente.
La empresa adjudicataria distribuirá los horarios del personal de la manera más conveniente para la realización de los trabajos.
La actividad principal se desarrollará de lunes a viernes, en horario de mañana, a partir de las 7,30 horas. No obstante, si las circunstancias así lo requieren, el responsable del contrato podrá modificar la distribución del horario.
La realización efectiva de la jornada de trabajo será responsabilidad de la empresa adjudicataria.
Tanto la empresa adjudicataria como la adjudicadora, pondrán una persona de contacto con el objeto de tratar todas las cuestiones relativas al contrato a través de un único interlocutor.
23. OTRAS PRESCRIPCIONES EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
Las prescripciones señaladas en los apartados anteriores deben considerarse mínimas y no excluyen cualesquiera otras necesarias para el cumplimiento de los fines del servicio, pudiendo ser mejoradas y adaptadas a las circunstancias del Edificio en cualquier momento.
Santa Xxxx de Tenerife, Octubre de 2017