PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y DE TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA PARA GALASA.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y DE TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA PARA GALASA.
EXPEDIENTE: RDS160316 PROCEDIMIENTO ABIERTO
Capítulo I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
1.1 Objeto del Contrato:
1.1.1.- El Contrato a que se refiere este Xxxxxx tiene como objeto el que se especifica en el apartado A.1 del Anexo I.
1.1.2.- El Artículo 9 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP en adelante), regula el contrato de servicio correspondiente al número de referencia CPV (Reglamento (CE) No 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007) que se indica en el apartado A.3 del Anexo I.
1.2 Necesidad e idoneidad del contrato.
La necesidad, idoneidad y naturaleza del contrato han quedado justificadas en la Justificación de la Contratación que obra en el expediente de contratación.
Galasa presta los servicios del ciclo integral del agua en 26 municipios de las zonas del Levante, Medio y Alto Almanzora, en la provincia de Almería, siendo parte fundamental de la prestación de los servicios el mantenimiento de las redes de abastecimiento de agua potable y las de saneamiento de aguas residuales.
Galasa hace frente al mantenimiento de las redes (preventivo y correctivo) con medios propios (personal, maquinaria, piezas de repuesto y otros elementos necesarios), si bien no puede atender aspectos auxiliares o complementarios del mantenimiento como los referidos a las máquinas para apertura de zanjas, trabajos de albañilería, reposición de firmes y asfaltado de las vías públicas, reposición del acerado y otros, al no disponer de medios propios destinados a tales fines.
El importante número de municipios donde Galasa presta los servicios supone que, a veces, la empresa no pueda atender con sus propios medios la demanda de intervenciones en las redes que pueden producirse en un momento determinado, por lo que es necesario dotar con apoyo externo a las Unidades de la empresa encargadas del mantenimiento, con el fin de que los usuarios afectos a los servicios no se vean perjudicados por las demoras que pudieran producirse.
Son estos dos aspectos, los trabajos complementarios al mantenimiento de las redes más el apoyo a los medios propios de la empresa para llevar a cabo dicho mantenimiento, los que justifican la necesidad de llevar a cabo el presente procedimiento de contratación.
1.3 El desconocimiento del contrato.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por GALASA que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
1.4 Régimen jurídico del contrato.
El Régimen jurídico del contrato a que se refiere este pliego se determina según lo establecido en el Artículo 20 del TRLCSP, configurándose el mismo como un contrato de carácter privado y estándose en cuanto a su preparación, adjudicación a lo dispuesto en la referida Ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado, y en cuanto a los efectos y extinción se regirá por el derecho privado.
1.4.1 Fuentes normativas.
Este contrato se regirá:
1. Por el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y por el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT). En todo caso será de aplicación respecto de ambos pliegos lo establecido en el artículo 68,3 del Reglamento General de la Ley de Contratos, aprobado por el R.D. 1098/2001, de 12 de Octubre.
2. Por la Legislación estatal, constituida por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en lo relativo a su aplicación a las sociedades mercantiles (artículo 3,1 d), y sus disposiciones de desarrollo, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, y supletoriamente el Reglamento General de la Ley de Contratos arriba mencionado, en lo que no esté derogado por aquélla, y en su caso, por la legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza (en los términos establecidos en la Disposición Final 2ª de la citada TRLCSP, según lo previsto en el artículo 149.1-18º de nuestra Constitución).
3. Por las Normas de Contratación de Gestión de Aguas del Levante Almeriense,
S.A. (GALASA).
4. Por las normas de Derecho Privado.
5. Los principios comunes a la contratación del Estado, y en cualquier caso, por los del Derecho de las Comunidades Europeas relativos a la contratación administrativa.
6. Las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y los actos fijados en virtud del mismo, relativas a las actividades, políticas y prioridades comunitarias en Pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, y al deber de promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.
Asimismo, el adjudicatario está sometido al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente y las normas de derecho comunitario que le sean de aplicación.
1.4.2 Carácter contractual.
Tienen carácter contractual los siguientes documentos que regirán el proceso de licitación del contrato:
1. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
2. El Pliego de Prescripciones Técnicas.
3. La oferta presentada por el licitador.
En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá este Pliego que contiene los derechos y obligaciones de los licitadores y adjudicatarios.
La participación en este Contrato presupone la aceptación total del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por los licitadores, con pérdida de aquellas condiciones que los mismos puedan tener establecidas, tanto particular como colectivamente, que puedan contradecirse con éstas.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas es este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, puede determinar, por parte de GALASA, la anulación de la adjudicación, o la resolución del contrato.
1.4.3 Fuero judicial, interpretación y arbitraje.
Dada la naturaleza privada del contrato y de conformidad con el artículo 20 del TRLCSP, se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de
normas específicas, por dicha Ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción, este contrato se regirá por el derecho privado.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas inicialmente por el Órgano de Contratación competente de GALASA en el presente procedimiento.
De persistir la disputa o diferencia que pudiera surgir entre las partes, derivada de la interpretación y/o ejecución del presente contrato y sus anexos, se resolverá mediante el arbitraje que prevé la Ley 60/2003 de 23 de diciembre, sin perjuicio de la plena efectividad de los compromisos contractuales expresados en el presente documento y sus anexos que, no obstante, habrán de acomodarse a la decisión del arbitraje.
Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la interpretación del contrato o relacionados con él, directa o indirectamente, se resolverán definitivamente mediante arbitraje administrado por la Corte de Arbitraje y Mediación de Almería, a quien se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, de acuerdo con su Reglamento y Estatutos, obligándose desde ahora ambas partes al cumplimiento de la decisión arbitral.
El arbitraje será de Derecho. El plazo para dictar el laudo será de seis meses desde la aceptación del arbitraje. Su regulación y el procedimiento aplicable quedarán sometidos a la mencionada Ley y a su normativa de desarrollo.
El Contrato y sus anexos, quedan sujetos a la legislación civil, mercantil y administrativa en los términos indicados. Sin perjuicio de la plena aplicabilidad de la Cláusula arbitral, las partes, caso de ejercitar acciones judiciales, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad xx Xxxx (Almería), con renuncia igualmente expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el contratista suspender los servicios que presta, ni tampoco abandonarlos, en los supuestos de resolución y/o rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar a procedimientos arbitrales o judiciales de cualquier clase.
1.5 Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación con competencia para contratar en este procedimiento es el Consejero Delegado de GALASA, asistido por Mesa de Contratación (Art. 5 Normativa Interna de GALASA).
1.6 Presupuesto base de licitación, valor estimado y precio del contrato.
1.5.1.- En el Precio del contrato se consideran incluidos todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y demás disposiciones de aplicación.
1.5.2.- El presupuesto base de licitación formulado por GALASA asciende a la cantidad que figura en el apartado B.1 del Anexo I, incluidos los tributos de cualquier índole que sean de aplicación, excepto el I.V.A., que se indicará en todo caso como partida independiente.
En todo caso, considerando las características del servicio, el precio global no puede ser definido con exactitud al tiempo de celebrar el contrato por estar subordinado el servicio efectivo a las necesidades reales de GALASA. Las cantidades reflejadas en el presente PCAP y PPT, correspondientes a la estimación de consumo, servirán exclusivamente como referencia a los licitadores, no comprometiéndose GALASA a su adquisición si no resultase necesario.
1.5.3.- El valor estimado del presente contrato vendrá determinado por su importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el cálculo del valor estimado se ha tenido en cuenta la duración del contrato y cualquier forma de opción eventual y las posibles prórrogas que se especifican en el apartado C2 del Anexo I.
1.5.4.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e indicará, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
1.5.5.- En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y comisiones de cualquier índole que sean de aplicación, así como los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
1.5.6.- Los gastos del procedimiento son los que figuran en el Apartado J del Anexo I.
1.5.7.- En el Apartado B.2 del Anexo I se indicará igualmente el sistema de determinación del precio, que podrá estar referido a componentes de la prestación, unidades de ejecución o unidades de tiempo, o fijarse en un tanto alzado cuando no sea
posible o conveniente sus descomposición, o resultar de la aplicación de honorarios por tarifas o de una combinación de varias de estas modalidades.
1.7 Crédito presupuestario con cargo al que se abonará el precio.
Existe crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para GALASA del cumplimiento del contrato, con cargo a la partida presupuestaria que recoge el apartado B.3 del Anexo I.
1.8 Plazo de ejecución del contrato.
1.7.1.- El plazo total de duración del contrato será el fijado en el apartado C.1 del Anexo I, y comenzará a contar a partir del día siguiente al de la firma del contrato, salvo que en el expresado apartado se establezca una fecha diferente para el inicio de dicho plazo.
1.7.2.-En el apartado C.2 del Anexo I, se prevé una prórroga, siempre que las características del contrato permanezcan inalterables durante el período de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los períodos de prórroga.
La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato prevea expresamente lo contrario, sin que pueda producirse sin el consentimiento tácito de las partes.
1.7.3.- Se podrán establecer plazos parciales en el contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.9 Capacidad, clasificación y solvencia del contratista. 1.8.1.- Xxxxxxxxx y clasificación
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, española o extranjeras, a título individual o en agrupación de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar y solvencia económica, financiera y técnica y que no estén comprendidas en alguna de las causas de prohibición de contratar establecida en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ni en los supuestos de incompatibilidad a los que se refiere la Ley 5/2006, de 10 xx Xxxxx, de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno de la Nación y Altos Cargos de la Administración General del Estado y la Ley 3/2005, de 8 xx Xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía.
En caso de que resulte adjudicataria una agrupación de empresarios, dicha agrupación estará obligada a revestir la forma jurídica procedente cuando se le haya adjudicado el contrato de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 31/2007.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo (artículo 72.2 del RD Legislativo 3/2011). Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente (artículo 72.3 del RD Legislativo 3/2011), así como los requisitos previstos en los artículos 55 y 146.1 e) del RD Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el TRLCSP.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.
1.8.2- Solvencia económica y financiera y solvencia técnica.
Para demostrar la solvencia el contratista deberá aportar la documentación especificada en el Apartado A del Anexo II.
Capítulo II .- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
2.1 Formalidades de los documentos.
2.1.1.- Todos los documentos que se presenten por los licitadores deberán ser originales o tener la consideración de auténticos mediante cotejo o compulsa correspondiente.
2.1.2.- Conforme a lo establecido en el artículo 23 del RCAP, los documentos se presentarán en castellano.
2.2 Sobres en los que se incluye la oferta.
2.2.1- Se presentarán los sobres numerados como A, B, y C cada uno de ellos con el contenido establecido en los ANEXOS IV, V, y VI respectivamente.
2.2.2.- La presentación de las ofertas presume por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con GALASA.
2.2.3.- Las proposiciones serán secretas debiendo permanecer desde que sean recogidas en el Registro bajo custodia de la Secretaría del Área de Administración.
2.2.4.- Las ofertas se presentarán escritas en español y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
2.2.5.- La documentación deberá presentarse en soporte informático válido conforme a la legislación vigente, a excepción de la oferta económica en los términos descritos en el Anexo VII y el índice de los documentos incluidos en los sobres que deberán presentarse en soporte papel. La documentación aportada en soporte informático se formalizará en archivos de lectura independiente y el conjunto se presentará en disco CD/DVD.
2.2.6.- Los sobres deberán estar cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido en papel y el nombre del licitador, así como todos aquellos datos que se exijan en el presente pliego y sus anexos.
2.3 Presentación de las proposiciones.
2.3.1.- Las ofertas se presentarán en el Registro de Entrada de GALASA, en las Oficinas Comerciales, sitas en Vera (Almería), Ctra. N-340 Km.533, en el plazo que se indique en el anuncio de licitación del Perfil del Contratante de GALASA, hasta las 13:00 horas del día en que finalice dicho plazo.
2.3.2.- Cuando las ofertas se enviasen por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de correos dentro del plazo fijado en el anuncio, y anunciar la remisión de la oferta mediante fax o correo electrónico el mismo día a la Secretaría del Área de Administración de GALASA. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de este procedimiento.
2.3.3.- Transcurridos, no obstante, cinco días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, sin haberse recibido la misma, ésta no será admitida en ningún caso.
2.3.4.- No se admite la presentación de más de una proposición por una sola empresa, ya licite individualmente o agrupada en UTE [artículo 145 del TRLCSP], ni la presentación de variantes [artículo147 del TRLCSP].
2.3.5 No se admitirán ofertas por encima del presupuesto máximo de licitación.
2.4 Confidencialidad.
Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 140.1 del TRLCSP, los contratistas podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Capítulo III.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
3.1 Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración.
A efectos de la adjudicación del contrato, la tramitación del expediente será ordinaria, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 109 del TRLCSP.
La adjudicación del presente contrato se hará por PROCEDIMIENTO ABIERTO, tomándose como criterios a valorar los contenidos en el Anexo III de este Pliego.
En el procedimiento abierto o restringido todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
3.2 Mesa de contratación.
3.2.1 Composición
El Órgano de Contratación estará asistido para la adjudicación del contrato por una Mesa de Contratación constituida por el Consejero Delegado de GALASA, que actuará como presidente, el Director Gerente de GALASA, el Jefe del Área de Administración, Jefe de Área o Unidad responsable del contrato y el Asesor Jurídico, que hará las veces de Secretario de la Mesa.
3.2.2 Funciones
La Mesa de Contratación tendrá las funciones que determina el artículo 22 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx, y especialmente, la de selección de los solicitantes, con arreglo a lo previsto en el apartado 3 del citado artículo 22.
a) Calificará las documentaciones de carácter general acreditativas de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos a que se refiere el artículo 146.1 del TRLCSP, así como la garantía provisional en los casos en que se haya exigido, comunicando a los interesados los defectos y omisiones subsanables que aprecie en la documentación. A tal fin se reunirá con la antelación suficiente, previa citación de todos sus miembros.
b) Determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Abrirá las proposiciones presentadas dando a conocer su contenido en acto público, salvo en el supuesto contemplado en el artículo 198 del TRLCSP.
d) Cuando el procedimiento de valoración se articule en varias fases, determinará los licitadores que hayan de quedar excluidos por no superar el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
e) Valorará las distintas proposiciones, en los términos previstos en los artículos 150 y 151 del TRLCSP, clasificándolas en orden decreciente de valoración, a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1 del TRLCSP, mediante la designación de una Comisión Técnica.
f) Cuando entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, tramitará el procedimiento previsto al efecto por el artículo 152.3 del TRLCSP, y en vista de su resultado propondrá al Órgano de Contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo.
g) Fuera del caso previsto en la letra anterior propondrá al Órgano de Contratación el requerimiento de adjudicación a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa, según proceda, de conformidad con el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rija la licitación. En aquellos casos en que, de conformidad con los criterios que figuren en el pliego, no resultase admisible ninguna de las ofertas presentadas propondrá que se declare desierta la licitación. De igual modo, si durante su intervención apreciase que se ha cometido alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato, podrá exponerlo justificadamente al Órgano de Contratación, proponiéndole que se declare el desistimiento.
3.3 Calificación de la documentación y apertura de proposiciones
3.3.1. Apertura de Documentación Administrativa (Sobre A)
El acto de apertura de documentación administrativa tendrá lugar por la Mesa de Contratación, una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones.
En dicho acto, que no será público, se realizará la calificación de los documentos presentados. En el supuesto de que sea necesario proceder a la subsanación de errores o defectos subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo de tres días para aportar los mismos, plazo que comenzará a partir del día siguiente hábil al de apertura de la documentación administrativa.
Las notificaciones se realizarán únicamente mediante fax o mediante correo electrónico, para lo que los licitadores deberán facilitar número de fax y/o dirección de correo electrónico.
Los órganos de contratación y el Contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información en los términos establecidos en el artículo 140 del TRLCSP.
3.3.2. Apertura de la Oferta Técnica (Sobre B)
Conforme con el artículo 160 del TRLCSP, la apertura por la Mesa de Contratación.
En dicho acto, que no será público, se realizará la calificación de los documentos presentados. En el supuesto de que sea necesario proceder a la subsanación de errores o defectos subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo de tres días para aportar los mismos, plazo que comenzará a partir del día siguiente hábil al de apertura de la documentación de referida a la oferta técnica..
Las notificaciones se realizarán únicamente mediante fax o mediante correo electrónico, para lo que los licitadores deberán facilitar número de fax y/o dirección de correo electrónico.
Los órganos de contratación y el Contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información en los términos establecidos en el artículo 140 del TRLCSP.
3.3.3. Apertura de la Oferta Económica (Sobre C)
Conforme con el artículo 160 del TRLCSP, la apertura de proposiciones se realizará en acto público por la Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I Apartado G del presente pliego.
Se abrirán únicamente las proposiciones económicas de los licitadores que hayan superado la primera fase de adjudicación, dando previamente lectura al resultado de dicha fase, declarando excluidos a los licitadores que no hayan superado el umbral mínimo de valoración técnica indicado en el Apartado A del Anexo III. Antes de la apertura de la primera proposición económica se invitará a los licitadores a que manifiesten las dudas que se le ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en ese momento pueda hacerse cargo la Mesa de documentos que no hubiesen sido entregados durante
el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanaciones de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81,2 del Reglamento General de Contratos. A continuación, la Mesa procederá a la apertura y lectura de los sobres.
3.3.4. Publicación del resultado de la apertura de las proposiciones
El resultado de todo lo anterior se hará público, para general conocimiento, en el Perfil del Contratante de GALASA.
3.4 Ofertas económicas desproporcionadas o anormalmente bajas.
3.4.1.- Se considerarán presuntamente anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos enumerados en la Instrucción Interna de Contratación de GALASA de acuerdo con el criterio establecido en el Apartado C del Anexo III.
3.5 Clasificación de las ofertas, adjudicación del contrato y notificación de la adjudicación.
3.5.1. El Órgano de Contratación clasificará, a propuesta de la Mesa de Contratación y por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
3.5.2. El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa:
a) Capacidad de contratar. Testimonio notarial, certificación administrativa o declaración responsable de no estar incursos en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 60 del TRLCSP.
b) Incompatibilidades. Declaración responsable firmada cuando se trate de persona física, o certificación expedida por el órgano de dirección o representación de la sociedad, acreditativa de que no forma parte de los órganos de gobierno o administración persona alguna a la que se refiere la Ley 5/2006 de 10 xx xxxxx de Regulación de Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno de la Nación y Altos Cargos de la Administración General del Estado, ni está incursa en los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 3/2005, de 8 xx Xxxxx,
de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía.
c) Certificación oficial acreditativa de estar al corriente en el pago de cuotas de la Seguridad Social, de acuerdo con lo indicado en los artículos 14 y 15 del RD 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Certificación Oficial correspondiente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.) acreditativa de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, en la forma prevista en los artículos 13 y 15 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre.
e) Se aportará, igualmente, certificado expedido por la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía de estar al corriente de las obligaciones tributarias con esta administración territorial.
f) Alta y, en su caso, último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas.
g) Garantía, en caso de que así se exigiera en el apartado B.4 del Anexo I,
3.5.3.- En el caso de que al adjudicatario, sea una unión temporal de empresas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP, se deberá entregar la siguiente documentación:
a) Formalización de la unión temporal de empresas, mediante escritura pública.
b) Nombramiento de un representante único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
c) Clasificación de cada una de las empresas que constituyen la UTE.
d) Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
3.5.4.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3.5.5.- El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
3.5.6.- No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
3.5.7. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante de GALASA.
3.5.8.- La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
d) Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP.
3.5.9.- En todo caso, en la notificación y en el Perfil del Contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
3.5.10.- La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
3.5.11.- Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
3.6 Formalización del contrato.
3.6.1.- El contrato deberá formalizarse en documento privado que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. La formalización del contrato determina su perfección.
3.6.2.-La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
3.7 Gastos del procedimiento.
El adjudicatario del contrato se obliga a satisfacer la cantidad estipulada en el Apartado J del Anexo I
3.8 Inscripción en el Sistema de Clasificación de Proveedores de ASA.
Será requisito previo imprescindible para la formalización del contrato que el adjudicatario se encuentre inscrito o tramite su inscripción en el Xxxxx 0 del SCP-ASA, Apartado K del Anexo I
Capítulo IV.- EFECTOS DEL CONTRATO
4.1 Responsable del contrato.
Los órganos de contratación podrán designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquéllos le atribuyan. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena a él.
4.2 Ejecución del contrato.
4.2.1.- El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, siendo el contratista responsable de entregar los bienes objeto del servicio en el tiempo y lugar fijados en el contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
4.2.2.- El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el Órgano de Contratación. El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para GALASA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
4.2.3.- La ejecución de los contratos se desarrollará, sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección, inspección y control del/la Responsable del contrato, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido.
4.2.4.- GALASA determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los servicios efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
4.2.5.- El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el
conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
4.2.6.- El contratista deberá acreditar tener concertada póliza de responsabilidad civil que ofrezca cobertura suficiente de los riesgos vinculados a sus obligaciones.
4.2.7.- En ningún caso GALASA adquirirá obligaciones de ningún tipo en cuanto a personal, y al término de sus contratos laborales, por cualquier motivo, ningún trabajador pasará a depender de GALASA, quien no asumirá responsabilidad alguna al respecto.
4.2.8.- El contratista estará obligado a coordinar la actividad preventiva con la que desarrolle GALASA, debiendo poner en conocimiento de la misma todas aquellas incidencias que afecten a la seguridad laboral, adecuando las acciones en dicha materia a los requerimientos efectuados por GALASA.
El contratista observará rigurosamente el cumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales y RD 171/2004, de
30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, Directivas de la UE, referentes a Seguridad y Salud laboral, así como todas las Reglamentaciones Técnicas existentes en vigor en cada momento y cuanta normativa de desarrollo se produzca, atendiendo en todo momento las indicaciones efectuadas por GALASA.
4.2.9.- Demora en la ejecución.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará de intimación previa por parte de GALASA.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, GALASA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalizaciones que se indican en el presente Xxxxxx.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, GALASA podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de penalizaciones.
4.3 Revisión de precios.
La procedencia de la revisión de precios así como la fórmula o índice aplicable a la misma, o en su caso su improcedencia se indican, en el apartado D del Anexo I.
4.4 Abono del precio.
4.4.1.- El contratista tiene derecho al pago del precio del servicio, previa conformidad del/la Responsable del contrato designado a tal efecto, mediante certificación o factura tramitada por el mismo dentro de los diez días siguientes al periodo de tiempo al que correspondan, tomando como base la valoración correspondiente al periodo que se fije en el Anexo I, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP y 199 del Reglamento General de Contratos.
4.4.2.- La facturación de los servicios contratados se efectuará por meses vencidos mediante una única factura en la que se incluirán, todos los servicios efectuados en el mes que se factura.
4.4.3.- El pago del precio se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
El abono del precio se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo I, y en su defecto, en el plazo de treinta días, a contar desde la conformidad a la misma del responsable del contrato en GALASA, respetando lo prescrito en el PPT.
4.5 Garantías provisionales y definitivas.
La exigencia de garantías se especifica en el Apartado B5 del Anexo I del presente pliego. Si en dicho Apartado B5 se exigiese la constitución de garantía definitiva, el adjudicatario estará obligado a constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, bien en metálico, mediante ingreso de la cantidad en la cuenta bancaria aperturada a nombre de GALASA en la entidad Cajamar IBAN XX00 0000 0000 0000 0000 0000, indicando en el resguardo de ingreso “Fianza Definitiva Expediente de Contratación RDS160316”, bien mediante aval bancario cuyo modelo se adjunta como Anexo VII.
La garantía definitiva se constituirá en los diez días siguientes a la notificación al adjudicatario, y podrá ser ejecutada en caso de apreciar deficiencias en el desarrollo del contrato.
4.6 Modificación del contrato.
4.6.1.-Sin perjuicio de los supuestos previstos en la Ley de sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, el contrato sólo podrá modificarse cuando así se haya previsto en el Apartado I del Anexo I del presente Xxxxxx, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 106 de TRLCSP.
4.6.2.- En cualesquiera otros supuestos, si fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro bajo las condiciones pertinentes.
4.6.3.- La modificación del contrato no podrá realizarse con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, ampliar el objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo, o incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. En estos supuestos, deberá procederse a una nueva contratación de la prestación correspondiente.
4.6.4.-Las modificaciones no previstas en los pliegos o en el anuncio de licitación solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
b) Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
c) Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
d) Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
e) Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
f) La modificación del contrato acordada conforme a esta cláusula no podrá alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación, y deberá limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
4.6.5-.A los efectos de lo previsto en el apartado anterior, se entenderá que se alteran las condiciones esenciales de licitación y adjudicación del contrato en los siguientes casos:
a) Cuando la modificación varíe sustancialmente la función y características esenciales de la prestación inicialmente contratada.
b) Cuando la modificación altere la relación entre la prestación contratada y el precio, tal y como esa relación quedó definida por las condiciones de la adjudicación.
c) Cuando para la realización de la prestación modificada fuese necesaria una habilitación profesional diferente de la exigida para el contrato inicial o unas condiciones de solvencia sustancialmente distintas.
d) Cuando las modificaciones del contrato igualen o excedan, en más o en menos, el 10 % del precio de adjudicación del contrato; en el caso de modificaciones sucesivas, el conjunto de ellas no podrá superar este límite.
e) En cualesquiera otros casos en que pueda presumirse que, de haber sido conocida previamente la modificación, hubiesen concurrido al procedimiento de adjudicación otros interesados, o que los licitadores que tomaron parte en el mismo hubieran presentado ofertas sustancialmente diferentes a las formuladas.
4.6.6.- En el caso previsto en el artículo 106 las modificaciones contractuales se acordarán en la forma que se hubiese especificado en el anuncio o en los pliegos.
4.6.7.- Antes de proceder a la modificación del contrato con arreglo a lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCSP, deberá darse audiencia al redactor del proyecto o de las especificaciones técnicas, si éstos se hubiesen preparado por un tercero ajeno al Órgano de Contratación en virtud de un contrato de servicios, para que, en un plazo no inferior a tres días, formule las consideraciones que tenga por conveniente.
4.7 Entrega, realización y recepción de los trabajos.
4.7.1.- El contratista deberá realizar el trabajo dentro del plazo estipulado y en el lugar previsto en PPT, efectuándose por el/la Responsable del contrato, un examen de la documentación presentada, y si se estimasen cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción.
4.7.2.- En el caso de que se estimasen incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas.
4.7.3.- Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el/la Responsable del contrato, éste la elevará con su informe, al Órgano de Contratación que celebró el contrato, que resolverá sobre el particular.
4.7.4.- Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del/la Responsable del contrato, se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados.
4.7.5.- La forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación será mediante Informe de Conformidad del Responsable del contrato.
4.7.6.- Una vez cumplidos los trámites señalados en esta cláusula, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá a su recepción, levantándose al efecto el acta correspondiente.
4.7.7.- Una vez efectuada la recepción de la totalidad de los servicios y cumplido el plazo de garantía que, en su caso, se indique en el Anexo I; se procederá a la devolución de la garantía prestada, si no existiesen responsabilidades que hubieran de ejecutarse sobre la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del TRLCSP.
4.7.8.- El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a GALASA todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la prestación del servicio, si fuere requerido para ello por esta.
Capítulo V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
5.1 Resolución del contrato.
5.1.1.- Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, así como las contempladas en las Cláusulas del presente Pliego, con los efectos previstos en los artículos 225 del TRLCSP y 109 a 113 del Reglamento General de Contratos.
5.1.2.- El acaecimiento o incursión en cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará a GALASA para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable, pudiendo optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas, o continuando la ejecución de la asistencia técnica por sí o a través de las personas o empresas que determine, x xxxxx del contratista. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la responsabilidad general del contratista.
5.2 Prerrogativas de GALASA.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la TRLCSP, el Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista.
5.3 Recurso especial en materia de contratación.
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso administrativo, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, así como los acuerdos de adjudicación adoptados por el órgano de contratación.
No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos de los órganos de contratación dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107
del TRLCSP sea preciso realizar una vez adjudicados los contratos tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación.
El recurso se interpondrá ante el órgano competente en materia de contratación de la Excma. Diputación Provincial de Almería, con la que GALASA está vinculada, en tanto que medio propio que ostenta el control en virtud de su participación mayoritaria en el capital social.
La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP.
Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5.4 Confidencialidad y protección de datos.
Toda la información que se entregue al adjudicatario para el desarrollo tendrá el carácter de confidencialidad.
La empresa adjudicataria queda expresamente obligada a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer o le fuesen facilitados con ocasión del cumplimiento o realización de este contrato, especialmente los de carácter personal o empresarial, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este contrato, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. En todo caso, el adjudicatario actuará en el tratamiento de los datos únicamente de conformidad con las instrucciones que le señale GALASA. La obligación de preservar la confidencialidad rige durante el desarrollo del contrato y con posterioridad al mismo.
El adjudicatario devolverá a GALASA la información confidencial y todas sus copias, o la destruirá dando prueba de ello. La devolución o destrucción de la información no eximirá al adjudicatario del cumplimiento de confidencialidad aquí reflejado.El adjudicatario sólo podrá revelar la información confidencial a sus empleados, con la finalidad de realizar el trabajo objeto de este contrato y será responsable de los actos de los mismos.
GALASA tendrá derecho a exigir en cualquier momento que la información confidencial, proporcionada al adjudicatario, sea destruida o devuelta, ya sea antes, durante o después de la celebración de este contrato.
El adjudicatario queda, igualmente, obligado al cumplimiento de lo dispuesto en las leyes vigentes sobre protección de datos de carácter personal, en particular a lo recogido en:
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.
Cualquier comunicación o publicación de los trabajos sin previa autorización expresa por escrito de GALASA podrá ser causa de resolución del contrato en caso de estar vigente con pérdida de la garantía depositada así como, en cualquier caso, esté o no vigente el contrato, dar lugar a las acciones legales que GALASA pudiera emprender para resarcir aquellos daños o perjuicios causados por la divulgación, o uso de la información fuera del ámbito y alcance del contrato.
Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el contrato son de carácter indefinido.
5.5 Documentación e información.
La documentación referida al presente procedimiento de licitación se publicará en el Perfil del Contratante de la página web de GALASA (xxx.xxxxxx.xx).
Para cualquier otra información o aclaración contacte con la Unidad de Secretariado del Área de Administración en el teléfono 000000000
Vera (Almería), 10 de Enero de 2017
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Jefe del Área de Administración
ANEXO I.- CUADRO RESUMEN DE CONDICIONES
APARTADO A.- OBJETO DEL CONTRATO | |||
A.1.- Objeto | Apoyo al Mantenimiento de las Redes de Abastecimiento y Saneamiento y de trabajos de Albañilería para GALASA | ||
A.2.- Procedimiento | Abierto | A.3.- Tramitación | Ordinaria |
A.4.- CPV | 45231300-8 | Trabajos de Construcción de Tuberías para Agua y Aguas Residuales | A.5.- Sujeto a Regulación Armonizada: SI |
APARTADO B.- IMPORTE DE LA LICITACIÓN | |||
B.1.- Importe de la licitación por Xxxx (IVA excluido) | |||
Lote | Municipios | Importe | |
Lote 1 | Huércal-Overa, Taberno, Zurgena y Arboleas | 164.850,99 € | |
Lote 2 | Xxxxxx del Almanzora y Pulpí | 117.193,26 € | |
Xxxx 0 | Xxxxxxx x Xxxxxxxx | 243.749,56 € | |
Xxxx 0 | Xxxxx, Xxxxx, Xxx Xxxxxxxxx y Bédar | 117.560,68 € | |
Lote 5 | Carboneras | 74.080,39 € | |
Xxxx 0 | Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Urrácal, Serón, Sierro y Suflí | 72.118,83 € | |
TOTAL IMPORTE DE LA LICITACIÓN | 789.553,71 € | ||
Setecientos ochenta y nueve mil quinientos cincuenta y tres euros con setenta y un cts. (IVA excluido) | |||
B.2.- Sistema determinación precios | Componentes de la prestación. | ||
B.3.- Valor estimado del contrato | 1.597.107,42 € (Un millón quinientos noventa y siete mil ciento siete euros con cuarenta y dos cts.) IVA excluido. | ||
B.4.- Partida presupuestaria | Partida: 2.1.9 Servicios Exteriores; Epígrafe Reparaciones y Conservación, de los Presupuestos Ordinarios para los Ejercicios 2017 y 2018. | ||
B.5.- Garantías | Provisional: | No se exige. | |
Definitiva: | 5% del valor de la adjudicación (IVA excluido) |
APARTADO C.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |
C.1.- Duración del contrato | Un (1) año. |
C.2.- Prórroga. | El contrato puede ser prorrogado por un (1) año más. |
APARTADO D.- REVISIÓN DE PRECIOS | |
D.1.- Revisión de precios | No procede. |
APARTADO E.- SUBCONTRATACIÓN | |
E.1.- Subcontratación | Se estará a lo dispuesto en Artículo 1.23 del PPT. |
APARTADO F.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
El que se indique en el anuncio de licitación, que no será inferior a veintidós días desde la fecha de envío del anuncio al DOUE, plazo reducido por haber publicado anuncio previo indicativo con la anterioridad establecida en el Art. 159 del TRLCSP y ofrecerse acceso por medios electrónicos a pliegos e información complementaria. El anuncio de licitación en el BOE se publicará con una antelación mínima de quince días naturales a la fecha de finalización del plazo. Documentación publicada en el Perfil del Contratante de Galasa en la página (xxx.xxxxxx.xx) y en el Sistema de Clasificación de Proveedores de ASA (xxx.xxx-xxx.xx). |
APARTADO G.- APERTURA DE LOS SOBRES DEL PROCEDIMIENTO | ||
Sobre: | Acto: | Fecha: |
A | NO público | A la finalización del plazo de recepción de ofertas |
B | NO público | Antes de la apertura del sobre C |
C | Público | Transcurridos 15 días desde la finalización del plazo de recepción de ofertas |
APARTADO H.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN |
Consejero Delegado de GALASA. |
APARTADO I.- RESPONSABLE DEL CONTRATO |
El que designe el Órgano de Contratación. |
APARTADO J.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
No procede |
APARTADO K.- GASTOS DEL PROCEDIMIENTO |
El adjudicatario se obliga al pago de 1.500,00 € (Mil quinientos euros), IVA excluido, en concepto de gastos del procedimiento. |
APARTADO L.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA |
No procede |
APARTADO M.- EPÍGRAFE I.A.E. DEL CONTRATISTA |
507 |
ANEXO II.- CRITERIOS DE SOLVENCIA
APARTADO A SOBRE A.- Carpeta 1: Documentación General |
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA |
La citada solvencia se acreditará por el medio o los medios que se señalan a continuación: 1.- Aportando la siguiente documentación. ▪ Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe igual o superior al presupuesto de licitación. ▪ Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al presupuesto de licitación. ▪ Patrimonio neto al cierre del ultimo ejercicio económico para el que esté vencida la aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al presupuesto de licitación. 2.- Aportando Certificado de Inscripción en el Sistema de Clasificación de Proveedores (SCP) de la Asociación de Abastecimientos de Agua y Saneamientos de Andalucía (ASA), en el CPV y con el nivel de proveedor siguiente: - Nivel de Proveedor: 2 - CPV 45231300-8 3.- Aportando la documentación acreditativa, en vigor, de la clasificación empresarial como contratista de las Administraciones Públicas del licitante. De acuerdo con la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio o los criterios que se señalan. |
APARTADO B SOBRE A.- Carpeta 1: Documentación General |
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR |
D………...................con residencia en provincia de……………calle…………………………nº…..según Documento Nacional de Identidad nº………en nombre, propio o de la empresa…..................…….que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato: - Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía) y con la Seguridad Social. - En el supuesto de exigirse, declara igualmente la vigencia del Certificado de Clasificación, así como las de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. - No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios Lugar, fecha y firma del declarante |
APARTADO C SOBRE A.- Carpeta 1: Documentación General |
CERTIFICACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN INCOMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR |
D……………….con residencia en……………provincia xx xxxxx…nº…según Documento Nacional de Identidad nº… CERTIFICA Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa/sociedad/ entidad, persona alguna a la que se refiere la Ley 3/2005, de 8 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, así como que no ostenta participación superior al diez por ciento computada en la forma que regula el artículo 5 de la citada Ley. FIRMA AUTORIZADA (1) (1) La presente certificación sólo podrá ser expedida por uno de los siguientes órganos de dirección o representación competente: - Administrador/a único/a. - Administradores/as solidarios. - Administradores/as mancomunados. - Consejo de Administración: firma del Secretario/a y Vº Bº del Presidente/a. |
APARTADO D SOBRE A.- Carpeta 2: Documentación Técnica |
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL |
La citada solvencia se acreditará por los medios que se señalan a continuación: 1. Aportando la siguiente documentación: A) Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. B) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. C) El licitador aportará mediante los correspondientes Certificados de las Cías Aseguradoras que correspondan, la suscripción y vigencia de la cobertura de los riesgos que se señalan, en cada caso: ▪ Responsabilidad Civil de Explotación ▪ Responsabilidad Civil de Productos que podrá estar incluida en la póliza de Responsabilidad Civil General. ▪ Seguros obligatorios. 2. Aportando Certificado de Inscripción en el Sistema de Clasificación de Proveedores (SCP) de la Asociación de Abastecimientos de Agua y Saneamientos de Andalucía (ASA), en el CPV y con el nivel de proveedor siguiente: - Nivel de Proveedor: 2 - CPV 45231300-8 3.- Aportando la documentación acreditativa, en vigor, de la clasificación empresarial como contratista de las Administraciones Públicas del licitante. De acuerdo con la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia técnica o profesional si cumple con el criterio o los criterios que se señalan. |
ANEXO III.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
APARTADO A.- CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA O MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS, DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR | SOBRE B |
La puntuación de la oferta técnica se obtendrá como la suma de las puntuaciones de cada uno de los siguientes criterios de valoración: Cti = Ct1i + Ct2i + Ct3i + Ct4i | Máx. 60 puntos |
Ct1i : Memoria general para la prestación de los servicios. Los ofertantes presentarán una descripción organizativa del servicio, incluyendo como mínimo los siguientes aspectos: - Organización general. - Composición (número y calificación de los trabajadores) de los equipos de trabajo. - Medios técnicos complementarios a los mínimos definidos en el presente Pliego (maquinaria, vehículos, comunicaciones, etc.) de los equipos de trabajo. - Descripción de las instalaciones adscritas a la prestación del servicio. - Relación de los medios humanos y técnicos a adscribir al servicio completando los anexos correspondientes. | 0 a 25 puntos |
Ct2i: Referencias de trabajos similares. Se presentará historial de los servicios similares llevados a cabo durante los últimos diez (10) años. | 0 a 5 puntos |
Ct3i: Cobertura para trabajos de movimiento de tierra. - Dada la importancia de estos medios para una correcta y eficiente prestación del servicio, la dotación será la necesaria para atender los trabajos en el menor plazo posible desde el aviso, considerando el tiempo máximo de respuesta definida en el presente Pliego de dos horas desde el aviso hasta su presencia efectiva en el lugar de trabajo. - Atendiendo al tamaño de los lotes y al número y características de las poblaciones municipios que los componen, corresponderá a los ofertantes proponer la dotación de medios que consideren suficiente para el cumplimiento del plazo mencionado, preferentemente con medios propios o por acuerdo con una o varias empresas especializadas de la zona. Para el análisis y valoración de esta cuestión, los licitadores deberán presentar su propuesta de dotación de estos medios. - En caso de que el ofertante tenga previsto recurrir a la subcontratación de estos medios con empresas especializadas, deberá aportar firmado el correspondiente compromiso de acuerdo, el cual deberá ratificarse antes de la firma del contrato entre Galasa y el ofertante que resulte adjudicatario. - Los licitadores deberán detallar la forma en que darán cobertura a los trabajos de excavaciones y movimiento de tierras, completando los anexos correspondientes. | 0 a 10 puntos |
Ct4i Mejoras propuestas por los licitantes. - Propuestas técnicas u organizativas que supongan una mejora efectiva en la prestación del servicio de explotación de las redes de abastecimiento y saneamiento, incidiendo en aspectos tales como: ampliación de los servicios a prestar, calidad y seguridad de los trabajos realizados, control y recepción de los mismos, comunicaciones, programación y seguimiento de las ordenes de trabajo o avisos de intervención, reducción de tiempos de ejecución, documentación, etc. - Que en la relación de medios humanos aportada por el licitante se encuentren trabajadores que, al menos durante los dos últimos años, hayan desarrollado trabajos encargados por Galasa a otras empresas, y por tanto que sean conocedores de las infraestructuras objeto del contrato, así como de los procedimientos y sistemas de trabajo implantados en Galasa. | 0a 10 puntos 0 a 10 puntos |
Umbral mínimo técnico: 30 puntos |
APARTADO B.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA O MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS | SOBRE C |
La puntuación de la Oferta Económica se asignará con los siguientes criterios: | Máx. 40 puntos. |
1.- Cuando el número de ofertas a valorar esté entre 1 y 3: Para el caso de que se valoren hasta tres ofertas, la valoración económica de las mismas se atendrá a la siguiente fórmula de proporcionalidad: 40 × Oferta Más Baja P = Oferta a valorar 2.- Cuando el número de ofertas a valorar sea superior a 3: 2.1 Se asignará la máxima puntuación (40 puntos) a la oferta más baja, disminuyendo proporcionalmente desde la oferta más baja hasta la media, a la que se le otorgarán 30 puntos. 2.2 Todas las ofertas por debajo de la media se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula: Media – Oferta a valorar P = 30 + 10 Media – Oferta Más Baja 2.3 Si la oferta a valorar supera a la media de las ofertas presentadas, la valoración que se le asigne a esa oferta será el resultado de intercalar proporcionalmente desde el valor asignado a la media (30 puntos) hasta la oferta más alta, a la que se le asignará 15 puntos. Oferta a valorar - Media P = 30 - 10 Media – Oferta Más Baja En ambos casos, el número de ofertas que determinará dicho computo, se realizará teniendo en cuenta los criterios que se establecen el apartado C siguiente. |
APARTADO C.- CRITERIOS DE ACEPTACIÓN/VALORACIÓN DE LAS OFERTAS |
En cualquier caso el procedimiento se ajustará estrictamente a lo estipulado a tal efecto en la Ley 31/2007 con especial aplicación en caso necesario del artículo 82 – Ofertas anormalmente bajas, 1. Si las ofertas resultasen anormalmente bajas en relación con la prestación que se ha de ejecutar, la entidad contratante, antes de poder rechazarlas, pedirá por escrito a quienes hubieran presentado dichas ofertas las precisiones que juzgue oportunas sobre la composición de la oferta correspondiente y comprobará dicha composición teniendo en cuenta las explicaciones que le sean facilitadas, para lo cual podrá fijar un plazo de respuesta no inferior a tres días contados desde la recepción de la petición de estas explicaciones. 2. Tales precisiones podrán referirse en particular a: a) El ahorro que permita el procedimiento de fabricación de los productos, la prestación de servicios o el procedimiento de construcción. b) Las soluciones técnicas adoptadas y/o las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga el licitador para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras. c) La originalidad de los suministros, servicios u obras propuestos por el licitador. d) El respeto de las disposiciones vigentes relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo en el lugar en que se vaya a llevar a cabo la obra, el servicio o el suministro. e) La posible obtención de una ayuda estatal por parte del licitador. 3. Cuando la entidad contratante compruebe que una oferta es anormalmente baja debido a que el licitador ha obtenido una ayuda estatal, sólo podrá rechazar dicha oferta por esa única razón si consulta al licitador y éste no puede demostrar, en un plazo suficiente fijado por la entidad contratante, que tal ayuda fue concedida de forma legal. Cuando en estas circunstancias la entidad contratante rechace una oferta, informará de ello a la Comisión. Para la aplicación práctica y valoración de las ofertas que puedan considerarse inmersas en presunción de “ser anormalmente bajas o desproporcionadas” se seguirá el siguiente criterio técnico: A. Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso se considerara desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se |
procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. B. Una vez presentadas por escrito las precisiones o alegaciones establecidas en el punto 1 del artículo 82 antes mencionado en el plazo establecido, la Mesa de Contratación siguiendo su criterio y en aras a ser garante de la correcta prestación y continuidad del servicio público, podrá requerir si lo considera necesario el asesoramiento que estime oportuno, al objeto de determinar si dichas precisiones o alegaciones resultan admisibles o no. En cualquier caso deberá prevalecer el principio de prudencia para garantizar el correcto funcionamiento de un servicio básico y esencial para la ciudadanía y para el medio ambiente como es la gestión del ciclo integral del agua. |
ANEXO IV.- SOBRE A (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
APARTADO A.- Identificación exterior del sobre A.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, los siguientes datos:
SOBRE A.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y DE TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA PARA GALASA. EXPEDIENTE RDS160316. Nombre del licitador, CIF, domicilio, nº de teléfono, fax y correo-e. Nombre apellidos y firma de representante del licitador. Fecha. |
APARTADO B.- Contenido del sobre A.
En el sobre A se presentarán los siguientes documentos, preferiblemente encuadernados, y ajustándose al orden en que a continuación se citan:
1.- Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación:
1.1.- Personas jurídicas
Escrituras o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. El objeto social de la empresa deberá adecuarse al objeto del contrato, suponiendo en otro caso, su exclusión en la licitación. Los representantes o apoderados que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de una empresa presentarán poder de representación, bastanteado por la Asesoría Jurídica de GALASA.
Si se trata de poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del documento que haga sus veces.
1.2.- Personas físicas
Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del documento que haga sus veces.
1.3.- Empresas extranjeras
Las Empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea acreditarán su capacidad por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el anexo I.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las demás empresas extranjeras, justificarán esta capacidad según lo dispuesto en el artículo 55 del TRLCSP.
2.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
3.- Para empresas extranjeras, la declaración de sometimiento a la jurisdicción y tribunales españoles, renunciando al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle al licitante.
4.- Información de contacto.
Los licitadores deberán indicar una persona física de contacto, domicilio a efectos de notificaciones, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono.
5.- Justificación de estar dado de alta, y al corriente de pago, en el Impuesto de Actividades Económicas.
6.- Justificación de la solvencia financiera, económica y técnica, según lo previsto en el Anexo II.
Los documentos podrán aportarse en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
Nota Aclaratoria: Los licitadores que se encuentren inscritos en el Sistema de Clasificación de Proveedores de la Asociación de Abastecimientos y Saneamientos de Andalucía (SCP-ASA), aportando el certificado, con los semáforos en verde, emitido por el Sistema, están exentos de incluir en el sobre A la documentación requerida en apartado 1, referida a la escritura o documento de constitución; la requerida en el apartado 2, declaración responsable; y la referida al apartado 6, justificación de la solvencia financiera, económica y técnica.
En todo caso deberán incluir en el sobre el poder bastanteado de la persona que firma la proposición, así como copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del documento que haga sus veces.
ANEXO V.- SOBRE B (DOCUMENTACIÓN SOMETIDA A VALORACIÓN DEPENDIENTE DE UN JUICIO DE VALOR)
APARTADO A.- Identificación exterior del sobre B.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, los siguientes datos:
SOBRE B.- DOCUMENTACIÓN SOMETIDA A VALORACIÓN DEPENDIENTE DE UN JUICIO DE VALOR PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y DE TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA PARA GALASA.
EXPEDIENTE RDS160316.
Nombre del licitador, CIF, domicilio, nº de teléfono, fax y correo-e. Nombre apellidos y firma de representante del licitador. Fecha.
APARTADO B.- Contenido del sobre B.
La oferta técnica incluirá, al menos, los siguientes apartados documentos y muestras:
1. Memoria general para la prestación de los servicios.
Los licitantes presentarán una descripción organizativa del servicio, incluyendo como mínimo los siguientes aspectos:
- Organización general.
- Composición (número y calificación de los trabajadores) de los equipos de trabajo.
- Medios técnicos complementarios a los mínimos definidos en el presente Pliego (maquinaria, vehículos, comunicaciones, etc.) de los equipos de trabajo.
- Descripción de las instalaciones adscritas a la prestación del servicio.
- Relación de los medios humanos y técnicos a adscribir al servicio completando los anexos correspondientes.
2. Referencias de trabajos similares.
- Se presentará historial de los servicios similares llevados a cabo durante los últimos diez (10) años.
3. Cobertura para trabajos de movimiento de tierra.
- Dada la importancia de estos medios para una correcta y eficiente prestación del servicio, la dotación será la necesaria para atender los trabajos en el menor plazo posible desde el aviso, considerando el tiempo máximo de respuesta definida en el presente Pliego de dos horas desde el aviso hasta su presencia efectiva en el lugar de trabajo.
- Atendiendo al tamaño de los lotes y al número y características de las poblaciones municipios que los componen, corresponderá a los ofertantes proponer la dotación de medios que consideren suficiente para el cumplimiento del plazo mencionado, preferentemente con medios propios o por acuerdo con una o varias empresas especializadas de la zona. Para el análisis y valoración de esta cuestión, los licitadores deberán presentar su propuesta de dotación de estos medios.
- En caso de que el ofertante tenga previsto recurrir a la subcontratación de estos medios con empresas especializadas, deberá aportar firmado el correspondiente compromiso de acuerdo, el cual deberá ratificarse antes de la firma del contrato entre Galasa y el ofertante que resulte adjudicatario.
- Los licitadores deberán detallar la forma en que darán cobertura a los trabajos de excavaciones y movimiento de tierras, completando los anexos correspondientes.
4. Mejoras ofertadas por el licitante.
- Propuestas técnicas u organizativas que supongan una mejora efectiva en la prestación del servicio de explotación de las redes de abastecimiento y saneamiento, incidiendo en aspectos tales como: ampliación de los servicios a prestar, calidad y seguridad de los trabajos realizados, control y recepción de los mismos, comunicaciones, programación y seguimiento de las ordenes de trabajo o avisos de intervención, reducción de tiempos de ejecución, documentación, etc.
ANEXO VI.- SOBRE C (PROPUESTA ECONÓMICA)
APARTADO A.- Identificación exterior del sobre C.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, los siguientes datos:
SOBRE C.- DOCUMENTACIÓN SOMETIDA A VALORACIÓN DE CRITERIOS EVALUABLES DEFORMA AUTOMÁTICA O MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS, PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y DE TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA PARA GALASA. EXPEDIENTE RDS160316. Nombre del licitador, CIF, domicilio, nº de teléfono, fax y correo-e. Nombre apellidos y firma de representante del licitador. Fecha. |
APARTADO B.- Contenido del sobre C. 1.-Proposición económica.
Cada licitador presentará una sola proposición económica formulada, estrictamente, conforme al
modelo siguiente, habiendo de cumplimentarse todos los documentos que lo integran. La Mesa de Contratación excluirá las ofertas que no cumplan estrictamente con el modelo de oferta económica dispuesto en los pliegos.
Se deberá presentar oferta económica, conforme el siguiente modelo:
D............................................................,con N.I.F. núm.:................................, domiciliado en
............................., calle....................................., núm.: ........., en calidad de , de la sociedad
.............................................................., con N.I.F. núm.: ............................................., domiciliada en
................................, calle ................................., núm ......................., conforme acredito con poder
bastanteado,
EXPONE:
A.- Que reúne los requisitos requeridos para participar en la licitación, mediante procedimiento abierto, del contrato de Apoyo al Mantenimiento de las Redes de Abastecimiento y Saneamiento y de Trabajos de Albañilería para GALASA. Expediente RDS160316.
B.- Que conoce los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, así como todos los documentos que sirven de base a la convocatoria.
C.- Que acepta incondicionalmente sus cláusulas y se compromete en nombre de
.............................................................., a tomar a su cargo, el/los Lote(s) que se indican en el siguiente apartado, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones de los pliegos.
D.- Lotes que toma a su cargo el licitante que realiza la propuesta:
Lote núm. | Importe (en cifras) | Importe (en letra) |
*Insertar una fila por cada lote que se licita.
De resultar adjudicatario, la diferencia en tanto por ciento respecto al precio de licitación, será el porcentaje de baja o descuento a aplicar en las certificaciones del servicio, emitidas a partir de las relaciones valoradas de los trabajos efectivamente realizados, obtenidas por aplicación de los precios unitarios estipulados en el Anexo I, Medición y Precios, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas a las mediciones correspondientes.
La previsión de mediciones señalada en el Anexo I, Medición y Precios, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas tiene carácter meramente orientativo, no suponiendo compromiso cierto alguno en cuanto a la ejecución del contrato, viniendo determinada la cuantía de éste por las necesidades de GALASA durante su vigencia y la aplicación del procedimiento de certificación establecido en el citado Pliego.
Fecha, firma y sello del proponente.
ANEXO VII.- MODELO DE AVAL
La ( – *** Entidad bancaria - ), Sociedad ... *** , y en su nombre y representación, D. .. ****** , Apoderado General, con poderes suficientes para obligarse en este acto, según resulta de escritura de poder formalizada en fecha ** de *** 200** ante el Notario de *** , Don .. ***** .... , al número *** de su protocolo.
A V A L A
A (Adjudicatario**** )............................................................, con N.I.F.............................., ante la entidad GESTIÓN DE AGUAS DEL LEVANTE ALMERIENSE, XX. (GALASA), con C.I.F.
A04107272,.hasta el límite máximo de XXXX,00 € .- (XXXXXX EUROS), en concepto de:
Garantía (provisional/definitiva) para tomar parte en la licitación del contrato de Apoyo al Mantenimiento de las Redes de Abastecimiento y Saneamiento y de Trabajos de Albañilería para GALASA. Expediente RDS160316.
El presente aval tiene carácter solidario y se presta con expresa renuncia a los beneficios de excusión división y orden. El aval se entiende prestado a primer requerimiento, de tal forma que la entidad ( **** Caja o banco avalista) efectuará el pago, independientemente de la legitimidad de la deuda, cuando recibiere notificación fehaciente a tal efecto acompañada de certificación de deuda expedida por el titular o representante legal de la entidad ante la que se presta la garantía, y una vez examinados los requisitos formales de la reclamación, mediante transferencia bancaria en la cuenta que sea indicada, hasta una cantidad máxima igual a la garantizada.
La entidad o persona ante la que se presta la garantía se obliga a devolver, al recibo en metálico de la cantidad solicitada, el documento original de aval.
El presente aval permanecerá en vigor, en caso de garantía provisional, desde la fecha del documento hasta 30 días posteriores a la finalización del proceso de licitación y adjudicación del contrato del que trae cuenta el presente documento. En caso de garantía definitiva, hasta 150 días después de la finalización del contrato adjudicado.
No será admitida reclamación judicial o extrajudicial alguna con posterioridad a la fecha de vigencia del presente Aval.
En el supuesto de reclamación parcial de la cantidad garantizada, el presente aval quedará resuelto de pleno derecho, a excepción de las operaciones que se encontraren en trámite, y sin que en ningún caso la suma de las reclamaciones de pago que se efectúen a la entidad que presta la garantía pueda superar la cantidad máxima garantizada.
El presente aval ha sido inscrito, en el Registro Especial de Avales de la Entidad con el número..................
(Lugar, fecha y firma de la entidad avalista)
ANEXO VIII.- MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS EN EL
MISMO GRUPO.
D , con D.N.I. nº , en representación de la empresa, con domicilio en
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que en cumplimiento del Artículo 86 del R.D. 1098/2001 de 12 de Octubre (RGLCAP) y para el Contrato (NOMBRE Y NÚMERO DEL EXPEDIENTE) ,
la empresa que representa , pertenece al GRUPO al encontrarse en alguno de los supuestos definidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio y Art. 136 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
I. Que en aplicación de la normativa legal vigente, otras empresas del Grupo, pueden optar por presentar ofertas para concurrir, de forma individual, a la adjudicación del contrato.
En cumplimiento de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del referido artículo 86, se relacionan a continuación las empresas vinculadas en el citado Grupo :
(Fecha y firma)