Contrato de Suscripción
SOLICITUD DE MEMBRESIA TERMINOS Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS
Contrato de Suscripción
Cláusulas Generales
Entre: de una parte, la empresa BUSINESS MAIL & CARGO, SRL, con Registro Nacional del Contribuyente 1-01-66869-5, organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana y domiciliada en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, representado por quien firma el presente contrato de servicio, que en lo adelante se denominará “BM Cargo” o por su razón social completa y de la otra parte, el firmante del registro de membresía, quien en lo adelante se denominará, “USUARIO” o “EL CLIENTE”. Se ha convenido y pactado lo siguiente:
MEMBRESIA. –
Artículo Primero. -: EL USUARIO al suscribirse en la membresía de BM Cargo recibe un código de usuario y una contraseña que le permite acceso electrónico para recibir como único dueño todas las informaciones personas o empresariales que le sean remitidos para recibir sus correspondencias, paquetes, bultos y mercancía en general del extranjero hacia la República Dominicana. Este código de usuario, asignado por B M Cargo, será solo para su uso personal o empresarial, dependiendo del caso.
El USUARIO será el único responsable en mantener la confidencialidad su contraseña y de todas las actividades que ocurran bajo su contraseña y nombre de usuario.
El USUARIO se compromete a notificar inmediatamente a B M Cargo sobre cualquier uso no autorizado de su contraseña o nombre de usuario o sobre cualquier otra falla de seguridad.
Articulo Segundo: El USUARIO al suscribirse en la membrecía de BM Cargo, este le otorga una dirección física dentro del territorio de los Estados Unidos, este proceso se realiza a través de la página web de BM Cargo o en forma presencial en nuestras oficinas, para lo cual deberá adjuntar sus documentos de identidad, sea cédula o pasaporte en caso de cuentas personales, y copia del Registro Nacional del Contribuyente -RNC- o su registro mercantil, en caso de cuentas corporativas.
Queda entendido que el USUARIO debe proveer información verídica y actualizada que pueda ser identificado al recibir sus futuras importaciones o recepción de documentos.
El usuario no deberá utilizar direcciones de correo electrónico falsas, o de ocultar el verdadero origen de la dirección de su correo electrónico. En cualquiera de estos casos BM Cargo no podrá continuar el proceso de suscripción o en su caso cerrar la cuenta.
DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Artículo Segundo. - Con la dirección suministrada por BM Cargo el USUARIO puede utilizar los siguientes servicios:
2.1.1 Recepción de correspondencias, paquetes, bultos y carga en general en la dirección de Business Mail & Cargo SRL en el extranjero, que sean debidamente dirigidos al Cliente e identificados por el Código de membresía.
2.1.2. El envío al extranjero de las correspondencias, paquetes, bultos y carga debidamente entregados y empacados por el Cliente, en las oficinas de Business Mail & Cargo SRL en la República Dominicana, de conformidad con las instrucciones específicas del Cliente y sujetos a las estipulaciones en el presente contrato.
2.1.3. Notificación al consignatario para que este recoja sus correspondencias, paquetes, bultos o mercancía en general en cualquiera de las oficinas de BM Cargo elegidas por el USUARIO.
2.1.4. Notificación al consignatario del proceso y/o documentación requerida por cualquiera de las instituciones gubernamentales que intervienen en el proceso de importación y/o exportación de sus correspondencias, paquetes, bultos y carga a solicitud de estas instituciones.
2.1.5. Servicios de Mensajería local: La recolección y/o el envío en el territorio nacional de las correspondencias, paquetes y/o bultos que el Cliente reciba y/o desee enviar a través de Business Mail & Cargo SRL.
2.1.6. Servicio de recogida (Pick Up): De las correspondencias, paquetes y/o bultos del Cliente en la dirección en el extranjero que él indique. Servicio que deberá ser prepagado por el Cliente, previo a ser efectuado dicho servicio, y se compromete a reembolsar los gastos que BM cargo haya incurrido en la ejecución de esta gestión.
2.1.7 Servicios de Aduanas: BM cargo realizará por cuenta propia y en nombre del Cliente las gestiones aduanales exigidas por las leyes dominicanas y solicitará el registro RUA cuando las operaciones son personales y si el consignatario es empresarial una solicitud de ENLACE requerido por las autoridades aduanales del país y/o cualquier otro registro que sea exigido por esta dependencia estatal.
En lo referente al registro RUA el USUARIO debe registrarse en el portal de la Dirección General de Aduanas xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxx/ que para estos fines tiene diseñado dicha institución.
Cuando es una empresa, debe llenar un formulario de REGISTRO DE ENLACE y es un requisito que exige la dirección General de Aduanas para poder realizar sus futuras importaciones así se evita futuros contratiempos. Todo esto deberá realizarse con la colaboración y orientación de un colaborador de BM Cargo.
2.1.8 Servicio de Envió Nacional: Es un servicio terrestre que BM Cargo le ofrece a sus clientes a través de toda su red de sucursales esparcidos en toda la geografía nacional. Es prepagado y es un servicio de estación a estación. Preguntar en el área de Servicio al Cliente, sus paquetes o mercancías deben estar, deben estar debidamente empacada. El tiempo de entrega de este servicio es de 24 a 48 horas laborables, el mismo puede verse afectado por causas de fuerza mayor ajenas a BM Cargo, como es restricciones sanitarias de horario para la movilidad de los vehículos fijadas por el gobierno, condiciones climatológicas, imprevistos operativos en el tránsito vehicular. Ante estas eventualidades BM Cargo no será sujeto de reclamaciones por parte del USUARIO.
2.1.9 Servicio de Reempaque: Este servicio es notificado al cliente en caso de embarque de mercancías en origen-Oficina de Miami- cuando por su naturaleza son consideradas frágiles y/o llegan con empaque no adecuado para su exportación.
2.1.10 Servicios de Carga INBOND.– BM Cargo ofrece estos servicios a sus afilados cuando las mercancías internacionales de gran volumen se encuentran en tránsito en los Estados Unidos y su destino final es la República Dominicana – Bajo esta modalidad la mercancía no es gravado en territorio americano.
2.1.11 Servicios de Almacenamiento.- BM Cargo cuenta con grandes almacenes en territorio americano y en la República Dominicana. Con esta facilidad el USUARIO puede consolidar carga en Estados Unidos para su embarque final y en la Republica Dominicana facilitándoles servicios logísticos de consolidación y desconsolidación de carga, etiquetado y entrega. cuya tarifa se regirá en base al peso y/o volumen de la carga.
2.1.12 Servicios de Carga Marítima. - BM Cargo ofrece al USUARIO este servicio para el manejo de carga en grandes volúmenes. Las tarifas se definen tomando en cuenta la temporada y las características del producto, sean estos carga seca o perecedera, etc.
2.1.13. Otros Servicios: B M Cargo podrá ofrecer cualquier otro servicio a requerimiento del cliente según las tarifas acordadas entre las partes entendiendo que el mismo puede facilitar los servicios de recepción y entrega de su mercancía. Esta solicitud debe ser canalizada y pagada directamente por el USUARIO a B M Cargo.
MERCANCÍA PROHIBIDA
Artículo Tercero. - Mercancía Prohibida. Queda entendido entre las partes que está prohibido el envío o recibo a través de BM Cargo que de manera no limitativa lo siguientes productos: Drogas y estupefacientes, armas de fuego, balas y/o municiones, gas pimienta, explosivos, gas lacrimógena, material pornográfico, Money Order, dinero en efectivo, fósforos , venenos, pasaportes, animales vivos y pieles de animales, semillas, hooka y/o sus accesorios .- Xxxxx Xxxxx 0 .-
Adicionalmente el USUARIO declara y reconoce que BM Cargo podrá negarse a transportar hasta o desde territorio extranjero cualquier tipo de material o producto que a su juicio y que de conformidad con el Inventario de mercancía prohibida especificado en el portal web de B M Cargo, o de cualquier resolución o disposición de las autoridades nacionales e internacionales, no se encuentren permitidas para su libre transportación.
El USUARIO no puede transportar por vía aérea soluciones de limpieza, productos de spray, bebidas alcohólicas, gas, encendedores , vidrios, amortiguadores , baterías, herramientas a base de gas, cualquier
articulo cuyo ingrediente principal sea el alcohol , baterías que contengan componentes químicos .Véase anexo 1.-
EL USUARIO y su remitente son los únicos responsables de cualquier responsabilidad civil, penal, tributario y comercial que puedan derivarse en el país o en el extranjero por el manejo y transporte de mercancías prohibidas y responder ante las autoridades competentes como propietarios del mismo.
TARIFAS
Artículo Cuarto. – BM Cargo cobrará al USUARIO las tarifas y cargos vigentes al momento que se le preste cualquiera de los servicios señalados en el presente contrato. Cuando se produzca cualquier variación al respecto B M Cargo le comunicará al USUARIO por escrito. Estos cambios pueden ser por una variación de las tarifas de las líneas aéreas y proveedores internacionales, así como relativo a los costos operativos locales.
El USUARIO reconoce y acepta como buena y valida que el precio de los servicios ofertados mediante este contrato está sujeto a ser modificado por BM Cargo, en base a los cambios que dicte el mercado tanto nacional como internacional y en especial a las fluctuaciones xxx xxxxxxx de divisas, aumento de los costos de las líneas aéreas y su manejo operativo, así como cualquier costo de origen comercial.
Este aumento deberá ser notificado al Usuario con siete (7) días calendario de anticipación, una vez vencido el plazo y el USUARIO no ha puesto fin a este contrato de membresía se asume que las partes aceptan dichas modificaciones y constituyen parte integral del contrato.
FORMA DE PAGO
Artículo Quinto. - Forma de Pago. El Cliente se compromete a pagar a BM Cargo al momento de recibir los bienes transportados y/o recibir los servicios contratados a través del Portal Web de BUSINESS MAIL & CARGO SRL, por lo que autoriza a éste y/o a su proveedor de servicios de cobro automático a debitar de la tarjeta de crédito que el Cliente registre para estos fines, los montos detallados en dicho portal, y acordado por el Cliente al presionar la tecla de aceptar en los mismos, en efectivo y/o tarjeta de crédito vía nuestros cajeros de entrega o métodos de pago aceptados por nuestra gerencia financiera como son cheques o transferencias bancarias.
Cuando un USUARIO haya recibido crédito de BM Cargo por un tiempo determinado y este no cumpla con los plazos acordados, BM Cargo le aplicara un cargo acordado sobre el monto adeudado por concepto xx xxxx, más los gastos legales en caso de iniciarse un cobro compulsivo. Asimismo, BM Cargo queda autorizado a retener las mercancías del USUARIO hasta que este pague el saldo adeudado.
SUBASTA de mercancías
Artículo Sexto. - Subasta de Mercancía: El Cliente autoriza a B M Cargo a incluir toda mercancía, paquete o bulto recibida en las terminales aéreas y marítimas donde opera de BM Cargo entregar a las autoridades aduanales pasado los sesenta días (60) para su subasta. La fecha corre después de haber concluido el reconocimiento de la mercancía expresada en un manifiesto y no retirada de los recintos aduanales por falta de pago de los impuestos y gravámenes.
COBERTURA DE SEGUROS
Artículo Séptimo: BM Cargo otorga en forma automática una cobertura total de seguro al USUARIO por sus envíos expresos y transporte de carga aérea y marítima en base al valor FOB declarado o el valor de compra declarado y su aplicación se sujeta a las clausular de embarque que se numeran en este contrato.
Todos los artículos, paquetes, bultos y mercancías en general que se transporte el USUARIO por la vía área tendrán un cargo del 1.25% del valor FOB declarado. Este porcentaje se aplica también si es transportado por la vía marítima por el USUARIO personal.
Cuando el embarcador es un importador comercial o industrial y/o cualquier empresa en general se le aplicara un cargo vario de 0.75% a 1.25 % del valor FOB declarado cuando es transportado por la vía marítima. Esta variación guarda relación con el volumen de embarque.
En caso de que el cliente rescinda de este servicio por escrito, BM Cargo no otorgara la cobertura de este ante cualquier reclamación del cliente, en caso de presentarse.
LIMITE DE RESPONSABILIDADES
Artículo Octavo.- Queda entendido entre las partes que BM Cargo no será responsable de los hechos y circunstancias siguientes:
a) De las pérdidas resultantes de confiscación aduanera o de alguna autoridad nacional o internacional,
b) De retrasos ocasionados por la falta de documentación o información necesaria para el despacho o para el trámite aduanero, así como cualquier otro retraso ocasionado por fuerza mayor o caso fortuito.
c) De mercancías prohibidas, de conformidad con lo establecido en este contrato
d) Los paquetes abandonados en la Dirección General de Aduanas (DGA) y cuyos impuestos no hayan sido pagados a la institución precedentemente mencionada.
e) De los paquetes subastados por la Dirección General de Aduanas.
f) De los envíos correspondientes a medicamentos y alimentos que lleguen a su destino vencidos o próximos a vencerse, o mercancía que requiera refrigeración.
g) De artículos de cristal, vidrio, yeso, cerámica o fibra xx xxxxxx o frágiles sin empaque adecuado para exportación.
h) Del mal funcionamiento de artículos electrónicos sin daños visibles producto del transporte
i) De mercancías sin el debido acuse de entrega en nuestros almacenes de Miami.
j) Del transporte de mercancías frágiles que no hayan sido re empacados según recomendación de BUSINESS MAIL & CARGO SRL que debe ser un empaque de exportación.
K) De la inexactitud o falta de la información con que puedan llegar sus correspondencias y paquetes y mercancías en general a nuestras oficinas de Miami lo cual quedan retardar el cumplimiento de los servicios.
L) averías o retrasos causadas por causas de fuerza mayor como guerra, disturbios sociales, huracanes, terremotos, deslizamientos de tierra en carreteras, accidentes aéreos o marítimos,
Ll) B M Cargo se reserva el derecho de revisar todo o parte de los paquetes y/o bultos que reciba en sus oficinas locales o en el extranjero que sean transportadas en nombre o para el Cliente.
CARGOS Y MANEJO DE MERCANCIAS Y SERVICIOS
Artículo Noveno.- BM Cargo le asigna al USUARIO un código de membresía como UNICO medio para su identificación para todos los envíos del extranjero hacia la Republica Dominicana. Este código es de uso obligatorio. El USUARIO deberá colocar siempre en su compra el código de membresía correspondiente en su cuenta de B M Cargo. En caso de que el USUARIO no coloque su código de membresía, BM Cargo no podrá identificar el consignatario o cliente correcto del mismo. Esto genera a B M Cargo – Miami por reasignar ese paquete o mercancía un espacio en sus bodegas y luego realizar un rastreo adicional. Esto genera un cargo por paquete a ser enviado por vía aérea de un dólar (1) dólar americano por paquete al USUARIO.
Artículo Diez.- Por toda mercancía que llega al almacén de BM Cargo-Miami el USUARIO identificado recibe por vía electrónica un numero de WareHouse Recepte-WR- , con dicho número puede rastrear en tiempo real el estatus del mismo hasta su entrega en la Republica Dominicana .
Artículo Once.- El Usuario deberá comunicar a sus suplidores que las mercancías serán recibidas por BM Cargo -Miami en horarios laborables y deberán exigir el recibo de acuse que sirva como medio de confirmación de entrega. Este recibo de acuse o de recepción emitida por la oficina de Miami es el único medio para realizar futuras reclamaciones.
Artículo Doce.- El Usuario debe garantizarse utilizar transportistas dentro de los Estados Unidos que tengan como característica la entrega con recibo de acuse de la entrega de mercancías para garantizar la seguridad, integridad y entrega oportuna de sus mercancías en el tiempo que tiene estipulado. La utilización de otras vías supone mayores riesgos y dificulta a BM Cargo poder darle información y servicio al USUARIO que se traduce en tardanzas e inseguridad en la entrega en los almacenes de BM Cargo-Miami.
Artículo Trece.- BM Cargo informa en forma electrónica al USUARIO de la disponibilidad de sus paquetes y pertenencias en los almacenes del país que pueden ser a través de aplicaciones móviles o a sus correos en PC. El retiro se realiza previo pago en la caja o pago electrónico. El USUARIO al momento de la entrega debe verificar la integridad de la entrega y luego firmar la factura como recibo de acuse de su aceptación como bueno y valido y descarga a BM Cargo de toda responsabilidad. El orden de entrega y retiro siempre será de lo mas antiguo a lo más reciente y nunca a la inversa.
Artículo Catorce.- BM Cargo otorga la facilidad de realizar a nombre y por cuenta del USUARIO, las gestiones aduanales para el retiro de sus paquetes de acuerdo con las leyes y reglamentos que al respecto rigen y/o establezcan las autoridades dominicanas, Ei USUARIO se compromete a pagar en forma inmediata los impuestos y tributos de sus pertenencias para su retiro de los recintos aduanales y si hubiera asumir las multas por declaración tardía y cambios de categoría en el manifiesto como resultado
de entregar a BM Cargo ,sea en forma física o por la página WEB ,información incorrecta o alterada de los valores enviadas de la documentación a presentar en el manifiesto de aduana.
Artículo Quince. -Los plazos de entrega pueden variar por causas de fuerza mayor o caso fortuito y BM Cargo no pagara al USUARIO ningún tipo de indemnización atribuibles a estos eventos.
Artículo Dieciséis. - En los casos de entregas en el domicilio elegido por el USUARIO, este reconoce que toda persona que reciba la Mercancía en dicho domicilio estará facultado y capacitado para otorgar el correspondiente acuse de recibo de las Mercancías entregadas. Por consecuencia, el USUARIO descarga de toda responsabilidad a BM Cargo por las entregas realizadas en el domicilio indicado.
En estos casos de entrega a domicilio de la mercancía, el USUARIO cuenta con un plazo máximo de veinticuatro (24) horas para notificar a BM Cargo su reclamación, para tales fines la reclamación deberá ser remitida por escrito mediante correo electrónico a los representantes de BM Cargo
Luego de transcurridas las veinticuatro (24) horas de la entrega de la Mercancía se entenderá que el USUARIO ha aceptado sin reservas y bajo conformidad, por lo tanto, renuncia expresamente cualquier reclamación o queja que tenga sobre los mismos.
Artículo Diecisiete.- EL USUARIO no podrá retirar paquetes recibidos recientemente sin haber retirado los de mayor antigüedad.
Artículo Dieciocho. - El USUARIO cuando realice los envíos internacionales desde nuestras oficinas locales de B M Cargo en Xxxxx Xxxxxxx en cualquiera de sus sucursales el USUARIO, deberá traer las mismas abiertas para su verificación y este se compromete en aceptar las restricciones internacionalmente señaladas cuando son mercancías peligrosas, no envió de efectivo, etc., tipificadas por las autoridades competentes.
Artículo Diecinueve. - Si dentro de los cuarenta y cinco (45) días de haber comunicado por menos dos veces BM Cargo al USUARIO de la llegada de su correspondencia o paquetes a cualquiera de sus oficinas en República Dominicana y este no los haya retirado, BM Cargo queda liberado de su obligación de custodia y se reserva el derecho de disponer de los mismos. Los 45 días corren desde la primera llamada o notificación electrónica.
Artículo Veinte.- Almacén de Miami: En caso de que el USUARIO no haya remitido la documentación requerida por BM Cargo para el embarque de sus paquetes, bultos y carga como son la Factura Comercial, o otro documento adicional, a ser enviados por vía aérea, luego de transcurrido 15 días de recibido B M Cargo - Miami, le aplicara un cargo de almacenamiento de setenticinco centavos xx xxxxx 0.75 ctvs. xx xxxxx) americano por paquete.
Artículo Veintiuno.- BM Cargo ofrecerá facilidades al USUARIO para que pueda realizar compras Online en el extranjero en almacenes o tiendas especializadas utilizando un medio de pago de B M. Para su ejecución es asistido como facilitador por un personal de Costomer Service de BM Cargo. El cargo e importe de la compra el USUARIO paga al cierre de la compra a BM Cargo.
RECLAMACIONES
Artículo Veintidós.- Para reclamaciones de devoluciones por roturas, averías y/o cargos incorrectos, el USUARIO debe enviar su solicitud explicando la razón de su reclamación a nuestro email, y BM Cargo debe
dar respuesta en los 10 días laborables después de su presentación. Una vez estudiada la reclamación, si la misma corresponde total o parcialmente, se le realizará el crédito a su tarjeta de crédito o un cheque de reembolso, como también no proceder por los ítems que se señalan a continuación y el presente contrato.
a) Cualquier reclamación por pérdida, avería o entrega errónea el USUARIO deberá dar aviso al momento de la recepción de la mercancía, mediante los formularios establecidos para la misma. Siempre y cuando la mercancía o paquete este bien identificado con el código de membresía del USUARIO.
b) Con la firma del conduce, factura o recibo de pago, se entenderá que el artículo está recibido conforme, por lo que, en caso de no efectuar la notificación de la avería o entrega errónea del producto previo a la firma del recibo conforme, el Cliente declara y reconoce que no tiene ningún tipo de reclamación por dicho concepto, por lo que con dicho recibido otorga formal descargo y finiquito a BM Cargo por la mercancía recibida.
c) B M Cargo no se hace responsable de las reclamaciones de clientes por concepto de paquetes no entregados por el transportista o entregado en mal estado o vacíos en los recintos de B M Cargo en Miami -USA. Pues las entregas son debidamente identificadas al momento de la recepción por nuestro personal e incluidas en nuestro sistema para notificar al USUARIO para su conocimiento e información del estatus del paquete para fines de reclamación a su suplidor.
d) El tiempo de respuestas de las reclamaciones pueden variar según los datos y/o documentación suministradas por el cliente y las verificaciones por parte de B M Cargo que conlleven las mismas, pero las mismas no deben pasar de 10 días laborales. Este plazo puede variar si los soportes documentarios de la reclamación resultan insuficientes,
e) BM Cargo no se hace responsable de las reclamaciones del USUARIO generadas por paquetes no identificados por falta de Código de membresía o por falta de información del suplidor del USUARIO
f) La asignación por error de un paquete a otro USUARIO comprometerá al cliente receptor a devolver dichos paquetes o bultos en las mismas condiciones en las que lo encontró o pagar inmediatamente el valor de este en caso de no proceder con la devolución. De presentarse este caso BM Cargo debe dar una solución inmediata con el USUARIO propietario del paquete y BM Cargo entablar una demanda por daños y perjuicios al Usuario que se quedo con paquetes que no le pertenecen.
VIGENCIA Y TERMINACION DEL CONTRATO
Artículo veintitrés: El presente contrato tendrá una vigencia de un año, que regirá a partir de la firma de este, renovándose automáticamente a menos que una de las partes haya expresado su deseo de rescindirlos, para la cual tendrá que comunicarlo con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento. Antes de periodo señalado el USUARIO tiene la prerrogativa de cancelar la cuenta antes de su vencimiento.
Artículo veincuatro. - Causas de Terminación. Indistintamente del período de vigencia establecido en el Artículo Veintiuno, el Contrato podrá terminar en cualquier momento por las siguientes causas sin perjuicio de las estipulaciones convenidas en este Contrato que expresamente sobrevivan a la terminación, a saber:
a) Por voluntad unilateral de las Partes, sin alegar causa ni comprometer su responsabilidad, previa notificación por escrito, vía física. En este caso, el USUARIO deberá saldar las cuentas pendientes a la fecha de la terminación.
b) Por incumplimiento del USUARIO de las cláusulas establecidas en el presente contrato en cuanto a la veracidad de la información de su identidad y documentos a presentar a las autoridades aduanales, sin perjuicio de los derechos de BM Cargo de demandar indemnizaciones por los daños y perjuicios que se pudiesen ocasionar. En caso de falta de pago BM Cargo podrá liquidar y disponer de todas las Mercancías que se encuentren en sus almacenes para recuperar los valores adeudados por EL USUARIO.
c) Por la notificación recibida por BM Cargo de que en el curso de las transacciones y pago de los Servicios el USUARIO haya utilizado tarjetas de créditos robadas. Sin perjuicio de los derechos de BM Cargo de demandar indemnizaciones por los daños y perjuicios que se pudiesen ocasionar.
El USUARIO será el único responsable de las acciones civiles, penales o de cualquier otra índole incoadas por un tercero afectado del uso de las tarjetas de créditos robada, por lo que el USUARIO se compromete a pagar a BM Cargo todos los gastos que éste tenga que incurrir por dicho concepto, tales como gastos legales, pagos de daños y perjuicios y/o de cualquier otra índole.
DISPOSICIONES GENERSALES
Artículo veinticinco.- Queda entendido que el USUARIO el único responsable ante las autoridades nacionales y extranjeras de los efectos transportados a través de BM CARGO, aunque estas vengan a nombre de sus representados. Así mismo, las partes acuerdan que este contrato se rige por las leyes de la República Dominicana, sobre transporte de paquetes y muestras comerciales, leyes y reglamentos aduanales, leyes sanitarias y, las que rigen el transporte de carga aérea y marítima a nivel internacional. Eligen sus direcciones físicas enunciadas en el presente contrato.
Artículo Veintiséis.- El Cliente otorga de manera expresa a favor de Business Mail & Cargo SRL formal descargo de responsabilidad frente a las autoridades de la Dirección General de Aduanas y autoridades relacionadas, tanto nacionales como internacionales, de las gestiones hechas en su nombre por concepto de importación, desaduanización, pago de impuestos y demás obligaciones generadas por la importación de mercancías hacia la República Dominicana, por ser BUSINESS MAIL & CARGO un intermediario en el proceso de transporte sin ser dueño de la mercancía transportada.
Articulo veintiséis: Las Partes reconocen que todas las notificaciones y demás informaciones relevantes sobre cualquier novedad, actualización y seguimiento relativa a su Cuenta o al presente Contrato será a través del correo electrónico registrado en su Formulario de Solicitud o a través de cualquiera de nuestros medios digitales de comunicación y/o redes sociales oficiales.
Artículo Veintisiete.- BM Cargo se reserva el derecho de admisión a un USUARIO y puede cancelar cuentas en abandono, inactivas o que presenten antecedentes de fraude, mal uso de la membresía por incumplimiento de los acuerdos adquiridos en este contrato.
Artículo veintiocho. -El usuario se compromete a notificar inmediatamente a B M Cargo sobre cualquier uso no autorizado de su contraseña o nombre de usuario o sobre cualquier otra falla de seguridad
Artículo Veintinueve. - El USUARIO reconoce y acepta que no obstante la disposición de las mercancías no retiradas, abandonadas o subastadas en los recintos aduaneros a BM Cargo le asistirá el derecho de perseguir el cobro de sus acreencias que resulten pendientes de pago por las vías legales que considere pertinentes.
Artículo Treinta.- Independencia de las Cláusulas. - Queda establecido entre las partes, si cualquier articulado de este contrato se declare no valido o no ejecutable al USUARIO, dicho artículo o inciso de este invalida y carecerá de efectividad parcial y no afectara la validez del resto del contenido de este contrato.
Artículo Treinta y uno.- Modificaciones y Adendas. - El Usuario reconoce y acepta que BM Cargo podrá realizar las modificaciones y ajustes al presente contrato, cuando sean necesarios, como resultado de las condiciones xxx xxxxxxx nacional e internacional que afecten su desenvolvimiento económico y operacional y, comunicará al USUARIO por correo electrónico. Dicha comunicación se constituye en Adenda al contrato y la implementación de cualquier cambio en el contrato deberá ser cumplido por el USUARIO a partir de la fecha señalada en la notificación.
Artículo Treinta y dos. - A los usuarios les está prohibido violar o intentar violar la seguridad del Web Site de BM Cargo, Específicamente los usuarios no podrán acceder a información que no esté dirigida o autorizada a dicho usuario o acceder a servidores o cuentas a los cuales el usuario no está autorizado a acceder, enviar correo electrónico no solicitado, incluyendo promociones y/o publicidad de productos o servicios. La violación de cualquier sistema o red de seguridad puede resultar en responsabilidades civiles y penales.
El Web Site de BM Cargo puede ser usado únicamente para propósitos legales y según indicaciones de esta como son para procesos de pre y post alerta, seguimiento de mercancía y acciones recomendadas por BM Cargo.
Artículo Treinta y tres.- Nuestro portal xxx.xxxxxxx.xxx cuenta con un servicio de publicidad por medio del cual se hará llegar a los clientes a través de correos electrónicos, banners y/u otros medios. Sin embargo, con respecto a los links a otros websites de terceras personas, estos links o vínculos se suministran para su uso únicamente y BM Cargo no respalda, recomienda o asume responsabilidad alguna sobre el contenido del web site de terceras personas. Si usted decide acceder a través de los links o vínculos al web site de terceras personas, lo hace bajo su propio riesgo.
Las promociones, concursos, sorteos y eventos que se implementen en BM Cargo estarán sujetas a las reglas y condiciones que en cada oportunidad se establezca, de manera anticipada en nuestra página web. En caso de que se realice alguna promoción o concurso será necesario como requisito mínimo para acceder a tales oportunidades o beneficios comerciales, que el USUARIO se encuentre debidamente registrado como cliente de BM Cargo y cumpla con los requisitos legales y de pago correspondientes.
En cuanto al contenido de este websites esta es propiedad de BM Cargo y está avalado y protegido por las leyes de derecho de autor de la República Dominicana, como textos, artes, audio, download digitales, data y software
Artículo Treinta y cuatro.- Derecho Común y Jurisdicción Competente. - Para todo aquello no expresamente previsto en el presente contrato, las partes se remiten al derecho común. En ocasión de algún litigio o disputa, las partes atribuyen competencia territorial exclusiva a la Jurisdicción del Distrito
Nacional, especialmente a su Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y sus instancias de alzada, renunciando las partes a cualquier reclamo de incompetencia territorial.
En la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional, Republica Dominicana a días del mes de del año , se firman en dos ejemplares.
Por BM CARGO
Firma y Sello
Por el USUARIO
Nombre del USUARIO
Firma y (si aplica sello)
Documento de Identidad:
Si es personal Numero de cedula ( ) o Pasaporte ( )
Nacionalidad
Si es empresarial, numero de RNC
Domicilio en República Dominicana
Numero de Teléfono OFICINA MOVIL
Correo Electrónico