CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
ENTRE
xx Y
BASQUETOUR TURISMOAREN EUSKAL AGENTZIA - AGENCIA VASCA DE TURISMO, S.A.
Bilbao a xx de xx de 2012
ÍNDICE
LAS PARTES 1
EXPONEN 1
CLÁUSULAS 1
1. OBJETO DEL CONTRATO 1
2. LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO 2
3. DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO 2
4. PERSONAL 2
5. RESPONSABILIDAD 2
6. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS 2
6.1. PLAZO DE EJECUCIÓN 2
6.2. PRÓRROGAS 2
7. PRECIO 3
7.1. FORMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO 3
7.2. CONCEPTOS INCLUIDOS 3
8. PAGO DEL PRECIO 3
9. OTRAS OBLIGACIONES DE LA PROPIEDAD 3
10. CONDICIONES DE RECEPCIÓN DE LAS PRESTACIONES 3
11. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 3
12. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 4
12.1. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 4
12.2. CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO 4
13. IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO 5
14. PENALIZACIONES 5
15. OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 5
15.1. OBLIGACIONES LABORALES 5
15.2. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 6
16. DESISTIMIENTO DE LA PROPIEDAD 6
16.1. DESISTIMIENTO Y NOTIFICACIÓN 6
16.2. CONSECUENCIAS DEL DESISTIMIENTO 6
17. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN 7
18. GARANTÍAS 7
19. CONFIDENCIALIDAD 7
20. COMUNICACIONES 8
21. JURISDICCIÓN 8
En Bilbao, a 2 de febrero de 2012.
LAS PARTES
I. D. xx, mayor de edad, con domicilio a efectos de este contrato en xxxx, y con D.N.I. xxxx
II. Y de otra parte: Dña. XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX y Dña. XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX Y XXXXXX, mayores de edad, con domicilio a efectos de este contrato en Bilbao, Xxxxxxx xx Xxxxxxx 36-5ª, y con D.N.I. 30.599.811-J y 30.636.373-M.
INTERVIENEN
I. D. xxxx en nombre y representación de xxxxxxx con C.I.F. xxxxx, con domicilio en xxxxxx constituida en virtud de escritura pública otorgada el xxxxxxx ante el Xxxxxxx X. Xxxx xxxxxxxx de su protocolo. Sus facultades resultan de la de escritura pública otorgada xxxxxx ante el Notario D. xxxxxxx bajo el número xxxxx de su protocolo. En lo sucesivo se denominará el “Contratista”.
II. Dña. XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX y Dña. XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX Y XXXXXX, en nombre y representación de BASQUETOUR TURISMOAREN EUSKAL AGENTZIA - AGENCIA VASCA DE TURISMO, S.A. (en lo sucesivo, “BASQUETOUR”), con C.I.F. A-95444501 y domicilio social en Xxxxxxx xx Xxxxxxx 36-5ª, inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia. Sus facultades resultan de la escritura de poder autorizada por el Notario Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, el 29 xx xxxxx de 2009, bajo el número 1521 y 1522 de su protocolo respectivamente. En lo sucesivo se denominará la “Propiedad”.
Ambas partes, según intervienen, se reconocen poder y capacidad legal bastantes para obligarse en los términos del presente contrato, por lo que, puestas previamente de acuerdo, libremente
EXPONEN
I. La Propiedad es una sociedad pública que tiene por objeto poner en marcha y ejecutar las acciones necesarias para la mejora de la competitividad del sector turístico xxxxx.
II. La Propiedad requiere la prestación de determinados servicios en relación con xxxxxxxxxxxxxx.
III. El Contratista es una sociedad dedicada, entre otros aspectos, a la xxxxxxxxxx .
En vista de lo anterior, ambas Partes convienen el presente contrato de servicios (el
“Contrato”), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
1. OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente Contrato la Propiedad encomienda al Contratista, que acepta el encargo recibido, la realización de los servicios (del presente concurso), que se ejecutarán en los términos establecidos en las cláusulas administrativas, condiciones técnicas y en la Oferta (en lo sucesivo, los “Servicios”).
2. LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO
En lo no previsto expresamente en las Condiciones de Contratación y en el presente Contrato, serán de aplicación las normas de Derecho Privado en cuanto a sus efectos y extinción.
3. DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO
Forman parte del Contrato los siguientes documentos:
(i) Bases técnicas y cláusulas administrativas del concurso, del que se acompaña copia como Anexo I.
(ii) Oferta Económica y Oferta Técnica presentadas por el Contratista, de las que se acompaña copia como Anexo II.
4. PERSONAL
Los Servicios serán prestados por el Contratista utilizando el equipo profesional que resulte necesario para hacer posible su cumplimiento en forma y plazo. En todo caso, el Contratista deberá asignar a la ejecución de los Servicios el personal que consta en su Oferta (en adelante, el “Equipo”).
El Contratista manifiesta que los miembros del Equipo tienen suficiente experiencia y capacitación profesional para llevar a cabo la totalidad de los Servicios.
5. RESPONSABILIDAD
En las relaciones entre la Propiedad y el Contratista, el Contratista asume toda la responsabilidad por la ejecución, inejecución o cumplimiento defectuoso por parte de su Equipo.
Serán a cargo del Contratista todos los daños producidos en el desarrollo de sus Servicios, cualquiera que sea su naturaleza y volumen.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS
6.1. Plazo de ejecución
La fecha estimada para el comienzo de su ejecución será el xxxx de xxxxxxx de 2012 y la de finalización el xxx de xxxxxxxxx de 2012.
6.2. Prórrogas
No se prevé.
7. PRECIO
7.1. Forma de determinación del Precio
El precio máximo a cobrar por el Contratista por la realización de los Servicios (el “Precio”) se fija en xxxxxxxxxxxxxx euros (xxxxxxxx €), IVA no incluido.
7.2. Conceptos incluidos
Los Honorarios incluyen la totalidad de los Servicios contenidos en este Contrato y, por tanto, el Contratista no tendrá derecho al cobro de cantidad alguna por ningún concepto con independencia de la cifra citada.
8. PAGO DEL PRECIO
El Precio pactado se liquidará y pagará contra la entrega de la correspondiente factura mediante talón o transferencia bancaria siguiendo el siguiente plan de pagos incluido en las Condiciones de Contratación, esto es:
La facturación se realizará mensualmente por trabajos realizados en ese periodo, a conformidad de la Sociedad Pública.
El pago se realizará en el plazo máximo de cuarenta (40) días desde la recepción de la correspondiente factura.
El pago de cualquier tipo de honorario, gasto e IVA repercutible a favor del Contratista se efectuará previa deducción en su caso de cualquier impuesto o tributo que la Propiedad estuviese obligada a practicar.
9. OTRAS OBLIGACIONES DE LA PROPIEDAD
En relación con la prestación de los Servicios que constituyen el objeto del presente Contrato, la Propiedad se obliga a facilitar al Contratista cuantas informaciones estén en su poder y sean necesarias para la mejor comprensión o ejecución de los Servicios que el Contratista se obliga a realizar.
10. CONDICIONES DE RECEPCIÓN DE LAS PRESTACIONES
Los Servicios objeto del presente Contrato serán recibidos por la Propiedad de la siguiente forma:
• Entrega de un informe final según lo establecido en el Pliego de Bases Técnicas.
11. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de lo dispuesto en las restantes cláusulas del presente Contrato, el Contratista se obliga a cumplir en la ejecución del presente Contrato las siguientes obligaciones:
(i) Estar al corriente en el pago de todas las cuotas, impuestos, seguros, salarios y, en general, en todas las obligaciones sociales y laborales que le correspondan como profesional y/o empresario, relevando por estos conceptos de toda responsabilidad a la
Propiedad, quien en todo momento podrá solicitar del Contratista que le acredite el cumplimiento de tales obligaciones.
(ii) Ejecutar su trabajo conforme a las instrucciones contenidas en el presente Contrato.
(iii) Ejecutar los Servicios en el plazo señalado y mantener el ritmo de ejecución de los mismos conforme a lo pactado sin incurrir en retrasos.
(iv) Permitir el examen, control e información de los Servicios en todo momento a la Propiedad, por sí o por persona que éste pueda designar.
12. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
12.1. Causas de resolución del Contrato
Serán causas de resolución del presente Contrato, sin perjuicio del derecho de la Parte que lo hubiere cumplido a exigir su cumplimiento, las siguientes:
(i) La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad Contratista.
(ii) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
(iii) El mutuo acuerdo entre la Propiedad y el Contratista.
(iv) La no formalización del Contrato en plazo.
(v) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del Contratista.
(vi) La demora en el pago por parte de la Propiedad por plazo superior a 8 meses.
(vii) La suspensión por causa imputable a la Propiedad de la iniciación del Contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo.
(viii) El desistimiento o la suspensión del Contrato por plazo superior a un año acordada por la Propiedad.
Tan pronto como se produzca un incumplimiento, tal como se define en la presente Cláusula, la parte no incumplidora notificará a la parte incumplidora dicho incumplimiento; la resolución del Contrato se producirá de pleno derecho si la parte incumplidora no ha comenzado a subsanar dicho incumplimiento dentro de un plazo de 7 días a contar de la fecha de la notificación o si aquélla no se ha completado en el plazo de quince 15 días a contar de la fecha de dicha notificación.
12.2. Consecuencias de la resolución por incumplimiento
Cualquiera de las causas de resolución dará derecho, en su caso, a la otra parte, a la indemnización de los daños y perjuicios correspondientes.
Si el incumplimiento fuera imputable al Contratista, éste vendrá obligado además a:
(i) Satisfacer a la Propiedad cualesquiera importes que el mismo se viese obligado a pagar al nuevo Contratista como consecuencia de la sustitución.
(ii) Devolver a la Propiedad cualesquiera pagos que éste haya realizado a cuenta de los Servicios pendientes de finalización a la fecha de la resolución.
(iii) Además, el incumplimiento imputable al Contratista llevará aparejada la pérdida la garantía prestada para la correcta ejecución del presente Contrato.
13. IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO
Si por cualquier razón el Contratista no pudiera llevar a efecto la prestación del servicio requerido, deberá comunicarlo a la Propiedad en cuanto tenga conocimiento de la causa que lo impide y asumirá los posibles gastos adicionales y los daños y perjuicios que pudiera sufrir la Propiedad por la contratación de dichos servicios a terceras entidades.
14. PENALIZACIONES
El Contratista es el único responsable frente a la Propiedad por cualquier incumplimiento del Contrato o de las directrices recibidas.
En caso de que el Contratista incumpliera los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato, deberá abonar a la Propiedad una indemnización que cubra todos los daños y perjuicios sufridos por la Propiedad. Además, la Propiedad podrá imponer penalizaciones por el cumplimiento defectuoso o tardío de los servicios que podrán ascender hasta un máximo del 5% del importe total del precio del conjunto de las prestaciones derivadas del Contrato. En este caso, la Propiedad remitirá al Contratista a la mayor brevedad un documento justificativo de la imposición de la penalización en el que se describa el concreto incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso por el Contratista de las obligaciones del presente Contrato.
15. OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
15.1. Obligaciones laborales
Sin perjuicio de las demás obligaciones del Contratista establecidas en el Contrato, el Contratista se obliga frente a la Propiedad a actuar en calidad de empleador del personal destinado a la actividad contratada, por cuanto el mismo depende exclusivamente del Contratista, dirigiendo y coordinando todas las tareas y actividades de dicho personal, ejercitando respecto del mismo las correspondientes facultades organizativas, de dirección y disciplinarias y siendo, asimismo, responsable de todas las obligaciones de naturaleza laboral y de Seguridad Social respecto a dicho personal.
En concreto, sin carácter limitativo, son obligaciones del Contratista cumplir y asegurar que sus empleados, los subcontratistas autorizados y los empleados de éstos cumplan con todas y cada una de las disposiciones legales, fiscales, laborales y de Seguridad Social, así como tener al personal que se asigne a la actividad contratada integrado en su plantilla, debidamente contratado y de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de los salarios correspondientes, satisfacer indemnizaciones, subsidios y estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, así como en cualquier tipo de compensación económica derivada de la relación laboral existente entre el Contratista y su personal.
15.2. Prevención de riesgos laborales
El Contratista deberá observar en la ejecución de los servicios objeto del presente Contrato cuantas medidas de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud exijan las disposiciones legales vigentes o, aun sin ser legalmente exigibles, aconseje la prudencia para evitar que se produzcan accidentes, se causen daños o perjuicios a terceros o se incurra en infracciones sancionables penal o administrativamente, de todo lo cual será directo responsable el Contratista respecto a la Propiedad.
En consecuencia, el Contratista asumirá cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en lo que se refiere a la actividad contratada con la Propiedad como a la que a su vez subcontrate con terceros, en los términos establecidos por la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y demás legislación aplicable.
A este respecto, el Contratista deberá tener en todo momento a disposición de la Propiedad la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones del Contratista en materia de prevención de riesgos laborales. Dicha documentación deberá ser entregada de forma inmediata por el Contratista a la Propiedad tras el requerimiento por escrito de la Propiedad.
En el supuesto de que el Contratista incumpla las obligaciones establecidas en la presente Cláusula, dicho incumplimiento será causa suficiente y justificada de terminación anticipada del Contrato por el Contratista, responsabilizándose plenamente el Contratista, sin límite alguno, de cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse para la Propiedad del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
16. DESISTIMIENTO DE LA PROPIEDAD
16.1. Desistimiento y notificación
Será igualmente causa de resolución del presente Contrato el desistimiento unilateral de la Propiedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1594 del Código Civil, sin necesidad de alegar justa causa.
En tal supuesto, la Propiedad deberá notificar al Contratista, con una antelación mínima de 7 días a la fecha de efectividad de la resolución su voluntad de desistir del Contrato.
16.2. Consecuencias del desistimiento
A partir de la fecha de efectividad de la resolución por desistimiento, la liquidación de las relaciones entre la Propiedad y el Contratista, sin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra Cláusula de este Contrato, se regirá por las siguientes normas:
(i) El Contratista cesará inmediatamente de prestar los servicios objeto del Contrato.
(ii) La Propiedad pagará al Contratista, una vez efectuadas las correspondientes liquidaciones y comprobaciones, los honorarios devengados hasta aquel momento.
17. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El Contratista no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del Contrato, ni subcontratar total o parcialmente los servicios incluidos en el objeto de Contrato sin el previo consentimiento escrito de la Propiedad.
Para ello, el Contratista comunicará a la Propiedad por escrito y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación su intención de contratar al subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata, sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad o resultado de los servicios y trabajos.
En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación.
El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma.
El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato.
Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato.
El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas.
Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.
18. GARANTÍAS
En garantía de la adecuada prestación en plazo y forma de los Servicios, así como del cumplimiento del resto de sus obligaciones contractuales, el Contratista entrega a la Propiedad un aval solidario y con expresa renuncia al beneficio de orden, división y excusión, y de pago al primer requerimiento, por importe de 5 % de la oferta económica, xxxxxx euros (xxxxxxx €) otorgado por xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
19. CONFIDENCIALIDAD
El Contratista se compromete a mantener toda la información que le sea suministrada por la Propiedad en virtud del presente Contrato, así como la información obtenida de terceros mediante la recogida de datos, en secreto y a no revelarla a ninguna persona física o jurídica, con la única excepción del personal de su plantilla a cargo de los trabajos, de tal forma que no llegue a ser conocida por terceros ni siquiera debido a negligencia y a no reproducir,
transformar y, en general, hacer uso de la información que le suministre la Propiedad sino con objeto de dar el debido cumplimento a los servicios contratados.
20. COMUNICACIONES
Las comunicaciones que realicen las partes entre sí en ejecución del presente Contrato podrán efectuarse por escrito, fax, teléfono (con confirmación escrita), por vía electrónica o por cualquier otro medio válidamente aceptado por ambas partes y deberán remitirse a las direcciones que a continuación se relacionan:
(a) BASQUETOUR:
Dirección: Xxxxxxx xx Xxxxxxx 00 – 0x xxxxxx. 00000 Xxxxxx Fax: 000000000
Correo electrónico:
(b) El Adjudicatario: Dirección:
Atención:
Fax:
Correo electrónico:
Cualquiera de las partes podrá cambiar de dirección a efectos de notificaciones en cualquier momento, comunicando dicho cambio mediante correo certificado a la otra parte.
21. JURISDICCIÓN
Respecto a cualquier disputa o desacuerdo que pueda surgir entre las partes sobre la interpretación del presente Contrato o sobre su cumplimiento, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales civiles xx Xxxxxx.
Y EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las partes firman el presente Contrato y sus documentos anexos en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
BASQUETOUR, S.A.
P.p. P.p.
_
Xx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxx