NRO. DE C.U.I.T.
Entre el Banco Provincia del Neuquén S.A., CUIT N° 30-50001404-7, en adelante el BANCO, y
NRO. DE C.U.I.T.
RAZON SOCIAL / ORGANISMO
ORGANISMO PUBLICO 🞎
PERSONA JURIDICA 🞎
TITULAR
NRO. DE C.U.I.T./C.U.I.L./C.D.I.
APELLIDO/S Y NOMBRE/S
TITULAR PERSONA HUMANA 🞎
Representado por:
APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL / APOYO / AUTORIDAD | |
APELLIDO/S Y NOMBRE/S | NRO. DE C.U.I.T./C.U.I.L./C.D.I. |
En adelante el CLIENTE quien constituye domicilio -postal y electrónico- en:
Calle: | N°: | Piso: | Dto.: | |||||||
Localidad: | Provincia: | CP: | ||||||||
País: | Teléfono Fijo:( ) | Teléfono Móvil:( ) | ||||||||
Correo Electrónico: |
* Ratifico los datos de la vinculación original que no resultan modificados y acepto las condiciones contenidas en el presente.
Cliente, Apoderado, Representante Legal, Apoyo, Autoridad: Firma y Aclaración
Acuerdan celebrar el presente contrato para la prestación del “SERVICIO XX XXXXX DE DEPOSITOS FUERA DE HORA”, que se regirá por las normas vigentes del Banco Central de la República Argentina (BCRA), las reglamentaciones dictadas por las autoridades nacionales o provinciales competentes en la materia, y de acuerdo a las cláusulas y condiciones que rigen para esta operatoria, y que seguidamente se detallan:
1. DEL FUNCIONAMIENTO
1.1. El CLIENTE podrá efectuar depósitos en las cuentas a la vista habilitadas a su nombre radicadas en el BANCO, las 24 horas del día, los 365 días del año, empleando para ello los buzones habilitados al efecto en las dependencias del BANCO.
1.2. El BANCO proveerá los elementos necesarios para la utilización del Servicio, siendo responsabilidad del CLIENTE
la conservación, custodia y buen uso de los mismos.
1.3. El BANCO no dará curso a todo depósito que esté constituido por otros valores que no sean pesos, dólares estadounidenses y/o cheques.
1.4. El CLIENTE que se adhiera a este Servicio recibirá una xxxxx xxx xxxxx y los bolsines para depósito, con sus respectivos precintos de seguridad, que el BANCO suministrará para su uso. La entrega de estos elementos al CLIENTE será contra recibo firmado y asume la responsabilidad por la devolución de los mismos al finalizar la presente relación contractual. El CLIENTE será responsable del buen uso y custodia de la llave utilizada para la apertura xxx xxxxx y contrae la obligación de verificar, en cada oportunidad, la caída normal del bolsín. Al retirarse, luego de haber concretado su depósito, deberá constatar que la puerta de este dispositivo haya quedado perfectamente cerrada. Asimismo, contrae la obligación de notificar de inmediato al Banco, la pérdida, robo, hurto o extravío de la/s llave/s confiada/s a su custodia.
1.5. Los depósitos se efectuarán exclusivamente a través de los bolsines suministrados por el BANCO perfectamente cerrados, siendo obligación del CLIENTE verificar la caída normal del bolsín y el perfecto cierre xxx Xxxxx.
1.6. En caso de pérdida o deterioro de las llaves, el CLIENTE notificará inmediatamente al BANCO dicha circunstancia y solicitará al BANCO la reposición de las mismas, cuyo costo será trasladado al cliente en concepto de cargo. Al efecto el CLIENTE autoriza expresamente al BANCO a debitar el costo de reposición de la cuenta a la vista indicada en el presente contrato, aun en descubierto.
1.7. Los valores depositados deberán ser acompañados por las correspondientes boletas de depósito debidamente integradas de acuerdo a las disposiciones vigentes en tal sentido e incorporada al bolsín que el Banco suministró perfectamente cerrado.
1.8. Los cheques depositados deberán constar, en el reverso, con el endoso recibo correspondiente que se conformará con la Firma, Aclaración, Tipo y Número de Documento y Domicilio del Depositante y, de corresponder, denominación de la Persona Jurídica y carácter invocado.
1.9. La acreditación y/o gestión de cobranza de los valores depositados se efectuará diariamente, los días hábiles bancarios, luego del horario de cierre de atención al público de la Sucursal de radicación xxx xxxxx. Los depósitos en efectivo se computarán como ingresados el primer día hábil bancario siguiente.
1.10. La acreditación de los cheques depositados se efectuará luego de obtener la conformidad de los mismos a través de la gestión de cobranza correspondiente.
1.11. Todos los depósitos (efectivo y/o cheques) se recibirán con carácter provisional y estarán sujetos al recuento, verificación y conformidad por parte del BANCO. Si los importes arrojados como resultado de dichas verificaciones difieren de los importes consignados en las boletas de depósito adjuntas se aceptará como importe válido el que suja de los controles realizados por el BANCO, quedando el BANCO facultado a confeccionar nuevas boletas de depósito, comunicando tal circunstancia al CLIENTE.
1.12. El BANCO pondrá a disposición del CLIENTE o a la persona que éste autorice a través de los medios que el BANCO disponga, los comprobantes que pudieran generarse con motivo de los depósitos verificados en la Sucursal en la cual se haya efectuado el depósito.
1.13. Los depósitos recibidos en condiciones distintas a las requeridas por el Banco, podrán ser devueltos al CLIENTE
o acreditados en plazos superiores.
1.14. Los depósitos en cheques efectuados serán tratados de acuerdo a las condiciones y plazos que rijan para el procedimiento xx Xxxxxx Compensadora. Los cheques rechazados estarán a disposición del CLIENTE en el bolsín de la casa del BANCO donde tenga radicada la cuenta asociada o vinculada.
1.15. Asimismo, el BANCO no procederá al cobro de los servicios e impuestos que se encuentren vencidos o cuando en la cuenta no exista saldo suficiente para efectuar su débito. Los pagos de impuestos y demás servicios que el Banco cobra, deberán realizarse hasta 48 horas hábiles bancarias anteriores al vencimiento.
1.16. Los pagos que se efectúen en forma incompleta, vencidos o aquellos cuya cobranza no esté prevista por el BANCO, serán devueltos al CLIENTE, quien asume la responsabilidad que se deriven por la xxxx. A tal fin las boletas respectivas quedarán a disposición del titular en la sucursal donde se solicitó el servicio.
1.17. Las transacciones realizadas por las personas autorizadas se debitarán o acreditarán en las cuentas del titular, a lo que el firmante expresa su entera conformidad.
2. COMISIONES Y CARGOS
2.1. El CLIENTE faculta expresamente al BANCO a debitar de la cuenta de depósito a la vista de titularidad del
CLIENTE, –aún en descubierto-, indicada seguidamente:
DENOMINACION DE LA CUENTA | CUENTA CLIENTE | SUB CUENTA | TIPO DE CUENTA | SUCURSAL |
CA CC |
Cliente, Apoderado, Representante Legal, Apoyo, Autoridad: Firma y Aclaración
El importe correspondiente a las comisiones y cargos detallados a continuación:
ADHESION AL SERVICIO | Valor Fijo $.............................. |
POR DEPOSITO PRESENTADO | Valor Fijo $.............................. |
CARGO POR REPOSICION DE LLAVE | Valor Fijo $.............................. |
3. CONTINGENCIAS: La falta de prestación del servicio en que incurriera el BANCO por razones ajenas al mismo que dificulten o impidan total o parcialmente el cumplimiento del servicio y cualquier otra causa de fuerza mayor, no generarán responsabilidad alguna para el BANCO por los eventuales daños y/o perjuicios que pudiera sufrir el CLIENTE, sino que implicará un diferimiento en el tiempo y en la forma de la prestación del servicio. El BANCO notificará al CLIENTE, en la forma más rápida y confidencial posible respecto de las condiciones que impiden, dificultan o limiten la prestación del servicio, en cada oportunidad en que ello ocurra. A título meramente enunciativo, se considerarán causas ajenas al BANCO las producidas con motivo u ocasión de huelga, inundaciones o condiciones climáticas adversas, tumulto, manifestaciones, piquetes, o similares.
4. Durante la vigencia del presente Contrato, el BANCO podrá modificar unilateralmente las condiciones previstas en el presente, suspender o suprimir el servicio objeto de este contrato, previa notificación al CLIENTE con una antelación mínima de (30) días corridos. Asimismo, el CLIENTE que no aceptare los Cambios de Condiciones Pactadas tendrá la opción de rescindir el contrato en cualquier momento antes de la entrada en vigencia del cambio y sin cargo alguno, sin perjuicio de que deberá cumplir las obligaciones pendientes a su cargo.
5. IMPUESTOS Y SELLADOS: El CLIENTE tomará a su cargo en forma exclusiva la totalidad del eventual pago del impuesto de sellos y sus accesorios, actuales o futuros, que pudieran generarse con motivo de este contrato y se obliga a presentar al BANCO, a su simple solicitud, prueba fehaciente de su pago.
6. SUSPENSION DEL SERVICIO: El incumplimiento por parte del CLIENTE, de cualquiera de las obligaciones y condiciones pactadas, facultará al BANCO para suspender y/o interrumpir el servicio previa notificación fehaciente cursada con cinco (5) días hábiles de antelación.
7. RESCISION DEL CONTRATO: El CLIENTE podrá solicitar en cualquier momento la rescisión sin cargo del presente servicio, sin perjuicio de su obligación de cumplir con las obligaciones pendientes a su cargo.
8. VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del Contrato será a partir de la fecha de suscripción y hasta tanto cualquiera de las partes notifique su voluntad de rescindirlo, de conformidad a lo previsto en el presente.
9. DEVOLUCION DE ELEMENTOS: En caso de suspensión o supresión del servicio por el BANCO o que el CLIENTE optare por rescindir el presente Contrato, el CLIENTE debe entregar –bajo recibo firmado por personal del BANCO- dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al plazo establecido para el cese del servicio, las llaves xxx xxxxx proporcionadas por el BANCO, en perfecto estado de funcionamiento, como los bolsines entregados, junto con un
juego de candado y llave (una cerradura completa) por cada bolsín. Tanto los bolsines como las llaves provistas, deberán ser devueltos al BANCO al cancelarse, por algunas de las dos partes, el Servicio que a través de la presente se conviene. La falta de devolución en dicho plazo y en esas condiciones, habilita al BANCO para debitar en la cuenta de depósito a la vista de titularidad del CLIENTE arriba indicada, el cargo por reposición detallado en el presente.
10.PLAZOS: Los plazos se contarán por días hábiles bancarios, salvo que expresamente se establezca lo contrario. 11.PREVENCION XXX XXXXXX DE DINERO Y OTRAS ACTIVIDADES ILICITAS: El BANCO informará a las
autoridades competentes, conforme a las disposiciones de la Ley 25.246, Comunicación “A” 5218 y modificatorias y concordantes del B.C.R.A., Resolución 121/2011 de la UIF y demás normativa aplicable sobre Prevención xxx Xxxxxx de Dinero y Otras Actividades Ilícitas, toda transacción que resulte sospechosa, inusual, sin justificación económica o jurídica, o de innecesaria complejidad, ya sea realizada en forma aislada o reiterada.
12.COPIAS DEL CONTRATO: El CLIENTE podrá solicitar -a su cargo y en cualquier momento de la relación contractual – al BANCO copia del presente contrato.
13.COMUNICACION POR MEDIOS INFORMATICOS. DOMICILIO ELECTRONICO: El CLIENTE declara conocer y
aceptar que en el marco de las normas sobre “Comunicación por medios electrónicos para el cuidado del medio ambiente” del BCRA, el BANCO ha adoptado la modalidad de comunicación a través de medios electrónicos para las notificaciones de cambio de condiciones pactadas, y extractos y/o resúmenes de cuentas de depósito, la cual no posee cargos adicionales para el CLIENTE. A los fines mencionados, el CLIENTE presta expresa conformidad para que las comunicaciones/notificaciones sean efectuadas a la casilla de correo electrónico denunciada por el CLIENTE en el presente, donde serán válidas y eficaces todas las notificaciones que el BANCO realice, comenzando a computarse los plazos convencionales o legales que correspondan a partir de que el mail haya sido puesto a disposición del CLIENTE, independientemente de la fecha de su lectura por parte del mismo.
El CLIENTE asume bajo su exclusiva responsabilidad la obligación de configurar dicha casilla de correo de manera que las comunicaciones enviadas por el BANCO no sean rechazadas, consideradas como spam o excedan la capacidad disponible de la misma y a consultar dicha casilla regularmente. En tal sentido, resultan ajenas a la responsabilidad del BANCO, las situaciones que pudieran generarse con motivo de los inconvenientes que el CLIENTE pudiera tener con la prestadora del servicio de internet y/o de correo electrónico que hubiere seleccionado.
Asimismo, en cualquier momento de la relación contractual, el CLIENTE podrá modificar la modalidad de comunicación elegida. El cambio de la modalidad de comunicación deberá ser informado por el CLIENTE en cualquier Sucursal del BANCO, mediante la suscripción de la “Declaración Jurada Medio de Notificación Elegido - Denuncia / Cambio Domicilio Electrónico”.
Cliente, Apoderado, Representante Legal, Apoyo, Autoridad: Firma y Aclaración
Asimismo, el correo electrónico declarado por el CLIENTE será un canal por medio del cual el BANCO proveerá al CLIENTE publicidades, promociones y/o propagandas relacionadas con los productos y/o servicios ofrecidos por el BANCO, prestando el CLIENTE expresa conformidad a tal efecto. Se informa que el CLIENTE podrá en cualquier momento solicitar la baja respecto de la recepción de publicidades/promociones y/o propagandas sea personalmente o a través de su desuscripción en el cuerpo del correo electrónico recibido.
El/ los que suscribe/n, declara/n:
1. Que El BANCO me/nos ha proporcionado información clara, precisa, completa y confiable sobre el servicio que contrato/amos, de entre todas las alternativas que ofrece el mercado bancario, de forma tal que he/mos adquirido un conocimiento efectivo del contenido y condiciones del presente, disponiendo de una auténtica libertad de elección para optar por la oferta que más se adapta a mis/nuestras necesidades.
2. En caso de tratarse de una Personas Humanas y a los fines de eximirme/nos de presentar el acta de nacimiento actualizada en los términos del artículo 39 del Código Civil y Comercial de la Nación:
Ser plenamente capaz y no estar inmersa/o en ninguna de las situaciones plateadas por los artículos 32, 44 y 45 del mencionado código, dispensando a esta entidad de dicho recaudo legal.
En tal sentido declaro no poseer procesos judiciales en los cuales se promueva la declaración de incapacidad y/o la restricción de mi capacidad, y que no se ha dispuesto judicialmente con respecto de la misma la necesidad de apoyo/s para la celebración de ningún acto jurídico, en los términos de los artículos mencionados.
Asimismo manifiesto no poseer sentencia judicial inscripta al margen de mi acta de nacimiento en el registro de estado civil y capacidad de las personas;
Poseer procesos judiciales en los cuales se promovió la declaración de la restricción de mi capacidad, por los cuales se ha dispuesto judicialmente la necesidad de apoyo/s para la celebración de algún acto jurídico, en los términos de los artículos 32, 44 y 45 del mencionado código;
Poseer procesos judiciales en los cuales se promovió la declaración de la restricción de mi capacidad y aún no se ha dictado sentencia;
Poseer procesos judiciales en los cuales se promovió la declaración de incapacidad y se designó un curador en los términos del artículo 32 del mencionado código;
y haber recibido en este acto copia de los artículos 32, 39, 44 y 45 del Código Civil y Comercial de la Nación enunciados anteriormente; por último, me obligo a informar inmediatamente al BANCO cualquier modificación en mi estado de capacidad.
En caso afirmativo de ser positivo cualquiera de los tres últimos supuestos, declaro conocer y aceptar mi obligación de brindar inmediatamente al BANCO la información y documentación que resulte necesaria (demanda, sentencia, datos del proceso judicial, etc.) para poner en conocimiento del BANCO el estado de mi capacidad.
3. Que mediante este acto presto, mi consentimiento libre e informado, en todo un conforme a la ley 25.326 de protección de datos personales, para que el BANCO transfiera y/o ceda toda la información referente a mi persona mis actividades económicas u operaciones que se hubieran concertado o que se materialicen en el futuro, que requieran los organismos de control y/o contralor conforme normativa vigente (incluyendo pero no limitando al BCRA la Comisión Nacional de Valores, la UIF etc.) como así también a las empresas de informes crediticios en los términos del art. 26 de la Ley 25.326. Como titular de los datos personales tengo la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14 inc. 3 de la ley 25.326. Asimismo, entiendo que la Dirección Nacional de protección de datos personales es el órgano de contralor de la ley 25.326 y tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
4. Que los datos contenidos en este formulario se encuentran correctos y completos, y que ha sido confeccionado sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo expresión fiel de la verdad.
5. Haber leído las cláusulas que anteceden, prestando expresa conformidad a todo lo en ellas estipulado y aceptar las mismas, manifestando no tener objeciones o reservas de ninguna índole.
El BANCO y el CLIENTE en prueba de conformidad, firman ( ) ejemplares de cuatro (04) hojas de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo cada parte un ejemplar completo; en la ciudad de , Provincia de _ República Argentina, a los ( ) días del mes de del Año .
TITULAR / REPRESENTANTE LEGAL / APODERADO / APOYO / AUTORIDAD | |||||||
Firma y Aclaración: Carácter: | Firma y Aclaración: Carácter: | ||||||
BANCO PROVINCIA DEL NEUQUEN S.A. | |||||||
FIRMA 1 | FIRMA 2 | FIRMA 3 | |||||
Fecha | / / | Firma y Sello | Fecha | / / | Firma y Sello | Fecha | / / Firma y Sello |
USO INTERNO DEL BANCO PROVINCIA DEL NEUQUEN S.A. | |||||||
FIRMA 4 | FIRMA 5 | ||||||
Fecha | / / | Firma y Sello | Fecha / / | Firma y Sello |