CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
ENTRE
ACCION CONTRA EL HAMBRE en adelante referido como “Acción Contra el Hambre” o “el ARRENDATARIO” representado por XXX, Titulo (el representante será el Director de País en el caso de un contrato firmado en nombre de la Acción Contra el Hambre, por un importe superior a 50 000 €)
Y
Don XXXX, con residencia en ([Dirección del Arrendatario)
Referido en adelante como “PROPIETARIO” o “ARRENDADOR
Ambas partes acuerdan por consiguiente las siguientes condiciones
1 – Alcance del Contrato:
El presente contrato define los términos y condiciones del arrendamiento del inmueble localizado en Dirección, para su uso como oficina / residencia de Acción Contra el Hambre.
El arrendamiento se aplica al inmueble entero, incluyendo los pisos superiores del edificio principal y…detallar
El Arrendador garantiza que el inmueble arrendado es de su propiedad y se compromete a facilitar a Acción Contra el Hambre la documentación necesaria que prueba su propiedad.
O El Arrendador no es el Propietario del inmueble pero es representante legal del Propietario a la hora de tramitar y firmar el contrato de arrendamiento y se compromete a facilitar a Acción Contra el Hambre la documentación necesaria para probar su representación.
2 –Inventario y Estado de conservación
El inmueble se encuentra en buenas condiciones y en buen estado en cuanto a reparaciones.
Ambas partes han cumplimentado conjuntamente un inventario detallado y una declaración del estado de la propiedad que se adjuntan como apéndice al presente contrato de Arrendamiento.
Esta declaración se utlizara al final del periodo de Arrendamiento como base para el inventario.
3 – Periodo del Contrato
Acción contra el Hambre alquilara la propiedad completa por un periodo de doce (12) meses comenzando el 1 de Enero del 2011 hasta el 31 de Diciembre, 2011. El alquiler de las instalaciones incluye también el alquiler y uso de los objetos listados en el inventario.
Al vencimiento, el Contrato de Arrendamiento se podrá renovar bajo los mismos términos y condiciones, acordándolo ambas partes por escrito y firmando una enmienda de extensión al contrato.
4 –Fianza, Renta y Pago
4.1 – Fianza
Acción Contra el Hambre hará una fianza de Moneda + Cantidad en Letras (Cantidad en Cifras) a la firma del Contrato. Dicha fianza se utilizara para retener cualquier cantidad debida por Accion Contra el Hambre al final del contrato. Si Accion Contra el Hambre no debiese ninguna cantidad para hacer frente a posibles reparaciones, entonces el propietario se compromote a devolver el dinero a Acción Contra el Hambre dentro del mes siguiente (1) a que Acción Contra el Hambre haya abandonado las instalaciones.
4.2 – Renta Anual
Acción Contra el Hambre pagara una renta total anual al propietario de mil quinientos dolares (US $ 1,500), IVA incluido / excluido por los edificios y servicios listados en este documento.
La renta se pagara en la moneda local a la tasa de cambio xxx Xxxxxxx o en Moneda US$.
Especificar si el primer mes es a prorrata, en el caso de que la mudanza se acuerde después del 1er dia del mes (por ejemplo: la primera renta será ¾ de la renta mensual habitual, USD xxx, debido a que la mudanza se planea el 7º día del mes)
El precio de esta renta es efectivo desde la fecha de la firma y será firme durante el término total del Contrato.
Así mismo, el precio incluye todos los impuestos y gastos aplicables,
Cualquier otro impuesto, carga o gasto que pudieran imponerse por las Autoridades en la mencionada propiedad e instalaciones será pagado por el propietario.
4.3 - Pago
La renta se pagara no después xxx xxxxxx (5) día de mes en curso mediante transferencia bancaria/ cheque.
5 – Mantenimiento, Gastos de Comunidad & Limpieza
5.1 – Reparaciones y Mantenimiento
5.1.1 – Reparaciones pagadas por el Propietario:
Cualquier reparación estructural de relevancia con independencia del coste – tal y como fontanería o cableado eléctrico, desperfectos o malfuncionamiento del sistema de saneamiento, defectos importantes o grietas en las paredes, goteras en el tejado, reparaciones de las puertas, tablas del suelo, azulejos, grifos y cualquier otra reparación de la estructura – deberá ser asumida por el propietario y a su propio coste.
La pintura exterior también será responsabilidad del arrendador.
Se acuerda expresamente que el propietario será responsable del mantenimiento principal. Bajo determinadas circunstancias, el arrendatario podra realizar reparaciones con el consentimiento por escrito del arrendador y el arrendatario asumirá el coste incurrido y lo descontara de los próximos pagos de la renta.
Cuando el arrendador no lleve a cabo las reparaciones en los siguientes quince (15) días naturales desde la notificación, el arrendatario se reserva el derecho a deducir el coste de las reparaciones de la renta y repararlo por su cuenta, sin el consentimiento anterior por escrito del arrendador.
Así mismo para cualquier reparación importante, el arrendador se compromete a llevar a cabo las reparaciones en las siguientes cuarenta y ocho (48) horas.
El propietario es responsable de las reparaciones de cualquier daño causado por un desastre natural.
5.1.2 – Reparaciones pagadas por Acción Contra el Hambre:
Las reparaciones del dia a dia como fusibles, goteras de los grifos y otras reparaciones menores se llevaran a cabo por el Arrendatario a su propio coste.
El arrendatario será responsable de todos los daños originados resultado de las falta de cuidado adecuado y/o acto de negligencia.
5.1.3 – Accesorios:
El arrendatario no puede llevar a cabo alteraciones principales o cambios estructurales sin el previo consentimiento por escrito del arrendador. Las reformas del inmueble que se consideren necesarias o ventajosas por el arrendatario, acordadas entre el arrendatario y el arrendador para mejora del inmueble y permanentes, se llevaran a cabo x xxxxx del arrendador.
Sin perjuicio de lo aquí mencionado, el arrendatario tendrá la libertad, a su propio coste, de instalar aparatos de aire acondicionado y aquellos enseres y accesorios que considere necesarios en las mencionadas instalaciones. Así mismo se acuerda que al vencimiento o terminación anticipada de este contrato de alquiler, el arrendatario tendrá libertad de retirar dichos aparatos, enseres y accesorios tal y como estaban instalados en las instalaciones y reparar las zonas afectadas para dejarlas en el mismo estado en el que estaban en el momento de ejecución de este alquiler.
5.2 – Acceso al inmueble
El arrendatario deberá permitir al arrendador, o al agente del arrendador o representante debidamente acreditado, la entrada en el mencionado inmueble para inspeccionar y llevar a cabo las reparaciones, etc. en momentos adecuados y cuando sea necesario, sujeto a notificación previa y al consentimiento del arrendatario.
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5.3 – Suministros
Especificar si el agua y/o la electricidad estan incluidos en la renta
EJEMPLO 1: Las instalaciones se alquilan con suministro de agua incluido en el precio, si este suministro de agua dejase de existir, por ejemplo, el pozo se seca, el arrendador suministrara al arrendatario una suministro alternativo de igual calidad de agua y a coste del arrendador, asi mismo el arrendandor se hara cargo del coste de manteninmiento xxx xxxx y asesoramiento técnico del arrendatario.
EJEMPLO 2: El arrendador [O el Propietario] asumira todos los gastos relacionados con los suministros tales como, agua, luz, telefono y triturador de basuras durante el periodo del contrato.
Se acuerda expresamente que Accion Contra el Hambre no pagara las facturas de previos usuarios de los suministros. Acción Contra el Hambre y el Propietario leerán los distintos contadores (agua, gas y electricidad) conjuntamente y anotaran las lecturas en el Apendice A. El Propietario es responsable de liquidar cualquier cantidad reclamada por las companias de suministro de lecturas anteriores.
5.4 – Limpieza:
La limpieza del edificio es en su totalidad responsabilidad del propietario, y el propietario debe proporcionar una persona de la limpieza para asegurarse de ello. Si en cualquier momento Acción Contra el Hambre considera que esta tarea no esta siendo llevada a cabo, Acción Contra el Hambre tiene el derecho a terminar el contrato de inmediato, sin proceder a posteriores pagos, si el Propietario no toma de inmediato las acciones apropiadas.
O El trabajo de limpieza y mantenimiento, necesario para el disfrute de las instalaciones arrendadas, sera responsabilidad del Arrendatario.
5.6 – Seguridad:
La seguridad de la propiedad estará bajo la entera responsabilidad del propietario.
El recinto esta equipado con una puerta adecuada y verja, alarma electrónica y cámaras de vigilancia (Actualizar si se requiere). El propietario es responsable de mantener el equipo de seguridad en buenas condiciones y se compromete a reparar cualquier averia notificada por Accion Contra el Hambre dentro de las veinticutrao (24) horas siguientes a la notificación
Asi mismo, la propiedad se proviste de guarda de seguridad y este se pagara por el propietario. El coste del guarda se incluye en la renta mensual. . Mantener Aplicable.
Si en cualquier momento Acción Contra el Hambre considera que la seguridad de la propiedad es insuficiente o surgieran problemas en su gestión, Acción Contra el Hambre tiene el derecho de supender el contrato de inmediato sin hacer posteriores pagos si el propietario no lleva a cabo acción inmediata y apropiada.
6 – Seguro
Actualizar la siguiente sección en función de lo que sea costumbre en vuestra misión y tras acuerdo con el Propietario:
El Propietario deberá hacerse cargo del seguro de incendios y danios del edificio y las instalaciones arrendadas en las cantidades que el Propietario considere oportuno
Accion Contra el Hambre sera responsible, a su propio coste, del seguro de incendio y danios de los bienes personales situados en las instalaciones arrendadas.
El Propietario y Accion Contra el Hambre deberan, cada uno a su propio coste, contratar un poliza que incluya seguro de responsabilidad de explotación con respecto a las respectivas actividades que lleve a cabo cada uno en el edificio.
Cada parte deberá facilitar a la otra los Certificados de Seguro correspondientes.
7 – Terminacion del contrato
Se acuerda mutuamente por ambas partes:
Al vencimiento (o terminación) del contrato, el arrendatario deberá devolver el inmueble y los accesorios al arrendador en buenas condiciones tal y como estuvieran en el momento de ocupacion del inmueble, exceptuando el deterioro normal por el uso.
Si se require reparacion de otros danios que no sean por el deterioro normal por el uso, el propietario es responsible de conseguir presupuestos pero Accion Contra el Hambrese reserve el derecho de obtener presupuestos comparatives por su cuenta.
El pago de dichas reparaciones será resarcido directamente por Accion Contra el Hambre, o deducido del deposito pagado al inicio del contrato.
En el caso de que el arrendatario desee continuar con el aquiler, el propietario debera raparar a su coste el deterioro normal por el uso resultado de fuerza mayor como se menciona mas arriba y restaurar a su estado inicial con sujeccion al pago de la renta por anticipado.
8 – Terminacion
8.1 - Terminacion por conveniencia:
La terminación de este Contrato de Arrendamiento se puede llevar a cabo en cualquier momento, sin causa, por cualquiera de las partes enviando una notificación por escrito con prueba de entrega, y un minimo aviso de treinta (30) días naturales.
8.2 - Terminacion por incumplimiento:
Cualquiera de las partes puede terminar el contrato de arrendamiento sin conpensacion si la otra parte incumple cualquier condición material del contrato y no cumple dentro de los treinta (30) dias posteriores al aviso por escrito.
Incumplimiento del Arrendador incluye la falta de mantenimiento del edificio y sus instalaciones a un nivel minimamente aceptable.
Incumplimiento por Acción Contra el Hambre incluye no pagar el alquiler a tiempo.
8.3 - Terminacion por Causa:
Teniendo en consideración las actividades de Accion Contra el Hambre, determinadas situaciones podrían forzar a Acción Contra el Hambre a suspender sus programas con muy poco tiempo de aviso. Estos casos podrían inlcuir:
-El secuestro o asesinato de cualquier empleado de Acción Contra el Hambre (local o expatriado).
- Una amenaza o intento de llevar acabo lo mencionado más arriba.
- Inseguridad general en Pais/ nombre de la ciudad que impida a los empleados de Acción Contra el Hambre (locales o expatriados) desempeniar su actividad normal, o fuerce al equipo de Acción Contra el Hambre a evacuar.
En dichos casos, Acción Contra el Hambre puede decidir en cualquier momento abandonar la oficina, sin ninguna compensacion al propietario en absoluto, con un simple aviso por escrito.
Asi mismo, los programas de Accion Contra el Hambre suelen están financiados por donantes. Acción Contra el Hambre puede decidir en cualquier momento suspender el alquiler de su oficina sin compensación en el caso de que los donantes que financiaban el programa de Acción Contra el Hambre decidieran interrumpir la financiación.
8.4 - Terminacion por Fuerza Mayor:
Se entiende por “Fuerza Mayor” los eventos que ocurran fuera del control de las partes de este contrato y que fuesen prevista o imprevistamente inevitables e imposibiliten totalmente o en parte la actividad de cualquiera de las partes.
La parte que deba hacer frente a la “Fuerza Mayor” debera informar sin demora a la otra parte por escrito y proporcionar prueba relevante de la ocurrencia y duracion de la “Fuerza Mayor”. Si dicha demora continuase por periodo superior a un (1) mes, entonces cualquiera de las partes terminara este contrato de inmediato sin necesidad de posterior aviso.
9 – Varios
El arrendatario podra hacer uso y disfrute de las instalaciones de manera tranquila y pacifica sin ser molestado por el Propietario, su agente o su sucesor excepto en las circunstancias especiales menctionadas mas arriba.
Si en cualquier momento durante el periodo del contrato el propietario tuviera que abandonar el pais por cualquier razon por un periodo de mas de un (1) mes o mas, debera nombrar a una abogado o agente para representarle durante su estancia. El propietario deberá nombrar a su representante con anterioridad a su partida e informar al arrendatario por escrito incluyendo los datos de contacto de su representante.
El representante del Propietario tendrá absoluta autoridad para llevar a cabo las obligaciones del propietario durante todo el tiempo que el propietario estuviese fuera del país.
10 – Legislacion aplicable
La legislación y reglamentación de Pais de la mision regulan este contrato.
En la manera de lo posible, Accion Contra el Hambre favorecerá un acuerdo extra judicial amistoso con el interesado. Cuando no sea posible, llegar a un acuerdo amistoso, se llevara a cabo el arbitraje de la jurisdicción de la Ciudad capital de la misión.
Este contrato contiene 6 páginas y se proporcionan tres copias.
Nosotros, los abajo firmantes, hemos leido, comprendido y acordado las condiciones declaradas mas arriba.
Acción Contra el Hambre, Xxxxxx
Representada por: ______________________
Firma: _______________________
Fecha: _______________________
El propietario
Nombre: _______________________
Firma: _______________________
Fecha: _______________________
APENDICES
Apéndice A: Inventario y estado de las reparaciones
Apéndice B: Certificado de propiedad
Apéndice C: Regulaciones de buenas prácticas de Acción Contra el Hambre
Apéndice A:
Inventario e Informe del estado de las reparaciones:
Habitaciones |
Estado de las reparaciones |
Inventario |
Sala de estar |
Anotar cualquier comentario sobre ventanas, puertas, suelo, paredes etc rotas… |
Detallart qué equipamiento o mobiliario está incluido: dos sofás, 1 mesa de café…
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Cocina |
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Dormitorio # 1 (especificar el lugar) |
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1 cama / 1 mesilla de noche / 1 armario
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Dormitorio # 2 (especificar el lugar) |
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Dormitorio # 3 (especificar el lugar) |
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Dormitorio # 4 (especificar el lugar) |
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Dormitorio # 5 (especificar el lugar) |
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Cuarto de baño |
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Jardín |
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Etc…. |
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Incluir fotos de cada cuarto, especialmente para artículos dañados / rotos.
El propietario y el arendatario han leído los contadores de los servicios conjuntamente y acuerdan que muestran la siguiente información el día de entrada:
Contador del agua: |
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Contador del gas: |
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Contador de electricidad: |
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Acción Contra el Hambre, Misión
Representado por: ______________________
Firma: _______________________
Fecha: _______________________
El propietario
Nombre: _______________________
Firma: _______________________
Fecha: _______________________
Apéndice B:
Certificado de propiedad
Incluir aquí la copia de un documento que certifique que
El arrendador que firma el contrato es realmente en propietario del edificio.
O
Asumiendo que el propietario del edificio ha delegado en un tercero la representación legal, autorizado a firmar el contrato de arrendamiento. En este caso hay que incuir los siguientes documentos:
Certificado de propiedad del proveedor +
Declaración del propietario que delega en la persona de la que se trate a hacerlo.
Apéndice C:
Acción Contra el Hambre
REGULACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS EN LOS NEGOCIOS
Esta Regulación de Buenas Prácticas en Negocios es la base de la relación profesional entre Acción Contra el Hambre y los proveedores.
Son las normas generales válidas, a menos que se mencionen en el contrato otras condiciones particulares. En caso de conflicto de términos entre los documentos, las condiciones del contrato del expediente de licitación prevalecerán sobre esta Regulación de Buenas Prácticas en Negocios.
I.Principios del procedimiento de licitación
Acción Contra el Hambre tiene procedimientos trasparentes para adjudicar mercados. Sus principios esenciales son:
Transparencia en el proceso de compra.
Proporcionalidad entre los procedimientos seguidos para la adjudicación de contratos y el valor de los mercados
Tratamiento igualitario de proveedores potenciales
Los criterios comunes para seleccionar un proveedor son:
Autorización para operar en el mercado
Capacidades financieras
Capacidades económicas
Pericia técnica
Capacidades profesionales
Los criterios comunes para adjudicar un mercado son:
Adjudicación automática (la oferta más barata que cumpla todos los requisitos)
Mejor relación calidad-precio (precio/ratio de calidad)
II.Mala conducta, no elegibilidad y exclusión
Acción Contra el Hambre considera los siguientes comportamientos de mala conducta, como razón válida de exclusión sistemática del procedimiento de adjudicación xx xxxxxxx y motivo de terminación de todas las relaciones profesionales y contratos:
Fraude definido como cualquier acto u omisión relativo a:
El uso o presentación de declaraciones o documentos falsos, incorrectos o incompletos que tengan como efecto la apropiación indebida o retención improcedente de los fondos de Acción Contra el Hambre o de donantes institucionales.
No revelación de información, con el mismo efecto.
La utilización indebida de dichos fondos para otros propósitos distintos a aquellos para los que fueron originariamente concedidos.
Corrupción activa: prometer u ofrecer ventajas de forma deliberada a un funcionario para que actué o deje de actuar según sus obligaciones, para daño o tentativa de daño de los intereses de Acción Contra el Hambre o de los donantes institucionales.
Colusión: coordinación de empresas de carácter competitivo, con el resultado probable de una subida de precios, producción limitada y beneficios de las compañías colusorias más elevados de los que serían en caso contrario. Un comportamiento colusorio no se basa siempre en la existencia de acuerdos explícitos entre empresas, ya que puede ser tácito.
Prácticas coactivas: daños o tentativa de daño, directa o indirectamente, a personas o a sus propiedades con el objeto de influenciar su participación en un proceso de licitación, o para afectar la ejecución de un contrato.
Soborno: ofrecer al personal de Acción Contra el Hambre, nacional o expatriado, regalos monetarios o de cualquier otro tipo para obtener mercados adicionales o para continuar con un contrato.
Participación en una organización criminal o en actividades ilegales de cualquier otro tipo, determinadas por sentencia judicial que tengan el valor de res judicata.
Prácticas inmorales con recursos humanos: explotación de trabajo infantil y no respeto de los derechos sociales fundamentales y condiciones de trabajo de los trabajadores o subcontratistas.
Acción Contra el Hambre excluirá de un proceso de licitación a cualquier candidato o licitador que se encuentre en uno de los siguientes casos:
En situación de bancarrota o liquidación, con asuntos administrativos en los tribunales, en negociaciones con los acreedores, en suspensión de las actividades comerciales, en situación de ser objeto de procesos en relación a estos asuntos, o en cualquier otra situación análoga que surja de un proceso similar contemplado en la legislación o regulaciones nacionales.
Haber sido declarado culpable de delito relacionado con la conducta profesional por un juzgado con el valor de res judicata.
Haber sido declarado culpable de mala conducta profesional probada por cualquier tipo de medio que Acción Contra el Hambre pueda justificar.
No haber cumplido las obligaciones relacionadas con el pago de contribuciones a la seguridad social o de impuestos según las disposiciones legales del país en las que se esté establecido o de aquellos países donde estén operando misiones de Acción Contra el Hambre o de aquellos países donde se va a ejecutar el contrato.
Haber sido objeto de juicio con el valor de res judicata por fraude, corrupción, participación en organización criminal o cualquier otra actividad ilegal en detrimento de los intereses financieros de las Comunidad.
Haber sido declarado en situación de incumplimiento grave de contrato por quiebra en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en otro procedimiento de licitación previo.
Acción Contra el Hambre no adjudicará contratos a candidatos o licitadores que, durante el proceso de licitación:
Están sujetos a conflictos de interés.
Son culpables de distorsión al proporcionar a Acción Contra el Hambre la información solicitada como condición de participación en el procedimiento de contrato o fallo en el momento de proveer esta información.
III.Sanciones administrativas y financieras
En caso de que un proveedor, candidato o licitador, esté involucrado en prácticas corruptivas, de colusión o coactivas, Acción Contra el Hambre impondrá:
Sanciones administrativas
Sanciones administrativas son las notificaciones oficiales de mala conducta a las autoridades pertinentes civiles o comerciales y la finalización inmediata de toda la relación profesional existente.
Sanciones financieras
Acción Contra el Hambre solicitará el reembolso de los costes relacionados, directa o indirectamente, con la realización de un nuevo proceso de licitación o adjudicación xx xxxxxxx. Si existiera, Acción Contra el Hambre se quedará con la garantía de licitación o ejecución.
IV.Información y acceso de los donantes
Acción Contra el Hambre informará inmediatamente a los donantes institucionales y facilitará toda la información relevante en el caso de que un proveedor, candidato o licitador está involucrado en prácticas corruptas, fraudulentas coercitivas o similares.
Los contratistas están conformes en garantizar el derecho al acceso a sus documentos financieros y contables, a los representantes de los donantes institucionales de Acción Contra el Hambre con el propósito de controles y auditorias.
V.Documentos para ser proveedor
A continuación se indica la documentación mínima que tendrá que suministrar un contratista que trabaje para Acción Contra el Hambre:
Documento nacional de identidad personal del proveedor/representante de la compañía.
Situación y registro de la compañía.
Orden de misión o poder notarial autorizando al representante a contactar.
Nota importante: Puede solicitarse documentación adicional para un mercado en concreto.
Además, el contratista debe tener por lo menos el siguiente material administrativo:
Factura
Waybill (o hoja de entrega)
Recibo
Sello oficial
Certificación de exención de impuestos.
VI.Política Anticorrupción
Si piensas que la acción de alguien (o de un grupo de personas) que trabajan como asalariados o voluntarios en programas de Acción Contra el Hambre es responsable de la violación de las reglas expresadas arriba, debería mandarse un informe a través del canal de alerta (whistleblower).
Para facilitar el tratamiento, los informes deberían contener la información más precisa posible; el nombre y datos de contacto son opcionales aunque recomendables. Todos los informes se tratan de manera confidencial según lo permitido por la ley. Acción Contra el Hambre hará todos los esfuerzos razonables para preservar la confidencialidad del alertante y para proteger futuros alertantes de cualquier posible represalia.
Los informes se envían de la siguiente manera: [cada sede introduce su proceso de alerta (correo-e, teléfono, correo...].
Declaración de cumplimiento y compromiso para respetar las Regulaciones de Buenas Prácticas en los Negocios de Acción Contra el Hambre
A SER RELLENADO POR EL PROPIETARIO O ARRENDADOR.
Yo, el abajo firmante… nombre del representante… representante de… nombre de la compañía… certifico que he leído y entendido estas normas.
En nombre de la compañía a la que represento, acepto los términos de la Regulación de Buenas Prácticas en Negocios de Acción Contra el Hambre y me comprometo a alcanzar un rendimiento óptimo en caso de que a …nombre de la compañía… se le adjudique un mercado
Además, certifico que… nombre de la compañía… no se encuentra en ninguna de las condiciones mencionadas en el párrafo III: Mala conducta, in elegibilidad y exclusión.
Garantizo de manera explícita que…nombre de la compañía… respeta el principio de no explotación de trabajo infantil, los derechos sociales fundamentales y las condiciones de trabajo de los trabajadores y subcontratistas.
Por último certifico que …nombre de la compañía…no está envuelta en ningún proceso judicial de fraude, corrupción, soborno, o cualquier otra actividad ilegal y que no ha sido condenada por estas prácticas en ninguna ocasión.
Fecha:
(Firma y sello)
Nota importante: Todas las páginas de esta Regulación de Buenas Prácticas en Negocios deben ser rubricadas con las iniciales del representante de la compañía.
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