CONTRATO DE AFILIACIÓN Y USO DE TARJETA "JEP VISA DÉBITO"
CONTRATO DE AFILIACIÓN Y USO DE TARJETA "JEP VISA DÉBITO"
Conste por el presente documento, el contrato de Afiliación y uso de la Tarjeta "JEP VISA DEBITO" que celebran por una parte la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Juventud Ecuatoriana Progresista" Ltda., representada por quien suscribe este instrumento, en adelante la COOPERATIVA; y, por otra parte, el Señor (a/ita): XXXXXX representado por XXXXXXXXXXX, en lo sucesivo el SOCIO, contrato que se rige bajo los siguientes términos y condiciones:
1.- SOLICITUD DE TARJETA, DESCRIPCIÓN DEL PROCESO OPERATIVO Y DE APROBACIÓN. - El
SOCIO solicita expresamente a la Cooperativa de Ahorro de Crédito "Juventud Ecuatoriana Progresista” Ltda., la emisión
de la Tarjeta "JEP VISA DEBITO", misma que se emite como consecuencia de la existencia de una cuenta
de ahorros, proceso efectuado en línea y cuya operatividad depende de la disponibilidad de saldo en la cuenta a la cual se vincula la tarjeta.
2.- DEL USUARIO DE LA TARJETA (LA PRESENTE CLÁUSULA APLICA SOLO EN CASO DE QUE
ESTE SEA MENOR DE EDAD).- (i) El SOCIO, por el presente Contrato, reconoce y autoriza al uso de la Tarjeta "JEP VISA DEBITO" al antes citado menor de edad. (ii) Las partes reconocen expresamente que la Tarjeta "JEP VISA DEBITO" es propiedad de la COOPERATIVA, dispuesta para el uso exclusivo y personal de quien se encuentra identificado XXXXXXXXXXXXXX la misma, con carácter no transferible, siendo el SOCIO responsable de manera exclusiva de todas las transacciones que sean efectuadas con la Tarjeta “JEP VISA DEBITO” y que afecten
la cuenta de ahorros que a esta incumba, así también titular de las obligaciones y responsabilidades aquí expuestas.
(iii) El SOCIO es también el responsable, exclusivo, de la custodia y correcta utilización de la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”; misma que solo deberá ser usada en la forma prevista en este contrato. El SOCIO será el único responsable del cumplimiento de dicha obligación.
3.- DE LA TARJETA.- La COOPERATIVA entrega al SOCIO y éste declara recibir en sobre cerrado, una tarjeta de Débito "JEP VISA DEBITO" con microchip y magnetizada, así también, el correspondiente número PIN o clave,
de característica y uso personal e intransferible, que servirán para identificar al titular como tal. La tarjeta de Débito
"JEP VISA DEBITO" cuenta con cobertura a nivel mundial, sin embargo, en atención a las seguridades establecidas a favor de esta, el socio deberá notificar a la COOPERATIVA su requerimiento de activación de
“cobertura mundial” y los servicios propios de la misma.
4.- TARJETA ADICIONAL.- Previo requerimiento del SOCIO la COOPERATIVA podrá emitir más de una tarjeta
“JEP VISA DEBITO”, para el manejo de la cuenta principal de débito señalada para/por el SOCIO, quien será
responsable de manera exclusiva de todas las transacciones que afecten dicha cuenta. La expedición de más de una tarjeta no altera ni disminuye la responsabilidad del SOCIO.
5.- DE LAS TRANSACCIONES.- 5.1.- El SOCIO declara haber sido oportuna y debidamente informado; y, que por tanto conoce, entiende y acepta que la TARJETA “JEP VISA DEBITO”, le permitirá acceder a los diversos servicios que presta la COOPERATIVA, retiro de efectivo en cajeros automáticos de propiedad de esta última, Red
BANRED, y cajeros internacionales, compras en establecimientos comerciales, consulta de saldos, servicios de transacciones en internet o cualquier otra red informática o canales electrónicos pertenecientes a la COOPERATIVA; transacciones que serán registradas y debitadas de la cuenta oportunamente especificada por el SOCIO, transacciones u operaciones que se hallaran sujetas a: (i) a la disponibilidad de saldo en la cuenta de ahorro
señalada por el SOCIO; y, (ii) al límite respecto al monto de retiro o compras diarias, a ser establecido por la
COOPERATIVA. 5.2.- El SOCIO reconoce expresa e irrevocablemente que la clave/código de seguridad a ser fijado
y empleado por el titular es y será el equivalente a su puño y letra, por tanto expresión inequívoca de su voluntad; declarando desde ya reconocer como propia cualquier transacción realizada a través de la clave/código de seguridad a ser fijado y empleado por el titular, misma que es de uso exclusivo de este, además estrictamente personal y
confidencial, siendo su divulgación y manejo de su exclusiva responsabilidad. 5.3.- Dada la índole totalmente voluntaria de la aceptación y uso de la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”, respecto a la adquisición de bienes y servicios
a través de ella, queda entendido que la COOPERATIVA no tendrá ni asumirá responsabilidad alguna si algún comercio adherido no aceptaré la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”.
6.- CARGOS POR EL SERVICIO.- Los cargos que pudieran ser generados por la emisión, renovación, reposición y/o uso de la tarjeta, respecto a la facturación de los establecimientos en los cuales el socio realiza o efectúa un consumo, las transacciones realizadas en los cajeros de propiedad de la COOPERATIVA y/o transacciones efectuadas a través de las redes contratadas por esta última, serán debitados directamente desde la cuenta de ahorros a la cual se halla vinculada la tarjeta de débito, proceso que será efectuado en línea, de conformidad con el TARIFARIO definido por la COOPERATIVA en atención a lo determinado por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, a la fecha de celebrada la respectiva transacción, TARIFARIO Y LIMITES PARA RETIRO DE EFECTIVO POR TRANSACCIÓN que es aparejado al presente contrato y se encuentra identificado como “Anexo 1” y que por tanto forma parte del mismo. Siendo facultad de la COOPERATIVA el modificar el valor de los cargos antes enunciados y notificar al SOCIO, cargos que deberán atender al ordenamiento jurídico vigente.
7.- LÍMITES DE RETIROS.- El monto límite de retiro por transacción consta expresamente señalado en el documento identificado como “Anexo 1” de este contrato, documento que forma parte integrante del mismo, TARIFARIO Y LIMITES PARA RETIRO DE EFECTIVO POR TRANSACCIÓN, monto que podrá ser revisado previo expreso requerimiento del SOCIO, siempre en atención a las políticas de seguridad y buenas prácticas de la COOPERATIVA.
8.- IMPUESTOS.- La COOPERATIVA cargará a la cuenta de la Tarjeta todos los impuestos y contribuciones fiscales que graven las transacciones que se efectúan por intermedio de este mecanismo de pagos, solo cuando estos servicios financieros sean prestados a clientes o usuarios.
9.- PÉRDIDA, EXTRAVÍO O ROBO DE TARJETA.- Es obligación y responsabilidad del SOCIO custodiar y mantener a buen recaudo la tarjeta “JEP VISA DEBITO”. En caso de robo, sustracción o pérdida de esta, es obligación del SOCIO notificar de inmediato a la COOPERATIVA, a través de los canales establecidos para el efecto, tal acontecimiento. Una vez efectuada tal notificación, el SOCIO no será responsable de los consumos que pudieran ser efectuados con cargo a la tarjeta reportada como perdida o robada. La notificación podrá hacerse por escrito o por teléfono, de ser el caso, el mensaje magnetofónico constituirá prueba plena de dicha notificación.
10.- DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO Y CONDICIONES PARA SU RENOVACIÓN Y
TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El servicio de la TARJETA “JEP VISA DEBITO” contratado a través de este instrumento, tiene el plazo de duración de un año contados a partir de la fecha de suscripción del mismo. Este plazo, se entenderá renovado por un período igual si no mediara comunicación expresa en contrario por parte del SOCIO o la
COOPERATIVA. El presente contrato terminará de manera anticipada por: (i) mutuo acuerdo de las partes;
(ii) por decisión de cualquiera de las partes en atención al incumplimiento de las obligaciones que corresponden al presente contrato; y, (iii) el servicio propio de la TARJETA “JEP VISA DEBITO” tiene lugar como consecuencia de una cuenta de ahorros, de tal manera que al cancelarse o cerrarse dicha cuenta, el presente contrato terminará automáticamente.
11.- DE LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO: TARJETA “JEP VISA DEBITO”.- Las partes acuerdan
expresamente la facultad de la COOPERATIVA de suspender, de manera automática y unilateral, sin que medie comunicación o notificación alguna al SOCIO o exista previa declaración judicial o peor aún responsabilidad de la COOPERATIVA; y, sin derecho a indemnización alguna a favor del SOCIO, la prestación del servicio objeto de este contrato -TARJETA “JEP VISA DEBITO”-, cuando: (i) si se identificasen transacciones que a juicio de la COOPERATIVA son inusuales o no corresponden al perfil transaccional del SOCIO; (ii) si existiese notificación de autoridad competente la cual disponga el bloqueo o retención de valores de propiedad del SOCIO; (iii) si a juicio de la COOPERATIVA existiese riesgo de fraude en contra del SOCIO. Constituyen sustento pleno de la suspensión
del servicio las estrategias, sistemas o alertas de monitoreo que mantenga o en el futuro incorpore la
COOPERATIVA.
12.- REPOSICION DE LA TARJETA (PLASTICO).- La COOPERATIVA procederá a la reposición de la tarjeta “JEP VISA DEBITO”, en circulación, ya sea por: (i) por extravío, robo, pérdida o sustracción de la tarjeta;
(ii) por el deterioro del microchip o banda magnética; (iii) por la incorporación de nuevas seguridades y/o tecnologías. En todos los casos enunciados anteriormente, el costo de reposición será pagado por el SOCIO.
13.- RENOVACION DE LA TARJETA (PLASTICO).- La COOPERATIVA procederá a la renovación de la tarjeta “JEP VISA DEBITO”, por haberse cumplido el tiempo de expiración de la misma; el costo de renovación será pagado por el SOCIO.
14.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.- El SOCIO se obliga: (i) registrar en la solicitud del servicio, documento
el cual forma parte integrante de este contrato, toda aquella información que fuese requerida por la COOPERATIVA, incluso el número de cuenta que desee operar mediante este servicio; (ii) mantener siempre actualizada toda aquella información que le fuera requerida por la COOPERATIVA; (iii) cumplir con este contrato
debiendo observar y practicar en forma correcta, las reglas de seguridad, instrucciones y más reglamentos de operación de los servicios de la tarjeta “JEP VISA DEBITO”, (iv) custodiar la tarjeta “JEP VISA DEBITO”, y no
revelar el PIN o clave personal entregada por la COOPERATIVA. El SOCIO es el único responsable por la utilización o uso indebido de los equipos, la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”, PIN o clave de la tarjeta; (v) notificar de forma
inmediata, la pérdida o sustracción, robo o extravío de la tarjeta “JEP VISA DEBITO". La solicitud de bloqueo de la “JEP VISA DEBITO”, podrá ser efectuado a través del Call Center 00-0000000, así como por cualquiera de los medios o canales que la COOPERATIVA hubiera dispuesto para este efecto. La COOPERATIVA se obliga: (i) a prestar
el servicio objeto del presente contrato de conformidad con los términos y condiciones del mismo; (ii) efectuar el inmediato bloqueo de la tarjeta una vez que el SOCIO notifique la pérdida, extravió y/o robo de la tarjeta; (iv) abstenerse de efectuar cargos a la tarjeta después de haber sido notificada con la pérdida, extravió y/o robo de la misma; y (v) las demás que emanen de este contrato.
15.- DE LA CANCELACIÓN DE LA TARJETA.- Constituye facultad del SOCIO requerir en cualquier momento la cancelación de la prestación del servicio de la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”, para el efecto será necesario: (i) la presentación del respectivo documento de identidad del SOCIO; y, (ii) que no existan valores u obligaciones pendientes de pago a favor de la COOPERATIVA, en atención a la prestación del servicio de la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”.
16.- DE LA TERMINACION DEL CONTRATO DE AFILIACION Y USO DE LA TARJETA “JEP VISA
DEBITO”.- Las partes acuerdan expresamente la facultad de la COOPERATIVA de terminar de manera automática y unilateral, sin que medie comunicación o notificación alguna al SOCIO o exista previa declaración judicial o peor aún responsabilidad de la COOPERATIVA; y, sin derecho a indemnización alguna a favor del SOCIO, el presente contrato: (i) por el fallecimiento del SOCIO; (ii) por falta de cumplimiento del SOCIO o USUARIO de cualquiera de las obligaciones que asume en este Contrato; (iii) por el cierre de la cuenta de ahorros que el SOCIO mantenga en la Institución; (iv) por quiebra, disolución; o, liquidación del SOCIO (persona jurídica);
(v) por las demás causas establecidas por la Ley.
17.- ACEPTACION EXPRESA.- Para cualquier efecto legal, si el SOCIO no manifiesta su inconformidad con los movimientos registrados en contra de la cuenta de ahorros vinculada a la tarjeta dentro del plazo de quince días, si se tratase de un consumo en el territorio nacional, y hasta noventa días frente a consumos realizados en el
exterior, a partir de dicho registro, se entiende que este acepta como correctas las sumas que se indiquen en los registros de la COOPERATIVA referentes a las transacciones generadas por la utilización de la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”. Siendo responsable por los costos o gastos que obedezcan a su calidad de tarjetahabiente de la COOPERATIVA o aquellos en los que este o la COOPERATIVA incurra por efecto de las transacciones efectuadas con la Tarjeta “JEP VISA DEBITO”. De ser el caso, la presentación de cualquier reclamo por parte del
SOCIO requerirá de la indicación de la cantidad que disputa, del concepto por el cual fue cargado el valor disputado, el nombre del establecimiento cuestionado, aquel en el cual se realizó el consumo o adquisición de bienes o servicios, la fecha de la transacción según esté registrada, el número de su cuenta de tarjeta de débito, sus números de teléfono, dirección domiciliaria y/o de correo electrónico y demás datos necesarios para ser contactado por la COOPERATIVA. Una vez presentado el respectivo reclamo, la COOPERATIVA solicitará los respaldos correspondientes. La COOPERATIVA tramitará el contracargo respectivo; solo luego de efectivizado el correspondiente contracargo, procesará en la cuenta del TARJETAHABIENTE el crédito que corresponda.
18.- DOMICILIO Y COMPETENCIA.- En todo lo que no estuviera previsto en el presente contrato, las partes se someten a las disposiciones legales que fueren aplicables. Para el caso de controversia (s) originada(s) en la
ejecución de este instrumento que no se solucione(n) de mutuo acuerdo, las partes se someten a los jueces competentes de esta ciudad.
Conforme las partes en su integridad, suscriben este contrato, en el/la Ciudad/Xxxxxx xx Xxxxxx, Provincia de/del Azuay.
POR Y EN NOMBRE DE LA COOPERATIVA: SOCIO:
CONTRATO DE AFILIACIÓN Y USO DE TARJETA "JEP VISA DÉBITO"
ANEXO 1
TARIFARIO Y LIMITES PARA RETIRO DE EFECTIVO POR TRANSACCIÓN
1. TRANSACCIONES BASICAS (POR SU NATURALEZA NO TIENEN COSTO)
SERVICIOS
APLICA PARA
TARIFA
IVA
TOTAL
Retiros de dinero
Retiro de dinero en cajero automático propio, socios de la entidad
0.00
0.00
0.00
Bloqueo, anulación o Bloqueo, anulación o cancelación de tarjeta de débito y/o pago cancelación
0.00
0.00
0.00
Servicios de Reposición
Reposición de tarjeta de débito por migración, actualización o por fallas en la banda lectora o chip
0.00
0.00
0.00
2. SERVICIO CON TARIFA MAXIMA
SERVICIOS APLICA PARA TARIFA IVA TOTAL
Servicios de emisión, renovación y reposición de tarjeta
Emisión de plásticos tarjetas de debito con banda o chip Renovación de plásticos de tarjeta de débito con chip
$4.37
$4.37
$0.52
$0.52
$4.89
$4.89
Renovación anual de tarjeta de débito con banda lectora o chip
$1.57
$0.19
$1.76
Reposición de tarjeta de débito por pérdida, robo o deterioro físico con excepción xx xxxxxx en banda lectora o chip
$4.37
$0.52
$4.89
Servicio de retiros
Retiro cajero automático socios de la propia entidad en cajero de la otra entidad
$0.45
$0.05
$0.50
Servicio de consultas
Consulta impresa de saldos por cajero automático socios de la propia entidad en cajero de la entidad
Consultas en el exterior en cajeros automáticos
$0.27
$0.89
$0.03
$0.11
$0.30
$1.00
Servicio de consumosConsumo en gasolineras con tarjeta de crédito, débito y prepago nacionales
$0.20
$0.02
$0.22
Servicio de consumo exterior
Cargos a clientes por consumos en el exterior efectuados con tarjetas de débito por montos mayores a USD 100.00
$1.70
$0.20
$1.90
Servicios de retiros en el exterior
Retiro de efectivo en el exterior en cajeros automáticos
$4.46
$0.54
$5.00
3. LIMITES DE RETIRO POR TRANSACCIÓN
Tipo de transacción Límite diario*
Retiro cajero automático
$600 (Hasta 99 transacciones)
Consumos (POS e Internet)
$1500 (Hasta 99 transacciones)
* Para consumos en el exterior aplica el 3.50% del Impuesto Salida de Divisas conforme la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador
* Cambios al límite diario podrá ser requerido por el SOCIO en cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.
De manera expresa declaro haber sido informado y que por tanto que conozco y entiendo de los costos y/o los cargos que corresponden por los servicios financieros y no financieros propios de la Tarjeta de Débito por mi contratada, así como el límite de retiro por transacción, a ser prestados por la COOPERATIVA en atención a las cláusulas y estipulaciones del CONTRATO DE AFILIACION Y USO DE TARJETA “JEP VISA DEBITO” al cual corresponde el presente ANEXO. Así también expresamente declaro que conozco y
Entiendo de la facultad que asiste a la COOPERATIVA, respecto a establecer o fijar cargos en razón de los servicios a ser prestados observando para el efecto los cargos máximos aplicados fijados por autoridad competente.
En el/la ciudad/cantón Cuenca, a los xx días del mes de xxxx del año xxxx.
POR LA COOPERATIVA: TARJETAHABIENTE