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“Donar órganos es salvar vidas”-“El Río Atuel también es pampeano”-“NO al Portezuelo en xxxxx xx Xxxxxxx”
EXPEDIENTE: 6893/24 LICITACION PÚBLICA N° 76/24 FECHA DE APERTURA: 22/08/2024 10:00 hs. LUGAR DE APERTURA: Dirección General de Compras y Contrataciones – Centro Cívico, tercer piso, Santa Xxxx – La Pampa | |
Planilla de Cotización | |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: | |
PROVEEDOR INSCRIPTO Nº | PROVEEDOR INVITADO |
DOMICILIO LEGAL: | |
Contratación del servicio de limpieza y jardinería en Proyecto Escuelas i, ENI N° 33, Escuela N° 266, Colegio Secundario 1702 viviendas y Escuela para Adultos ubicadas en calle Xxxxxxx Sur, Karakachoff y Xxxxxxx Sur y Xxxxxxxxxxx S/N de la localidad de Santa Xxxx. | |
COTIZACIÓN MENSUAL (FEBRERO – DICIEMBRE) | $ |
Son pesos: |
PROPONENTE (FIRMA Y ACLARACION)
1
Licitación Pública Nº 76/24
EXPEDIENTE Nº 6893/24
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
PRIMERA: la empresa se obliga a prestar en los siguientes establecimientos: Proyecto escuelas i: ENI N°33 (los dos edificios que componen el ENI N°33), Escuela Nº266 , Colegio Secundario 1702 viviendas y Escuela para Adultos ubicadas en calle Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Sur, Xxxxxxxxxxx y Xxxxxxx Sur y calle Xxxxxxxxxxx S/N respectivamene, de la ciudad de Santa Xxxx, el servicio de limpieza y jardinería, de acuerdo a las siguientes pautas.
a) SERVICIO DE LIMPIEZA
1) Tareas de realización diaria
1. Limpiar y desinfectar las oficinas, despachos y demás dependencias en forma general lo que incluye: el mobiliario, vítrea de escritorios, mesadas, azulejos, y/o cerámicos, pisos, puertas, ventanas, escaleras, etc. con los elementos y formas adecuadas.
2. Limpieza por barrido, baldeo y/o repasado con lampazo; repasar y/o lavar con agua, detergente, trapo, cepillo y otros elementos adecuados: pisos, cocinas, baños, pasillos, galerías, rampas y escaleras internas, patios cubiertos y demás superficies semicubiertas, etc.
3. Lavar y desinfectar las instalaciones sanitarias, baños y toilette colocando pastillas desodorantes en los inodoros y mingitorios; efectuar limpieza después de cada recreo.
4. Vaciar los cestos de papeles debiendo colocar bolsas, cuando corresponda y ubicarlos nuevamente en sus respectivos lugares.
5. Limpiar y desinfectar con cloro, periódicamente, los depósitos de almacenaje de agua.
2) Limpieza de aulas
6. Se deberán barrer, lavar y baldear utilizando agua con jabón y cepillo y/o repasar con lampazo los pisos ordenando los pupitres nuevamente. Los pisos deberán ser desinfectados por lo menos una vez por semana. Las aulas deberán ser ventiladas durante el recreo.
7. Se deberán limpiar cielorrasos, puertas y ventanas.
8. Se deberán limpiar los pizarrones.
9. Se deberán limpiar los escritorios y pupitres quitando todas las escrituras y/o manchas o cualquier otra suciedad, de forma tal que luzcan limpios para su uso, toda vez que sea necesario.
3) Limpieza xx xxxxxxx
10. Se realizará a diario o cuando la Dirección del Establecimiento lo considere necesario.
4) Limpiezas varias
11. Se deberán encerar las dependencias que indique la Dirección del Establecimiento como mínimo una vez al mes o cuando esta lo considere necesario.
12. Mantener perfectamente limpio los frentes del edificio, debiendo quitar de inmediato carteles, inscripciones y todo elemento que altere la fisonomía del mismo.
SELLO Y FIRMA DEL PROPONENTE
13. Las distintas dependencias que sean sometidas a trabajos de albañilería, pintura u otro tipo de mantenimiento, deberán limpiarse perfectamente al terminar los mismos.
14. Limpieza y desinfección de toda otra dependencia y sus componentes (talleres, laboratorios, bibliotecas, mapotecas, depósitos, cocinas, salas de máquinas, salas de maestros, salas de computación, direcciones, secretarías, preceptorias, gimnasios, patios cubiertos, veredas perimetrales externas, etc.)
15. Xxxxxx xx xxxxxxxx al menos dos veces al año o cuando la Dirección del Establecimiento lo considere necesario.
5) Limpieza General Intensiva
16. Se deberá efectuar una limpieza integral semanal consensuada con la Dirección del Establecimiento Educativo pudiendo realizarse una vez concluida la actividad escolar semanal o el día sábado. Para el supuesto que hubiere actividad escolar o extraescolar el día feriado, sábados o domingos, culminada la misma o antes del inicio de la actividad escolar, deberá efectuarse la limpieza integral del Establecimiento.
b) SERVICIO DE JARDINERÍA
1. Se deberá mantener los patios y veredas perimetrales internas y externas con cortes periódicos xxx xxxxx, libre de malezas, limpio de papeles, residuos y otros elementos contaminantes. Las herramientas serán provistas por la Empresa (palas, rastrillos, carretillas, cortadora de césped, bordeadoras, mangueras, etc.).
2. Se deberá tener especial cuidado en el mantenimiento de las especies implantadas, libre de malezas, insectos y con riesgo periódico.
3. Efectuar o quitar plantaciones y reposiciones cuando la Dirección del Establecimiento así lo disponga.
c) CONTROL PREVENTIVO
Se deberá efectuar un control preventivo y realizar las tareas relevadas, como consecuencia de dicho control, que aseguren el correcto funcionamiento del Establecimiento Educativo. Se detallan a continuación las siguientes tareas entre otras:
a- controlar diariamente canillas, grifos, llaves, lavatorios, sanitarios, sistemas de drenajes, desagotes de inodoros, mingitorios, piletas, bachas, etc.
b- controlar y/o limpiar periódicamente desagües pluviales, canaletas, rejillas y desinfectar tanques de agua.
c- controlar la carga de los matafuegos, el buen funcionamiento de los mismos, y de todos aquellos elementos contra incendios existentes en el Establecimiento.
Los materiales que demanden las tareas emergentes de los incisos a) y c) citados en este punto serán provistos por la Dirección del Establecimiento.
SEGUNDA: la cantidad de personal a emplear será como mínimo de (12) Doce personas – tres (3) por lo menos de sexo masculino atento a las características técnicas de la tarea a realizar, distribuidas de la siguiente manera:
Doce (12) personas de ocho (8) horas cada una.
SELLO Y FIRMA DEL PROPONENTE
En el supuesto caso que el titular y/o su cónyuge presentaran servicios no deberá, la suma de la cantidad de horas trabajadas en cada establecimiento adjudicado, superar el total de ocho (8) horas diarias cada uno de ellos.
Horario de inicio de actividades escolares en ENI 33 – 8:00 horas por la mañana y 13:15 horas por la tarde. (1 persona para cada edificio)
Horario de finalización de actividades escolares en ENI 33 – 12:15 horas por la mañana y 17:30 horas por la tarde. (1 persona para cada edificio)
Horario de inicio de actividades escolares en ESCUELA N.º 266 – 7:45 horas por la mañana y 13:15 horas por la tarde. Taller de 18:30 a 20:30.
Horario de finalización de actividades escolares en ESCUELA N.º 266 : 12:45 por la mañana y 18:15 por la tarde.
Xxxxxxx de inicio de actividades escolares en Colegio Secundario 1702 viviendas: 7:45 por la mañana y 13:45 por la tarde.
Horario de finalización de actividades escolares en Colegio Secundario 1702 viviendas: 12:45 por la mañana y 18:20 por la tarde.
Sonar en Clave: 18:30 a 20 hs.
Horario de actividades escolares Escuela de Adultos: 18 a 22 horas.
Después de Hora: 18: 30 a 20:30 horas
Los horarios indicados son meramente informativos pudiendo la Dirección del Establecimiento adecuar los mismos conforme a sus propias necesidades.
Estará a cargo de la EMPRESA el reemplazo del personal faltante por razones de enfermedad, licencias y otros motivos debiendo mantener una dotación que asegure el estricto cumplimiento de sus obligaciones.
El personal que preste el servicio deberá reunir las siguientes condiciones:
I) – Capacidad física, psíquica y moral;
II) – Idoneidad, respetuosidad, espíritu de colaboración y sobriedad;
III) – En el desempeño de las tareas y mientras se encuentre dentro del perímetro del Establecimiento Escolar, deberán utilizar sobre su vestimenta, guardapolvo o uniforme, provisto por la empresa con identificación visible del nombre del trabajador y de la empresa a la que pertenece.
TERCERA: la provisión de artículos de limpieza y demás utensilios quedan a cargo de LA EMPRESA. Se enuncian los siguientes entre otros posibles: cera, detergente, lavandina, cloro, desodorantes de ambientes, pastillas desodorantes para inodoros y mingitorios, bolsas de residuos, desinfectantes, insecticidas, hormiguicida, raticidas y otros, como así también: escobas, lampazos, secadores, baldes, trapos de pisos, gamuzas, enceradoras, aspiradoras, cortadoras de césped, bordeadoras, tijeras de podar, rastrillos, palas, escobas metálicas, etc. Todos deberán ser de buena calidad, preferentemente, de marcas reconocidas en el mercado local, ajustarse a las características de los trabajos a realizar y con provisión suficiente de stock en el Establecimiento.
SELLO Y FIRMA DEL PROPONENTE
CUARTA: el servicio presentado por LA EMPRESA deberá asegurar el inicio de cada jornada escolar, extraescolar, administrativa y/o de cualquier otra naturaleza que se desarrolle en el Establecimiento y la culminación de dichas jornadas, de manera tal que no entorpezca el normal desenvolvimiento de dichas actividades. El personal afectado al servicio deberá ingresar al establecimiento con suficiente anticipación al inicio de cada jornada con el fin de abrir y preparar las instalaciones, permanecer durante todo el trascurso de dicha jornada y retirarse al finalizar el servicio de la presente licitación.
QUINTA: LA EMPRESA será responsable de sus obligaciones, no pudiendo aducir ignorancia de los compromisos contraídos ni tener derecho a reclamar modificaciones de las condiciones contractuales, invocando error u omisión de parte. LA EMPRESA será la única responsable y no tendrá derecho a solicitar ninguna indemnización por destrucción, pérdida o avería de sus materiales y elementos de trabajo incorporados al establecimiento cuando los mismos se hayan originado por su culpa, dolo o imprudencia en el cuidado.
SEXTA: previo a la suscripción del contrato LA EMPRESA deberá acreditar ante la Dirección General de Gestión Administrativa Contable la copia de la póliza vigente del Seguro de Riesgos de Trabajo con la que ampara a los trabajadores.
SÉPTIMA: LA EMPRESA será única responsable de la disciplina del personal que de ella dependa. Ante un acto indisciplinado detectado por la Dirección del Establecimiento esta deberá comunicarlo a LA EMPRESA a los efectos de que proceda a tomar las correctivas o expulsivas pertinentes. Serán posible de observación por parte de la Dirección del Establecimiento las siguientes conductas: de la mala fe, insubordinación, incapacidad, falta de sobriedad, o cualquier falta de otro orden que lo justifique, que entorpezca la continuidad de los trabajos y el buen funcionamiento de las tareas propias de la actividad escolar, extraescolar y/o administrativa.
OCTAVA: LA EMPRESA deberá extremar las medidas para evitar incendios debiendo extinguir, antes del retiro del establecimiento, los focos de fuego generados por quema de hojas, malezas, etc.
NOVENA: LA EMPRESA es responsable y deberá reponer a su costo las averías ocasionadas en bienes e instalaciones que puedan sufrir por el desempeño incorrecto, en el cumplimiento de sus tareas o por otras causas que le fueren imputables.
DÉCIMA: la vinculación contractual se establece sólo entre la DIRECCIÓN y LA EMPRESA; por lo tanto la Dirección no tiene la responsabilidad, en cuanto al cumplimiento por LA EMPRESA de las obligaciones impositivas, laborales y previsionales correspondientes; por lo tanto LA EMPRESA asume todas las obligaciones emergentes xx Xxxxx Impositivas, Laborales y Previsionales con relación al personal que contrata y afecta al presente acuerdo. Mensualmente, LA EMPRESA acreditará ante LA DIRECCIÓN el cumplimiento de las referidas obligaciones como requisito complementario previo a la instrumentación del pago respectivo del período correspondiente, de conformidad a lo previsto por legislación vigente.
DÉCIMA PRIMERA: LA EMPRESA deberá presentar al inicio de la relación laboral a la Dirección General de Gestión Administrativo Contable:
SELLO Y FIRMA DEL PROPONENTE
1. Listado del personal que tiene afectado en el que constará apellido y nombre, domicilio, número de documento y tareas que prestará en el establecimiento.
2. Fotocopia autenticada del documento de identidad del titular y de los empleados afectados.
3. Código Único de Identificación Laboral de los empleados afectados.
4. Constancia extendida por la Institución Bancaria de la apertura de una cuenta bancaria de cada uno de los empleados para depositar sus remuneraciones.
5. Certificado de buena conducta expedido por la Policía de la Provincia de La Pampa, de los titulares de la empresa y de cada uno de sus empleados afectados al servicio de la presente licitación.
6. Constancia de Altas Tempranas de los empleados designados.
7. Certificado de no inscripción en el Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de Condenados por Delitos Contra la Integridad Sexual (Art. 9° Decreto Nº 1293/12 Reglamentario de la Ley N.º 2547) de cada uno de sus empleados afectados al servicio de la presente licitación.
Mensualmente deberá presentar a la Dirección General de Gestión Administrativo Contable:
1) Fotocopia de los recibos xx xxxxxx firmados por los empleados.
2) Fotocopia del comprobante bancario del depósito de sueldos de los empleados.
3) Presentación y pago de las obligaciones previsionales e impositivas.
4) Planillas de horarios conformes a la legislación vigente.
Semestralmente deberá presentar certificado de buena conducta expedido por la policía de La Pampa.
En todos los casos en que existan reemplazos temporarios y/o definitivos de personal, LA EMPRESA deberá comunicarlo por escrito a la Dirección General de Gestión Administrativa Contable presentando los requisitos requeridos en la presente cláusula.
DÉCIMA SEGUNDA: ante el incumplimiento de las obligaciones asumidas por LA EMPRESA, la DIRECCIÓN podrá rescindir el presente contrato.
Rescindido el contrato “LA EMPRESA”, deberá afrontar las penalidades establecidas en el Reglamento de Contrataciones N°470/73 y sus modificaciones.
DÉCIMA TERCERA: la imputación de delito doloso en perjuicio de la Administración Pública y/o de organismos o empresas en los que exista participación estatal mayoritaria o entidades financieras privadas, será causal de rescisión del contrato.
DÉCIMA CUARTA: los trabajos de LA EMPRESA deberán ser supervisados por el titular, como mínimo una vez por semana y de manera coincidente al día de limpieza general integral.
La Dirección del Establecimiento podrá citarlo tantas veces como crea necesario, a los efectos de notificarlo sobre la marcha de los trabajos y/o desempeño del personal, dejando constancia escrita de ello.
En caso de incumplimiento de la presente cláusula por parte de LA EMPRESA, la misma será pasible de una multa mensual equivalente al 20% del precio mensual de la prestación del servicio.
SELLO Y FIRMA DEL PROPONENTE
Esta multa también podrá aplicarse por cada informe en el que el establecimiento educativo manifieste y acredite, acompañando documentación u otros elementos probatorios, que la Empresa ha incumplido alguna de las prestaciones prevista en el presente contrato. Este informe deberá contener una descripción precisa de las obligaciones que se consideran incumplidas y detalle de los elementos probatorios acompañados. La Dirección General de Gestión Administrativa Contable evaluará dicho informe y resolverá sobre la aplicación de la multa. A tal fin, en forma previa, podrá requerir a la Dirección del Establecimiento y/o a la Empresa las explicaciones que estime pertinentes.
DÉCIMA QUINTA: la Dirección del Establecimiento Escolar alcanzado por la presente locación de servicios tendrá a su cargo la realización de un informe mensual detallado, circunstanciado y exclusivo sobre la prestación del servicio brindado por LA EMPRESA y deberá presentarlo a la Dirección General de Gestión Administrativa Contable.
SELLO Y FIRMA DEL PROPONENTE
Licitación Pública Nº 76/24 Pliego de Condiciones Particulares
1. Bases de la Contratación
Este Pliego de Condiciones Particulares y Modelo de Contrato de Prestación de Servicios conforman las Bases para la Licitación, en el marco de lo dispuesto por el Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorios.
2. Expediente
Expediente que contiene las actuaciones que dan origen al procedimiento de contratación en cuestión:
Expediente | Año | ||
6893 | 2024 |
3. Objeto de la Contratación
Descripción específica del bien o servicio requerido (Artículo 1º, inc. b, Reglamento de Contrataciones).
Este llamado tiene por objeto la contratación del servicio de limpieza y jardinería en Proyecto de Escuelas i: ENI N.º 33 (los dos edificios que componen el ENI N°33), Escuela Nº 266, Colegio Secundario 1702 viviendas y Escuela para Adultos de la localidad de Santa Xxxx, ubicadas en la calle Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Sur, Xxxxxxxxxxx y Xxxxxxx Sur y Xxxxxxxxxxx S/N de la ciudad de Santa Xxxx, de acuerdo al presente Pliego de Condiciones Particulares y Modelo de Contrato de Prestación de Servicios adjunto.
4. Duración y resolución de la relación contractual
El contrato regirá desde su firma y hasta el 31 de Julio del 2026. Durante los meses de enero no se abonará importe alguno.
Para el supuesto que una de las partes decidiera resolver el contrato previo al vencimiento del mismo, la renunciante deberá comunicarlo a la otra, de manera escrita y por medio notificatorio fehaciente con una anticipación no menor a 90 días .
5. Monto de la Contratación
Estimación del costo de acuerdo a las cotizaciones de plaza (Artículo 1º, inc. d, Reglamento de Contrataciones). Por el total de ítems y por toda la vigencia de la contratación.
En números | En letras |
$ 415.021.792,35 | PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MILLONES VEINTIÚN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS. |
6. Organismo Contratante
Dirección General de Gestión Administrativo Contable.
7. Comunicaciones, consultas y aclaraciones previas a la apertura.
Todas las consultas y aclaraciones que se realicen sobre el contenido xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación, deberán ser dirigidas ante:
Oficina:
Dirección General de Gestión Administrativo Contable.
Dirección:
Centro cívico 2° piso
Teléfono:
00000-000000 interno 2093
E-mail: xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
8. Plazos para solicitar consultas y/o aclaraciones
a. Quienes tengan interés en participar y necesiten solicitar aclaraciones y/o realizar consultas por escrito, para formularlas, contarán con un plazo de hasta CINCO (5) días de antelación a la iniciación del acto de apertura de las ofertas.
a. El Organismo Contratante deberá, con hasta una antelación de TRES (3) días previos a la apertura de ofertas, resolver las aclaraciones solicitadas.
9. Forma de la cotización
Las ofertas deberán ser presentadas en pesos. Los precios deberán incluir la totalidad de los costos (transporte, descarga, pago de pólizas, impuestos y gravámenes vigentes, IVA, etc.).
Conjuntamente con la oferta económica, los oferentes deberán presentar:
1. Fotocopia de inscripción de impuestos en DGR de la Provincia de La Pampa, en AFIP vigente y Habilitación Municipal vigente en el rubro Limpieza y Jardinería, si correspondiere. La EMPRESA, de resultar adjudicada en un ejido municipal diferente al de su sede fiscal, previa a la suscripción del contrato, deberá acompañar la constancia de inscripción en dicha localidad.
2. Fotocopia de declaración jurada y pago de obligaciones previsionales ante el Sistema de Seguridad Social correspondiente a los últimos tres (3) meses anteriores a la apertura de la licitación. El presente requisito no les será exigido a aquellas empresas cuya constitución fuere menor al plazo indicado precedentemente.
3. Organigrama de Trabajo en el que se detallarán las distintas tareas a desarrollar, personas encargadas de cada una de las tareas, horarios a cubrir, responsabilidades; convenio colectivo por el que se regirá la relación laboral, categoría y condiciones laborales. Se deberá presentar una estructura de costos con valores que incluya, mano de obra, insumos, impuestos, utilidad pretendida, que arroje el total cotizado.
4. Listado de los artículos de limpieza con sus cantidades, detalles, costo unitario y costo total teniendo en cuenta como “mínimo” los explicitados en el ANEXO III del presente.
5. Listado de los elementos que empleará en el establecimiento objeto de la presente licitación debiendo indicar lugar donde se encuentran y el horario propuesto para su verificación.
6. Constancia de visita del titular de la empresa al establecimiento educativo, extendido por la Dirección del Establecimiento a efectos de interiorizarse acerca del funcionamiento y estado del mismo. Para el supuesto que en un mismo edificio funcionara más de un establecimiento educativo deberá extenderse una constancia por cada uno de ellos.
En caso de incumplimiento o la presentación incompleta de cualquiera de los requisitos exigidos en el presente apartado se tendrá por desestimada la oferta.
El Organismo Licitante se reserva la facultad de solicitar, previo a la preadjudicación, la información de los organismos y/o personas jurídicas expedidoras de informes o certificados que considere necesarios, a los efectos de una mejor interpretación y evaluación de las propuestas. Queda comprendido en este párrafo el cumplimiento del Artículo 9º del Decreto Nº 1293/12 Reglamentario de la Ley Nº 2547.
10. Valor xxx Xxxxxx
De acuerdo al artículo 103, inciso b. del Reglamento de Contrataciones
En números | En letras |
$ 69.600,00 | PESOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS |
11. Requisitos para la Presentación de Ofertas
Conforme lo establecido en Artículo 24 del Reglamento de Contrataciones. Quienes tengan interés en formular Oferta deberán:
a) Contar con inscripción en el Registro de Proveedores, en los términos del CAPITULO III del Reglamento de Contrataciones, excepto los casos previstos en el artículo 25 de la citada norma.
b) Contar con Certificado de Cumplimiento Fiscal en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de La Pampa, tanto para el caso de obligados directos como de contribuyentes en Convenio Multilateral. De este requisito quedan exceptuadas las invitaciones que se cursen en el marco de lo establecido en el Artículo 25 del Reglamento de Contrataciones.
c) Adjuntar Declaración Jurada en la que conste no encontrarse en Concurso Preventivo, Quiebra o Liquidación (Anexo I).
d) Presentar CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA REGISTRADA expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, sito en 00 xx Xxxx 000, Xxxxxx Xxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xxxx, bajo apercibimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 2201 y su Decreto Reglamentario Nº 219/06. Las consultas pertinentes podrán realizarse a los teléfonos (02954)-456249 / 421298.
Se considerará cumplida la exigencia de acreditar Libre Deuda Alimentaria, con la presentación, debidamente suscripta, de la Autorización que como Xxxxx XX se adjunta al presente pliego.
En caso de tratarse de personas jurídicas, el certificado deberá ser presentado por la totalidad de los miembros del órgano directivo, adjuntando además copia del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.
La no presentación del citado certificado o la correspondiente Autorización (Xxxxx XX) debidamente suscripta, producirá la invalidez automática de la propuesta.
e) Reponer Valor xxx Xxxxxx
Nº | 1095/7 |
Banco | De la Pampa |
CUIT | 30-99907583-1 |
CBU | 09303001/10100000109578 |
a) Reponer tasa retributiva de servicios administrativos (Tasa General de Actuación por Foja) de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($225,00), por cada foja de documentación a presentar mediante generación de la boleta en el sitio xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/XxxxxxxxxXxXxxxx/?xxxxxxxXxxxx de la Dirección General xx Xxxxxx
o el que lo reemplace, opción Sellos Tasas Otros/Tasas Retributivas de Servicios - Pagos de Servicios Administrativos/Contaduría General/Tasa General de Actuación por foja.
Las constancias del depósito del importe correspondiente al valor pliego y de la tasa retributiva de servicios administrativos deberán presentarse indefectiblemente junto a la oferta económica.
12. Forma de Presentación de Ofertas
Conforme Artículo 24, 25 y 26 del Reglamento de Contrataciones. Aclarar en caso que se permita sólo la adjudicación por renglón completo (art. 28 del Reglamento de Contrataciones).
La propuesta será presentada por duplicado, hasta la hora y día señalados y en el lugar indicado en el pliego, en sobre cerrado sin inscripción alguna salvo la indicación de la contratación a que corresponde y el día y hora de apertura.
La propuesta deberá consignar el número de inscripción en el Registro de Proveedores, cuando corresponda, y estar firmada por quien oferta o su representante legal. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la propuesta deberán estar debidamente salvadas. A cada oferta deberá acompañarse la constancia de la constitución de la garantía.
13. Apertura de Ofertas
Conforme Artículos 48 y 49 del Reglamento de Contrataciones.
Lugar de Apertura | Día de Apertura | Hora de Apertura |
Dirección General de Compras y Contrataciones – Centro Cívico, tercer piso, Santa Xxxx – La Pampa | 22/08/2024 | 10:00 hs. |
14. Plazo de Mantenimiento de la Oferta
Conforme lo establecido en Artículo 34 del Reglamento de Contrataciones.
Las ofertas deberán ser mantenidas por el término de (90) días hábiles, computables a partir de la fecha de apertura. Si al vencimiento del término de mantenimiento de las ofertas no se hubiere adjudicado la licitación, se prorrogará automáticamente el plazo de mantenimiento por un término de siete (7) días hábiles, salvo que se comunique la decisión en contrario, por un medio fehaciente antes del vencimiento del plazo original.
15. Garantías
De acuerdo al artículo 38 del Reglamento de Contrataciones
Las garantías de oferta y de adjudicación deberán constituirse a la orden del Organismo Licitante. Se deberá constituir garantía de oferta por el UNO POR CIENTO (1%) del monto total cotizado.
La garantía de adjudicación que deberá presentar cada firma adjudicataria será equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total adjudicado.
Cuando la cotización se haga en moneda extranjera, el monto de las garantías en pesos se calculará al tipo de cambio vendedor vigente al cierre del día anterior al de su constitución.
16. Forma de constitución de las garantías
a) En efectivo, mediante depósito bancario en el Banco de La Pampa, acompañando la boleta pertinente. En aquellos lugares donde no exista sucursal de dicha Institución o por razones de urgencia o excepción, se depositará en el organismo licitante previo al acto de apertura, o adjuntando el monto a la oferta en el sobre respectivo.
b) En cheque certificado, contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la licitación, o giro postal o bancario; el organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rigen para estas operaciones.
c) En títulos nacionales, provinciales o municipales aforados a su valor nominal; en caso de ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por los gastos que ella ocasione y por la diferencia que resultare si se liquidare bajo la par. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones de los artículos 45 y 46.
d) Con aval bancario.
e) Mediante la afectación de créditos que la empresa proponente o adjudicataria tenga liquidados y al cobro en organismos de la Administración Provincial, a cuyo efecto deberá presentar a la fecha de la constitución de la garantía la certificación pertinente.
f) Con seguros de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las previsiones de este Reglamento.
g) Cuando el monto de la garantía a constituirse no exceda la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 2.784.000,00) o el que rija al momento de la apertura de ofertas de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 inciso g del Reglamento de Contrataciones, se podrá integrar con pagaré a la vista sin protesto, por quienes tengan el uso de la razón social o actúen con poderes suficientes. El pagaré a la vista solo puede ser usado como garantía de oferta por las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de la Provincia.
En caso de realizarse mediante depósito bancario, deberá hacerse a la cuenta
Nº | 347/4 |
Banco | De la Pampa |
CUIT | 30-99907583-1 |
CBU | 09303001/10100000034746 |
En caso de que la garantía sea mediante Seguro de Caución deberá ser certificada por Escribano/a Público/a y legalizada por el respectivo Colegio.
17. Criterio de Evaluación y Selección de Ofertas
a) La adjudicación deberá recaer en la Oferta más conveniente, entendiéndose por tal la que resulte así de una completa evaluación del cumplimiento de toda la documentación del llamado y la consecuente satisfacción de las necesidades del organismo licitante.
b) La expresión “más conveniente” no significa necesariamente la Oferta de menor precio (Artículo 58 del Reglamento de Contrataciones)
1. Se verificará que las ofertas cumplan los aspectos formales requeridos por el Reglamento de Contrataciones y de este Pliegos de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.
2. Se evaluará la admisibilidad y conveniencia de las ofertas.
3. Las ofertas que se consideren admisibles en los términos del párrafo anterior serán analizadas para comprobar el total cumplimiento de las especificaciones técnicas detalladas en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
4. No serán considerados a los fines de la adjudicación, descuentos de ninguna clase que se pudieran ofrecer por pronto pago y aquellos que condicionen la oferta, alterando las bases de la concurrencia.
A esos efectos se ponderarán los siguientes factores:
• Precio del servicio.
• Costos de mano de obra suficientes que cumplan con las normas laborales vigentes.
• Antecedentes de buen desempeño como prestatario del servicio existentes en el organismo Licitante.
• Cualquier otro factor que se considere necesario ponderar.
18. Preadjudicación
Podrá designarse una Comisión de Preadjudicación en los términos del Artículo 50 del Reglamento de Contrataciones, que actuará conforme a lo allí establecido.
19. Exhibición del informe de preadjudicación
De acuerdo al artículo 61 del Reglamento de Contrataciones
Las preadjudicaciones serán consignadas en pizarra destinada a tal efecto, por el término de un día hábil para conocimiento de quienes hayan presentado ofertas, en la Dirección General de Compras y Contrataciones, tercer piso, Centro Cívico, Santa Xxxx, La Pampa.
20. Plazo para impugnación
De acuerdo al artículo 61 del Reglamento de Contrataciones
Hasta el día hábil siguiente al de la publicación, quienes hayan realizado ofertas podrán formular impugnación fundada a la preadjudicación.
21. Adjudicación
De acuerdo al artículo 63 del Reglamento de Contrataciones
La adjudicación será comunicada por carta certificada con aviso de retorno u otro medio de comprobación fehaciente, remitida dentro de los cinco (5) días de acordada, mediante orden de provisión o venta y excepcionalmente cualquier otra forma documentada, constituyendo esa comunicación cualquiera fuere la fecha de su recepción la orden para cumplimentar el compromiso en las condiciones estipuladas.
22. Invariabilidad de precios
Los precios son invariables | |||
Los precios se redeterminan |
De acuerdo al artículo 33 del Reglamento de Contrataciones.
x
Indicar la normativa que permite redeterminar precios:
Ley 3105 y sus modificatorias |
23. Perfeccionamiento de la Relación Contractual
De acuerdo al artículo 62 del Reglamento de Contrataciones
La relación contractual se perfecciona, con la adjudicación efectuada por autoridad competente y comunicada en los términos del artículo 63 del Reglamento de Contrataciones, dentro del plazo de mantenimiento de las propuestas.
24. Recepción Definitiva
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 83 del Reglamento de Contrataciones, la Recepción Definitiva se acordará dentro de los cinco (5) días de la entrega de los elementos o de prestados los servicios.
Indicar si hubiere plazo distinto conforme la naturaleza de los bienes o servicios o si la entrega es inmediata
25. Forma de Pago
De acuerdo a lo establecido en el Modelo de Contrato de Prestación de Servicios adjunto al presente pliego.
26. Incumplimientos y Penalidades
Según CAPITULO XIII del Reglamento de Contrataciones.
27. Transferencia del Contrato
Artículo 68 del Reglamento de Contrataciones.
El contrato no podrá ser transferido ni cedido por la firma adjudicataria sin la previa anuencia de la autoridad competente.
28. Compre Pampeano
De acuerdo a lo estatuido por Ley N° 1863, prorrogada por Ley N° 2000, las firmas inscriptas en el Registro de Producto Pampeano y de Proveedor Pampeano tendrán los beneficios establecidos en su artículo 6°:
“Artículo 6.- En las contrataciones que se lleven a cabo la preferencia se materializará a través de:
a) Cuando se trate de productos pampeanos de acuerdo a lo definido en el artículo 3, se adjudicará cuando el precio de los mismos no supere en un cinco por ciento (5%) en más al de la oferta más conveniente, ante especificaciones técnicas semejantes de calidad y finalidad de uso.
b) Cuando el precio del proveedor pampeano no supere en un dos por ciento (2%) en más, al de la oferta más conveniente, ante especificaciones semejantes de calidad o finalidad de uso y ésta corresponda a un proveedor no definido como pampeano.”
En caso de cotizarse PRODUCTOS PAMPEANOS deberá presentarse indefectiblemente el correspondiente certificado otorgado por la Subsecretaría de Industria.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 76/24
ANEXO I
DECLARACIÓN JURADA
DECLARO BAJO JURAMENTO NO ENCONTRARME EN ESTADO DE CONCURSO PREVENTIVO, QUIEBRA O LIQUIDACIÓN, NI INHABILITADO JUDICIALMENTE.-
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 76/24
ANEXO II AUTORIZACIÓN
Por este medio AUTORIZO a la Contaduría General de la Provincia de La Pampa, y a toda persona que este organismo designe, a solicitar información ante el Registro de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas con asiento en la ciudad de Santa Xxxx, creado por Ley Nº 2201.
A fin de cumplimentar con la información que debe integrar la solicitud a presentarse ante el citado Registro, mis datos personales son:
APELLIDO:
NOMBRES:
TIPO Y Nº DE DOCUMENTO:
NACIONALIDAD:
DOMICILIO:
Firma y Aclaración
PROPONENTE PERSONAS JURÍDICAS: Xxxxxxx presentar el Anexo II - AUTORIZACIÓN, la totalidad de los integrantes del órgano directivo, adjuntando además copia del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 76/24
ANEXO III
DETALLE DE INSUMOS MÍNIMOS
INSUMOS | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
Cloro x 5 litros | 5 | ||
Bolsas de residuos chicas x 10 Unidades | 5 | ||
Bolsas de residuos grandes consorcio x 10 Unidades | 4 | ||
Cera x 5 litros | 4 | ||
Desodorante de ambiente x 5 litros | 4 | ||
Detergente x 5 litros | 3 | ||
Esponjas abrasivas | 8 | ||
Franela | 4 | ||
Hormiguicida x 1 litro | 2 | ||
Insecticida en aerosol | 5 | ||
Lavandina x 5 litros | 5 | ||
Limpiador tipo CIF por 5 litros | 2 | ||
Liquido para mopa | 3 | ||
Lustra Muebles 380 ml | 3 | ||
Rejillas de mano | 7 | ||
Trapos de piso | 6 |
Licitación Pública Nº 76/24 EXPEDIENTE Nº 6893/24
MODELO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Entre el Gobierno de La Pampa, representado en este acto por la Directora General de Gestión Administrativo Contable, Xxx. Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXX, D.N.I. Nº 27.889.868, en adelante "LA DIRECCIÓN", por una parte, y por la otra , D.N.I. N.º (en nombre propio o en representación de la firma CUIT Nº ) en adelante “LA EMPRESA”, con el objeto de formalizar la adjudicación por Licitación Pública Nº 76/24 y regular los derechos y obligaciones de las partes; acuerdan en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicio de limpieza y jardinería en Proyecto Escuelas i, ENI 33 (los dos edificios que componen el ENI N°33), Escuela N.º 266, Colegio Secundario 1702 viviendas y Escuela para Adultos de la localidad de Santa Xxxx, ubicadas en Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Sur, Xxxxxxxxxxx y Xxxxxxx Sur y Xxxxxxxxxxx S/N de la localidad de Santa Xxxx, que se integrará por los elementos exigidos por el Artículo 65 del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 470/73 y modificatorios) y de conformidad a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto. “LA DIRECCIÓN” encomienda a “LA EMPRESA”, los servicios detallados en los pliegos de Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas, los que forman parte integrante del presente contrato, y que las partes declaran conocer y aceptar.
SEGUNDA: Duración. El plazo de duración de este contrato será a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de Julio del 2026. Durante los meses de enero no se abonará importe alguno.
TERCERA: Pagos. “LA DIRECCIÓN”, abonará a “LA EMPRESA”, la suma de PESOS ($ ) en forma mensual, por mes vencido, dentro de los siete (7) días hábiles del mes inmediato siguiente al de la prestación del servicio y de presentada toda la documentación exigida en las Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas, en la forma que allí se indica, lo que ocurra último.
CUARTA: Resolución del contrato. Para el supuesto que alguna de las partes decidiera resolver el contrato previo al vencimiento del mismo, la renunciante deberá comunicarlo a la otra de manera escrita, y notificarlo en forma fehaciente con una anticipación no menor a la exigida en las Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas.
QUINTA: Responsabilidad. "LA EMPRESA" será responsable de sus obligaciones, no pudiendo aducir ignorancia de los compromisos contraídos, ni tener derecho a reclamar notificaciones de las condiciones contractuales, invocando error u omisión de parte. "LA EMPRESA" será la única responsable, y no tendrá derecho a solicitar ninguna indemnización por destrucción, pérdida o avería de sus materiales y elementos de trabajo incorporados al inmueble, cuando los mismos se hayan originado por su culpa, dolo o imprudencia en el cuidado.
SEXTA: Reposición de roturas. “LA EMPRESA” será responsable y deberá reponer a su costo, las averías en bienes e instalaciones que puedan sufrir por el desempeño incorrecto, en el cumplimiento de sus tareas o por otras causas que fueran imputables.
SÉPTIMA: Redeterminación de precios. Será de aplicación en el presente Contrato, la Ley Nº 3105 y sus modificatorias y su Decreto reglamentario.
OCTAVA: Pliego. Todo lo que no se haya incluido en las cláusulas del presente contrato se regirá por lo establecido en las Cláusulas Particulares, Especificaciones Técnicas y el Reglamento de Contrataciones vigente.
NOVENA: Subcontratación. Las partes acuerdan que se encuentra prohibida la subcontratación de empresas o terceras personas para dar cumplimiento al objeto del presente contrato.
DÉCIMA: Fuero judicial. Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales resultante del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencias de los tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Xxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción y expresamente al fuero federal.
En prueba de conformidad se firman 2 dos ejemplares de un mismo tenor y a solo efecto, en la ciudad de , a los …...días del mes de del año 20 .