MODELO DE GARANTIA DE ANTICIPO BAJO LA MODALIDAD DE FIANZA PARA CONTRATO DE OBRA, SERVICIOS O TRABAJOS CON LEGISLACIÓN FEDERAL
MODELO DE GARANTIA DE ANTICIPO BAJO LA MODALIDAD DE FIANZA
PARA CONTRATO DE OBRA, SERVICIOS O TRABAJOS CON LEGISLACIÓN FEDERAL
<<01>>, EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE LE FUE OTORGADA POR EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 11 Y 36 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA CANTIDAD DE: $ <<02>> QUE INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
ANTE O A FAVOR SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN Y/O TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, CON DOMICILIOS EN PASEO DE LA PRESA #172, COLONIA XXXXX XX XX XXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000, XX XXXXXXXXXX, XXX., X/X XX. XXXXXXXXXXXXXX #0000, XXXXXXX XXXXX XX XXX XXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 01110, CIUDAD DE MÉXICO, RESPECTIVAMENTE. <<03>>
OBLIGACIÓN GARANTIZADA: <<04>>
FECHA DE INICIO DE LA FIANZA: LA PRESENTE PÓLIZA SUERTE EFECTOS A PARTIR DEL DIA: <<05>>
PARA GARANTIZAR POR NUESTRO FIADO <<06>>, CON DOMICILIO EN <<07>>, Y CON RFC NUMERO <<08>>, LA DEBIDA INVERSIÓN, EXACTA AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL EN SU CASO, DEL ANTICIPO QUE REPRESENTA EL <<09>> DEL CONTRATO <<10>>, NÚMERO <<11>>, DE FECHA <<12>>, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD REPRESENTADA POR SU TITULAR EL ING. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX Y POR NUESTRO FIADO <<13>>, RELATIVO A LA OBRA, SERVICIOS O TRABAJOS: <<14>>, CON UN IMPORTE CONTRATADO DE <<15>>, QUE INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, <<16>>, PAGARÁ A LA <<17>> SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN Y/O TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, LA CANTIDAD DE <<18>>, QUE INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EN CASO DE QUE SU FIADO NO APLIQUE EL ANTICIPO PARA EL OBJETO QUE LE FUE OTORGADO Y POR ELLO SE LE EXIGIRÁ LA DEVOLUCIÓN DE TODA O PARTE DE LA SUMA ANTICIPADA SEGÚN SEA EL CASO.
<<19>> EXPRESAMENTE DECLARA QUE:
LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON EL CLAUSULADO DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMO QUE SE DA AQUÍ POR REPRODUCIDO.
ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR, DESDE SU EXPEDICIÓN HASTA QUE EL ANTICIPO OTORGADO PARA EL INICIO DE LA OBRA, SERVICIOS O TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO AFIANZADO, HAYA SIDO AMORTIZADO O DEVUELTO EN SU TOTALIDAD Y A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD.
DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 98 PÁRRAFO SEGUNDO, FRACCIÓN II, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, LA FIANZA CONTINUARÁ AUTOMATICAMENTE VIGENTE EN EL CASO DE QUE SE AUTORICEN DIFERIMIENTOS O PRÓRROGAS A LA AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO, POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS MODIFICATORIOS O ADICIONALES EN TIEMPO; POR LO QUE LA AFIANZADORA RENUNCIA EXPRESAMENTE AL DERECHO QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 179 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.
ESTA FIANZA GARANTIZARÁ EN EL SUPUESTO QUE EL ANTICIPO NO SEA AMORTIZADO TOTAL O PARCIALMENTE, ASÍ COMO INVERTIDO EN FINES DISTINTOS A LOS CONTRATADOS, LOS ACCESORIOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.
SE MODIFICARA LA FIANZA EN CUANTO A SU IMPORTE, SI SE PRESENTA LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS QUE AMPAREN ANTICIPOS ADICIONALES AL ORIGINALMENTE OTORGADO EN EL CONTRATO.
PARA SER CANCELADA ESTA FIANZA, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD, QUE LA PRODUCIRÁ CUANDO EL IMPORTE DEL ANTICIPO HAYA SIDO CORRECTAMENTE AMORTIZADO O DEVUELTO EN SU TOTALIDAD Y SE HAYA EXHIBIDO A ENTERA SATISFACCIÓN LA GARANTÍA DE VICIOS OCULTOS; HACIENDOSÉ LA DEVOLUCIÓN DE LA MISMA MEDIANTE OFICIO.
EN EL CASO DE QUE EL BENEFICIARIO HAGA EXIGIBLE LA PRESENTE FIANZA, LA FIADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 279, 280, 282, 283, 289 Y DEMÁS APLICABLES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS; AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORANEO DEL IMPORTE DE LA POLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
LA FIANZA ESTARA VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE QUEDE FIRME, SUJETANDOSE AL RESULTADO DE LA RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE.
NO GOZA DE LOS BENEFICIOS DE ORDEN Y EXCUSIÓN COMO LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 178 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.
<<20>> FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA INSTITUCION (FIADORA)
GUIA DE LLENADO DE LA PÓLIZA DE ANTICIPO.
PARA CONTRATO DE OBRA, SERVICIOS O TRABAJOS
01. |
DENOMINACIÓN Y DOMICILIO FISCAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS
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02. |
MONTO DE LA FIANZA
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03.
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BENEFICIARIO SEÑALADO EN EL CONTRATO ASÍ COMO SU DOMICILIO
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04. |
OBLIGACIÓN GARANTIZADA |
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05. |
INICIO DE VIGENCIA
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06. |
DENOMINACION Y/O NOMBRE DEL FIADO
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07. |
DOMICILIO FISCAL DEL FIADO
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08. |
RFC DEL FIADO
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09. |
PORCENTAJE DE ANTICIPO OTORGADO
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10. |
TIPO DE CONTRATO
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11. |
NÚMERO DE CONTRATO
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12. |
FECHA DEL CONTRATO
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13. |
DENOMINACION Y/O NOMBRE DEL FIADO Y PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTA
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14. |
DENOMINACIÓN DE LA OBRA, SERVICIOS O TRABAJOS
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15. |
IMPORTE DEL CONTRATO AFIANZADO
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16. |
DENOMINACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS
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17. |
BENEFICIARIO |
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18. |
IMPORTE DE LA OBLIGACIÓN
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19. |
DENOMINACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS
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20. |
FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA INSTITUCIÓN |
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