TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
CONTRATO POR LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. CONTRATO NO. TEEH/A/ LP- 02/2023
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE MATERIAL DE LIMPIEZA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL “TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA MTRA. XXXXX DE LA XXX XXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA CONTRATANTE”, Y POR LA OTRA LA EMPRESA “GRUPO MARPA IT, S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- “LA CONTRATANTE” DECLARA:
I.1. QUE, CONFORME A LA REFORMA POLÍTICA-ELECTORAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, DECRETO 398 DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DE 2014, SE DIO LA DESINCORPORACIÓN DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, QUEDANDO ESTE TRIBUNAL ELECTORAL COMO ORGANISMO PÚBLICO AUTÓNOMO, DE CARÁCTER PERMANENTE, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIOS PROPIOS.
I.2. QUE CONFORME A LAS FACULTADES DE AUTONOMÍA DEL TRIBUNAL ELECTORAL, LA REPRESENTACIÓN DE LA CONTRATANTE, SE EFECTÚA EN ESTE ACTO POR PARTE DE LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL MTRA. XXXXX DE LA XXX XXXXX XXXXXX, DE ACUERDO A LAS ATRIBUCIONES ESTABLECIDAS POR EL ARTICULO 40 FRACCIONES IV, XVIII, XIX DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, EN DÓNDE SE LE OTORGARON LAS FACULTADES ADMINISTRATIVAS SUFICIENTES PARA LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS O MODIFICADAS.
I.3. QUE DISPONE DE CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y JURÍDICA SUFICIENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO.
I.4. QUE CUENTA CON LOS RECURSOS SUFICIENTES PARA CUBRIR EL IMPORTE DEL PRESENTE CONTRATO, SEGÚN PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO 2022. DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES,
I.5. QUE ES DE SU INTERÉS SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO CON “EL PROVEEDOR”.
I.6. QUE PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN CARRETERA FEDERAL MEXICO- PACHUCA KM 84.5 SECTOR PRIMARIO, CODIGO POSTAL 42082, EN LA CIUDAD XX XXXXXXX, ESTADO XX XXXXXXX Y CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES TEE1501019Q1.
II.- DE “EL PROVEEDOR”:
II.1 ES UNA PERSONA MORAL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SEGÚN CONSTA EN ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 92,505 NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DOS, DE FECHA 14 CATORCE XX XXXX DE 2018 DOS MIL DIECIOCHO, PASADA ANTE LA FE DEL LICENCIADO XXXXXX XXXXXXX XXX, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE XXXXXXX XX XXXX, HIDALGO, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, BAJO EL FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO NÚMERO 90 NOVENTA DE FECHA 17 DIECISIETE XX XXXX DE 2018 DOS MIL DIECIOCHO.
II.2. DE ACUERDO CON LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 88,647 OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE DE FECHA 10 DIEZ DE JULIO DE 2015 DOS MIL QUINCE, PASADA ANTE LA FE DEL LICENCIADO XXXXXX XXXXXXX XXX, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE XXXXXXX XX XXXX, HIDALGO, LE FUERON OTORGADOS A LA C. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX FACULTADES PARA REALIZACIÓN DE PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y LITIGIO LABORAL, POR LO QUE SE DESPRENDE LA FACULTAD PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
II.3. QUE CUENTA CON PERSONALIDAD JURÍDICA PARA CELEBRAR ESTE CONTRATO Y OBLIGARSE DE ACUERDO CON SUS ESTIPULACIONES, Y DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO XX XXXXXXX.
II.4 QUE TIENE LA EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA PARA OBLIGARSE AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO.
II.5 QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE REGISTRADO ANTE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y SU RFC ES IMP871216310, EL CUAL SE ENCUENTRA VIGENTE.
II.6 QUE CONOCE LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO XX XXXXXXX, ASÍ COMO EL CONTENIDO DE LAS NORMAS Y DISPOSICIONES VIGENTE RESPECTO DE LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO.
II.7 QUE ES SU DESEO CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO POR ASÍ CONVENIR A SUS INTERESES.
II.8 QUE PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN XXXXX DE LA ESPERANZA NÚMERO 101, FRACCIONAMIENTO XXXXX DE SAN XXXXXX, XXXXXXX XX XXXX, HIDALGO, C.P. 42086.
III.- DE “LAS PARTES”:
III.1.- QUE RECONOCEN PLENAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE COMPARECEN EN LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE ACTO JURÍDICO Y ENTERADAS DE LAS DECLARACIONES ANTERIORMENTE EXPUESTAS, CELEBRAN EL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. - “EL PROVEEDOR”, SE OBLIGA A SUMINISTRAR A “LA CONTRATANTE” MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS, TAL COMO SE DESCRIBEN EN EL ANEXO NUMERO 1, DOCUMENTO QUE COMO ANEXO AL PRESENTE CONTRATO FORMARÁ PARTE INTEGRAL DEL MISMO.
SEGUNDA.- MODO DE ADJUDICACIÓN. - SE ASIGNA LA ADJUDICACIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, POR HABER SIDO ASÍ DETERMINADO EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL TEEH-LP-04-2023.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: “LAS PARTES” CONVIENEN QUE DE CONFORMIDAD CON LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, LA MODALIDAD DE ADQUISICIÓN SERÁ MEDIANTE CONTRATO ABIERTO, HACIÉNDOSE CONSTAR QUE EL MONTO DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ POR UN MONTO MÍNIMO DE $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) Y UN MONTO MÁXIMO DE $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) IVA INCLUIDO.
NO SE SOBREPASARÁ EL IMPORTE MÁXIMO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, SALVO QUE EXISTA CONVENIO MODIFICATORIO CELEBRADO POR “LAS PARTES”; PARA TAL EFECTO. CUALQUIER SUMINISTRO EN EXCESO AL SOLICITADO, SE CONSIDERARÁ POR CUENTA Y RIESGO DE “EL PROVEEDOR”.
CUARTA.- CONDICIONES DE ENTREGA. LOS BIENES MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO SERÁN REQUERIDOS POR PARTE DE “LA CONTRATANTE” CONFORME A LOS REQUERIMIENTOS MISMOS QUE SE HARÁN DEL CONOCIMIENTO DE “EL PROVEEDOR” MEDIANTE OFICIO FIRMADO POR PARTE DEL ENCARGADO DE RECURSOS MATERIALES
LOS BIENES REQUERIDOS DE CONFORMIDAD AL PÁRRAFO ANTERIOR LOS DEBERÁ DE ENTREGAR “EL PROVEEDOR” EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA “LA CONTRATANTE” SITIO EN CARRETERA FEDERAL MEXICO- PACHUCA KM 84.5 SECTOR PRIMARIO, CODIGO POSTAL 42082, EN LA CIUDAD XX XXXXXXX, ESTADO XX XXXXXXX EN UN PLAZO NO MAYOR A TRES DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE QUE AMPARE LOS CONCEPTOS QUE ENTREGA.
QUINTA.- FORMA DE PAGO: “LAS PARTES” ACUERDAN QUE EL PAGO DE CADA FACTURA QUE EXHIBA “EL PROVEEDOR” SE REALIZARÁ EN UNA EXHIBICIÓN EN UN PLAZO NO MAYOR A CINCO DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA ENTREGA DE CADA FACTURA.
SEXTA.- “LAS PARTES” CONVIENEN QUE EL IMPORTE MÍNIMO Y MÁXIMO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA TERCERA, SERÁ FIRME Y PERMANECERÁ VIGENTE DURANTE LA DURACIÓN DEL CONTRATO.
SÉPTIMA.- PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO “LA CONTRATANTE” REALIZARÁ UNA REVISIÓN FÍSICA DE LOS BIENES ADQUIRIDOS. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REPONER A “LA CONTRATANTE”, EL 100% DE LOS BIENES DEVUELTOS POR FALLAS DE CALIDAD O POR NO CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS.
OCTAVA.- EN EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO ENTREGUE A “LA CONTRATANTE” EL BIEN EN LA FECHA PACTADA, ÉSTE APLICARÁ A “EL PROVEEDOR” COMO PENA CONVENCIONAL, EL PAGO DEL TRES AL MILLAR SOBRE EL PRECIO DE LOS BIENES POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO QUE TRANSCURRA, DESDE LA FECHA FIJADA PARA SU ENTREGA O HASTA LA ENTERA SATISFACCIÓN DE “LA CONTRATANTE”, DICHA PENA CONVENCIONAL LA HARÁ EFECTIVA EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE “LA CONTRATANTE”, PODRÁ OPTAR POR EXIGIR EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO O LA RESCISIÓN DEL CONTRATO.
NOVENA. - “EL PROVEEDOR” ESTA CONFORME EN QUE SÓLO PODRÁ SER RELEVADO DEL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL, CUANDO DEMUESTRE SATISFACTORIAMENTE A “LA CONTRATANTE”, QUE NO LE FUE POSIBLE REALIZAR OPORTUNAMENTE EL SUMINISTRO DE LOS BIENES SEÑALADOS, POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR.
DÉCIMA.- RESPONSABILIDADES DE “EL PROVEEDOR”.- “EL PROVEEDOR” SERÁ EL RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERA CAUSAR A “LA CONTRATANTE” O A TERCERAS PERSONAS POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA, POR NO AJUSTARSE A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO, O POR VIOLACIÓN A LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES EN LA MATERIA Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL, ASÍ COMO A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS, EN CUYO CASO “EL PROVEEDOR” REPONDRÁ EL BIEN DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA CLAUSULA OCTAVA DE ESTE INSTRUMENTO.
"EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A NO CEDER A TERCERAS PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, ASÍ COMO LOS DERECHOS DE COBRO SOBRE LOS BIENES QUE AMPARAN ESTE CONTRATO, SIN PREVIA APROBACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “LA CONTRATANTE”.
DÉCIMA PRIMERA. - DE LAS RELACIONES LABORALES: “EL PROVEEDOR” COMO EMPRESARIO Y PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE CON MOTIVO DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
“EL PROVEEDOR” CONVIENE POR LO MISMO, EN RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTARAN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE "LA CONTRATANTE" EN RELACIÓN A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO. EN TAL RAZÓN EN NINGÚN CASO SERÁN CONSIDERADOS COMO PATRONES SOLIDARIOS O SUBSTITUTOS.
DÉCIMA SEGUNDA.- VIGENCIA: LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO Y HASTA EL 31 TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE 2023 DOS MIL VEINTITRÉS.
DÉCIMA TERCERA. - RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO: "LA CONTRATANTE" PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE INSTRUMENTO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, ADEMÁS DE QUE SE APLICARÁN A “EL PROVEEDOR” LAS PENAS CONVENCIONALES PACTADAS EN ESTE CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR.
DÉCIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL: “LA CONTRATANTE” PODRÁ SUSPENDER TEMPORALMENTE EN TODO O EN PARTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA POR CAUSAS JUSTIFICADAS, INFORMANDO A “EL PROVEEDOR” CON CINCO DÍAS DE ANTICIPACIÓN LAS CAUSAS QUE ORIGINARON ESTE SUPUESTO.
EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ CONTINUAR PRODUCIENDO TODOS SUS EFECTOS LEGALES, UNA VEZ QUE HAYAN DESAPARECIDO LAS CAUSAS QUE MOTIVARON DICHA SUSPENSIÓN.
DÉCIMA QUINTA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA: “LA CONTRATANTE”, PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL QUE LE IMPIDAN LA CONTINUACIÓN DE LAS RELACIONES CONTRACTUALES Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON LAS
CONDICIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA UN DAÑO O PERJUICIO GRAVE A “LA CONTRATANTE”, O BIEN NO SEA POSIBLE DETERMINAR LA TEMPORALIDAD DE LA SUSPENSIÓN, DANDO AVISO DE ELLO POR ESCRITO CON 5 CINCO DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA SEXTA. - “LAS PARTES” ACEPTAN QUE EN EL PRESENTE CONTRATO NO EXISTE DOLO, LESIÓN, MALA FE, NI OTRO VICIO DE CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO Y QUE HAN EXPUESTO LIBREMENTE SU VOLUNTAD POR ASÍ CONVENIR A SUS INTERESES.
DÉCIMA SÉPTIMA.- JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES: PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTE EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, “LAS PARTES” SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES ESTATALES UBICADOS EN ESTA CIUDAD, RENUNCIANDO AL QUE PUDIERA CORRESPONDERLES POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE, FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO DE LICITACIÓN PÚBLICA POR “LAS PARTES” Y PERFECTAMENTE ENTERADAS DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE TODAS Y CADA UNA DE SUS CLÁUSULAS, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE XXXXXXX XX XXXX, A LOS 28 VEINTIOCHO DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO 2023.
MTRA. XXXXX DE LA XXX XXXXX XXXXXX
Rúbrica
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX
C. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Rúbrica
GRUPO MARPA IT S.A. DE C.V.
TESTIGO
LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Rúbrica
ENCARGADO DE RECURSOS MATERIALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX
LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE MATERIALES Y UTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL “TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO XX XXXXXXX”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA MTRA. XXXXX DE LA XXX XXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL, Y POR LA OTRA GRUPO MARPA IT S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR LA C. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX.
ANEXO 1
DESCRIPCIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS SOLICITADOS
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS | ||
CONCEPTO | PRECIO SIN IVA | |
1 | BOTELLA EPSON MODELO T544 NEGRO | $166.00 |
2 | BOTELLA EPSON MODELO T544 CYAN | $166.00 |
3 | BOTELLA EPSON MODELO T544 MAGENTA | $166.00 |
4 | BOTELLA EPSON MODELO T544 AMARILLO | $166.00 |
5 | BOTELLA EPSON MODELO T504 NEGRO | $214.00 |
6 | BOTELLA EPSON MODELO T504 AMARILLO | $166.00 |
7 | BOTELLA EPSON MODELO T504 CYAN | $166.00 |
8 | BOTELLA EPSON MODELO T504 MAGENTA | $166.00 |
9 | BOTELLA EPSON MODELO 664 NEGRO | $160.00 |
10 | BOTELLA EPSON MODELO 664 CYAN | $160.00 |
11 | BOTELLA EPSON MODELO 664 MAGENTA | $160.00 |
12 | BOTELLA EPSON MODELO 664 AMARILLO | $160.00 |
13 | BOLSA DE TINTA EPSON T942 NEGRO | $1,023.00 |
14 | BOLSA DE TINTA EPSON T941 AMARILLO | $1,000.00 |
15 | BOLSA DE TINTA EPSON T941 MAGENTA | $1,000.00 |
16 | BOLSA DE TINTA EPSON T941 CYAN | $1,000.00 |
17 | CARTUCHO EPSON T0821, NEGRO | $408.00 |
18 | CARTUCHO EPSON T0822, CYAN | $408.00 |
19 | CARTUCHO EPSON T0823, MAGENTA | $408.00 |
20 | CARTUCHO EPSON T0824, AMARILLO | $408.00 |
21 | CARTUCHO EPSON T0825, LIGHT CYAN | $408.00 |
22 | CARTUCHO EPSON T0822, LIGHT MAGENTA | $408.00 |
23 | CARTUCHO HP 98, NEGRO | $830.00 |
24 | CARTUCHO HP 95, COLOR CMY | $1,007.00 |
25 | TONER KYOCERA TK-162 | $1,428.00 |
26 | TONER KYOCERA TK-6707 | $6,360.00 |
27 | TONER KYOCERA TK-1147 | $1,680.00 |
28 | TONER HP 87X | $7,407.00 |