CONTRATO DE ARRENDAMIENTO RESIDENCIAL DE LA AUTORIDAD DE VIVIENDA DE ________________
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO RESIDENCIAL DE LA AUTORIDAD DE VIVIENDA DE ________________
¿QUÉ ES?:
Parte 1: La parte del Arrendamiento que atañe específicamente al Inquilino individual
Esta parte es firmada por el Inquilino y la ___________________, incluye la siguiente información detallada de las circunstancias de cada familia:
La identidad de todas las personas relacionadas con el Inquilino, sean familiares o no, incluyendo números de seguridad social y fechas de nacimiento;
Domicilio de la unidad, fecha de ocupación, nombre y número del fraccionamiento;
Renta mensual prorrateada y completa, depósito de garantía requerido, asignación para servicios mensual prorrateada y completa (de existir), reembolso de servicios mensual prorrateado y completo (de existir) y el monto de cualquier otro cargo por pagar de conformidad con el Arrendamiento;
Servicios y electrodomésticos que proporciona la PHA con la unidad;
Identificación de cualquier vivienda accesible u otras necesidades de comunicación;
Línea de firma para las partes del Arrendamiento; y,
Una lista de todos los folletos o material informativo entregado al Inquilino al momento de la admisión.
”Autoridad de Vivienda de ____________, PHA o Agencia” significará la Autoridad de Vivienda de __________________ y sus empresas administradoras debidamente contratadas, así como los empleados que éstas que actúen en capacidad oficial.
“Inquilino” significará el Jefe de Familia y el Cofirmante (cónyuge o responsable conjunto), de ser el caso, que firme el Arrendamiento.
“Miembro(s) de la Familia” significará cualquier persona autorizada cuyo nombre esté incluido o se agregue en la solicitud del Inquilino y el arrendamiento, miembros de la “familia” del Inquilino, según se define en las Política de Admisión y Ocupación Continua (Admission and Continued Occupancy Policy o ACOP) de la PHA. Los miembros de la familia tienen derecho, si se aprueba el estudio, según se describe en las Políticas de Admisión y Continuación de Ocupación y ya tienen 18 años o más o son menores pero se han emancipado, con el reconocimiento de una Corte, a permanecer en la unidad después de que el Jefe de Familia la deje, como un miembro de la familia restante.
“Xxxxxxx(s) del hogar” significará cualquier “persona autorizada” que no sea miembros de la familia del Inquilino pero que sean miembros del hogar del Inquilino cuyos nombres estén incluidos o sean agregados a la solicitud del Inquilino y del Arrendamiento. Los miembros del hogar podrán ser hijos adoptivos, adultos adoptivos y Personal de Planta que no gozan de los derechos como miembros del resto de la familia.
En este Arrendamiento, tanto los Miembros de la Familia como los Miembros del Hogar son ocupantes autorizados y en general se conocen como “inquilinos autorizados” y/o la “familia del inquilino”.
“Vivienda” significará la unidad que ocupe el inquilino y/o la familia del inquilino (también denominados “miembros del hogar”).
“Instalaciones” o “Inmueble” será la totalidad del inmueble propiedad de la PHA o que ésta opera directa o indirectamente, incluyendo, entre otros, escaleras, descansos, elevadores y terrazas.
Parte 2: Los Términos y Condiciones del Arrendamiento
Especifica los términos y condiciones que aplican a todos los Inquilinos. Cada Xxxxxxxxx recibe una copia al momento de la firma del arrendamiento y en cualquier momento en que se incluyan cambios a los términos y condiciones.
AUTORIDAD DE VIVIENDA DE ____________________ Número de Cliente
PARTE 1 del ARRENDAMIENTO RESIDENCIAL
ESTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que celebran la Autoridad de Vivienda de ____________________ (en lo sucesivo, “PHA”) y (en lo sucesivo, el ”Inquilino”).
Fecha del Arrendamiento |
Inicio Terminación |
Fecha de Revisión Anual |
Renta Mensual |
Depósito de Garantía |
|
|
|
|
|
|
|
Unidad: La PHA, sobre la base de las declaraciones del Inquilino en cuanto a su elegibilidad, ingreso, deducciones de ingreso, preferencias, tamaño de familia/hogar y necesidades domésticas, arrienda al Inquilino una unidad de conformidad con la Parte 2 de los Términos y Condiciones del Arrendamiento.
Inquilino (Jefe de Familia)
Cónyuge/Cosignatario (de ser el caso)
Domicilio No. de Departamento
Desarrollo Oficina de Administración
Familiares y Miembros del Hogar Autorizados: El hogar del Inquilino está compuesto por los familiares y miembros del hogar autorizados que se mencionan a continuación:
Nombre |
Edad y Fecha de Nacimiento |
Relación |
|
|
|
|
Jefe |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Renta Inicial: Se prorratea por meses parciales y será $ .
Reembolso de Servicios: De ser el caso, el Inquilino recibirá el beneficio de $ de la PHA como Reembolso de Servicios de una fracción de mes para el periodo a partir de hasta las doce de la noche del . Los reembolsos de servicios serán pagados por la PHA al proveedor de Servicios que corresponda en representación del Inquilino.
Renta Mensual/ Selección xx Xxxxx: Después de la renta inicial que se establece en el (4) arriba, una renta que asciende a $ mensual será pagadera anticipadamente el primer día de cada mes. El inquilino ha seleccionado la siguiente renta mensual, ya que ha sido marcada y rubricada por el Inquilino:
renta basada en ingresos renta fija
7 Pagos xx Xxxxx: Los pagos xx xxxxx deberán ser enviados por correo, a la caja de seguridad de la PHA, al domicilio que se muestra en el sobre que se entrega con el estado de cuenta de la renta:
Renovación: Salvo que termine según estipula en los Términos y Condiciones del Arrendamiento, este Arrendamiento se renovará automáticamente por términos sucesivos de un año. La renta mensual que se estipula anteriormente, continuará en vigor salvo que sea ajustada de conformidad con los Términos y Condiciones de Arrendamiento. Los ajustes xx xxxxx se realizarán a través de notificación por escrito al Inquilino o al celebrar un nuevo Contrato de Arrendamiento.
Depósito de Garantía: El Inquilino conviene en pagar $ como depósito de garantía, de conformidad con los Términos y Condiciones de este Arrendamiento.
Servicios y Electrodomésticos:
La PHA proporciona los siguientes servicios, según se muestra a continuación:
Calefacción Agua Servicio de Alcantarillado Electricidad Gas
El Inquilino paga los siguientes servicios que se marcan a continuación:
Calefacción Agua Servicio de Alcantarillado Electricidad Gas
El Inquilino suministra los siguientes electrodomésticos que se marcan a continuación:
Estufa Refrigerador Lavadora y Secadora Otros
Describir:
11 Asignaciones para Servicios de Servicios Pagados por el Inquilino: Si el Inquilino paga por servicios o electrodomésticos, según sea indicado con una (X) arriba, la PHA proporcionará al Inquilino una Asignación por Servicios que mensualmente asciende a $ El Inquilino deberá mantener conectados los servicios en la unidad y hará los pagos directamente al proveedor de servicios. El Inquilino pagará la factura por servicios en su totalidad, aún si excede la Asignación de los Servicios. La asignación será suficiente para un consumo razonable de servicios por un hogar en circunstancias modestas que conserva energía en forma consistente y que ofrece un ambiente habitable, seguro, sanitario y saludable. No se aplicarán Las asignaciones para Servicios si el Inquilino elige pagar una renta fija.
Si el Inquilino paga los servicios, según confirma firmando abajo, conviene en firmar un contrato de notificación de terceros con la compañía de servicios para que la PHA reciba notificación en caso de que el Inquilino omita pagar los servicios.
12 Asignaciones para Servicios de Servicios, Inmuebles con Medidores: En los inmuebles en los que los servicios tienen medidor, la PHA otorgará a los inquilinos una asignación de consumo para servicios con medidor por el monto mensual que se muestra a continuación: Todo uso de servicios que exceda este monto será facturado al Inquilino a la tarifa por servicios que paga la PHA en el fraccionamiento.
Agua:
gal.
Alcantarillado ElectricidadkW
Gas Por
mil pies cúbicos
13 Otras responsabilidades del Inquilino: Sujeto a adecuaciones razonables, este Arrendamiento requiere que el Inquilino asuma las siguientes responsabilidades:
14. Características de Accesibilidad: El Inquilino ha manifestado a la PHA y ésta ha verificado su necesidad de contar con las siguientes características de acceso:
Una Unidad con habitación separada Para Personas que sufren Sordera
Un apartamento completamente accesible con Baño BR en el 1er piso
Una unidad en un nivel Otros
Unidad para Personas que sufren Ceguera
15. Forma alternativa de comunicación o formato accesible para notificaciones por escrito: El Inquilino ha manifestado a la PHA y ésta ha verificado la necesidad de la siguiente forma alternativa de comunicación o formato accesible:
CELEBRACIÓN Y CERTIFICACIÓN
Al firmar abajo, el Inquilino conviene y acepta los Términos y Condiciones de este Arrendamiento. Al firmar abajo, el Inquilino también reconoce que los Términos y Condiciones del Contrato de Arrendamiento han sido recibidos y han sido explicados detalladamente.
El Inquilino en este acto certifica no haber cometido fraude en relación con algún programa de asistencia federal para la vivienda, salvo que ese fraude haya sido totalmente revelado a la PHA antes de la celebración del Arrendamiento o antes de que la PHA haya aprobado la ocupación de la unidad por parte del Inquilino. El Inquilino certifica además que toda la información o documentación entregada a la PHA antes o durante la vigencia del Arrendamiento es fiel y completa a mi xxxx saber y entender. Si entrega información fraudulenta, el Inquilino comprende que este Arrendamiento podrá ser terminado o incrementar la renta en forma retroactiva.
El Inquilino (Jefe de Familia Autorizado) Fecha
Cofirmante del Jefe de Familia (de ser el caso) Xxxxx
Administrador del Inmueble Fecha
Testigo Fecha
ANEXOS DEL ARRENDAMIENTO:
Si está marcado con (X), la PHA ha proporcionado al Inquilino los siguientes anexos e información:
Términos y Condiciones de las Normas de Mantenimiento de la Unidad de Arrendamiento
Política de Mascotas de la PHA Toque de Queda y estacionamiento de vehículos
Procedimiento Conciliatorio de la PHA Procedimiento de invitados
Resumen
de la xxx xx Xxxxx con respecto al Procedimientos
de
Ausentismo Mudanzas de Entrada y Salida
Información
sobre la Excepción de Problemas Envenenamiento
por
con Xxxxx
Hoja de Información de Vivienda Digna/504 Información sobre el Seguro del Inquilino
Reglas Internas, de ser el caso Información de Orientación del Inquilino
Formato de Servicios de Terceros Cargos de mantenimiento
Depósito de Garantía Seguridad del Detector de Humo
Cuidado del Terreno Procedimiento de cobranza
Requisitos de Servicio de la Comunidad Guía de Recursos de la Comunidad
Importancia de Seguro de Inquilino
DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN:
El Inquilino certifica haber recibido la información antes mencionada con respecto al envenenamiento por plomo como parte del paquete de la mudanza de entrada. La información anterior ha sido explicada detalladamente y el Inquilino comprende la posibilidad de que en la unidad puede existir pintura con base de plomo.
Xxxxxxxxx Xxxxx Cofirmante del Jefe de Familia (de ser el caso) Xxxxx
AUTORIDAD DE VIVIENDA DE ____________________
PARTE 2 DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: Términos y Condiciones
ESTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (en lo sucesivo, el “Arrendamiento”) que celebran Autoridad de Vivienda de ____________________ (en lo sucesivo, “PHA” o la “Agencia”) y el Inquilino designado en el Contrato (en lo sucesivo, el “Inquilino”).
La PHA, sobre la base de los datos que ha proporcionado el Inquilino sobre el ingreso, la composición familiar y las necesidades de vivienda, arrienda al Inquilino el inmueble (y los escalones, el porche, el jardín que rodean inmediatamente a la unidad, todo lo cual en lo sucesivo será denominado las “instalaciones” o la “vivienda”) descriptos en la Parte 2 del Arrendamiento, que celebrarán el Inquilino y la PHA, sujeto a los términos y condiciones que contiene este Arrendamiento.
Vigencia del Arrendamiento, Monto de la Renta
La vigencia inicial de este Arrendamiento es de 12 (doce) meses, salvo que se modifique o termine de otra forma de conformidad con la Sección 17. El Arrendamiento se renovará automáticamente por periodos sucesivos de un año.
Al ser admitido y en cada recertificación anual, el Inquilino tendrá la opción de pagar una renta con base en ingreso o una renta fija. La fórmula de la renta con base en ingresos se establece en el Reglamento Federal. Salvo que se revise en el reglamento, el Inquilino pagará lo que sea mayor entre el 30% del ingreso mensual ajustado o el 10% del ingreso mensual, que no sea menos que la renta mínima de la PHA de $50. La renta fija es una renta con base en el mercado, que refleja la edad, el tamaño y la ubicación, la condición y los servicios de cada uno de los fraccionamientos de la PHA.
Las familias que incluyen cuando menos un miembro que sea ciudadano estadounidense o un inmigrante elegible y otros miembros que no sean ciudadanos estadounidenses ni inmigrantes elegibles se denominarán en lo sucesivo, “Familias Mixtas”. Según requiere la ley Federal, estas familias pagarán lo que sea mayor entre una renta prorrateada con base en el porcentaje de miembros que sean elegibles para ayuda de vivienda.
En fraccionamientos con servicios pagados por el Inquilino, solamente los inquilinos que paguen una renta con base en ingreso, recibirán una Asignación por Servicios. Aquellos que pagan renta fija no recibirán ninguna Asignación por Servicios.
El monto de la renta es el que se estipula en la Parte 1 del Arrendamiento. La renta continuará en vigor, salvo que sea ajustada por la PHA de conformidad con la Sección 5 de este Arrendamiento. El monto xx xxxxx será determinado por la PHA en cumplimiento con el reglamento del HUD.
La renta vence y es pagadera anticipadamente sin requisito el primer día de cada mes. La renta entra en xxxx si no se paga el 5° día hábil del mes o dos días hábiles después de que se documente el recibo de ingreso de asistencia gubernamental (Ayuda Temporaria para Familias Necesitadas o TANF, SSI, Seguridad Social).
La falta de pago de la renta a tiempo es una violación de arrendamiento seria y sirve de base para la terminación del arrendamiento, mas la PHA no castigará al Inquilino cuando se trate de pagos gubernamentales tardíos.
Tres pagos tardíos dentro de cualquier periodo de 12 meses, se considerarán pagos tardíos repetidos y serán una violación seria al arrendamiento y base para la terminación del mismo, aunque el Administrador deberá usar la fecha en que el ingreso es recibido realmente en la cuenta para hacer una determinación de pago en xxxx.
Notificación de Ajuste xx Xxxxx
Cuando la PHA incremente la renta, la PHA otorgará una notificación por escrito al Inquilino con cuando menos 30 días de anticipación a la fecha en que entre en vigor el incremento.
Si disminuyera la renta, la PHA disminuirá la renta el primero del mes posterior a que las circunstancias que dan lugar a la disminución sean reportadas por el Inquilino, mas no hasta que éstas se verifiquen.
Cargos Adicionales a la Renta
Además de la renta, el Inquilino tiene la responsabilidad de pagar otros montos. La notificación del cargo dará a conocer al Inquilino que tiene derecho a una explicación sobre el mismo y que cualquier controversia con respecto a ello podrá ser dirimida a través de los Procedimientos de Conciliación.
Los cargos adicionales son pagaderos el primer día del mes posterior al mes en que se incurre en el cargo si se ha otorgado una notificación con cuando menos 14 días de anticipación. El Inquilino podrá tener oportunidad de llegar a un acuerdo de pagos razonables con base en el ingreso ajustado del Inquilino y su historia de pago.
La omisión a pagar los cargos adicionales en fecha es una violación seria al arrendamiento y será la base para terminar el arrendamiento.
Los cargos adicionales podrán incluir, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
Cargos por Servicios en Exceso: En las unidades con servicios que no se facturan directamente al Inquilino, la PHA facturará al Inquilino mensualmente su uso de servicios cuando exceda el monto permitido (en fraccionamientos con medidores) o el uso de los electrodomésticos más grandes que sean propiedad del Inquilino (en fracciones sin medidores). No habrá cargos por servicios en exceso cuando el Inquilino paga cargos por servicios directamente al proveedor de servicios.
Costos de mantenimiento. El Inquilino deberá pagar servicios o reparaciones resultado de daño intencional, descuidado o negligente a la vivienda, las áreas comunes o el terreno más allá del uso y desgaste ordinarios que provoque el Inquilino, sus familiares, sus mascotas o invitados. En ese caso, el Inquilino deberá pagar el servicio, ya sea de conformidad con lo que sea mayor entre un cargo con base en los Cargos de Mantenimiento Programados que publique la PHA o el costo real en que incurra la PHA de mano de obra y materiales necesarios para realizar el trabajo.
Cargo por Fondos Insuficientes: Una comisión de lo que sea mayor entre $35 o el monto que cobre el banco será pagada por el inquilino por cualquier cheque a la PHA que haya emitido el inquilino y que sea devuelto por fondos insuficientes. Además, no se aceptarán cheques personales de una Inquilino que emita cheques con fondos insuficientes (NSF en inglés). Todos los pagos futuros deberán ser con cheque de caja o giro bancario.
Cargos por Xxxx: El día siguiente al que se indique en la Sección 1.f se cobrará un cargo de $15 más $5 por día después de la fecha de pago que transcurra sin que se haya efectuado el pago de la renta. .
5. Cargos de instalación: La Oficina cobrará al inquilino los costos reales incurridos en la instalación de un aire acondicionado o ventilador de techo propiedad del Inquilino. El aire acondicionado y los ventiladores de techo solamente podrán ser instalados por personal de la PHA o los contratistas aprobados por la PHA.
6 Adecuaciones Razonables: En la aplicación de otros cargos además de la renta, la Agencia ofrece adecuaciones razonables, sin cargo para el Inquilino, para personas con discapacidades que requieran equipo, servicios o dispositivos adicionales necesarios para el tratamiento de la discapacidad o para facilitar su acceso a la vivienda, a las áreas comunes, a las instalaciones de la comunidad o al terreno.
Ubicación del Pago
La renta y otros cargos serán pagados por correo, al domicilio para recibo de pagos que se indica en el sobre que se incluye con el estado de cuenta de la renta. Todos los pagos deberán ser con cheque, cheque de caja o giro bancario. No se aceptará efectivo para pagos a la PHA.
Depósito de Garantía
El Inquilino conviene pagar un depósito de garantía al momento del arrendamiento. Para Familias de la Tercera Edad y Discapacitadas sin miembros que fumen, el monto del depósito de garantía será lo que sea mayor entre $100.00 o el Pago Total del Inquilino de un mes. Para Familias de la Tercera Edad y Discapacitadas con miembros que fumen, el monto del depósito de garantía será lo que sea mayor entre $250.00 o el Pago Total del Inquilino de un mes. Para familias que no sean de la tercera edad ni discapacitadas sin miembros que fumen, el monto del depósito de garantía será lo que sea mayor entre $200 o el Pago Total del Inquilino de un mes. Para familias que no sean de la tercera edad ni discapacitadas con miembros que fumen, el monto del depósito de garantía será lo que sea mayor entre $450.00 o el Pago Total del Inquilino de un mes. El monto total en dólares del depósito de garantía se estipula en la Parte 1 del Arrendamiento.
Si el Inquilino desea tener una mascota, éste conviene en pagar un depósito reembolsable por la mascota y un cargo no reembolsable por mascota al recibir permiso de tener una mascota en la unidad. Los montos y los fines del depósito y los cargos se describen en la Política de Mascotas.
Si el Inquilino fue transferido a otra unidad, éste no tendrá que pagar un depósito de garantía ni depósito por mascota adicional o incremento.
La PHA utilizará el Depósito de garantía al momento de la terminación de este Arrendamiento:
Para pagar el costo de cualquier renta o cargo que quede pendiente; y,
Para rembolsar a la PHA el costo de reparación de cualquier daño que cause el Inquilino, la familia del inquilino, su mascota, o invitados, más allá de uso y desgaste ordinarios.
El Depósito de Garantía no se utilizará para pagar renta u otros cargos, mientras que el Inquilino está ocupando la unidad. No se realizará ningún reembolso del Depósito de Garantía hasta que éste haya dejado la unidad y la Administración la haya inspeccionado.
Después de que se realicen todas las deducciones, la PHA enviará por correo a la dirección de reenvío que el Inquilino proporcione dentro de los 30 días posteriores a que el Inquilino deje la unidad, un estado que desglose los daños presuntamente causados a las instalaciones y el costo de las reparaciones y cualquier saldo del Depósito de Garantía.
Reevaluación Anual y Provisional xx Xxxxx, Tamaño de la Vivienda y Elegibilidad
Reevaluaciones Anuales: Los componentes de las reevaluaciones anuales obligatorias son los siguientes:
La condición de cada familia se reevaluará cuando menos una vez al año, salvo que la familia manifieste tener un ingreso igual a cero, en cuyo caso, el ingreso de la familia se reevaluará cada 90 días.
El Inquilino deberá entregar a la PHA información por escrito precisa sobre la composición familiar, la ciudadanía y/o la condición migratoria y la edad de los miembros de la familia, el monto y la fuente de los ingresos de todos los miembros de la familia del Inquilino, los bienes ye información relacionada necesaria para determinar la elegibilidad para continuar la ocupación, el ingreso anual, el ingreso ajustado, renta, cualquier actividad penal por los miembros del hogar y lo adecuado del tamaño de la vivienda.
Todos los miembros adultos del hogar deberán estar presentes durante la junta de reevaluación para firmar las liberaciones de la documentación requerida.
El Inquilino conviene en cumplir con las solicitudes razonables de la PHA con respecto a la verificación, firmando los permisos o autorizaciones a terceros, presentando documentos para revisión o entregando otros formularios adecuados de verificación. Esta información será utilizada por la PHA para decidir si el monto xx xxxxx debe ser modificado y si el tamaño de la vivienda aún es adecuado para las necesidades del Inquilino.
La omisión de entregar la información solicitada y/o declaraciones erróneas de la información se consideran violaciones importantes a los términos del Arrendamiento y podrían resultar en su terminación.
Durante la reevaluación anual, los Inquilinos tendrán la opción de pagar:
una renta con base en el ingreso; o
una renta fija con base en el valor de la vivienda.
La PHA notificará a cada una de las familias por escrito el monto en dólares de estos dos montos xx xxxxx.
Para cumplir con los requisitos de Reevaluación anual, la PHA otorgará notificación al Inquilino con suficiente tiempo de anticipación sobre las acciones que el Inquilino deberá tomar y la fecha en que deberá ser adoptada para cumplir con los términos de esta sección.
De conformidad con la legislación federal y estatal, la PHA procesará cualquier pérdida de asignación de ingreso ganado aplicable para una familia que califica que ha sufrido un incremento en su ingreso ganado.
La PHA no disminuirá parte xx xxxxx si los beneficios de asistencia pública de una familia cubierta se reducen cuando el departamento de bienestar verifica:
cualquier incumplimiento de cualquier miembro de la familia para cumplir con las condiciones de conformidad con el programa de asistencia que requiere la participación en un programa económico de autosuficiencia o que impone un requisito de actividades laborales, o
fraude al sistema de bienestar.
En cualquiera de los casos de esta sección, la aportación mensual del Inquilino hacia la renta no se disminuirá durante el periodo de reducción como resultado de la reducción de beneficios.
Si el Inquilino impugna la reducción de la subvención del programa de bienestar, los requisitos del párrafo 8 no entrarán en vigor hasta que los resultados de la impugnación sean conocidos.
La omisión a cumplir con los requisitos de reevaluación anual o a declarar un ingreso falso o la calificación para fines de deducción es una violación seria al arrendamiento y la base para su determinación.
Reevaluaciones Provisionales: Los componentes de las reevaluaciones provisionales son los siguientes:
Entre reevaluaciones anuales, todos los cambios en la composición del hogar deberán ser reportados. Ciertos cambios requieren la aprobación anticipada de la PHA. Los Inquilinos deberán reportar los siguientes cambios a la composición del hogar al Administrador del Inmueble dentro de los 10 (diez) días calendario posteriores a que ocurra el evento:
El nacimiento o la adopción de menores y la custodia de menores adjudicada por la Corte.
Otras adiciones a la vivienda requieren la aprobación por escrito de la PHA antes de que se realicen cambios a las composiciones del hogar. Consulte la sección 11 de este arrendamiento para conocer los detalles.
La omisión de obtener el permiso anticipado para permitir que otra persona se mude a la vivienda es una violación grave al arrendamiento y la base para su terminación.
De conformidad con la legislación federal y estatal, la PHA procesará cualquier pérdida de asignación de ingreso ganado aplicable para una familia que califica que ha sufrido un incremento en su ingreso ganado. Los Inquilinos deben informar en forma oportuna de conformidad con la Sección 5(c) (1), para garantizar el beneficio completo de la pérdida de asignación por ingresos.
La PHA procesará una reducción provisional xx xxxxxx si el Inquilino ha sufrido una pérdida de ingreso o cambio en la composición del hogar o circunstancias que durarán 30 días o más.
Entre reevaluaciones anuales, el Inquilino podrá cambiar de pagar renta fija a una renta con base en ingreso al momento de demostrar que tiene dificultades financieras.
La PHA otorgará una excepción por dificultades financieras a un inquilino que califica y que pagará renta mínima o la renta fija.
El Inquilino que paga renta fija o renta mínima deberá solicitar la excepción de dificultades económicas.
Las siguientes circunstancias constituirían una situación de dificultades económicas para aquellos que pagan renta Mínima o renta Fija:
Que el Inquilino sufra una pérdida de ingresos que durará más de 30 días;
La familia ha perdido la elegibilidad o espera una determinación de elegibilidad de un programa de asistencia Federal, Estatal o local;
Una persona con ingreso deja a la familia del inquilino;
Hay un fallecimiento en la familia del Inquilino;
El Inquilino será desalojado por no poder pagar la Renta Fija o la Renta Mínima;
Aquellos que paguen renta Mínima tendrán un periodo de excepción automático de 90 días. La PHA verificará el alegato de dificultades financieras del Inquilino si éste no califica para una excepción de dificultades financieras, la PHA restablecerá la Renta Mínima, retroactiva a la fecha en que se otorgó la excepción. La PHA celebrará un Contrato de Repago con respecto a cualquier renta que no sea pagada durante un periodo de 90 días. Cuando se verifiquen las dificultades financieras, la renta del inquilino se basará en lo que sea mayor entre el 30% del ingreso mensual ajustado o el 10% del ingreso mensual.
Aquellos que pagan renta fija que califican para la excepción de problemas financieros deberán entregar los documentos necesarios con respecto al ingreso y las deducciones para que la PHA pueda calcular una renta exacta con base en el ingreso.
Si un Inquilino (que no sea aquel que pague Renta Fija o Renta Mínima) es beneficiado por una disminución xx xxxxx entre reevaluaciones anuales, el Inquilino entonces estará sujeto a un incremento Provisional xx xxxxx si incrementara el ingreso del Inquilino.
La PHA procesará un incremento provisional xx xxxxx si el inquilino recibe el permiso de la PHA para agregar a un miembro adulto con ingreso al arrendamiento;
La PHA procesará un incremento provisional xx xxxxx si el ingreso ganado o no ganado del Inquilino incrementa más de $200 al mes.
La PHA procesará un incremento provisional xx xxxxx si la PHA descubriera que el Inquilino ha declarado en falso los hechos sobre los cuales se basa su renta. La omisión de reportar información precisa también será bases para la terminación del Arrendamiento de conformidad con la Sección 15 de este Arrendamiento.
La PHA procesará un incremento provisional xx xxxxx si la PHA verifica que el Inquilino que dice tener un ingreso igual a cero tiene ingresos monetarios o en especie.
Fechas en que Entran en Vigor los Cambios a la Renta
Divulgaciones Oportunas (dentro de los 10 (diez) días calendario posteriores al hecho)
Disminuciones – 1er día del mes posterior a que se notifica la disminución de ingreso al Administrador del Inmueble y es verificado por un tercero.
Incrementos - El 1er día del segundo mes posterior al incremento de ingresos.
Notificación Tardía (después de los 10 (diez) días calendario del suceso)
Disminuciones – El Inquilino no tendrá derecho a un crédito xx xxxxx de cualquier renta mensual anterior antes de que la disminución del ingreso sea reportada al Administrador del Inmueble. Cualquier periodo de pérdida de asignación de ingreso ganado aplicable ocurrirá ya haya sido reportada en forma oportuna o no.
Incrementos – El Inquilino recibirá un cargo retroactivo de incremento en ingreso que hubiese resultado en un incremento xx xxxxx y que no fue reportado oportunamente, retroactivo al mes posterior a que se debió de haber modificado el cambio. (d) Los cambios retroactivos xx xxxxx serán aplicados únicamente si se descubre que el Inquilino ha declarado en falso sobre hechos que sirven de base para la renta de tal forma que el Inquilino paga una renta menor a la que hubiese tenido que pagar; o se demora en enviar la información de conformidad con la Sección 5(c) de este Arrendamiento. El incremento en la renta se aplicará en forma retroactiva al primero del mes posterior al mes en que ocurrió la declaración errónea o la omisión de reportar.
Notificación de Ajustes xx Xxxxx y Derechos en un Procedimiento Conciliatorio.
El Inquilino recibirá notificación por escrito de cualquier ajuste xx xxxxx por reevaluaciones anuales o provisionales. Todas las notificaciones indicarán la fecha en que entrará en vigor el ajuste xx xxxxx. El Inquilino podrá pedir una explicación que estipule las bases específicas que sirvieron para que la PHA tomara esa determinación con respecto a la renta, el tamaño de la vivienda o la elegibilidad, y si el Inquilino no acepta la determinación, el Inquilino tendrá derecho a solicitar una audiencia de conformidad con los Procedimientos de Conciliación de la PHA.
Servicios y Electrodomésticos
Servicios suministrados por la PHA: Si el párrafo 10(a) de este Arrendamiento está marcado con una (X), la Oficina suministrará el servicio indicado (electricidad, gas, agua, servicio de alcantarillado o recolección de basura). El Inquilino pagará directamente todos los demás servicios. La Oficina no será responsable por cualquier interrupción de servicio o falla en el servicio que suministre la Oficina. Los servicios serán utilizados exclusivamente para fines domésticos normales. El Inquilino conviene en no desperdiciar servicios que proporcione la Oficina y cumplir con todas las leyes, reglamentos o lineamientos aplicables de cualquier dependencia gubernamental que regule los servicios o combustibles.
En ciertos fraccionamientos en donde la PHA ofrece los servicios, los servicios son medidos en la unidad del Inquilino. En estos casos, cada Inquilino tiene una asignación de consumo (en horas kW para el caso de electricidad y en miles de pies cúbicos de gas natural). Los Inquilinos que excedan la asignación de consumo serán facturados por el consumo en exceso a la tarifa que paga la PHA al prestador de servicios.
Electrodomésticos suministrados por la PHA: Salvo que el párrafo 10(c) de la Parte 1 de este Arrendamiento esté marcado con una (X), la Oficina proporcionará una estufa, refrigerador y en ciertos fraccionamiento una lavadora y una secadora. Otros electrodomésticos importantes: antena parabólica, etc., solamente se instalarán y operarán con la previa aprobación por escrito de la Oficina. Todos los electrodomésticos deberán ser instalados en forma profesional por un contratista aprobado por la Oficina o por personal de mantenimiento de la Oficina por un cargo razonable.
Servicios pagados por el Inquilino: Si el Inquilino reside en un fraccionamiento en donde la Oficina no suministre la luz, el gas, el agua, el servicio de alcantarillado o la recolección de basura, la Oficina establecerá un monto mensual en dólares como Asignación para los Servicios Pagados por el Inquilino. El monto será adecuado para el tamaño y tipo de vivienda que ocupe el Inquilino. El Pago Total del Inquilino menos la Asignación por Servicios será igual a la Renta del Inquilino. Si la Asignación por Servicios excede el Pago Total del Inquilino, la Oficina pagará un Reembolso mensual de Servicios al Inquilino o al proveedor de servicios cada mes. Los Inquilinos que eligen Rentas Fijas (no rentas con base en ingreso) no recibirán asignación de servicios.
La Oficina podrá modificar la Asignación de Servicios en cualquier momento durante la vigencia del arrendamiento y otorgará notificación por escrito al Inquilino con 60 días de anticipación notificando la nueva Asignación de Servicios, junto con cualquier cambio a la Renta del Inquilino o Reembolso de Servicios.
El Inquilino tiene la responsabilidad de pagar la factura de servicios, depósitos relacionados y cargos, de ser el caso. Si la factura real por servicios del Inquilino es menos que la Asignación de Servicios, el Inquilino recibirá el beneficio de esos ahorros.
El Inquilino no permitirá que se desconecten los servicios por ningún motivo (incluyendo el proveedor de servicios por falta de pago) hasta el final de la vigencia del arrendamiento.
Cuando el Inquilino paga sus servicios directamente, la omisión de mantener los servicios conectados, es una seria violación al arrendamiento y es motivo suficiente para la terminación del contrato.
Condiciones Generales para Uso y Ocupación de la Vivienda
La vivienda será el único domicilio del Hogar del Inquilino.
El Inquilino tendrá derecho a usar y ocupar exclusivamente la unidad para el Inquilino y otros miembros autorizados del inquilino designados en la Parte I de este arrendamiento. El Inquilino no cederá el Arrendamiento, ni subarrendará la vivienda.
La vivienda deberá ser usada exclusivamente como residencia particular, únicamente para el Inquilino y los miembros de la familia del inquilino designados en el Arrendamiento.
Con previa aprobación por escrito, la PHA podrá otorgar su consentimiento a que el Inquilino use la vivienda para actividades con fines de lucro, legales, incidentales al uso principal de la vivienda.
Si durante la vigencia del arrendamiento, el Inquilino por motivo de perjuicio físico o mental no puede cumplir con las disposiciones importantes de este arrendamiento y el Inquilino no podrá hacer arreglos para que alguien le ayude a cumplir con este arrendamiento, la Oficina ha cumplido con todos los estatutos, leyes y reglamentos que permitirían que el Inquilino cumpla con el arrendamiento, la Oficina ayudará al Inquilino o al miembro designado de la familia del Inquilino a encontrar vivienda más adecuada y a mudar al Inquilino de la vivienda. Si no hay miembros de la familia que puedan o que acepten la responsabilidad de mudar al Inquilino, la Oficina trabajará con oficinas adecuadas para obtener vivienda adecuada y dar por terminado este arrendamiento de conformidad con la Sección 17 del contrato.
El Inquilino deberá registrar a los invitados que pasen la noche en la unidad. El Inquilino tendrá derecho a dar albergue a invitados o visitantes durante un periodo que no exceda 14 días calendario por invitado en cualquier periodo de doce meses. Si el Inquilino desea que un invitado permanezca más de 14 días calendario en cualquier periodo de doce meses, deberá presentar una solicitud por escrito al Administrador del Inmueble pidiendo permiso para prorrogar el plazo.
La PHA no utilizará la información de registro de invitados para realizar verificación de antecedentes penales en invitados adultos, salvo que la PHA tenga motives para creer que el invitado vive realmente en el inmueble o el invitado está provocando problemas según consta en quejas de otros inquilino o en personal de policía.
La omisión a registrar a los invitados o a obtener permiso de la Oficina cuando se trate de visitas que excedan 14 días en un año natural es una violación grave al arrendamiento y sirve de base para la terminación del contrato.
Transferencia de Vivienda
El Inquilino será reubicado en otra unidad en el mismo fraccionamiento o en otro de conformidad con la política de transferencia de la PHA. Las transferencias se clasifican en 5 categorías:
Transferencia de Emergencia son transferencias obligatorias que se implementan cuando la unidad o las condiciones del edificio representan un riesgo inmediato a la vida del Inquilino, su salud o seguridad (ejemplos: incendio, inundación, falta de calefacción) o transferencia administrativa para resolver problemas de naturaleza de vida o muerte que no se relacionen con el edificio o la unidad, según determine la PHA o en cualquier procedimiento jurídico. El Inquilino recibirá una notificación previa por escrito, en la medida en que sea posible. Sin embargo, la PHA no proporcionará previa notificación por escrito en situaciones en las que la PHA tenga poco o ningún conocimiento previo sobre la condición o situación que resulte en una emergencia.
Las transferencias administrativas son transferencias obligatorias que inicia la PHA. Éstas incluyen:
Prioridad 1: Transferencias administrativas obligatorias para permitir que la PHA renueve, modernice, revitalice, derrumbe o enajene un inmueble de vivienda público;
Prioridad 2: Las transferencias administrativas voluntarias para mudar a inquilinos con discapacidad a unidades accesibles o unidades con características que puedan ayudar con sus discapacidades mejor que las unidades actuales o transferencias obligatorias de Inquilinos sin discapacidades fuera de una unidad con características accesibles para permitir que un Inquilino con discapacidad ocupe la unidad. 24 CFR § 8.27(1)
Prioridad 3: Transferencias voluntarias de familias que se han inscrito a FSS a inmuebles de FSS.
Prioridad 4: Transferencias obligatorias para mudar a familias fuera de unidades que son muy grandes o muy pequeñas para ellas. Familias en unidades que son muy grandes serán transferidas antes que las familias en unidades que son muy pequeñas
Transferencias iniciadas por el Inquilino son transferencias no obligatorias disponibles a los Inquilinos que cumplen con el arrendamiento que han residido en un fraccionamiento durante cuando menos un año y quienes les gustaría transferirse a otra unidad en el mismo fraccionamiento o en otro fraccionamiento.
Antes de una transferencia a otra unidad o fraccionamiento, los Inquilinos recibirán notificación por escrito cuando menos con 30 días de anticipación o mayor tiempo según estipule la Política de Admisiones y Ocupación. Podrán existir excepciones, tal como cuando la transferencia es como respuesta a problemas de vida o muerte; riesgo de ataque por elementos criminales; violencia doméstica documentada; y órdenes de protección a testigos.
Si en la categoría de Transferencia de Emergencia y Administrativa, los Inquilinos deberán transferirse a otra unidad.
El Costo de transferencias Administrativas de Prioridad 1 para mudar a un Inquilino con discapacidad a una unidad más adecuada o un Inquilino sin discapacidad fuera de una unidad accesible, o para permitir la modernización, rehabilitación, destrucción, enajenación o revitalización estará a cargo de la Oficina. La oficina también pagará el costo de transferencias de emergencia cuando la emergencia sea resultado de las condiciones de la unidad fuera del control del Inquilino.
El Inquilino deberá cubrir los costos de transferencia cuando se trate de transferencias por gozar de una vivienda muy grande o por tener muchos miembros de la familia y aquellas iniciadas por el inquilino.
Las transferencias involuntarias están sujetas al Procedimiento de Conciliación y no se realizará ninguna transferencia hasta la fecha en que el plazo para solicitar un proceso de conciliación haya vencido o éste haya concluido.
La omisión del Inquilino a cumplir con transferencia obligatoria será base para la terminación de este Arrendamiento.
Obligaciones de la PHA
La PHA está obligada a:
No discriminar sobre la base de raza, color, religión, sexo, nacionalidad, edad, discapacidad y/o estado familiar.
Mantener la vivienda, las áreas comunes y los terrenos cuyo mantenimiento no se haya asignado de otra forma al Inquilino en condición decente, segura y sanitaria.
Cumplir con los requisitos de los códigos de construcción de la Ciudad, los códigos de vivienda y los reglamentos del HUD que afecten en forma importante la salud y la seguridad que apliquen.
Hacer las reparaciones necesarias a la vivienda. La omisión de la PHA a realizar las reparaciones de conformidad con la política de mantenimiento una vez que se haya hecho entrega de notificación por escrito a la PHA de conformidad con el Capítulo 92 del Código de Inmueble de Texas podría dar al Inquilino uno o más de los siguientes derechos: derecho a dar por terminado este Arrendamiento, el derecho a reparar los puntos que se incluyan en la notificación a la PHA y deducir el costo razonable de la reparación hasta la renta de un mes o $500; o el derecho a interponer demanda ante un Juzgado xx Xxx.
Mantener el sistema eléctrico, de plomería, sanitario, la calefacción, la ventilación y otras instalaciones y electrodomésticos (estufa y refrigerador) en operación, incluyendo elevadores suministrados o que deban ser suministrados por la PHA. En edificios de varios pisos, la PHA conviene en mantener las escaleras limpias y libres de basura.
Proporcionar y mantener receptáculos e instalaciones adecuadas (salvo contenedores para uso exclusivo de un Inquilino) para el depósito xx xxxxxx, basura, desechos y otro material que el Inquilino retire de la vivienda, de conformidad con la Sección 8 de este Arrendamiento. Suministrar agua y una cantidad razonable de agua caliente y fría y una cantidad razonable de calefacción en temporadas adecuadas del año de conformidad con la costumbre y el uso locales, salvo cuando el edificio en donde se encuentre la vivienda no esté obligada por ley a contar con equipo para ese fin, o cuando el calor o el agua caliente es generado por una instalación dentro del control exclusivo del Inquilino y suministrado por una conexión de servicio directa.
Notificar al Inquilino de las bases específicas de cualquier acción adversa propuesta por la PHA y cuando sea el caso, dar al Inquilino oportunidad de una audiencia de conformidad con los Procedimientos de Conciliación de la PHA.
Publicar en las oficinas administrativas de la PHA copias de todas las reglas, reglamentos, calendarios de cargos y otros documentos parte de este contrato y ponerlos a disposición del Inquilino.
Inspeccionar las Instalaciones con el Inquilino o su represente antes de que el Inquilino se mude y dar al Inquilino una declaración por escrito de la condición de las Instalaciones y el equipo que ahí se encuentra al momento de la entrada de inspecciones periódicas después de esa fecha; e inspeccionar las Instalaciones cuando el Inquilino salga y dar al Inquilino una declaración por escrito de los cargos, de existir, por reparaciones necesarias fuera de uso de uso desgaste normales. El Inquilino podrá participar en cualquier inspección a las Instalaciones en la medida en que sea práctico.
Adecuaciones para Inquilinos con Discapacidad. Al momento de que un Inquilino con discapacidad lo solicite, o cuando lo solicite el jefe de familia en representación de un miembro de la familia con discapacidad, la PHA proporcionará adecuaciones razonables. La PHA podrá, dependiendo de las circunstancias, proporcionar modificaciones estructurales o una solución no estructural, tal como la transferencia a una unidad o un edificio con las características de accesibilidad requeridas, provisto que dichas opciones permitan, eficientemente, tener accesibilidad. La PHA no tiene obligación de proporcionar adecuaciones o modificaciones estructurales si esas adecuaciones o modificaciones crean cargas financieras y administrativas inadecuadas o provocan una alteración esencial en la naturaleza del programa.
Proporcionar unidades con características accesibles o adaptables ya sea por rehabilitación o a través del proceso de redesarrollo o una transferencia Administrativa.
Proporcionar información y explicación adecuada de las disposiciones de Arrendamiento antes de la mudanza o al momento de la misma. Hacer cumplir los términos de este Arrendamiento en forma justa, imparcial y de buena fe.
Obligaciones del Inquilino
Los Inquilinos, sus familiares, invitados y otras personas bajo el control del Inquilino tienen la obligación de:
No ceder este arrendamiento, subarrendar la unidad, o proporcionar hospedaje a invitados a cambio de contraprestación; No permitir que los invitados adultos se queden en la unidad a pasar la noche sin registrarlos con la PHA; No dar hospedaje a invitados de largo plazo sin el consentimiento expreso por escrito de la PHA; No permitir que se utilice la unidad como domicilio postal de personas que no sean aquellas que se mencionan en la Parte 1 de este arrendamiento; Notificar a la PHA de cualquier incremento del hogar por nacimiento, adopción o custodia asignada por la Corte; Evitar permitir que otras personas sean parte del hogar sin primero haber pasado por un estudio de antecedentes realizado por la PHA.
Mantener la vivienda en forma que cumpla con todas las obligaciones que las disposiciones aplicables de los códigos de construcción, vivienda, incendio y de salud imponen al Inquilino que materialmente afecten la salud y la seguridad, y que permita que la PHA realice las inspecciones necesarias a la vivienda del Inquilino; Mantener las instalaciones asignadas al Inquilino en condición limpia y segura que no contribuya a infestación de plagas u otro riesgo de salud o seguridad; Evitar y ver que los miembros autorizados del inquilino , los invitados y otras personas que estén bajo el control del Inquilino eviten destruir, dañar, desfigurar o despegar cualquier parte de la vivienda, las áreas comunes o el fraccionamiento.
Mantener esas áreas que están fuera de la vivienda que puedan haber sido asignadas al Inquilino para uso exclusivo de éste en forma limpia y segura; Mantener las áreas verdes que se le hayan asignado en forma cuidada y ordenada; Recoger y retirar la basura asignada a su unidad. Con la aprobación por escrito del Coordinador 504/ADA de la PHA, con respecto a hospedaje razonable, los Inquilinos con discapacidad estarán exentos de esta obligación.
No obstruir banquetas, corredores, galerías, pasajes, elevadores o escaleras y no utilizarlas para fines que no sean entrar y salir de la vivienda.
No lanzar basura sobre el terreno del inmueble y ver que los miembros del hogar del Inquilino, sus invitados y otras personas que estén bajo su control no tiren basura.
Evitar colocar letreros de cualquier tipo dentro o alrededor de la vivienda, salvo aquellos aprobados específicamente por la Oficina.
Los Inquilinos que vivan en unidades alejadas en el sitio deberán cumplir con todas las restricciones de la escritura aplicables que establezca la correspondiente Asociación de Vecinos. Las restricciones en la escritura se incorporan en este acto y se convierten en parte integral del arrendamiento. La violación a una restricción de escritura pondrá al Inquilino en incumplimiento de este arrendamiento y la PHA podrá dar por terminado el arrendamiento.
No desconectar, deshabilitar o retirar las baterías de cualquier detector de humo y sustituir la batería cuando sea necesario.
Notificar en forma oportuna a la PHA al momento de observar cualquier plaga o cuando se necesiten reparaciones en las instalaciones.
Utilizar en forma razonable todos los accesorios eléctricos, de plomería, sanitarios, calefacción, ventilación de aire acondicionado y otros, incluyendo los elevadores.
Pagar cargos razonables para la reparación de daños a la vivienda, edificios del fraccionamiento, instalaciones o áreas comunes que provoque el Inquilino, los miembros de su hogar, invitados u otras personas bajo su control.
Tirar todas las cenizas, basura, desechos y otro que se produzcan dentro de la vivienda en forma sanitaria y segura.
No hacer alteraciones o reparaciones ni redecoración al interior de la unidad de la vivienda, incluyendo el uso de clavos, tornillos, grapas o aseguradores en ninguna parte de la vivienda (salvo para un número razonable de clavos para colgar cuadros), no instalar equipos o aparatos grandes adicionales, incluyendo aires acondicionados, sin el consentimiento por escrito de la PHA. Las alteraciones o agregados que no puedan ser retirados sin causar daño permanente a la vivienda pasarán a ser parte de la PHA sin indemnización.
No hacer cambios a las chapas ni instalar chapas nuevas o dispositivos contra robo sin aprobación por escrito de la PHA.
Evitar estacionar cualquier vehículo en cualquier derecho de paso x xxxxxx de bomberos u otra propiedad de la PHA que no está designada para fines de estacionamiento. El Inquilino deberá registrar todos los vehículos propios con el administrador y contar con la calcomanía de estacionamiento. Solamente ocupar los lugares de estacionamiento del inquilino (no hay lugares para visitantes). No introducir ningún vehículo a la propiedad de la PHA, excepto si ha sido registrado con el administrador, si el Inquilino se cuenta con una licencia de conducir válida, tiene seguro para conducir el vehículo y el vehículo cuente con registro válido. Todo vehículo inoperable o sin licencia, según se describe arriba, será retirado de la propiedad de la PHA al costo y gasto del Inquilino. No se permiten realizar reparaciones a automóviles dentro de la propiedad de la PHA
Evitar poseer una cama de agua en las instalaciones.
Cumplir con los reglamentos y Reglas Internas necesarias y razonables que establezca la PHA para beneficio y bienestar del desarrollo de la familia y los Inquilinos que la se colocarán en la oficina administrativa y que quedarán incorporados por referencia en este Arrendamiento. Se alienta al Inquilino que se familiarice con estas reglas y reglamentos. Las violaciones a las Reglas Internas constituyen una violación al arrendamiento que podría resultar en la terminación del contrato.
Evitar utilizar bebidas alcohólicas dentro de las áreas comunes del fraccionamiento, y evitar romper contenedores xx xxxxxx en las áreas comunes.
Actuar y ver que los miembros autorizados del Inquilino y sus invitados y otras personas que estén bajo su control actúen sin alterar la paz y tranquilidad a la que otros Inquilinos tienen derecho dentro de su espacio y deberá ver que el fraccionamiento se mantenga decente, sea seguro y limpio, incluyendo evitar el comportamiento que es resultado de abuso de drogas o alcohol que interfiera con la salud, la seguridad o el derecho a goce pacífico de las instalaciones que tienen otros Inquilinos, los empleados de la PHA o las personas que vivan en las inmediaciones de las instalaciones.
Evitar y ver que el Inquilino, los miembros de su familia/hogar, invitados y otras personas bajo su control eviten toda actividad criminal relacionada con drogas o violencia, u otra actividad que amenace a terceros, incluyendo, entre otros:
Participar en cualquier actividad, incluyendo asalto físico y verbal que ponga en riesgo la salud, seguridad o derecho a la paz y tranquilidad de las instalaciones de la PHA que tienen otros Inquilinos, los empleados de la PHA, los representantes de la PHA o personas que residen en las inmediaciones de las instalaciones. No es necesario que exista una condena penal para demostrar violaciones serias al Arrendamiento;
Participar en cualquier actividad criminal u otra actividad que ponga en riesgo la vida, la salud o bienes de otros Inquilinos, empleados de la PHA o personas que vivan en la vecindad inmediata de las instalaciones;
Participar en cualquier actividad criminal relacionada con drogas dentro o fuera de las instalaciones de la PHA; para fines del Arrendamiento, el término “actividad criminal relacionada con drogas” significará la fabricación, venta, distribución, uso, posesión, almacenamiento, servicio, entrega o cultivo ilícito de una sustancia controlada;
Si el Inquilino, los miembros de su hogar, invitados u otras personas que estén bajo su control han sido condenados por fabricar o producir metanfetaminas en las instalaciones de vivienda en la que se ofrece asistencia federal, el arrendamiento terminará de inmediato.
Si el Inquilino, los miembros de su hogar, invitados u otras personas que estén bajo su control tienen un requisito de registro del resto de su vida de conformidad con la legislación de registro a Personas con Antecedentes Penales por Delitos Sexuales del Estado, el arrendamiento terminará de inmediato.
Salvo se requiera para uso lícito, exhibir cualquier lugar sobre propiedad de la PHA cualquier arma de fuego (que funcione o no) u otras armas. Los Inquilinos que sean propietarios legítimos xx xxxxx de fuego en cumplimiento con las leyes estatales y locales podrán almacenarlas en las unidades de la PHA en tanto que estén registradas con la PHA y estén mantenidas en un gabinete con llave o que se utilicen seguros para gatillo, evitando lesiones accidentales a menores.
Exhibir un arma con amenazas verbales o no, para tirar, incendiar, explotar, lanzar o de otra forma descargar el arma, lanzar tiros, fuego, hacer explotar, lanzar o de otra forma descargar un arma o causar lesión a otra persona o daño a cualquier bien incluyendo uso intencional, imprudente, descuidado o negligente de un arma. Para fines de este arrendamiento, un “arma” significará un arma de fuego o cualquiera que esté diseñada en forma manifiesta hecho o adaptado para el fin de causar la muerte o lesión corporal seria. Un arma incluirá, entre otros, un garrote, un arma explosiva, un arma de fuego, una navaja o nudillo, según se definen esos términos en la Sección 46.01 del código Penal Revisado de Texas. Esto también prohíbe el uso de cualquier pistola BB o de salvas dentro de la propiedad de la PHA; y
Ser Propietario o poseer armas ilegales y mantenerlas dentro de la propiedad de la PHA;
Provocar cualquier incendio en las instalaciones de la PHA en forma intencional o a través de negligencia o descuido.
Mantener perros, gatos u otros animales domésticos comunes en las instalaciones, sólo de conformidad con la Política para Mascotas de la PHA. La Política para Mascotas requiere el previo consentimiento por escrito de la PHA y la aprobación de una solicitud de mascotas que será parte integral de este Arrendamiento. No se otorgará ningún permiso a animales que estén clasificados como peligrosos o víboras u otros animales exóticos que no sean mascotas domésticas. Todas las demás leyes estatales y locales con respecto a las reglas de dominio de mascotas, leyes contra la crueldad, de control de animales y salud animal, aplicará a cualquier Inquilino que tenga una mascota. En general, las personas con discapacidad que tengan animales de ayuda están exentas de todas las disposiciones de la Política de Mascotas, salvo aquellas relacionadas con la salud y la higiene de la mascota.
Las violaciones a la Política de Mascotas podrían resultar en la terminación del arrendamiento. Los animales de asistencia cuando se verifique que lo necesitan las personas con discapacidad no se considerarán mascotas.
Garantizar que los Inquilinos autorizados entre 7 (siete) y 16 (dieciséis) años que vivan en el hogar asisten a la escuela de conformidad con las leyes contra el ausentismo escolar del Estado de Texas y para garantizar que los menores no violan la Política de Toque de Queda.
Cumplir con los requisitos del Servicio a la Comunidad de la PHA que se estipulan en la Sección 21 de este Arrendamiento.
Transferir a otra unidad cuando se requiera en caso de procedimientos de Transferencia por Emergencia y/o Administrativa.
La omisión del Inquilino a cumplir con estas Obligaciones del Inquilino servirá como base para la terminación de este Arrendamiento.
Cambios en el Hogar
Los menores que sean hijos consanguíneos o adoptados por familiares que se mencionan en el arrendamiento y los menores cuya custodia sea asignada a la familia por una corte con jurisdicción competente, se agregarán automáticamente al Arrendamiento al momento de que el Inquilino notifique a la PHA. Cuando la adición de un menor o hijo excede el número de personas permitidas dentro de la unidad en donde reside el Inquilino, el Inquilino será ubicado en una lista de espera de transferencia para mudarse a una unidad de mayor tamaño.
Todas las demás adiciones al hogar, incluyendo, entre otros, hijos adoptados, adultos adoptados y Asistentes de Planta requieren la previa aprobación de la PHA. Cuando existan nuevos familiares a partir de 15 años de edad, incluyendo Asistentes de Planta la aprobación sólo se otorgará si este nuevo miembro de la familia cumple con el criterio de verificación de antecedentes al solicitante y la adición de un nuevo miembro de la familia no excede la capacidad de la unidad.
Se requiere previa aprobación para agregar a un Asistente de Planta y ello no se negará injustificadamente. Una Asistente de Xxxxxx es aquella persona que vive con un Inquilino con discapacidad y que según ha determinado un prestador califiicado de servicios a la salud, es esencial para el cuidado y bienestar del Inquilino, no está obligado a la manutención del Inquilino, y quien no estará viviendo en la vivienda, salvo para prestar los servicios de apoyo requeridos. En general, un Asistente de Planta no podrá mudarse a una unidad si excede su capacidad. Sin embargo, sobre la base en una solicitud de hospedaje razonable, un Asistente de Planta podrá mudarse a la unidad hasta que el hogar sea transferido a otra unidad de tamaño adecuado. Los Asistentes de Planta no tienen los mismos derechos que los que gozan los miembros del resto de la familia.
La PHA aprobará o rechazará una solicitud del Inquilino para permitir a una persona que se mude a la vivienda dentro de 30 días hábiles de haber recibido la solicitud por escrito. Este periodo se prorrogará si existe retraso fuera del control de la PHA o del inquilino. Si la PHA no toma una decisión dentro del plazo, o cualquier prórroga que se estipule en este subpárrafo, entonces la solicitud del Inquilino se considerará aprobada.
Los Inquilinos Autorizados que salgan de la vivienda por cualquier motivo serán reportados por el Inquilino a la PHA por escrito, dentro de los 10 días posteriores al hecho.
Miembros de la familia remanente. Si el jefe de familia falleciera o dejara la unidad por cualquier motivo, se permitirá que los demás miembros del hogar continúen ocupándola, sólo si queda uno o más miembros de la familia que se mencione en el Arrendamiento y que viva en el hogar, que pase la revisión de antecedentes y tenga 18 años de edad o más o sea un menor emancipado. Se podrán iniciar procedimientos de desalojo si
los miembros restantes del hogar omiten informar a la PHA lo pertinente dentro de los 10 días posteriores al fallecimiento o la ausencia del anterior jefe de familia;
no existe un miembro de la familia calificado para firmar un nuevo arrendamiento, o
después de la aprobación a los miembros remanentes de la familia para asumir las obligaciones del arrendamiento, omiten firmar un nuevo Arrendamiento dentro de 30 días y/o
los únicos adultos o menores emancipados remanentes en la unidad han cometido un incumplimiento xx xxxxx o han incurrido en actividad criminal.
la familia omite notificar a la PHA cualquier agregado al hogar por nacimiento, adopción o custodia adjudicada por una Corte y evitar que otras personas entren en la vivienda sin que la PHA haya realizado primero una investigación de sus antecedentes, salvo según se estipule en la Sección 9 (a).
La PHA podrá permitir que un adulto que no esté en el Arrendamiento se una al hogar como nuevo jefe de familia. Al dar su aprobación a ese arreglo, la PHA estudiará si existe cualquier miembro remanente capaz de celebrar un Arrendamiento y tomará en cuenta que la familia pueda a mantenerse junta si se permite al nuevo miembro del hogar. El nuevo jefe de familia debe cumplir con el criterio de revisión de antecedentes de la PHA. Un nuevo jefe de familia añadido al Arrendamiento de conformidad con los incisos f y g anteriores estará a cargo de cualquier monto pendiente en que ha incurrido el jefe de familia anterior. La PHA se reserva el derecho a establecer un plan de pagos con el nuevo jefe de familia, particularmente cuando el desalojo por montos pendientes resultaría en la separación de la familia.
Si este Arrendamiento es una prórroga de ocupación por parte del hogar de los Inquilinos bajo un Arrendamiento o Arrendamientos anteriores con la PHA, cualquier monto por pagar de conformidad con el Arrendamiento o Arrendamientos anteriores podrán ser cobrados o cargados como si hubiesen ocurrido al amparo de este Arrendamiento.
Acceso a las Instalaciones Durante el Arrendamiento
A través de notificación aplicable y/o razonable, cualquier empleado o contratista de la PHA podrá entrar a la vivienda durante horas razonables (8:00 a.m. a 5:30 p.m.) con el fin de realizar trabajos de mantenimiento de rutina, hacer mejoras o reparaciones, inspeccionar la unidad o mostrar la unidad para inquilinos prospecto.
Cuando el Inquilino solicite mantenimiento a la vivienda, la PHA acusará recibo de la solicitud dentro de 24 horas. Una solicitud de mantenimiento constituye permiso para que la PHA entre a la unidad y realice el mantenimiento. Si el Inquilino no se encuentra en la vivienda cuando la PHA realice el mantenimiento solicitado, la PHA dejará una copia de la orden de trabajo concluida en la unidad.
Por motivos que no sean mantenimiento solicitado, la PHA otorgará a los Inquilinos notificación por escrito con cuando menos 48 horas de anticipación de su intención de entrar a la vivienda y estipular el motivo para ello. Los Inquilinos con discapacidad recibirán notificaciones en los formatos que soliciten.
La PHA podrá entrar a la vivienda del Inquilino en cualquier momento sin notificación previa cuando existan causas razonables para creer que existe una emergencia que significará un riesgo inmediato a la seguridad y/o bienestar de los Inquilinos y/o empleados. Las condiciones legítimas de emergencia no se utilizarán como pretexto para realizar inspecciones a la unidad.
Si el Inquilino y todos los miembros adultos del hogar están ausentes de la vivienda al momento que la PHA entra, ésta dejará una declaración por escrito en la vivienda especificando la fecha, hora y el objeto de la entrada, antes de salir de la vivienda.
Defectos Peligrosos para la Vida, Salud o Seguridad
Si la vivienda sufre daño de tal forma que se crean condiciones que son un riesgo para la vida, la salud o la seguridad de los ocupantes, se aplicarán los siguientes términos:
Responsabilidades y Servicios de la PHA: La PHA será responsable por la reparación de la unidad dentro de un plazo razonable después de haber recibido notificación de ello del Inquilino. Si el daño fue provocado por el Inquilino, los miembros de su familia, sus mascotas, invitados u otras personas bajo el control del Inquilino, los costos razonables de las reparaciones serán a cargo del Inquilino. El periodo razonable para disminuir y reparar una emergencia está definido como 24 horas.
Si las reparaciones que se necesitan no se pueden concluir dentro de un plazo razonable, la PHA ofrecerá al Inquilino un espacio alternativo que sea decente, seguro y limpio.
Si la PHA no realiza las reparaciones dentro de un plazo razonable, y no existe algún espacio alterno que sea decente, seguro y limpio, que no contenga defectos peligrosos, entonces la renta se disminuirá en proporción de la seriedad del daño y la pérdida de valor como vivienda. La disminución continuará en efecto hasta que se corrija el daño.
No ocurrirá ninguna disminución xx xxxxx si el Inquilino rechaza el espacio alternativo y permanece en la vivienda o si el daño fue provocado por el Inquilino, su familia, las mascotas del inquilino, sus invitados u otras personas bajo el control del Inquilino.
Si la vivienda del Inquilino está inhabitable o representa un riesgo para la vida, la salud y la seguridad, y se ofrece un lugar alterno decente y sanitario sin defectos peligrosos, pero se rechaza, y el Inquilino se rehúsa a dejar la unidad hasta que sea reparada, podría darse por terminado el arrendamiento del Inquilino.
Responsabilidades del Inquilino: El Inquilino notificará de inmediato al Administrador del Inmueble el daño cuando éste represente un riesgo para la vida, la salud o la seguridad de los ocupantes.
El Inquilino conviene en continuar pagando la renta completa menos la parte descontada hasta que el defecto se corrija.
La PHA no será responsable por lesiones o daños a bienes que resulten dentro de cualquier instalación arrendada o asignada al Inquilino, salvo por lesiones o daños a bienes que resulten de actos u omisiones intencionales o negligentes por parte de la PHA, sus representantes o agentes.
Todos los accidentes que involucren lesiones o pérdida de bienes de los miembros autorizados del Inquilino, sus mascotas o invitados deberán ser reportados, verbalmente o por escrito, a la Oficina de Administración dentro de 5 días hábiles. La omisión a cumplir con ese procedimiento de reporte no resulta en la renuncia o cancelación de cualquier recurso legal o por equidad que la persona pueda tener contra la PHA con respecto a dichos daños o lesiones.
Inspecciones
Inspecciones durante la Mudanza de Llegada: La PHA y el Inquilino o su representante inspeccionarán la vivienda antes de que sea ocupada. La PHA podrá fotografiar la unidad al momento de realizar la inspección de mudanza de entrada o en cualquier inspección posterior. La PHA otorgará al Inquilino una declaración por escrito sobre la condición de la vivienda, por dentro y por fuera, en donde anotará todo el equipo que se entrega junto con la unidad. La declaración irá firmada por la PHA y el Inquilino o su representante y una copia de ésta será mantenida en el expediente del Inquilino. Toda deficiencia que se mencione en el informe de inspección será corregida por la PHA sin cargo para el Inquilino antes de la mudanza de entrada o dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la mudanza de entrada, provisto que el defecto no vuelva inhabitable a la unidad. Si la PHA omite corregir las deficiencias dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la mudanza de entrada, el Inquilino podrá ejercer el recurso que se describe en la Sección 12(c).
Inspecciones Anuales. Todos los Inquilinos serán sujetos a una inspección anual. Los Inquilinos serán notificados con cuando menos 48 horas de anticipación sobre la inspección anual. Cuando menos se realizará una inspección a todas las unidades ocupadas, estructuras y sistemas, utilizando las Normas Uniformes de Condición Física del Departamento (Uniform Property Condition Survey o UPCS).
Además de la inspección de UPCS, la PHA realizará cuando menos una inspección de mantenimiento de la vivienda cada año para verificar la condición de la vivienda del equipo dentro de ésta, y cualquier área cuyo mantenimiento y cuidado se le haya asignado al Inquilino. La PHA proporcionará al Inquilino una declaración por escrito con respecto a las condiciones de la unidad de la vivienda. Además, la PHA solicitará órdenes de compra de todos los puntos que se encuentren descompuestos.
La PHA utilizará la inspección de mantenimiento anual para evaluar el cuidado global que el Inquilino ha tenido con la vivienda, el equipo y los hábitos o prácticas de mantenimiento de conformidad con este Arrendamiento. Cuando el mantenimiento del hogar es un problema, la PHA notificará al Inquilino por escrito los problemas e identificará las medidas y el periodo que se otorga para resolver las condiciones insatisfactorias.
Inspecciones Provisionales: La PHA realizará inspecciones provisionales para dar seguimiento a cualquier problema de mantenimiento que se encuentren durante las inspecciones anuales. Los Inquilinos que reciban notificación por escrito de problemas de mantenimiento serán sujetos a inspeccione s provisionales para medir las correcciones a cualquier condición insatisfactoria identificada y el progreso para reparar el problema.
Inspecciones durante la Mudanza de Salida: La PHA inspeccionará la vivienda al momento en que el Inquilino desaloje la unidad y otorgará al Inquilino una declaración por escrito de los cargos, de existir, por los cuales el Inquilino es responsable. Para proteger los derechos del Inquilino, el Inquilino y/o su representante podrán participar en esa inspección, salvo que el Inquilino desocupe la unidad sin notificación a la PHA.
Todas las Inspecciones serán realizadas para evaluar las condiciones de la unidad, establecer programas de mantenimiento preventivo, preparar las especificaciones de rehabilitación de la unidad o adoptar otra medida para mejorar el mantenimiento de las unidades.
La omisión de permitir la inspección a la vivienda es una violación seria al arrendamiento y base para su terminación.
Procedimientos de Notificación
Responsabilidad del Inquilino – Xxxx notificación a la PHA deberá ser por escrito, entregada a la Oficina Administrativa o a la oficina central de la PHA en persona o enviada por correo de primera clase porte pagado al domicilio correcto.
Responsabilidad de la PHA – Toda las notificaciones a los Inquilinos deberán ser por escrito, salvo que se trate de Inquilinos con discapacidad, en cuyo caso serán transmitidas en el formato accesible que solicite el Inquilino. Las notificaciones también estarán disponibles en español u otros idiomas, según sea necesario.
Las notificaciones de terminación de arrendamiento o de no renovación serán entregadas en persona al Inquilino o a cualquier miembro adulto del hogar que viva en la vivienda o se enviará por correo certificado con acuse de recibo firmado por el destinatario. Si no se encuentra nadie con la posesión real de las instalaciones, la notificación de terminación podrá ser colocada en las instalaciones. Un adulto es una persona que tenga 18 años o más o un menor emancipado que sea jefe de familia.
Las notificaciones que no sean notificaciones de terminación de arrendamiento o no renovación podrán ser entregadas en mano al Inquilino o a cualquier miembro adulto del hogar del Inquilino o se enviará por correo de primera clase.
El correo sin abrir, cancelado de primera clase que sea devuelto por la Oficina Postal será constancia suficiente de que la notificación fue otorgada, haya sido firmada o no.
Terminación del Arrendamiento
La PHA y el Inquilino seguirán los procedimientos que se estipulan a continuación, cuando se trae de la terminación del Arrendamiento:
El Inquilino podrá dar por terminado este Arrendamiento en cualquier momento a través de notificación por escrito con 30 días de anticipación. La omisión a otorgar dicha notificación al administrador podría resultar en un cargo adicional xx xxxxx a cuenta del Inquilino: El Inquilino tiene la responsabilidad de la última renta mensual hasta la fecha de desocupación. El Inquilino dejará la unidad y todas las demás áreas cuyo mantenimiento le haya sido asignado, en forma limpia, salvo uso y desgaste normales y devolverá las llaves a la PHA antes de partir. El depósito de garantía no se podrá utilizar para cargos xx xxxxx o de otro tipo. Si el Inquilino omite otorgar su notificación con 30 días de anticipación, la PHA también podría cobrar al Inquilino 14 días xx xxxxx a partir del momento en que la PHA sepa que la unidad está libre.
El Inquilino podrá cancelar este Arrendamiento y salir de las Instalaciones sin responsabilidad xx xxxxx adicional mostrando una orden judicial que proteja al Inquilino contra violencia intrafamiliar de cualquier ocupante de las Instalaciones. La PHA tiene prohibido cobrar renta o hacer cumplir este Arrendamiento si los motivos del Inquilino para cancelar este Arrendamiento y dejar las instalaciones son casos de violencia intrafamiliar, violencia en la relación de noviazgo, violación o acoso, según esos temores se definen en la Sección 3 de la Ley de Vivienda de los Estados Unidos de 1937 según ha sido modificada por la Ley de Violencia contra las Mujeres (Violence Against Women Act o VAWA - 42 U.S.C.). 13925
El Inquilino podrá cancelar este Arrendamiento y dejar las Instalaciones sin responsabilidad xx xxxxx adicional si éste se da de alta en el ejército después de firmar este Arrendamiento o está en el ejército y recibe órdenes de un cambio permanente de estación o un despliegue que dure más de 90 días.
Este Arrendamiento podrá ser terminado por la PHA solamente por violaciones serias o recurrentes a términos importantes de este Arrendamiento, o por otra buena causa. Ejemplos del comportamiento por los cuales se puede dar por terminado el arrendamiento incluyen, de manera enunciativa mas no limitativa, la omisión a realizar pagos exigibles de conformidad con este Arrendamiento o la omisión a pagar los servicios cuando la conexión está a nombre del Inquilino y/o la omisión a cumplir con las obligaciones del Inquilino que se estipulan arriba. Un Inquilino que reciba 3 Notificaciones de Terminación por pagos en xxxx xx xxxxx en cualquier periodo de 12 meses, estará sujeto a la terminación de este Arrendamiento.
El Arrendamiento también terminará si:
El Inquilino permite que una persona que no haya pasado la verificación de antecedentes según requiere y establece la PHA vive en la unidad.
El Inquilino omite entregar información completa y precisa sobre su ingreso, deducciones de ingresos, composición familiar o circunstancias particulares, cuando la PHA lo solicite.
El Inquilino falsifica documentos con respecto al uso que cualquier miembro de la familia haga de una sustancia controlada ilegal o abuso de alcohol.
El Xxxxxxxxx huye para evitar algún proceso legal o custodia o confinamiento después de ser declarado culpable de un delito o intento de perpetrar un delito, de conformidad con la legislación del estado de donde ha huido o por violar una condición de libertad condicional que haya impuesto la ley Federal o Estatal.
El Inquilino, cualquier miembro del hogar, un invitado u otra persona que esté bajo el control del Inquilino participa en actividad criminal que amenaza la salud, la seguridad o el derecho de goce pacífico de las instalaciones que tienen otros Inquilinos, empleados de la PHA o personas que vivan en la vecindad inmediata de las instalaciones; o
Existe actividad criminal relacionada con drogas dentro o fuera de las instalaciones por parte del Inquilino, cualquier miembro del hogar o un invitado u otra persona que esté bajo el control del Inquilino.
La PHA no tendrá la obligación de demostrar que el Xxxxxxxxx sabía o que debió de haber sabido que el miembro del hogar, el invitado u otra persona que esté bajo su control, participaba en actividades prohibidas. Sin embargo, el Inquilino podrá hacer valor como defensa que el Inquilino no sabía, ni tenía por qué saber la existencia de esa actividad criminal. Dicha defensa deberá ser demostrada por el Inquilino por preponderancia de la evidencia.
Al decidir obligar al desalojo al Inquilino por actividad criminal, la PHA considerará todas las circunstancias del caso, incluyendo la seriedad del delito, el alcance de la participación de los miembros de la familia y los efectos que el desalojo tendría en los miembros de la familia que no hayan estado involucrados en la actividad prohibida. En casos adecuados, la PHA podrá permitir que el resto de los miembros de la familia continúen ocupando la unidad y podría imponer una condición que los miembros de la familia que hayan participado en la actividad prohibida no vivan ni visiten la vivienda. La PHA podrá requerir que los miembros de la familia que hayan participado en el uso ilegal de drogas presenten pruebas de haber cumplido exitosamente con un programa de tratamiento como condición para poder vivir en la vivienda o visitarla.
La Oficina no desalojará al Inquilino por actividad criminal cuando el Inquilino demuestre ser la víctima de violencia doméstica, violencia en la relación de noviazgo o acoso, salvo que la actividad criminal en la que participa el Inquilino no se relacione con violencia doméstica, violencia en la relación de noviazgo o acoso. Si se demuestra que la persona que abusa es un miembro de la familia, el Inquilino podrá retirar a esa persona del arrendamiento y permanecer en la unidad. Nada en este arrendamiento se interpretará como el que limita la autoridad de la Oficina para dar por terminado el arrendamiento de cualquier Inquilino cuando se puede demostrar que la presencia de ese Inquilino es un riesgo real e inminente a otros inquilinos, personal o aquellos que prestan servicios al inmueble.
Este Arrendamiento podrá ser terminado o será renovado por la PHA si miembros adultos de la Familia del Inquilino no exentos no Cumplen con los requisitos de Servicio Comunitario que se describe en la Sección 21.
La PHA otorgará notificación por escrito de la terminación de arrendamiento en inglés o español u otro idioma, según sea necesario, o en el caso de un Inquilino con discapacidad en el formato accesible en los siguientes términos:
14 días en el caso de la omisión a pagar renta;
Tres días cuando la salud o la seguridad de otros Inquilinos, de los empleados de la PHA o personas que vivan en la vecindad de las instalaciones se ve amenazada o por cualquier actividad relacionada con drogas;
30 días en cualquier otro caso.
La Notificación de terminación de Arrendamiento estipulará los motivos particulares para la terminación, informará al Inquilino su derecho a contestar lo que considere pertinente y el derecho del Inquilino a estudiar los documentos de la Oficina que sean directamente relevantes a la terminación. Además, la Oficina tendrá que ofrecer al Inquilino una oportunidad de una audiencia conciliatoria, la notificación informará al Inquilino el derecho a solicitar esa audiencia de conformidad con el Procedimiento de Conciliación de la PHA. La Notificación de Desalojo podrá estar paralelamente combinada con la Notificación de Terminación del Arrendamiento.
Cuando la PHA tenga obligación de ofrecer al Inquilino la oportunidad de una audiencia de conciliación y el Inquilino haya realizado una solicitud oportuna para una audiencia de conciliación, el arrendamiento no terminará, aún si la notificación de terminación del Arrendamiento ha vencido, hasta que el proceso de conciliación haya concluido.
La PHA excluye de los Procedimientos de Conciliación las acciones de ejecución del arrendamiento en relación con cualquier actividad criminal que ponga en riesgo la salud, la seguridad o el derecho de goce pacífico de las instalaciones que tienen otros Inquilinos, los empleados de la PHA o sus representantes, o personas que vivan en estrecha cercanía. La PHA también excluirá del Procedimiento de Conciliación cualquier actividad criminal relacionada con drogas dentro o fuera de las instalaciones. Cuando se trate de terminaciones de arrendamiento por estas violaciones, la Notificación de Terminación de Arrendamiento estipulará que el Inquilino no tiene derecho a una audiencia de Conciliación y especificará el procedimiento de desalojo judicial que utilizará la Agencia. El HUD ha determinado que este procedimiento de desalojo ofrece la oportunidad de audiencia de un Tribunal que contenga los elementos básicos de proceso justo.
El Inquilino o la PHA podrán otorgar notificación de terminación cualquier día del mes.
La PHA podrá desalojar al Inquilino de la vivienda sólo interponiendo acción judicial.
Si la PHA interpone una demanda de desalojo contra un Inquilino, el Inquilino será responsable por costos que ordene la Corte, incluyendo honorarios de Xxxxxxx, salvo que el Inquilino se vea favorecido en el proceso.
Este arrendamiento terminará al momento que el Inquilino abandone las instalaciones.
Procedimiento de Conciliación y Requisitos
Toda controversia que surja de conformidad con este Inquilino será resuelto de conformidad con el Procedimiento de Conciliación de la PHA y cualquier modificación a ello que esté en vigor en la fecha en que exista cualquier problema se incorporará en este acto por referencia. La terminación del arrendamiento por cualquiera de los motivos que se estipulan en la sección 15(c 4, 5 y 6) se excluirán del Procedimiento de Conciliación de la PHA.
En el caso de una acción adversa propuesta que incluya una propuesta de terminación del Arrendamiento, la PHA no adoptará la acción propuesta hasta que el plazo para que el Inquilino solicite una audiencia de conciliación haya vencido o, cuando sea el caso, el proceso de conciliación haya concluido.
Notificación a la Oficina de Correos
Cuando la PHA desaloje a un Inquilino por participar en alguna actividad delictiva, la PHA notificará a la Oficina de Correos local que dé servicio a la vivienda para que suspenda las entregas de correo a esa persona en la unidad y la persona no regrese a la comunidad a recoger correo.
Modificaciones y Enmiendas al Arrendamiento
Toda modificación de este Arrendamiento deberá constar en una enmienda por escrito del Arrendamiento que celebren la PHA y el Inquilino, excepto sólo las modificaciones xx xxxxx de conformidad con la Sección 5 de este Arrendamiento.
Renuncia de Derechos
La omisión de la PHA o del Inquilino a ejercer cualquier derecho o recurso, según se estipula en este arrendamiento no afectará el derecho de hacerlo en cualquier fecha posterior.
Responsabilidad
El Inquilino reconoce que cualquier medida de seguridad que indique la Oficina no será considerada por el Inquilino como garantía contra crimen o reducción del riesgo de crímenes. La Agencia no será responsable ante ningún Inquilino, miembro de la familia/hogar o invitado del mismo, por lesiones, daños o pérdida personal o a bienes que resulte de cualquier conducta criminal de terceros, incluyendo robo, asalto, vandalismo u otros. La Agencia no será responsable ante ningún Inquilino, miembro de la familia/hogar o invitado, por lesiones personales o daño o pérdida de bienes muebles que resulte de incendio, fugas de agua, explosiones o causas naturales, incluyendo, lluvia, granizo, hielo, nieve, humo, tormentas eléctricas, vientos o interrupción de servicios. Se exhorta a los Inquilinos que obtengan seguro de inquilino para protegerse contra las pérdidas que se mencionan anteriormente. Si cualquier tercero solicita información con respecto al Xxxxxxxxx, los miembros de la familia/hogar del Inquilino para fines policíacos, el Inquilino autoriza a la Agencia a proporcionar la información.
Abandono
Cuando el Inquilino se mude a otro lugar, se considerará que éste ha abandonado la vivienda. Cuando la PHA se pregunte si la unidad ha sido abandonada, la PHA asegurará el departamento para protegerlo de vandalismo y colocará una notificación para realizar un acceso planeado sobre la puerta. Si después de 2 días no hay respuesta a la notificación, y la inspección demuestra que la totalidad o la mayoría de los bienes del Inquilino han sido retirados o que no se pague la renta, la PHA concluirá que la unidad ha sido abandonada.
Dos (2) días después de que el Inquilino haya abandonado la vivienda, la PHA retirará y almacenará todos los bienes muebles que resten en la vivienda durante los 10 (diez) días siguientes y procederá a venderlos.
Requisitos de Servicios a la Comunidad/Programas de Autosuficiencia Económica
Los requisitos de Servicio al Vecindario de la PHA y los programas de Autosuficiencia Económica ordenan que cada miembro adulto del hogar que no sea elegible de una excepción, contribuirá 8 horas al mes de alguna combinación de servicio comunitario dentro de su comunidad o actividad de Autosuficiencia Económica, ambos según se define en la Política de Admisiones y Continuación de Ocupación.
Si el Inquilino no cumple con los requisitos de Servicio Comunitario o de los programas de Autosuficiencia Económica, la PHA dará por terminado el arrendamiento o no renovará ni prorrogará el Arrendamiento del Inquilino al momento del vencimiento de la vigencia y adoptará esas medidas que sean necesarias para dar por terminado el arrendamiento.
Sobre la base de la consideración de los esfuerzos del Inquilino a cumplir con esta Sección, la PHA se reserva el derecho a celebrar un contrato por escrito con el Inquilino antes del vencimiento del Arrendamiento para subsanar cualquier incumplimiento con los programas de servicio al vecindario o de autosuficiencia económica.
Disposiciones Especiales en relación con la ocupación de viviendas unifamiliares distribuidas en el sitio.
El Inquilino tiene la responsabilidad por el cuidado total de los jardines frontales, traseros y laterales, incluyendo podado, regado, limpiado y recortado xx xxxxx y arbustos.
Los Inquilinos que deseen Instalar ventiladores de techo deberán obtener la aprobación por escrito de la PHA antes de la instalación. Cualquier ventilador de techo que sea instalado pasará a ser parte de las instalaciones y propiedad de la PHA al momento de la instalación del arrendamiento.
El Inquilino pagará los costos reales de la reparación y/o sustitución de lavavajillas dañados como resultado de actividad que no sean uso y desgaste normales.
El Inquilino pagará los costos reales de la reparación y/o sustitución de cualquier daño de barda resultado de cualquier actividad que no sean uso y desgaste normales.
Para sitios específicamente designados como distribuidos, el Inquilino tendrá que ser reubicado a otra no FSS después de que el tiempo asignado para vivir en la unidad haya vencido.
Disposiciones Especiales en relación con la Ocupación de Fraccionamientos para Autosuficiencia Familiar y Crédito Fiscal para Vivienda de Bajos Ingresos
Las Instalaciones se ubican en un fraccionamiento que ha sido designado como Fraccionamiento de Autosuficiencia Familiar. Como condición de ocupación de las Instalaciones, el Inquilino deberá tener un Contrato de Autosuficiencia Familiar vigente. El Inquilino reconoce que la violación al Contrato de Autosuficiencia Familiar constituirá violación al Arrendamiento y deberá transferir al Inquilino y a todos los Miembros de su Hogar a otro fraccionamiento que no haya sido designado Fraccionamiento de Autosuficiencia Familiar.
Disposiciones Especiales en relación con la Ocupación de Fraccionamientos donde se Ofrecen Créditos Fiscales para Vivienda de Bajos Recursos
Las Instalaciones se ubican en un fraccionamiento que ha sido financiado cuando menos parcialmente, con Créditos Fiscales de Vivienda de Bajos Ingresos. El Inquilino comprende que la vivienda está disponible para el Inquilino sólo por los pagos de ayuda que realiza el HUD (los “Pagos de Ayuda”) que permiten las Instalaciones se ofrezcan al Inquilino a un nivel xx xxxxx menor que el mercado (no subsidiado) que de otra forma valdrían las rentas de las Instalaciones. Si terminaran esos pagos de ayuda o se disminuyeran en forma sustancial y existiese un incumplimiento de conformidad con cualquier contrato, carta de crédito u otro instrumento que suministre otros fondos como sustituto para pagos de ayuda, entonces el Inquilino conviene que la PHA tendrá el derecho a no renovar este Arrendamiento o a dar por terminado este Arrendamiento al final de su vigencia actual y
tendrá oportunidad de reubicar al Inquilino a otra vivienda disponible de tamaño adecuado dentro del inventario de la PHA; o
hacer arreglos para que la PHA ofrezca al Inquilino un vale xx xxxxx de conformidad con la Sección 8 de la Ley de Vivienda de los Estados Unidos de 1937 en vigor, de existir, para que el Inquilino lo use para obtener otra vivienda. La PHA hará esfuerzos de buena fe para transferir al Inquilino dentro del mismo vecindario. El Inquilino recibirá notificación con 90 (noventa) días de anticipación; esta notificación será por escrito también con respecto a la disponibilidad de una unidad de tamaño adecuado antes de tener que moverse. La respuesta del Inquilino a la notificación por escrito de la necesidad de una transferencia por reducción o eliminación de pagos de ayuda deberá ser recibida por la PHA dentro de los 10 (diez) días calendario posteriores a la fecha de la notificación y deberá indicar el deseo del Inquilino a mudarse a una vivienda de tamaño adecuado dentro de 30 (treinta) días. Los costos razonables asociados con la mudanza serán responsabilidad de la PHA.
____________________ AUTORIDAD DE VIVIENDA
Reglas Internas
El Inquilino conviene en cumplir las siguientes Reglas Internas y reconoce que la omisión a hacerlo podría resultar en su desalojo.
Ausencia Escolar – Cada año, el 15 xx xxxxx, el Jefe de Familia deberá presentar una boleta de calificaciones original por cada menor en edad escolar que viva en el hogar. Si hay más del 5% xx xxxxxx por año, procederá el desalojo.
Mantenimiento de la Vivienda – El Inquilino deberá cumplir con los requisitos de Mantenimiento de la Vivienda de la Autoridad de Vivienda de ____________________ (PHA) para evitar el desalojo.
Vagar – Está estrictamente prohibido vagar por el fraccionamiento. Los inquilinos o sus invitados tienen prohibido participar en actividades que limiten, restrinjan, afecten, obstruyan o eviten acceso a las escaleras, corredores, estacionamientos y pasillos públicos.
Toque de Queda – Ciudad de ____________________ tiene un toque de queda de 11:00 p.m. hasta 6:00 a.m., xxxxxxx a jueves y 12:01 a.m. hasta 6:00 a.m., viernes y sábado, cuando se trate de menores de hasta 16 años. El toque de queda de la ciudad deberá cumplirse. El Jefe de Familia tiene la responsabilidad de cumplir con el Ordenamiento de Toque de Queda de la Ciudad de ____________________ con respecto a todos los menores de su hogar.
Sentencias – En caso de que el Personal Administrativo de la PHA obtenga una sentencia contra el Jefe de Familia por falta de pago xx xxxxx, el Personal Administrativo de la PHA de inmediato dará seguimiento a la posesión de las instalaciones.
Violencia – El Inquilino o cualquier miembro del hogar del Inquilino, o un invitado u otra persona bajo el control del Inquilino no participará en actos de violencia o amenazas de violencia incluyendo, entre otros, el descargo ilícito xx xxxxx de fuego en o cerca de las instalaciones del fraccionamiento.
Baja Temperatura - Para evitar problemas de baja temperatura, el Inquilino nunca deberá fijar la calefacción por debajo de 55 grados F durante los meses de invierno. Cuando se permite que un departamento se enfríe demasiado, el agua en la tubería se podría congelar rompiéndola, lo que podría resultar en daño al departamento del Inquilino o al departamento de su vecino. Cuando se espera que la temperatura baje a menos del punto de congelamiento, todos los Inquilinos deberán abrir los gabinetes en donde exista tubería, abrir la tapa de todos los sanitarios y permitir que las llaves del agua goteen para evitar que se congelen. El Inquilino podría ser responsable por daño que resulte de tuberías con agua congelada.
Cargos al Inquilino – Todos los Inquilinos tienen obligación de reportar cualquier daño o reparación que se necesite a la Administración, la omisión a hacerlo podría resultar en su desalojo.
Algunos ejemplos de cargos en que podrían incurrir los Inquilinos por negligencia o daño a los bienes de la PHA incluyen:
Toda reparación a un departamento como resultado de negligencia del Inquilino, tal como una ventana rota o sistema triturador de basura atascado;
Daño al sistema aspersor de agua o de mantenimiento xx xxxxxxxx provocado por el Inquilino, algún miembro de su Familia o invitado; o
Derrame de agua por la xxxx, lavamanos o baño como resultado del abuso o la negligencia del Inquilino, provocando daño por inundación a su departamento o a cualquier otro. Los cargos por refacciones y mano de obra serán facturados al Inquilino.
Mantenimiento de Emergencia – Si surgiera una emergencia en horas no hábiles, el Inquilino deberá llamar a Emergencia Trabajo Orden Centro. La llamada
será contestada y el personal de mantenimiento será despachado
dentro de un tiempo razonable dependiendo de la naturaleza de la emergencia.
Tenga en cuenta que cuando la condición de emergencia fue provocada por daño o negligencia del Inquilino, éste pagará el mantenimiento de emergencia que se proporcione, incluyendo tarifas de tiempo extra, de ser el caso.
A continuación presentamos algunos ejemplos de los casos que se consideran emergencias.
daños por incendio;
puertas del departamento que no cierran o abren;
inundación,
problemas eléctricos;
reflujo de alcantarillado;
ventanas rotas;
Inquilino sin llaves para entrar;
fugas de gas;
falta de calefacción cuando la temperatura bajo techo cae por debajo de 60 grados Fahrenheit a partir del 16 de noviembre hasta el 15 xx xxxxx;
si no se entregan mosquiteros en puerta y ventanas o si no hay aire acondicionado, o de haber aire acondicionado éste no se puede mantener una temperatura bajo techo máxima 20 grados menor que la temperatura a la intemperie u 85 grados Fahrenheit o la temperatura que sea la mayor, a partir del 1º xx xxxxx hasta el 1º de noviembre;
daño como resultado de intrusión ilícita.
Plomería – Los Inquilinos son responsables por los costos de reparación en caso de una cañería tapada, provocado por haber echado cualquier cosa que no sean desechos humanos. El sistema no está diseñado para manejar cosas que no sea aguas residuales normales.
Aire Acondicionado – El Inquilino no bloqueará la rejilla de aire en donde se ubique el filtro. El personal de mantenimiento debe sustituir los filtros regularmente. La rejilla en donde se ubique el filtro debe estar accesible en todo momento.
Detectores de Humo – El Inquilino no deshabilitará los detectores de humo retirando las baterías o desmantelando o dañando el mismo. El detector de humo deberá operar en todo momento. El Inquilino pagará una “Cuota Especial por Servicio Administrativo” cuando se sustituyan baterías que no estén en su lugar de detectores de humo dañados.
Chapas/cerraduras y Llaves – El Inquilino recibirá dos llaves del departamento y una llave de su buzón al momento de que tome posesión. Alteraciones/sustitución xx xxxxxx/cerraduras o instalación xx xxxxxx/cerraduras candado, aldabas para tocar la puerta u otros accesorios en la parte interna o externa de la puerta queda absolutamente prohibido. El Inquilino no instalará ninguna chapa por sí mismo. No se prestan llaves a los Inquilinos. Si el Inquilino pierde su llave, se proporcionará un duplicado con cargo. Las tarjetas de los portones serán sustituidas con cargo. Si cualquier Inquilino no pudiese entrar, la Administración permitirá la entrada sólo al Jefe de Familia o su cónyuge, según está identificado en el arrendamiento por un cargo. Todas esas personas deberán presentar identificación con fotografía para verificar que la persona que desea tener acceso es miembro del hogar.
Alteraciones/Decoración – El Inquilino no realizará modificaciones a las paredes, repisas o closets del departamento, sin la previa aprobación del Administrador. Todas las ventanas que tengan cortinas u otros adornos deberán mostrar cara blanca al exterior. No se permitirán los siguientes artículos en las ventanas: papel aluminio, hojas de papel, cobijas o pintado de ventanas.
Inspecciones de Mantenimiento – Las inspecciones de Mantenimiento Preventivo programadas con regularidad se realizan trimestralmente. El Inquilino recibirá notificación de la fecha programada aproximada con cuando menos 48 horas de anticipación. El personal de mantenimiento tendrá acceso a la unidad del Inquilino para realizar la inspección de mantenimiento programada.
Cableado de Teléfono – Los Inquilinos solamente podrán utilizar las salidas telefónicas que ya están instaladas en el departamento. Todo cableado adicional deberá ser aprobado por la PHA antes de la instalación y todos los costos asociados con el cableado adicional son responsabilidad del Inquilino.
Seguro – La Administración de la PHA recomienda enfáticamente que el Inquilino obtenga seguro para inquilino. El Inquilino tiene la responsabilidad de los daños o pérdida a bienes muebles en casos tales como robo, vandalismo, incendio y daño por inundación.
Áreas Comunes – La definición de área común, es toda área ubicada fuera del departamento del Inquilino, incluyendo, entre otros, lugares de estacionamiento, escaleras, corredores y áreas del jardín. Estas áreas deberán mantenerse siempre limpias de basura y otras obstrucciones.
Cualquier artículo que está abandonado en las áreas comunes podrá ser retirado y enajenado por la Autoridad de Vivienda de ____________________ o por el personal designado sin notificación al Inquilino.
Las áreas comunes son para el uso y goce de todos los Inquilinos. Cualquier Inquilino, ocupante e/o invitado que se conduzca en forma irrazonable y/u ofensiva será sujeto a ser retirado de las áreas comunes.
Los Inquilinos serán responsables si ellos mismos o sus invitados causan cualquier daño a cualquier parte de la comunidad.
En ningún momento se permiten la existencia de camionetas, camiones o vehículos de mudanza de ningún tipo sobre el pasto o la banqueta.
El consumo de bebidas alcohólicas en áreas comunes del inmueble está estrictamente prohibido.
Abrir contenedores de bebidas alcohólicas está estrictamente prohibido en todas las áreas comunes.
Altos niveles de ruido de estéreos de los automóviles y/o reproductores no se tolerará en lo absoluto.
Todas las actividades en las áreas comunes de cualquier persona de hasta 12 años de edad deberán ser supervisadas por el padre o tutor en todo momento.
Entradas y Corredores – En cumplimiento con el código de incendios, todas las banquetas, entradas, pasajes y escaleras deberán mantenerse libres de obstrucción en todo momento. Cualquier artículo que se encuentre abandonado podrá ser retirado y enajenado por la Administración de la PHA o el personal designado sin notificación.
Patios y Balcones:
Mantenga su puerta y ventanas corredizas cerradas y con llave durante su ausencia para protegerlos contra daño por lluvia.
Mantenga los patios y balcones libres de muebles viejos, ropa y basura.
No está permitido instalar cables para colgar ropa salvo que lo haga la PHA.
No deje basura a su puerta.
En ninguna parte de las instalaciones se instalarán antenas de radio o televisión ni cables, a menos que cuente con previo permiso por escrito de la PHA.
En patios y balcones solamente se permitirá mobiliario para intemperie en buenas condiciones.
No se permite colocar comederos para aves en los patios, balcones x xxxxxxxx.
Las macetas deben colgar hacia la parte interna de los barandales del balcón.
El uso o almacenamiento de as adores en los porches o balcones cubiertos está estrictamente prohibido.
Basura – El Inquilino deberá mantener las instalaciones limpias sin tirar basura en el inmueble. En el inmueble existen receptáculos para basura para su conveniencia. Toda la basura debe ir envuelta o en bolsas y será colocada en el receptáculo para basura designado. Se recomienda sacar la basura diariamente para ayudar a eliminar todo problema con insectos.
Estacionamiento y Vehículos –
Ningún lugar de estacionamiento es fijo.
El Inquilino deberá obtener calcomanías para estacionamiento de la oficina administrativa cada año.
Los vehículos deben estacionar mirando hacia la banqueta dentro de las líneas marcadas.
Automóviles sin calcomanías de inspección vigentes y/o placas vigentes serán arrastrados con grúa al gasto del propietario.
El uso de lugares de estacionamiento para cualquier fin que no sea estacionamiento de automóviles, motocicletas, camionetas (tal como almacenamiento, estacionamiento para lanchas, traileres, grandes camiones, vehículos comerciales, autobuses, casas automotor o reparación y/o lavado de vehículos automotores) está expresamente prohibido y los vehículos serán retirados con grúa al costo y gasto del propietario.
Está prohibido utilizar minibicicletas, carritos con motor u otros vehículos de autopropulsión sin licencia dentro del inmueble de la PHA.
Los códigos contra incendios prohíben el que las motocicletas se estacionen, corredores externos techados, corredores del edificio, patios o dentro del departamento.
El Inquilino no debe estacionarse en los carriles designados para bomberos ni bloquear receptáculos de basura.
Todos los vehículos abandonados y/o inoperables serán arrastrados con grúa al gasto del propietario 24 horas después de que la Administración de la PHA tenga conocimiento de esa infracción.
Lavado y Reparación de Automóviles – Está prohibido lavar y reparar vehículos dentro del inmueble de la PHA.
Los Inquilinos pagarán una “Cuota Especial por Servicio Administrativo” por el costo de químicos de limpieza, desechos o daño a bienes que resulten de lavar, reparar o dar mantenimiento a los vehículos.
Ruido – En ningún momento están permitidos altos volúmenes de cualquier instrumento musical, estéreo o televisor y está estrictamente prohibido entre las 10:00 p.m. y las 7:00 a.m.
La violación a estas Reglas Internas constituirá violación importante al Arrendamiento y servirá de base para la terminación del contrato.
Por favor, enfatice la importancia de estas Reglas Internas a todos los Miembros del Hogar.
**SE REQUIEREN LAS FIRMAS EN LA PARTE 1 DEL ARRENDAMIENTO.**
2
Contrato de Arrendamiento PHA, Parte I
Página 2