CONVOCATORIA 005-2024-SN/JNJ
CONVOCATORIA 005-2024-SN/JNJ
CONCURSO PÚBLICO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE JUECES/JUEZAS DE XXX XXXXXXX - ACCESO ABIERTO
BASES DE LA CONVOCATORIA ÍNDICE
1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Abreviaturas y siglas
1.2. Base legal
1.3. Principios
1.4. Plazas convocadas
1.5. Fuente
1.6. Perfil del puesto de juez/jueza de xxx xxxxxxx
2. ETAPAS DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS
2.1. Convocatoria de postulantes
2.1.1 Requisitos e impedimentos
2.1.2 Proceso de inscripción
2.1.3 Presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo – Ley N° 31227 y Reglamento para la implementación de la Ley N° 31227 aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG
2.1.4 Notificaciones del concurso y presentación de recursos
2.1.5 Postulante con discapacidad
2.1.6 Calificación de aptitud
2.2. Evaluación de conocimientos
2.3. Verificación del cumplimiento de requisitos de aptitud
2.4. Evaluación curricular
2.5. Estudio de caso
2.6. Entrevista personal
2.6.1 Actualización de información por el/la postulante
2.6.2 Pruebas de confianza
2.6.3. Hoja de vida de el/la postulante
2.6.4 Desarrollo y calificación de la entrevista personal
2.7. De la votación y nombramiento
2.7.1 Promedio final
2.7.2 Cuadro de méritos y publicación
2.7.3 Nombramiento
2.7.4 No Nombramiento
2.7.5 Publicación de nombramiento
2.7.6 Programa de habilitación
2.7.7 Formación académica de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley 30364 para los/las postulantes que provienen de la carrera judicial o fiscal
2.7.8 Secreto Bancario
2.7.9 Renuncia a cargo anterior
2.7.10 Entrega de título y juramento o promesa de honor
3. REGISTRO DE JUECES/JUEZAS SUPERNUMERARIOS(AS) Y REGISTRO DE CANDIDATOS(AS) EN RESERVA
4. PARTICIPACIÓN RESPONSABLE DE LA CIUDADANÍA
4.1. Tachas
4.2. Denuncias
ANEXOS
Anexo I – Cronograma del concurso público
Xxxxx XX – Perfil del puesto de juez/jueza de xxx xxxxxxx
Xxxxx XXX – Formato para la calificación de acciones de voluntariado en beneficio de la comunidad
Anexo IV – Parámetros de evaluación de estudio de caso
Anexo V – Parámetros para la evaluación de la entrevista personal Anexo VI – Formato de autorización de levantamiento xxx xxxxxxx bancario Anexo VII – Formato de presentación física de la tacha/denuncia
1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Abreviaturas y siglas
BOM : Boletín Oficial de la Magistratura
JNJ : Junta Nacional de Justicia
LCJ : Ley de la Carrera Judicial
TUO del Reglamento
de Concursos : Texto Único Ordenado del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Acceso Abierto
1.2. Base legal
• Constitución Política del Perú, artículos 147°, 150º y 154º inciso 1.
• Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia - Ley 30916.
• Ley de la Carrera Judicial - Ley 29277 y sus respectivas modificatorias.
• Ley N.° 31227 y Reglamento para la implementación de la Ley N° 31227 aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG.
• TUO del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Acceso Abierto – aprobado por Resolución 525-2021- JNJ del 20/08/2021, publicada en el diario oficial El Peruano el 31/08/2021, modificado por Resolución N.º 1589-2022-JNJ del 16 de diciembre de 2022, Resolución N.º 438-2024-JNJ del 26 xx xxxxx del 2024, rectificado por Resolución N.º 300-2023-JNJ del 31 xx xxxxx del 2023; y modificado por
Resolución N.º 438-2024-JNJ del 26 xx xxxxx del 2024, y Resolución N.º 901-2024-JNJ del 30 xx xxxx del 2024.
1.3. Principios
El procedimiento de selección y nombramiento se rige por los principios contenidos en el artículo III del Título Preliminar de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia.
1.4. Plazas convocadas: 12
JUECES XX XXX LETRADOS
N° | DISTRITO JUDICIAL | UBICACIÓN | PUESTO | ADICIONAL | VACANTES |
1 | AREQUIPA | AREQUIPA | XXXX XX XXX LETRADO | FAMILIA | 1 |
2 | XXXXXXXX | XXXXXX XXXXXX | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
3 | AREQUIPA | PAUCARPATA | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
4 | CAJAMARCA | CONTUMAZA | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
5 | LA XXXXXXXX | XXXXXXXX | XXXX XX XXX LETRADO | CIVIL | 1 |
6 | LA XXXXXXXX | XXXXXXXX - LA XXXXXXXXX | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
7 | LIMA ESTE | ATE | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
8 | LIMA ESTE | SAN XXXX DE LURIGANCHO | XXXX XX XXX LETRADO | LABORAL | 1 |
9 | LIMA NORTE | LOS OLIVOS | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
10 | XXXXXX | XXXXXX - XXXXX | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
11 | XXXXXX | XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX - XXXXX XXXXXXXX | XXXX XX XXX LETRADO | 1 | |
12 | UCAYALI | CORONEL XXXXXXXX - MANANTAY | XXXX XX XXX LETRADO | MANANTAY | 1 |
TOTAL | 12 |
1.5. Fuente
• Oficio N.° 000088-2024-GG-PJ del 25/01/2024
• Oficio N.° 002550-2024-SG-CE-PJ del 29/04/2024
1.6. Perfil del puesto de juez/jueza de xxx xxxxxxx
Contiene información del puesto: funciones, requisitos, conocimientos y habilidades o competencias (Anexo II).
2. ETAPAS DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS
El concurso consta de cuatro (04) etapas:
2
Evaluación curricular
Estudio de caso
3
4
Entrevista Personal
Evaluación de conocimientos
1
Valores de las etapas:
• Evaluación de conocimientos – 25% del total de la calificación
• Evaluación curricular – 20% del total de la calificación
• Estudio de caso – 25% del total de la calificación
• Entrevista personal – 30% del total de la calificación
Todas las etapas son eliminatorias. El/la postulante debe obtener puntaje mínimo aprobatorio en cada una de 66.66 sobre un máximo de 100 puntos.
Se excluye al postulante por inasistencia o impuntualidad en cualquier etapa del concurso. No se admite justificación alguna.
2.1. Convocatoria de postulantes
2.1.1 Requisitos e impedimentos
El/la postulante, al término del periodo de inscripciones, debe tener cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 4° y 9° de la Ley de la Carrera Judicial, en concordancia con el artículo 151° de la Constitución Política del Perú, normativa que se cita a continuación. Asimismo, debe presentar al momento de su inscripción a través de la extranet de la JNJ, la documentación a que se refiere el artículo 8° del TUO del Reglamento de Concursos.
• Constitución Política del Perú
“Academia de la Magistratura
Artículo 151.- La Academia de la Magistratura, que forma parte del Poder Judicial, se encarga de la formación y capacitación de jueces y fiscales en todos sus niveles, para los efectos de su selección.
(…).”
• Requisitos - LCJ
Artículo 4°.- Requisitos generales para acceder y permanecer en la carrera judicial.
Son requisitos generales para el ingreso y permanencia en la carrera judicial:
1. Ser peruano de nacimiento.
2. Tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y los derechos civiles.
3. Tener título de abogado expedido o revalidado conforme x xxx, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional.
4. No haber sido condenado ni haber sido pasible de una sentencia con reserva de fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para el acceso a la carrera judicial.
5. No encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni ser deudor alimentario moroso.
6. La discapacidad física, sensorial, mental e intelectual no constituye impedimento; salvo que la persona esté imposibilitada para cumplir con dichas funciones.
7. No haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial o del Ministerio Público ni despedido de cualquier otra dependencia de la Administración Pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave.
8. No estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley.
Artículo 9.- Requisitos especiales para Xxxx xx Xxx Letrado
Para ser Xxxx xx Xxx Letrado se exige, además de los requisitos generales:
1. Ser mayor de veinticinco (25) años;
2. Xxxxx ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un período no menor de tres (3) años; o haberse desempeñado como secretario o relator xx Xxxx por más de dos (2) años o como secretario de Juzgado por más de cuatro (4) años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los períodos en una y otra condición son acumulables, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea;
3. Haber superado la evaluación prevista por la Junta Nacional de Justicia; y
4. Participar del programa de habilitación.
• Documentación que debe presentar (Artículo 8° del TUO del Reglamento de Concursos):
1. Constancia expedida por el Colegio de Abogados que acredite su fecha de incorporación y que se encuentra hábil para el ejercicio de la profesión, salvo que dicha información se pueda verificar a través del portal institucional del Colegio de Abogados respectivo.
2. Declaraciones juradas:
a. De ser peruano(a) de nacimiento.
b. De no haber sido declarado no ratificado(a) en cargo judicial o fiscal.
c. De no haber sido destituido(a) en cargo judicial o fiscal.
d. De no encontrarse sancionado(a) con suspensión por falta grave, separado(a) definitivamente o expulsado(a) de un colegio profesional de abogados.
e. De no haber sido condenado(a) ni de haber sido declarada su culpabilidad con reserva de fallo condenatorio por delito doloso. La rehabilitación luego de cumplida una sentencia condenatoria por delito doloso o vencido el plazo de la reserva del fallo condenatorio no lo habilita para postular.
f. De no haber sido despedido(a) de la administración pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave declarada mediante resolución firme.
g. De no encontrarse declarado(a) judicialmente en estado de quiebra culposa, fraudulenta o en estado de insolvencia.
h. De no ser deudor(a) alimentario(a) moroso(a).
i. De no adolecer de enfermedad que lo/la imposibilite para ejercer funciones en el lugar al cual postula.
j. De no encontrarse afiliado(a) a una organización política, un (01) año antes de la convocatoria a concurso.
k. De no encontrarse en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI), previsto en la Ley 30353.
l. De no estar incurso en los impedimentos a que se refiere el artículo 41º de la Ley de la Carrera Judicial - Ley 29277, artículo 40° de la Ley de la Carrera Fiscal – Ley 30483 u otros de acuerdo x xxx, al momento de su inscripción.
m. De no tener incompatibilidad por unión de hecho, por matrimonio o por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, al momento de su inscripción, conforme al artículo 158° de la Constitución y artículos 42° de la Ley de la Carrera Judicial - Ley 29277 y 41° de la Ley de la Carrera Fiscal – Ley 30483.
n. De no encontrarse postulando simultáneamente en otro concurso convocado por la Junta o en otra plaza del mismo concurso.
o. De la fecha de renuncia al Ministerio Público o Poder Judicial, con indicación de la resolución administrativa que la acepte, sólo cuando el/la postulante se presente en condición de abogado(a) o docente, habiendo sido juez, jueza o fiscal titular.
Las declaraciones juradas a que se contraen los literales antes señalados, están contenidas en la Ficha de Inscripción.
3. Autorización del levantamiento de su secreto bancario, en caso de ser nombrado(a) como juez/jueza o fiscal, previa a la juramentación y entrega del título de nombramiento.
4. Si el/la postulante tiene parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con miembros, funcionarios(as), trabajadores(as), integrantes de comisiones consultivas o asesores de la JNJ, aun cuando no fueran remunerados; debe precisar sus nombres y demás información requerida.
5. Si el/la postulante se encuentra procesado(a) en el ámbito penal, administrativo, disciplinario o ha sido suspendido(a) preventivamente del cargo o demandado(a) en un proceso civil, o denunciado por violencia familiar o doméstica, debe presentar copia de los principales actuados de cada expediente. Asimismo, debe señalar el número de expediente, el Juzgado, Sala u órgano administrativo correspondiente, la materia, las partes involucradas y el estado actual del proceso.
6. Requisitos por condición de postulación:
x. Xxxx, jueza o fiscal:
x. Xxxxxxxxxx de tiempo de servicios precisando los cargos desempeñados, así como fecha de inicio y finalización en cada cargo. Asimismo, debe precisar las licencias sin goce de haber con fecha de inicio y finalización, periodos que no son computables para el tiempo de servicios.
b. Abogado(a)
Constancias y/o documentos que acrediten su experiencia profesional:
i. En entidades públicas y no públicas, bajo relación de dependencia: Constancia expedida por el jefe del área de recursos humanos o el que haga sus veces, que certifique el periodo laborado.
ii. En el ejercicio libre de la abogacía: La declaración jurada anual presentada ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – Sunat y documentos de naturaleza tributaria que acrediten el ejercicio efectivo mensual de la profesión.
Se consideran en este ítem a los servicios prestados en la modalidad de locación de servicios.
c. Docente universitario(a):
Constancia de tiempo de servicios expedida por el funcionario competente de la universidad. Asimismo, debe precisar las licencias sin goce de haber con fecha de inicio y finalización, periodos que no son computables para el tiempo de servicios.
La constancia expedida por el Colegio de Abogados, así como las de tiempo de servicios (para los postulantes en condición de juez, jueza, fiscal o docente universitario), deben encontrarse vigentes a la fecha de publicación de la convocatoria a concurso.
Si el documento no indica expresamente el periodo de vigencia, se admiten aquellos cuya emisión no tenga una antigüedad mayor de 90 días a la fecha de su presentación.
7. Declaración jurada de intereses de carácter preventivo con firma digital, conforme a la Ley N° 31227 y su Reglamento aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG y al Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, la que debe presentarse a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) de la Contraloría General de la República.
2.1.2. Proceso de inscripción
Para participar en el concurso, el/la postulante debe:
a. Abonar el derecho de tramitación
• El pago se efectúa en el Banco de la Nación, programa vía Teleproceso
• En el recibo debe figurar el número del DNI de el/la postulante.
CÓDIGO TRIBUTO | CONCEPTO | IMPORTE |
09161 | Juez o Fiscal ACCESO ABIERTO | S/. 1 200.00 |
b. Ingresar a la Ficha de Inscripción
Para registrar su inscripción, el/la postulante debe llenar la Ficha de Inscripción a través de la extranet de la JNJ, a la cual puede acceder a partir del día siguiente de efectuado el pago, siguiendo las instrucciones detalladas en ella. Para ello se consigna y verifica una dirección de correo electrónico, que le permite crear un usuario y una contraseña para acceder al sistema.
Concluido el procedimiento de inscripción, se envía al correo electrónico de el/la postulante un mensaje confirmatorio de haber finalizado correctamente su inscripción al concurso.
Nota: Los postulantes habilitados de las Convocatorias N° 004, 005 y 006-2018- SN/CNM de acuerdo al listado publicado por la Junta Nacional de Justicia, deberán ingresar a la extranet de la JNJ con su usuario (DNI) y contraseña. A continuación, elegir la pestaña “Sin voucher de pago” y continuar la inscripción siguiendo los pasos que se indiquen.
2.1.3. Presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo
– Ley N° 31227 y Reglamento para la implementación de la Ley N° 31227 aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG
El/la postulante inscrito(a), de acuerdo con la Ley N° 31227, debe presentar su declaración jurada de intereses de carácter preventivo (Anexo 3 del Reglamento de la Ley) a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) de la Contraloría General de la República, para lo cual necesariamente debe utilizar su firma digital, conforme al Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por Decreto Supremo N° 052- 2008- PCM. No se admite la presentación física de la citada declaración jurada.
El usuario y contraseña para acceder al SIDJI le será remitido por la Contraloría al correo electrónico señalado en la ficha de inscripción, en el horario de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:30 p.m.
La declaración jurada se publica en el BOM de la JNJ. La información respecto a los menores de edad es protegida y excluida de la publicación.
Plazo de presentación:
Se encuentra contenido en el Anexo I de las bases. No se admite la presentación de la declaración jurada fuera del plazo establecido.
De acuerdo a los mandatos previstos en la Ley 31227, de no presentar la citada declaración jurada en el plazo señalado, el/la postulante queda inmediatamente excluido(a) del concurso.
Horario de presentación:
• Postulantes inscritos hasta las 12 del mediodía: A partir de las 02:00 p.m.
• Postulantes inscritos después de las 12 del medio día: a partir del día siguiente de su inscripción.
Cualquier consulta respecto a la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo debe formularla ante la Contraloría General de la República, al siguiente teléfono:
- Teléfono: 01 - 3303000 opción 1
- Horario de atención: lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:30 p.m.
2.1.4. Notificaciones del concurso y presentación de recursos
Los actos concernientes al procedimiento de selección y nombramiento y al Registro de Candidatos(as) en Reserva, se notifican a través de los correos electrónicos consignados en la ficha de inscripción y casilla electrónica de el/la postulante proporcionada por la Junta, así como en el BOM cuando corresponda. Todos los escritos y recursos de el/la postulante serán presentados a través de la extranet de la JNJ, habilitada para el efecto.
2.1.5. Postulante con discapacidad
El/la postulante que requiera de atención especial para la evaluación de conocimientos, estudio de caso o entrevista personal, debe indicarlo en su ficha de inscripción.
El/la postulante con discapacidad que desee acceder a la bonificación a que se contrae la Ley General de la Persona con Discapacidad - Ley 29973, debe presentar el certificado correspondiente a través de la extranet de la JNJ desde la inscripción al concurso hasta tres (03) días después de la publicación de los resultados de los recursos de reconsideración interpuestos contra la evaluación curricular.
2.1.6. Calificación de aptitud
Con la declaración jurada de cumplimiento de requisitos efectuada por cada postulante y la información contenida en la base de datos de la Junta Nacional de Justicia, se califica el cumplimiento de los requisitos de aptitud.
La nómina de postulantes aptos(as) y no aptos(as) para el procedimiento de selección, se publica en el BOM.
El/la postulante declarado(a) no apto(a) puede interponer recurso de reconsideración a través de la extranet de la JNJ, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.
2.2. Evaluación de conocimientos
La evaluación de conocimientos será presencial.
Aborda las disciplinas y materias que permiten acreditar la solvencia académica
y profesional del candidato(a) para poder desempeñar el cargo al que postula.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27º del TUO del Reglamento, para este concurso los porcentajes en los contenidos de las preguntas serán los siguientes:
Xxxx/jueza de Xxx Xxxxxxx
Preguntas en materia básica: 60% Preguntas en la especialidad de la plaza: 40%
Las materias básicas están señaladas en el citado artículo 27° del TUO del Reglamento.
Los resultados de la evaluación de conocimientos se publican en el BOM, con la relación de postulantes aptos para la siguiente etapa. La calificación es inimpugnable. También se le notifican a los/las postulantes a los correos electrónicos consignados en la ficha de inscripción.
2.3. Verificación del cumplimiento de requisitos de aptitud
Con la publicación del resultado de la evaluación de conocimientos, se verifica el cumplimiento de los requisitos de aptitud de el/la postulante aprobado.
De observar alguna omisión en la documentación presentada, se notifica al postulante a fin que subsane la misma en el plazo de dos (02) días hábiles perentorios.
Si el/la postulante no cumple los requisitos establecidos en la ley, o se inscribe en una condición que no le corresponde, o no subsana la documentación requerida y/u observada en el plazo establecido, es excluido(a)
El/la postulante excluido(a) puede interponer recurso de reconsideración a través de la extranet de la JNJ, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.
2.4. Evaluación curricular
Los/las postulantes aptos(as) para la etapa de evaluación curricular deben presentar su currículum vitae, con copia de la documentación que lo sustente, completa, debidamente escaneada por el anverso y reverso de corresponder el caso, a través de la extranet de la JNJ, la que tiene carácter de declaración jurada.
Para la calificación del ítem Acciones de voluntariado en beneficio de la comunidad, además de la constancia señalada en el TUO del Reglamento de Concursos, el postulante debe presentar el formato establecido en el Anexo III.
En caso de presentar investigaciones jurídicas, debe adjuntar el archivo digital en formato Word (no imágenes), así como del contenido del ejemplar físico escaneado y de las partes pertinentes que permitan determinar que se trata de una publicación en revista indexada especializada en Derecho o en otras disciplinas de las ciencias sociales y que cuenta con un comité editorial o, en su defecto, que se trata de un libro. De no cumplir con lo establecido, no es objeto de calificación.
Los certificados, diplomas, constancias y documentos análogos emitidos en
lengua extranjera deben presentarse traducidos conforme x xxx.
Toda documentación remitida con posterioridad al plazo establecido en el Anexo I, se tiene por no presentada. No se admite subsanación de documentos. Es responsabilidad de el/la postulante acreditar los documentos materia de evaluación.
Se asigna un puntaje a cada mérito acreditado documentalmente, conforme a la tabla adjunta al TUO del Reglamento de Concursos.
Los resultados de la evaluación curricular se publican en el BOM, conjuntamente con los formularios individuales señalados en el artículo 35° del TUO del Reglamento de Concursos.
El/la postulante puede interponer recurso de reconsideración contra el puntaje obtenido en la evaluación curricular, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación a través de su correo electrónico. El recurso se interpone a través de la extranet de la JNJ.
La decisión sobre el citado recurso es inimpugnable, se notifica a cada postulante y se publica en el BOM, con la relación de postulantes aptos para la siguiente etapa y su currículum vitae.
2.5. Estudio de caso
La evaluación del estudio de caso será presencial.
• El/la postulante elige en acto público y al azar un caso, el que debe analizar y resolver oralmente.
• Tiempo para el análisis del caso: 80 minutos.
• Tiempo de sustentación: 20 minutos.
• Absolución de preguntas: 20 minutos
La calificación se realiza de acuerdo con los parámetros establecidos en el Anexo IV.
Los evaluadores que tengan impedimentos respecto de los candidatos a evaluar tales como: relación previa de subordinación (jefe/colaborador), relación previa o actual de trabajo en la misma unidad orgánica, o amistad o enemistad manifiesta; se inhibirán de actuar y serán reemplazados por otros evaluadores designados por la JNJ.
Para este propósito, los evaluadores suscribirán una declaración jurada de no tener conflicto de intereses o impedimento alguno respecto de los postulantes por evaluar. La misma regla será de aplicación para el caso de los postulantes.
Las calificaciones obtenidas por el/la postulante se publican en el BOM. Asimismo, se publica la relación de postulantes aptos para la siguiente etapa. La calificación es inimpugnable. También se le notifican a los/as postulantes a su correo electrónico.
La información sobre el lugar de esta evaluación, así como las demás características específicas para su realización, se informarán a los/las postulantes oportunamente.
2.6. Entrevista personal
2.6.1. Actualización de información por el/la postulante
El/la postulante que en la ficha de inscripción consigne procesos penales, administrativos, disciplinarios o civiles, está obligado a remitir información actualizada de los mismos y las resoluciones escaneadas que los sustenten, a través de la extranet de la JNJ, dentro de los tres (03) días de publicados en el BOM los resultados del estudio de caso.
Asimismo, de registrar procesos posteriores a los antes señalados, debe remitir la información correspondiente.
2.6.2. Pruebas de confianza
Las pruebas de confianza que se aplican en el presente concurso son las siguientes:
• Prueba psicológica y psicométrica.
• Prueba patrimonial.
• Prueba socioeconómica.
El/la postulante puede acceder a los resultados de la prueba psicológica y psicométrica una vez concluida su entrevista personal.
Las pruebas patrimonial y socioeconómica son entregadas a el/la postulante a través de la extranet de la JNJ para que en el plazo que se establezca oportunamente puedan realizar las precisiones, aclaraciones o comentarios que consideren pertinentes.
Las pruebas señaladas son de carácter obligatorio. Es excluido(a) el/la postulante que no rinde alguna de ellas o no presenta la documentación requerida para las mismas.
2.6.3. Hoja de vida de el/la postulante
La hoja de vida está a disposición de el/la postulante antes de su entrevista personal, debiendo acceder a ella a través de la extranet de la JNJ y realizar las observaciones o proporcionar la información que considere pertinente a través del correo electrónico que señale la Dirección, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación. De no recibirse ninguna observación en dicho plazo, se tiene por válido lo consignado. La Dirección de Selección y Nombramiento no recibe información adicional. Excepcionalmente, la puede presentar en el acto de su entrevista personal ante el Pleno de la JNJ.
2.6.4. Desarrollo y calificación de la entrevista personal
Se desarrolla en sesión pública en la sede de la JNJ y se transmite en tiempo real a través de los medios de comunicación que la JNJ determine.
La calificación de la entrevista personal se realiza de acuerdo con los parámetros establecidos en el Anexo VI y se publica en el BOM con la identificación de cada miembro evaluador de la JNJ, con la fundamentación correspondiente. La calificación es inimpugnable.
Asimismo, se publica la relación de postulantes aprobados(as) en esta etapa. También se notifica a los/as postulantes a su correo electrónico.
2.7. De la votación y nombramiento
2.7.1. Promedio final
El promedio final se obtiene con las calificaciones de cada una de las etapas, aplicando los valores establecidos en el artículo 25° del TUO del Reglamento de Concursos, considerando la adición de la bonificación por discapacidad o idioma nativo, de corresponder el caso.
En caso de empate en el promedio final entre postulantes en condición de juez/jueza o fiscal, se considera al que tenga mayor antigüedad en la función y, tratándose de postulantes de diferente condición, se considera al que tenga la fecha de incorporación más antigua al Colegio de Abogados.
2.7.2. Cuadro de méritos y publicación
El cuadro de méritos se publica en el BOM después de efectuado el nombramiento de el/la postulante por el Pleno de la JNJ. Contiene las calificaciones obtenidas por los postulantes que aprobaron todas las etapas del concurso.
2.7.3. Nombramiento
Se nombra a el/la postulante que obtiene el voto de por lo menos los dos tercios del número legal de los miembros de la JNJ.
Si el/la postulante sobre el/la cual se debe votar primero según el orden de méritos, no obtiene el número de votos requeridos, se procede al acto de votación de el/la que obtuvo el segundo puesto. Si no alcanzara la votación requerida se pasará a la votación de el/la que obtuvo el tercer puesto. Si ninguno de éstos(as) alcanza el número de votos requeridos, la plaza se declara desierta.
2.7.4. No nombramiento
En caso de que el Pleno encuentre razones objetivas para no nombrar a un/una postulante siguiendo el orden del cuadro de méritos, se deja constancia de su decisión en el acta respectiva, debiendo fundamentar las razones de su voto en pliego aparte, el que forma parte integrante del acto de no nombramiento.
Cuando el no nombramiento se sustente en las pruebas de confianza de el/la postulante, el acuerdo del Pleno y los votos fundamentados son reservados y sólo son de conocimiento de el/la postulante no nombrado(a).
2.7.5. Publicación de nombramiento
Se publica en el BOM los nombres de los/las postulantes nombrados(as), así como los nombres de los/las postulantes que no alcanzaron los votos requeridos para su nombramiento.
2.7.6. Programa de habilitación o de inducción
Los/las postulantes que tienen acuerdo de nombramiento y que no provengan de la carrera judicial o fiscal, antes del acto solemne de juramentación y entrega de título, deben participar obligatoriamente en un programa de alto nivel de formación de ochenta (80) horas académicas a cargo de la AMAG, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 68° del TUO del Reglamento de Concursos.
La JNJ, luego del examen y validación del informe motivado que expida la AMAG, dispone que el postulante preste juramento en el cargo.
En el supuesto que el informe no sea favorable al postulante, el Pleno de la Junta reevalúa la decisión del nombramiento. De dejar sin efecto el nombramiento de el/la postulante, la plaza es convocada en un nuevo concurso público.
2.7.7. Formación académica de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley 30364 para los/las postulantes que provienen de la carrera judicial o fiscal
Los/las postulantes que tienen acuerdo de nombramiento y que provienen de la carrera judicial o fiscal, deben acreditar obligatoriamente una formación académica en materia de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, derechos humanos e interculturalidad relacionada con las mujeres e integrantes del grupo familiar, a través de programas, talleres o capacitaciones, con un mínimo de 20 horas de duración, dictados únicamente por universidades, colegios de abogados, Academia de la Magistratura, organismos públicos o conjuntamente entre ellos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 60° numeral 16 del Texto Único Ordenado de la Ley 30364.
2.7.8. Secreto Bancario
Los/las postulantes nombrados(as), previo a la juramentación y entrega del título de nombramiento, deben presentar en el formato correspondiente (Anexo VI) la respectiva autorización de levantamiento de su secreto bancario.
2.7.9. Renuncia a cargo anterior
El/la postulante que ha sido nombrado(a) y no proviene de la carrera judicial o fiscal, en caso ostente un cargo público o privado, debe presentar ante la Secretaría General de la JNJ la resolución o documento que acepte su renuncia hasta cinco (05) días antes de su juramentación, caso contrario el Pleno de la JNJ deja sin efecto el nombramiento y la plaza es convocada en un nuevo concurso público.
2.7.10. Entrega de título y juramento o promesa de honor
La ceremonia de entrega de título y juramentación o promesa de honor, se realiza en acto público ante el/la presidente(a) de la JNJ.
• Fórmula del juramento o promesa de honor: “Juro por Dios (o prometo por mi honor), desempeñar fielmente los deberes del cargo que se me ha conferido”.
Nota: Consultas sobre juramentación y entrega de título: Secretaría General de la JNJ – Anexos 137 y 195 o al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
3. REGISTRO DE JUECES/JUEZAS SUPERNUMERARIOS(AS) Y REGISTRO DE CANDIDATOS EN RESERVA
Culminado el acto de votación y nombramiento de los/las postulantes, los/las subsiguientes en el orden de méritos que no hayan alcanzado vacante y no hayan sido objeto de votación, pueden optar por incorporarse tanto al Registro de jueces/juezas supernumerarios(as) como al de Registro de Candidatos(as) en Reserva.
• Registro de jueces/juezas supernumerarios(as)
Los jueces/juezas supernumerarios(as) pueden ser llamados a cubrir temporalmente plazas vacantes de acuerdo x xxx, según las necesidades del Poder Judicial.
• Registro de Candidatos(as) en Reserva
La condición de candidato(a) en reserva se mantiene hasta por un año contado a partir de la fecha de publicación del citado registro. Una vez culminado el plazo, vence automáticamente su condición de candidato(a) en reserva.
El/la candidato(a) en reserva debe actualizar la información sobre sanciones disciplinarias, procesos judiciales o procedimientos disciplinarios, remitiendo las resoluciones escaneadas que los sustenten, a través de la Ficha Única en la extranet de la JNJ, cuando se hayan producido cambios en la información contenida en su hoja de vida.
La votación para el nombramiento de el/la candidato(a) en reserva se sujeta al procedimiento contenido en el reglamento de concursos.
En caso de renunciar al nombramiento o de no obtener los votos requeridos para su nombramiento, es excluido(a) del Registro de candidatos(as) en reserva.
Si existen candidatos en reserva para una misma plaza tanto en el registro del concurso de ascenso como en el de acceso abierto, se vota por el candidato en reserva que tiene mayor puntaje.
4. PARTICIPACIÓN RESPONSABLE DE LA CIUDADANÍA
4.1. Tachas – artículos 14° al 20° del TUO del Reglamento de Concursos
La tacha está referida a cuestionar el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas legales vigentes y en el TUO del Reglamento de Concursos.
• Plazo de interposición
Ocho (08) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOM y en la página web de la JNJ, de los resultados de la evaluación curricular.
• Presentación
La tacha se formula a través de la extranet de la JNJ, o por escrito presentado en la sede de la Junta o a través de la mesa de partes virtual de la JNJ, en los dos últimos casos de acuerdo con el formato establecido en el Anexo VII.
• Requisitos
1. Nombres y apellidos completos, número del Documento Nacional de Identidad y domicilio de cada persona que la presenta. Si se trata de una persona jurídica se hará a través de su representante legal debidamente acreditado, cumpliendo los demás requisitos establecidos.
2. Correo electrónico para realizar las respectivas notificaciones.
3. Nombres y apellidos de el/la postulante tachado/a.
4. Descripción de los hechos y fundamentos en que se sustenta la tacha.
5. Los medios probatorios. De no tenerlos en su poder, debe precisar los datos que los identifiquen y la dependencia donde se encuentren.
6. Lugar, fecha, firma y huella digital. De no saber firmar o tener impedimento físico, imprimirá su huella digital. La Junta se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la firma y huella digital.
La tacha presentada por más de una persona debe consignar los datos de cada una de ellas y señalar un domicilio y un correo electrónico en común en el que se efectúan las notificaciones.
No se exige firma de abogado(a) ni pago de tasa.
4.2. Denuncias – artículos 21° y 22° del TUO del Reglamento de Concursos
La JNJ recibe hasta siete (07) días hábiles antes de la entrevista todo tipo de información u observación que esté destinada a cuestionar la idoneidad, integridad o probidad de el/la postulante.
Dicha información u observación se presenta a través de la extranet de la JNJ, o por escrito en la sede de la Junta o a través de la mesa de partes virtual de la JNJ, en los dos últimos casos de acuerdo con el formato establecido en el Anexo
VII. Debe acompañar la prueba que sustente la denuncia.
La JNJ se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la firma.
La JNJ garantiza la reserva de los datos de contacto de la persona que formula la denuncia.
La denuncia que no cumpla con lo establecido en el artículo 21° del TUO del Reglamento de Concursos, es archivada por la DSN, salvo que la Comisión de Selección y Nombramiento de la JNJ, en base a criterios de legalidad, objetividad y razonabilidad, disponga lo contrario.
ANEXO I
CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO
ETAPAS DEL CONCURSO | FECHAS |
CONVOCATORIA DE POSTULANTES | |
Pago por derecho de tramitación | Del 03 al 17 xx xxxxx del 2024 |
Plazo de inscripción y presentación de documentos de aptitud | Del 04 xx xxxxx hasta las 12 del mediodía del 18 xx xxxxx del 2024 |
Plazo de presentación de declaración jurada en el SIDJI de la CGR | Hasta las 11:59 p.m. del 18 xx xxxxx del 2024 |
Publicación de relación de postulantes aptos(as) y no aptos(as) | 28 xx xxxxx del 2024 |
Plazo de interposición de recursos de reconsideración de postulantes no aptos | 01 al 03 de julio del 2024 |
Publicación de resultados de los recursos de reconsideración | 12 de julio del 2024 |
Presentación de documentos de discapacidad | Del 04 xx xxxxx del 2024 hasta tres (03) días después de la publicación de los resultados de los recursos de reconsideración interpuestos contra la evaluación curricular |
1. EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS | |
Evaluación de conocimientos | 21 de julio del 2024 |
Publicación de resultados y de la relación de postulantes aptos(as) | 21 de julio del 2024 |
2. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS | |
✓ Presentación digital de documentos del currículum vitae ✓ Presentación digital de las investigaciones jurídicas | 22 al 31 de julio del 2024 |
⮚ El cronograma de las demás etapas del concurso se dará a conocer oportunamente
PRESENTACIÓN DE TACHAS | |
ETAPAS | FECHAS |
Plazo de interposición | Ocho (08) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOM y en la página web de la JNJ, de los resultados de la evaluación curricular |
PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS | |
ETAPAS | FECHAS |
Plazo de presentación | Desde el 28 xx xxxxx del 2024, hasta siete (07) días hábiles antes de la entrevista |
ANEXO II
PERFIL DEL PUESTO DE JUEZ/JUEZA DE XXX XXXXXXX
PERFIL DEL PUESTO | |||||
IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO | |||||
Institución | Poder Judicial | ||||
Nombre del cargo | Juez/jueza de xxx xxxxxxx | ||||
MISIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL PUESTO | |||||
El/la juez/jueza es la autoridad que materializa el valor justicia, garantiza y protege los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas. Realiza su labor en un marco de independencia, imparcialidad, integridad, liderazgo y con pensamiento crítico; mostrando en todo momento valores democráticos, una sólida formación ética, vocación de servicio, sensibilidad social, perspectiva de igualdad de género y de ecoeficiencia. Es consciente de su rol en la solución de conflictos con trascendencia jurídica, que le permite restablecer la paz social, contribuyendo al desarrollo económico y social del país. Es poseedor/a de conocimientos jurídicos especializados y actualizados, así como de la realidad jurídica nacional e internacional; tiene amplia cultura general, competencias digitales e inteligencia emocional. El juez/x xx xxx letrado procura los valores y atributos señalados en un grado compatible con su función, al mismo tiempo que construye una trayectoria personal, profesional y ciudadana relevante. Muestra cercanía con la comunidad de la que es parte. Cumple plenamente los requisitos señalados en el artículo 9° de la Ley de la Carrera Judicial. | |||||
RESPONSABILIDADES ASOCIADAS AL CARGO | |||||
En concordancia a lo establecido en: • La Ley de la Carrera Judicial – Ley 29277. • El Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS. • Otras disposiciones legales alineadas a la función del puesto. | |||||
FORMACIÓN ACADÉMICA | |||||
A) Situación académica y carrera requeridos: | B) ¿Colegiatura y habilitación profesional? | ||||
Título de abogado | SI | X | NO | ||
COMPETENCIAS LABORALES | |||||
GENERALES | ESPECÍFICAS | CONDUCTUALES | |||
1. Orientación al servicio 2. Orientación a los resultados 3. Conocimiento del entorno organizacional 4. Adaptabilidad al cambio 5. Perspectiva de igualdad de género | 1. Profundos conocimientos jurídicos 2. Orientación del proceso 3. Valoración de la Información 4. Identificación de problemas 5. Comprensión oral y escrita 6. Expresión oral y escrita | 1. Ética 2. Independencia 3. Imparcialidad 4. Prudencia 5. Sensibilidad social 6. Liderazgo 7. Pensamiento crítico, analítico y |
6. Promoción de entorno ecoeficiente 7. Asertividad 8. Adaptabilidad y aplicación de las TICs 9. Trabajo colaborativo 10. Dirección institucional 11. Gestión de despacho judicial/corporativo | 7. Solución de conflictos | deliberativo 8. Autocontrol |
REQUISITOS | ||
El/la juez/jueza de Xxx xxxxxxx debe cumplir los requisitos establecidos en el numeral 2.1.1. de las bases. |
ANEXO III
FORMATO PARA LA CALIFICACIÓN DE ACCIONES DE VOLUNTARIADO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD
Apellidos y nombres del postulante
Nombre de organización a cargo del voluntariado
Nombre del beneficiario
Duración del voluntariado
• Inicio :
• Fin :
Acciones Realizadas
Objetivos y/o impactos alcanzados
…………………………….……...
Firma del postulante
ANEXO IV
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DEL ESTUDIO DE CASO
Nombre del postulante | ||||
Convocatoria | ||||
Criterios de calificación | Estándares de desempeño (Sobre 100 puntos) | |||
Estándar sobresaliente (25/22 puntos) | Estándar alto (21.99/17.50 puntos) | Estándar básico (17.49/16.665 puntos) | Estándar bajo (16.664 a menos) | |
Análisis de los supuestos procesales e identificación de la problemática, conflicto o controversia del caso judicial. | Analiza de forma correcta los supuestos procesales e identifica de manera sobresaliente la problemática, conflicto o controversia del caso judicial. | Analiza de forma correcta los supuestos procesales e identifica adecuadamente la problemática, conflicto o controversia del caso judicial. | Analiza de manera básica los supuestos procesales e identifica la problemática, conflicto o controversia del caso judicial. | Solo analiza los supuestos procesales, pero no identifica la problemática, conflicto o controversia del caso judicial. |
Puntaje obtenido | - | - | - | - |
Capacidad técnico-jurídica y conocimiento del marco normativo, jurisprudencial y doctrinario, aplicable al caso judicial. | Demuestra una sobresaliente capacidad técnico-jurídica y conocimiento normativo, jurisprudencial y doctrinario relacionado al caso judicial correspondiente. | Demuestra una alta capacidad técnico- jurídica y conocimiento normativo, jurisprudencial y doctrinario relacionado al caso judicial correspondiente. | Demuestra una básica capacidad técnico-jurídica y conocimiento normativo, jurisprudencial y doctrinario relacionado al caso judicial correspondiente. | Demuestra una baja capacidad técnico-jurídica y conocimiento normativo, jurisprudencial y doctrinario relacionado al caso judicial correspondiente. |
Puntaje obtenido | - | - | - | - |
Sustentación del caso judicial. | Sustenta de manera sobresaliente su intervención, utilizando argumentos jurídicos lógicos, claros y coherentes, relacionados al caso judicial correspondiente. | Sustenta correctamente su intervención, utilizando argumentos jurídicos lógicos, claros y coherentes, relacionados al caso judicial correspondiente. | Sustenta en forma básica su intervención, al utilizar argumentos jurídicos, relacionados al caso judicial correspondiente. | Sustenta en forma insuficiente su intervención, al utilizar argumentos respecto del caso judicial correspondiente. |
Puntaje obtenido | - | - | - | - |
Resolución del caso judicial. | Resuelve en forma sobresaliente el caso judicial, motivando su decisión y estableciendo una postura jurídica sólida. | Resuelve correctamente el caso judicial, motivando su decisión y estableciendo una postura jurídica sólida. | Resuelve el caso judicial, motivando su decisión. | Resuelve en forma insuficiente el caso judicial, sin motivar adecuadamente su decisión. |
Puntaje obtenido | - | - | - | - |
TOTAL | 100/88 | 87.99/70 | 69.9/66.66 | 66.65 a menos |
RESULTADO: |
Nombre y firma del evaluador
Nota: Conforme al artículo 24, literal a) del Reglamento de Concursos, el puntaje final debe considerar cifra trunca hasta dos (02) decimales.
ANEXO V
PARÁMETROS PARA LA EVALUACIÓN DE LA ENTREVISTA PERSONAL
N° | Parámetros | Puntaje |
1 | SOLVENCIA E IDONEIDAD: Valores, normas y principios que gobiernan el desarrollo de su vida, integridad, corrección entre otros aspectos | 28 |
2 | TRAYECTORIA ACADÉMICA Y PROFESIONAL: Logros alcanzados en las diferentes etapas profesionales, aprendizajes y oportunidad de mejora | 24 |
3 | PROYECCIÓN PERSONAL: Expectativas, desenvolvimiento y capacidad de comunicación | 24 |
4 | CONOCIMIENTO DE LA REALIDAD NACIONAL E INSTITUCIONAL: Desde valores democráticos, constitucionales y convencionales. Propuestas de mejora para lograr que la administración de justicia sea más célere, confiable, transparente y previsible | 24 |
TOTAL | 100 |
CALIFICACIÓN | SOLVENCIA E IDONEIDAD | TRAYECTORIA ACADÉMICA Y PROFESIONAL | PROYECCIÓN PERSONAL | REALIDAD NACIONAL E INSTITUCIONAL |
Apto | 19 – 28 | 17 – 24 | 17 – 24 | 17 – 24 |
No apto | 0 – 18 | 0 – 16 | 0 – 16 | 0 – 16 |
ANEXO VI
FORMATO DE AUTORIZACIÓN DE LEVANTAMIENTO XXX XXXXXXX BANCARIO
Ciudad, de 202… Señor(a)
Presidente(a) de la Junta Nacional de Justicia Presente.-
De mi consideración:
Yo, (nombres y apellidos completos), identificado con DNI , con domicilio en (dirección completa con indicación de distrito, provincia, departamento), autorizo el levantamiento de mi secreto bancario en caso de ser nombrado como juez/jueza de xxx xxxxxxx de
…………………………………… del distrito judicial de ,
conforme a lo previsto en el numeral 3, del artículo 8° del TUO del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Acceso Abierto, a favor de la Contraloría General de la República, a fin que proceda a efectuar los análisis correspondientes e informe a la Junta Nacional de Justicia.
…………………………….……...
Firma del postulante Huella dactilar del índice derecho
ANEXO VII
FORMATO DE PRESENTACIÓN FÍSICA DE LA TACHA/DENUNCIA
Ciudad, de 202… Señor(a)
Presidente de la Junta Nacional de Justicia Presente. -
De mi consideración:
Xx, (nombres y apellidos completos),
identificado con DNI , con domicilio en
(dirección completa con indicación de distrito, provincia, departamento), correo electrónico @ , presento (*) TACHA / DENUNCIA (marcar) contra el postulante (nombres y apellidos completos) de la Convocatoria 005-2024-SN/JNJ, por los siguientes hechos y fundamentos en los que se sustenta:
.
Asimismo, adjunto los siguientes documentos de sustento (**) que anexo a la presente: 1.- ,
2.- ,
3.- ,
4.- .
(*) Si es en representación de persona jurídica, indicar la razón social y RUC de esta. .
(**)De no tenerlos en su poder, debe precisar los datos que los identifiquen y la dependencia donde se encuentren.
Indicar celular/teléfono fijo
…………………………….……...
Firma del tachante Huella dactilar del índice derecho
INFORMES
Para toda información respecto del presente concurso, los/las postulantes deberán remitirse a la página web de la JNJ, al BOM, al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx.0000@xxx.xxx.xx y al teléfono 0000000, anexos 142, 187, 189 y 411 (Lima).
Lima, 31 xx xxxx del 2024
XXXXXXX XXXXXXXX DE LA HAZA XXXXXXXXX
Presidente de la Junta Nacional de Justicia
XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Vicepresidente de la Junta Nacional de Justicia
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX
Miembro de la Junta Nacional de Justicia
XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX
Miembro de la Junta Nacional de Justicia
XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Miembro de la Junta Nacional de Justicia