Contract
CONTRATO CEPSAR-CCV-001/2020
CONTRATO DE COMPRA VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “EL CENTRO” REPRESENTADO POR EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL Y POR L A OTRA PARTE, L A EMPRESA EXCALIBUR PL ASTICS MEX, S. A. DE C.V. POR CONDUCTO DE SU ADMINISTRADOR UNICO Y REPRESENTANTE LEGAL EL C. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “ EL PROVEEDOR”, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECL ARACIONES Y CLÁUSUL AS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- “EL CENTRO” A TRAVES DE SU COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS; CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ Y LOS ARTÍCULOS 22 FRACCIÓN I, 23, 24 , 27, 28, 30, 31, 32,33, 34, 35, 37 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, PROCEDIÓ A LLEVAR A CABO LA LICITACIÓN PÚBLICA CEPSAR-LP-09/2019, PARA LA ADQUISICION DE FIBRA XX XXXX 2020 DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN QUE SE SEÑALA EN EL ANEXO UNO.
SEGUNDO.- CON FECHA 03 DE ENERO DE 2020, TUVO LUGAR EL FALLO ECONOMICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA CEPSAR- LP-09/2019, POR LO QUE DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN LOS ARTICULOS 22 FRACCIÓN I, 34, 35, 36, 37 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI LE FUERON ADJUDICADAS LAS PARTIDAS 105,880 PIEZAS DE LA PARTIDA 01 y 46,000 PIEZAS DE LA PARTIDA 02, PARA LA ADQUISICIÓN DE FIBRA XX XXXX 2020 A “EL PROVEEDOR”, DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN QUE SE SEÑALA EN EL ANEXO UNO. MISMA QUE EN LO SUCESIVO SERÁ REFERIDA COMO “LA FIBRA XX XXXX”, LO ANTERIOR, EN VIRTUD DE QUE “EL PROVEEDOR” OFRECIÓ A “EL CENTRO” LAS MEJORES CONDICIONES EN SU PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA Y EN VIRTUD DE GARANTIZAR A “EL CENTRO” EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS.
TERCERO.- “EL CENTRO” REQUIERE ADQUIRÍR “LA FIBRA XX XXXX” PARA EL CICLO AGRÍCOLA 2020-2021, CONFORME A LAS CLÁUSULAS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, MEDIANTE EL CUAL SE GARANTIZAN LAS MEJORES CONDICIONES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, OPORTUNIDAD Y FINANCIAMIENTO PARA “EL CENTRO”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ, 22 FRACCIÓN I, 35 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
CON BASE EN LO ANTERIOR MANIFIESTAN LAS PARTES LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA “EL CENTRO” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
I.1. QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, LO QUE ACREDITA CON EL PRIMER TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 42,096 CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA Y SEIS, LIBRO 1,402 MIL CUATROCIENTOS DOS, DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXX DE 2009 DOS MIL NUEVE, BAJO EL PROTOCOLO DEL LICENCIADO XXXXXXXX XXXX XXXXXX, EN EJERCICIO EN EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, ADSCRITO A LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 15 QUINCE, CUYO PRIMER TESTIMONIO SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, BAJO EL FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO NÚMERO 26,257 VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DE FECHA 21 VEINTIUNO XX XXXX DE 2009 DOS MIL NUEVE.
I.2. QUE SE ENCUENTRA REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXXX, QUIEN ESTÁ FACULTADO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SEGÚN SE DESPRENDE DEL INSTRUMENTO NÚMERO 54,025, DEL LIBRO 1,664 DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016 DEL PROTOCOLO DEL LICENCIADO XXXXXXXX XXXX XXXXXX NOTARIO PÚBLICO EN EJERCICIO EN EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL
ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, ADSCRITO A LA NOTARIA PUBLICA NÚMERO 15, EN LA QUE SE CONTIENE EL ACTA DE LA PRIMERA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FECHA 29 DE ENERO DE 2016, EN LA CUAL FUE NOMBRADO DIRECTOR GENERAL OTORGÁNDOSELE EN ÉSTA, TODAS LAS FACULTADES Y PODERES QUE CONTEMPLA LA CLÁUSULA TRIGÉSIMA QUINTA DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD Y QUE DICHAS FACULTADES Y PODERES, NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI XXXXXXXXXXX EN FORMA ALGUNA.
I.3. QUE CUENTA CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO CPS-090521-7V6.
I.4. QUE SU DOMICILIO FISCAL ES EL UBICADO EN EL KM. 3, CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P.
I.5. QUE PARA EFECTOS DE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, SEÑALA INDISTINTAMENTE EL DOMICILIO UBICADO EN KM. 3 CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P. Y/O EL UBICADO EN CARRETERA SAN XXXX POTOSÍ - MATEHUALA KM.8.5 EX HACIENDA SANTA XXX KM.1.5, EDIFICIO G, XXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXX, S.L.P.
I.6. QUE CUENTA CON RECURSOS DISPONIBLES PARA OBLIGARSE MEDIANTE EL PRESENTE CONTRATO, PROVENIENTES DE INGRESOS PROPIOS.
II.1. QUE ACREDITA LA LEGAL EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MEDIANTE ACTA NÚMERO 2107 DOS MIL CIENTO SIETE, DE FECHA 16 DIECISEIS XX XXXXX DE 2014 DOS MIL CATORCE, PASADA ANTE LA FE DEL C. LICENCIADO XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, CORREDOR PUBLICO NÚMERO 4 CUATRO, CON EJERCICIO EN LA CIUDAD DE QUERETARO QRO. INSTRUMENTO INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA MISMA, BAJO LA INSCRIPCIÓN 46,497 CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE, CON FECHA 13 XXXXX XX XXXX DEL AÑO 2014 DOS MIL CATORCE. ANEXO DOS
II.2. QUE ACREDITA LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTA, CON LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 2777 DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE, DE FECHA 21 VEINTIUNO DE OCTUBRE DE 2015 DOS MIL QUINCE, PASADA ANTE LA FE DEL C. LICENCIADO XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, CORREDOR PUBLICO NÚMERO 4 CUATRO, CON EJERCICIO EN LA CIUDAD DE QUERETARO QRO., INSTRUMENTO INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA MISMA, BAJO LA INSCRIPCIÓN 43497 CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE, CON FECHA 22 VEINTIDOS DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE, Y MANIFIESTA QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO LIMITADAS, MODIFICADAS O REVOCADAS LAS FACULTADES QUE LE FUERON CONFERIDAS EN LA ESCRITURA CITADA. ANEXO TRES
II.3. QUE A SU REPRESENTADA LE FUE ASIGNADA COMO CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.) EL NÚMERO EPM 140416 9A2. ANEXO CUATRO
II.4. QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD PARA LA ENTREGA DE “LA FIBRA XX XXXX” DE ACUERDO CON SU PROPUESTA QUE PRESENTÓ AL “CENTRO”, A SATISFACCIÓN DE ÉSTE, Y QUE NI ÉL, NI SU REPRESENTADA SE ENCUENTRAN EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
II.5. QUE TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN CALLE CARRETERA MEXICO QUERETARO KM. 188.5, LOCALIDAD CALAMANDA C.P. 76247 EN EL MUNICIPIO DE EL XXXXXXX, QUERETARO, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.
II.6. QUE CONOCE Y ACEPTA EL CONTENIDO Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ Y DEMÁS NORMATIVIDAD ESTATAL APLICABLE, PARA LA ENTREGA DE “LA FIBRA XX XXXX”, ASÍ COMO CON LA CAPACIDAD PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO.
EXPUESTO LO ANTERIOR LAS PARTES SUJETAN SU COMPROMISO A LA FORMA Y TÉRMINOS QUE SE ESTABLECEN EN LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. - OBJETO:
“EL PROVEEDOR” VENDE Y “EL CENTRO” SE COMPROMETE A ADQUIRIR POR LO MENOS EL 40% DE LA TOTALIDAD DE “LA FIBRA XX XXXX” MEZCLA DE 90% (CHEAP Y FIBRA) Y 10% DE POLVO DIMENCIONES DE 12X15X100 CM (18 LITROS), ESPECIFICACIONES: CON BOLSA DE PLASTICO PELD (CON POLIETILENO DE BAJA DENSIDAD) CON PROTECCION UV MINIMO 12 MESES; COLOR BLANCO POR FUERA Y NEGRO POR DENTRO. TAMAÑO DE LA TABLA: 100 CM DE LARGO X 15 CM ANCHO X 12 CM DE ALTO POR DENTRO, CUYA DESCRIPCIÓN, CANTIDAD, CARACTERISTICAS Y DISEÑO DE TABLA SE ENCUENTRAN CONTENIDAS EN EL ANEXO UNO DEL PRESENTE CONTRATO, PARA LO CUAL “EL CENTRO” HA ACEPTADO UNA OFERTA CON UN PRECIO TOTAL DE $ 267,308.80 USD (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHO DOLARES AMERICANOS 80/100 USD.) CON EL IMPUESTO AL VALOR A TASA DEL 0%. ASÍ TAMBIÉN, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGARA A “EL CENTRO” LA DOCUMENTACIÓN REGULATORIA QUE CORRESPONDA.
EL MONTO TOTAL SEÑALADO SERVIRÁ DE BASE PARA LA GARANTÍA QUE SE COMPROMETE A PRESENTAR “EL PROVEEDOR” CONFORME LO ESTABLECIDO POR LA CLÁUSULA OCTAVA.
EL PRECIO SERÁ FIJO HASTA LA ENTREGA TOTAL DE “LA FIBRA XX XXXX” EN LAS INSTALACIONES DE “EL CENTRO”, UBICADA EN CARRETERA KM. 3 CAMINO A SANTA XXXX SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, EN RIOVERDE, SAN XXXX POTOSÍ, Y EN LA SUCURSAL XXXXX XX XXXXXX DEL CENTRO DE PRODUCCIÒIN SANTA XXXX, S.A. DE C.V. UBICADA EN CARRETERA XXXXX XX XXXXXX – XXXXXXXXX KILOMETRO 8, XXXXX XX XXXXXX, S.L.P. EN EL ENTENDIDO DE QUE INCLUYE EL COSTO DE: IMPUESTOS, SEGUROS, FLETES, MANIOBRAS, GASTOS DE IMPORTACIÓN, OPERACIÓN Y UTILIDADES, POR LO QUE EN LO FUTURO NO SE PODRÁ ALEGAR INCREMENTO EN EL MISMO, SALVO QUE CON POSTERIORIDAD A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SE PRESENTEN CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DE TIPO GENERAL, COMO RESULTADO DE SITUACIONES SUPERVENIENTES AJENAS A LA RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES, QUE PROVOQUEN DIRECTAMENTE UN AUMENTO O REDUCCIÓN EN EL PRECIO DE “LA FIBRA XX XXXX” AÚN NO ENTREGADOS O AÚN NO PAGADOS, LAS QUE DEBERÁN SER DEBIDAMENTE COMPROBADAS.
SEGUNDA.- FACTURACIÓN:
“LA FIBRA XX XXXX” SERÁ FACTURADA BAJO LOS SIGUIENTES DATOS:
A) NOMBRE: “CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S.A. DE C.V.”,
B) DOMICILIO FISCAL: KM. 3 CAMINO SANTA XXXX – SAN XXXXXXX, EJIDO SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P.,
C) REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE: CPS–090521-7V6.
TERCERA.- FORMA DE PAGO:
EL PAGO SE REALIZARÁ EN PESOS MEXICANOS MEDIANTE TRANFERENCIA ELECTRÓNICA A LA CUENTA QUE PARA TAL EFECTO INDIQUE “EL PROVEEDOR” AL TIPO DE CAMBIO DEL DIA INMEDIATO ANTERIOR, SERÁ DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A CADA ENTREGA DE “LA FIBRA XX XXXX” Y CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DE LA FACTURA ORIGINAL, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN CASO DE SER DÍA INHÁBIL PASARÁ AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
CUARTA.- LUGAR Y FECHA DE ENTREGA:
LA ENTREGA DE “LA FIBRA XX XXXX” 105,880 PIEZAS DE LA PARTIDA 01 DEBERAN ENTREGARSE EN LA MATRIZ DEL CENTRO DE PRODUCCIÒN SANTA XXXX, S.A. DE C.V. UBICADA EN KILOMETRO 3 CAMINO A SANTA XXXX- SAN XXXXXXX EN RIOVERDE,
S.L.P. A MAS TARDAR EL DÍA 01 XX XXXXX DE 2020 Y 46,000 PIEZAS DE LA PARTIDA 02 DEBERA ENTREGARSE EN LA SUCURSAL XXXXX XX XXXXXX DEL CENTRO DE PRODUCCIÒIN SANTA XXXX, S.A. DE C.V. UBICADA EN CARRETERA XXXXX XX XXXXXX –
XXXXXXXXX KILOMETRO 8, XXXXX XX XXXXXX, S.L.P. A MAS TARDAR EL DÍA 09 XX XXXXX DE 2020 Y DEBERÁ SER DENTRO DE LOS ULTIMOS CINCO DIAS HÁBILES DE CADA MES DE QUE SE TRATE DE ACUERDO A LA PROGRAMACIÓN SEÑALADA EN EL ANEXO CINCO O BIEN, DE ACUERDO A LOS REQUERIMIENTOS DE “EL CENTRO”; Y CORRERÁ POR CUENTA DE “EL PROVEEDOR” EL TIPO DE TRANSPORTE QUE SE UTILICE, MISMO QUE SERÁ SELECCIONADO POR EL MISMO, RESPONSABILIZÁNDOSE DE QUE “LOS INSUMOS” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE ENTREGUE EN BUEN ESTADO, EN EL TIEMPO Y FORMA SEÑALADOS.
EN CASO DE QUE “EL CENTRO” REQUIERA DE MAYOR CANTIDAD DE LA ESTABLECIDA DE “LA FIBRA XX XXXX”, PODRÁ, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y BAJO SU RESPONSABILIDAD, ACORDAR EL INCREMENTO EN LAS CANTIDADES A ADQUIRIR, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE, EN CONJUNTO, EL 20% VEINTE POR CIENTO DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ORIGINALES, Y “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A MANTENER EL MISMO PRECIO, HASTA DICHO PORCENTAJE DE EXCEDENTE, PARA EL PRESENTE CASO DEBERÁ CELEBRARSE CONVENIO ADICIONAL ENTRE LAS PARTES, MOTIVANDO Y FUNDAMENTANDO LAS CAUSAS QUE ORIGINARON EL INCREMENTO EN EL MONTO O CANTIDADES.
PARA EL CASO DE QUE SE ENCUENTREN DEFICIENCIAS EN LA CALIDAD, MEDIDAS, MEZCLA DE FIBRA, Y EN LO GENERAL EN LA DESCRIPCIÓN, PRESENTACIÓN, DISEÑO DE TABLA O ALGUNA OTRA CIRCUNSTANCIA EN “LA FIBRA XX XXXX” QUE, A CONSIDERACIÓN DE “EL CENTRO” REDUZCA LA UTILIDAD DE LA MISMA, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REALIZAR LOS CAMBIOS PERTINENTES, ASIMISMO A PAGAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERE LLEGAR A OCASIONAR ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS INDICADAS, PARA ELLO, A LA RECEPCIÓN DE “LA FIBRA XX XXXX”, SE PROCURARÁ EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, REVISAR QUE ESTA SE ENCUENTREN EN PERFECTO ESTADO. NO OBSTANTE QUE EN CASO DE NO CONTAR CON LOS MISMOS, “EL CENTRO” PODRÁ SOLICITARLOS A DIVERSO PROVEEDOR, SIEMPRE Y CUANDO EL PRECIO DE ÉSTE ÚLTIMO NO REBASE EN UN 10% DEL PRECIO CONTRATADO Y SE APLICARÁN A “EL PROVEEDOR” LAS PENAS SEÑALADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
“EL CENTRO” PODRÁ HACER DEVOLUCIONES DE “LA FIBRA XX XXXX” DURANTE EL LAPSO QUE AMPARA LA GARANTÍA, CUANDO SE COMPRUEBE QUE PRESENTAN IMPUREZAS O DIFERENCIAS EN SU DESCRIPCIÓN, CARCATERRITICAS, DISEÑO DE TABLA, MARCA, MEDIDA, CALIDAD O PRESENTACION FÍSICA; EN TALES CIRCUNSTANCIAS “EL PROVEEDOR” REPONDRÁ EL 100% DE “LA FIBRA XX XXXX” DEVUELTA, EN CASO CONTRARIO SE LE HARÁN EFECTIVAS LAS PENAS CONTEMPLADAS EN EL PRESENTE CONTRATO, LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE, ASÍ COMO DECRETARSE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, CON EL SOLO AVISO POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”.
QUINTA.- PENA CONVENCIONAL POR DEMORA EN LA ENTREGA:
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” SE RETRASE EN LA ENTREGA DE “LA FIBRA XX XXXX” POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL MISMO, SE LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL DEL 0.5% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO NO ENTREGADO EN TIEMPO, POR CADA DÍA QUE ESTE SE RETRASE, SANCIÓN QUE PODRÁ SER APLICADA HASTA EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO. LO ANTERIOR, NO OBSTANTE QUE EFECTÚE ENTREGAS PARCIALES.
“EL CENTRO”, ADEMÁS DE APLICAR LA PENA CONVENCIONAL A QUE SE HACE REFERENCIA, PODRÁ TAMBIÉN RESCINDIR SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL MISMO, EL PRESENTE CONTRATO, DESDE EL PRIMER RETRASO Y ADJUDICAR INMEDIATAMENTE A DIVERSO PROVEEDOR, SIEMPRE Y CUANDO EL PRECIO DE ÉSTE ÚLTIMO NO EXCEDA UN 10% DEL PRECIO AQUÍ CONTRATADO.
SEXTA.- VIGENCIA:
LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO ES DE DOCE MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL MISMO Y HASTA LA ENTREGA TOTAL DE “LA FIBRA XX XXXX” OBJETO DE ESTE CONTRATO, SALVO LO DISPUESTO EN LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
SÉPTIMA- CAUSALES DE RESCISIÓN:
"EL PROVEEDOR" ACEPTA EXPRESAMENTE QUE “EL CENTRO” PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, EN CUALQUIER TIEMPO Y SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL MISMO, Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, CON EL SOLO
CONTRATO CEPSAR-CCV-001/2020
REQUISITO DE NOTIFICAR SU DECISIÓN POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”, EN LOS SIGUIENTES CASOS QUE SE CITAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA:
• SI "EL PROVEEDOR" NO ENTREGA “LA FIBRA XX XXXX” OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONFORME A LOS PLAZOS, TÉRMINOS, CONDICIONES, DESCRIPCIÓN, CARACTERISTICAS, DISEÑO DE TABLA Y PRESENTACIONES ESTABLECIDAS EN EL MISMO.
• QUE "EL PROVEEDOR" CEDA, TRASPASE O POR CUALQUIER TÍTULO ENAJENE EL PRESENTE CONTRATO EN TODO O EN PARTE.
• POR EL INCUMPLIMIENTO DE “EL PROVEEDOR” CON CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
• ASÍ COMO TODAS AQUELLAS QUE EMANEN DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y QUE RESULTEN APLICABLES AL MISMO.
OCTAVA- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.-
PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EN ESTE CONTRATO ASUME “EL PROVEEDOR", SE COMPROMETE A OTORGAR A FAVOR DE “EL CENTRO”, PÓLIZA DE FIANZA EXPEDIDA POR COMPAÑÍA LEGALMENTE AUTORIZADA PARA ELLO, A MÁS TARDAR DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR A 10 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, POR UN IMPORTE CORRESPONDIENTE AL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, ES DECIR, POR UN MONTO DE $ 80,192.64 USD. (OCHENTA MIL CIENTO NOVENTA Y DOS DOLARES AMERICANOS 64/100 USD.).
LA PÓLIZA SÓLO SE CANCELARÁ MEDIANTE ESCRITO POR PARTE DE “EL CENTRO” A PETICIÓN DE IGUAL FORMA POR ESCRITO DE “EL PROVEEDOR”, UNA VEZ TRANSCURRIDOS AL MENOS DOS MESES DE QUE SE HAYA ENTREGADO LA TOTALIDAD DE “LA FIBRADE COCO” CONFORME LO AQUÍ ESTABLECIDO.
NOVENA.- DE LA CALIDAD Y PRESENTACIÓN:
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA CON ESTE CONTRATO A ENTREGAR “LA FIBRA XX XXXX” CON LA DESCRIPCIÓN, MARCA, CALIDAD, CARACTERISTICAS, DISEÑO DE TABLA Y PRESENTACIONES REQUERIDAS POR “EL CENTRO” Y OFERTADAS POR EL PROPIO “PROVEEDOR”, GARANTIZANDO EL CAMBIO TOTAL O PARCIAL EN VIRTUD DE CUALQUIER IMPUREZA Y/O VICIO OCULTO O DIVERSA PRESENTACIÓN FÍSICA O MARCA, POR UN PLAZO DE POR LO MENOS 12 MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU RECEPCIÓN, COMPROMETIÉNDOSE A QUE DICHO CAMBIO SEA POR “LA FIBRA XX XXXX” DE LA CALIDAD, ESPECIFICACIONES, MARCA, MEDIDAS, CARACTERISTICAS, DISEÑO DE TABLA Y PRESENTACIÓN SOLICITADA Y OFERTADA.
ASIMISMO, “EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE “LA FIBRA XX XXXX” QUE HA DE ENTREGAR A “EL CENTRO”, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO Y QUE SE ENCUENTRE CONTEMPLADA POR LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
DÉCIMA.- CESIÓN DE DERECHOS:
“EL PROVEEDOR” NO PODRÁ CEDER O TRASPASAR EN FORMA TOTAL O PARCIAL, A TERCERAS PERSONAS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO DEBERÁ CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO POR PARTE DE “EL CENTRO”.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD:
LAS PARTES ESTÁN CONFORMES EN QUE LA INFORMACIÓN QUE SE DERIVE DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, TENDRÁ PARA “EL PROVEEDOR” EL CARÁCTER DE CONFIDENCIAL, POR LO QUE SE COMPROMETE A NO PROPORCIONARLA A TERCEROS, INCLUSIVE DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE ESTE CONTRATO, ASÍ COMO CONTAR CON LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD QUE PROTEJAN LA INFORMACIÓN.
DÉCIMA SEGUNDA.- NEGOCIACIONES:
EL PRESENTE CONTRATO CONSTITUYE EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL MISMO Y DEJA SIN EFECTO CUALQUIER OTRA NEGOCIACIÓN O COMUNICACIÓN ENTRE ÉSTAS, YA SEA ORAL O ESCRITA, REALIZADA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA TERCERA.- RESPONSABILIDAD:
NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE POR FALTA, INCAPACIDAD O DEMORA EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, SI DICHA FALTA, INCAPACIDAD O DEMORA SE DEBE A CAUSAS DE FUERZA MAYOR, YA SEA POR GUERRA, HUELGA, INCENDIOS, EXPLOSIÓN, LEY, DECRETO O REGLAMENTO GUBERNAMENTAL O A CUALQUIER OTRA CAUSA O CASO FORTUITO, FUERA DEL CONTROL DE LAS PARTES; CIRCUNSTANCIAS QUE DEBEN SER DEMOSTRABLES.
DÉCIMA CUARTA.- NOTIFICACIONES:
TODA NOTIFICACIÓN O AVISO QUE DEBAN DARSE LAS PARTES EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO, SERÁN REALIZADAS POR ESCRITO Y PRESENTADAS EN LOS DOMICILIOS ASENTADOS DE CADA UNA DE ELLAS, DENTRO DEL CAPÍTULO DE DECLARACIONES DE ESTE INSTRUMENTO, Y SURTIRÁN SUS EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SEAN NOTIFICADOS, EN LA INTELIGENCIA DE QUE LA PARTE QUE RECIBA LA NOTIFICACIÓN, DEBERÁ DAR CONSTANCIA DE RECIBIDO EN UNA COPIA DE DICHO ESCRITO PARA LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN XXXX POTOSÍ, SALVO PACTO EN CONTRARIO QUE CONSTE POR ESCRITO.
TODO CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PARTES, DEBERÁ COMUNICARSE A LA OTRA, DE LO CONTRARIO LAS NOTIFICACIONES SE ENTENDERÁN EN EL DOMICILIO REGISTRADO PARA TAL EFECTO.
DÉCIMA QUINTA.- INTERPRETACIÓN:
PARA TODO LO RELATIVO A LA INTERPRETACIÓN, EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN AL FUERO DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, CON RENUNCIA EXPRESA DE CUALQUIER OTRO, POR EL DOMICILIO PRESENTE O FUTURO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES.
L E Í D O, QUE FUE EL PRESENTE, ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN Y AL NO EXISTIR DOLO, MALA FE, LESIÓN O CUALQUIER OTRO VICIO QUE PUDIERA TRAER CONSIGO LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL, LO RATIFICAN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES Y LO FIRMAN DE CONFORMIDAD AL MÁRGEN Y AL CALCE POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE SAN XXXX POTOSÍ, S.L.P., A LOS 08 DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2020.
“ EL CENTRO” ING. XXXX X XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V. | “ EL PROVEEDOR” C. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL EXCALIBUR PL AST ICS MEX, S . A. DE C.V. |
TESTIGO: C. P. XXXXX XXX XXXX XXXXXX DIRECTOR ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V. | TESTIGO: C. P. XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX GERENTE DE COMPRAS DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V. |
ÁREA JURÍDICA:
L IC. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
ASESOR JURÍDICO DEL
CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V.
ANEXO UNO DESCRIPCIÓN DE “LA FIBRA XX XXXX”
SANTA XXXX, RIOVERDE, S.L.P. A 08 DE ENERO DE 2020.
PARTIDA | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | EXCALIBUR PLASTIC MEX S.A DE C.V. | |
PRECIO UNITARIO USD | TOTAL EN USD | ||||
1 | FIBRA XX XXXX. MEZCLA DE 90% (CHEAP Y FIBRA) Y 10% DE POLVO DIMENCIONES DE 12X15X100 CM (18 LITROS), CON BOLSA DE PLASTICO PELD (CON POLIETILENO DE BAJA DENSIDAD) CON PROTECCION UV MINIMO 12 MESES; COLOR BLANCO POR FUERA Y NEGRO POR DENTRO. | PIEZA | 105,880 | $ 1.76 | $ 186,348.80 |
2 | FIBRA XX XXXX. MEZCLA DE 90% (CHEAP Y FIBRA) Y 10% DE POLVO DIMENCIONES DE 12X15X100 CM (18 LITROS) ESPECIFICACIONES: CON BOLSA DE PLÁSTICO PELD (CON POLIETILENO DE BAJA DENSIDAD)CON PROTECCION UV MINIMO 12 MESES; COLOR BLANCO POR FUERA Y NEGRO POR DENTRO. | PIEZA | 46,000 | $ 1.76 | $ 80,960.00 |
IMPORTE | $ 267,308.80 | ||||
IVA | $ - | ||||
TOTAL | $ 267,308.80 |
“ EL CENTRO” ING. XXXX X XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN SANTA XXXX, S . A. DE C.V. | “ EL PROVEEDOR” C. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL EXCALIBUR PL AST ICS MEX, S . A. DE C.V. |