Versión Pública de información confidencial Art. 30 LAIP
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CONTRATO MAG-No. 123/2016
“SUMINISTRO DE EQUIPOS MÉDICOS, REACTIVOS, MATERIALES E INSTRUMENTAL PARA LABORATORIO"
Nosotros, XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX *********************************************************************************** actuando en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, específicamente del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Institución con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- cero diez mil ciento treinta y uno- cero cero seis- nueve, en mi carácter de Fiscal General de la República y que en el transcurso de este instrumento me denominaré “EL CONTRATANTE ó EL MAG”, y por otra XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, *********************************************************************************************, actuando en mi calidad de Apoderada Especial de la Sociedad RGH DE EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia “RGH DE EL XXXXXXXX, S.A. DE C.V.”, sociedad del domicilio de la Ciudad de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento treinta mil novecientos uno-ciento uno-cero, que en el transcurso del presente instrumento me denominaré “LA CONTRATISTA”; y en los caracteres dichos MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar el presente Contrato proveniente del proceso de LICITACION ABIERTA DR-CAFTA-LA N° 012/2016-MAG, denominada: “SUMINISTRO DE EQUIPOS MEDICOS, REACTIVOS, MATERIALES E INSTRUMENTAL PARA LABORATORIO”, de conformidad con el Tratado de Libre Comercio de Estados Unidos de América- Centroamérica- Republica Dominicana (TLC-DR-CAFTA), la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, LACAP y su Reglamento, y en especial con las obligaciones, condiciones y pactos siguientes: I.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es el “SUMINISTRO DE EQUIPOS MEDICOS, REACTIVOS, MATERIALES E INSTRUMENTAL PARA LABORATORIO”, según el siguiente detalle:
No. de Renglón |
Descripción de los bienes |
Unidad de Medida |
Cant. |
Marca |
Precio Unitario (US$) |
Total (US$) |
LOTE No. 3 - DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL/FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES (DGSVA)/COMPROBANTE DE CRÉDITO FISCAL A NOMBRE DE PAGADURÍA AUXILIAR DEL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL Y ANIMAL-DGSVA |
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5 |
Acetonitrilo isocratic grade para cromatografía en fase líquida LiChrosolv®. Presentación: Garrafa de 4 L Catálogo: Merck 2014-2016, página No. 2, 240 y 297.Artículo No. 1142914000, Marca: MERCK. Procedencia: Alemania. Fecha de vencimiento: 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 4 Litros |
2 |
MERCK |
59.89 |
119.78 |
TOTAL LOTE No. 3 |
119.78 |
|||||
LOTE No. 4 - DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL / FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES (DGSVA)/COMPROBANTE DE CRÉDITO FISCAL A NOMBRE DE PAGADURÍA AUXILIAR DEL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL Y ANIMAL-DGSVA |
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5 |
Tiras indicadoras del pH pH 0 - 14 Indicador universal no destiñen pH 0 - 1 - 2 - 3 - 4 - 5 - 6 - 7 - 8 - 9 - 10 - 11 - 12 - 13 - 14, Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 82 y 1495, ver brochure paginas 001-002, Artículo No. 1095350001, Marca: MERCK. Procedencia: Alemania. Fecha de vencimiento: Mínimo:12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Caja de 100 unidades |
2 |
MERCK |
13.33 |
26.66 |
14 |
Aceite de inmersión para microscopía Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 186, 192 y 199, Ver Brochure paginas 007-008, Artículo No. 1046990100, Marca: MERCK. Procedencia: Alemania. Fecha de vencimiento: Mínimo:12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 100 ml. |
1 |
MERCK |
36.16 |
36.16 |
TOTAL LOTE No. 4 |
62.82 |
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LOTE No. 12 - DIRECCIÓN GENERAL DE GANADERIA / FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES (DGSVA)/COMPROBANTE DE CRÉDITO FISCAL A NOMBRE DE PAGADURÍA AUXILIAR DEL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL Y ANIMAL-DGSVA |
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2 |
Aceite de inmersión para microscopía, Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 186, 192 y 199 , ver brochure paginas 027-028,Artículo No. 1046990100, Marca: MERCK. Procedencia: Alemania. Fecha de vencimiento: Mínimo:12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 100 ml |
2 |
MERCK |
36.16 |
72.32 |
9 |
Xxxx XXXXX-XXXXXX agar selectivo para estafilococos según XXXXX-XXXXXX (base) para microbiología, Composición: Peptona de caseina 10.0 g/L, Extracto de Carne 5.0 g/L, Extracto levadura 1.0 g/L, Piruvato de Sodio 10.0 g/L, Xxxxxxx 12.0 g/L, Cloruro de Litio 5.0 g/L, Xxxx-agar 15.0 g/L. Añadir también: Emulsión Yema de huevo-telurita 50 ml, y si lo requiere Sulfametazina 0.05 g/L. Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 99,151 y 158, Ver Brochure pagina 032-034, Artículo No. 1054060500, Marca Merck, Origen: Alemania INCLUYE: 144 frascos de suplemento Yema de huevo-telurita en emulsión estéril, para microbiología, Catálogo: Merck 2014-2016 página: 113 y Ver Brochure pagina 035, Artículo No. 1037850050, Xxxxx Xxxxx, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento minima de 12 meses. NOTA:Cantidad necesaria para un frasco de 500 g de agar base: 8 frascos de suplemento. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 500 G |
18 |
MERCK |
427.71 |
7,698.78 |
10 |
Agar
selectivo para Listeria base según XXXXXXXXX y XXXXXX (ISO
11290) para microbiología Chromocult®Composición por litro:
Tejido animal de enzima digestiva 18.0 g, enzima digestiva de
caseína: 6.0 g, Extracto de levadura: 10.0 g, Piruvato de sodio:
2.0 g, Glucosa: 2.0 g, Glicerofosfato de magnesio: 1.0 g, Sulfato
de magnesio anhidro 0.5 g, Cloruro de sodio 5. g, Cloruro de
litio 10 g, Na2HPO4 anhidro: 2.5 g, 5-bromo-4-cloro-3-indol-B-d
glucopiranosida 0.05 g Agar agar : 13.0 g, Catálogo: Merck
2014-2016, páginas: 98,102 y 153 , ver Brochure pagina 036-039,
Artículo No. 1004270500, Marca Merck, Origen: Alemania , Fecha
de vencimiento minima de 12 meses.INCLUYE: 70 viales de
ChromoCult® suplemento selectivo para agar para Listeria
Liofilizado para preparación de 5 l de agar selectivo para
Listeria Composicion por vial Anfotericina B 5 mg, Ceftazidime:
10 mg , sales sodicas de acido nalidixico: 10 mg, Sulfato de
polimixina B: 38,350 U, Presentacion: caja x 10 viales,
Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 98,105 y 155 , ver Brochure
pagina 040, |
Frasco de 500 G |
1 |
MERCK |
941.97 |
941.97 |
17 |
Agar
selectivo para Listeria Oxford (base) para microbiología,
Composición por litro : Peptona: 23,0 g , almidón: 1.0 g
cloruro de sodio: 5.0 g , agar-agar: 13,0 g; esculina: 1.0 g,
amonio y hierro (III), citrato:0,5 g cloruro de litio: 15,0 g,
Catálogo Merck 2014-2016, pagina No. 102 y 153 . Ver Brochure
paginas 055-057, Artículo No. 1070040500 , Marca Merck, Origen:
Alemania. Fecha de vencimiento: Minima de 12 meses. INCLUYE: 100
viales de Suplemento selectivo para Listeria Oxford para la
preparación de 5 L de agar selectivo Listeria Oxford,
Presentación: Caja de 10 Viales. Catálogo: Merck 2014-2016,
página:108 Ver Brochure paginas 058, Artículo No. 1070060010,
Marca: Merck, Origen: Alemania, |
Frasco de 500 gramos |
2 |
MERCK |
487.41 |
974.82 |
18 |
Agar patata-glucosa para microbiología, Composición por litro: Infusión de patata: 4.0 ( infusion de 200 g de patata), D(+) glucosa: 20 .0 g, agar-agar 15.0 g., Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 106,126 y 157 Ver Brochure pagina 059-061, Artículo No. 1101300500, Marca: Merck, Origen: Alemania, Fecha de vencimiento : Mínima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 500 gramos |
1 |
MERCK |
63.28 |
63.28 |
22 |
Caldo CASO caldo peptona de caseína-peptona de harina de soja para microbiología (According harm. EP/USP/JP and ISO), Composición por litro:Peptona de caseína: 17,0 g, Peptona de soya 3.0 g D(+) glucosa: 2.5 gcloruro de sodio: 5.0 g, hidrogenofosfato de potasio 2.5 g. Presentacion: frasco de 500 gramos, Catálogo: Merck 2014-2016 página: 107, 127 , 148 y 150, Ver Brochure pagina 069-070, Artículo No. 1054590500, Marca Merck, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento minima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 500 gramos |
2 |
MERCK |
42.94 |
85.88 |
41 |
Azul de lactofenol en solución para tinción de hongos, Catálogo Merck 2014-2016, página: 191, Ver Brochure pagina 078-079, Artículo No. 1137410100, Xxxxx Xxxxx, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento minima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 100 ml |
1 |
MERCK |
42.94 |
42.94 |
43 |
Bactident® coagulasa plasma xx xxxxxx con EDTA, liofilizado. Catálogo Merck 2014-2016, página: 110, Ver Brochure pagina 080-081, Artículo No. 1133060001, Marca: Merck, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento minima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Caja x 6 Ampollas de 3 ml |
7 |
MERCK |
113.00 |
791.00 |
54 |
Caldo de enriquecimiento de Salmonella según XXXXXXXXX y VASSILIADIS (caldo RVS) para microbiología, Composición por litro: Peptona de soya: 4,5 g, cloruro de magnesio hexahidrato 28.6 g, cloruro de sodio: 7,2 g, hifrogenofosfato di-postasico1.26 g, dihidrogenofosfato de potasio 0.18 g, verde de malaquita 0.036 g. Catálogo: Merck 2014-2016 página: 103 y 154 Ver Brochure pagina 095-097, Artículo No. 1077000500, Marca Merck, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento minima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 500 gramos |
7 |
MERCK |
94.92 |
664.44 |
56 |
Caldo CASO caldo peptona de caseína-peptona de harina de soja para microbiología (According harm. EP/USP/JP and ISO), Composición por litro:Peptona de caseína: 17,0 g, Peptona de soya 3.0 g D(+) glucosa: 2.5 gcloruro de sodio: 5.0 g, hidrogenofosfato de potasio 2.5 g. Catálogo: Merck 2014-2016 página: 107, 127 , 148 y 150, Ver Brochure pagina 098-099, Artículo No. 1054590500, Marca Merck, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento mínima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 500 gramos |
2 |
MERCK |
42.94 |
85.88 |
70 |
Extracto de levadura granulado para microbiología Catálogo: Merck 2014-2016, página: 112, Ver Brochure pagina 104-105, Artículo No. 1037530500, Marca: Merck, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento mínima 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 500 gramos |
1 |
MERCK |
106.22 |
106.22 |
105 |
HISTO R Parafina en pastillas punto de solidificación 56-58°C medio de inclusión para histología. Catálogo: Ver brochure pagina 118-119, Marca: RGH, Origen: Guatemala, Fecha de vencimiento mínima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 1 kilogramo |
3 |
RGH |
25.99 |
77.97 |
139 |
Suplemento selectivo para Listeria Oxford para la preparación de 5 L de agar selectivo Listeria Oxford, Catálogo: Merck 2014-2016, página: 108 Ver Brochure pagina 120-121, Artículo No. 1070060010, Marca: Merck, Origen: Alemania, Fecha de vencimiento: Mínima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Caja de 10 viales |
30 |
MERCK |
168.37 |
5,051.10 |
140 |
ChromoCult® suplemento selectivo para agar para Listeria Liofilizado para preparación de 5 l de agar selectivo para Listeria Composición por vial Anfotericina B 5 mg, Ceftazidime: 10 mg , sales sodicas de acido nalidixico: 10 mg, Sulfato de polimixina B: 38,350 U, Catálogo: Merck 2014-2016, páginas: 98, 105 y 155, ver Brochure pagina 122, Artículo No. 1004320010, Marca Merck, Origen: Alemania , Fecha de vencimiento mínima de 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Caja de 10 viales |
13 |
MERCK |
231.65 |
3,011.45 |
143 |
Yodo sublimado para análisis ACS,ISO,Reag. Ph Eur. Catálogo: Merck 2014-2016, página: 1571 Artículo No. 1047610100, Marca: Merck, Origen: Alemania. Fecha de Vencimiento mínima 12 meses. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Frasco de 100 gramos |
1 |
MERCK |
137.86 |
137.86 |
149 |
Asa descartable de 10 ul. Catálogo: Ver Brochure pagina 127, Artículo No. 452210, Marca: Brand, Origen: Alemania. Fecha de vencimiento N/A. |
Paquete de 20 unidades |
58 |
BRAND |
3.28 |
190.24 |
175 |
Placa petri de poliestireno Bisectadas 90 x 15 mmm estéril desechable. Catálogo: Ver Brochure pagina 128-129 , Artículo No. HE100X15B.540, Marca: Interlux Origen: Mexico. Fecha de vencimiento N/A. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Caja de 540 unidades |
21 |
INTERLUX |
83.06 |
1,744.26 |
176 |
Placa petri de poliestireno un compartimiento 90 x 15 mmm estéril desechable. Catálogo: Ver Brochure pagina 130-131, Artículo No. HE100X15.540, Marca: Interlux Origen: Mexico. Fecha de vencimiento N/A. Se entregará certificado de análisis y hoja de seguridad. |
Caja de 540 unidades |
25 |
INTERLUX |
76.28 |
1,907.00 |
TOTAL LOTE No. 12 |
23,647.41 |
|||||
MONTO TOTAL |
23,830.01 |
|||||
Lugar de entrega: bodega de la Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV), ubicada en Cantón El Matazano, Soyapango, departamento de San Xxxxxxxx |
El suministro de los bienes objeto del presente contrato, será de conformidad a lo establecido en la cláusula IV Forma y Plazo de Entrega y Recepción, del presente contrato. A efecto de garantizar el cumplimiento del objeto del presente contrato, “EL MAG” podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarios a efecto de salvaguardar los intereses que persigue. II.- PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total del presente contrato es por la cantidad de VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA DÓLARES CON UN CENTAVO XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$23,830.01), el cual incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). EL MAG podrá efectuar el pago dentro de un lapso de treinta días calendario, posteriores al recibo a satisfacción de los bienes por parte de los administradores del Contrato y de la presentación de los Comprobantes de Crédito Fiscal a nombre de: PAGADURIA AUXILIAR FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES/DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL Y ANIMAL (DGSVA) y de las actas de recepción respectivas las cuales deberán estar firmadas por los administradores del contrato de las dependencias del MAG que recibieron a satisfacción los bienes; y por ser la Dirección solicitante agente de Retención, de dicho pago se retendrá el uno por ciento en concepto de anticipo del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), según Resoluciones emitidas por el Ministerio de Hacienda Números: Doce mil trescientos uno- NEX- dos mil ciento sesenta y tres- dos mil siete, a la Dirección General de Sanidad Vegetal. Siempre y cuando la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda, haya realizado la transferencia correspondiente, los pagos serán realizados mediante el Sistema de Cuenta Única xxx Xxxxxx Público, efectuadas por la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda a la Cuenta corriente número ************************************************************************** del ****************, cuyo titular es LA CONTRATISTA, la cual fue previamente designada por esta, de conformidad con lo establecido en los Artículos sesenta, sesenta y uno, sesenta y dos, sesenta y tres y setenta de la Ley AFI y Artículos setenta y cinco y setenta y seis de su Reglamento, III.- VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de su suscripción hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis. Se podrá prorrogar el plazo del contrato de conformidad con la LACAP y su Reglamento. IV.- FORMA Y PLAZO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN. De conformidad con el artículo cuarenta y cuatro letra j) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y con las bases de licitación; los bienes objeto del presente contrato serán suministrados por LA CONTRATISTA a EL MAG en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS hábiles contados a partir de la fecha establecida en la Orden de pedido, emitida por parte de los administradores del contrato, dicha orden deberá estar acompañada cuando amerite del permiso original emitido por el Ministerio de Defensa Nacional; una vez que LA CONTRATISTA haya recibido una copia del contrato debidamente legalizado, la recepción se efectuará de conformidad con lo ofertado y a lo establecido en el artículo ciento veintiuno de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. El suministro objeto del presente contrato serán suministrado mediante entregas parciales de conformidad con lo ofertado y conforme a los requerimientos del o los administradores de contrato, dichos bienes serán entregados en los lugares establecidos en los cuadros detallados en la cláusula uno del presente contrato. Para los casos en que proceda la contratista deberá incluir el certificado de calidad y hoja de seguridad de cada producto (MSDS). V.- OBLIGACIONES DE EL MAG. EL MAG deberá hacer el pago de los bienes, detallados en la cláusula I, de este contrato a través del Fondo de Actividades Especiales de la Dirección General de Sanidad Vegetal y Animal (DGSVA). VI.-ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO. El delegado del Titular del MAG, mediante Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Agricultura y Ganadería Número: trescientos sesenta y tres de fecha veintinueve xx xxxxx de dos mil dieciséis, nombró como Administradores del contrato a las siguientes personas: ingeniera Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Técnico en Acuicultura, ingeniera Flor de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Técnico analista de semillas, ingeniero Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Técnico de la División de Vigilancia y Certificación de Producción Agrícola, Ingeniera Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx, Técnico de Laboratorio de Diagnostico Vegetal, ingeniero Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Jefe de la División de Vigilancia y Certificación de Producción Agrícola; ingeniero Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Técnico de Certificación Fitosanitaria; Licenciada Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Jefe de la Red Laboratorios de Diagnostico Veterinario, señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Técnico DIPOA/DGG; doctora Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Encargada de la Unidad del Sistema de Información de Vigilancia Epidemiológica y Técnico Veterinario de la Unidad de Sanidad Avícola de la Dirección General de Ganadería, doctor Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Encargado Área de Rastreabilidad de Animales; licenciada Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Coordinadora del Área de Prevención y Control Zoosanitario; ingeniero Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Coordinador Técnico Agropecuario; del Ministerio de Agricultura y Ganadería, o a quienes los sustituyan en el cargo por cualquier circunstancia. Serán funciones de los administradores del contrato: a) Ser los representantes de EL MAG en el desarrollo y ejecución del contrato así como emitir la Orden de Pedido de conformidad a los plazos normados en el contrato; b) Dar seguimiento a la ejecución de este contrato, y efectuar directamente los reclamos por escrito a “LA CONTRATISTA” en caso de incumplimiento; c) Hacer reportes de cualquier deficiencia en el desarrollo del contrato y remitir cuando corresponda, al Titular a través de la Oficina de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del MAG, el respectivo informe para los efectos de imposición de multa, conforme a lo establecido en los Arts. 160 LACAP y 80 RELACAP; d) Realizar los pedidos del suministro de bienes según las necesidades, verificando no sobrepasar los montos adjudicados; e) Emitir dictamen sobre la procedencia o no, de cualquier modificación o prórroga al contrato, en caso de ser procedente, deberá realizar la gestión respectiva, ante la OACI/MAG, previo al vencimiento del plazo, proporcionando toda la documentación de respaldo necesaria para su tramitación; f) La elaboración de las Actas de Recepción respectivas, conforme a lo establecido en el Art. 77 RELACAP; g) Remitir a la OACI Copia del Acta de Recepción tres días hábiles posteriores a la recepción de los bienes; h) Evaluar el desempeño de LA CONTRATISTA, mediante el formulario respectivo, en un plazo máximo de ocho días hábiles a la emisión del acta de recepción total o definitiva, evaluación que deberá ser enviada a la OACI en un tiempo máximo de dos días hábiles posteriores a la fecha de la evaluación; i) Informar a la OACI sobre el vencimiento de las garantías, en un período no mayor de ocho días hábiles posteriores a su vencimiento, a fin de que ésta Oficina proceda a su devolución conforme al Art.82- BIS literal “h” de la LACAP; j) Remitir Copia a la OACI de toda gestión que realicen en el ejercicio de sus funciones como Administradores de Contrato conforme al Art. 42 Inc.3 del RELACAP; k) Cumplir con cualquier otra función que les corresponda de acuerdo al contrato y demás documentos contractuales o que les sean asignadas por “EL MAG”, así como también con las demás funciones establecidas en los Artículos 19, 82-Bis y 122 de la LACAP, 74, 75 Inc.2, 81 del RELACAP, y demás disposiciones aplicables de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, su Reglamento y Manual de procedimientos para el ciclo de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones de las Instituciones de la Administración Pública. VII.- CESIÓN. Queda expresamente prohibido a “LA CONTRATISTA” traspasar o ceder a cualquier título los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transgresión de esta disposición dará lugar a la caducidad del contrato. VIII.- GARANTÍA. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato “LA CONTRATISTA” se obliga a presentar a EL MAG una GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, en un plazo no mayor xx xxxx días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la copia del contrato debidamente legalizado, una garantía de cumplimiento de contrato por un monto de DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$2,383.00) equivalente al diez por ciento del monto del contrato. Dicha garantía deberá exceder en sesenta días el plazo de vigencia del contrato, contados a partir de la suscripción del mismo, de conformidad con lo establecido en las bases de licitación y en el Art. 35 de la LACAP. Si no se presentare tal garantía en el plazo establecido se tendrá por caducado el presente contrato y se entenderá que “LA CONTRATISTA” ha desistido de su oferta, haciéndose efectiva la garantía de mantenimiento de oferta, sin detrimento de la acción que le compete a EL MAG, para reclamar los daños y perjuicios resultantes. IX.- INCUMPLIMIENTO. En caso xx xxxx de “LA CONTRATISTA” en el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato se le aplicarán las multas establecidas en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. X.- CADUCIDAD. Además de las causas de caducidad establecidas en el Artículo NOVENTA Y CUATRO de la LACAP y en otras leyes vigentes, serán causales de caducidad y “EL CONTRATANTE” podrá dar por terminado el Contrato, sin responsabilidad alguna de su parte cuando: a) Por entregar bienes de una inferior calidad o en diferentes condiciones de lo ofertado y b) traspasar o ceder a cualquier título los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. XI.- PLAZO DE RECLAMOS. A partir de la recepción formal de los bienes objeto de este contrato, EL MAG tendrá un plazo xx xxxx días hábiles para efectuar cualquier reclamo relacionado con el suministro. “LA CONTRATISTA” deberá reponer o cumplir a satisfacción del MAG dentro del plazo establecido en la nota de reclamo, si LA CONTRATISTA no subsana los defectos comprobados se tendrá por incumplido el contrato y se le hará efectiva la garantía de cumplimiento de contrato o se procederá a la imposición de sanciones o en su caso se dará por caducado el contrato sin responsabilidad para EL MAG. Esta disposición no inhibe de reclamaciones que pudieren hacerse sobre la buena calidad del suministro. XII.- MODIFICACIONES, PRORROGAS Y PROHIBICIONES EN EL CONTRATO. “EL MAG”, podrá modificar el contrato en ejecución, de común acuerdo entre las partes, respecto al objeto, monto y plazo del mismo, siguiendo el procedimiento establecido en la LACAP. Para ello “EL MAG” autorizará la Modificación mediante resolución razonada; la correspondiente Modificativa que se genere será firmada por el Fiscal General de la República y por “LA CONTRATISTA”, debiendo estar conforme a las condiciones establecidas en los artículos ochenta y tres A, ochenta y tres B de la LACAP, y artículo veintitrés literal “K” del RELACAP. Si en cualquier momento durante la ejecución del contrato “LA CONTRATISTA” encontrase impedimentos para la prestación del suministro, notificará con prontitud y por escrito al MAG, e indicará la naturaleza de la demora, sus causas y su posible duración, tan pronto como sea posible; después de recibir la notificación EL MAG, evaluará la situación y podrá prorrogar el plazo. En este caso, la prórroga se hará mediante Modificación al contrato, la cual será autorizada por EL MAG mediante resolución razonada; y la Modificativa será firmada por el Fiscal General de la República y por “LA CONTRATISTA”, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y seis y noventa y dos inciso segundo de la LACAP, así como los artículos setenta y seis y ochenta y tres del RELACAP. El contrato podrá prorrogarse una sola vez, por un período igual o menor al pactado inicialmente, para lo cual deberá seguirse lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP, así como el artículo setenta y cinco del RELACAP; la prorroga será autorizada mediante resolución razonada por EL MAG; y será firmada por el Fiscal General de la República y por “LA CONTRATISTA”. XIII.- DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: a. Bases del proceso de Licitación Abierta DR-CAFTA-LA Número 012/2016-MAG; b. Nota Aclaratoria N° 1 de fecha 22 de julio de dos mil dieciséis; c. Oferta de fecha ocho xx xxxxxx de dos mil dieciséis; d. Resolución de adjudicación; e. Garantía; f. Resoluciones Modificativas y otros documentos que emanaren del presente contrato. Los cuales son complementarios entre si y se interpretaran en forma conjunta. XIV.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con el artículo ochenta y cuatro incisos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública EL MAG se reserva la facultad de interpretar el presente contrato de conformidad con la Constitución de la República, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, demás legislación aplicable y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga al interés público que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. “LA CONTRATISTA” expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte EL MAG las cuales le serán comunicadas por medio de los Administradores del Contrato. XV.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En situaciones de caso fortuito o fuerza mayor y de conformidad con el artículo ochenta y seis de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, “LA CONTRATISTA”, previa justificación y entrega de la prórroga de la garantía cuando proceda podrá solicitar una prórroga del plazo de cumplimiento de las obligaciones objeto del presente contrato. Para los efectos de este contrato, “fuerza mayor o caso fortuito” significa un evento que escapa al control de una de las partes y el cual hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa parte resulte imposible o impráctico en atención a las circunstancias. Esto incluye, pero no se limita x xxxxxx, motines, disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión, inundación u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, cierres empresariales u otras acciones similares. XVI.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para resolver las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del contrato, se acudirá a los tribunales comunes. XVII.- TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán de conformidad con el artículo noventa y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, dar por terminada bilateralmente la relación jurídica que emana del presente contrato, debiendo en tal caso emitirse la resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de resciliación en un plazo no mayor de ocho días hábiles de notificada tal resolución. XVIII.- DOMICILIO ESPECIAL. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes señalan como domicilio especial el de la ciudad de Santa Tecla, a la competencia de cuyos tribunales se someten. XIX.- CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA CONTRATISTA DE LA NORMATIVA QUE PROHÍBE EL TRABAJO INFANTIL Y BRINDA PROTECCIÓN A LA PERSONA ADOLESCENTE TRABAJADORA. Si durante la ejecución el contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de EL SUPERVISOR a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección a la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el artículo ciento sesenta de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el artículo ciento cincuenta y ocho, romano V, literal b), de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final. XX.- NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones referentes a la ejecución de este contrato, serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito a EL MAG a través de los administradores del Contrato en las oficinas de la Dirección General de Sanidad Vegetal y Animal, ubicadas en Cantón El Matazano, Soyapango, departamento de San Xxxxxxxx, y a “LA CONTRATISTA” a través de la señora Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx ******************************************************************. Así nos expresamos los otorgantes, quienes enterados y conscientes de los términos y efectos legales del presente contrato, por convenir así a los intereses de nuestros representados, ratificamos su contenido, en fe de lo cual firmamos, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil dieciséis.
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XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
“FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA” “LA CONTRATISTA”
Versión Pública de información confidencial Art. 30 LAIP
(La información suprimida es de carácter confidencial conforme a los artículos 6 letra “a” y 24 letra “c” de la Ley del Acceso a la Información Pública)
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