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CONDICIONES PARA LA ENAJENACION DE LAS SUBPARCELAS QUE COMPONEN LA PARCELA RESIDENCIAL RC-11 DEL PERI 11 DEL VIGENTE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE VITORIA- GASTEIZ
INDICE
1.- Objeto de la Convocatoria 2.- Condiciones Particulares 3.- Requisitos para concurrir
4.- Tipo mínimo y forma de pago 5.- Presentación de proposiciones 6.- Criterios de valoración
7.- Adjudicación
8.- Escritura pública
9.- Penalidades por incumplimiento 10.- Jurisdicción Competente
11.- Consultas
PLANOS
1.- Plano de Situación de la parcela
ANEXOS
I.- Modelo de Solicitud para Participar II.- Modelo representación Cooperativa III.- Modelo de compromiso de plazos IV.- Cedula parcelaria
V.- Nota simple registral
CONDICIONES PARA LA ENAJENACION DE LAS SUBPARCELAS QUE COMPONEN LA PARCELA RESIDENCIAL RC-11 DEL PERI 11 DEL VIGENTE PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE VITORIA- GASTEIZ
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
a) La Sociedad Urbanística Municipal del Ayuntamiento de Vitoria - Gasteizko Udal Hirigintza Elkartea, ENSANCHE 21 ZABALGUNEA, S.A. convoca un proceso público para la enajenación, por lotes, de dos subparcelas que componen una parcela residencial, conforme a las condiciones recogidas en esta Convocatoria. La parcelación no está realizada y puede sufrir modificaciones en cuanto a las superficies de cada subparcela.
b) Los lotes objeto de enajenación son:
Lote 1: Subparcela RC-11A, del PERI 11. Tendrá una superficie aproximada de TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS
(3.771,00 m2) de superficie. Linda: al Norte y Oeste, con zona verde ZV1; al Sur, con; Subparcela RC-11B y al Este, con viario público V3. viario V2
A esta parcela le corresponderá un aprovechamiento total de OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN METROS Y SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS
CONSTRUIDOS (8.891,74 m2c) para uso residencial colectivo libre.
Lote 2: Subparcela RC-11B, del PERI 11. Tendrá una superficie aproximada de MIL SETECIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS (1.716,00 m2)
de superficie. Xxxxx: al Norte y Este, con zona verde ZV1; al Sur y Oeste, con viario público V2.
A esta parcela le corresponderá un aprovechamiento total de CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS CONSTRUIDOS (4.260,00 m2c) para
uso residencial colectivo libre.
Datos comunes a ambos lotes: La totalidad de la parcela RC-11 del PERI 11 se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad nº 5 de Vitoria-Gasteiz, al tomo 4434, libro 708, folio 71, finca 26130 y tiene como referencia catastral 595100220000010001CT.
Cargas: Las reflejadas en la Nota Simple adjunta.
c) La parcela se enajena como “cuerpo cierto” cuyas circunstancias de hecho se consideran conocidas por los licitadores, por lo que no cabrá reclamación alguna en razón de diferencias de superficie, en más o en menos, ni como consecuencia de sus condiciones físicas, geológicas, topográficas, o urbanísticas.
d) La enajenación de la parcela es completa y neta, es decir, la edificabilidad transmitida es la máxima que el adjudicatario podrá llegar a materializar en la parcela, sin posibilidad ni necesidad de realizar adquisición de aprovechamiento alguna.
2. CONDICIONES PARTICULARES
a) Es de aplicación, a la parcela, el Plan Especial del PERI 11 del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria-Gasteiz en lo que pueda afectarle.
b) Los proyectos de urbanización que afectan al citado PERI pueden prever la instalación de transformadores eléctricos en la parcela, en cuyo caso el adjudicatario deberá habilitar a su xxxxx, el espacio necesario para dicho transformador.
Este espacio, que según el Plan Parcial no computa aprovechamiento, debe construirse conforme a las normas e indicaciones de la compañía suministradora de electricidad, a la que deberá cederse en uso durante la vida útil de la instalación. Este último extremo deberá reflejarse en la declaración de obra nueva de las viviendas especificando que dicho espacio es un elemento común de las viviendas sin aprovechamiento lucrativo. El importe de estas obras no será indemnizado.
c) En caso de adjudicarse cada lote a un adjudicatario diferente, estos deberán realizar, a su cargo, un estudio de detalle de la parcela
d) CESION DE USO DE LA CUBIERTA DEL EDIFICIO
Si la superficie de la cubierta no utilizada para instalaciones propias es superior al 40% de la superficie total de la misma, el adjudicatario deberá ceder el uso de esa superficie, al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, por un plazo de 99 años, para la eventual instalación de paneles solares fotovoltaicos.
Dicho espacio, que no computa aprovechamiento, debe construirse conforme a las normas e indicaciones del gestor de la instalación, constituyendo las servidumbres de paso necesarias para el acceso tanto a la cubierta como a los elementos por los que discurren los trazados de las instalaciones que constituyen la red de producción y hasta su enlace con la red de distribución y los cuadros eléctricos, para los trabajos de instalación, mantenimiento y explotación de la instalación.
Esta cesión deberá notificarse al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz junto con la solicitud de licencia de obras, adjuntando planos de cubierta e instalaciones. La falta de notificación de la aceptación de la cesión en los plazos establecidos, por parte del Ayuntamiento, indicará el rechazo del mismo a la cesión. La notificación de la cesión deberá acompañarse del depósito de una fianza de 50.000,00 €, en la cuenta que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz indique, para garantizar el cumplimiento de los compromisos de esta cláusula.
El Ayuntamiento deberá aceptar o rechazar expresamente dicha cesión en el plazo de tres meses contados a partir del registro en las instalaciones municipales del acuerdo de cesión, acotando la parte de mayor soleamiento en la que se instalará la planta, en su caso.
En la escritura de obra nueva del edificio a construir sobre la parcela objeto del concurso, se constituirán tanto la cesión como las servidumbres de paso necesarias para ello, debiéndose citar al Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz para la aceptación de los mismos. Estos derechos deberán ser inscritos en el Registro de la Propiedad.
La constitución y vigencia tanto de la cesión como de las servidumbres se habrán de recoger expresamente en todos los documentos contractuales que el adjudicatario celebre con los compradores de las viviendas y anexos y en los sucesivos que estos pudieran celebrar con terceros,
siendo inscrita en el Registro de la Propiedad en los mismos términos referidos anteriormente.
Este extremo deberá reflejarse en la declaración de obra nueva de las viviendas especificando que dicho espacio es un elemento común de las viviendas sin aprovechamiento lucrativo.
El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz podrá libremente subrogar o ceder libremente los derechos cedidos a terceros, debiendo ponerlo en conocimiento del titular de los bienes.
El incumplimiento de los compromisos y obligaciones recogidos en esta cláusula será causa de pérdida de la fianza depositada. La fianza será devuelta si el Ayuntamiento no acepta la cesión propuesta, o una vez recogida de conformidad en la escritura de obra nueva y división horizontal.
e) La parcela se encuentra afectada por el CONVENIO DE 12 XX XXXXX DE 2023 en los siguientes términos:
El precio máximo de venta de las viviendas y sus anejos, en primera transmisión, será a fecha de noviembre de 2023, de:
Viviendas: 2.946,32 €/m2 construido
Anejos: 969,57 €/m2 construido
Este precio máximo se verá actualizado conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumo en el momento de formalización del primer documento de venta.
En las segundas y posteriores transmisiones y por un periodo de siete años, se mantendrá la misma obligación respecto del precio máximo de venta, para lo cual, en los documentos de transmisión de las viviendas y sus anejos se hará constar el establecimiento de un derecho de tanteo y retracto cuya redacción consta en la Nota Simple reflejada en el Anexo V.
f) La compraventa queda condicionada al pago total del precio estipulado en los plazos fijados, y no se perfeccionará hasta que dicho precio haya sido pagado en su totalidad. La parcela objeto de esta convocatoria seguirá siendo propiedad de la Sociedad convocante, que se reserva su dominio hasta que haya sido satisfecho íntegramente el precio por el adjudicatario, quedando la parcela en poder del mismo en calidad de depósito, hasta la finalización y pago del último plazo.
El adjudicatario asumirá la responsabilidad de todos los gastos derivados de su posesión y uso. La pérdida, desaparición o destrucción total o parcial de dichos bienes no eximirá al adjudicatario de la obligación de pagar el precio convenido en los plazos señalados.
El adjudicatario se obliga a conservar la parcela objeto de esta convocatoria en estado de buen uso y a no venderla, ni utilizarla como garantía de otras obligaciones, ni desprenderse de ella mientras no haya cumplido con la totalidad de las obligaciones que se desprenden de este contrato.
3. REQUISITOS PARA CONCURRIR
Podrán concurrir a este proceso las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad jurídica y de obrar que acrediten su solvencia económica y financiera, siempre que no incurran en las prohibiciones de contratar previstas en el art. 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El objeto social de las personas jurídicas deberá tener relación con el objeto del contrato (promoción y/o construcción de viviendas, gestión de cooperativas, …).
Los licitadores no podrán presentar más de una oferta por cada lote, sea aisladamente o en cualquier forma de asociación con otros.
Los licitadores podrán concurrir por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante.
4.- TIPO MINIMO Y FORMA DE PAGO
A. El tipo mínimo de cada lote se establece en las siguientes cantidades:
LOTE 1: Subparcela RC-11A SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL EUROS
(6.560.000,00 €), IVA no incluido.
Lote 2: Subparcela RC-11B Tres Millones Ciento Cuarenta Mil euros
(3.140.000,00 €), IVA no incluido.
B. El precio ofertado podrá aplazarse en un máximo de 5 plazos con las siguientes condiciones:
1. En el plazo de 2 semanas a contar desde la recepción de la notificación de la adjudicación, y con anterioridad a la firma del contrato de compraventa, el porcentaje del precio ofertado que el adjudicatario exprese en su oferta, que no podrá ser inferior al 10% del precio total ofertado, más su IVA correspondiente, mediante ingreso en la cuenta bancaria de Kutxabank XX00 0000 0000 0000 0000 0000
2. En el plazo que el adjudicatario haya expresado en su oferta, que no podrá ser superior a 12 semanas a contar desde la formalización del contrato de compraventa, el porcentaje del precio ofertado que el adjudicatario exprese en su oferta, que no podrá ser inferior al 35% de la cantidad pendiente de pago, más el IVA correspondiente, mediante ingreso en la cuenta corriente antes referida.
3. En el plazo que el adjudicatario haya expresado en su oferta, que no podrá ser superior a 12 semanas a contar desde la formalización del contrato de compraventa, el porcentaje que el adjudicatario haya expresado en su oferta, que no podrá ser inferior a la mitad del porcentaje pendiente de pago, más el IVA correspondiente, mediante ingreso en la cuenta corriente antes referida.
4. En el plazo que el adjudicatario haya expresado en su oferta, que no podrá ser superior a 12 semanas a contar desde el vencimiento del plazo anterior, el porcentaje que el adjudicatario haya expresado en su oferta, que no podrá ser inferior a la mitad del porcentaje pendiente de pago, más el IVA correspondiente, mediante ingreso en la cuenta corriente antes referida.
5. En el plazo que el adjudicatario haya expresado en su oferta, que no podrá ser superior a 12 semanas a contar desde el vencimiento del plazo anterior, el resto del importe a abonar, más el IVA correspondiente, mediante ingreso en la cuenta corriente antes referida.
El adjudicatario queda obligado a satisfacer los gastos, tributos, tasas, exacciones y demás impuestos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que pudieran corresponder por la formalización y ejecución del contrato, así como de cualquier gasto que se derive por el otorgamiento de los documentos públicos en los que se formalicen las relaciones resultantes de la adjudicación, los Notariales y Registrales necesarios a dicho fin o para reflejar en los Registros correspondientes los derechos transmitidos.
No se admitirán ofertas inferiores al tipo mínimo de licitación de cada uno de los lotes objeto de este proceso.
5. PRESENTACION DE PROPOSICIONES
a) Las solicitudes podrán presentarse hasta las 12:00 horas del día 26 de enero de 2024 en las oficinas de la Sociedad sitas en el Xxxxxxx xx Xxxxxxx del Xxxxx xx xx Xxxxx xx 0 Xxxxxxx-Xxxxxxx (00000).
b) Los licitadores presentarán una oferta dividida en dos sobres A y B:
El sobre A contendrá:
La solicitud para participar en la Convocatoria, expresando su aceptación incondicional de las Cláusulas contenidas en el mismo e incluyendo la declaración responsable de que tiene capacidad para obrar y no está incurso en prohibición de contratar, conforme al modelo recogido en el Anexo I de la presente Convocatoria
Copia de los documentos que acrediten la identidad del solicitante (DNI, Pasaporte, escritura de constitución, NIF, …)
Documento que acredite el apoderamiento del representante para este acto (escrituras de poder a favor del representante o acreditación de la representación) junto con una copia del DNI del mismo.
Certificaciones positivas, tanto de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, o de la Hacienda Xxxxx que corresponda, como de la Seguridad Social en las que se contenga el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Dos certificados positivos de entidades financieras diferentes que acrediten la solvencia económica del ofertante, la existencia de una relación comercial satisfactoria y la no existencia de contingencias o reclamaciones pendientes de atender.
En caso de que el solicitante actúe como gestor de una cooperativa no constituida formalmente, deberá presentar una declaración del compromiso de constitución de la misma, conforme al Anexo II, constituyéndose el solicitante en responsable subsidiario de la cooperativa a efectos de esta convocatoria.
El sobre B contendrá la oferta económica y la forma de pago, conforme al Anexo III de la presente Convocatoria.
c) Los datos personales de las solicitudes forman parte de un fichero automatizado propiedad de ENSANCHE 21 ZABALGUNEA, S.A., notificado a la Agencia de Protección de Datos y que cuenta con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la total seguridad de los datos. Estos datos podrán ser trasladados a otros Organismos y Administraciones Públicas competentes en materia de vivienda.
6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Las ofertas se valorarán adjudicándoles la siguiente puntuación:
o Criterios de valoración objetiva, que dependen de una fórmula matemática. Hasta 200 puntos.
a. 0,50 puntos, o fracción proporcional, por cada diez mil euros de mejora sobre el tipo de la convocatoria, hasta un máximo de 150 puntos.
b. Incremento en el porcentaje a abonar en cada plazo. Hasta 25 puntos:
0,25 puntos, o fracción proporcional, por cada punto porcentual de incremento en el pago del primer plazo, previo a la firma del contrato de compraventa, hasta un máximo de 25 puntos si se abona el 100% a la formalización del contrato de compraventa.
0,20 puntos por cada punto porcentual, o fracción proporcional, de incremento en el porcentaje de pago del plazo 2, hasta un máximo de 9,50 puntos.
0,15 puntos por cada punto porcentual, o fracción proporcional, de incremento en el porcentaje de pago del plazo 3, hasta un máximo de 3,60 puntos.
0,10 puntos por cada punto porcentual, o fracción proporcional, de incremento en el porcentaje de pago del plazo 4, hasta un máximo de 2,80 puntos.
c. 0,5 puntos, o fracción proporcional, por cada semana de adelanto sobre los plazos establecidos como máximos para el abono de los diferentes plazos, hasta un máximo de 25 puntos si se abona el 100% del precio a la formalización del contrato de compraventa.
7. ADJUDICACIÓN
a) Transcurrido el plazo para la presentación de ofertas, en el plazo de 15 días hábiles, la Mesa de Contratación de la Sociedad convocará una sesión para la apertura de los sobres A de las propuestas presentadas por los concursantes y la comprobación de la documentación presentada, rechazando cualquier propuesta que incumpla las condiciones de la presente Convocatoria.
b) Tras la comprobación de la misma Mesa de Contratación realizará, en acto público, la apertura de los sobres B de las propuestas presentadas por los concursantes, procediendo a su valoración y a la emisión del informe
correspondiente.
c) A la vista del informe de la Mesa de Contratación, el Consejo de la Sociedad adjudicará la parcela a la oferta más ventajosa, sin perjuicio de su facultad de declarar desierta la convocatoria por razones de oportunidad.
d) El acuerdo de adjudicación se notificará a todos los concursantes cuyas propuestas hayan sido admitidas.
e) El adjudicatario deberá facilitar la labor inspectora de la Sociedad, aportándoles toda la información que demanden y prestándoles su colaboración con el fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones recogidas en este documento. A su vez, los Servicios Técnicos de la Sociedad están a disposición de El adjudicatario para prestarles el asesoramiento que precisen.
8. ELEVACION A ESCRITURA PUBLICA
Una vez cumplidos los requisitos exigidos en la presente convocatoria y abonada la totalidad del precio ofertado, se procederá a la elevación a documento público de la compraventa de la parcela objeto de esta convocatoria, ante el Notario que indique el adjudicatario.
Serán de cuenta del adjudicatario los tributos, tasas, exacciones y demás impuestos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que pudieran corresponder por la formalización y ejecución de la compraventa, así como de cualquier gasto que se derive por el otorgamiento de los documentos públicos en los que se formalicen las relaciones resultantes de la adjudicación, los Notariales y Registrales necesarios a dicho fin o para reflejar en los Registros correspondientes los derechos transmitidos, a excepción del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
9. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de las condiciones de esta convocatoria dará lugar a la anulación de la venta de la parcela por causa imputable al adjudicatario.
Este incumplimiento dará lugar a la resolución del contrato por causa imputable al mismo. Si las cantidades entregadas fueran inferiores al 50% del precio ofertado, el adjudicatario perderá la totalidad de las cantidades entregadas hasta ese momento. Si las cantidades abonadas superaran el 50% del precio ofertado, el exceso será devuelto al adjudicatario en el momento en que la parcela objeto de la convocatoria sea devuelta a la sociedad convocante.
La anulación de la venta causará la reversión, incluso frente a terceros, de la propiedad de la parcela. A efectos de la preceptiva notificación notarial o judicial, se fija como domicilio del adjudicatario el indicado en su oferta.
Ante esta situación, el Consejo de Administración de la Sociedad podrá optar entre declarar desierto el proceso o adjudicarlo al licitador que hubiese quedado clasificado a continuación.
10. JURISDICCION COMPETENTE
Los litigios derivados de la relación jurídica surgida de la adjudicación se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes con jurisdicción en Vitoria-Gasteiz.
11. CONSULTAS
Las dudas y consultas sobre el proceso objeto de esta Convocatoria, se atenderán por correo electrónico en x00x@xxxxxxx-xxxxxxx.xxx
PLANO 1. SITUACION
ANEXO I.
D ........................................................., con DNI ........................, en su
propio nombre y/o en representación de la empresa .....................
............................, domiciliada en ........................ con CIF ...............
manifiesta lo siguiente:
1.- Que ha examinado y conoce, las condiciones por las que se rige la Convocatoria para la enajenación de las subparcelas que componen la parcela residencial RC-11 del PERI 11 del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria-Gasteiz.
2.- Que encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación las obligaciones y compromisos que impone la Convocatoria a los concursantes y a los adjudicatarios de la misma.
3.- Que solicita participar en el proceso de adjudicación antes referido, dado que ni él mismo, ni la Sociedad que representa, ni las personas que integran sus Órganos de Gobierno se hallan incursos en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a de de 2024
Fdo.
ANEXO II.
D (representante o solicitante) con DNI , en su propio nombre y/o en representación de la empresa (solicitante) , domiciliada en con CIF manifiesta lo siguiente:
1.- Que actúa como promotor de una cooperativa de viviendas que será constituida formalmente en caso de resultar adjudicatario del lote de la Convocatoria para la enajenación de las subparcelas que componen la parcela residencial RC-11 del PERI 11 del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria-Gasteiz.
2.- Que la cooperativa a constituir se subrogará expresamente en todas las obligaciones y deberes que, como adjudicatario, sean asumidos por el solicitante.
3.- Que el solicitante se constituirá en responsable subsidiario respecto de los compromisos que la cooperativa asuma, manteniendo la fianza depositada hasta la conclusión del proceso iniciado con la Convocatoria referida anteriormente.
En Vitoria-Gasteiz, a de de 2024
Fdo.
ANEXO III.
D ........................................................., con DNI ........................, en su
propio nombre y/o en representación de la empresa .....................
............................, domiciliada en ........................ con CIF ...............
manifiesta lo siguiente:
1.- Que se compromete a adquirir el lote … de la convocatoria para la enajenación de las subparcelas que componen la parcela RC-11 del PERI 11 por la cantidad de euros ( €), más IVA.
2.- Que los plazos para el pago del precio de la parcela serán los siguientes:
Pago | % | Importe (€) | Plazo (semanas) |
Plazo 1 | 2 | ||
Plazo 2 | |||
Plazo 3 | |||
Plazo 4 | |||
Plazo 5 |
En Vitoria-Gasteiz, a de de 2024
Fdo.
LURZATI ZEDULA• CÉDULA PARCELARIA
Udalerria • Municipio Pol. • Pól. Lurzatia • Parcela Herria • Población Jaulkipen data • Fecha de emisión
VITORIA-GASTEIZ (59) | 51 | 0022 | VITORIA-GASTEIZ |
15/11/2023
Zerg. Iza.
Nat. Fisc.
UNITATEEN DATUAK • DATOS DE LAS UNIDADES GUZTIRA • TOTAL 1
ERREFERENTZIA(*)
REFERENCIA(*)
AZALERAK (m²)
SUPERFICIES (m²)
Azpi. Eraik. Unit. KD
HELBIDEA EDO AURKINTZA
Nagusia
Esp. kom.
ERABILERA EDO LABORANTZA
Sub. Edif.
Unid. DC
DIRECCIÓN O PARAJE
Principal
Común
USO O CULTIVO
S/N
CALLE XXXXXXX XXXXXX
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
XXXXX XXXXXX XX XXXXX
00 0001 0001 CT X XXXXXXXXX HERMANOS B 5.487,00 LURSAILA, ORUBEA • PARCELA, SOLAR
LURZATI KROKISA • CROQUIS PARCELA | Lurzati azalera (m²) • Superficie parcela (m²) 5.486,24 Eskala • Escala | 1:1.000 |
22 SOLAR 39 SOLAR | ||
++++ Udalerriaren muga • Límite municipio Hirigunearen muga • Límite casco urbano Lurzatiaren muga • Límite parcela |
S/X
XXXXX XXXXXXXX HERMANOS
S/N
S/N
S/N
(*) Katastroko erreferentziak honako osagai hauek ditu: udalerria, poligonoa, lurzatia, azpilurzatia, eraikina eta unitatea • La referencia se compone de municipio, polígono, parcela, subparcela, edificio y unidad
HIRI AZPILURZATIEN DATUAK
DATOS DE LAS SUBPARCELAS URBANAS
AZALERAK (m²)
SUPERFICIES (m²)
Azpi.
Sub.
Librea
Libre
Okupatuta
Ocupada
Guztira
Total
00
5.486,24
5.486,24