Boletín Oficial Municipal N° 2995 Corrientes, 02 de Mayo de 2018
Boletín Oficial Municipal N° 2995 Corrientes, 02 xx Xxxx de 2018
N° 748: Modifica el Anexo V de la Resolución N° 660 del 16 xx Xxxxx de 2018, el cual quedara redactado de acuerdo al Anexo V que se agrega a la presente.
N° 756: Aprueba el trámite de CONTRATACION DIRECTA, para la ejecución de las obras de Terminación: Ampliación y Trabajos Correctivos de Diseño de la Obra Civil del Centro de Distribución N° 28 Santa Xxxxxxxx. Adjudica a la firma “PROTON ELECTRIC S.R.L.”. ANEXO I.
Nº 757: Aprueba el Programa “Emprendiendo Juntos” destinado a emprendimientos de la Ciudad de Corrientes, que comprende el Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx (MCC) y la Caja Municipal de Prestamos (CMP).
ANEXO I: XXXXXXXX XXXXX XX XXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX X XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX
ANEXO II: XXXXXXXX XX XXXXX
Xx 000: Autorizar la reconstrucción del Expediente Administrativo N° Expediente N° 1628-D-2017 “SLTA. CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA EMPRESA LX XXXXXXXXX XXX XX XXXX/XXXXX 0000”,
Xx 000: Autorizar la reconstrucción del Expediente Administrativo N° Expediente N° 114-V-2017 “STLA. XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXX XX XXX XXXXX XXXXX-XXXXXXX”.
Xx 000: Amplia la Resolución N° 663 de fecha 16 xx xxxxx de 2018, contrato con la firma Reconstrucciones Caños FOR EVER PIPE,. ANEXO I.
N° 763: Delega en los Señores Secretarios de Hacienda y Coordinación de Gobierno, la facultad de autorizar y pagar directamente por Disposición los aportes a la ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES.
Resoluciones Abreviadas:
N° 681: Asigna interinamente funciones de Director y Jefes de Departamento, a los agentes que se detallan en la misma.
N° 752: Autoriza la celebración del contrato de Asesor del Departamento Ejecutivo Municipal con la Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, quien cumplirá las tareas que le sean asignadas en la Subsecretaria de Modernización, Innovación y Tecnología, de la Secretaria de Coordinación de Gobierno.
N° 753: Autoriza la celebración del contrato de Asesor del Departamento Ejecutivo Municipal con la Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, quien cumplirá las tareas que le sean asignadas en la Subsecretaria de la Secretaria de Coordinación de Gobierno.
N° 755: Designa como Subinterventor de la Caja Municipal de Préstamos al Sr. Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
Xx 000: deja sin efecto el artículo 1 de la resolución N° 03/2018. Autoriza Celebración de contrato con el Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, y asigna las funciones de Director de Auditoria de Personal, dependiente de la Subsecretaria de relaciones Laborales de la Secretaria de Xxxxxxxx.
Xx 000: Designa al Señor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, como Secretario de Infraestructura. .
Resolución N° 748
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
El artículo 46 inciso 20 de la Carta Orgánica Municipal, la Resolución N° 01/2017, la Resolución N° 14/2017, la Resolución N° 30/2017 y la Resolución N° 660/18; Resolución 127/2017 del H.C.D. homologatoria de estas últimas, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 01 del 10 de diciembre de 2017 se aprobó ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante la estructura administrativa y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, por Resolución N° 14 del 12 de diciembre de 2017 se aprobó ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante el organigrama municipal.
Que, por Resolución N° 127 dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 22 días del mes de diciembre del año 2017, dicho cuerpo legislativo homologa en todos sus términos, las Resoluciones N° 14 de fecha 12 de Diciembre, N° 30 de fecha 16 de Diciembre de 2017 y N° 31 de fecha16 de Diciembre de 2017, dictadas por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, en el mismo acto, en el artículo 2 del Honorable Concejo Deliberante faculta, al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones necesarias, de acuerdo a razones de administración, modernización, eficacia y participación, para adecuar su estructura Administrativa y Funcional, su Organigrama y el Manual de Misiones y Funciones de las Áreas de su competencia.
Que, la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 46 inciso 4 de la Carta Orgánica Municipal y las normas citadas precedentemente.
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1: Modificar el Anexo V de la Resolución N° 660 del 16 xx Xxxxx de 2018, el cual quedara redactado de acuerdo al Anexo V que se agrega a la presente.
Artículo 2: La presente resolución será refrendada por el Señor Secretario de Coordinación de Gobierno.
Artículo 3: Regístrese, publíquese y archívese.
XXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXX
Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N° 756
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
El Expediente 796-S-2018, Caratulado: “Secretaria de Desarrollo Urbano – Obra: “Terminación, ampliación y trabajos correctivos de diseño de la obra civil del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xx 00 Xxxxx Xxxxxxxx”, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el citado expediente la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, tramita la asignación de la partida presupuestaria necesaria para realizar las Obras de Terminación: Ampliación y Trabajos Correctivos de Diseño de la Obra Civil del Centro de Distribución N° 28 Santa Xxxxxxxx, a efectos de dar cumplimiento a las Condiciones Técnicas establecidas por la Dirección Provincial de Energía de Corrientes en la Factibilidad y Reconsideraciones otorgadas oportunamente.
Que, a fojas 1/6 obra Memoria Técnica, Planos y Presupuesto Oficial de la obra precedentemente consignada, el que asciende a la suma total de $ 440.160,36 IVA INCLUIDO (Pesos Cuatrocientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta con Treinta y Seis Centavos).
Que, a fojas 9/22 obran: Pliego de Condiciones que rige la obra, Memoria Técnica y Presupuesto Oficial.
Que, a fojas 23/45 obra oferta presentada por la firma “PROTON ELECTRIC S.R.L.”, con Plan de Trabajo y Curva de Inversión, documentaciones formales y Pliego de Condiciones, Memoria Técnica y Presupuesto m por la suma total de $ 440.160,00 (Pesos Cuatrocientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta).
Que, a fojas 46 obra intervención de la Dirección General de Contrataciones de la Secretaria de Hacienda, informando: “…Se adjunta oferta recibida por la firma PROTON ELECTRICC S.R.L. CUIT N° 30- 71191336-6, por la suma de 440.160,00 Las documentaciones se encuentran completas para la continuidad de su trámite, se informa que dicha contratación puede realizarse en forma directa encuadrándose en la Ordenanza de Obra Pública N° 3581 y la Resolución N° 2543 del 28 de Octubre de 2016 que establece el tope de Contratación de $ 3.500.000,00…”.
Que, a fojas 50 obra Comprobante de Preventivo de Gestión Básica NUP N° 667/2018, confeccionado por la Dirección General de Contaduría de la Secretaria de Hacienda.
Que, a fojas 53 y vuelta obra Dictamen favorable N° 0192/2018 del Servicio Jurídico Permanente, encuadrando además el procedimiento en las disposiciones de la Ordenanza N° 3581, Artículo 7°, Inciso a) y cc., Resolución Municipal N° 2543/16; Artículo 52° de la Carta Orgánica Municipal y Ordenanza N° 6020.
Que, la normativa antes citada, autoriza el dictado de la presente.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el trámite de CONTRATACION DIRECTA, para la ejecución de las obras de Terminación: Ampliación y Trabajos Correctivos de Diseño de la Obra Civil del Centro de Distribución N° 28 Santa Xxxxxxxx, a efectos de dar cumplimiento a las Condiciones Técnicas establecidas por la Dirección Provincial de Energía de Corrientes en la Factibilidad y reconsideraciones otorgadas oportunamente.
Artículo 2°: Adjudicar a la firma “PROTON ELECTRIC S.R.L.” la ejecución de la Obra consignada en el Artículo 1° de esta Resolución, conforme Propuesta, Pliego de Condiciones, Memoria Técnica, Plazo de Entrega y Recepción, Planos e Informe de la Dirección General de Contrataciones de la Secretaria de Hacienda, obrantes a fojas, 23/24 27/40 y 46, respectivamente.
Artículo 3°: Encuadrar la presente erogación en las disposiciones que establece la Ordenanza de Obras Publicas “Régimen Legal de las Obras Publicas Municipales”, Artículo 7° Inciso a) sus Reglamentarias DEM Números: 718/00; y sus modificatorias 143/09 y 108/11, 1174/02, cuyos topes de contratación fuera
actualizada por Resoluciones Municipales N° 307/08, 898/09, modificada esta última por Resolución N° 97/10, N° 146/11, 545/13, 139/13, 545/13 361/15, 2543/16 y Ordenanza N° 6020.
Artículo 4°: Autorizar a la Secretaria de Hacienda, a emitir libramiento, orden de pago y a efectuar el pago, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales, a favor de la firma: “PROTON ELECTRIC S.R.L.” CUIT N° 30-71191336-6, por la suma total de $ 440.160,00 (Pesos Cuatrocientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta) pagaderos según certificación, por el concepto expresado en el Artículo 2° de la presente Resolución.
Artículo 5°: La Secretaria de Hacienda, imputara el gasto en las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6°: Aprobar el Modelo de Contrato de Locación de Obra, que como ANEXO I, forma parte de la presente Resolución; el que se formalizara por Escribanía Municipal, previa constitución de las siguientes Garantías: de Contrato conforme 5% (cinco por ciento) del valor del precio de oferta y de Fondo de Reparo 5% (cinco por ciento) del monto de cada certificado”.
Artículo 7°: Facultar a la Secretaria de Infraestructuras, para que conjuntamente con la Secretaria de Desarrollo Urbano y mediante Disposición Interna de la primera designe la Inspección de Obra, conforme lo establece el Artículo 61° de la Resolución N° 718/00 y sus modificatorias N° 143/09 y 108/11.
Artículo 8: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Coordinación de Gobierno, la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano y a cargo de la Secretaria de Infraestructuras y el Señor Secretario de Hacienda.
Artículo 9°: Girar copia de la presente a la Secretaria de Infraestructuras y Secretaria de Desarrollo Urbano.
Artículo 10°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, Cúmplase y Archívese.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXXXXXX XXXXXXX CORRALES XXXX
Xxxxxxxxxx de Hacienda
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Secretaria de Desarrollo Urbano Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
ANEXO I
CONTRATO DE XXXXXXXX XX XXXX X XXXXXXXXX
Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Documento Nacional de Identidad N° ………., el que fija domicilio legal en calle 25 xx Xxxx N° 1178 de esta Ciudad, en adelante llamada “LA MUNICIPALIDAD” y la Empresa “PROTON ELECTRIC SRL” CUIT N° 30-71191336-6, representada en este acto por el Señor
…………………, acreditando tal carácter ……………….., con domicilio en xxxxx Xx …… xx
xxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en adelante “LA CONTRATISTA”, CONVIENEN en celebrar el presente Contrato de Obra Pública en el marco de Ordenanza de Obras Publicas “Régimen Legal de las Obras Publicas Municipales”, Artículo 7°, Inciso a), sus Reglamentarias: Resoluciones DEM Números 718/00; y sus
modificatorias 143/09 y 108/11, 1174/02, cuyos topes de contratación fuera actualizada por Resoluciones Municipales N° 307/08, 898/09, modificada esta última por Resolución N° 97/10, N° 146/11, 545/13, 139/13, 545/13, 361/15 y 2543/16, que se regirá por las presentes clausulas:
PRIMERA: El presente Contrato tiene por objeto la ejecución de para la ejecución de las obras de terminación: Ampliación y Trabajos Correctivos de Diseño de la Obra Civil del Centro de Distribución N° 28 Santa Xxxxxxxx, a efectos de dar cumplimiento a las Condiciones Técnicas establecidas por la Dirección Provincia de Energía de Corrientes, en la Factibilidad y Reconsideraciones otorgadas oportunamente, CORRIENTES CAPITAL, de conformidad con los pliegos de bases y condiciones, legales y generales y de especificaciones técnicas generales y particulares.
SEGUNDA: “LA CONTRATISTA” en su carácter de adjudicataria de la obra individualizada precedentemente se compromete a ejecutarla en el plazo convenido de VEINTE (20) DIAS CORRIDOS y comenzará a regir desde la fecha del Acta de Inicio de Obra y hasta la fecha del pedido por parte del Contratista a efectuar la Recepción Provisoria y conforme las reglas del buen arte, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a lo dispuesto en la documentación obrante a fojas 23/24, 27/40 del Expediente N° 796-S-2018 y demás documentación técnicas incorporadas al mismo.
TERCERA: La obra se contrata por sistema de “Ajuste Alzado”, previsto en el Artículo 17°, Inciso b) de la Ordenanza de Obras Publicas N° 3581, considerándose como retribución a “LA CONTRATISTA” la suma total de $ 440.160,00 (Pesos Cuatrocientos Cuarenta Mil Ciento Sesenta), aprobada por Resolución N°
…../…..
CUARTA: Replanteo de la Obra: el replanteo de la obra deberá ser realizado dentro de los (2) días corridos: posteriores a la firma del Contrato. Si dicho replanteo no se comenzara dentro del plazo estipulado por causa imputable al Contratista, se aplicar al mismo una multa diaria del dos ciento (2%) del importe de garantía del Contrato por días corridos a posteriori del vencimiento del plazo estipulado.
QUINTA: Iniciación de la Obra-Demoras: Realizado el replanteo de la obra, deberán iniciarse los trabajos dentro xxx xxxx de cinco (5) días corridos contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo. Vencido el plazo estipulado sin que se diera comienzo a los trabajos por causas imputables a “LA CONTRATISTA” al Contratista se aplicara al mismo una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del importe de Garantía de Contrato por cada día de retraso.
La demora en el desarrollo o terminación de los trabajos en los plazos estipulados y todo otro incumplimiento de Cláusulas Contractuales, dará lugar a la aplicación de multas y/o sanciones que serán graduadas por la Administración, en base a lo determinado en el pliego que rige la presente obra.
SEXTA: El Orden de prelación de la documentación para para el tratamiento de cualquier discrepancia o cuestión legal que surja, será el siguiente: 1) Ordenanza de Obras Publicas, 2) Resoluciones Reglamentarias,
3) Pliego Particular de Condiciones de la Obra, 4) Planos de Detalles, 5) La Oferta y 6) Memoria Descriptiva.
XXXXXXX: Se deja expresa constancia que la recepción definitiva de la obra, objeto del presente contrato, no libera a la contratista de la responsabilidad derivada de la aplicación de lo establecido en el Título V, Capítulo I, del Código Civil y Comercial.
OCTAVA: La inspección y el contralor de los trabajos, será ejercida por “EL MUNICIPIO”, por intermedio de su representante técnico designado a tal efecto, aceptando “LA CONTRATISTA” su jurisdicción.
NOVENA: A partir de la firma del presente el proyecto y toda otra documentación, complementaria del mismo que ante requerimiento de “EL MUNICIPIO”, deba ser presentada por “LA CONTRATISTA”, pasara a ser propiedad de “EL MUNICIPIO” haciéndose “LA CONTRATISTA” responsable por los derechos de terceros derivados de la utilización de dicha documentación para la ejecución de la obra.
DECIMA: Las parte convienen en someterse a la jurisdicción contenciosa administrativa con asiento en la Ciudad de Corrientes Capital, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, que les pudiera corresponder.
En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Corrientes Provincia de Corrientes a los …. Días del mes de de 2018.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXXXXXX XXXXXXX CORRALES XXXX
Xxxxxxxxxx de Hacienda
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Secretaria de Desarrollo Urbano Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº 757
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
El artículo 14 inciso 10 y Articulo 46 incisos 11 y 33, ambos de la Carta Orgánica Municipal, las necesidades de los emprendedores productivos y comerciales del galpón sito en Avenida Independencia, y;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario tomar todas las medidas urgentes para atender las necesidades que son consecuencia del siniestro sufrido por los titulares de los puesto comerciales ubicado en el galpón sito en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xx 00 x Xxxx Xxxxxxxx Nª 5, individualizado como Lote Nº 35 y 38 del plano mensura Nº 554-B en menor extensión y cuyos Adremas son A 43917-1 (Lote Nº 38) y A1-
46064-1 (Lote Nº 35).
Que, la Municipalidad propone la implementación de un Sistema Micro crediticio que pueda contribuir a mejorar la calidad de vida de los pequeños emprendedores de bajos y medianos recursos, potenciado sus emprendimientos para aumentar su productividad y la empleabilidad.
Que, el Programa “Emprendiendo Juntos” se encuentra destinado facilitar y colaborar con los emprendedores productivos y comerciales denominados “puesteros “que sufrieron grandes pérdidas materiales por el siniestro sucedido.
Que, la finalidad del Programa “Emprendiendo Juntos” es tratar de beneficiar a aquellos emprendedores que tienen mayores dificultades en el acceso al crédito, ya sea por la situación actual económica y social imperante, como así también para aquellas situaciones de carácter excepcional e imprevisible, que debidamente fundadas y acreditadas, solo podrían ser superadas a través de intervenciones sistemáticas del Estado. La sustentabilidad se logra desarrollando capacidades, habilidades y búsqueda de la superación constante del mejoramiento de la economía familiar y comunitaria.
Que, es un objetivo de las políticas públicas municipales favorecer el desarrollo humano integral de sus habitantes promoviendo la igualdad de oportunidades y el acceso a los bienes sociales necesarios para una vida digna impulsar los principios de economía social y solidaria, implementando políticas publicas concretas para el desarrollo de las actividades socio comunitarias, fortaleciendo a los actores, espacios colectivos de comercialización y la producción del hábitat social, diseñando estrategias de visibilidad y posicionamiento del
sector, brindando apoyo técnico en la construcción de capacidades competitivas que posibiliten el pasaje de la economía formal, conforme lo previsto por el Articulo 14 incisos 10 y 18 de la Carta Orgánica Municipal.
Que la presente Resolución de dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 46 inciso 33 de la Carta Orgánica Municipal.
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1: Aprobar el Programa “Emprendiendo Juntos” destinado a emprendimientos de la Ciudad de Corrientes, que comprende el Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx (MCC) y la Caja Municipal de Prestamos (CMP) que como ANEXO I se agrega a la presente.
Artículo 2: Aprobar el modelo de Contrato de Mutuo entre la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes (MCC) y la Caja Municipal de Prestamos (CMP), que como ANEXO II se agrega a la presente.
Artículo 3: Dar intervención a la Escribanía Municipal para la instrumentación de la presente medida.
Artículo 4: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Coordinación de Gobierno y el Señor Secretario de Desarrollo Económico.
Artículo 5: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
XXXXXXX X. XXXXXXX INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
Xxxxxxxxxx de Desarrollo Económico Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
ANEXO I
PROGRAMA “EMPRENDIENDO JUNTOS”
DESTINADO A EMPRENDIMIENTOS DE LA CIUDAD DE CORRIENTES
CONVENIO ENTRE LA CAJA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CORRIENTES Y LA MUNICIPALIDAD DE CORRIENTES
En la Ciudad de Corrientes Capital de la Provincia homónima, a los ……. días del mes abril de 2018, entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES, en adelante LA MUNICIPALIDAD representada en este acto por el Señor Intendente Don y la CAJA MUNICIPAL DE PRESTAMOS
CIUDAD DE CORRIENTES en adelante “LA CAJA” por otra parte, representada en este acto por el Señor Interventor Cr. ……………….. D.N.I. Nº con domicilio legal en Corrientes Capital reciben
el presente CONVENIO, sujeto a las siguientes clausulas y condiciones:
PRIMERA: La Municipalidad propone implementar un Sistema Micro crediticio que pueda contribuir a mejorar la calidad de vida de los pequeños emprendedores de bajos y medianos recursos, potenciando sus emprendimientos para aumentar su productividad y la empleabilidad.
SEGUNDA: Se propone para su implantación un Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx y la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes en la cual la Municipalidad brinda capacitación y la asistencia técnica en proceso de elaboración de los planes de negocios a los Emprendimientos Productivos, para fortalecer económica, social y técnicamente a estos micro emprendimientos en los primeros tiempos de su desenvolvimiento y para mejora su desarrollo sustentable, a su vez la Caja Municipal de Prestamos de la Ciudad de Corrientes brinda la financiación necesaria para llevar a cabo los proyectos que Municipalidad avala.
TERCERA: OBJETIVO DEL PROGRAMA: Con la implementación de este programa se pretende lograr que los emprendedores con características propias de vulnerabilidad, cuenten con caudal de capital inicial necesaria para desarrollar sus emprendimientos productivos y/o comerciales. Contribuir a mediano y largo plazo al desarrollo humano integral de los emprendedores y generar y potenciar la actividad productiva y comercial en la Ciudad.
CUARTA: OPERATORIA. Estará a cargo de la Municipalidad de Corrientes la prestación de servicios integrales debiendo considerarse el desarrollo sustentable del plan de negocios, destinada a concretar el salto cualitativo de los emprendedores, Los planes de negocios con viabilidad técnica seleccionados por las áreas competentes serán remitidos a la Caja Municipal a los fines de su funcionamiento a través de la línea de CREDITOS EMPRENDIENDO JUNTOS.
QUINTA: DURACION El presente Convenio tendrá una duración de VEINTICUATRO (24) MESES a contar desde la suscripción de la presente.
SEXTA: DESARROLLO. El Primer Año (01) año será de inversión y desarrollo. El Segundo año (02) año de devolución xxx xxxxxxxx y continuidad del desarrollo.
SEPTIMA: PRESUPUESTO. Se fija en la suma de PESOS UN MILLON NOVENTA MIL ($1.090.000).
Los Gastos Operativos se fijan en la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000).
OCTAVA: PROCEDENCIA DE LOS FONDOS: La Caja Municipal de Prestamos dispondrá de PESOS UN MILLON NOVENTA MIL (1.090.000) en el año de implementación. El principal objetivo en la asignación de los recursos disponibles radica en la necesidad de buscar el sostenimietno del nivel de actividad y empleo en la Ciudad de Corrientes.
NOVENA: Los mutuarios beneficiarios de los créditos dispuestos deberán destinarlo a la adquisición de herramienta de capital de trabajo.
DECIMA: PERFIL DE DESTINATARIOS. Emprendimientos unipersonales y/o familiares, productivos y/o comerciales, xxx Xxxxxxx “Rotonda Xxxxxx xx Xxxxx”.
DECIMO PRIMERA: MONTO. Se fija la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000) por emprendimiento.
DECIMO SEGUNDA: LA CAJA. Se compromete a suministrar las herramientas financieras necesarias para sustentar un Programa de Apoyo a Emprendimientos Productivos de la Ciudad de Corrientes denominado “EMPRENDIENDO JUNTOS”. LA MUNICIPALIDAD se compromete a capacitar y asistir a los emprendedores beneficiarios, y a colaborar en la elaboración de sus planes de negocios con criterios de sustentabilidad y factibilidad técnica.
DECIMO TERCERA: LA MUNICIPALIDAD durante la vigencia del presente Xxxxxxxx, se compromete a asistir a los emprendedores en todo lo referido a capacitación y asistencia técnica para el armado de sus proyectos de inversión y planes de negocios.
DECIMO CUARTA: “LA CAJA” se compromete a financiar con criterio de inclusión social a los beneficiarios que “LA MUNICIPALIDAD avale técnicamente y a tal efecto se solicitara la comunicación fehaciente de los proyectos que estén en condiciones de ser financiados mediante este fondo de microcrédito.
DECIMO QUINTA: “LA MUNICIPALIDAD” se obliga a contar con los recursos humanos necesarios a los fines de cumplir adecuadamente con su rol de asistencia técnica a los diferentes proyectos y emprendimientos que se financiaran a través de este fondo, debiendo realizar un seguimiento periódico por parte de la Subsecretaria de Economía Social dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humanos, debiendo este último dictar la reglamentación pertinente.
DECIMO SEXTA: “LA MUNICIPALIDAD” autoriza a designar por “LA CAJA”, los funcionarios y/o empleados que cumplirán las funciones de controlador en la liquidación, acreditación y seguimiento de los importes de los respectivos créditos otorgados, su plazo y devolución, facultándose a tales funcionarios a realizar contrataciones y/o verificaciones técnico-contable, debiendo “LA MUNICIPALIDAD” suministrar toda la información y colaboración que sean requeridas a dichos fines.
DECIMO SEPTIMA: “LA CAJA” Y “LA MUNICIPALIDAD” designaran funcionarios dependientes de cada repartición a efectos de verificar y determinar el cumplimiento de la obligación de pago por parte de los emprendedores y el seguimiento de la concreción de sus proyectos de inversión.
DECIMO OCTAVA: A todos los efectos legales que surjan del presente Convenio, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Corrientes, fijando domicilio legal en los “ut-supra” mencionados.
En prueba de conformidad se firman, en lugar y fecha arriba registrados tres ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto.
XXXXXXX X. XXXXXXX INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
Xxxxxxxxxx de Desarrollo Económico Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
ANEXO II CONTRATO DE MUTUO
Entre la Caja Municipal de Prestamos CUIT Nº 30-60851729-0 con domicilio real y legal en la calle BRASIL Nº 1269 de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes, representada en este acto por el Sr. XXXXXXXXXXXXXXXXX en su carácter de Interventor, en adelante La Caja, la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, representada en este acto por el Sr. Intendente Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en adelante EL MUTUANTE y por la otra, la Sra. ………………………..con DNI………, estado civil , con fecha
de nacimiento el , con domicilio real y legal en XXXXXXXXXXXXXXXXXX de esta Ciudad de
Corrientes, provincia de Corrientes, en adelante EL MUTUARIO, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE PRSTAMOS X XXXXX, que se regirá por las siguientes clausulas:
PRIMERA: La Caja otorga, en el marco del programa “Emprendiendo Juntos”, y EL MUTUARIO acepta un PRESTAMOS que será destinado para la adquisición de bienes de capital (mercaderías) y que deberá invertir en el lapso de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de la efectiva recepción.
SEGUNDA: el monto xxx xxxxxxxx asciende a la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), siendo el mismo reintegrable por parte de EL MUTUARIO, en dinero en efectivo en DOCE (12) cuotas mensuales iguales y
consecutivas de pesos ochocientos treinta y tres con treinta y tres centavos ($833,33) que corresponden a la devolución xxx xxxxxxxx más un quince por ciento (15%) anual en concepto de tasa de interés aplicados sobre los saldos decrecientes de capital de acuerdo a la establecido por resolución del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de la Cuidad de Corrientes Nº XXXX.
TERCERA: Los pagos de las cuotas deberán efectuarse sin necesidad de aviso previo o requerimiento de ninguna naturaleza, cada mes, venciendo la primer de ellas el día en la CAJA MUNICIPAL DE
PRESTAMOS de la Ciudad de Corrientes, cita en calle BRASIL Nª 1269. En caso de que las fechas de pago de capital e intereses vencieran en días hábiles bancarios, los pagos deberán efectuarse el día hábil bancario inmediato posterior.
CUARTA: EL MUTUARIO firmara como garantía del crédito un pagare sin protesto el mismo será a favor de la Caja Municipal de Prestamos o a su orden, siendo suscripto en forma conjunta por un codeudor, para el caso de imposibilidad de cobro de la obligación contraída y le será devuelto en ocasión de la cancelación definitiva del presente contrato.
QUINTA: Las partes acuerdan el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
1. EL MUTUARIO deberá:
A) Aplicar el monto recibido en su totalidad a la ejecución del proyecto aprobado.
B) Efectuar el pago de las cuitas en tiempo y forma.
2. LA MUNICIPALIDAD en el marco del “Programa Emprendiendo Juntos” deberá:
a) Asesorar y asistir técnicamente al MUTUARIO.
b) Facilitar los medios para que el MUTUARIO cumpla con los compromisos asumidos en este convenio, en cuanto a lugares y días de pagos, información del estado de su crédito o avisos de vencimientos.
El incumplimiento de lo establecido en las clausulas precedentes dará derecho a La Caja a rescindir el contrato y a reclamar el saldo adeudado.
SEXTA: La Sra. …………. Con DNI ………….., estado civil …………. Con fecha de nacimiento el
………….. con domicilio real y legal ……….. de la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes se constituye en fiador solidario y principal pagador de las obligaciones contraídas en el presente contrato que suscribe al pie.
SEPTIMA: De conformidad a lo establecido a lo establecido en la cláusula segunda, EL MUTUARIO no podrá varias el destino xxx xxxxxxxx, salvo que contare con aprobación de La Municipalidad de Ciudad de Corrientes, bajo apercibimiento de producirse la rescisión del contrato y el reclamo del saldo adeudado.
En tal sentido, EL MUTUARIO se obliga a presentar a La Municipalidad de la Ciudad de Corrientes la documentación que demuestre la aplicación de los recursos del premio, en el caso de que esta última lo solicite.
OCTAVA: La Municipalidad y La Caja se reservan el derecho de realizar en el local donde funcione el emprendimiento de “EL MUTUARIO, todas las inspecciones y auditorias que considere necesarias para comprobar el destinos de los fondos y la marcha del emprendimiento. Además, son encargados de efectuar el seguimiento del cumplimiento de los pagos por parte de EL MUTUARIO.
NOVENA: EL MUTUARIO incurría en xxxx en los siguientes casos:
Dejar de pagar, en el plazo y condiciones indicadas en la cláusula segunda:
Producida la xxxx, que se producirá por el mero vencimiento del plazo, EL MUTUANTE podrá a su arbitrio y sin necesidad de requerimiento al MUTUARIO, declarar de pleno derecho la caducidad del plazo o termino otorgado para la cancelación del mutuo/préstamo y exigir el inmediato pago de capital.
DECIMA PRIMERA: EL MUTUARIO acepta, para el caso de no estar inscripto, incorporarse a la economía formal a partir de la modalidad de Monotributo Social u otra modalidad que considere pertinente y
para aquellos que se encuentren inscriptos regularizar su situación antes los organismos de recaudación municipal.
DECIMA SEGUNDA: A todos los efectos legales, las partes constituyen domicilio legal en el indicado en el encabezamiento del presente. En el citado domicilio se tendrán por válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que deban cursárseles.
DECIMA TERCERA: El presente contrato tiene el carácter de Titulo Ejecutivo conforme a la normativa vigente. Asimismo, el único que tiene obligaciones pendientes en cumplirse según este Titulo es EL MUTUARIO.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de
……………………., a los ……………… días de del año
Firma MUTUARIO: ………………………… Firma Fiador Solidario: ………………………………..
DNI MUTUARIO: DNI Fiador Solidario:
Firma Representante Municipalidad de Corrientes………………………………………………………….
Firma Interventor de la Caja Municipal de Prestamos……………………………………………………..
Resolución N° 759
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
El Artículo 46 inciso 33 de la Carta Orgánica Municipal, el Articulo 267 de la Ley N° 3460 de Procedimiento Administrativo, Expediente N° 1628-D-2017 “SLTA. CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA EMPRESA LX ARGENTINA MES XX XXXX/JUNIO 2017”, y;
CONSIDERANDO:
Que, a pesar de la exhaustiva búsqueda emprendida en las áreas intervinientes por los funcionarios actuales, no se ha podido localizar el expediente referenciado que se encuentra extraviado.
Que, encontrándose extraviada o perdida las actuaciones administrativas individualizadas, se deberá ordenar la reconstrucción incorporándose las copias de escritos y documentación que aporte el interesado, haciéndose constar el tramite registrado. Se reprodujeran los dictámenes e informes y vistas legales y si hubo resolución se glosara copia autenticada de la misma, que será notificada, de acuerdo a lo previsto por el artículo 267 de la Xxx Xx 0000 xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx.
Que, la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 46 inciso 33 de la Carta Orgánica Municipal.
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE
RESUELVE:
Artículo 1: Autorizar la reconstrucción del Expediente Administrativo N° Expediente N° 1628-D-2017 “STLA. CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA EMPRESA LX ARGENTINA MES XX
XXXX/JUNIO 2017”, por razones expuestas en los considerandos.
Artículo 2: Encomendar la tarea de reconstrucción a la Dirección General de Despacho.
Artículo 3: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Coordinación de Gobierno.
Artículo 4: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N° 760
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
El Artículo 46 inciso 33 de la Carta Orgánica Municipal, el Articulo 267 de la Ley N° 3460 de Procedimiento Administrativo, Expediente N° 114-V-2017 “SLTA. RECONOCIMIENTO DE GASTO DE LOS MESES ENERO-FEBRERO 2017”, y;
CONSIDERANDO:
Que, a pesar de la exhaustiva búsqueda emprendida en las áreas intervinientes por los funcionarios actuales, no se ha podido localizar el expediente referenciado que se encuentra extraviado.
Que, encontrándose extraviada o perdida las actuaciones administrativas individualizadas, se deberá ordenar la reconstrucción incorporándose las copias de escritos y documentación que aporte el interesado, haciéndose constar el tramite registrado. Se reprodujeran los dictámenes e informes y vistas legales y si hubo resolución se glosara copa autenticada de la misma, que será notificada, de acuerdo a lo previsto por el artículo 267 de la Xxx Xx 0000 xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx.
Que, la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 46 inciso 33 de la Carta Orgánica Municipal.
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE RESUELVE:
Artículo 1: Autorizar la reconstrucción del Expediente Administrativo N° Expediente N° 114-V-2017 “STLA. RECONOCIMIENTO DE GASTO DE LOS MESES ENERO-FEBRERO”, por razones expuestas en
los considerandos.
Artículo 2: Encomendar la tarea de reconstrucción a la Dirección General de Despacho.
Artículo 3: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Coordinación de Gobierno.
Artículo 4: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N° 761
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
El expediente N° 565-S-2018 y la Resolución N° 663 de fecha 16 xx Xxxxx de 2018 por el cual la Subsecretaria de Gestión Integral de Riesgo y Catástrofe, solicito la contratación de servicios para la verificación y limpieza de los desagües pluviales ductos y canales a cielo abierto, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 350, se adjunta la Resolución N° 663 de fecha 16 xx xxxxx de 2018, por el cual se contrató a la firma Reconstrucción Caños S.A. Forever Pipe.
Que, se torna necesario e imprescindible ampliar la citada resolución e incorporar los artículos correspondientes a la aprobación xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y aprobar el modelo de contrato.
Que, el Departamento Ejecutivo posee las facultades para el dictado de la presente Resolución.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1: Ampliar la Resolución N° 663 de fecha 16 xx xxxxx de 2018, de acuerdo a lo vertido en los considerandos.
Artículo 2: Aprobar el “Pliego de Condiciones Particulares”, obrante de fojas 04/22.
Artículo 3: Aprobar el Anexo I “Modelo de Contrato”, el cual pasara a formar parte de la presente.
Artículo 4: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Hacienda Coordinación de Gobierno, Secretaria de Desarrollo Urbano a cargo de la Secretaria de Infraestructura.
Artículo 5: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Secretaria de Desarrollo urbano Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXXXXXX XXXXXXX CORRALES XXXX
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
ANEXO I
CONTRATO DE XXXXXXXX XX XXXXXXXXX
Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, representada en este acto por ………………………..
Documento Nacional de Identidad N° , el que fija domicilio legal en calle 25 xx Xxxx N° 1178 de
esta Ciudad, en adelante llamada “LA MUNICIPALIDAD” y la Empresa , CUIT N°
………………………., representada en este acto por el Señor …………………, acreditando tal carácter
……………….., con domicilio en calle …………… N° …… de la Ciudad de Corrientes Provincia de Corrientes, en adelante “LA CONTRATISTA”, CONVIENEN en celebrar el presente Contrato en virtud de la Resolución 663/18 y concordantes que se regirá por las presentes clausulas:
PRIMERA: El presente Contrato tiene por objeto la contratación del alquiler del equipamiento para la Obra: Diagnostico, Limpieza y Rehabilitación de Desagües Pluviales de la Ciudad de Corrientes, a efectos de dar cumplimiento a las Condiciones Técnicas establecidas por el Pliego de Condiciones Particulares y especificaciones técnicas generales y particulares.
SEGUNDA: “LA CONTRATISTA” en su carácter de adjudicataria del servicio, individualizada precedentemente, se compromete a ejecutarla en el plazo convenido de y
comenzará a regir desde la fecha del Acta de Inicio de Obra y hasta la fecha del pedido por parte del Contratista a efectuar la Recepción Provisoria y conforme las reglas del buen arte, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente.
TERCERA: EL CONTRATISTA constituirá el FONDO DE REPARO de acuerdo a la Ordenanza N° 3581, mediante una póliza de caución, equivalente al 5% del monto de la obra. El mismo será devuelto AL CONTRATISTA una vez transcurrido el plazo de garantía,, el que se fija en SESENTA (60) días corridos a partir de la fecha de la RECEPCION PROVISORIA de la Obra, y firmada el Acta de RECEPCION DEFIITVA.
CUARTA: Se deja expresa constancia que la recepción definitiva del servicio, objeto del presente contrato, no libera a la contratista de la responsabilidad derivada de la aplicación de lo establecido en el Título V, Capítulo I, del Código Civil y Comercial.
QUINTA: La inspección y el contralor de los trabajos, será ejercida por “EL MUNICIPIO”, por intermedio de su representante técnico designado a tal efecto, aceptando “LA CONTRATISTA” su jurisdicción.
SEXTA: A partir de la firma del presente el proyecto y toda otra documentación, complementaria del mismo que ante requerimiento de “EL MUNICIPIO”, deba ser presentada por “LA CONTRATISTA”, pasara a ser propiedad de “EL MUNICIPIO” haciéndose “LA CONTRATISTA” responsable por los derechos de terceros derivados de la utilización de dicha documentación para la ejecución de la obra.
SEPTIMA: Las parte convienen en someterse a la jurisdicción contenciosa administrativa con asiento en la Ciudad de Corrientes Capital, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, que les pudiera corresponder.
En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Corrientes Provincia de Corrientes a los …. Días del mes de de 2018.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Coordinación de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Secretaria de Desarrollo urbano Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
XXXXXXXXX XXXXXXX CORRALES XXXX
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx
Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx.
Resolución N° 763
Corrientes, 27 xx Xxxxx de 2018 VISTO:
Lo dispuesto en el artículo N° 225, inciso 1, de la Constitución Provincia, artículos N° 108 y 109 de la Ley Provincial N° 5571, Decreto Provincial N° 3056/04 y la Resolución N° 337/05 y sus modificatorias Resoluciones N° 86 y N° 661 ambas del año 2010 y las Resoluciones N° 2721/11, 546/13, 44/13, 819/15, 1936/16 dictadas por el Departamento Ejecutivo Municipal y la Carta Orgánica Municipal – Art. 46° - Inciso 22 y 33; y
CONSIDERANDO:
Que, por lo dispuesto por el Xxxxxxxx Xx 00x - Xxxxxx 00 xx xx Xxxxx Orgánica Municipal y las disposiciones que establece la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contratación y Administración de los Bienes del Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000 y resolución N° 1942/17.
Que, debido al excesivo tramite burocrático que significa el pago de los aportes a la ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICPALES, y por cuestiones de no entorpecer y agilizar la tramitación del mismo, se torna necesario e indispensable delegar la facultad de autorización y pago en los Señores Secretarios de Hacienda y Coordinación de Gobierno.
Que, es menester que el titular del Departamento Ejecutivo delegue en la persona de los Señores Secretarios de Hacienda y Coordinación de Gobierno, la facultad de autorizar directamente el pago de aportes a la ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES según lo dispuesto por el Xxxxxxxx Xx 00 inc. 22 y realizar los pagos por disposición.
Que, la delegación debe tomar en cuenta el circuito de gestión interna establecida normativamente, con el único fin de agilizar los pagos a la mencionada institución.
Que, como lo explica Xxxxxxxx la delegación consiste, en lo esencial, en una técnica transitoria de transferencia de facultades de un órgano superior cabía otro inferior, pudiendo el delegante retomar la facultad de la que se ha desprendido en cualquier momento (Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Derecho Administrativo,
T. I. Xxxxxxx Xxxxxx, Buenos Aires, 2008, p.271).
Que, siguiendo al autor antes citado, en la delegación el superior es responsable por la manera en que las funciones transferidas sean ejercidas por el inferior (Xxxxxxxx, J.C. P. 272).
Que, de acuerdo con la reglamentación en vigencia, se procede a redactar la presente Resolución.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1: Xxxxxxx en los Señores Secretarios de Hacienda y Coordinación de Gobierno, la facultad de autorizar y pagar directamente por Disposición los aportes a la ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES, según lo establecido por el Xxxxxxxx Xx 00 inc. 22, de acuerdo a lo vertido en los considerandos.
Artículo 2: La delegación prevista en la presente no obsta a que el Señor Intendente pueda retomar la Facultad delegada en cualquier momento. Asimismo la delegación de dicha facultad en los Señores Secretarios mencionados no le confiere ni extiende la posibilidad de subdelegar.
Artículo 3: Encuadrar la presente en lo establecido por el articulo 46 inc. 33 de la Carta Orgánica Municipal.
Artículo 4: La presente resolución será refrendada por los Señores Secretarios de Hacienda y Coordinación de Gobierno.
Artículo 5: regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.