Contract
Entre los suscritos el FRAY XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX OFM, quien obra en nombre y representación legal de la UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN, institución de educación superior privada, de utilidad común, sin ánimo de lucro, con domicilio en la ciudad de Medellín, con personería jurídica reconocida mediante resolución 1326 del 25 xx xxxxx de 1975 expedida por el Ministerio de Educación Nacional e identificada con NIT 890.307.400- 1, y por la otra parte XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX quien obra en nombre y representación legal de la CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA, institución de educación superior privada, de utilidad común, sin ánimo de lucro, con domicilio en la ciudad de Sabaneta con personería jurídica reconocida mediante resolución número 7184 de 20081024, expedida por Ministerio de Educación Nacional e identificada con NIT 890.905.456-9., se ha acordado celebrar el presente convenio específico, como resultado del Convenio Interinstitucional que formaliza la RED UNIVERSITARIA POR LA PAZ NODO ANTIOQUIA CHOCHO suscrito entre las partes, y que se regirá por las siguientes clausulas, previas estas:
CONSIDERACIONES
1. Las dos Instituciones hacen parte de la RED de Universidades por la Paz (Redunipaz) Nodo Antioquia-Choco, en el cual ha firmado un convenio marco de cooperación cuyo propósito general es la promoción del establecimiento de nexos académicos, investigativos científicos y de transferencia de conocimiento entre las partes y la formalización.
2. En el marco del REDUNIPAZ se viene realizando el proyecto de investigación “Paz con Enfoque Territorial: prácticas y percepciones comunitarias en Antioquia y Chocó. Insumos para una agenda social”, en el cual, se hace necesario aunar esfuerzos académicos, investigativos y económicos para la realización de la misma; este proyecto de investigación lo lidera la Universidad de San Xxxxxxxxxxxx Seccional Medellín.
3. UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN, quiere articular el proyecto de investigación con enfoque territorial con las regiones Oriente, Norte, Nordeste y Bajo Cauca, en específico en el Oriente (Municipio de San Xxxxxx Antioquia) de Antioquia se realizará el trabajo en conjunto con la CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA.
4. CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA. Conforme con sus procesos quiere vincularse en la investigación para generar nuevos conocimientos de la región Oriente Antioqueño (Municipio de San Xxxxxx) .
5. Las dos instituciones reconocen que existe una necesidad de fortalecer procesos investigativos de base y de aunar esfuerzos interinstitucionales para que en forma conjunta se puedan proponer y adelantar acciones apropiadas para el desarrollo regional.
6. Las dos entidades, estiman que para garantizar el alcance de los objetivos previstos para fortalecer el desarrollo de la comunidad, es fundamental establecer relaciones de cooperación mutuas y sinergias, conducentes al mejoramiento de la capacidad de gestión, toma de decisiones, competitividad e innovación del sector educativo.
7. UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN y LA CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA, consideran necesario formalizar esta cooperación interinstitucional mediante el presente convenio específico regido por las siguientes clausulas:
PRIMERA: OBJETO. UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN
y la CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA, unirán esfuerzos para desarrollar cuatro productos en el marco de la investigación “Paz con Enfoque Territorial: prácticas y percepciones comunitarias en Antioquia y Chocó. Insumos para una agenda social”, desde el trabajo de campo a realizarse en específico en el Municipio de San Xxxxxx Antioquia.
SEGUNDA: PRODUCTO FINAL. Con la debida y oportuna ejecución del presente convenio, la
UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN y la CORPORACION
UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA habrán realizado los productos que a continuación se enuncian:
PRODUCTO 1. Producción audiovisual pedagógica que recoja las experiencias de los talleres y entrevistas a profundidad que se realicen en el municipio de San Xxxxxx Antioquia.
PRODUCTO 2: Tres de Cinco talleres a realizar de manera conjunto y según plan metodológico previo, en el Municipio de San Xxxxxx Antioquia.
PRODUCTO 3: Documento de sistematización de dichos talleres, vía publicación en revista de divulgación.
PRODUCTO 4: Artículo de investigación derivado del análisis final del proceso en San Xxxxxx Antioquia, sometido a publicación donde se recopile la experiencia de todos los talleres y su lectura categorial teorica.
TERCERA: VALOR DEL CONVENIO. El convenio tiene un valor estimado en $54.000.000 (cincuenta y cuatro millones de pesos ml) representados en “aportes en efectivo” de la siguiente manera:
INSTITUCIÓN CONVINIENTE | VALORACIÓN DE APORTES AL CONVENIO | DESCRIPCION DE LOS APORTES |
UNIVERSIDA DE SAN XXXXXXXXXXXX | 74% en efectivo equivalente a $40.000.000 | Equivalente a los gastos de personal, salidas de campo y publicaciones requeridas para el desarrollo del proyecto Paz con Enfoque Territorial: prácticas y percepciones comunitarias en Antioquia y Chocó. Insumos para una agenda social, en las zonas de Murindó, Granada, San Xxxxxx, Ituango, Caucasia, Segovia y Santa Xxxx de Osos. |
CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA | 20% en efectivo equivalente a $10.000.000 | Equivalente a los gastos para el desarrollo de los 4 productos enunciados en el numeral dos del presente convenio. |
CUARTA: FORMA DE PAGO. El pago del rubro destinado a los productos se realizará de la siguiente manera:
CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA, desembolsará a la
UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN de la siguiente manera:
- Primer semestre 2016: Se desembolsará el 50% (5.000.000) en el mes xx Xxxxx de 2016.
- Segundo semestre 2016: Se desembolsará el 50% (5.000.000) en el mes de Octubre de 2016.
PARÁGRAFO 2: UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN,
realizará los desembolsos de acuerdo al cronograma establecido para el cumplimiento del total de los productos en el marco del proyecto de investigación general.
QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
OBLIGACIONES DE LA CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA
1. Desembolsar oportunamente los recursos.
2. Designar un enlace encargado de articular los procesos.
3. Asistir y aportar en la construcción metodológica según se coordine en el equipo.
4. La Transcripción del material emergente de los talleres.
OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN
1. Contratar a la persona encargada de realizar el producto audiovisual convenido.
2. Realizar los pagos oportunos al contratista definido para el cumplimiento de los productos del presente convenio.
3. Articular los productos al proceso general de investigación.
SEXTA: ADMINISTRACIÓN DEL CONVENIO. Para la administración del presente convenio la CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA nombrará un enlace que se articulará al proceso de investigación general del proyecto “Paz con Enfoque Territorial: prácticas y percepciones comunitarias en Antioquia y Chocó. Insumos para una agenda social” y realizará EL seguimiento al cumplimiento de los términos establecidos en el presente convenio; por parte de UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN se realizará la
administración general del proyecto y la ejecución de los productos acordados en el presente convenio y vigilará el cumplimiento de cada uno de los puntos contemplados en las cláusulas del presente convenio, necesarios para su cumplimiento.
SÉPTIMA: AUTONOMIA E INDEPENDENCIA. Tanto la UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN como de la CORPORACION UNIVERSITARIA
DE SABANETA UNISABANETA, conservan plena autonomía jurídica, financiera y administrativa. Por tanto, no se genera entre ellas ningún tipo de relación de dependencia o subordinación de la una en relación con la otra, como tampoco vínculos societarios ni de responsabilidad solidaria frente a las obligaciones que cada una contraiga en desarrollo de sus respectivos objetos sociales y estatutos o en desarrollo del objeto contractual. Consecuencialmente, cada una ejercerá sus derechos y responderá por sus obligaciones de manera independiente. Las relaciones laborales que genere UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN para el desarrollo del objeto del presente contrato, son independientes de las relaciones que tenga con CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA y no generan solidaridad entre estas.
OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD. Tanto UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN como CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA
UNISABANETA, se comprometen a no divulgar, sin previo acuerdo por escrito, las informaciones y documentaciones construidas o recibidas de las partes, ni a utilizarlas con otros fines distintos a la investigación.
NOVENA: PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. La Propiedad Intelectual
que se derive de los trabajos realizados con motivo de este convenio, estará sujeta a leyes de Propiedad Intelectual de la república de Colombia, normas supranacionales y toda la normatividad que le sea aplicable, así como la que en tal sentido hayan adoptado o adopten internamente las instituciones firmantes y por lo tanto, se le otorgará el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecución de dichos trabajos.
PARÁGRAFO PRIMERO: Teniendo en cuenta que los textos, informes y demás materiales susceptibles de propiedad intelectual que se creen o generen como resultado de las actividades propias del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y FORMALIZACION DE LA RED UNIPAZ - NODO ANTIOQUIA CHOCO, en específico del
desarrollo del presente convenio específico que de él se puedan derivar son de propiedad de las partes suscribientes; las personas que laboran en la ejecución del convenio, deberán firmar el respectivo contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor, donde se manifieste que de manera voluntaria y gratuita, realiza la Cesión a favor del cesionario, de todos los derechos de autor patrimoniales que a él le corresponden como creador de todas y cada una de las obras que realice y elabore en razón de la labor desempeñada mediante contrato civil, de servicios o laboral o mediante convenio, y según el plan señalado por la persona jurídica por cuya cuenta y riesgo ellos se realizan.
PARÀGRAFO SEGUNDO: Los productos derivados del presente convenio específico, para efecto de la inclusión en los respectivos Curriculum Vitae de América Latina y el Caribe (CvLac) y del respectivo Gruplac (Colciencias) de cada institución, se ingresarán según el aporte académico como autor/a de cada producto.
PARÁGRAFO TERCERO: La información comprendida dentro de la propiedad intelectual o industrial que pueda llegar a conocer una entidad en el desarrollo de algún convenio, y que forme parte del desarrollo de la actividad específica de la otra entidad contratante, se deberá proteger minuciosamente y su divulgación, uso o perdida por negligencia comprobada derivará en la reclamación de perjuicios por parte de una entidad a la otra.
DÉCIMA PRIMERA: MARCAS E IDENTIFICACIÓN CORPORATIVA. Cada una de las partes
acuerda que, sin el consentimiento previo y escrito de la otra, no utilizará en anuncios, publicidad etc., el nombre, símbolo, marca, enseña o cualquier otra abreviatura, pertenecientes a la otra parte. En caso de autorizarse EXPRESAMENTE la utilización de los mismos, la entidad propietaria indicará el protocolo a seguir para su eventual uso. En todo caso se deberá seguir minuciosamente su utilización y no modificar ningún tipo de logo, cercenar nombres, lemas o enseñas, en el eventual caso de que esto se presentare, la parte incumplida pagara a la otra los perjuicios que esto causare a su imagen comercial.
DÉCIMA SEGUNDA: RELACIÓN LABORAL. Las partes convienen que el personal seleccionado por cada una de las instituciones para participar en el presente convenio, mantendrá en todo momento su vínculo con su institución de origen y por ende no adquieren relación laboral con la institución anfitriona.
DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN. El presente convenio podrá darse por terminado por las siguientes causales: A) Por la expiración del plazo fijo pactado. B) Por decisión unilateral de una de las partes, avisando a la otra por escrito con por lo menos un mes de antelación (30 días) para lo cual se deberá liquidar el estado de las cuentas pendientes, y así mismo de las tareas y actividades en curso. O cuando tuviese algo pendiente por cancelar, o por terminar en desarrollo del trabajo, deberá cumplirse, como condición antes de su terminación. C) Por la disolución, liquidación obligatoria, cesación de pagos, concordato o concurso de acreedores de alguna de las partes. D) Por sanción administrativa de la cual pueda derivarse suspensión de actividades de alguna de las partes. E) Por mutuo acuerdo. F) Por incumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las partes.
DÉCIMA CUARTA: CESIÓN. Las partes no podrán ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente convenio a un tercero salvo previa autorización expresa y escrita de la otra.
DÉCIMA QUINTA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS: Los conflictos que llegasen a presentarse relativos a la interpretación y cumplimiento del presente convenio, serán resueltos mediante los mecanismos alternativos de solución de conflictos en el siguiente orden:
1. Por arreglo directo entre las partes durante los 30 días siguientes a la ocurrencia del conflicto.
2. De no ser posible el arreglo directo se resolverá por medio de una institución amiga que se designará como amigable componedora y resolverá el conflicto, o acudirán a un centro de conciliación acreditado para tratar de dirimir sus controversias, cualquiera de las dos opciones a elección.
3. Agotadas las etapas anteriores las partes quedan en libertad de acudir a instancias judiciales.
DÉCIMA SEXTA: VIGENCIA. El término de duración del presente convenio será de un (1) año, sin embargo, podrá pactarse su prórroga de común acuerdo, que se consignará por escrito, el cual se anexará y hará parte del presente convenio.
DÉCIMA SEPTIMA. DOMICILIO: Para los efectos derivados del presente convenio se fija como domicilio las ciudades de Medellín, Antioquia (Sede de UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX SECCIONAL MEDELLÍN) Xxxxxxx 00X Xx 00-000 Xxxxxx, x Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx (Sede de CORPORACION UNIVERSITARIA DE SABANETA UNISABANETA), Xxxxx 00 xxx, xxxxxx
00 – 120 vía la Doctora.
VIGÉSIMA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. El presente convenio se perfecciona y valida con la firma de las partes.
De conformidad con lo anterior, las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor y valor, a los diecinueve (17) días del mes xx xxxxx de dos mil dieciséis (2016), en la ciudad de Medellín.