CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BP “CFN BP”
CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BP “CFN BP”
PLIEGOS DE CONTRATACIÓN DE LISTA CORTA DE CONSULTORÍA
“CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DE FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO - PROJECT FINANCE: DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRODUCTO”
LCC-CFN-CAF-001-2017
Quito, Enero de 2017
INDICE GENERAL
I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCION I
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CONVOCATORIA |
SECCION II
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OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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SECCION III
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CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
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SECCIÓN IV
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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SECCIÓN V
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OBLIGACIONES DE LAS PARTES
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II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCIÓN I
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DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN |
SECCIÓN II
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METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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SECCIÓN III
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FASE CONTRACTUAL
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III. FORMULARIOS
SECCIÓN I |
FORMULARIO DE LA OFERTA
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SECCIÓN II
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FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA.
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SECCIÓN III |
FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOSICIÓN O CONSORCIO |
SECCIÓN IV |
FORMATO DE CONTRATO CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES |
LISTA CORTA DE CONSULTORÍA
LCC-CFN-CAF-001-2017
I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCIÓN I
CONVOCATORIA
Se invita a las empresas VIP CAPITAL, MERCAPITAL, COMPROMISO DE CONSORCIO VECTORGLOBAL WMG-KCS ECUADOR, INICIATIVAS DE DESARROLLO GUBERNAMENTAL, y ANALYTICA; facultados para ejercer la consultoría, legalmente capaces para contratar, para que presenten sus ofertas técnicas y económicas para la ejecución de CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DE FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO - PROJECT FINANCE: DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRODUCTO.
El presupuesto referencial es de US$ 186.848,00 (Ciento ochenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica 00/100) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el plazo total para la ejecución es de 90 días contados a partir de la firma del contrato, plazo distribuido de la siguiente manera:
-
PLAZO
ENTREGABLE
Hasta 30 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.1. y 1.2
Hasta 75 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.3; y, 1.4.
Hasta 90 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.5., 1.6.; y 1.7.
Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:
Los Pliegos serán remitidos a las empresas consultoras mediante correo electrónico y estarán disponibles, sin ningún costo, en la página web de la CFN BP xxx.xxx.xxx.xx.
Las empresas consultoras invitadas podrán formular preguntas en el término de 3 días contados a partir de la fecha de la invitación del proceso, las mismas que deberán ser remitidas mediante correo electrónico a la siguiente dirección xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. La Comisión Técnica absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de 2 días subsiguientes a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones, la oferta técnica deberá ser entregada en un término no mayor a 10 días contados desde la fecha de publicación del proceso.
Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente en forma física y en digital con el mismo contenido de la oferta física, en dos sobres separados, en las oficinas de la Corporación Financiera Nacional Banca Pública CFN BP Sucursal Quito, ubicada en la ciudad de Xxxxx-Xxxxxxx xxxxx Xxxxxxxx 00X xxxxx Xxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx X Xxxx 0; de conformidad con el cronograma establecido dentro de estos pliegos. La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en la misma dirección donde se receptarán las ofertas técnicas.
La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.
El presente procedimiento no contempla reajuste de precios.
La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en el pliego.
Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes del contrato xx xxxxxxxx suscrito con la Corporación Xxxxxx xx Xxxxxxx “XXX” x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx siendo la Corporación Financiera Nacional “CFN” el organismo ejecutor, relacionados con la partida presupuestaria No. 45039004 denominada “Otras Asistencias Técnicas Recibidas”, del programa Progresar conforme consta en la certificación presupuestaria No. 2016-SROP-00485 de 13 de Diciembre del 2016, por un valor de US$ 213,006.72 (Doscientos Trece Mil Seis Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica 72/100) incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Los pagos se realizarán de la siguiente manera:
-
ENTREGABLE
PORCENTAJE
Anticipo
20%
Producto 1.1.
Producto 1.2
25%
Producto 1.3.
Producto 1.4.
25%
Producto 1.5.
Producto 1.6.
Producto 1.7.
30%
TOTAL
100%
8.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de los LINEAMIENTOS DE CAF, el Contrato xx Xxxxxxxx suscrito y en lo no previsto por éstas se regirá al presente pliego de contratación.
9.- La CFN BP se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.
Quito, enero del 2017
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Gerente de División Administrativa
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL
Y TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la mejor oferta técnica para la: “CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DE FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO - PROJECT FINANCE: DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRODUCTO”.
2.2 Presupuesto referencial: El presupuesto referencial para esta contratación es US$ 186.848,00 (Ciento ochenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica 00/100) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
2.3 Términos de referencia:
ANTECEDENTES
La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 310, señala: "El sector financiero público tendrá como finalidad la prestación sustentable, eficiente, accesible y equitativa de servicios financieros. El crédito que otorgue se orientará de manera preferente a incrementar la productividad y competitividad de los sectores productivos que permitan alcanzar los objetivos del Plan de Desarrollo y de los grupos menos favorecidos, a fin de impulsar su inclusión activa en la economía."
En esta línea, la Corporación Financiera Nacional B.P., como banca pública de desarrollo, ha destinado importantes recursos para atender las necesidades de financiamiento del tejido empresarial del país y está empeñada en mejorar y optimizar sus productos para brindar soluciones financieras adecuadas a las demandas reales de empresarios y a los nuevos requerimientos que genera la dinamización de la economía ecuatoriana.
En ese contexto, considerando que existen proyectos que requieren de opciones de financiamiento distintas al préstamo convencional bancario, CFN B.P. ha previsto incursionar en esquemas de financiamiento estructurado, concepto en que se intenta agrupar todas aquellas operaciones de financiamiento que, con un grado adicional de sofisticación, se distancian xxx xxxxxxxx convencional bancario otorgado con base en un historial crediticio y las garantías tangibles.
Dentro de este amplio concepto, el término Project Finance es generalmente utilizado para identificar una modalidad de financiamiento otorgado bajo una estructura de recurso limitado ("limited recourse lending") o sin recurso ("non recourse lending"), donde los recursos disponibles (deuda y capital) son aportados para financiar el proyecto y retribuidos únicamente con su flujo de caja.
Project Finance es particularmente importante para entidades de promoción del desarrollo como la CFN B.P., toda vez que es la modalidad más utilizada para iniciativas de inversión que parten desde cero pero que tienen un alto impacto económico.
Una vez que el producto se encuentre en vigencia y forme parte del Portafolio de Productos Institucionales, se deberá analizar y evaluar la necesidad de contar con un acompañamiento en su implementación.
JUSTIFICATIVO
Incluir en el Portafolio de Productos Institucionales de CFN B.P., aquellos de financiamiento estructurado en general, y Project Finance en particular, los cuales permitirán canalizar recursos a proyectos que de otro modo no son objeto de financiamiento en la banca privada comercial y que hasta el momento tampoco han podido ser atendidos a través de CFN B.P. Por lo tanto, atender estos requerimientos de financiamiento no solo fortalecerá el posicionamiento de CFN B.P. como banca de desarrollo, sino que aportará en última instancia a la contribución que la entidad realiza a la iniciativa gubernamental de cambio de matriz productiva.
OBJETO
La CFN B.P. llevará a cabo una consultoría para el desarrollo de financiamiento estructurado - Project Finance: diseño e implementación del producto.
OBJETIVO
Diseñar el producto de financiamiento estructurado - Project Finance, con el objeto de incluirlo en el Portafolio de productos institucionales de CFN B.P. poniendo en marcha su plan de implementación con la finalidad de fortalecer el posicionamiento de CFN B.P. como banca de desarrollo.
ALCANCE
La firma consultora deberá diseñar el producto de financiamiento estructurado bajo la modalidad de Project Finance a ser ofertado por la Corporación Financiera Nacional B.P., considerando como insumo el análisis legal y normativo que será proporcionado por CFN B.P.
El alcance del diseño comprenderá lo siguiente:
Definir los lineamientos y políticas a ser consideradas para establecer límites de exposición tanto a nivel de cada proyecto como en el impacto en el portafolio de la CFN B.P.
Elaborar un manual del producto que determine las características de financiamiento bajo la modalidad de Project Finance, así como el proceso de estructuración y seguimiento de este tipo de operaciones que al menos incluya: análisis del proyecto, análisis de viabilidad/rentabilidad, estructura financiera, análisis de riesgos; preparando instructivos y procedimientos a seguir, perfiles y áreas responsables, así como documentos requeridos en cada instancia; y el seguimiento que se debe realizar en estos proyectos.
Elaborar las herramientas necesarias para el análisis de los proyectos enmarcados en Project Finance, los cuales incluyen, pero no se limitan a: matriz de riesgo y calificación; priorización de riesgos en este tipo de proyectos; matriz de mitigación asociada a los riesgos.
Definir el perfil del equipo responsable para la ejecución de operaciones bajo Project Finance, en todos los niveles.
Diseñar y poner en marcha un plan de implementación para Project Finance que identifique responsables y la ruta a seguir.
El proceso de diseño se considerará terminado una vez que el producto esté presentado en las instancias pertinentes de CFN B.P. para aprobación y entrada en vigencia.
METODOLOGÍA
Para el esquema de Project Finance, la firma deberá proceder a realizar el diseño específico del producto a ser implementado en CFN B.P.
Para ello, la firma consultora puede servirse de información secundaria sobre mejores prácticas internacionales y esquemas que funcionan en realidades e instituciones semejantes, siempre que se coteje dicha información con la realidad de la CFN B.P. y del país.
El diseño del producto deberá cumplir lo estipulado en el alcance de estos Términos de Referencia y los lineamientos de generación de nuevos productos establecidos por CFN B.P. en su normativa. Al tratarse de un nuevo concepto dentro de la institución, la metodología a emplear será propuesta por el consultor, la cual deberá ser validada y aprobada por parte de la Institución.
El proceso de diseño deberá llevarse a cabo a través de un trabajo conjunto entre la firma consultora y un equipo que CFN B.P. designe para el efecto, el cual intervendrá como contraparte y considerará las instancias de aprobación y puesta en vigencia de los productos establecidos en la Institución. Para la efectiva implementación deberá incluirse el levantamiento del proceso operativo respectivo, los procedimientos derivados y los formatos de documentos a utilizar en cada instancia.
Adicionalmente se podrá identificar áreas y personas responsables de cada instancia del proceso, en caso de que se requiera personal adicional, sea por carga de trabajo o por los perfiles requeridos.
PRODUCTOS ESPERADOS
Lineamientos y políticas aplicables al producto; según lo dispuesto en las secciones de alcance y metodología.
Perfil profesional del equipo requerido para ejecutar operaciones de Project Finance; en todos los niveles, considerando la perspectiva académica ecuatoriana.
1.3. Manual del producto; conforme lo solicitado en las secciones de alcance y metodología incluyendo instructivos y formatos de documentos.
1.4. Flujo de proceso; que incluya manual de procedimientos y las instancias de aprobación correspondientes.
1.5. Herramientas de análisis para operaciones de Project Finance.
1.6. Plan de implementación; incluyendo responsables.
1.7. Implementación del Producto, acompañado de su respectivo informe.
INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD
Acorde a requerimientos de la empresa consultora, se entregará la información institucional disponible con los acuerdos de confidencialidad pertinentes, en cada caso.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y ENTREGABLES
El plazo total para la ejecución de esta consultoría es de hasta 90 días contados a partir de la firma del contrato, plazo distribuido de la siguiente manera:
-
PLAZO
ENTREGABLE
Hasta 30 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.1. y 1.2
Hasta 75 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.3; y, 1.4.
Hasta 90 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.5., 1.6.; y 1.7.
PERSONAL TÉCNICO
Director del proyecto
El Director de proyecto solicitado para el desarrollo de ésta consultoría, deberá tener como mínimo el siguiente perfil:
Título de cuarto nivel en carreras administrativas, finanzas, economía, o afines.
Contar con acreditada experiencia en roles similares en al menos 2 proyectos, en los últimos 5 años.
Experiencia en asesoría y desarrollo de Project Finance, en al menos tres proyectos.
Personal Técnico
El personal técnico deberá estar conformado como mínimo por un equipo de 3 analistas para el desarrollo de la consultoría, el cual deberá tener el siguiente perfil:
2 analistas que cuente con título de tercer nivel en carreras administrativas, finanzas, economía, x xxxxxxxx afines, mismo que debe tener experiencia en financiamiento estructurado y Project Finance, durante los últimos 5 años, en al menos dos proyectos.
1 analista que cuente con título de tercer nivel en carreras administrativas, finanzas, economía, x xxxxxxxx afines, mismo que debe tener experiencia en elaboración de procesos y procedimientos durante los últimos 5 años, en al menos un proyecto.
Tanto el Director del Proyecto, como el personal técnico solicitado, deberán adjuntar copias notariadas de los títulos obtenidos y copias simples de todos los documentos que respalden su hoja de vida.
PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial para esta contratación es de US$ 186.848,00 (Ciento ochenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica 00/100) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La empresa consultora asumirá todos los costos asociados a viajes y movilización del personal.
FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
Los pagos se realizarán de la siguiente manera:
ENTREGABLE |
PORCENTAJE |
Anticipo |
20% |
Producto 1.1. Producto 1.2 |
25% |
Producto 1.3. Producto 1.4. |
25% |
Producto 1.5. Producto 1.6. Producto 1.7. |
30% |
TOTAL |
100% |
La CFN B.P recibirá los productos e informes en el plazo establecido y dentro de un término de 15 días emitirá las observaciones que fueren del caso, luego de lo cual el consultor dispondrá de 15 días para realizar los ajustes pertinentes; este tiempo no será impedimento ni justificativo de la no presentación de los productos subsiguientes.
Para cada pago de los productos solicitados, la empresa consultora deberá adjuntar de manera adicional a lo solicitado, el Acta Entrega Recepción, la misma que contendrá la liquidación económica, técnica y de plazos, suscrita por el Administrador del Contrato y la Comisión designada para el efecto; y, la factura correspondiente.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, la empresa consultora entregará al Administrador del Contrato el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual.
El consultor deberá presentar garantías respectivas, de conformidad con el monto y forma de pago constantes en estos términos de referencia.
PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN
Los Parámetros considerados para esta consultoría son:
PARÁMETRO |
VALORACIÓN (puntos) |
Experiencia general de la empresa |
10 |
Experiencia del personal técnico |
40 |
Plan de trabajo, Metodología y cronograma de ejecución |
50 |
TOTAL |
100 |
Experiencia general de la empresa jurídica – hasta 10 puntos
La experiencia general mínima que necesita cumplir la persona jurídica, es la siguiente:
Mínimo 5 años de existencia legal, comprobable mediante la copia de la escritura de constitución de la empresa, tiempo en el cual la empresa debió haber realizado trabajos de consultoría; mínimo dos proyectos cuyos montos individuales de contratación sean el 60% del presupuesto referencial, para lo cual deberá adjuntar contratos; actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado.
Se asignarán los puntos de manera proporcional de la siguiente manera:
Si cumple con dos proyectos mínimos requeridos se asignarán 6 puntos
Si presenta tres proyectos se asignarán 8 puntos
Si presenta cuatro o más proyectos se asignará la totalidad del puntaje es decir 10 puntos.
Experiencia Personal Técnico: hasta 40 puntos
Director de Proyecto – hasta 20 puntos
Contar con acreditada experiencia en roles similares en al menos 2 proyectos, para lo cual deberá adjuntar contratos, actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado. Cada certificado será asignado con 4 puntos, con un total de 8 puntos como máximo asignados.
Contar experiencia en asesoría y desarrollo de Project Finance en al menos tres proyectos, para lo cual deberá adjuntar contratos, actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado. Cada certificado será asignado con 4 puntos, para completar un total de 12 puntos, como máximo.
Experiencia del Personal Técnico – hasta 20 puntos
2 analistas que cuenten con experiencia en financiamiento estructurado y Project Finance durante los últimos 5 años, para lo cual deberán adjuntar contrato, acta de entrega o certificados que avalen la experiencia solicitada.
Se asignará a cada profesional 8 puntos, al presentar el contrato, acta de entrega o certificados solicitados para avalar la experiencia en al menos 2 proyectos, hasta un total de 16 puntos.
1 analista que cuente con experiencia en elaboración de procesos y procedimientos durante los últimos 5 años, en al menos un proyecto.
Para lo cual deberán adjuntar contrato, acta de entrega o certificados que avalen la experiencia solicitada.
Se asignará 4 puntos al presentar el contrato, acta de entrega o certificados solicitados para avalar la experiencia solicitada.
Plan de Trabajo, Cronograma y Metodología – hasta 50 puntos
Se considerará la propuesta técnica siempre y cuando contenga: el plan de trabajo, cronograma, metodología, y todo valor agregado planteado para el desarrollo del trabajo solicitado.
Metodología Propuesta, acorde a lo solicitado – hasta 25 puntos
Cronograma Propuesto, acorde al plazo de entrega – hasta 10 puntos
Valor Agregado que signifique un aporte técnico al desarrollo de la consultoría – hasta 15 puntos.
OFERTA ECONÓMICA
Para esta Consultoría, la CFN B.P. considerará la siguiente ponderación para la evaluación global:
90% oferta técnica;
10% oferta económica
MULTAS
El consultor conviene en pagar al contratante, en concepto de multa, la cantidad equivalente al uno por mil (1x1000) del valor total de la consultoría, por cada día de retraso en la prestación del servicio de consultoría contratado, o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que contrae en virtud de los presentes términos de referencia, excepto en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el artículo 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por la CFN B.P., para lo cual se notificará a la entidad dentro de las 48 horas subsiguientes de ocurridos los hechos. De ocurrido este término, de no mediar dicha notificación, se entenderá como no ocurridos los hechos que alegue la contratista como causa para la no prestación del servicio de consultoría a la cual está obligada, se le impondrá la multa prevista anteriormente.
Las multas causadas no serán revisadas ni devueltas por ningún concepto a la contratista.
SECCION III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha de publicación |
11/01/2017 |
----- |
Fecha límite de preguntas |
16/01/2017 |
12h00 |
Fecha límite de respuestas y aclaraciones |
18/01/2017 |
12h00 |
Fecha límite entrega de ofertas técnica y económica |
25/01/2017 |
10h00 |
Fecha apertura oferta técnica |
25/01/2017 |
11h00 |
Fecha inicio evaluación |
25/01/2017 |
12h00 |
Fecha resultados finales oferta técnica |
31/01/2017 |
10h00 |
Fecha apertura oferta económica |
31/01/2017 |
11h00 |
Fecha de negociación |
31/01/2017 |
16h00 |
Fecha estimada de adjudicación |
10/02/2017 |
16h00 |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de (2) días, de acuerdo al siguiente cronograma:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores |
25/01/2017 |
16h00 |
Fecha límite para convalidación errores |
27/01/2017 |
16h00 |
Fecha estimada de adjudicación |
10/02/2017 |
16h00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta la celebración del contrato.
3.3 Precio de la Oferta: Se entenderá por precio de la oferta al valor que el oferente haga constar en el formulario de oferta económica.
3.3.1 Forma de presentar la oferta: La oferta se deberá presentar de forma física en dos sobres por separado, los que contendrán los formularios descritos en la sección de integridad de la oferta con el siguiente texto:
LISTA CORTA DE CONSULTORÍA
“LCC-CFN-CAF-001-2017”
Sobre No. (1 ó 2)
OFERTA (TECNICA O ECONOMICA)
Señor
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Gerente de División Administrativa
Presente.-
PRESENTADA POR: ___________________________________
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
3.4 Plazo de ejecución:
El plazo para la ejecución de la CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DE FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO - PROJECT FINANCE: DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRODUCTO es de 90 días totales, plazo que se encuentra desglosado de la siguiente manera:
-
PLAZO
ENTREGABLE
Hasta 30 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.1. y 1.2
Hasta 75 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.3; y, 1.4.
Hasta 90 días a partir de la firma del contrato
Producto 1.5., 1.6.; y 1.7.
3.5 Alcance del precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse.
El participante deberá ofertar todos y cada uno de los rubros señalados en las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx, Formulario de Oferta Económica.
3.6 Forma de pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el numeral 7 de la Convocatoria y en el Contrato.
3.6.1 Anticipo: El 20% del valor total del contrato en calidad de anticipo, mismo que será pagado una vez suscrito el mismo.
3.6.2 Valor restante del contrato: Se lo hará de la manera prevista en el numeral 7 de la Convocatoria y en el Contrato.
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1 Evaluación de la oferta: Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.
4.1.1 Integridad de la oferta: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la presentación de los Formularios de la oferta y requisitos mínimos previstos en el pliego.
Formulario de la Oferta:
1.1 Presentación y compromiso;
1.2 Datos generales del oferente;
1.3 Identificación de socios, accionistas, partícipes mayoritarios del oferente en caso de ser persona jurídica;
1.4 Situación financiera del oferente (Índices financieros y patrimonio);
1.5 Oferta Económica (Sobre No. 2);
1.6 Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría (Metodología y cronograma de ejecución);
1.7 Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la ejecución del contrato (Experiencia mínima del personal clave);
1.8 Capacidad técnica y administrativa disponible (Personal Técnico clave asignado al proyecto);
1.9 Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría (La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formulario en el procedimiento);
Formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida:
2.1 Compromiso del Profesional asignado al proyecto
2.2 Hoja de Vida del personal técnico clave asignado al proyecto
Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2, debidamente cerrado.
II Patrimonio (Aplicable para personas jurídicas):
Patrimonio: (RESOLUCIÓN SERCOP RE-2016-000072)
En caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relación con el presupuesto referencial del procedimiento de contratación, la verificación se realizará mediante la presentación del Impuesto a la Renta presentado a la entidad tributaria respectiva, correspondiente al último ejercicio fiscal:
Presupuesto Referencial |
Monto que debe cumplirse de Patrimonio USD |
||
Fracción Básica |
Exceso Hasta |
Patrimonio Exigido sobre la fracción básica |
Patrimonio exigido sobre el excedente de la fracción básica |
BIENES Y/O SERVICIOS, INCLUIDOS CONSULTORÍA |
|||
0 |
500.000 Incluido |
0 |
5% sobre el exceso de 250.000 incluido |
500.001 |
1´000.000 Incluido |
15.000 |
10% sobre el exceso de la fracción básica |
1´000.001 |
5´000.000 Incluido |
75.000 |
12.5% sobre el exceso de la fracción básica |
5´000.001 |
10´000.000 Incluido |
625.000 |
15% sobre el exceso de la fracción básica |
10´000.001 |
En Adelante |
1´500.000 |
17,5% sobre el exceso de la fracción básica |
4.1.2 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:
PARÁMETRO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
OBSERVACIONES |
Integridad de la Oferta |
|
|
|
Patrimonio (Aplica para personas jurídicas) * |
|
|
|
Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos pasaran a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificados.
4.1.3 Información Financiera de Referencia:
Análisis de los índices financieros: La CFN tomará en consideración los siguientes índices financieros:
Índice de Solvencia Índice de Endeudamiento siendo estos índices y valores recomendados. Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del último ejercicio fiscal (año 2015) correspondiente y/o los balances presentados al órgano de control respectivo.
Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación:
Índice |
Indicador solicitado |
Observaciones |
Solvencia* |
>= 1.00 |
Activo Corriente / Pasivo Corriente |
Endeudamiento* |
< 0.90 |
Pasivo Total / Patrimonio |
4.2. Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.
La experiencia general mínima que necesita cumplir la persona jurídica, es la siguiente:
Mínimo 5 años de existencia legal, comprobable mediante la copia de la escritura de constitución de la empresa, tiempo en el cual la empresa debió haber realizado trabajos de consultoría; mínimo dos proyectos cuyos montos individuales de contratación sean el 60% del presupuesto referencial, para lo cual deberá adjuntar contratos; actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado.
Se asignarán los puntos de manera proporcional de la siguiente manera:
Si cumple con dos proyectos mínimos requeridos se asignarán 6 puntos
Si presenta tres proyectos se asignarán 8 puntos
Si presenta cuatro o más proyectos se asignará la totalidad del puntaje es decir 10 puntos.
13. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
PARÁMETRO |
VALORACIÓN (puntos) |
Experiencia general de la empresa |
10 |
Experiencia del personal técnico |
40 |
Plan de trabajo, Metodología y cronograma de ejecución |
50 |
TOTAL |
100 |
Experiencia general de la empresa jurídica – hasta 10 puntos
La experiencia general mínima que necesita cumplir la persona jurídica, es la siguiente:
Mínimo 5 años de existencia legal, comprobable mediante la copia de la escritura de constitución de la empresa, tiempo en el cual la empresa debió haber realizado trabajos de consultoría; mínimo dos proyectos cuyos montos individuales de contratación sean el 60% del presupuesto referencial, para lo cual deberá adjuntar contratos; actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado.
Se asignarán los puntos de manera proporcional de la siguiente manera:
Si cumple con dos proyectos mínimos requeridos se asignarán 6 puntos
Si presenta tres proyectos se asignarán 8 puntos
Si presenta cuatro o más proyectos se asignará la totalidad del puntaje es decir 10 puntos.
Experiencia Personal Técnico: hasta 40 puntos
Director de Proyecto – hasta 20 puntos
Contar con acreditada experiencia en roles similares en al menos 2 proyectos, para lo cual deberá adjuntar contratos, actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado. Cada certificado será asignado con 4 puntos, con un total de 8 puntos como máximo asignados.
Contar experiencia en asesoría y desarrollo de Project Finance en al menos tres proyectos, para lo cual deberá adjuntar contratos, actas de entrega o certificados que avalen lo solicitado. Cada certificado será asignado con 4 puntos, para completar un total de 12 puntos, como máximo.
Experiencia del Personal Técnico – hasta 20 puntos
2 analistas que cuenten con experiencia en financiamiento estructurado y Project Finance durante los últimos 5 años, para lo cual deberán adjuntar contrato, acta de entrega o certificados que avalen la experiencia solicitada.
Se asignará a cada profesional 8 puntos, al presentar el contrato, acta de entrega o certificados solicitados para avalar la experiencia en al menos 2 proyectos, hasta un total de 16 puntos.
1 analista que cuente con experiencia en elaboración de procesos y procedimientos durante los últimos 5 años, en al menos un proyecto.
Para lo cual deberán adjuntar contrato, acta de entrega o certificados que avalen la experiencia solicitada.
Se asignará 4 puntos al presentar el contrato, acta de entrega o certificados solicitados para avalar la experiencia solicitada.
Plan de Trabajo, Cronograma y Metodología – hasta 50 puntos
Se considerará la propuesta técnica siempre y cuando contenga: el plan de trabajo, cronograma, metodología, y todo valor agregado planteado para el desarrollo del trabajo solicitado.
Metodología Propuesta, acorde a lo solicitado – hasta 25 puntos
Cronograma Propuesto, acorde al plazo de entrega – hasta 10 puntos
Valor Agregado que signifique un aporte técnico al desarrollo de la consultoría – hasta 15 puntos.
4.3 Evaluación de la oferta económica.- La entidad contratante no tendrá acceso a las propuestas económicas, sino hasta que la evaluación técnica haya concluido y solamente de las ofertas que hayan obtenido por lo menos setenta (70) puntos en la evaluación técnica.
La asignación de puntajes de las ofertas económicas de los consultores que hayan alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la oferta técnica, se realizará mediante la aplicación de una relación inversamente proporcional a partir de la oferta económica más baja, en donde la totalidad del puntaje (100 puntos) se le otorgará a esta última conforme la siguiente fórmula:
Pei = (POEm x 100) / POEi
Dónde:
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i.
POEm = Precio de la Oferta Económica más baja.
POEi = Precio de la Oferta Económica del oferente i
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei)
Donde:
PTOi = Puntaje Total del Oferente i
Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del oferente i
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes:
-La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00).
Para este caso de Consultoría por Lista Corta se determina la siguiente ponderación económica:
90% oferta técnica;
10% oferta económica
En caso de empate en la puntuación final, para establecer el orden de prelación se atenderá a las siguientes reglas:
a) Si el empate se originare en diferentes calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora será aquella que tuviere el mayor puntaje en la oferta técnica.
b) Si el empate se originare en idénticas calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:
b.1) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia Específica”;
De persistir el empate, se aplicará progresivamente y en el siguiente orden los criterios:
b.2) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia del Personal Técnico”;
b.3) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia General”;
b.4) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Plan de Trabajo”;
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista: El contratista se obliga a:
Prestar los servicios de consultoría para la “CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORÍA PARA EL DESARROLLO DE FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO - PROJECT FINANCE: DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL PRODUCTO” y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y específicas y los demás documentos contractuales.
Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
Para sustituir personal técnico clave, asignado al proyecto, solicitará la previa autorización, por escrito, del administrador del contrato.
A solicitud de la entidad, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.
Solicitará a la entidad la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta.
Los oferentes deberán cumplir de manera estricta lo estipulado en el Art. 39 de la LOSNCP, a excepción de su último párrafo.
Obligaciones de la contratante:
Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de 15 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
Proporcionar al contratista los documentos, accesos e información relevante relacionada con los trabajos de consultoría, de los que dispusiera, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo de 15 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo de 15 días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.
Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
SECCION I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada según lo previsto en el Art. 18 del Reglamento General a la LOSNCP; en caso de que la Comisión Técnica considere necesario la formación de una Sub Comisión de Apoyo deberá observar lo estipulado en el Art. 19 del Reglamento General a la misma Ley, y será la encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la máxima autoridad de la Entidad Contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
Participantes: La convocatoria estará dirigida a las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, y que cumplan con los siguientes requisitos:
Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad.
Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en estos pliegos de contratación.
Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las siguientes inhabilidades:
Inhabilidades Generales.- No podrán celebrar contratos con las Entidades Contratantes:
1. Quienes se hallaren incursos en las incapacidades establecidas por el Código Civil
2. El Presidente, el Vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, el Director Ejecutivo y demás funcionarios del Instituto Nacional de Contratación Pública, los legisladores, los presidentes o representantes legales de las Entidades Contratantes previstas en esta Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de los dignatarios, funcionarios y servidores indicados en este numeral;
3. Los servidores públicos, esto es, funcionarios y empleados, que hubieren tenido directa o indirectamente vinculación en cualquier etapa del procedimiento de contratación o tengan un grado de responsabilidad en el procedimiento o que por sus actividades o funciones, se podría presumir que cuentan con información privilegiada;
4. Los que, no habiendo estado inhabilitados en el procedimiento precontractual, al momento de celebrar el contrato, lo estuvieren; y,
5. Los deudores morosos del Estado o sus instituciones.
6. Y todo aquello que sea impedimento para contratar a nivel internacional (empresas sancionadas)
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, al tiempo de presentar la oferta, se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá encontrarse suscrito en instrumento público.
En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.
1.3 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física en la Entidad Contratante.
La apertura de las ofertas técnicas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas técnicas será público.
De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica y/o Máxima Autoridad o su delegado con la siguiente información:
a) Nombre de los oferentes;
b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
c) Número de hojas de cada oferta
Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física, en dos sobres separados.
1.4 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
1.5 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Las empresas consultoras invitadas tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, a través del correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a los correos correspondientes y publicará el Acta de Respuestas en la página web institucional.
1.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.
Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla.
1.7 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en el plazo establecido en el cronograma del proceso. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través de correo electrónico en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
1.8 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado podrán rechazar las ofertas por las siguientes causas:
a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
c) Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados.
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
1.9 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
Apertura de la oferta técnica: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1. Un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.
Dentro del término mínimo de 8 días, la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2.
Negociación: La Comisión Técnica, negociará con el proponente y no se volverá a llamar para nuevas negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.
El acta de negociación será firmada por los miembros de la comisión o el delegado de la máxima autoridad, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación.
Adjudicación: La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato de considerarlo pertinente y beneficioso para la institución en los términos establecidos en estos pliegos de contratación, una vez recibida la No Objeción por parte de CAF.
En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación.
El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en la página web xxx.xxx.xxx.xx la página oficial del sercop en la herramienta de publicación especial y se comunicará al consultor mediante oficio la adjudicación.
1.10 Garantías: En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a la naturaleza de la contratación.
1.10.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato.
1.10.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato.
1.11 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
1.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP, según corresponda.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.
1.13 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al SERCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.
Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.
1.14 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contados a partir de la fecha de la resolución, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos.
1.15 Precios unitarios y reajuste: Para este procedimiento no existe reajuste de precios.
1.16 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
1.17 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
1.18 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Tratándose de los procedimientos que se realizan por Concurso Público y Lista Corta, las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo.
Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; entre firmas consultoras, o entre organismos que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría.
La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los requisitos establecidos en las condiciones particulares xxx xxxxxx los siguientes requisitos, procedimientos y criterios:
1.- Capacidad técnica y administrativa disponible;
2.-
Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de
trabajos anteriores;
3.- Antecedentes y experiencia
demostrables del personal que será asignado a la ejecución del
contrato;
4.- Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría;
5.- Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría; y,
6.- Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.
Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del patrimonio para el caso de personas jurídicas.
2.2. Parámetros de Evaluación: Los parámetros de calificación están determinados en estos pliegos de contratación y deberán ser analizados de conformidad con lo solicitado.
2.3 Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos.
El
incumplimiento de los índices financieros no será causal de rechazo
de la oferta.
2.4 Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
El Formulario de Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las condiciones particulares xxx xxxxxx.
SECCIÓN III
FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios o productos dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al Consultor, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso.
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor.
3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
3.1.4 Obligaciones del Consultor: El Consultor debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad.
Los sueldos y salarios del Consultor con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
El Consultor deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador.
Serán también de cuenta del Consultor y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.
El Consultor se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
El Consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
3.1.5 Obligaciones de la contratante:
Designar al administrador del contrato.
Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
Las demás, determinadas en el pliego precontractual.
3.1.6 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato.
3.1.7 Administrador del Contrato: El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (descripción de la consultoría), luego de examinar el pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:
La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
Ha procedido a estudiar el pliego, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.
De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.
Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales detalladas en estos pliegos de contratación.
En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)
Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad: |
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Calle (principal) |
|
No: |
|
Calle (intersección): |
|
Teléfono(s): |
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Correo electrónico |
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Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): |
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R.U.C: |
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1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.
DECLARACIÓN
En mi calidad de representante legal de ___ (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionistas o participes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos este inhabilitado nacional e internacionalmente para participar en los procedimientos de contratación.
2.- Que la compañía a la que represento ___ (el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.
(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)
3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo. (Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa)
4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, que no sean miembro de CAF, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.
5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
.. Descalifique a mi representada como oferente; o,
. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:
TIPO DE PERSONA JURÍDICA:
Compañía Anónima |
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Compañía de Responsabilidad Limitada |
|
Compañía Mixta |
|
Compañía en Nombre Colectivo |
|
Compañía en Comandita Simple |
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Sociedad Civil |
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Corporación |
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Fundación |
|
Asociación o consorcio |
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Otra |
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Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)
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Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) |
Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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1.4 SITUACIÓN FINANCIERA
La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI, y deberá ser calculado según las fórmulas establecidas en el numeral 4.1.3 “Información Financiera de Referencia” de este documento.
Para el caso de empresas extranjeras deberá presentar el documento que avale el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, presentado al ente rector del país correspondiente, y deberá ser calculado según las fórmulas establecidas en el numeral 4.1.3 “Información Financiera de Referencia” de este documento.
El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro:
Índice |
Indicador solicitado |
Indicador declarado por el proveedor |
Observaciones |
Solvencia* |
>=1 |
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Endeudamiento* |
<0,90 |
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1.5 OFERTA ECONÓMICA **
(SOBRE No. 2)
DESCRIPCIÓN |
Valor USD $ |
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COSTOS DIRECTOS |
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Remuneraciones |
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Beneficios y cargas sociales |
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Viajes y viáticos |
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Servicios |
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Arrendamientos |
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Equipos e instalaciones |
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Suministros |
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Reproducciones |
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Subcontratos |
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COSTOS INDIRECTOS |
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Utilidad |
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TOTAL |
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TOTAL: (detallar el total en números) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2 debidamente cerrado.
1.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
Contendrá, entre otros lo siguiente:
Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;
Organigrama funcional del servicio propuesto; y,
Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.
(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).
1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS
Nº |
Nombre del proyecto |
Entidad Contratante |
Monto |
Breve descripción |
Período de ejecución |
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Inicio |
Final |
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1.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre completo |
Título profesional |
Nacionalidad |
Cargo / Función |
Tiempo participación (meses) |
Porcentaje participación sobre total |
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1.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES:
La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación.
No. |
Descripción |
Detalle |
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1.10 FORMULARIO DE NO TENER IMPEDIMENTO
Yo,……………….. en calidad de Representante Legal de la empresa …………, garantizo que a la empresa a la que represento, no tiene impedimento legal en el Ecuador ni a nivel Internacional para contratar; adicional certifico que no tiene cuentas en bancos de países considerados como paraíso fiscal que no sean miembros de la Corporación Andina de Fomento CAF.
Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
Descalifique a mi representada como oferente; o,
Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso **)
(LUGAR Y FECHA)
SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACION DEL PERSONAL TECNICO Y HOJA DE VIDA
2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 2.2 de este formulario.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma, Nombre y Número CC)
(Profesional Asignado al Proyecto)
Notas:
Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado en el proyecto, exclusivamente.
Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el numeral 2.2 de este formulario.
2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
1. Nombres completos: __________________________________
2. Lugar y fecha de nacimiento: __________________________________
3. Nacionalidad: __________________________________
4. Título profesional: __________________________________
5. Fecha de graduación: __________________________________
6. Título IV nivel: __________________________________
7. Fecha de obtención: __________________________________
6. Experiencia profesional:
Empresa / Institución: |
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Contratante: |
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Proyecto: |
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Monto del proyecto: |
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Papel desempeñado: |
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Tiempo de participación: |
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Actividades relevantes: |
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SECCIÓN III. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO (SOLO SI APLICA)
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte,……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………..
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para………………….
En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública aplicable a este caso.
Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle:
(Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido)
Atentamente,
Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2
RUC No. RUC No.
Promitente Consorciado (n)
RUC No.
PROYECTO DE CONTRATO
CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA PARA PROYECTOS FINANCIADOS POR LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO, CAF
|
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte La Corporación Financiera Nacional, representada por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (cargo), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del CONSULTOR/A o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 La Corporación Andina de Fomento CAF, y la República del Ecuador, suscribieron el 18 de noviembre del 2014, el contrato xx xxxxxxxx para financiar parcialmente el Programa Progresar relacionado con el Cambio de la Matriz Productiva y se designa a la Corporación Financiera Nacional como Organismo Ejecutor.
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego del procedimiento de (Concurso Público / Lista Corta) (No.) para (describir objeto de la contratación), documentos que cuentan con la No Objeción de CAF señalado en el oficio N°……………
1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo), mediante documento (identificar certificación aclarando que los compromisos presupuestarios pueden ser presentes y futuros).
1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año).
1.5. Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la consultoría (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario). Se cuenta con la No Objeción de la CAF notificada mediante oficio Nro……
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría(CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.
e) La resolución de adjudicación.
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
g) Copia simple del Contrato xx Xxxxxxxx de CAF y los LINEAMIENTOS CAF.
(Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato).1
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El CONTRATISTA se obliga para con la CONTRATANTE a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma (describir detalladamente el objeto de la contratación).
Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones generales de los contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.
Cláusula Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
4.1En virtud de la celebración del contrato, el/la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
4.2 Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
Para sustituir al personal técnico clave asignado al proyecto, solicitará la autorización previa por escrito del administrador del contrato.
4.3 En caso de que la CONTRATISTA durante la ejecución del contrato, requiera personal adicional al indicado en la oferta, solicitará a LA CONTRATANTE la aprobación correspondiente.
4.4 LA CONTRATANTE, solicitará la sustitución , a costo de la CONTRATISTA, de uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto, fundamentada en la ineficiencia comprobada de dicho personal o en el caso de enfermedad u otra causa que le impida ejecutar personalmente su compromiso.
Cláusula Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
5.1 En cumplimiento del objeto del presente contrato, el/la CONSULTOR/A se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD).
El/La Consultor/a se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE DE ACUERDO DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CORRESPONDIENTES)
Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO
6.1. El valor estimado del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
Cláusula Séptima.- FORMA DE PAGO
7.1. La CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, en el plazo máximo de (días), contados desde la celebración del contrato en calidad de anticipo; el valor de (hasta un máximo del …% del valor del contrato), en dólares de los Estados Unidos de América.
7.2. El valor restante del contrato, esto es, (establecer el porcentaje en letras) por ciento (%), se lo hará mediante un solo pago o varios pagos contra entrega del o de los respectivos informes, final, parcial o por producto; o, cualquier otra forma permitida por la ley y determinada por la entidad contratante a través del Administrador del Contrato (establecer la forma aquí).
Cláusula Octava.- GARANTÍAS
8.1.- En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.11 xxx Xxxxxx de condiciones generales para las contrataciones de consultoría que son parte del presente contrato).
8.2.-Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la LOSCNP y 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Novena.- PLAZO
9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de (establecer periodo en letras – días/meses), contados a partir de (establecer si desde la fecha de la firma del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato), de conformidad con lo establecido en la oferta.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- MULTAS
10.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de (valor establecido por la CONTRATANTE, de acuerdo a la naturaleza del contrato.).
(Las multas se impondrán al CONSULTOR por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, así como por incumplimiento de las demás obligaciones contractuales, las que se determinarán con relación directa por el monto total del contrato y por cada día de retraso. El porcentaje para el cálculo de las multas se deberá determinar dentro de la legalidad y razonabilidad, que implica la comprobación del hecho y la correlativa sanción y no podrá ser menor al 1 por mil del valor total del contrato, por cada día de retraso)
Cláusula Undécima.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
11.1.-El presente contrato no contempla reajuste de precios, de conformidad con lo señalado en los pliegos.
Cláusula Duodécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
12.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
12.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Décima Tercera.- TERMINACION DEL CONTRATO
13.1Terminación del contrato.-El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
13.2Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 1.1 del formulario de oferta -Presentación y compromiso;
El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por la contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
13.3.- Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
14.1.-Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
14.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.
Cláusula Décima Sexta.- DOMICILIO
16.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio).
16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE:
Dirección: Xxxxxxxx 00X xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx x Xxxxx
Teléfonos: 00 0 000-000
Correo electrónico de contacto:
El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Séptima.- ACEPTACION DE LAS PARTES
17.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
17.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Quito, a
________________________ _____________________________
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA PARA PROYECTOS FINANCIADOS POR LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF
|
Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de Consultoría son de cumplimiento obligatorio para las Entidades Contratantes y los consultores que celebren contratos de consultoría. |
Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
b. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
c. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
“Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato.
“Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
“Consultor”, es el oferente adjudicatario.
“Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
Corporación Andina de Fomento CAF, es el organismo internacional de financiamiento que asigna los recursos para el fortalecimiento de la Entidad Contratante.
“LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
“RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.
“Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado.
“Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.
“SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Lo previsto en la cláusula Séptima de las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONSULTOR/A aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONSULTOR/A autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONSULTOR/A para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP.
2.3 Todos los pagos que se hagan al CONSULTOR/A por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.4 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.5 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONSULTOR/A, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONSULTOR/A a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en la cláusula Octava de las condiciones particulares del contrato y la Ley.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONSULTOR/A.
Si el CONSULTOR/A no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.
Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el Contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor/a.
3.2.2 La del anticipo:
Si el CONSULTOR/A no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.
En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONSULTOR/A no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONSULTOR/A así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud.
Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONSULTOR/A está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.
Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la Entidad Contratante y que no se deban a causas imputables a la Consultora.
Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR/A
A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El CONSULTOR/A se compromete a prestar sus servicios derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El CONSULTOR/A se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el CONSULTOR/A se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual.
5.3 El CONSULTOR/A está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.4 EL CONSULTOR/A se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.-
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP.
Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el CONSULTOR/A entregará a la Entidad Contratante el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La Entidad Contratante dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el CONSULTOR/A de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo.
8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP.
8.3 Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONSULTOR/A notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.
8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONSULTOR/A o declarada por la CONTRATANTE, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.5 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONSULTOR/A las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.
9.2 Es de cuenta del CONSULTOR/A, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados conforme con lo señalado en la LOSNCP. El CONSULTOR/A entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONSULTOR/A.
Xxxxxxxx Xxxxxx: LABORAL
10.1 El CONSULTOR/A asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la Entidad Contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR/A. Sin perjuicio de lo cual, la Entidad Contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
11.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del CONSULTOR/A.
11.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.
Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD
12.1 La Entidad Contratante y el CONSULTOR/A convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.
El incumplimiento a esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
El CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la Entidad Contratante.
Cláusula Décimo Tercera: RESPONSABILIDAD
El CONSULTOR/A es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Nombre |
Cargo |
Firma |
Elaborado por: |
XXXXXX XXXXXX |
ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES CON MULTILATERALES |
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1 La Entidad Contratante no exigirá al contratista más de dos copias de la documentación que por las disposiciones de este pliego deba ser protocolizada, así como también solo se protocolizarán los contratos que superen el valor previsto para los procesos de licitación.
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